ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes, los montos del estímulo fiscal y las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios, así como las cantidades por litro aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica

Viernes 24 de Junio 2022

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 87/2022

Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes, los montos del estímulo fiscal y las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios, así como las cantidades por litro aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.

KARINA RAMÍREZ ARRAS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, y el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales complementarios a los combustibles automotrices, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2022, se dan a conocer los porcentajes, los montos del estímulo fiscal y las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios, así como las cantidades por litro aplicables a los combustibles automotrices, respectivamente, correspondientes al periodo comprendido del 25 de junio al 1 de julio de 2022, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 25 de junio al 1 de julio de 2022, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

Combustible

Porcentaje de Estímulo

Gasolina menor a 91 octanos

100.00%

Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles

100.00%

Diésel

100.00%

 

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 25 de junio al 1 de julio de 2022, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

Combustible

Monto del estímulo fiscal

(pesos/litro)

Gasolina menor a 91 octanos

$5.4917

Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles

$4.6375

Diésel

$6.0354

 

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 25 de junio al 1 de julio de 2022, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:

Combustible

Cuota (pesos/litro)

Gasolina menor a 91 octanos

$0.0000

Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles

$0.0000

Diésel

$0.0000

Artículo Cuarto. Las cantidades por litro de estímulos complementarios aplicables a los combustibles automotrices durante el periodo comprendido del 25 de junio al 1 de julio de 2022, son las siguientes:

Combustible

Cantidad por litro

(pesos)

Gasolina menor a 91 octanos

$5.6758

Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles

$6.4093

Diésel

$7.1493

 

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 23 de junio de 2022.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, y el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales complementarios a los combustibles automotrices, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, la Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Karina Ramírez Arras.- Rúbrica.