ACUERDO por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior

Lunes 09 de Mayo de 2022

(Viene en la Cuarta Sección)

 

 

5402.61.02

De nailon o demás poliamidas.

 

01

De fibras aramídicas.

 

99

Los demás.

 

 

5402.62.02

De poliésteres.

 

01

De 75.48 decitex (68 deniers), teñido en rígido brillante con 32 filamentos y torsión de 800 vueltas por metro.

 

99

Los demás.

 

 

5402.63.01

 De polipropileno.

 

00

 De polipropileno.

 

 

5402.69.99

Los demás.

 

01

De poliolefinas.

 

99

Los demás.

 

 

5403.10.01

Hilados de alta tenacidad de rayón viscosa.

 

00

Hilados de alta tenacidad de rayón viscosa.

 

 

5403.31.03

De rayón viscosa, sin torsión o con una torsión inferior o igual a 120 vueltas por metro.

 

01

De rayón viscosa, sin texturar, sin torsión o con una torsión inferior o igual a 120 vueltas por metro.

 

02

De hilados texturados.

 

 

5403.32.03

De rayón viscosa, con una torsión superior  a 120 vueltas por metro.

 

00

De rayón viscosa, con una torsión superior a 120 vueltas por metro.

 

 

5403.33.01

De acetato de celulosa.

 

00

De acetato de celulosa.

 

 

5403.39.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5403.41.03

De rayón viscosa.

 

01

De rayón viscosa sin texturar.

 

02

De hilados texturados.

 

 

5403.42.01

De acetato de celulosa.

 

00

De acetato de celulosa.

 

 

 

5403.49.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5404.11.01

De poliuretanos, del tipo de los denominados "elastanos".

 

00

De poliuretanos, del tipo de los denominados "elastanos".

 

 

5404.11.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5404.12.02

Los demás, de polipropileno.

 

00

Los demás, de polipropileno.

 

 

5404.19.99

Los demás.

 

01

De poliéster.

 

02

De poliamidas o superpoliamidas.

 

99

Los demás.

 

 

5404.90.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

 

5405.00.05

Monofilamentos artificiales de título superior o igual a 67 decitex y cuya mayor dimensión de la sección transversal sea inferior o igual a 1 mm; tiras y formas similares (por ejemplo, paja artificial) de materia textil artificial, de anchura aparente inferior o igual a 5 mm.

 

00

Monofilamentos artificiales de título superior o igual a  67 decitex y cuya mayor dimensión de la sección transversal sea inferior o igual a 1 mm; tiras y formas similares (por ejemplo, paja artificial) de materia textil artificial, de anchura aparente inferior o igual a 5 mm.

 

 

5406.00.01

De poliamidas o superpoliamidas.

 

00

De poliamidas o superpoliamidas.

 

 

5406.00.02

De aramidas, retardantes a la flama.

 

00

De aramidas, retardantes a la flama.

 

 

5406.00.04

Los demás hilados de filamentos sintéticos.

 

00

Los demás hilados de filamentos sintéticos.

 

 

5406.00.05

Hilados de filamentos artificiales.

 

00

Hilados de filamentos artificiales.

 

 

 

5407.10.03

Tejidos fabricados con hilados de alta tenacidad de nailon o demás poliamidas o de poliésteres.

 

00

Tejidos fabricados con hilados de alta tenacidad de nailon o demás poliamidas o de poliésteres.

 

 

5407.20.02

Tejidos fabricados con tiras o formas similares.

 

01

De tiras de polipropileno e hilados.

 

99

Los demás.

 

 

5407.30.04

Productos citados en la Nota 9 de la Sección XI.

 

01

De fibras sintéticas, crudos o blanqueados.

 

02

Reconocibles para naves aéreas.

 

03

Redes o mallas de materias plásticas, con monofilamentos de menos de 1 mm en su corte transversal, en cuyo punto de cruce estén termosoldados, en rollos de ancho inferior a 2.20 m.

 

99

Los demás.

 

 

5407.41.05

Crudos o blanqueados.

 

01

De peso inferior o igual a 50 g/m2.

 

02

De peso superior a 50 g/m2 pero inferior o igual  a 100 g/m2.

 

03

De peso superior a 100 g/m2.

 

 

5407.42.05

Teñidos.

 

01

De peso inferior o igual a 50 g/m2.

 

02

De peso superior a 50 g/m2 pero inferior o igual  a 100 g/m2.

 

03

De peso superior a 100 g/m2.

 

 

5407.43.04

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

5407.44.01

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

5407.51.05

Crudos o blanqueados.

 

01

De peso inferior o igual a 100 g/m².

 

02

De peso superior a 100 g/m² pero inferior o igual  a 200 g/m².

 

03

De peso superior a 200 g/m².

 

 

 

5407.52.05

Teñidos.

 

01

De peso inferior o igual a 100 g/m2.

 

02

De peso superior a 100 g/m2 pero inferior o igual a  200 g/m2.

 

03

De peso superior a 200 g/m2.

 

 

5407.53.04

Con hilados de distintos colores.

 

01

Gofrados o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

02

Reconocibles para naves aéreas.

 

03

Con ancho de 64 a 72 cm, para la confección de corbatas.

 

91

Los demás de peso inferior o igual a 100 g/m2.

 

92

Los demás de peso superior a 100 g/m2 pero inferior o igual a 200 g/m2.

 

93

Los demás de peso superior a 200 g/m2.

 

 

5407.54.05

Estampados.

 

01

De peso inferior o igual a 100 g/m2.

 

02

De peso superior a 100 g/m2 pero inferior o igual  a 200 g/m2.

 

03

De peso superior a 200 g/m2.

 

 

5407.61.06

Con un contenido de filamentos de poliéster sin texturar superior o igual al 85% en peso.

 

01

Totalmente de poliéster, de hilados sencillos, de título igual o superior a 75 decitex pero inferior o igual a 80 decitex, y 24 filamentos por hilo, y una torsión igual o superior a 900 vueltas por metro.

 

02

Crudos o blanqueados, de peso inferior o igual a  100 g/m2, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 5407.61.06.01.

 

03

Crudos o blanqueados, de peso superior a 100 g/m2 pero inferior o igual a 200 g/m2, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 5407.61.06.01.

 

04

Crudos o blanqueados, de peso superior a 200 g/m2, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 5407.61.06.01.

 

91

Los demás de peso inferior o igual a 100 g/m2.

 

92

Los demás de peso superior a 100 g/m2 pero inferior o igual a 200 g/m2.

 

93

Los demás de peso superior a 200 g/m2.

 

 

 

5407.69.99

Los demás.

 

91

Los demás de peso inferior o igual a 100 g/m2.

 

92

Los demás de peso superior a 100 g/m2 pero inferior o igual a 200 g/m2.

 

93

Los demás de peso superior a 200 g/m2.

 

 

5407.71.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

5407.72.01

Teñidos.

 

00

Teñidos.

 

 

5407.73.04

Con hilados de distintos colores.

 

01

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

99

Los demás.

 

 

5407.74.01

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

5407.81.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

5407.82.04

Teñidos.

 

01

Gofrados, o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

99

Los demás.

 

 

5407.83.01

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

5407.84.01

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

5407.91.08

Crudos o blanqueados.

 

01

Asociados con hilos de caucho.

 

02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

03

Tejidos de alcohol polivinílico.

 

04

Reconocibles para naves aéreas.

 

05

De poliuretanos, “elásticos” entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

 

 

06

De nailon, cuya trama sea de 40 deniers con 34 filamentos y pie de 70 deniers con 34 filamentos.

 

07

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

 

99

Los demás.

 

 

5407.92.07

Teñidos.

 

01

Asociados con hilos de caucho.

 

02

Gofrados o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

03

De alcohol polivinílico.

 

04

Reconocibles para naves aéreas.

 

05

De poliuretanos, “elásticos” entorchados tanto en el pie como en la trama con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en sentido transversal (trama).

 

06

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

 

99

Los demás.

 

 

5407.93.08

Con hilados de distintos colores.

 

01

Asociados con hilos de caucho.

 

02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

03

De alcohol polivinílico.

 

04

Reconocibles para naves aéreas.

 

05

Con ancho de 64 a 72 cm para la confección de corbatas.

 

06

De poliuretanos, “elásticos” entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

 

07

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

 

99

Los demás.

 

 

5407.94.08

Estampados.

 

01

Asociados con hilos de caucho.

 

02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

03

De alcohol polivinílico.

 

04

Reconocibles para naves aéreas.

 

05

Con ancho de 64 a 72 cm para la confección de corbatas.

 

 

06

De poliuretanos,”elásticos” entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

 

07

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

 

99

Los demás.

 

 

5408.10.05

Tejidos fabricados con hilados de alta tenacidad de rayón viscosa.

 

01

Asociados con hilos de caucho.

 

02

Crudos o blanqueados.

 

03

Reconocibles para naves aéreas.

 

04

Empleados en armaduras de neumáticos, de rayón, con un máximo de 6 hilos por pulgada de la trama.

 

99

Los demás.

 

 

5408.21.04

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

5408.22.05

Teñidos.

 

01

De rayón cupramonio.

 

99

Los demás.

 

 

5408.23.06

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

 

 

 

5408.24.02

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

5408.31.05

Crudos o blanqueados.

 

01

Asociados con hilos de caucho.

 

02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

03

Reconocibles para naves aéreas.

 

04

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

 

99

Los demás.

 

 

 

5408.32.06

Teñidos.

 

01

Asociados con hilos de caucho.

 

02

Gofrados o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

03

Reconocibles para naves aéreas.

 

04

Redes o mallas, con monofilamentos de menos de 1 mm en su corte transversal, en cuyo punto de cruce estén termo soldados, en rollos de ancho inferior a 2.20 m.

 

05

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

 

99

Los demás.

 

 

5408.33.05

Con hilados de distintos colores.

 

01

Asociados con hilos de caucho.

 

02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

03

Reconocibles para naves aéreas.

 

04

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

 

99

Los demás.

 

 

5408.34.04

Estampados.

 

01

Asociados con hilos de caucho.

 

02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

 

03

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

 

99

Los demás.

 

 

5501.10.01

De nailon o demás poliamidas.

 

00

De nailon o demás poliamidas.

 

 

5501.20.02

De tereftalato de polietileno color negro, teñido en la masa.

 

00

De tereftalato de polietileno color negro, teñido en la masa.

 

 

5501.20.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5501.30.01

Acrílicos o modacrílicos.

 

00

Acrílicos o modacrílicos.

 

 

 

5501.40.01

De polipropileno.

 

00

De polipropileno.

 

 

5501.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5502.10.01

De acetato de celulosa.

 

00

De acetato de celulosa.

 

 

5502.90.01

Cables de rayón.

 

00

Cables de rayón.

 

 

5502.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5508.10.01

De fibras sintéticas discontinuas.

 

00

De fibras sintéticas discontinuas.

 

 

5508.20.01

De fibras artificiales discontinuas.

 

00

De fibras artificiales discontinuas.

 

 

5509.11.01

Sencillos.

 

00

Sencillos.

 

 

5509.12.01

Retorcidos o cableados.

 

00

Retorcidos o cableados.

 

 

5509.21.01

Sencillos.

 

00

Sencillos.

 

 

5509.22.01

Retorcidos o cableados.

 

00

Retorcidos o cableados.

 

 

5509.31.01

Sencillos.

 

00

Sencillos.

 

 

5509.32.01

Retorcidos o cableados.

 

00

Retorcidos o cableados.

 

 

 

5509.41.01

Sencillos.

 

00

Sencillos.

 

 

5509.42.01

Retorcidos o cableados.

 

00

Retorcidos o cableados.

 

 

5509.51.01

Mezclados exclusiva o principalmente con fibras artificiales discontinuas.

 

00

Mezclados exclusiva o principalmente con fibras artificiales discontinuas.

 

 

5509.52.01

Mezclados exclusiva o principalmente con lana  o pelo fino.

 

00

Mezclados exclusiva o principalmente con lana o  pelo fino.

 

 

5509.53.01

Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

 

00

Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

 

 

5509.59.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5509.61.01

Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

 

00

Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

 

 

5509.62.01

Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

 

00

Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

 

 

5509.69.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5509.91.01

Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

 

00

Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

 

 

5509.92.01

Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

 

00

Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

 

 

 

5509.99.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5510.11.01

Sencillos.

 

00

Sencillos.

 

 

5510.12.01

Retorcidos o cableados.

 

00

Retorcidos o cableados.

 

 

5510.20.01

Los demás hilados mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

 

00

Los demás hilados mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

 

 

5510.30.01

Los demás hilados mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

 

00

Los demás hilados mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

 

 

5510.90.01

Los demás hilados.

 

00

Los demás hilados.

 

 

5511.10.01

De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras superior o igual al 85% en peso.

 

00

De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras superior o igual al 85% en peso.

 

 

5511.20.01

De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras inferior al 85% en peso.

 

00

De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras inferior al 85% en peso.

 

 

5511.30.01

De fibras artificiales discontinuas.

 

00

De fibras artificiales discontinuas.

 

 

5512.11.05

Crudos o blanqueados.

 

01

De peso inferior o igual a 100 g/m2.

 

02

De peso superior a 100 g/m2 pero inferior o igual  a 200 g/m2.

 

03

De peso superior a 200 g/m2.

 

 

 

5512.19.99

Los demás.

 

91

Los demás de peso inferior o igual a 100 g/m2.

 

92

Los demás de peso superior a 100 g/m2 pero inferior o igual a 200 g/m2.

 

93

Los demás de peso superior a 200 g/m2.

 

 

5512.21.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

5512.29.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5512.91.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

5512.99.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5513.11.04

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

 

01

De peso inferior o igual a 90 g/m2.

 

02

De peso superior a 90 g/m2.

 

 

5513.12.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior  o igual a 4.

 

01

De peso inferior o igual a 90 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5513.13.01

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

 

01

De peso inferior o igual a 90 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5513.19.01

Los demás tejidos.

 

01

De peso inferior o igual a 90 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5513.21.04

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

 

01

De peso inferior o igual a 90 g/m2.

 

02

De peso superior a 90 g/m2.

 

 

 

5513.23.02

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

 

01

De ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, de peso inferior o igual a 90 g/m².

 

02

De ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, de peso superior a 90 g/m².

 

91

Los demás de peso inferior o igual a 90 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5513.29.01

Los demás tejidos.

 

01

De peso inferior o igual a 90 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5513.31.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

 

01

De peso inferior o igual a 90 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5513.39.03

Los demás tejidos.

 

01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, de peso inferior o igual a 90 g/m².

 

02

De fibras discontinuas de poliéster, de peso inferior o igual a 90 g/m².

 

03

De fibras discontinuas de poliéster, de peso superior  a 90 g/m².

 

91

Los demás de peso inferior o igual a 90 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5513.41.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

 

01

De peso inferior o igual a 90 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5513.49.03

Los demás tejidos.

 

01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, de peso inferior o igual a 90 g/m².

 

02

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, de peso superior a 90 g/m².

 

91

Los demás de peso inferior o igual a 90 g/m².

 

92

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

 

99

Los demás.

 

 

 

5514.11.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

 

00

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

 

 

5514.12.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o  igual a 4.

 

00

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

 

 

5514.19.02

Los demás tejidos.

 

01

De fibras discontinuas de poliéster.

 

99

Los demás.

 

 

5514.21.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

 

00

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

 

 

5514.22.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o  igual a 4.

 

00

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

 

 

5514.23.01

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

 

00

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

 

 

5514.29.01

Los demás tejidos.

 

00

Los demás tejidos.

 

 

5514.30.05

Con hilados de distintos colores.

 

91

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

 

99

Los demás.

 

 

5514.41.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

 

00

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

 

 

5514.42.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior  o igual a 4.

 

00

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

 

 

5514.43.01

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

 

00

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

 

 

5514.49.01

Los demás tejidos.

 

00

Los demás tejidos.

 

 

5515.11.01

Mezcladas exclusiva o principalmente con fibras discontinuas de rayón viscosa.

 

01

De peso inferior o igual a 100 g/m².

 

02

De peso superior a 100 g/m² pero inferior o igual  a 200 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5515.12.01

Mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

 

01

De peso inferior o igual a 100 g/m².

 

02

De peso superior a 100 g/m² pero inferior o igual  a 200 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5515.13.02

Mezcladas exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

 

01

Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

 

99

Los demás.

 

 

5515.19.99

Los demás.

 

01

De peso inferior o igual a 100 g/m².

 

02

De peso superior a 100 g/m² pero inferior o igual  a 200 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5515.21.01

Mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

 

01

De peso inferior o igual a 100 g/m².

 

02

De peso superior a 100 g/m² pero inferior o igual  a 200 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5515.22.02

Mezcladas exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

 

00

Mezcladas exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

 

 

 

5515.29.99

Los demás.

 

01

De peso inferior o igual a 100 g/m².

 

02

De peso superior a 100 g/m² pero inferior o igual  a 200 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5515.91.01

Mezclados exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

 

01

De peso inferior o igual a 100 g/m².

 

02

De peso superior a 100 g/m² pero inferior o igual  a 200 g/m².

 

99

Los demás.

 

 

5515.99.99

Los demás.

 

01

Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino, con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

 

02

Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 5515.99.99.01.

 

03

De peso inferior o igual a 100 g/m², excepto lo comprendido en los números de identificación comercial 5515.99.99.01 y 5515.99.99.02.

 

04

De peso superior a 100 g/m² pero inferior o igual a 200 g/m², en los números de identificación comercial 5515.99.99.01 y 5515.99.99.02.

 

99

Los demás.

 

 

5516.11.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

5516.12.01

Teñidos.

 

00

Teñidos.

 

 

5516.13.01

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

5516.14.01

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

5516.21.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

 

5516.22.01

Teñidos.

 

00

Teñidos.

 

 

5516.23.01

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

5516.24.01

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

5516.31.02

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

5516.32.02

Teñidos.

 

00

Teñidos.

 

 

5516.33.02

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

5516.34.02

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

5516.41.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

5516.42.01

Teñidos.

 

00

Teñidos.

 

 

5516.43.01

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

5516.44.01

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

5516.91.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

5516.92.01

Teñidos.

 

00

Teñidos.

 

 

5516.93.01

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

 

5516.94.01

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

5601.21.02

De algodón.

 

01

Guata.

 

99

Los demás.

 

 

5601.22.01

Guata.

 

00

Guata.

 

 

5601.22.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5601.29.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5601.30.02

Tundizno, nudos y motas de materia textil.

 

01

Motas de “seda” de acetato, rayón-viscosa o de lino.

 

99

Los demás.

 

 

5602.10.02

Fieltro punzonado y productos obtenidos mediante costura por cadeneta.

 

00

Fieltro punzonado y productos obtenidos mediante costura por cadeneta.

 

 

5602.21.03

De lana o pelo fino.

 

01

De lana.

 

99

Los demás.

 

 

5602.29.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

5602.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5603.11.01

De peso inferior o igual a 25 g/m².

 

00

De peso inferior o igual a 25 g/m².

 

 

5603.12.02

De peso superior a 25 g/m² pero inferior o igual  a 70 g/m².

 

01

De anchura inferior o igual a 45 mm, para uso exclusivo en la fabricación de pilas eléctricas.

 

99

Los demás.

 

 

 

5603.13.02

De peso superior a 70 g/m² pero inferior o igual  a 150 g/m².

 

01

De fibras aramídicas, o de propiedades dieléctricas a base de rayón y alcohol polivinílico con peso superior a 70 g/m² pero inferior a 85 g/m².

 

99

Las demás.

 

 

5603.14.01

De peso superior a 150 g/m².

 

00

De peso superior a 150 g/m².

 

 

5603.91.01

De peso inferior o igual a 25 g/m².

 

00

De peso inferior o igual a 25 g/m².

 

 

5603.92.01

De peso superior a 25 g/m² pero inferior o igual  a 70 g/m².

 

00

De peso superior a 25 g/m² pero inferior o igual a 70 g/m².

 

 

5603.93.01

De peso superior a 70 g/m² pero inferior o igual  a 150 g/m².

 

00

De peso superior a 70 g/m² pero inferior o igual  a 150 g/m².

 

 

5603.94.01

De peso superior a 150 g/m².

 

00

De peso superior a 150 g/m².

 

 

5604.10.01

Hilos y cuerdas de caucho revestidos de textiles.

 

00

Hilos y cuerdas de caucho revestidos de textiles.

 

 

5604.90.01

Impregnados o recubiertos de caucho vulcanizado.

 

00

Impregnados o recubiertos de caucho vulcanizado.

 

 

5604.90.02

De seda o de desperdicios de seda, acondicionados para la venta al por menor, pelo de Mesina (crin de Florencia); imitaciones de catgut preparados con hilados de seda.

 

00

De seda o de desperdicios de seda, acondicionados para la venta al por menor, pelo de Mesina (crin de Florencia); imitaciones de catgut preparados con hilados de seda.

 

 

5604.90.04

Imitaciones de catgut, de materia textil sintética y artificial, continua, con diámetro igual o superior a 0.05 mm, sin exceder de 0.70 mm.

 

00

Imitaciones de catgut, de materia textil sintética y artificial, continua, con diámetro igual o superior a 0.05 mm, sin exceder de 0.70 mm.

 

 

 

5604.90.05

De materia textil sintética y artificial, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 5604.90.01.

 

00

De materia textil sintética y artificial, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 5604.90.01.

 

 

5604.90.06

De lana, de pelos (finos u ordinarios) o de crin incluso acondicionados para la venta al por menor.

 

00

De lana, de pelos (finos u ordinarios) o de crin incluso acondicionados para la venta al por menor.

 

 

5604.90.07

De lino o de ramio.

 

00

De lino o de ramio.

 

 

5604.90.08

De algodón, sin acondicionar para la venta al por menor.

 

00

De algodón, sin acondicionar para la venta al por menor.

 

 

5604.90.09

De algodón, acondicionadas para la venta al por menor.

 

00

De algodón, acondicionadas para la venta al por menor.

 

 

5604.90.10

Hilados de alta tenacidad de poliésteres, de nailon o demás poliamidas o de rayón viscosa, impregnados o recubiertos, reconocibles para naves aéreas.

 

00

Hilados de alta tenacidad de poliésteres, de nailon o demás poliamidas o de rayón viscosa, impregnados o recubiertos, reconocibles para naves aéreas.

 

 

5604.90.11

Hilados de alta tenacidad impregnados o recubiertos, de fibras aramídicas.

 

00

Hilados de alta tenacidad impregnados o recubiertos, de fibras aramídicas.

 

 

5604.90.12

Hilados de alta tenacidad impregnados o recubiertos, de poliamidas o superpoliamidas de 44.44 decitex (40 deniers) y 34 filamentos.

 

00

Hilados de alta tenacidad impregnados o recubiertos, de poliamidas o superpoliamidas de 44.44 decitex (40 deniers) y 34 filamentos.

 

 

5604.90.13

Hilados de alta tenacidad impregnados o recubiertos, de rayón, de 1,333.33 decitex (1,200 deniers).

 

00

Hilados de alta tenacidad impregnados o recubiertos, de rayón, de 1,333.33 decitex (1,200 deniers).

 

 

 

5604.90.14

Hilados de alta tenacidad de poliésteres, de nailon o demás poliamidas o de rayón viscosa, impregnados o recubiertos, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 5604.90.10, 5604.90.11, 5604.90.12 y 5604.90.13.

 

00

Hilados de alta tenacidad de poliésteres, de nailon o demás poliamidas o de rayón viscosa, impregnados o recubiertos, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 5604.90.10, 5604.90.11, 5604.90.12 y 5604.90.13.

 

 

5604.90.99

Los demás.

 

01

Imitaciones de catgut, de materia textil sintética y artificial, continua.

 

99

Los demás.

 

 

5605.00.01

Hilados metálicos e hilados metalizados, incluso entorchados, constituidos por hilados textiles, tiras o formas similares de las partidas 54.04 o 54.05, combinados con metal en forma de hilos, tiras o polvo, o revestidos de metal.

 

00

Hilados metálicos e hilados metalizados, incluso entorchados, constituidos por hilados textiles, tiras o formas similares de las partidas 54.04 o 54.05, combinados con metal en forma de hilos, tiras o polvo, o revestidos de metal.

 

 

5606.00.03

Hilados entorchados, tiras y formas similares de las partidas 54.04 ó 54.05, entorchadas (excepto los de la partida 56.05 y los hilados de crin entorchados); hilados de chenilla; hilados "de cadeneta".

 

01

Hilados de poliuretanos entorchados o enrollados con hilos de fibras textiles poliamídicas o poliestéricas, con decitex total superior a 99.9 (90 deniers).

 

02

Hilados de poliuretanos entorchados o enrollados con hilos de fibras textiles poliamídicas o poliestéricas, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 5606.00.03.01.

 

99

Los demás.

 

 

5607.21.01

Cordeles para atar o engavillar.

 

00

Cordeles para atar o engavillar.

 

 

5607.29.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5607.41.01

Cordeles para atar o engavillar.

 

00

Cordeles para atar o engavillar.

 

 

 

5607.49.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5607.50.01

De las demás fibras sintéticas.

 

00

De las demás fibras sintéticas.

 

 

5607.90.02

De yute o demás fibras textiles del liber de la partida 53.03.

 

00

De yute o demás fibras textiles del liber de la partida 53.03.

 

 

5607.90.99

Los demás.

 

01

De abacá (cáñamo de Manila (Musa textilis Nee)) o demás fibras duras de hojas.

 

99

Los demás.

 

 

5608.11.02

Redes confeccionadas para la pesca.

 

01

Con luz de malla inferior a 3.81 cm.

 

99

Las demás.

 

 

5608.19.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

 

5608.90.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

 

5609.00.02

Artículos de hilados, tiras o formas similares de las partidas 54.04 ó 54.05, cordeles, cuerdas o cordajes, no expresados ni comprendidos en otra parte.

 

01

Eslingas.

 

99

Los demás.

 

 

5701.10.01

De lana o pelo fino.

 

00

De lana o pelo fino.

 

 

5701.90.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

5702.10.01

Alfombras llamadas “Kelim” o “Kilim”, “Schumacks” o “Soumak”, “Karamanie” y alfombras similares tejidas a mano.

 

00

Alfombras llamadas “Kelim” o “Kilim”, “Schumacks” o “Soumak”, “Karamanie” y alfombras similares tejidas a mano.

 

 

 

5702.20.01

Revestimientos para el suelo de fibras de coco.

 

00

Revestimientos para el suelo de fibras de coco.

 

 

5702.31.01

De lana o pelo fino.

 

00

De lana o pelo fino.

 

 

5702.32.01

De materia textil sintética o artificial.

 

00

De materia textil sintética o artificial.

 

 

5702.39.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

5702.41.01

De lana o pelo fino.

 

00

De lana o pelo fino.

 

 

5702.42.01

De materia textil sintética o artificial.

 

00

De materia textil sintética o artificial.

 

 

5702.49.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

5702.50.03

Los demás, sin aterciopelar ni confeccionar.

 

01

De lana o pelo fino.

 

02

De materia textil sintética o artificial.

 

99

Los demás.

 

 

5702.91.01

De lana o pelo fino.

 

00

De lana o pelo fino.

 

 

5702.92.01

De materia textil sintética o artificial.

 

00

De materia textil sintética o artificial.

 

 

5702.99.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

5703.10.01

De lana o pelo fino.

 

00

De lana o pelo fino.

 

 

5703.20.02

De nailon o demás poliamidas.

 

01

Tapetes de superficie inferior a 5.25 m².

 

99

Las demás.

 

 

 

5703.30.02

De las demás materias textiles sintéticas o de materia textil artificial.

 

01

Tapetes de superficie inferior a 5.25 m².

 

99

Las demás.

 

 

5703.90.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

5704.10.01

De superficie inferior o igual a 0.3 m².

 

00

De superficie inferior o igual a 0.3 m².

 

 

5704.20.01

De superficie superior a 0.3 m2 pero inferior o igual a 1 m².

 

00

De superficie superior a 0.3 m2 pero inferior o igual  a 1 m².

 

 

5704.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5705.00.02

Las demás alfombras y revestimientos para el suelo, de materia textil, incluso confeccionados.

 

01

Alfombra en rollos, de fibras de poliamidas y con un soporte antiderrapante, de anchura igual o superior  a 1.1 m pero inferior o igual a 2.2 m.

 

99

Los demás.

 

 

5801.10.01

De lana o pelo fino.

 

00

De lana o pelo fino.

 

 

5801.21.01

Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

 

00

Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

 

 

5801.22.01

 Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

 

00

 Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

 

 

5801.23.01

Los demás terciopelos y felpas por trama.

 

00

Los demás terciopelos y felpas por trama.

 

 

5801.26.01

Tejidos de chenilla.

 

00

Tejidos de chenilla.

 

 

 

5801.27.01

Terciopelo y felpa por urdimbre.

 

00

Terciopelo y felpa por urdimbre.

 

 

5801.31.01

Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

 

00

Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

 

 

5801.32.01

 Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

 

00

 Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

 

 

5801.33.01

Los demás terciopelos y felpas por trama.

 

00

Los demás terciopelos y felpas por trama.

 

 

5801.36.01

Tejidos de chenilla.

 

00

Tejidos de chenilla.

 

 

5801.37.01

Terciopelo y felpa por urdimbre.

 

00

Terciopelo y felpa por urdimbre.

 

 

5801.90.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

5802.11.01

Crudos.

 

00

Crudos.

 

 

5802.19.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5802.20.01

Tejidos con bucles del tipo toalla, de las demás materias textiles.

 

00

Tejidos con bucles del tipo toalla, de las demás materias textiles.

 

 

5802.30.01

Superficies textiles con mechón insertado.

 

00

Superficies textiles con mechón insertado.

 

 

5803.00.05

Tejidos de gasa de vuelta, excepto los productos de la partida 58.06.

 

01

De algodón.

 

99

Los demás.

 

 

 

5804.10.01

Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas.

 

00

Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas.

 

 

5804.21.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

00

De fibras sintéticas o artificiales.

 

 

5804.29.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

5804.30.01

Encajes hechos a mano.

 

00

Encajes hechos a mano.

 

 

5805.00.01

Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de “petit point”, de punto de cruz), incluso confeccionadas.

 

00

Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de “petit point”, de punto de cruz), incluso confeccionadas.

 

 

5806.10.01

De seda.

 

00

De seda.

 

 

5806.10.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

 

5806.20.01

De seda.

 

00

De seda.

 

 

5806.20.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

 

5806.31.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

 

5806.32.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

00

De fibras sintéticas o artificiales.

 

 

5806.39.01

De seda.

 

00

De seda.

 

 

 

5806.39.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

 

5806.40.01

De seda.

 

00

De seda.

 

 

5806.40.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

 

5807.10.01

Tejidos.

 

00

Tejidos.

 

 

5807.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5808.10.01

Trenzas en pieza.

 

00

Trenzas en pieza.

 

 

5808.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5809.00.01

Tejidos de hilos de metal y tejidos de hilados metálicos o de hilados textiles metalizados de la partida 56.05, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares, no expresados ni comprendidos en otra parte.

 

00

Tejidos de hilos de metal y tejidos de hilados metálicos o de hilados textiles metalizados de la partida 56.05, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares, no expresados ni comprendidos en otra parte.

 

 

5810.10.01

Bordados químicos o aéreos y bordados con fondo recortado.

 

00

Bordados químicos o aéreos y bordados con fondo recortado.

 

 

5810.91.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

 

5810.92.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

00

De fibras sintéticas o artificiales.

 

 

 

5810.99.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

5811.00.01

Productos textiles acolchados en pieza, constituidos por una o varias capas de materia textil combinadas con una materia de relleno y mantenidas mediante puntadas u otro modo de sujeción, excepto los bordados de la partida 58.10.

 

00

Productos textiles acolchados en pieza, constituidos por una o varias capas de materia textil combinadas con una materia de relleno y mantenidas mediante puntadas u otro modo de sujeción, excepto los bordados de la partida 58.10.

 

 

5901.10.01

Telas recubiertas de cola o materias amiláceas, de los tipos utilizados para encuadernación, cartonaje, estuchería o usos similares.

 

00

Telas recubiertas de cola o materias amiláceas, de los tipos utilizados para encuadernación, cartonaje, estuchería o usos similares.

 

 

5901.90.99

Los demás.

 

01

Telas para calcar.

 

02

Telas preparadas para la pintura.

 

99

Los demás.

 

 

5902.10.01

De nailon o demás poliamidas.

 

00

De nailon o demás poliamidas.

 

 

5902.20.01

De poliésteres.

 

00

De poliésteres.

 

 

5902.90.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

 

5903.10.02

Con poli(cloruro de vinilo).

 

01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

99

Los demás.

 

 

5903.20.02

Con poliuretano.

 

01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

99

Los demás.

 

 

 

5903.90.99

Las demás.

 

01

Cintas o tiras adhesivas.

 

02

De peso inferior o igual a 100 g/m², de fibras sintéticas o artificiales, excepto lo comprendido número de identificación comercial 5903.90.99.01.

 

03

De peso superior a 100 g/m² pero inferior o igual a 200 g/m², de fibras sintéticas o artificiales, excepto lo comprendido en número de identificación comercial 5903.90.99.01.

 

04

De peso superior a 200 g/m², de fibras sintéticas o artificiales, excepto lo comprendido en número de identificación comercial 5903.90.99.01.

 

99

Las demás.

 

 

5904.10.01

Linóleo.

 

00

Linóleo.

 

 

5904.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5905.00.01

Revestimientos de materia textil para paredes.

 

00

Revestimientos de materia textil para paredes.

 

 

5906.10.01

Cintas adhesivas de anchura inferior o igual a 20 cm.

 

00

Cintas adhesivas de anchura inferior o igual a 20 cm.

 

 

5906.91.02

De punto.

 

00

De punto.

 

 

5906.99.99

Las demás.

 

01

Tela cauchutada con alma de tejido de nailon o algodón, recubierta por ambas caras con hule sintético, vulcanizada, con espesor entre 0.3 y 2.0 mm.

 

02

Tejidos de algodón, recubiertos o impregnados de caucho por una o ambas caras.

 

03

De fibras sintéticas o artificiales, recubiertos o impregnados de caucho por una o ambas caras.

 

99

Los demás.

 

 

5907.00.01

Tejidos impregnados con materias incombustibles.

 

00

Tejidos impregnados con materias incombustibles.

 

 

 

5907.00.05

Telas impregnadas o bañadas, con tundiznos cuya longitud sea hasta 2 mm.

 

00

Telas impregnadas o bañadas, con tundiznos cuya longitud sea hasta 2 mm.

 

 

5907.00.06

De fibras sintéticas o artificiales, del tipo de los comprendidos en las fracciones arancelarias 5907.00.01 a 5907.00.05.

 

00

De fibras sintéticas o artificiales, del tipo de los comprendidos en las fracciones arancelarias 5907.00.01 a 5907.00.05.

 

 

5907.00.99

Los demás.

Únicamente: Lienzos pintados para decoraciones de teatro y fondos para estudios, cuando estén acondicionados para la venta al por menor; Cintas o tiras impregnadas con aceites oxidados; Tejidos impregnados con preparaciones a base de aceites oxidados, aislantes de la electricidad y/o Telas y tejidos encerados o aceitados.

01

Cintas o tiras impregnadas con aceites oxidados.

02

Tejidos impregnados con preparaciones a base de aceites oxidados, aislantes de la electricidad.

03

Telas y tejidos encerados o aceitados.

99

Los demás.

 

5908.00.03

Tejidos tubulares.

 

00

Tejidos tubulares.

 

 

5908.00.99

Los demás.

 

01

Capuchones.

 

02

Mechas de algodón montadas en anillos de metal común.

 

99

Los demás.

 

 

5909.00.01

Mangueras para bombas y tubos similares, de materia textil, incluso con armadura o accesorios de otras materias.

 

00

Mangueras para bombas y tubos similares, de materia textil, incluso con armadura o accesorios de otras materias.

 

 

5910.00.01

Correas transportadoras o de transmisión, de materia textil, incluso impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con plástico o reforzadas con metal u otra materia.

 

00

Correas transportadoras o de transmisión, de materia textil, incluso impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con plástico o reforzadas con metal u otra materia.

 

 

 

5911.10.01

Cintas de terciopelo impregnadas de caucho para forrar enjulios.

 

00

Cintas de terciopelo impregnadas de caucho para forrar enjulios.

 

 

5911.10.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

5911.20.01

Gasas y telas para cerner, incluso confeccionadas.

 

00

Gasas y telas para cerner, incluso confeccionadas.

 

 

5911.31.01

De peso inferior a 650 g/m².

 

00

De peso inferior a 650 g/m².

 

 

5911.32.01

De peso superior o igual a 650 g/m².

 

00

De peso superior o igual a 650 g/m².

 

 

5911.40.01

Capachos y telas gruesas de los tipos utilizados en las prensas de aceite o para usos técnicos análogos, incluidos los de cabello.

 

00

Capachos y telas gruesas de los tipos utilizados en las prensas de aceite o para usos técnicos análogos, incluidos los de cabello.

 

 

5911.90.01

Artículos textiles para usos técnicos u otras partes o piezas de máquinas o aparatos.

 

00

Artículos textiles para usos técnicos u otras partes o piezas de máquinas o aparatos.

 

 

5911.90.99

Los demás.

 

01

Tejidos armados con metal, de los tipos comúnmente empleados en usos técnicos.

 

02

Juntas, arandelas, membranas, discos, manguitos o artículos análogos para usos técnicos.

 

99

Los demás.

 

 

6001.10.03

Tejidos "de pelo largo".

 

01

Crudos o blanqueados.

 

99

Los demás.

 

 

6001.21.01

De algodón.

 

01

Crudos o blanqueados.

 

99

Los demás.

 

 

 

6001.22.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

De fibras sintéticas, crudos o blanqueados.

 

02

De fibras artificiales, crudos o blanqueados.

 

99

Los demás.

 

 

6001.29.01

De seda.

 

00

De seda.

 

 

6001.29.99

Los demás.

 

01

De lana, pelo o crin.

 

99

Los demás.

 

 

6001.91.01

De algodón.

 

01

Crudos o blanqueados.

 

99

Los demás.

 

 

6001.92.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

De fibras sintéticas, crudos o blanqueados.

 

02

De fibras artificiales, crudos o blanqueados.

 

99

Los demás.

 

 

6001.99.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

6002.40.01

De seda.

 

00

De seda.

 

 

6002.40.99

Los demás.

 

01

De algodón.

 

02

De fibras sintéticas.

 

03

De fibras artificiales.

 

99

Los demás.

 

 

6002.90.01

De seda.

 

00

De seda.

 

 

6002.90.99

Los demás.

 

01

De algodón.

 

02

De fibras sintéticas.

 

03

De fibras artificiales.

 

99

Los demás.

 

 

6003.10.01

De lana o pelo fino.

 

00

De lana o pelo fino.

 

 

6003.20.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

 

6003.30.01

De fibras sintéticas.

 

00

De fibras sintéticas.

 

 

6003.40.01

De fibras artificiales.

 

00

De fibras artificiales.

 

 

6003.90.01

De seda.

 

00

De seda.

 

 

6003.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

6004.10.01

De seda.

 

00

De seda.

 

 

6004.10.99

Los demás.

 

01

De algodón.

 

02

De filamentos sintéticos, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6004.10.99.05.

 

03

De fibras artificiales.

 

04

De fibras cortas sintéticas, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6004.10.99.05.

 

05

De poliamidas, excepto lo comprendido en los números de identificación comercial 6004.10.99.02 y 6004.10.99.04.

 

99

Los demás.

 

 

6004.90.01

De seda.

 

00

De seda.

 

 

6004.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

6005.21.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

 

6005.22.01

Teñidos.

 

00

Teñidos.

 

 

6005.23.01

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

6005.24.01

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

6005.35.01

Tejidos mencionados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo.

 

00

Tejidos mencionados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo.

 

 

6005.36.01

Los demás, crudos o blanqueados.

 

01

De poliamida.

 

99

Los demás.

 

 

6005.37.02

Los demás, teñidos.

 

01

Totalmente de poliamidas, con un fieltro de fibras de polipropileno en una de sus caras, como soporte.

 

99

Los demás.

 

 

6005.38.01

Los demás, con hilados de distintos colores.

 

00

Los demás, con hilados de distintos colores.

 

 

6005.39.01

Los demás, estampados.

 

00

Los demás, estampados.

 

 

6005.41.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

6005.42.01

Teñidos.

 

00

Teñidos.

 

 

6005.43.01

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

6005.44.01

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

 

6005.90.99

Los demás.

 

01

De lana o pelo fino.

 

99

Los demás.

 

 

6006.10.01

De lana o pelo fino.

 

00

De lana o pelo fino.

 

 

6006.21.02

Crudos o blanqueados.

 

01

Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).

 

99

Los demás.

 

 

6006.22.02

Teñidos.

 

01

Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).

 

99

Los demás.

 

 

6006.23.02

Con hilados de distintos colores.

 

01

Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).

 

99

Los demás.

 

 

6006.24.02

Estampados.

 

01

Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).

 

99

Los demás.

 

 

6006.31.03

Crudos o blanqueados.

 

01

De filamentos de poliéster.

 

99

Los demás.

 

 

6006.32.03

Teñidos.

 

01

De filamentos de poliéster.

 

99

Los demás.

 

 

6006.33.03

Con hilados de distintos colores.

 

01

De filamentos de poliéster.

 

99

Los demás.

 

 

 

6006.34.03

Estampados.

 

01

De filamentos de poliéster.

 

99

Los demás.

 

 

6006.41.01

Crudos o blanqueados.

 

00

Crudos o blanqueados.

 

 

6006.42.01

Teñidos.

 

00

Teñidos.

 

 

6006.43.01

Con hilados de distintos colores.

 

00

Con hilados de distintos colores.

 

 

6006.44.01

Estampados.

 

00

Estampados.

 

 

6006.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

6101.20.03

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres.

99

Los demás.

 

6101.30.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

 

6101.30.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Chamarras para niños.

91

Los demás para hombres.

92

Los demás para niños.

 

6101.90.02

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De lana o pelo fino.

99

Los demás.

 

6102.10.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

 

6102.20.03

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres.

99

Los demás.

 

6102.30.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

 

6102.30.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Chamarras para niñas.

02

Para mujeres.

99

Los demás.

 

6102.90.01

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De las demás materias textiles.

 

6103.10.05

Trajes (ambos o ternos).

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De lana o pelo fino.

02

De fibras sintéticas.

03

De algodón o de fibras artificiales.

04

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

99

Los demás.

 

6103.22.01

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De algodón.

 

6103.23.01

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De fibras sintéticas.

 

6103.29.02

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De lana o pelo fino.

99

Los demás.

 

6103.31.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6103.32.01

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De algodón.

 

 

6103.33.02

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

99

Los demás.

 

6103.39.03

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales.

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

99

Los demás.

 

6103.41.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6103.42.03

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Pantalones con peto y tirantes.

02

Para hombres, pantalones largos.

03

Para niños, pantalones largos.

91

Los demás para hombres.

92

Los demás para niños.

 

6103.43.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

 

6103.43.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres, pantalones largos.

02

Para hombres, pantalones cortos o shorts.

03

Para niños, pantalones largos.

04

Para niños, pantalones cortos o shorts.

91

Los demás para hombres.

92

Los demás para niños.

 

6103.49.03

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales.

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

99

Los demás.

 

6104.13.02

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

99

Los demás.

 

 

6104.19.06

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales.

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

03

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23%, sin exceder de 50% en peso.

04

De lana o pelo fino, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6104.19.06.03.

05

De algodón.

99

Los demás.

 

6104.22.01

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De algodón.

 

6104.23.01

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De fibras sintéticas.

 

6104.29.02

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De lana o pelo fino.

99

Los demás.

 

6104.31.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6104.32.01

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De algodón.

 

6104.33.02

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

99

Los demás.

 

6104.39.03

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales.

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

99

Las demás.

 

6104.41.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6104.42.03

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres.

99

Los demás.

 

 

6104.43.02

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

91

Los demás para mujeres.

92

Los demás para niñas.

 

6104.44.02

De fibras artificiales.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

02

Para mujeres, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6104.44.02.01.

99

Los demás.

 

6104.49.02

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70 % en peso.

99

Los demás.

 

6104.51.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6104.52.01

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres.

99

Los demás.

 

6104.53.02

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

91

Los demás para mujeres.

92

Los demás para niñas.

 

6104.59.03

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales.

99

Las demás.

 

6104.61.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6104.62.03

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Pantalones con peto y tirantes.

02

Para mujeres, pantalones cortos o shorts.

03

Para niñas, pantalones cortos o shorts.

91

Los demás para mujeres.

92

Los demás para niñas.

 

 

6104.63.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

 

6104.63.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres, pantalones cortos o shorts.

02

Para niñas, pantalones cortos o shorts, de poliéster.

03

Para niñas, pantalones cortos o shorts.

91

Los demás para niñas.

92

Los demás para mujeres.

 

6104.69.03

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales.

99

Los demás.

 

6105.10.02

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Camisas deportivas, para hombres.

02

Camisas deportivas, para niños.

99

Las demás.

 

6105.20.03

De fibras sintéticas o artificiales.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres.

99

Las demás.

 

6105.90.02

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

99

Las demás.

 

6106.10.02

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Camisas deportivas, para mujeres.

02

Camisas deportivas, para niñas.

91

Las demás para mujeres.

92

Las demás para niñas.

 

6106.20.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

 

 

6106.20.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

91

Las demás para mujeres.

92

Las demás para niñas.

 

6106.90.03

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De lana o pelo fino.

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

99

Las demás.

 

6107.11.03

De algodón.

 

01

Para hombres.

 

99

Los demás.

 

 

6107.12.03

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Para hombres.

 

99

Los demás.

 

 

6107.19.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

6107.21.01

De algodón.

 

01

Para hombres.

 

99

Los demás.

 

 

6107.22.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Para hombres.

 

99

Los demás.

 

 

6107.29.02

De las demás materias textiles.

 

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

 

99

Los demás.

 

 

6107.91.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

 

6107.99.03

De las demás materias textiles.

 

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

 

02

De fibras sintéticas o artificiales.

 

99

Los demás.

 

 

 

6108.11.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

00

De fibras sintéticas o artificiales.

 

 

6108.19.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

6108.21.03

De algodón.

 

01

Para mujeres.

 

99

Los demás.

 

 

6108.22.03

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Para mujeres.

 

99

Los demás.

 

 

6108.29.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

6108.31.03

De algodón.

 

01

Para mujeres.

 

99

Los demás.

 

 

6108.32.03

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Para mujeres.

 

99

Los demás.

 

 

6108.39.02

De las demás materias textiles.

 

01

De lana o pelo fino.

 

99

Los demás.

 

 

6108.91.02

De algodón.

 

01

Saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares.

 

99

Los demás.

 

 

6108.92.02

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares.

 

99

Los demás.

 

 

 

6108.99.02

De las demás materias textiles.

 

01

De lana o pelo fino.

 

99

Los demás.

 

 

6109.10.03

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres y mujeres.

99

Las demás.

 

6109.90.04

De fibras sintéticas o artificiales.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres y mujeres, de fibras sintéticas o artificiales.

91

Las demás de fibras sintéticas o artificiales.

 

6109.90.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

91

Las demás para hombres y mujeres.

92

Las demás para niños y niñas.

 

6110.11.03

De lana.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres y mujeres.

99

Los demás.

 

6110.12.01

De cabra de Cachemira ("cashmere").

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres y mujeres.

99

Los demás.

 

6110.19.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres y mujeres.

99

Los demás.

 

6110.20.05

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres y mujeres, suéteres (jerseys), “pullovers” y chalecos.

02

Para hombres y mujeres, sudaderas con dispositivo para abrochar.

03

Para hombres y mujeres, sudaderas sin dispositivo para abrochar.

91

Los demás suéteres (jerseys), “pullovers” y chalecos.

92

Las demás sudaderas con dispositivo para abrochar.

93

Las demás sudaderas sin dispositivo para abrochar.

94

Los demás, para hombres y mujeres.

99

Los demás.

 

 

6110.30.01

Construidos con 9 o menos puntadas por cada 2cm, medidos en dirección horizontal, excepto los chalecos.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres y mujeres.

99

Los demás.

 

6110.30.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres y mujeres, sudaderas con dispositivos para abrochar, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6110.30.99.02.

02

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso, para hombres y mujeres.

03

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso, para niños y niñas.

91

Las demás sudaderas con dispositivo para abrochar.

92

Las demás sudaderas, para niño o niña.

93

Los demás para hombres y mujeres.

99

Los demás.

 

6110.90.02

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

02

Para hombres y mujeres, sudadera con dispositivo para abrochar, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6110.90.02.01.

03

Para niños y niñas, sudadera con dispositivo para abrochar, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6110.90.02.01.

04

Para hombres y mujeres, sudadera sin dispositivo para abrochar, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6110.90.02.01.

05

Para niños y niñas, sudadera sin dispositivo para abrochar, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6110.90.02.01.

91

Los demás para hombres y mujeres.

99

Las demás.

 

6111.20.12

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Faldas, calzoncillos y demás prendas de vestir que cubran la parte inferior del cuerpo, excepto lo comprendido en los números de identificación comercial 6111.20.12.13 y 6111.20.12.14.

02

Juegos.

03

Pañaleros.

04

Camisas y blusas.

05

"T-shirt" y camisetas.

 

06

Calcetines, patucos, guantes, manoplas y artículos similares.

 

07

Camisones y pijamas.

08

Vestidos.

09

Sudaderas.

10

Suéteres.

11

Mamelucos.

12

Comandos.

13

Pantalones largos.

14

Pantalones cortos y shorts.

91

Las demás prendas de vestir que cubran la mayor parte del cuerpo.

92

Las demás prendas de vestir que cubran solo la parte superior del cuerpo.

99

Los demás.

 

6111.30.07

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Juegos.

02

Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares.

03

Camisones y pijamas.

04

Pañaleros.

05

Vestidos.

06

"T-shirt" y camisetas.

07

Sudaderas.

08

Suéteres.

09

Calzoncillos.

10

Faldas.

11

Pantalones cortos y shorts.

12

Mamelucos.

13

Comandos.

14

Calcetines, patucos, guantes, manoplas y artículos similares.

91

Las demás prendas de vestir que cubran la mayor parte del cuerpo.

92

Las demás prendas de vestir que cubran solo la parte superior del cuerpo.

99

Los demás.

 

 

6111.90.05

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De lana o pelo fino.

02

Mamelucos, pañaleros, vestidos, abrigos, chaquetones, juegos y demás prendas de vestir que cubran la mayor parte del cuerpo, excepto de lana o pelo fino.

03

Camisas, camisetas, sudaderas, chamarras, suéteres y demás prendas de vestir que cubran la parte superior del cuerpo, excepto de lana o pelo fino.

04

Pantalones, shorts, faldas, calzoncillos y demás prendas de vestir que cubran la parte inferior del cuerpo, excepto de lana o pelo fino.

99

Los demás.

 

6112.11.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

 

6112.12.01

De fibras sintéticas.

 

00

De fibras sintéticas.

 

 

6112.19.03

De las demás materias textiles.

 

01

De fibras artificiales.

 

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

 

99

Los demás.

 

 

6112.20.02

Monos (overoles) y conjuntos de esquí.

 

00

Monos (overoles) y conjuntos de esquí.

 

 

6112.31.01

De fibras sintéticas.

 

00

De fibras sintéticas.

 

 

6112.39.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

6112.49.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

6113.00.02

Prendas de vestir confeccionadas con tejidos de punto de las partidas 59.03, 59.06 ó 59.07.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para bucear (de buzo).

99

Los demás.

 

 

6114.20.01

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De algodón.

 

6114.30.02

De fibras sintéticas o artificiales.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.

99

Los demás.

 

6114.90.02

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De lana o pelo fino.

99

Los demás.

 

6115.10.01

Calzas, panty-medias, leotardos y medias, de compresión progresiva (por ejemplo, medias para várices)

 

00

Calzas, panty-medias, leotardos y medias, de compresión progresiva (por ejemplo, medias para várices)

 

6115.21.01

De fibras sintéticas, de título inferior a 67 decitex por hilo sencillo.

 

00

De fibras sintéticas, de título inferior a 67 decitex por hilo sencillo.

 

6115.22.01

De fibras sintéticas, de título superior o igual a 67 decitex por hilo sencillo.

 

00

De fibras sintéticas, de título superior o igual a 67 decitex por hilo sencillo.

 

6115.29.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

6115.30.01

Las demás medias de mujer, de título inferior a 67 decitex por hilo sencillo.

 

00

Las demás medias de mujer, de título inferior a 67 decitex por hilo sencillo.

 

6115.94.01

De lana o pelo fino.

 

00

De lana o pelo fino.

 

6115.95.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

 

6115.96.01

De fibras sintéticas.

 

00

De fibras sintéticas.

 

6115.99.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

6116.10.02

Impregnados, recubiertos o revestidos con plástico o caucho.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Mitones y manoplas, de lana o pelo fino.

99

Los demás.

 

6116.91.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6116.92.01

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De algodón.

 

6116.93.01

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De fibras sintéticas.

 

6116.99.01

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De las demás materias textiles.

 

6117.10.02

Chales, pañuelos de cuello, bufandas, mantillas, velos y artículos similares.

 

01

De lana o pelo fino.

99

Los demás.

 

6117.80.02

Cintas, bandas o ligas, de sujeción para el cabello y artículos similares.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Cintas, bandas o ligas, de sujeción para el cabello y artículos similares.

 

6117.80.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Corbatas y lazos similares.

99

Los demás.

 

6117.90.01

Partes.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Partes.

 

6201.11.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

 

6201.12.01

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

 

6201.12.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres.

02

Para niños.

 

6201.13.01

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

 

6201.13.02

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6201.13.01.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6201.13.01.

 

6201.13.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres.

02

Para niños.

 

6201.19.01

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De las demás materias textiles.

 

6201.91.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6201.92.01

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

 

 

6201.92.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres.

02

Para niños.

 

6201.93.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

 

6201.93.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Los demás.

 

6201.99.01

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De las demás materias textiles.

 

6202.11.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6202.12.01

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

 

6202.12.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres.

02

Para niñas.

 

6202.13.01

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

 

6202.13.02

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6202.13.01.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6202.13.01.

 

 

6202.13.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres.

02

Para niñas.

 

6202.19.01

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De las demás materias textiles.

 

6202.91.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6202.92.01

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

 

6202.92.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres.

02

Para niñas.

 

6202.93.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

 

6202.93.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres.

02

Para niñas.

 

6202.99.01

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De las demás materias textiles.

 

6203.11.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6203.12.01

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De fibras sintéticas.

 

 

6203.19.03

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De algodón o de fibras artificiales.

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

99

Las demás.

 

6203.22.01

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De algodón.

 

6203.23.01

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De fibras sintéticas.

 

6203.29.02

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De lana o pelo fino.

99

Los demás.

 

6203.31.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6203.32.03

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres.

99

Los demás.

 

6203.33.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

 

6203.33.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para hombres.

02

Para niños.

 

6203.39.04

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6203.39.04.03.

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

03

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

99

Los demás.

 

 

6203.41.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6203.42.01

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

 

6203.42.02

Pantalones con peto y tirantes.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Pantalones con peto y tirantes.

 

6203.42.91

Los demás, para hombres.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Cortos y shorts, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

02

Cortos y shorts de mezclilla ("denim"), con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

91

Los demás para hombres, de mezclilla ("denim"), con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

92

Los demás ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

99

Los demás.

 

6203.42.92

Los demás, para niños.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Cortos y shorts, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

02

Cortos y shorts de mezclilla ("denim"), con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

91

Los demás ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

92

Los demás de mezclilla ("denim"), con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

99

Los demás.

 

6203.43.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

 

 

6203.43.91

Los demás, para hombres.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Del tipo mezclilla, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

02

Cortos y shorts, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

03

Cortos y shorts de poliéster, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

91

Los demás ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

92

Los demás de poliéster, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

99

Los demás.

 

6203.43.92

Los demás, para niños.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Del tipo mezclilla, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

02

Cortos y shorts, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

03

Cortos y shorts de poliéster, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

91

Los demás ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

92

Los demás de poliéster, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

99

Los demás.

 

6203.49.01

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De las demás materias textiles.

 

6204.11.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6204.12.01

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De algodón.

 

6204.13.02

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

99

Los demás.

 

 

6204.19.04

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6204.19.04.03.

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

03

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

99

Los demás.

 

6204.21.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6204.22.01

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De algodón.

 

6204.23.01

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De fibras sintéticas.

 

6204.29.01

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De las demás materias textiles.

 

6204.31.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6204.32.03

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujer.

99

Las demás.

 

6204.33.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

 

6204.33.02

Con un contenido de lino mayor o igual a 36% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lino mayor o igual a 36% en peso.

 

6204.33.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres.

02

Para niñas.

91

Los demás con forro o relleno para mujeres.

 

 

6204.39.04

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales, excepto con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

03

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

99

Los demás.

 

6204.41.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6204.42.01

Hechos totalmente a mano.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Hechos totalmente a mano.

 

6204.42.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

91

Para mujeres.

92

Para niñas.

 

6204.43.01

Hechos totalmente a mano.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Hechos totalmente a mano.

 

6204.43.02

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6204.43.01.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6204.43.01.

 

6204.43.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De novia, de coctel o de gala, para mujeres.

91

Para mujeres.

92

Para niñas.

 

6204.44.01

Hechos totalmente a mano.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Hechos totalmente a mano.

 

6204.44.02

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6204.44.01.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6204.44.01.

 

 

6204.44.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

91

Para mujeres.

92

Para niñas.

 

6204.49.02

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

99

Los demás.

 

6204.51.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6204.52.03

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres.

99

Las demás.

 

6204.53.01

Hechas totalmente a mano.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Hechas totalmente a mano.

 

6204.53.02

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6204.53.01.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6204.53.01.

 

6204.53.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

91

Para mujeres.

92

Para niñas.

 

6204.59.06

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales.

02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

03

Hechas totalmente a mano, de fibras artificiales.

04

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en los números de identificación comercial 6204.59.06.01, 6204.59.06.03 y 6204.59.06.04.

91

Las demás hechas totalmente a mano.

99

Los demás.

 

6204.61.01

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

 

6204.62.09

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres, cortos y shorts, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

02

Para mujeres, cortos y shorts de mezclilla (“denim”), con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

03

Para niñas, cortos y shorts de mezclilla (“denim”), con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

04

Para niñas, cortos y shorts, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

91

Los demás para mujeres, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

92

Los demás para mujeres, de mezclilla (“denim”), con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

93

Los demás para niñas, de mezclilla (“denim”), con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

94

Los demás para niñas, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

95

Los demás para mujeres.

96

Los demás para niñas.

 

6204.63.01

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

 

6204.63.91

Los demás, para mujeres.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Pantalones largos, pantalones cortos (calzones) y shorts, del tipo mezclilla, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

02

Para mujeres, cortos y shorts, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

03

Cortos y shorts, de poliéster, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

91

Los demás para mujeres, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

92

Los demás para mujeres, de poliéster, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

99

Los demás.

 

 

6204.63.92

Los demás, para niñas.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Cortos y shorts, ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

02

Pantalones largos, pantalones cortos (calzones) y shorts, del tipo mezclilla, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

03

Pantalones largos, pantalones cortos (calzones) y shorts, de poliéster, con cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

91

Los demás ceñidos en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento, sin cremallera, botones o cualquier otro sistema de cierre.

99

Los demás.

 

6204.69.02

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

 

6204.69.03

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.

 

6204.69.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De fibras artificiales para mujeres.

02

De fibras artificiales para niñas.

99

Los demás.

 

6205.20.01

Hechas totalmente a mano.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Hechas totalmente a mano.

 

6205.20.91

Para hombres, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6205.20.01.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Para hombres, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6205.20.01.

 

6205.20.92

Para niños, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6205.20.01.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Para niños, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6205.20.01.

 

6205.30.01

Hechas totalmente a mano.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Hechas totalmente a mano.

 

 

6205.30.91

Para hombres, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6205.30.01.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Para hombres, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6205.30.01.

 

6205.30.92

Para niños, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6205.30.01.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Para niños, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6205.30.01.

 

6205.90.01

Con un contenido en seda mayor o igual a 70% en peso.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido en seda mayor o igual a 70% en peso.

 

6205.90.02

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De lana o pelo fino.

 

6205.90.99

Las demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Las demás.

 

6206.10.01

De seda o desperdicios de seda.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De seda o desperdicios de seda.

 

6206.20.02

De lana o pelo fino.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Hechas totalmente a mano.

99

Los demás.

 

6206.30.04

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Para mujeres.

02

Para niñas.

 

6206.40.01

Hechas totalmente a mano.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Hechas totalmente a mano.

 

6206.40.02

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6206.40.01.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6206.40.01.

 

 

6206.40.91

Para mujeres, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 6206.40.01 y 6206.40.02.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Para mujeres, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 6206.40.01 y 6206.40.02.

 

6206.40.92

Para niñas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 6206.40.01 y 6206.40.02.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Para niñas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 6206.40.01 y 6206.40.02.

 

6206.90.01

Con mezclas de algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con mezclas de algodón.

 

6206.90.99

Los demás.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Los demás.

 

6207.11.01

De algodón.

 

01

Para hombres.

99

Los demás.

 

6207.19.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

6207.21.01

De algodón.

 

01

Para hombres.

99

Los demás.

 

6207.22.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

00

De fibras sintéticas o artificiales.

 

6207.29.02

De las demás materias textiles.

 

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

99

Los demás.

 

6207.91.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

6207.99.03

De las demás materias textiles.

 

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

02

De fibras sintéticas o artificiales.

99

Los demás.

 

 

6208.11.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

00

De fibras sintéticas o artificiales.

 

6208.19.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

6208.21.01

De algodón.

 

01

Para mujeres.

99

Los demás.

 

6208.22.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Para mujeres.

99

Los demás.

 

6208.29.02

De las demás materias textiles.

 

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

99

Los demás.

 

6208.91.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

6208.92.02

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares.

 

02

Bragas (bombachas, calzones), para niña.

 

99

Los demás para mujeres.

 

 

6208.99.03

De las demás materias textiles.

 

01

De lana o pelo fino.

 

02

Camisetas interiores y bragas (bombachas, calzones) con un contenido de seda, en peso, igual o superior a 70%.

 

99

Las demás.

 

 

6209.20.07

De algodón.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Faldas, calzoncillos y demás prendas de vestir que cubran la parte inferior del cuerpo, excepto lo comprendido en los números de identificación comercial 6209.20.07.08 y 6209.20.07.09.

02

Camisas y blusas.

03

Juegos.

04

Comandos.

 

05

Pañaleros.

 

06

Abrigos y chaquetones.

07

"T-shirt" y camisetas.

08

Pantalones largos.

09

Pantalones cortos y shorts.

91

Las demás prendas de vestir que cubran la mayor parte del cuerpo.

92

Las demás prendas de vestir que cubran solo la parte superior del cuerpo.

99

Los demás.

 

6209.30.05

De fibras sintéticas.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Pantalones, shorts, faldas, calzoncillos y demás prendas de vestir que cubran la parte inferior del cuerpo.

02

Juegos.

03

Comandos.

04

Pañaleros.

05

Camisas y blusas.

06

"T-shirt" y camisetas.

91

Las demás prendas de vestir que cubran la mayor parte del cuerpo.

92

Las demás prendas de vestir que cubran solo la parte superior del cuerpo.

99

Los demás.

 

6209.90.05

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

De lana o pelo fino.

02

Mamelucos, pañaleros, vestidos, abrigos, chaquetones, juegos y demás prendas de vestir que cubran la mayor parte del cuerpo, excepto la lana o pelo fino.

03

Camisas, camisetas, sudaderas, chamarras, suéteres y demás prendas de vestir que cubran la parte superior del cuerpo, excepto de lana o pelo fino.

04

Pantalones, shorts, faldas, calzoncillos y demás prendas de vestir que cubran la parte inferior del cuerpo, excepto de lana o pelo fino.

99

Los demás.

 

6210.10.01

Con productos de las partidas 56.02 ó 56.03.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Con productos de las partidas 56.02 ó 56.03.

 

6210.20.01

Las demás prendas de vestir de los tipos citados en las subpartidas 6201.11 a 6201.19.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Las demás prendas de vestir de los tipos citados en las subpartidas 6201.11 a 6201.19.

 

 

6210.30.01

Las demás prendas de vestir de los tipos citados en las subpartidas 6202.11 a 6202.19.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Las demás prendas de vestir de los tipos citados en las subpartidas 6202.11 a 6202.19.

 

6210.40.01

Las demás prendas de vestir para hombres o niños.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Las demás prendas de vestir para hombres o niños.

 

6210.50.01

Las demás prendas de vestir para mujeres o niñas.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Las demás prendas de vestir para mujeres o niñas.

 

6211.11.01

Para hombres o niños.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Para hombres o niños.

 

6211.12.01

Para mujeres o niñas.

 

00

Para mujeres o niñas.

 

6211.20.02

Monos (overoles) y conjuntos de esquí.

 

01

Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.

99

Los demás.

 

6211.32.02

De algodón.

 

01

Camisas deportivas.

99

Las demás.

 

6211.33.02

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Camisas deportivas.

99

Las demás.

 

6211.39.03

De las demás materias textiles.

 

01

Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.

02

De lana o pelo fino.

99

Las demás.

 

6211.42.02

De algodón.

 

01

Pantalones con peto y tirantes.

99

Las demás.

 

 

6211.43.02

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Pantalones con peto y tirantes.

99

Las demás.

 

6211.49.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

6212.10.07

Sostenes (corpiños).

 

01

De algodón, con encaje.

02

De fibras sintéticas o artificiales, con encaje.

03

Sostenes (corpiños) para niña, sin encaje, de fibras sintéticas o artificiales.

91

Los demás, de algodón.

92

Los demás, de fibras sintéticas o artificiales.

93

De las demás materias textiles.

 

6212.20.01

Fajas y fajas braga (fajas bombacha).

 

00

Fajas y fajas braga (fajas bombacha).

 

6212.30.01

Fajas sostén (fajas corpiño).

 

00

Fajas sostén (fajas corpiño).

 

6212.90.99

Los demás.

 

01

Copas de tejidos de fibras artificiales para portabustos.

02

Partes, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6212.90.99.01.

99

Los demás.

 

6213.20.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

6213.90.02

De las demás materias textiles.

 

01

De seda o desperdicios de seda.

02

Pañuelos de fibras sintéticas.

99

Los demás.

 

6214.10.01

De seda o desperdicios de seda.

 

00

De seda o desperdicios de seda.

 

6214.20.01

De lana o pelo fino.

 

00

De lana o pelo fino.

 

 

6214.30.01

De fibras sintéticas.

 

00

De fibras sintéticas.

 

6214.40.01

De fibras artificiales.

 

00

De fibras artificiales.

 

6214.90.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

6215.10.01

De seda o desperdicios de seda.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De seda o desperdicios de seda.

 

6215.20.01

De fibras sintéticas o artificiales.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De fibras sintéticas o artificiales.

 

6215.90.01

De las demás materias textiles.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

De las demás materias textiles.

 

6216.00.01

Guantes, mitones y manoplas.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Guantes, mitones y manoplas.

 

6217.10.01

Complementos (accesorios) de vestir.

Excepto: Artículos de disfraz.

01

Ligas para el cabello.

99

Los demás.

 

6217.90.01

Partes.

Excepto: Artículos de disfraz.

00

Partes.

 

6301.20.01

Mantas de lana o pelo fino (excepto las eléctricas).

 

00

Mantas de lana o pelo fino (excepto las eléctricas).

 

6301.30.01

Mantas de algodón (excepto las eléctricas).

 

00

Mantas de algodón (excepto las eléctricas).

 

6301.40.01

Mantas de fibras sintéticas (excepto las eléctricas).

 

00

Mantas de fibras sintéticas (excepto las eléctricas).

 

6301.90.01

Las demás mantas.

 

00

Las demás mantas.

 

 

6302.10.01

Ropa de cama, de punto.

 

00

Ropa de cama, de punto.

 

6302.21.01

De algodón.

 

01

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho inferior o igual a 160 cm.

02

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 160 cm pero inferior o igual a 210 cm.

03

Fundas para edredón y fundas para colchón, ancho superior a 210 cm pero inferior o igual a 240 cm.

04

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 240 cm.

05

Sábana, de ancho inferior o igual a 160 cm.

06

Sábana, de ancho superior a 160 cm pero inferior o igual a 210 cm.

07

Sábana, de ancho superior a 210 cm pero inferior o igual a 240 cm.

08

Sábana, de ancho superior a 240 cm.

99

Los demás.

 

6302.22.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho inferior o igual a 160 cm.

02

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 160 cm pero inferior o igual a 210 cm.

03

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 210 cm pero inferior o igual a 240 cm.

04

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 240 cm.

05

Sábana, de ancho inferior o igual a 160 cm.

06

Sábana, de ancho superior a 160 cm pero inferior o igual a 210 cm.

07

Sábana, de ancho superior a 210 cm pero inferior o igual a 240 cm.

08

Sábana, de ancho superior a 240 cm.

99

Los demás.

 

6302.29.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

 

6302.31.06

De algodón.

 

01

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho inferior o igual a 160 cm.

02

Sábana, de ancho inferior o igual a 160 cm.

03

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 160 cm pero inferior o igual a 210 cm.

04

Sábana, de ancho superior a 160 cm pero inferior o igual a 210 cm.

05

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 210 cm pero inferior o igual a 240 cm.

06

Sábana, de ancho superior a 210 cm pero inferior o igual a 240 cm.

07

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 240 cm .

08

Sábana, de ancho superior a 240 cm.

99

Las demás.

 

6302.32.06

De fibras sintéticas o artificiales.

 

01

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho inferior o igual a 160 cm.

02

Sábana, de ancho inferior o igual a 160 cm.

03

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 160 cm pero inferior o igual a 210 cm.

04

Sábana, de ancho superior a 160 cm pero inferior o igual a 210 cm.

05

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 210 cm pero inferior o igual a 240 cm.

06

Sábana, de ancho superior a 210 cm pero inferior o igual a 240 cm.

07

Fundas para edredón y fundas para colchón, de ancho superior a 240 cm .

08

Sábana, de ancho superior a 240 cm.

99

Las demás.

 

6302.39.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

6302.40.01

Ropa de mesa, de punto.

 

00

Ropa de mesa, de punto.

 

6302.51.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

 

6302.53.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

00

De fibras sintéticas o artificiales.

 

6302.59.02

De las demás materias textiles.

 

01

De lino.

99

Las demás.

 

6302.60.06

Ropa de tocador o cocina, de tejido con bucles del tipo toalla, de algodón.

 

01

De ancho y largo inferior o igual a 35 cm.

02

De ancho superior a 35 cm pero inferior o igual a 80 cm y de largo superior a 35 cm pero inferior o igual a 150 cm.

03

De ancho superior a 80 cm pero inferior o igual a 90 cm y de largo superior a 150 cm pero inferior o igual a 190 cm.

04

De ancho superior a 90 cm y de largo superior a 190 cm.

99

Las demás.

 

6302.91.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

6302.93.01

De fibras sintéticas o artificiales.

 

00

De fibras sintéticas o artificiales.

 

6302.99.02

De las demás materias textiles.

 

01

De lino.

99

Las demás.

 

6303.12.01

De fibras sintéticas.

 

00

De fibras sintéticas.

 

6303.19.02

De las demás materias textiles.

 

01

De lino.

99

Las demás.

 

6303.91.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

6303.92.02

De fibras sintéticas.

 

01

Confeccionadas con tejidos totalmente de poliéster, de hilados sencillos, de título igual o superior a 75 decitex pero inferior o igual a 80 decitex, y 24 filamentos por hilo, y una torsión igual o superior a 900 vueltas por metro.

99

Las demás.

 

 

6303.99.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

6304.11.01

De punto.

 

00

De punto.

 

6304.19.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

6304.20.01

Mosquiteros para cama, especificados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo.

 

00

Mosquiteros para cama, especificados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo.

 

6304.91.01

De punto.

 

00

De punto.

 

6304.92.01

De algodón, excepto de punto.

 

00

De algodón, excepto de punto.

 

6304.93.01

De fibras sintéticas, excepto de punto.

 

00

De fibras sintéticas, excepto de punto.

 

6304.99.01

De las demás materias textiles, excepto de punto.

 

00

De las demás materias textiles, excepto de punto.

 

6305.10.01

De yute o demás fibras textiles del líber de la partida 53.03.

 

00

De yute o demás fibras textiles del líber de la partida 53.03.

 

6305.20.01

De algodón.

 

00

De algodón.

 

6305.32.01

Continentes intermedios flexibles para productos a granel.

 

00

Continentes intermedios flexibles para productos a granel.

 

6305.33.01

Los demás, de tiras o formas similares, de polietileno o polipropileno.

 

00

Los demás, de tiras o formas similares, de polietileno o polipropileno.

 

 

6305.39.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

6305.90.01

De las demás materias textiles.

 

00

De las demás materias textiles.

 

6306.12.01

De fibras sintéticas.

 

00

De fibras sintéticas.

 

6306.19.02

De las demás materias textiles.

 

01

De algodón.

99

Los demás.

 

6306.22.01

De fibras sintéticas.

 

00

De fibras sintéticas.

 

6306.29.02

De las demás materias textiles.

 

01

De algodón.

99

Los demás.

 

6306.30.02

Velas.

 

01

De fibras sintéticas.

99

Las demás.

 

6306.40.02

Colchones neumáticos.

 

01

De algodón.

99

Los demás.

 

6306.90.99

Los demás.

 

01

De algodón.

99

Los demás.

 

6307.10.01

Paños para fregar o lavar (bayetas, paños rejilla), franelas y artículos similares para limpieza.

 

00

Paños para fregar o lavar (bayetas, paños rejilla), franelas y artículos similares para limpieza.

 

6307.20.01

Cinturones y chalecos salvavidas.

 

00

Cinturones y chalecos salvavidas.

 

 

6307.90.01

Toallas quirúrgicas.

 

00

Toallas quirúrgicas.

 

6307.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

6308.00.01

Juegos constituidos por piezas de tejido e hilados, incluso con accesorios, para la confección de alfombras, tapicería, manteles o servilletas bordados o de artículos textiles similares, en envases para la venta al por menor.

 

00

Juegos constituidos por piezas de tejido e hilados, incluso con accesorios, para la confección de alfombras, tapicería, manteles o servilletas bordados o de artículos textiles similares, en envases para la venta al por menor.

 

6309.00.01

Artículos de prendería.

 

00

Artículos de prendería.

 

6310.10.02

Clasificados.

 

01

Trapos mutilados o picados.

99

Los demás.

 

6310.90.99

Los demás.

 

01

Trapos mutilados o picados.

99

Los demás.

 

6501.00.01

Cascos sin ahormado ni perfilado del ala, platos (discos) y cilindros aunque estén cortados en el sentido de la altura, de fieltro, para sombreros.

 

00

Cascos sin ahormado ni perfilado del ala, platos (discos) y cilindros aunque estén cortados en el sentido de la altura, de fieltro, para sombreros.

 

6502.00.01

Cascos para sombreros, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, sin ahormado ni perfilado del ala y sin guarnecer.

Únicamente: De materia textil.

00

Cascos para sombreros, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, sin ahormado ni perfilado del ala y sin guarnecer.

 

6504.00.01

Sombreros y demás tocados, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, incluso guarnecidos.

Únicamente: De materia textil.

00

Sombreros y demás tocados, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, incluso guarnecidos.

 

 

6505.00.04

Sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas.

Únicamente: De materia textil y/o sombreros y demás tocados de fieltro, fabricados con cascos o platos de la partida 65.01, incluso guarnecidos.

01

Redecillas para el cabello.

02

Gorras, cachuchas, boinas, monteras o bonetes.

03

Sombreros y demás tocados de fieltro, fabricados con cascos o platos de la partida 65.01, incluso guarnecidos.

99

Los demás.

 

6506.99.02

De las demás materias.

Únicamente: De materia textil, excepto de peletería natural.

00

De las demás materias.

 

6507.00.01

Desudadores, forros, fundas, armaduras, viseras y barboquejos (barbijos), para sombreros y demás tocados.

Únicamente: De materia textil.

00

Desudadores, forros, fundas, armaduras, viseras y barboquejos (barbijos), para sombreros y demás tocados.

 

6601.10.01

Quitasoles toldo y artículos similares.

Únicamente: De materia textil.

00

Quitasoles toldo y artículos similares.

 

6601.91.01

Con astil o mango telescópico.

Únicamente: De materia textil.

00

Con astil o mango telescópico.

 

6601.99.99

Los demás.

Únicamente: De materia textil.

00

Los demás.

 

6704.11.01

Pelucas que cubran toda la cabeza.

Únicamente: De materia textil.

00

Pelucas que cubran toda la cabeza.

 

6704.19.99

Los demás.

Únicamente: De materia textil.

00

Los demás.

 

9404.30.01

Sacos (bolsas) de dormir.

Únicamente: De materia textil.

00

Sacos (bolsas) de dormir.

 

 

9404.90.99

Los demás.

Únicamente: Cubrepiés, cubrecamas, artículos de cama similares y/o edredones.

03

Edredón, de ancho inferior o igual a 160 cm.

04

Edredón, de ancho superior a 160 cm pero inferior o igual a 210 cm.

05

Edredón, de ancho superior a 210 cm pero inferior o igual a 240 cm.

06

Edredón de ancho superior a 240 cm.

99

Los demás.

 

9619.00.02

De guata de materia textil.

Excepto: Tampones higiénicos.

00

De guata de materia textil.

 

9619.00.03

Pañales para bebés y artículos similares, de otras materias textiles, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9619.00.02.

 

00

Pañales para bebés y artículos similares, de otras materias textiles, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9619.00.02.

 

9619.00.04

Toallas sanitarias (compresas), tampones higiénicos y artículos similares, de otras materias textiles, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9619.00.02.

Excepto: Tampones higiénicos.

00

Toallas sanitarias (compresas), tampones higiénicos y artículos similares, de otras materias textiles, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9619.00.02.

 

II. Capítulo 4 (Información comercial) de la Norma Oficial Mexicana NOM-020-SCFI-1997, Información Comercial-Etiquetado de cueros y pieles curtidas naturales y materiales sintéticos o artificiales con esa apariencia, calzado, marroquinería, así como los productos elaborados con dichos materiales, publicada en el DOF el 27 de abril de 1998:

Fracción arancelaria/

NICO

Descripción

Acotación

4104.11.04

Plena flor sin dividir; divididos con la flor.

Excepto: De bovino, precurtidos al cromo húmedo (“wet blue”) y/o con precurtido vegetal.

01

Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

99

Los demás.

 

4104.19.99

Los demás.

Excepto: De bovino, precurtidos al cromo húmedo (“wet blue”) y/o con precurtido vegetal.

99

Los demás.

 

4104.41.02

Plena flor sin dividir; divididos con la flor.

 

01

Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

99

Los demás.

 

 

4104.49.99

Los demás.

 

01

Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

99

Los demás.

 

4105.10.04

En estado húmedo (incluido el "wet-blue").

Excepto: Preparadas al cromo y/o precurtidas.

99

Las demás.

 

4105.30.01

En estado seco ("crust").

 

00

En estado seco ("crust").

 

4106.21.04

En estado húmedo (incluido el «wet-blue»).

Excepto: Preparadas al cromo y/o precurtidas.

99

Las demás.

 

4106.22.01

En estado seco ("crust").

 

00

En estado seco ("crust").

 

4106.32.01

En estado seco ("crust").

 

00

En estado seco ("crust").

 

4106.40.02

De reptil.

Excepto: Con precurtido vegetal.

00

De reptil.

 

4106.91.01

En estado húmedo (incluido el "wet-blue").

 

00

En estado húmedo (incluido el "wet-blue").

 

4106.92.01

En estado seco ("crust").

 

00

En estado seco ("crust").

 

4107.11.02

Plena flor sin dividir.

 

01

De bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

99

Los demás.

 

4107.12.02

Divididos con la flor.

 

01

De bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

99

Los demás.

 

4107.19.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

4107.91.01

Plena flor sin dividir.

 

00

Plena flor sin dividir.

 

 

4107.92.01

Divididos con la flor.

 

00

Divididos con la flor.

 

4107.99.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

4112.00.01

Cueros preparados después del curtido o secado y cueros y pieles apergaminados, de ovino, depilados, incluso divididos, excepto los de la partida 41.14.

 

00

Cueros preparados después del curtido o secado y cueros y pieles apergaminados, de ovino, depilados, incluso divididos, excepto los de la partida 41.14.

 

4113.10.01

De caprino.

 

00

De caprino.

 

4113.20.01

De porcino.

 

00

De porcino.

 

4113.30.01

De reptil.

 

00

De reptil.

 

4113.90.99

Los demás.

Excepto: De avestruz o de mantarraya.

99

Los demás.

 

4114.10.01

Cueros y pieles agamuzados (incluido el agamuzado combinado al aceite).

 

00

Cueros y pieles agamuzados (incluido el agamuzado combinado al aceite).

 

4114.20.01

Cueros y pieles charolados y sus imitaciones de cueros o pieles chapados; cueros y pieles metalizados.

 

00

Cueros y pieles charolados y sus imitaciones de cueros o pieles chapados; cueros y pieles metalizados.

 

4115.10.01

Cuero regenerado a base de cuero o fibras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas.

 

00

Cuero regenerado a base de cuero o fibras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas.

 

4201.00.01

Artículos de talabartería o guarnicionería para todos los animales (incluidos los tiros, traíllas, rodilleras, bozales, sudaderos, alforjas, abrigos para perros y artículos similares), de cualquier materia.

Excepto: De materia textil.

00

Artículos de talabartería o guarnicionería para todos los animales (incluidos los tiros, traíllas, rodilleras, bozales, sudaderos, alforjas, abrigos para perros y artículos similares), de cualquier materia.

 

 

4202.11.01

Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado.

 

00

Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado.

 

4202.12.03

Con la superficie exterior de plástico o materia textil.

Excepto: Con la superficie exterior de materia textil.

01

Con la superficie exterior de plástico.

 

4202.19.99

Los demás.

Únicamente: Con la superficie exterior de pieles curtidas naturales o de materiales con apariencia de cuero o de pieles curtidas naturales.

00

Los demás.

 

4202.21.01

Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado.

 

00

Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado.

 

4202.22.03

Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textil.

Únicamente: Con la superficie exterior de hojas de plástico.

01

Con la superficie exterior de hojas de plástico.

 

4202.29.99

Los demás.

Únicamente: Con la superficie exterior de pieles curtidas naturales o de materiales con apariencia de cuero o de pieles curtidas naturales.

00

Los demás.

 

4202.31.01

Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado.

 

00

Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado.

 

4202.32.03

Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textil.

Únicamente: Con la superficie exterior de hojas de plástico.

01

Con la superficie exterior de hojas de plástico.

 

4202.39.99

Los demás.

Únicamente: Con la superficie exterior de pieles curtidas naturales o de materiales con apariencia de cuero o de pieles curtidas naturales.

00

Los demás.

 

4202.91.01

Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado.

 

00

Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado.

 

4202.92.04

Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textil.

Únicamente: Con la superficie exterior de hojas de plástico, excepto bolsas o fundas, utilizadas para contener llaves de cubo y/o un "gato", reconocibles como concebidas exclusivamente para uso automotriz.

01

Con la superficie exterior de hojas de plástico, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 4202.92.04. 03.

 

 

4202.99.99

Los demás.

Únicamente: Con la superficie exterior de pieles curtidas naturales o de materiales con apariencia de cuero o de pieles curtidas naturales.

00

Los demás.

 

4203.10.01

Para protección contra radiaciones.

 

00

Para protección contra radiaciones.

 

4203.10.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

4203.21.01

Diseñados especialmente para la práctica del deporte.

 

00

Diseñados especialmente para la práctica del deporte.

 

4203.29.01

Para protección contra radiaciones.

 

00

Para protección contra radiaciones.

 

4203.29.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

4203.30.02

Cintos, cinturones y bandoleras.

 

00

Cintos, cinturones y bandoleras.

 

4203.40.01

Para protección contra radiaciones.

 

00

Para protección contra radiaciones.

 

4203.40.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

4205.00.02

Artículos para usos técnicos de cuero natural o cuero regenerado.

 

00

Artículos para usos técnicos de cuero natural o cuero regenerado.

 

4205.00.99

Las demás.

Excepto: Partes cortadas en forma, reconocibles como concebidas exclusivamente para cinturones portaherramientas.

99

Las demás.

 

4303.10.01

Prendas y complementos (accesorios), de vestir.

 

00

Prendas y complementos (accesorios), de vestir.

 

4303.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

4304.00.01

Peletería facticia o artificial y artículos de peletería facticia o artificial.

 

00

Peletería facticia o artificial y artículos de peletería facticia o artificial.

 

6401.10.01

Calzado con puntera metálica de protección.

 

01

Para hombres y mujeres.

99

Los demás.

 

6401.92.11

Con suela y parte superior recubierta (incluidos los accesorios o refuerzos) de poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.) en más del 90%, incluso con soporte o forro de poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.), pero con exclusión de cualquier otro soporte o forro.

 

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres y jovencitas.

03

Para niños, niñas o infantes.

 

6401.92.99

Los demás.

 

01

Para hombres o jóvenes, totalmente de plástico inyectado.

02

Para mujeres o jovencitas, totalmente de plástico inyectado.

03

Para niños, niñas o infantes, totalmente de plástico inyectado.

91

Los demás para hombres o jóvenes.

92

Los demás para mujeres o jovencitas.

93

Los demás para niños, niñas o infantes.

 

6401.99.99

Los demás.

 

01

Con suela y parte superior recubierta (incluidos los accesorios o refuerzos) de caucho o plástico en más del 90%, excepto los reconocibles para ser utilizados para protección industrial o para protección contra el mal tiempo.

02

Que cubran la rodilla.

03

Para hombres o jóvenes, que haya sido totalmente inyectado y moldeado en una sola pieza, excepto que cubran la rodilla.

04

Para mujeres o jovencitas, que haya sido totalmente inyectado y moldeado en una sola pieza, excepto que cubran la rodilla.

05

Para niños, niñas o infantes, que hayan sido totalmente inyectado y moldeado en una sola pieza, excepto que cubran la rodilla.

91

Los demás para hombres o jóvenes.

92

Los demás para mujeres o jovencitas.

93

Los demás para niños, niñas o infantes.

 

 

6402.12.01

Calzado de esquí y calzado para la práctica de "snowboard" (tabla para nieve).

 

00

Calzado de esquí y calzado para la práctica de "snowboard" (tabla para nieve).

 

6402.19.01

Para hombres o jóvenes, con la parte superior (corte) de caucho o plástico en más del 90%, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

 

00

Para hombres o jóvenes, con la parte superior (corte) de caucho o plástico en más del 90%, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

 

6402.19.99

Los demás.

 

01

Calzado para mujeres o jovencitas, con la parte superior (corte) de caucho o plástico en más del 90%, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

02

Calzado para niños o infantes con la parte superior (corte) de caucho o plástico en más del 90%, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

03

Para hombres o jóvenes.

04

Para mujeres o jovencitas.

05

Para niños, niñas o infantes.

 

6402.20.04

Calzado con la parte superior de tiras o bridas fijadas a la suela por tetones (espigas).

 

01

Para hombres o jóvenes, mujeres o jovencitas.

02

Para niños, niñas o infantes.

 

6402.91.02

Con puntera metálica de protección.

 

00

Con puntera metálica de protección.

 

6402.91.06

Sin puntera metálica.

 

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

03

Para niños, niñas o infantes.

91

Los demás sin puntera metálica.

 

6402.99.06

Con puntera metálica de protección.

 

01

Para hombres o mujeres.

99

Los demás.

 

 

6402.99.19

Sandalias.

 

01

Formal o de vestir, para hombres o jóvenes.

02

Formal o de vestir, para mujeres o jovencitas.

03

Formal o de vestir, para niños o niñas.

04

Para infantes.

91

Sandalias básicas de plástico, para hombres o jóvenes.

92

Sandalias básicas de plástico, para mujeres o jovencitas.

93

Sandalias básicas de plástico, para niños o niñas.

 

6402.99.20

Reconocibles como concebidos para la práctica de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento, caminata, ejercicios y demás actividades físicas similares, excepto lo contenido en la fracción arancelaria 6402.99.21.

 

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

03

Para niños, niñas o infantes.

 

6402.99.21

Calzado que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

 

01

Para hombres o jóvenes con corte de caucho o plástico, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

02

Para mujeres o jovencitas con corte de caucho o plástico, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

03

Calzado para niños o niñas, con corte de caucho o plástico, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

04

Calzado para infantes con corte de caucho o plástico, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

91

Los demás para hombres o jóvenes.

92

Los demás para mujeres o jovencitas.

93

Los demás para niños o niñas.

 

6402.99.91

Los demás, para hombres o jóvenes.

 

00

Los demás, para hombres o jóvenes.

 

6402.99.92

Los demás, para mujeres o jovencitas.

 

00

Los demás, para mujeres o jovencitas.

 

6402.99.93

Los demás, para niños y niñas.

 

00

Los demás, para niños y niñas.

 

6402.99.94

Los demás para infantes.

 

00

Los demás para infantes.

 

 

6403.12.01

Calzado de esquí y calzado para la práctica de "snowboard" (tabla para nieve).

 

00

Calzado de esquí y calzado para la práctica de "snowboard" (tabla para nieve).

 

6403.19.02

Para hombres o jóvenes, excepto de construcción "Welt".

 

00

Para hombres o jóvenes, excepto de construcción "Welt".

 

6403.19.99

Los demás.

 

01

Para hombres o jóvenes, de construcción "Welt".

02

Para mujeres o jovencitas.

03

Para niños, niñas o infantes.

91

Los demás para hombres o mujeres.

99

Los demás.

 

6403.20.01

Calzado con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo.

 

00

Calzado con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo.

 

6403.40.05

Los demás calzados, con puntera metálica de protección.

Excepto: Para uso industrial y/o de protección personal.

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

03

Para niños, niñas o infantes.

 

6403.51.05

Que cubran el tobillo.

 

01

Para hombres o jóvenes, de construcción "Welt".

02

Para hombres o jóvenes, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 6403.51.05.01.

03

Para mujeres o jovencitas.

04

Para niños, niñas o infantes.

 

6403.59.99

Los demás.

 

01

Para hombres o jóvenes, de construcción "Welt".

02

Sandalias para hombres o jóvenes.

03

Sandalias para mujeres o jovencitas.

04

Sandalias para niños, niñas o infantes.

91

Los demás para hombres o jóvenes.

92

Los demás para mujeres o jovencitas.

93

Los demás para niños, niñas o infantes.

 

 

6403.91.04

Con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección.

 

00

Con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección.

 

6403.91.12

De construcción "Welt".

 

01

Para hombres, jóvenes, mujeres y jovencitas.

02

Para niños, niñas o infantes.

 

6403.91.13

Reconocibles como concebidos para la práctica de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento, caminata, ejercicios y demás actividades físicas similares.

 

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

03

Para niños, niñas o infantes.

 

6403.91.99

Los demás.

 

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

03

Para niños, niñas o infantes.

 

6403.99.01

De construcción "Welt".

 

00

De construcción "Welt".

 

6403.99.06

Con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección.

 

00

Con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección.

 

6403.99.12

Sandalias para niños, niñas o infantes.

 

00

Sandalias para niños, niñas o infantes.

 

6403.99.13

Reconocibles como concebidos para la práctica de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento, caminata, ejercicios y demás actividades físicas similares.

 

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

03

Para niños, niñas o infantes.

 

6403.99.14

Sandalias, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6403.99.12.

 

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

 

6403.99.15

Los demás para niños, niñas o infantes.

 

00

Los demás para niños, niñas o infantes.

 

 

6403.99.99

Los demás.

Excepto: Calzado para hombres o jóvenes para uso industrial y/o de protección personal, con puntera no metálica de protección.

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

 

6404.11.09

De deporte para niños, niñas o infantes, excepto los que tengan una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

 

00

De deporte para niños, niñas o infantes, excepto los que tengan una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

 

6404.11.12

Para niños, niñas o infantes, reconocibles como concebidos para la práctica de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento, caminata, ejercicios y demás actividades físicas similares, excepto los que tengan una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

 

01

Para niños o niñas.

02

Para infantes.

 

6404.11.16

De deporte, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6404.11.09 y los que tengan una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

 

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

 

6404.11.17

Reconocibles como concebidos para la práctica de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento, caminata, ejercicios y demás actividades físicas similares, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 6404.11.12 y los que tengan una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

 

01

Para hombres o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

 

6404.11.99

Los demás.

 

01

Para hombres o jóvenes, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

02

Para mujeres o jovencitas, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

03

Para niños o niñas, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

04

Para infantes, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

91

Los demás calzados para hombres o jóvenes.

92

Los demás calzados para mujeres o jovencitas.

93

Los demás para niños o niñas.

94

Los demás para infantes.

 

 

6404.19.02

Para mujeres, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte y lo comprendido en la fracción arancelaria 6404.19.08

 

00

Para mujeres o jovencitas, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte y lo comprendido en la fracción arancelaria 6404.19.08.

 

6404.19.08

Sandalias para mujeres o jovencitas.

 

01

Básica

02

Formal o de vestir.

 

6404.19.99

Los demás.

 

01

Para hombres o jóvenes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.

02

Para niños o niñas, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte y sandalias.

03

Para infantes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte y sandalias.

04

Para hombres o jóvenes, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

05

Para mujeres o jovencitas, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

06

Para niños, niñas o infantes, que tenga una banda pegada a la suela y sobrepuesta al corte unido mediante el proceso de "vulcanizado".

07

Sandalias básicas para hombres o jóvenes.

08

Sandalias básicas para niños, niñas o infantes.

09

Sandalia formal o de vestir, para hombres o jóvenes.

10

Sandalia formal o de vestir, para niños o niñas.

91

Los demás para hombres o jóvenes.

92

Los demás para mujeres o jovencitas.

93

Los demás para niños o niñas.

94

Los demás para infantes.

 

6404.20.01

Calzado con suela de cuero natural o regenerado.

 

01

Para hombre o jóvenes.

02

Para mujeres o jovencitas.

99

Los demás.

 

6405.10.01

Con la parte superior de cuero natural o regenerado.

 

00

Con la parte superior de cuero natural o regenerado.

 

 

6405.20.01

Con la suela de madera o corcho.

 

00

Con la suela de madera o corcho.

 

6405.20.02

Con suela y parte superior de fieltro de lana.

 

00

Con suela y parte superior de fieltro de lana.

 

6405.20.99

Los demás.

 

91

Los demás calzados para hombres o jóvenes.

92

Los demás calzados para mujeres o jovencitas.

93

Los demás calzados para niños o niñas.

94

Los demás calzados para infantes.

 

6405.90.99

Los demás.

 

01

Calzado desechable.

02

Calzado para infantes, excepto los desechables.

99

Los demás.

 

6506.99.02

De las demás materias.

Únicamente: De peletería natural.

00

De las demás materias.

 

9021.10.06

Artículos y aparatos de ortopedia o para fracturas.

Únicamente: Calzado ortopédico.

02

Calzado ortopédico.

 

9113.90.01

Pulseras.

Únicamente: De cuero.

00

Pulseras.

 

9606.29.99

Los demás.

Únicamente: De cuero.

00

Los demás.

 

III.      Capítulo 5 (Información Comercial) de la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SCFI-2013, Información Comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos, publicada en el DOF el 12 de agosto de 2013:

Fracción arancelaria /NICO

Descripción

Acotación

6301.10.01

Mantas eléctricas.

 

00

Mantas eléctricas.

 

7009.10.99

Los demás.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico o electrónico, con control remoto de funcionamiento eléctrico o electrónico y/o deportivos

01

Con control remoto, excepto deportivos.

99

Los demás.

 

 

8205.40.01

Con probador de corriente, incluso con su lámpara; de matraca; de cabeza giratoria.

Únicamente: Con lámparas o probador de corriente.

00

Con probador de corriente, incluso con su lámpara; de matraca; de cabeza giratoria.

 

8414.51.01

Ventiladores, de uso doméstico.

 

00

Ventiladores, de uso doméstico.

 

8414.51.02

Ventiladores anticondensantes de 12 V, corriente directa.

 

00

Ventiladores anticondensantes de 12 V, corriente directa.

 

8414.51.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8414.59.01

Ventiladores de uso doméstico.

 

00

Ventiladores de uso doméstico.

 

8414.59.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8414.60.01

De uso doméstico.

 

00

De uso doméstico.

 

8414.90.10

Partes.

Únicamente: Purificadores de ambiente.

99

Los demás.

 

8415.10.01

De los tipos concebidos para ser montados sobre una ventana, pared, techo o suelo, formando un solo cuerpo o del tipo sistema de elementos separados ("split-system").

 

01

De sistemas de elementos separados (Mini Split y Multi Split).

02

De sistemas de elementos separados con flujo de refrigerante variable (Mini Split Inverter).

99

Los demás.

 

8415.81.01

Con equipo de enfriamiento y válvula de inversión del ciclo térmico (bombas de calor reversibles).

 

00

Con equipo de enfriamiento y válvula de inversión del ciclo térmico (bombas de calor reversibles).

 

8415.82.99

Los demás.

Únicamente: De capacidad inferior a 36,000 BTU/h.

00

Los demás.

 

8415.83.01

Sin equipo de enfriamiento.

Únicamente: Con doble motor y ventiladores.

00

Sin equipo de enfriamiento.

 

 

8418.10.01

Con peso unitario inferior o igual a 200 kg.

 

00

Con peso unitario inferior o igual a 200 kg.

 

8418.21.01

De compresión.

 

00

De compresión.

 

8418.29.01

De absorción, eléctricos.

 

00

De absorción, eléctricos.

 

8418.29.99

Los demás.

Únicamente: Eléctricos para uso doméstico.

00

Los demás.

 

8418.30.99

Los demás.

Únicamente: De compresión, de uso doméstico.

01

De compresión, de uso doméstico.

 

8418.40.99

Los demás.

Únicamente: De compresión, de uso doméstico.

01

De compresión, de uso doméstico.

 

8418.69.99

Los demás.

Únicamente: Aparatos surtidores de agua caliente y fría (incluso refrigerada o a temperatura ambiente), con o sin gabinete de refrigeración incorporado o depósito (por ejemplo, un botellón), aunque puedan conectarse a una tubería (por ejemplo, despachadores).

02

Aparatos surtidores de agua caliente y fría (incluso refrigerada o a temperatura ambiente), con o sin gabinete de refrigeración incorporado o depósito (por ejemplo, un botellón), aunque puedan conectarse a una tubería (por ejemplo, despachadores).

 

8419.19.01

De uso doméstico, excepto los calentadores solares de agua de placas, metálicas o plásticas y de agua de tubos evacuados.

 

00

De uso doméstico, excepto los calentadores solares de agua de placas, metálicas o plásticas y de agua de tubos evacuados.

 

8419.81.01

Cafeteras.

 

00

Cafeteras.

 

8419.81.99

Los demás.

Únicamente: Aparatos para tratamiento al vapor y/o de uso doméstico.

01

Aparatos para tratamiento al vapor.

99

Los demás.

 

8419.89.09

Para hacer helados.

Únicamente: De uso doméstico, de funcionamiento eléctrico o electrónico.

00

Para hacer helados.

 

8419.89.99

Los demás.

Únicamente: Esterilizadores para uso doméstico.

03

Autoclaves.

 

8421.21.01

Reconocibles para naves aéreas.

 

00

Reconocibles para naves aéreas.

 

 

8421.39.99

Las demás.

Únicamente: Purificadores de aire, sin dispositivos que modifiquen temperatura y/o humedad, reconocibles como concebidos exclusivamente para campanas aspirantes de uso doméstico.

02

Purificadores de aire, sin dispositivos que modifiquen temperatura y/o humedad, reconocibles como concebidos exclusivamente para campanas aspirantes de uso doméstico.

 

8422.11.01

De tipo doméstico.

 

00

De tipo doméstico.

 

8423.10.02

Para pesar personas, incluidos los pesabebés; balanzas domésticas.

Únicamente: De personas, incluidos los pesabebés de funcionamiento eléctrico o electrónico.

01

De personas, incluidos los pesabebés.

 

8433.11.01

Con motor, en las que el dispositivo de corte gire en un plano horizontal.

Únicamente: Eléctricas o electrónicas, de uso doméstico.

00

Con motor, en las que el dispositivo de corte gire en un plano horizontal.

 

8433.19.99

Las demás.

Únicamente: Eléctricas o electrónicas, de uso doméstico.

00

Las demás.

 

8438.60.99

Los demás.

Únicamente: Picadoras o rebanadoras y/o máquinas para deshuesar, descorazonar, descascarar, trocear o pelar frutas, legumbres u hortalizas.

01

Picadoras o rebanadoras.

02

Máquinas para deshuesar, descorazonar, descascarar, trocear o pelar frutas, legumbres u hortalizas.

 

8443.31.01

Máquinas que efectúan dos o más de las siguientes funciones: impresión, copia o fax, aptas para ser conectadas a una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos o a una red.

 

00

Máquinas que efectúan dos o más de las siguientes funciones: impresión, copia o fax, aptas para ser conectadas a una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos o a una red.

 

8443.32.09

Las demás, aptas para ser conectadas a una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos o a una red.

 

01

Impresora láser, con capacidad de reproducción superior a 20 páginas por minuto.

02

Impresoras de barra luminosa electrónica.

03

Impresoras por inyección de tinta.

04

Impresoras por transferencia térmica.

05

Impresoras de matriz por punto.

91

Las demás impresoras láser.

99

Los demás.

 

 

8443.39.02

Aparatos de fotocopia electrostáticos, por procedimiento directo (reproducción directa del original) excepto aparatos de fotocopia por sistema óptico.

 

00

Aparatos de fotocopia electrostáticos, por procedimiento directo (reproducción directa del original) excepto aparatos de fotocopia por sistema óptico.

 

8443.39.05

Los demás aparatos de fotocopia de contacto.

 

00

Los demás aparatos de fotocopia de contacto.

 

8443.39.06

Aparatos de termocopia.

 

00

Aparatos de termocopia.

 

8443.39.99

Los demás.

Únicamente: Máquinas que efectúen dos o más de las siguientes funciones: impresión, copia, fax; los demás aparatos de fotocopia por sistema óptico; de funcionamiento eléctrico o electrónico; aparatos de fotocopia electrostáticos, por procedimiento indirecto (reproducción del original mediante soporte intermedio) y/o telefax.

02

Máquinas que efectúen dos o más de las siguientes funciones: impresión, copia, fax.

91

Los demás aparatos de fotocopia por sistema óptico.

99

Los demás.

 

8450.11.01

De uso doméstico.

 

00

De uso doméstico.

 

8450.12.02

Las demás máquinas, con secadora centrífuga incorporada.

Únicamente: De uso doméstico.

01

De uso doméstico.

 

8450.19.99

Las demás.

Únicamente: De uso doméstico.

00

Las demás.

 

8450.20.01

Máquinas de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, superior a 10 kg.

Únicamente: electrodoméstica.

00

Máquinas de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, superior a 10 kg.

 

8451.21.02

De capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 kg.

Únicamente: De uso doméstico.

01

De uso doméstico.

 

8451.40.01

Máquinas para lavar, blanquear o teñir.

Únicamente: Lava alfombras.

00

Máquinas para lavar, blanquear o teñir.

 

8452.10.01

Máquinas de coser domésticas.

Únicamente: Con motor eléctrico.

00

Máquinas de coser domésticas.

 

 

8467.21.01

Taladros, con capacidad de entrada de 6.35, 9.52 o 12.70 mm.

 

00

Taladros, con capacidad de entrada de 6.35, 9.52 o 12.70 mm.

 

8467.21.02

Taladros, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8467.21.01.

 

00

Taladros, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8467.21.01.

 

8467.21.03

Perforadoras por percusión y rotación (rotomartillos), con potencia inferior o igual a ½ CP.

 

00

Perforadoras por percusión y rotación (rotomartillos), con potencia inferior o igual a ½ CP.

 

8467.21.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8467.22.02

Sierras de disco con potencia del motor igual o inferior a 2.33 CP.

 

00

Sierras de disco con potencia del motor igual o inferior a 2.33 CP.

 

8467.22.03

Sierra caladora, con potencia inferior o igual a 0.4 CP.

 

00

Sierra caladora, con potencia inferior o igual a 0.4 CP.

 

8467.29.01

Esmeriladoras con un mínimo de 4,000 RPM a un máximo de 8,000 RPM, con capacidad de 8 a 25 amperes y de 100 a 150 V, con peso de 4 kg a 8 kg.

 

00

Esmeriladoras con un mínimo de 4,000 RPM a un máximo de 8,000 RPM, con capacidad de 8 a 25 amperes y de 100 a 150 V, con peso de 4 kg a 8 kg.

 

8467.29.02

Destornilladores o aprietatuercas de embrague o impacto.

 

00

Destornilladores o aprietatuercas de embrague o impacto.

 

8467.29.03

Pulidora-lijadora orbital con potencia inferior o igual a 0.2 CP.

 

00

Pulidora-lijadora orbital con potencia inferior o igual  a 0.2 CP.

 

8467.29.99

Los demás.

Únicamente: Herramientas electromecánicas de uso doméstico.

00

Los demás.

 

 

8470.10.03

Calculadoras electrónicas que puedan funcionar sin fuente de energía eléctrica exterior y máquinas de bolsillo registradoras, reproductoras y visualizadoras de datos, con función de cálculo.

 

01

Con dispositivo para la impresión automática de datos.

02

Programables, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8470.10.03.01.

99

Las demás.

 

8470.21.01

Con dispositivo de impresión incorporado.

 

00

Con dispositivo de impresión incorporado.

 

8470.29.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

8470.30.01

Las demás máquinas de calcular.

 

00

Las demás máquinas de calcular.

 

8470.50.01

Cajas registradoras.

 

00

Cajas registradoras.

 

8470.90.03

Máquinas de contabilidad.

 

00

Máquinas de contabilidad.

 

8470.90.99

Las demás.

 

01

Máquinas emisoras de boletos (tiques).

99

Las demás.

 

8471.30.01

Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, portátiles, de peso inferior o igual a 10 kg, que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador.

 

01

Tableta electrónica ("Tablets").

99

Las demás.

 

8471.41.01

Que incluyan en la misma envoltura, al menos, una unidad central de proceso y, aunque estén combinadas, una unidad de entrada y una de salida.

 

00

Que incluyan en la misma envoltura, al menos, una unidad central de proceso y, aunque estén combinadas, una unidad de entrada y una de salida.

 

8471.49.01

Las demás presentadas en forma de sistemas.

 

00

Las demás presentadas en forma de sistemas.

 

 

8471.50.01

Unidades de proceso, excepto las de las subpartidas 8471.41 u 8471.49, aunque incluyan en la misma envoltura uno o dos de los tipos siguientes de unidades: unidad de memoria, unidad de entrada y unidad de salida.

 

00

Unidades de proceso, excepto las de las subpartidas 8471.41 u 8471.49, aunque incluyan en la misma envoltura uno o dos de los tipos siguientes de unidades: unidad de memoria, unidad de entrada y unidad de salida.

 

8471.60.04

Unidades de entrada o salida, aunque incluyan unidades de memoria en la misma envoltura.

Excepto: Periféricas, para efectuar operaciones bancarias, incluso con una o más cajas de seguridad.

02

Unidades combinadas de entrada/salida.

03

Lectores ópticos (scanners) y dispositivos lectores de tinta magnética.

99

Los demás.

 

8471.70.01

Unidades de memoria.

 

00

Unidades de memoria.

 

8471.80.04

Las demás unidades de máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos.

Únicamente: Unidades de control o adaptadores.

02

Unidades de control o adaptadores.

 

8471.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8472.10.01

Mimeógrafos.

Únicamente: Eléctricos.

00

Mimeógrafos.

 

8472.90.10

Para destruir documentos.

 

00

Para destruir documentos.

 

8472.90.99

Las demás.

Únicamente: Máquinas de escribir automáticas y/o de funcionamiento eléctrico o electrónico.

03

Máquinas de escribir automáticas electrónicas.

04

Máquinas de escribir automáticas excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8472.90.99.03.

91

Las demás máquinas de escribir, eléctricas.

99

Las demás.

 

8476.21.01

Con dispositivo de calentamiento o refrigeración, incorporado.

 

00

Con dispositivo de calentamiento o refrigeración, incorporado.

 

8476.29.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

 

8479.10.99

Los demás.

Únicamente: Barredoras magnéticas para pisos de uso doméstico.

99

Los demás.

 

8479.89.26

Mecanismos de apertura y cierre de puertas, incluso con sus rieles, para cocheras ("garajes"), ya sean operados o no a control remoto inalámbrico.

 

00

Mecanismos de apertura y cierre de puertas, incluso con sus rieles, para cocheras ("garajes"), ya sean operados o no a control remoto inalámbrico.

 

8479.89.27

Mecanismos de apertura y cierre de persianas, incluso con sus rieles, ya sean operados o no a control remoto inalámbrico.

 

00

Mecanismos de apertura y cierre de persianas, incluso con sus rieles, ya sean operados o no a control remoto inalámbrico.

 

8479.89.99

Los demás.

Únicamente: Compactadores de basura de funcionamiento eléctrico o electrónico.

08

Compactadores de basura.

 

8486.40.01

Máquinas y aparatos descritos en la Nota 9 C) de este Capítulo.

Únicamente: Microscopios electrónicos.

00

Máquinas y aparatos descritos en la Nota 9 C) de este Capítulo.

 

8501.31.03

Motores con potencia igual o inferior a 264 W y voltaje de 12 V, de uso automotriz, para limpiaparabrisas, elevadores de cristales, radiadores y calefacción.

 

00

Motores con potencia igual o inferior a 264 W y voltaje de 12 V, de uso automotriz, para limpiaparabrisas, elevadores de cristales, radiadores y calefacción.

 

8504.40.06

Convertidores de batería de corriente CC/CC para alimentación de equipos de telecomunicaciones.

 

00

Convertidores de batería de corriente CC/CC para alimentación de equipos de telecomunicaciones.

 

8504.40.08

Eliminadores de baterías o pilas, con peso unitario inferior o igual a 1 kg, para grabadoras, radios o fonógrafos.

 

00

Eliminadores de baterías o pilas, con peso unitario inferior o igual a 1 kg, para grabadoras, radios o fonógrafos.

 

8504.40.14

Fuentes de poder y/o fuentes de alimentación estabilizada, reconocibles como concebidas exclusivamente para incorporación en los aparatos y equipos comprendidos en la partida 84.71, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8504.40.16.

Únicamente: Fuentes de poder electrónicas y/o fuentes de alimentación estabilizada, reconocibles como concebidas exclusivamente para incorporación en los aparatos y equipos comprendidos en la partida 84.71, excepto fuentes de voltaje, con conversión de corriente CA/CC/CA, llamadas “no break” o “uninterruptible power supply” (“UPS”).

00

Fuentes de poder y/o fuentes de alimentación estabilizada, reconocibles como concebidas exclusivamente para incorporación en los aparatos y equipos comprendidos en la partida 84.71, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8504.40.16.

 

 

8504.40.16

Fuentes de voltaje, con conversión de corriente CA/CC/CA, llamadas "no break" o "uninterruptible power supply" ("UPS"), excepto reguladores automáticos de voltaje y lo comprendido en la fracción arancelaria 8504.40.14.

 

00

Fuentes de voltaje, con conversión de corriente CA/CC/CA, llamadas "no break" o "uninterruptible power supply" ("UPS"), excepto reguladores automáticos de voltaje y lo comprendido en la fracción arancelaria 8504.40.14.

 

8504.40.17

Convertidores estáticos para alimentar dispositivos electrónicos portátiles (teléfonos, reproductores de música, cámaras fotográficas, etc.)

 

00

Convertidores estáticos para alimentar dispositivos electrónicos portátiles (teléfonos, reproductores de música, cámaras fotográficas, etc.)

 

8504.40.99

Los demás.

Únicamente: Electrónicos.

00

Los demás.

 

 

 

8505.11.01

De metal.

 

00

De metal.

 

8506.10.03

De dióxido de manganeso.

 

01

Alcalinas.

99

Las demás.

 

8506.30.01

De óxido de mercurio.

 

00

De óxido de mercurio.

 

8506.40.01

De óxido de plata.

 

00

De óxido de plata.

 

8506.50.01

De litio.

 

00

De litio.

 

8506.80.01

Las demás pilas y baterías de pilas.

Únicamente: Secas, utilizadas en audífonos para sordera.

00

Las demás pilas y baterías de pilas.

 

8507.10.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8507.20.02

Recargables, de plomo-ácido, para "flash" electrónico hasta 6 voltios, con peso unitario igual o inferior a 1 kg.

 

00

Recargables, de plomo-ácido, para "flash" electrónico hasta 6 voltios, con peso unitario igual o inferior a 1 kg.

 

8507.20.99

Los demás.

 

99

Los demás.

 

 

8507.50.01

De níquel-hidruro metálico.

Únicamente: De uso doméstico.

00

De níquel-hidruro metálico.

 

8507.60.01

De iones de litio.

Únicamente: De uso doméstico.

00

De iones de litio.

 

8507.80.01

Los demás acumuladores.

Únicamente: De uso doméstico.

00

Los demás acumuladores.

 

8508.11.01

De potencia inferior o igual a 1,500 W y de capacidad del depósito o bolsa para el polvo inferior o igual a 20 l.

Únicamente: De uso doméstico.

00

De potencia inferior o igual a 1,500 W y de capacidad del depósito o bolsa para el polvo inferior o igual a 20 l.

 

8508.19.99

Las demás.

Excepto: Aspiradoras, con peso superior a 20 kg, para uso industrial.

99

Las demás.

 

8509.40.02

Exprimidoras de frutas.

 

00

Exprimidoras de frutas.

 

8509.40.03

Batidoras.

 

00

Batidoras.

 

8509.40.99

Las demás.

 

01

Licuadoras.

99

Las demás.

 

8509.80.03

Cuchillos.

 

00

Cuchillos.

 

8509.80.04

Cepillos para dientes.

 

00

Cepillos para dientes.

 

8509.80.07

De manicura, con accesorios intercambiables.

 

00

De manicura, con accesorios intercambiables.

 

8509.80.09

Abridores de latas.

 

00

Abridores de latas.

 

8509.80.99

Los demás.

 

01

Con dispositivos intercambiables, para uso múltiple.

02

Trituradoras de desperdicios de cocina.

99

Los demás.

 

 

8510.10.01

Afeitadoras.

 

00

Afeitadoras.

 

8510.20.01

Máquinas de cortar el pelo o esquilar.

 

00

Máquinas de cortar el pelo o esquilar.

 

8510.30.01

Aparatos de depilar.

 

00

Aparatos de depilar.

 

8511.10.99

Las demás.

Excepto: Reconocibles como concebidas para tractores agrícolas e industriales o motocicletas y/o reconocibles para naves aéreas.

99

Las demás.

 

8511.30.05

Distribuidores; bobinas de encendido.

Excepto: Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas o industriales; distribuidores; reconocibles para naves aéreas y/o reconocibles como concebidas exclusivamente para motocicletas.

99

Los demás.

 

8511.40.04

Motores de arranque, aunque funcionen también como generadores.

Únicamente: Motores de arranque, con capacidad inferior a 24V y con peso inferior a 15 kg.

03

Motores de arranque, con capacidad inferior a 24 V y con peso inferior a 15 kg.

 

8511.50.05

Los demás generadores.

Excepto: Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas y/o reconocibles para naves aéreas.

01

Dínamos (generadores).

04

Alternadores, con capacidad inferior a 24 V y peso menor a 10 kg.

99

Los demás.

 

8511.80.01

Reguladores de arranque.

 

00

Reguladores de arranque.

 

8511.80.03

Bujías de calentado (precalentadoras).

 

00

Bujías de calentado (precalentadoras).

 

8511.80.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8511.90.06

Partes.

Únicamente: Platinos y/o de uso automotriz.

01

Platinos.

99

Las demás.

 

 

8512.10.03

Aparatos de alumbrado o señalización visual de los tipos utilizados en bicicletas.

Únicamente: Dínamos de alumbrado; luces direccionales y/o calaveras traseras.

00

Aparatos de alumbrado o señalización visual de los tipos utilizados en bicicletas.

 

8512.20.01

Faros, luces direccionales delanteras y traseras, reconocibles como concebidos exclusivamente para motocicletas.

 

00

Faros, luces direccionales delanteras y traseras, reconocibles como concebidos exclusivamente para motocicletas.

 

8512.20.02

Luces direccionales y/o calaveras traseras, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8512.20.01.

 

00

Luces direccionales y/o calaveras traseras, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8512.20.01.

 

8512.20.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8512.30.01

Alarma electrónica contra robo, para vehículos automóviles.

 

00

Alarma electrónica contra robo, para vehículos automóviles.

 

8512.30.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8512.40.01

Limpiaparabrisas y eliminadores de escarcha o vaho.

 

00

Limpiaparabrisas y eliminadores de escarcha o vaho.

 

8512.90.07

Partes.

Excepto: Del equipo farol dínamo de bicicleta; reconocibles como concebidas exclusivamente para bocinas u otros avisadores acústicos; hojas montadas para limpiaparabrisas, con longitud igual o superior a 50 cm; reconocibles como concebidas exclusivamente para faros de automóviles; reconocibles como concebidas exclusivamente para luces direccionales y/o calaveras traseras; reconocibles como concebidas exclusivamente para motocicletas y/u hojas montadas para limpiaparabrisas, con longitud inferior a 5 cm.

99

Las demás.

 

8513.10.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

 

8515.11.01

Para soldar o cortar, portátiles ("cautines").

 

00

Para soldar o cortar, portátiles ("cautines").

 

8515.31.01

Para soldar o cortar, de arco, tipo generador o transformador, inferior o igual a 1,260 amperes.

 

00

Para soldar o cortar, de arco, tipo generador o transformador, inferior o igual a 1,260 amperes.

 

8515.39.01

Para soldar o cortar, de arco, tipo generador o transformador, inferior o igual a 1,260 amperes.

 

00

Para soldar o cortar, de arco, tipo generador o transformador, inferior o igual a 1,260 amperes.

 

8516.10.02

Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión.

 

00

Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión.

 

8516.21.01

Radiadores de acumulación.

 

00

Radiadores de acumulación.

 

8516.29.99

Los demás.

 

01

Estufas.

99

Los demás.

 

8516.31.01

Secadores para el cabello.

 

00

Secadores para el cabello.

 

8516.32.01

Los demás aparatos para el cuidado del cabello.

 

00

Los demás aparatos para el cuidado del cabello.

 

8516.33.01

Aparatos para secar las manos.

 

00

Aparatos para secar las manos.

 

8516.40.01

Planchas eléctricas.

 

00

Planchas eléctricas.

 

8516.50.01

Hornos de microondas.

 

00

Hornos de microondas.

 

8516.60.01

Hornillos (incluidas las mesas de cocción), parrillas y asadores.

 

00

Hornillos (incluidas las mesas de cocción), parrillas y asadores.

 

 

8516.60.03

Hornos.

Únicamente: Hornos de calentamiento por resistencia.

00

Hornos.

 

8516.60.99

Los demás.

Únicamente: Cocinas y/o de uso doméstico.

01

Cocinas.

99

Los demás.

 

8516.71.01

Aparatos para la preparación de café o té.

 

00

Aparatos para la preparación de café o té.

 

8516.72.01

Tostadoras de pan.

 

00

Tostadoras de pan.

 

8516.79.01

Para calefacción de automóviles.

 

00

Para calefacción de automóviles.

 

8516.79.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8516.80.04

Resistencias calentadoras.

 

01

A base de carburo de silicio.

02

Para desempañantes.

99

Las demás.

 

8517.11.01

Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono.

 

00

Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono.

 

8517.12.02

Teléfonos móviles (celulares) y los de otras redes inalámbricas.

Únicamente: Aparatos emisores con dispositivo receptor incorporado, móviles, con frecuencias de operación de 824 a 849 MHz pareado con 869 a 894 MHz, de 1,850 a 1,910 MHz pareado con 1,930 a 1,990 MHz, de 890 a 960 MHz o de 1,710 a 1,880 MHz, para radiotelefonía (conocidos como "teléfonos celulares").

01

Aparatos emisores con dispositivo receptor incorporado, móviles, con frecuencias de operación de 824 a 849 MHz pareado con 869 a 894 MHz, de 1,850 a 1,910 MHz pareado con 1,930 a 1,990 MHz, de 890 a 960 MHz o de 1700MHz y 2100MHz (4G), para radiotelefonía (conocidos como "teléfonos móviles (celulares)").

 

8517.18.02

Los demás teléfonos para servicio público.

 

00

Los demás teléfonos para servicio público.

 

8517.18.99

Los demás.

Únicamente: De monedas (alcancía) para servicio público, incluso con avisador y/o teléfonos de usuario.

01

De monedas (alcancía) para servicio público, incluso con avisador.

99

Los demás.

 

 

8517.62.17

Aparatos para la recepción, conversión, emisión y transmisión o regeneración de voz, imagen u otros datos, incluidos los de conmutación y encaminamiento ("switching and routing apparatus").

Excepto: Aparatos de conmutación para telefonía o telegrafía, reconocibles como concebidos para ser utilizados en centrales de las redes públicas de telecomunicación; multiplicadores de salida digital o analógica de módems, repetidores digitales de interconexión o conmutadores de interfaz, para intercambio de información entre computadoras y equipos terminales de teleproceso; módems, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 84.71 cuando no se presenten con su gabinte o carcasa; aparatos de transmisión-recepción y repetición para multiplicación de canales telefónicos; emisores, incluso con aparato receptor, fijos o móviles, en muy alta frecuencia (VHF) de 30 a 180 MHz, en frecuencia modulada (FM) o amplitud modulada (AM) para radiotelefonía o radiotelegrafía, en ultra alta frecuencia (UHF) de 300 a 470 MHz, para radiotelefonía o radiotelegrafía, en ultra alta frecuencia (UHF) de más de 470 MHz, a 1 GHz, para radiotelefonía o radiotelegrafía, en súper alta frecuencia (SHF) o de microondas de más de 1 GHz, con capacidad superior a 300 canales telefónicos o para un canal de televisión, para radiotelefonía o radiotelegrafía, en banda lateral única de 1.6 a 30 MHz, con potencia comprendida entre 10 W y 1 kW, inclusive, para radiotelefonía o radiotelegrafía, en muy alta frecuencia modulada, para radiotelefonía o radiotelegrafía, en banda civil de 26.2 a 27.5 MHz, para radiotelefonía; de telecomunicación digital, para telegrafía; y/o aparatos telefónicos por corriente portadora.

01

Aparatos de redes de área local ("LAN").

02

Unidades de control o adaptadores, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8517.62.17.01.

05

Modems, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 84.71.

06

De telecomunicación digital para telefonía excepto módems.

91

Los demás módems.

99

Los demás.

 

8517.69.05

Los demás videófonos.

Únicamente: Teléfonos de usuario.

00

Los demás videófonos.

 

8517.69.14

Receptores de radiotelefonía o radiotelegrafía, fijos o móviles, en ultra alta frecuencia (UHF) de más  de 470 MHz, a 1 GHz.

 

00

Receptores de radiotelefonía o radiotelegrafía, fijos o móviles, en ultra alta frecuencia (UHF) de más de  470 MHz, a 1 GHz.

 

8517.69.19

Los demás aparatos receptores.

 

00

Los demás aparatos receptores.

 

 

8517.69.99

Los demás.

Únicamente: Videófonos; receptores de radiotelefonía o radiotelegrafía, fijos o móviles, en muy alta frecuencia (VHF) de 30 a 180 MHz, en frecuencia modulada (FM) o amplitud modulada (AM); en banda lateral única de 1.6 a 30 MHz, con potencia comprendida entre 10 W y 1 kW, inclusive; aparatos de llamada de personas, excepto sistemas de intercomunicación para transmisión y recepción de voz e imagen (llamados videoporteros), formados por una o más de las siguientes unidades: monitor monocromático o a color, microteléfono (altavoz y un micrófono), y un aparato tomavista (cámara) y/o receptores de radiotelefonía en muy alta frecuencia (VHF), de 243 a 250 MHz; y/o sistemas de intercomunicación para transmisión y recepción de voz e imagen (llamados videoporteros), formados por una o más de las siguientes unidades: monitor monocromático o a color, microteléfono (altavoz y un micrófono), y un aparato tomavista (cámara).

01

Videófonos en colores, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8517.69.99.02.

02

Sistemas de intercomunicación para transmisión y recepción de voz e imagen (llamados videoporteros), formados por una o más de las siguientes unidades: monitor monocromático o a color, microteléfono (altavoz y un micrófono), y un aparato tomavista (cámara).

99

Los demás.

 

8518.21.02

Un altavoz (altoparlante) montado en su caja.

 

01

Sistemas constituidos por un altavoz "subwoofer" con amplificador incorporado, y varios altavoces (un altavoz por caja), que se conectan a dicho amplificador.

02

Capaces de reproducir audio proveniente de soportes de almacenamiento digital extraíble o fuentes inalámbricas (por ejemplo: Wi-fi, Bluetooth).

99

Los demás.

 

8518.22.02

Varios altavoces (altoparlantes) montados en una misma caja.

Excepto: Sistemas constituidos por un altavoz subwoofer con amplificador incorporado, y varios altavoces (dos o más altavoces por caja), que se conectan a dicho amplificador.

99

Los demás.

02

Capaces de reproducir audio proveniente de soportes de almacenamiento digital extraíble o fuentes inalámbricas (por ejemplo: Wi-fi, Bluetooth).

 

8518.30.03

Microteléfono.

 

00

Microteléfono.

 

8518.30.99

Los demás.

Únicamente: Para conectarse a receptores de radio y/o televisión.

02

Para conectarse a receptores de radio y/o monitores, o cualquier otra fuente de audio excepto los reconocibles para naves aéreas.

 

8518.40.99

Los demás.

Únicamente: Preamplificadores, excepto los de 10 o más entradas cuando se presenten con expansor-compresor de volumen.

01

Preamplificadores, excepto los de 10 o más entradas cuando se presenten con expansor-compresor de volumen.

 

 

8518.50.01

Equipos eléctricos para amplificación de sonido.

 

00

Equipos eléctricos para amplificación de sonido.

 

8519.20.01

Aparatos activados con monedas, billetes, tarjetas, fichas o cualquier otro medio de pago.

 

00

Aparatos activados con monedas, billetes, tarjetas, fichas o cualquier otro medio de pago.

 

8519.30.02

Giradiscos.

 

00

Giradiscos.

 

8519.50.01

Contestadores telefónicos.

 

00

Contestadores telefónicos.

 

8519.81.03

Reproductores de casetes (tocacasetes) con potencia igual o superior a 60 W, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8519.81.12.

 

00

Reproductores de casetes (tocacasetes) con potencia igual o superior a 60 W, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8519.81.12.

 

8519.81.04

Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos), excepto los comprendidos en las fracciones arancelarias 8519.81.05 y 8519.81.06.

 

00

Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos), excepto los comprendidos en las fracciones arancelarias 8519.81.05 y 8519.81.06.

 

8519.81.05

Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos) reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 8519.81.06.

 

00

Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos) reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 8519.81.06.

 

8519.81.06

Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos), con cambiador automático incluido con capacidad de 6 o más discos, reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

 

00

Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos), con cambiador automático incluido con capacidad de 6 o más discos, reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

 

 

8519.81.07

Reproductores de audio (en soportes de almacenamiento a base de semiconductores) digitales extraíbles, incluyendo los de tipo diadema.

 

00

Reproductores de audio (en soportes de almacenamiento a base de semiconductores) digitales extraíbles, incluyendo los de tipo diadema.

 

8519.81.08

Aparatos para dictar, incluso con dispositivo de reproducción de sonido incorporado, que sólo funcionen con fuente de energía eléctrica exterior.

 

00

Aparatos para dictar, incluso con dispositivo de reproducción de sonido incorporado, que sólo funcionen con fuente de energía eléctrica exterior.

 

8519.81.10

Aparatos de grabación con dispositivo de reproducción incorporado, portátiles, de sonido almacenado en soportes de tecnología digital.

 

00

Aparatos de grabación con dispositivo de reproducción incorporado, portátiles, de sonido almacenado en soportes de tecnología digital.

 

8519.81.12

Reproductores de casetes (tocacasetes) de bolsillo; de tipo doméstico y/o para automóviles, con peso unitario igual o inferior a 3.5 kg.

Únicamente: Reproductores de casetes (tocacasetes) de tipo doméstico y/o para automóviles, con peso unitario igual o inferior a 3.5 kg.

00

Reproductores de casetes (tocacasetes) de bolsillo; de tipo doméstico y/o para automóviles, con peso unitario igual o inferior a 3.5 kg.

 

8519.81.99

Los demás.

Excepto: Los demás aparatos de grabación de sonido, almacenado en soportes de tecnología digital, incluso con dispositivo de reproducción incorporado.

00

Los demás.

 

8519.89.99

Los demás.

Excepto: Tornos para el registro de sonido en discos maestros y/o sistemas automatizados para la preparación, grabación o transferencia del sonido, y acondicionamiento de discos de vidrio (Sistemas de masterización para la fabricación de discos compactos).

00

Los demás.

 

8521.10.02

De cinta magnética.

Únicamente: De casetes con cinta magnética de ancho inferior o igual a 13 mm.

01

De casetes con cinta magnética de ancho inferior o igual a 13 mm.

 

8521.90.02

De disco o de elementos en estado sólido (chips), sin altavoces, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8521.90.03, 8521.90.04 y 8521.90.05.

 

00

De disco o de elementos en estado sólido (chips), sin altavoces, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8521.90.03, 8521.90.04 y 8521.90.05.

 

 

8521.90.04

De disco, con amplificador incorporado, salidas para altavoces y procesador digital de audio, incluso con sintonizador de canales de televisión y/o sintonizador de bandas de radiodifusión, aun cuando se presenten con sus altavoces.

 

00

De disco, con amplificador incorporado, salidas para altavoces y procesador digital de audio, incluso con sintonizador de canales de televisión y/o sintonizador de bandas de radiodifusión, aun cuando se presenten con sus altavoces.

 

8521.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8522.10.01

Cápsulas fonocaptoras.

 

00

Cápsulas fonocaptoras.

 

8522.90.99

Los demás.

Únicamente: Agujas completas, con punto de diamante, zafiro, osmio y otros metales finos y/o enrolladores de videocintas magnéticas, aun cuando tenga dispositivo de borrador o de limpieza.

99

Los demás.

 

8523.51.01

Dispositivos de almacenamiento no volátil, regrabables, formados a base de elementos de estado sólido (semiconductores), por ejemplo: los llamados "tarjetas de memoria flash", "tarjeta de almacenamiento electrónico flash", "memory stick", "PC card", "secure digital", "compact flash", "smart media".

Únicamente: Presentados en envases para venta al por menor.

00

Dispositivos de almacenamiento no volátil, regrabables, formados a base de elementos de estado sólido (semiconductores), por ejemplo: los llamados "tarjetas de memoria flash", "tarjeta de almacenamiento electrónico flash", "memory stick", "PC card", "secure digital", "compact flash", "smart media".

 

8525.60.99

Los demás.

Únicamente: Equipos transmisores-receptores de televisión en circuito cerrado; y/o fijos o móviles en banda lateral única de 1.6 a 30 MHz, con potencia comprendida entre 10 W y 1 kW, inclusive.

99

Los demás.

02

Equipos transmisores-receptores de televisión en circuito cerrado.

 

8525.80.05

Cámaras de televisión, cámaras digitales y videocámaras.

Únicamente: Videocámaras, incluidas las de imagen fija; cámaras fotográficas digitales.

04

Videocámaras, incluidas las de imagen fija; cámaras digitales.

 

8526.92.01

Transmisores para el accionamiento de aparatos a control remoto mediante frecuencias ultrasónicas.

 

00

Transmisores para el accionamiento de aparatos a control remoto mediante frecuencias ultrasónicas.

 

 

8526.92.99

Los demás.

Únicamente: Dispositivos de control remoto para aparatos electrónicos de uso doméstico.

00

Los demás.

 

8527.12.01

Radiocasetes de bolsillo.

 

00

Radiocasetes de bolsillo.

 

8527.13.01

Los demás aparatos combinados con grabador o reproductor de sonido.

 

00

Los demás aparatos combinados con grabador o reproductor de sonido.

 

8527.19.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8527.21.01

Receptores de radio AM-FM, aun cuando incluyan transmisores-receptores de radio banda civil o receptor de señal satelital, o entradas para "Bluethooth" o "USB".

 

00

Receptores de radio AM-FM, aun cuando incluyan transmisores-receptores de radio banda civil o receptor de señal satelital, o entradas para "Bluethooth" o "USB".

 

8527.21.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8527.29.01

Receptores de radiodifusión, AM reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

 

00

Receptores de radiodifusión, AM reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

 

8527.29.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8527.91.02

Combinados con grabador o reproductor de sonido.

 

01

Portátil, para pilas y corriente, con altavoces y gabinete incorporados.

02

Capaces de reproducir audio proveniente de soportes de almacenamiento digital extraíble o fuentes inalámbricas (por ejemplo: Wi-fi, Bluetooth).

99

Los demás.

 

8527.92.01

Sin combinar con grabador o reproductor de sonido, pero combinados con reloj.

 

00

Sin combinar con grabador o reproductor de sonido, pero combinados con reloj.

 

 

8527.99.99

Los demás.

 

01

Combinados exclusivamente con un aparato de grabación o reproducción de disco, de video (imagen y sonido) digitalizado, con amplificador incorporado, salidas para altavoces y procesador digital de audio, aun cuando se presenten con sus altavoces.

99

Los demás.

 

8528.42.02

Aptos para ser conectados directamente y diseñados para ser utilizados con una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos de la partida 84.71.

 

01

En colores.

99

Los demás.

 

8528.49.06

En blanco y negro o demás monocromos por cable coaxial.

 

00

En blanco y negro o demás monocromos por cable coaxial.

 

8528.49.10

En colores.

 

00

En colores.

 

8528.49.11

Sistemas audiovisuales integrados para control de accesos mediante múltiples pantallas (displays) de video de hasta 30 cm (12 pulgadas) con direccionamiento selectivo y automático.

 

00

Sistemas audiovisuales integrados para control de accesos mediante múltiples pantallas (displays) de video de hasta 30 cm (12 pulgadas) con direccionamiento selectivo y automático.

 

8528.49.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8528.52.02

Aptos para ser conectados directamente y diseñados para ser utilizados con una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos de la partida 84.71.

 

01

Con un campo visual medido diagonalmente, inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas).

99

Los demás.

 

8528.59.01

Con pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición.

 

00

Con pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición.

 

8528.59.02

Con pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición.

 

00

Con pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición.

 

 

8528.59.03

De alta definición.

 

00

De alta definición.

 

8528.59.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8528.62.01

Aptos para ser conectados directamente y diseñados para ser utilizados con una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos de la partida 84.71.

 

00

Aptos para ser conectados directamente y diseñados para ser utilizados con una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos de la partida 84.71.

 

8528.69.99

Los demás.

Excepto: En colores, incompletos o sin terminar (incluso los ensambles compuestos de las partes correspondientes entre las especificadas en los incisos a), b), c) y e) en la Nota aclaratoria 4 del capítulo 85 más una fuente de poder), que no incorporen tubos de rayos catódicos, pantalla plana o pantalla similar.

01

En colores, con pantalla plana.

02

Por tubo de rayos catódicos, excepto los de alta definición.

99

Los demás.

 

8528.71.02

Receptor de microondas o de señales de vía satélite, cuya frecuencia de operación sea hasta de 4.2 GHz y máximo 999 canales de televisión.

 

00

Receptor de microondas o de señales de vía satélite, cuya frecuencia de operación sea hasta de 4.2 GHz y máximo 999 canales de televisión.

 

8528.71.03

Sistema de recepción de microondas vía satélite, compuesto de localizador electrónico de satélites, convertidor de bajada, receptor cuya onda de frecuencia de operación sea de 3.7 a 4.2 GHz, amplificador de bajo ruido (LNA), guías de onda, polarrotor y corneta alimentadora.

 

00

Sistema de recepción de microondas vía satélite, compuesto de localizador electrónico de satélites, convertidor de bajada, receptor cuya onda de frecuencia de operación sea de 3.7 a 4.2 GHz, amplificador de bajo ruido (LNA), guías de onda, polarrotor y corneta alimentadora.

 

8528.71.04

Sistema de recepción de microondas vía satélite, compuesto de un convertidor de bajada cuya frecuencia de operación sea de 11.7 a 14.5 GHz, y un receptor cuya frecuencia de operación sea de hasta  4.2 GHz.

 

00

Sistema de recepción de microondas vía satélite, compuesto de un convertidor de bajada cuya frecuencia de operación sea de 11.7 a 14.5 GHz, y un receptor cuya frecuencia de operación sea de hasta 4.2 GHz.

 

 

8528.71.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

8528.72.01

Con pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición, los tipo proyección y los comprendidos en la fracción arancelaria 8528.72.06.

 

00

Con pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición, los tipo proyección y los comprendidos en la fracción arancelaria 8528.72.06.

 

8528.72.02

Con pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición, los tipo proyección y los comprendidos en la fracción arancelaria 8528.72.06.

 

00

Con pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición, los tipo proyección y los comprendidos en la fracción arancelaria 8528.72.06.

 

8528.72.03

De tipo proyección por tubos de rayos catódicos, excepto los de alta definición.

 

00

De tipo proyección por tubos de rayos catódicos, excepto los de alta definición.

 

8528.72.04

De alta definición por tubo de rayo catódico, excepto los tipo proyección.

 

00

De alta definición por tubo de rayo catódico, excepto los tipo proyección.

 

8528.72.05

De alta definición tipo proyección por tubo de rayos catódicos.

 

00

De alta definición tipo proyección por tubo de rayos catódicos.

 

8528.72.06

Con pantalla plana, incluso las reconocibles como concebidas para vehículos automóviles.

 

00

Con pantalla plana, incluso las reconocibles como concebidas para vehículos automóviles.

 

8528.73.01

Los demás, monocromos.

 

00

Los demás, monocromos.

 

8529.10.09

Antenas y reflectores de antena de cualquier tipo; partes apropiadas para su utilización con dichos artículos.

Únicamente: Antenas parabólicas para transmisión y/o recepción de microondas (de más de 1 GHz), hasta 9 m, de diámetro; antenas de accionamiento eléctrico reconocibles como concebidas exclusivamente para uso automotriz; antenas llamadas “de conejo”, para aparatos receptores de televisión y/o antenas, excepto para aparatos receptores de radio o de televisión.

02

Antenas parabólicas para transmisión y/o recepción de microondas (de más de 1 GHz), hasta 9 m, de diámetro.

04

Antenas de accionamiento eléctrico reconocibles como concebidas exclusivamente para uso automotriz.

06

Antenas, excepto lo comprendido en los números de identificación comercial 8529.10.09.01, 8529.10.09.02 y 8529.10.09.07.

07

Antenas llamadas "de conejo", para aparatos receptores de televisión.

 

 

8529.90.13

Amplificadores para transmisores de señales de televisión.

Únicamente: Cuando se presenten con su gabinete o carcasa.

00

Amplificadores para transmisores de señales de televisión.

 

8529.90.15

Amplificadores-distribuidores, regeneradores de pulsos o de subportadora, para sistemas de televisión por cable.

 

00

Amplificadores-distribuidores, regeneradores de pulsos o de subportadora, para sistemas de televisión por cable.

 

8529.90.16

Amplificadores-distribuidores de video, con entrada diferencial, con compensación de cable o con restaurador de corriente continua, para sistemas de televisión, con o sin gabinete modular.

 

00

Amplificadores-distribuidores de video, con entrada diferencial, con compensación de cable o con restaurador de corriente continua, para sistemas de televisión, con o sin gabinete modular.

 

8529.90.99

Las demás.

Únicamente: Sintonizadores de AM-FM, sin circuito de audio y/o amplificadores para transmisores de señales de televisión cuando se presenten con su gabinete o carcasa.

02

Sintonizadores de AM-FM, sin circuito de audio.

99

Las demás.

 

8531.10.01

Bocinas en o con caja tipo intemperie a prueba de humedad, gases, vapores, polvo y explosión.

 

00

Bocinas en o con caja tipo intemperie a prueba de humedad, gases, vapores, polvo y explosión.

 

8531.10.02

Campanas de alarma, con caja tipo intemperie a prueba de humedad, gases, vapores, polvos y explosión.

Únicamente: De uso doméstico.

00

Campanas de alarma, con caja tipo intemperie a prueba de humedad, gases, vapores, polvos y explosión.

 

8531.10.03

Alarmas electrónicas contra robo o incendio, de uso doméstico o industrial, incluso en forma de sistema.

 

00

Alarmas electrónicas contra robo o incendio, de uso doméstico o industrial, incluso en forma de sistema.

 

8531.10.99

Los demás.

Únicamente: Detectores electrónicos de humo, de monóxido de carbono, o de calor.

01

Detectores electrónicos de humo, de monóxido de carbono, o de calor.

 

8531.80.99

Los demás.

Únicamente: Timbres, campanillas, zumbadores y otros avisadores acústicos.

01

Timbres, campanillas, zumbadores y otros avisadores acústicos.

 

8536.20.99

Los demás.

Únicamente: Para uso en instalaciones domésticas.

00

Los demás.

 

 

8536.41.99

Los demás.

Únicamente: Intermitentes para luces direccionales indicadoras de maniobras, para uso automotriz y/o de arranque, excepto solenoides de 6  y 12 V.

04

Intermitentes para luces direccionales indicadoras de maniobras, para uso automotriz.

05

De arranque, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 8536.41.99.01.

 

8536.50.99

Los demás.

Únicamente: Interruptores y/o para dual, de pie o de jalón para luces; botón de arranque; reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

01

Interruptores, excepto los comprendidos en el número de identificación comercial 8536.50.99.08.

08

Interruptores para dual, de pie o de jalón para luces; botón de arranque; reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

 

8536.69.02

Tomas de corriente con peso unitario inferior o igual a 2 kg.

Únicamente: De uso doméstico.

00

Tomas de corriente con peso unitario inferior o igual a 2 kg.

 

8536.90.28

Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas.

Únicamente: De uso doméstico.

00

Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas.

 

8539.10.99

Los demás.

Excepto: Reconocibles para naves aéreas.

01

Con diámetro de 15 cm a 20 cm.

02

Proyectores (bulbos tipo "par" de vidrio prensado) espejados internamente, con peso unitario superior a 120 g, sin exceder de 2 kg.

99

Los demás.

 

8539.21.01

De incandescencia, de tubo de cuarzo ("halógenas" o "quartzline"), de 2,900°K (grados Kelvin) como mínimo.

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

De incandescencia, de tubo de cuarzo ("halógenas" o "quartzline"), de 2,900°K (grados Kelvin) como mínimo.

 

8539.21.99

Los demás.

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

Los demás.

 

8539.22.02

Con peso unitario inferior o igual a 20 g.

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

Con peso unitario inferior o igual a 20 g.

 

8539.22.03

Provistos de dos postes o espigas para su enchufe, con peso unitario superior a 120 g, sin exceder de 2 kg.

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

Provistos de dos postes o espigas para su enchufe, con peso unitario superior a 120 g, sin exceder de 2 kg.

 

 

8539.22.05

De vidrio transparente azul natural, denominados "luz de día".

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

De vidrio transparente azul natural, denominados  "luz de día".

 

8539.22.99

Los demás.

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

Los demás.

 

8539.29.99

Los demás.

Excepto: Provistos de dos postes o espigas para su enchufe con peso unitario superior a 120 g, sin exceder de 2 Kg; reconocibles para naves aéreas; con peso unitario superior a 20 g, sin exceder de 300 g, reconocibles como concebidos exclusivamente para locomotoras; reconocibles como concebidas exclusivamente para uso en aparatos de proyección cinematográfica y de vista fija y/o reflectores, con peso unitario superior a 120 g, sin exceder de 2 kg, y las mercancías sujetas al cumplimiento de la NOM-028-ENER-2017.

01

Con peso unitario inferior o igual a 20 g, excepto miniatura para linterna, cuyo voltaje sea igual o superior a 1.20 sin exceder de 8.63 V.

99

Los demás.

 

8539.31.01

Lámparas fluorescentes tubulares en forma de "O" o de "U".

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

Lámparas fluorescentes tubulares en forma de "O"  o de "U".

 

8539.31.99

Las demás.

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

Las demás.

 

8539.32.04

Lámparas de vapor de mercurio o sodio; lámparas de halogenuro metálico.

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

01

De vapor de sodio de alta presión.

02

Lámparas de vapor de mercurio.

03

De vapor de sodio de baja presión.

99

Los demás.

 

8539.39.01

Para luz relámpago.

 

00

Para luz relámpago.

 

8539.39.03

Lámparas fluorescentes tubulares en forma de "O" o de "U".

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

Lámparas fluorescentes tubulares en forma de "O"  o de "U".

 

8539.39.04

De luz mixta (de descarga y filamento).

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

De luz mixta (de descarga y filamento).

 

 

8539.39.06

Lámparas de descarga de gases metálicos exclusivamente mezclados o combinados, tipo multivapor o similares.

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

Lámparas de descarga de gases metálicos exclusivamente mezclados o combinados, tipo multivapor o similares.

 

8539.39.99

Los demás.

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

Los demás.

 

8539.41.01

Lámparas de arco.

Excepto: las mercancías sujetas al cumplimiento con la NOM-028-ENER-2017.

00

Lámparas de arco.

 

8539.49.99

Los demás.

 

01

De rayos ultravioleta.

99

Los demás.

 

8539.50.01

Lámparas y tubos de diodos emisores de luz (LED).

 

00

Lámparas y tubos de diodos emisores de luz (LED).

 

8543.70.08

Para electrocutar insectos voladores, mediante un sistema de rejillas electrizadas con voltaje elevado y que proyecte luz negra.

 

00

Para electrocutar insectos voladores, mediante un sistema de rejillas electrizadas con voltaje elevado y que proyecte luz negra.

 

8543.70.17

Ecualizadores.

 

00

Ecualizadores.

 

8543.70.99

Los demás.

Únicamente: Aparatos de control remoto que utilizan rayos infrarrojos para el comando a distancia de aparatos electrónicos; detectores de metales portátiles, excepto los localizadores de cables; detectores de metales a base de tubos o placas magnetizadas para utilizarse en bandas transportadoras; preamplificadores-mezcladores de 8 o más canales, aun cuando realicen otros efectos de audio y/o amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite.

02

Aparatos de control remoto que utilizan rayos infrarrojos para el comando a distancia de aparatos electrónicos.

03

Detectores de metales portátiles, excepto los localizadores de cables; detectores de metales a base de tubos o placas magnetizadas para utilizarse en bandas transportadoras.

06

Preamplificadores-mezcladores de 8 o más canales, aun cuando realicen otros efectos de audio.

09

Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite.

 

8544.30.99

Los demás.

Excepto: Arneses reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

99

Los demás.

 

 

8708.29.16

Toldos exteriores acojinados, techos corredizos centrales o laterales y sus partes; de accionamiento manual o electrónico.

Únicamente: Toldos exteriores acojinados, techos corredizos centrales o laterales, de funcionamiento eléctrico o electrónico.

00

Toldos exteriores acojinados, techos corredizos centrales o laterales y sus partes; de accionamiento manual o electrónico.

 

8712.00.05

Bicicletas y demás velocípedos (incluidos los triciclos de reparto), sin motor.

Únicamente: bicicletas para niños operadas por baterías.

02

Bicicletas para niños.

 

9005.10.01

Binoculares (incluidos los prismáticos).

Únicamente: De funcionamiento electrónico, u operados por pilas o baterías.

00

Binoculares (incluidos los prismáticos).

 

9006.40.01

Cámaras fotográficas de autorrevelado.

Únicamente: Electrónicas, u operadas por pilas o baterías.

00

Cámaras fotográficas de autorrevelado.

 

9006.51.01

Con visor de reflexión a través del objetivo, para películas en rollo de anchura inferior o igual a 35 mm.

Únicamente: Electrónicas, u operadas por pilas o baterías.

00

Con visor de reflexión a través del objetivo, para películas en rollo de anchura inferior o igual a 35 mm.

 

9006.52.99

Las demás.

Únicamente: Electrónicas, u operadas por pilas o baterías.

00

Las demás.

 

9006.53.99

Las demás.

Únicamente: Electrónicas, u operadas por pilas o baterías.

00

Las demás.

 

9006.59.99

Las demás.

Únicamente: Electrónicas, u operadas por pilas o baterías, excepto cámaras fotográficas de los tipos utilizados para preparar clisés o cilindros de imprenta, para registrar documentos en microfilmes, microfichas u otros microformatos y/o cámaras fotográficas horizontales, con peso unitario mayor de 100 kg

99

Las demás.

 

9006.61.01

Aparatos de tubo de descarga para producir destellos (flashes electrónicos).

 

00

Aparatos de tubo de descarga para producir destellos (flashes electrónicos).

 

9007.10.01

Para películas cinematográficas (filme) de anchura inferior a 16 mm o para la doble 8 mm.

Únicamente: Electrónicas, u operadas por pilas o baterías.

00

Para películas cinematográficas (filme) de anchura inferior a 16 mm o para la doble 8 mm.

 

 

9008.50.01

Proyectores, ampliadoras o reductoras.

 

00

Proyectores, ampliadoras o reductoras.

 

9012.10.01

Microscopios, excepto los ópticos; difractógrafos.

Únicamente: Microscopios electrónicos.

00

Microscopios, excepto los ópticos; difractógrafos.

 

9018.20.01

Aparatos de rayos ultravioletas o infrarrojos.

 

00

Aparatos de rayos ultravioletas o infrarrojos.

 

9019.10.02

Aparatos de masaje, eléctricos.

 

00

Aparatos de masaje, eléctricos.

 

9029.20.06

Velocímetros y tacómetros; estroboscopios.

Únicamente: Tacógrafos electromecánicos con reloj de cuarzo, registrador e indicador de velocidad, recorrido, tiempo de marcha y parada, y/o revoluciones del motor de un vehículo y/o tacómetros electrónicos digitales para uso automotriz.

02

Tacógrafos electromecánicos con reloj de cuarzo, registrador e indicador de velocidad, recorrido, tiempo de marcha y parada, y/o revoluciones del motor de un vehículo.

03

Tacómetros electrónicos digitales para uso automotriz.

 

9030.31.01

Multímetros, sin dispositivo registrador.

 

00

Multímetros, sin dispositivo registrador.

 

9030.33.07

Los demás, sin dispositivo registrador.

Únicamente: Voltímetros y/o amperímetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros que usen pilas o baterías

01

Voltímetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros.

03

Amperímetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros.

 

9030.89.05

Los demás.

Únicamente: Probadores de baterías.

01

Probadores de baterías.

 

9032.89.02

Reguladores automáticos de voltaje, excepto para uso industrial, incluso combinados, en una misma envolvente o carcaza, con una fuente de voltaje con conversión de corriente CA/CC/CA, de las también llamadas "no break" o "uninterruptible power suply" ("UPS").

 

00

Reguladores automáticos de voltaje, excepto para uso industrial, incluso combinados, en una misma envolvente o carcaza, con una fuente de voltaje con conversión de corriente CA/CC/CA, de las también llamadas "no break" o "uninterruptible power suply" ("UPS").

 

9101.11.01

Con indicador mecánico solamente.

 

00

Con indicador mecánico solamente.

 

9101.19.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

 

9101.91.01

Eléctricos.

 

00

Eléctricos.

 

9102.11.01

Con indicador mecánico solamente.

 

00

Con indicador mecánico solamente.

 

9102.12.01

Con indicador optoelectrónico solamente.

 

00

Con indicador optoelectrónico solamente.

 

9102.19.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

9102.91.01

Eléctricos.

 

00

Eléctricos.

 

9103.10.01

Eléctricos.

 

00

Eléctricos.

 

9104.00.04

Relojes de tablero de instrumentos y relojes similares, para automóviles, aeronaves, barcos o demás vehículos.

Únicamente: Electrónicos, para uso automotriz y/o eléctricos o electrónicos de tablero, de bordo o similares, para automóviles, barcos y demás vehículos, excepto reconocibles para naves aéreas.

01

Electrónicos, para uso automotriz.

99

Los demás.

 

9105.11.02

Eléctricos.

 

01

De mesa.

99

Los demás.

 

9105.21.01

Eléctricos.

 

00

Eléctricos.

 

9106.90.99

Los demás.

Únicamente: Eléctricos de uso doméstico, excepto parquímetros

99

Los demás.

 

9107.00.01

Interruptores horarios y demás aparatos que permitan accionar un dispositivo en un momento dado, con mecanismo de relojería o motor sincrónico.

Únicamente: De uso doméstico, de funcionamiento eléctrico o electrónico.

00

Interruptores horarios y demás aparatos que permitan accionar un dispositivo en un momento dado, con mecanismo de relojería o motor sincrónico.

 

9207.10.01

Órganos con "pedalier" de más de 24 pedales.

 

00

Órganos con "pedalier" de más de 24 pedales.

 

 

9207.10.02

Órganos, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9207.10.01.

 

00

Órganos, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9207.10.01.

 

9207.10.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

9207.90.99

Los demás.

 

00

Los demás.

 

9208.10.01

Cajas de música.

Únicamente: De uso doméstico, de funcionamiento eléctrico o electrónico.

00

Cajas de música.

 

9403.10.03

Muebles de metal de los tipos utilizados en oficinas.

Únicamente: Archiveros de cajones, accionados electrónicamente.

99

Los demás.

 

9503.00.03

Los demás juguetes con ruedas concebidos para que los conduzcan los niños; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico o electrónico, con tensión de operación inferior a 24 V.

00

Los demás juguetes con ruedas concebidos para que los conduzcan los niños; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos.

 

9503.00.04

Muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, incluso vestidos, que contengan mecanismos operados eléctrica o electrónicamente, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9503.00.05.

 

00

Muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, incluso vestidos, que contengan mecanismos operados eléctrica o electrónicamente, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9503.00.05.

 

9503.00.05

Muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, de longitud inferior o igual a 30 cm, incluso vestidos, articulados o con mecanismos operados eléctrica o electrónicamente.

Únicamente: Con mecanismos operados eléctrica o electrónicamente, con tensión de operación inferior  a 24 V.

00

Muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, de longitud inferior o igual a 30 cm, incluso vestidos, articulados o con mecanismos operados eléctrica o electrónicamente.

 

9503.00.07

Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios.

 

00

Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios.

 

 

9503.00.08

Juguetes terapéutico-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje, en instituciones de educación especial o similares.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico o electrónico, con tensión de operación inferior a 24 V.

00

Juguetes terapéutico-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje, en instituciones de educación especial o similares.

 

9503.00.10

Modelos reducidos "a escala" para ensamblar, incluso los que tengan componentes electrónicos o eléctricos, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9503.00.07.

 

00

Modelos reducidos "a escala" para ensamblar, incluso los que tengan componentes electrónicos o eléctricos, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9503.00.07.

 

9503.00.11

Juegos o surtidos de construcción; los demás juguetes de construcción.

Únicamente: Operados por pilas o baterías.

00

Juegos o surtidos de construcción; los demás juguetes de construcción.

 

9503.00.12

Juguetes que representen animales o seres no humanos, rellenos.

Únicamente: Operados por pilas o baterías.

00

Juguetes que representen animales o seres no humanos, rellenos.

 

9503.00.14

Los demás juguetes que representen animales o seres no humanos, sin rellenar.

Únicamente: Operados por pilas o baterías.

00

Los demás juguetes que representen animales o seres no humanos, sin rellenar.

 

9503.00.15

Instrumentos y aparatos, de música, de juguete.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico o electrónico, con tensión de operación inferior a 24 V.

00

Instrumentos y aparatos, de música, de juguete.

 

9503.00.18

Juegos o surtidos reconocibles como concebidos exclusivamente para que el niño o la niña, representen un personaje, profesión u oficio, excepto juegos que imiten preparaciones de belleza, de maquillaje o de manicura.

Únicamente: Operados por pilas o baterías.

00

Juegos o surtidos reconocibles como concebidos exclusivamente para que el niño o la niña, representen un personaje, profesión u oficio, excepto juegos que imiten preparaciones de belleza, de maquillaje o de manicura.

 

 

9503.00.20

Juguetes y modelos, con motor, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 9503.00.02, 9503.00.03, 9503.00.04, 9503.00.05, 9503.00.06, 9503.00.07, 9503.00.09, 9503.00.10, 9503.00.11, 9503.00.12, 9503.00.14, 9503.00.15 y 9503.00.18.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico o electrónico, con tensión de operación inferior a 24 V.

00

Juguetes y modelos, con motor, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 9503.00.02, 9503.00.03, 9503.00.04, 9503.00.05, 9503.00.06, 9503.00.07, 9503.00.09, 9503.00.10, 9503.00.11, 9503.00.12, 9503.00.14, 9503.00.15 y 9503.00.18.

 

9503.00.24

Juguetes destinados a niños de hasta 36 meses de edad, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 9503.00.01, 9503.00.02, 9503.00.03, 9503.00.04, 9503.00.05, 9503.00.06, 9503.00.11, 9503.00.12, 9503.00.13, 9503.00.14, 9503.00.15, 9503.00.16, 9503.00.17, 9503.00.20 y 9503.00.23.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico o electrónico, con tensión de operación inferior a 24 V.

00

Juguetes destinados a niños de hasta 36 meses de edad, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 9503.00.01, 9503.00.02, 9503.00.03, 9503.00.04, 9503.00.05, 9503.00.06, 9503.00.11, 9503.00.12, 9503.00.13, 9503.00.14, 9503.00.15, 9503.00.16, 9503.00.17, 9503.00.20 y 9503.00.23.

 

9503.00.26

Juguetes reconocibles como concebidos exclusivamente para lanzar agua, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 9503.00.25.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico o electrónico, con tensión de operación inferior a 24 V.

00

Juguetes reconocibles como concebidos exclusivamente para lanzar agua, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 9503.00.25.

 

9503.00.99

Los demás.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico o electrónico, con tensión de operación inferior a 24 V, excepto juegos que imiten preparaciones de belleza, de maquillaje o de manicura y/o los demás juguetes presentados en juegos o surtidos de dos o más artículos diferentes acondicionados para su venta al por menor.

99

Los demás.

 

9504.30.02

Máquinas de funcionamiento eléctrico, electrónico, mecánico o combinación de ellos, a través de las cuales se realicen sorteos con números o símbolos, que están sujetos al azar.

 

00

Máquinas de funcionamiento eléctrico, electrónico, mecánico o combinación de ellos, a través de las cuales se realicen sorteos con números o símbolos, que están sujetos al azar.

 

 

9504.30.99

Los demás.

Únicamente: Para lugares públicos incluso con mecanismos eléctricos o electrónicos.

00

Los demás.

 

9504.50.04

Videoconsolas y máquinas de videojuego, excepto las de la subpartida 9504.30 y lo comprendido en la fracción arancelaria 9504.50.03.

 

01

Videoconsolas y máquinas de videojuegos.

02

Cartuchos conteniendo programas para videoconsolas y máquinas de videojuegos.

 

9504.90.04

Autopistas eléctricas.

 

00

Autopistas eléctricas.

 

9504.90.99

Los demás.

Únicamente: Eléctricos.

00

Los demás.

 

9505.10.01

Árboles artificiales para fiestas de Navidad.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico, con tensión nominal mayor a 24 v.

00

Árboles artificiales para fiestas de Navidad.

 

9505.10.99

Los demás.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico, con tensión nominal mayor a 24 v.

00

Los demás.

 

9613.80.02

Encendedores de mesa.

Únicamente: De funcionamiento eléctrico o electrónico.

00

Encendedores de mesa.

 

9613.80.99

Los demás.

Únicamente: Encendedores de cigarrillos a base de resistencia para uso automotriz.

00

Los demás.

 

IV.     Capítulo 6 (Información comercial) de la Norma Oficial Mexicana NOM-139-SCFI-2012, Información Comercial-Etiquetado de extracto natural de vainilla (Vanilla spp.), derivados y sustitutos, publicada en el DOF el 10 de julio de 2012:

Fracción arancelaria/ NICO

Descripción

Acotación

0905.20.99

Las demás.

 

00

Las demás.

 

1302.19.99

Los demás.

Únicamente: Oleorresina de vainilla; extracto natural, incluso concentrado, de vainilla, líquidos, pastosos, sólidos o en solución alcohólica, preenvasados. Excepto: Derivados de la raíz de Rawolfia heterophila que contengan el alcaloide llamado reserpina.

00

Los demás.

 

 

2103.90.99

Los demás.

Únicamente: Saborizante natural de vainilla; saborizante artificial de vainilla; saborizante mixto de vainilla, preenvasados.

00

Los demás.

 

2106.90.05

Jarabes aromatizados o con adición de colorantes.

Únicamente: De vainilla, preenvasados.

00

Jarabes aromatizados o con adición de colorantes.

 

2106.90.10

Extractos y concentrados del tipo de los utilizados en la elaboración de bebidas que contengan alcohol, excepto las preparaciones a base de sustancias odoríferas de la partida 33.02.

Únicamente: De vainilla, preenvasados.

00

Extractos y concentrados del tipo de los utilizados en la elaboración de bebidas que contengan alcohol, excepto las preparaciones a base de sustancias odoríferas de la partida 33.02.

 

3301.90.01

Oleorresinas de extracción, excepto las comprendidas en la fracción arancelaria 3301.90.06.

Únicamente: De vainilla, preenvasadas.

00

Oleorresinas de extracción, excepto las comprendidas en la fracción arancelaria 3301.90.06.

 

3302.10.01

Extractos y concentrados de los tipos utilizados en la elaboración de bebidas que contengan alcohol, a base de sustancias odoríferas.

Únicamente: De vainilla, preenvasadas.

00

Extractos y concentrados de los tipos utilizados en la elaboración de bebidas que contengan alcohol, a base de sustancias odoríferas.

 

3302.10.99

Los demás.

Únicamente: De vainilla, preenvasados.

00

Los demás.

(Continúa en la Sexta sección)