OFICIO 500-05-2022-19746 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación

Miércoles 13 de Julio de 2022

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.

Oficio: 500-05-2022-19746

Asunto:     Se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.

La Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e), y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22, párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero, cuarto y quinto del Código Fiscal de la Federación notifica lo siguiente:

Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en dicho Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

Detectada tal situación, las citadas autoridades fiscales, a fin de dar cumplimiento al artículo 69-B, párrafo segundo del Código Fiscal de la Federación, así como al numeral 69 del Reglamento del citado Código, emitieron oficio de presunción individual a cada uno de los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1, y en dicho oficio se indicaron los motivos y fundamentos por los cuales los contribuyentes se ubicaron en la hipótesis a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Ahora bien, los oficios individuales señalados en el párrafo que precede fueron notificados a cada contribuyente en los términos precisados en el Anexo 1, apartado A, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo.

Por otra parte, el listado global de presunción fue notificado en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria y mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en los términos precisados en el anexo 1, apartado B y C, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo, lo anterior de conformidad con la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente, en relación con el artículo 135 del Código Fiscal de la Federación.

Atendiendo lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en los oficios de presunción individual las autoridades fiscales otorgaron a cada contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios, apercibidos que si transcurrido el plazo concedido no aportaban la documentación e información y/o la que exhibieran, una vez valorada, no desvirtuaba los hechos señalados en los oficios de mérito, se procedería por parte de dichas autoridades, en términos del cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, primero a notificarles la resolución individual definitiva, así como a la publicación de sus nombres, denominaciones o razones sociales en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos dados a conocer y por tanto, se encontrarían en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, y en virtud de que los contribuyentes durante el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, no se apersonaron ante la autoridad fiscal correspondiente no obstante estar debidamente notificados y, por lo tanto, no presentaron ninguna documentación tendiente a desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios individuales, se hizo efectivo el apercibimiento y por lo tanto las autoridades fiscales procedieron a emitir las resoluciones individuales definitivas en las que se determinó que al no haberse apersonado ante la autoridad no desvirtuaron los hechos que se les imputan, y, por tanto, que se actualiza definitivamente la hipótesis prevista en el primer párrafo de este artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, ello por las razones expuestas en dichas resoluciones definitivas.

Cabe señalar que las resoluciones definitivas señaladas en el párrafo anterior fueron debidamente notificadas en los términos señalados en los párrafos que anteceden a cada uno de los contribuyentes señalados en el Anexo 1, apartado D del presente oficio.

Por lo anteriormente expuesto y, tomando en cuenta que el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, señala que en ningún caso se publicará el listado antes de los treinta días hábiles posteriores a la notificación de la resolución y que, a la fecha ha transcurrido dicho plazo desde la notificación de la resolución y, además, las citadas autoridades no han sido notificadas de alguna resolución o sentencia concedida a favor de esos contribuyentes que ordene la suspensión o declare la nulidad o revocación del procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que se les tiene iniciado; por tanto, con la finalidad de dar cabal cumplimiento al Resolutivo Tercero contenido en las citadas resoluciones definitivas, esta Administración Central de Fiscalización Estratégica adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, en apoyo a las autoridades fiscales señaladas en el Anexo 1 del presente, procede a agregar los nombres, denominaciones o razones sociales de los contribuyentes señalados en el Anexo 1 del presente oficio, en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que se les imputaron y por tanto, se encuentran en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por los motivos y fundamentos señalados en las resoluciones definitivas notificadas a cada uno de ellos, listado que se publicará en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx) así como en el Diario Oficial de la Federación, a efecto de considerar, con efectos generales, que los comprobantes fiscales expedidos por dichos contribuyentes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, tal y como lo declara el quinto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes, así como que la sociedad conozca quiénes son aquellos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.

Atentamente

Ciudad de México, a 15 de junio de 2022.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica y de los Administradores de Fiscalización Estratégica “1”, “2”, “3”, “4”, “5” y “6” con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: La Administradora de Fiscalización Estratégica “7”, Lic. Cintia Aidee Jáuregui Serratos.- Rúbrica.

Anexo 1 del oficio número 500-05-2022-19746 de fecha 15 de junio de 2022 correspondiente a contribuyentes que, NO aportaron argumentos ni pruebas para desvirtuar el motivo por el que se les notificó el oficio de presunción, motivo por el cual se actualizó DEFINITIVAMENTE la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Apartado A.- Notificación del OFICIO DE PRESUNCIÓN conforme a los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.

 

R.F.C.

Nombre, denominación o razón social del Contribuyente

Número y fecha de oficio individual de presunción

Autoridad emisora del oficio individual de presunción

Medio de notificación al contribuyente

Estrados de la autoridad

Notificación personal

Notificación por Buzón Tributario

Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal

Fecha en que surtió efectos la notificación

Fecha de notificación

Fecha en que surtió efectos la notificación

Fecha de notificación

Fecha en que surtió efectos la notificación

1

AUBL860426JE4

AGUILAR BELTRAN LUIS GERARDO

500-51-00-01-01-2021-36488 de fecha 15 de julio de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sinaloa "1"

 

 

 

 

4 de agosto de 2021

5 de agosto de 2021

2

BPC181115EB5

BCM PROCESOS COMERCIALES Y CONSULTORIA, S.A. DE C.V.

500-49-00-05-01-2021-006111 de fecha 12 de agosto de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Quintana Roo "2"

 

 

 

 

18 de agosto de 2021

19 de agosto de 2021

3

CAL080328S18

COMERCIALIZADORA ALCAER, S.A. DE C.V.

500-39-00-02-02-2021-5221 de fecha 31 de mayo de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Morelos "1"

 

 

 

 

7 de junio de 2021

8 de junio de 2021

4

DIDN810316EI5

DIAZ DIAZ NOEMI

500-27-00-08-02-2021-03531 de fecha 19 de abril de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1"

15 de julio de 2021

10 de agosto de 2021

 

 

 

 

5

GAR030923MDA

GRUPO ARQUIMETRO, S.A. DE C.V.

500-39-00-05-02-2020-10092 de fecha 24 de noviembre de 2020

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Morelos "1"

1 de octubre de 2021

13 de octubre de 2021

 

 

 

 

6

GCS131219UP9

GRUPO CONSTRUCTOR SENSEI, S.A. DE C.V.

500-50-00-01-2021-6071 de fecha 29 de abril de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de San Luis Potosí "1"

17 de junio de 2021

29 de junio de 2021

 

 

 

 

7

HCO150330RY6

HINDEX CONSTRUMART, S.A. DE C.V.

500-27-00-08-02-2021-03572 de fecha 23 de abril de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1"

 

 

 

 

11 de agosto de 2021

12 de agosto de 2021

8

HID180321TT8

HIDROVIC, S.A. DE C.V.

500-50-00-01-2021-6072 de fecha 29 de abril de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de San Luis Potosí "1"

 

 

 

 

6 de mayo de 2021

7 de mayo de 2021

9

JASM721109TY5

JASSO SEGURA MARTIN

500-62-00-03-00-2021-01484 de fecha 20 de mayo de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "5"

 

 

 

 

26 de mayo de 2021

27 de mayo de 2021

10

PASA580330KG0

PARRA SANCHEZ AGUSTIN

500-27-00-08-02-2021-04270 de fecha 28 de abril de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1"

24 de agosto de 2021

3 de septiembre de 2021

 

 

 

 

11

PEEI820119RZ2

PEREZ ESTRADA IVONNE

500-27-00-08-02-2021-04424 de fecha 14 de mayo de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1"

2 de septiembre de 2021

14 de septiembre de 2021

 

 

 

 

12

SCS140612RI2

SERVICIOS COMERCIALES SANTY, S.A. DE C.V.

500-50-00-01-2021-6672 de fecha 28 de abril de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de San Luis Potosí "1"

16 de junio de 2021

28 de junio de 2021

 

 

 

 

13

TAI1307172L0

TALLER Y ACCESORIOS INTEK, S.A. DE C.V.

500-41-00-05-01-2021-4277 de fecha 8 de septiembre de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "1"

 

 

 

 

14 de septiembre de 2021

15 de septiembre de 2021

 

Apartado B.- Notificación en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria

 

R.F.C.

Nombre, denominación o razón social del Contribuyente

Número y fecha de oficio global de presunción

Autoridad emisora del oficio global de presunción

Fecha de notificación en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria

Fecha en que surtió efectos la notificación

1

AUBL860426JE4

AGUILAR BELTRAN LUIS GERARDO

500-05-2021-26273 de fecha 01 de diciembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

1 de diciembre de 2021

2 de diciembre de 2021

2

BPC181115EB5

BCM PROCESOS COMERCIALES Y CONSULTORIA, S.A. DE C.V.

500-05-2021-26273 de fecha 01 de diciembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

1 de diciembre de 2021

2 de diciembre de 2021

3

CAL080328S18

COMERCIALIZADORA ALCAER, S.A. DE C.V.

500-05-2021-15394 de fecha 1 de julio de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

1 de julio de 2021

2 de julio de 2021

4

DIDN810316EI5

DIAZ DIAZ NOEMI

500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

3 de noviembre de 2021

4 de noviembre de 2021

5

GAR030923MDA

GRUPO ARQUIMETRO, S.A. DE C.V.

500-05-2021-26273 de fecha 01 de diciembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

1 de diciembre de 2021

2 de diciembre de 2021

6

GCS131219UP9

GRUPO CONSTRUCTOR SENSEI, S.A. DE C.V.

500-05-2021-25837 de fecha 2 de agosto de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

2 de agosto de 2021

3 de agosto de 2021

7

HCO150330RY6

HINDEX CONSTRUMART, S.A. DE C.V.

500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

3 de noviembre de 2021

4 de noviembre de 2021

8

HID180321TT8

HIDROVIC, S.A. DE C.V.

500-05-2021-15394 de fecha 1 de julio de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

1 de julio de 2021

2 de julio de 2021

9

JASM721109TY5

JASSO SEGURA MARTIN

500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

3 de noviembre de 2021

4 de noviembre de 2021

10

PASA580330KG0

PARRA SANCHEZ AGUSTIN

500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

3 de noviembre de 2021

4 de noviembre de 2021

11

PEEI820119RZ2

PEREZ ESTRADA IVONNE

500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

3 de noviembre de 2021

4 de noviembre de 2021

12

SCS140612RI2

SERVICIOS COMERCIALES SANTY, S.A. DE C.V.

500-05-2021-25837 de fecha 2 de agosto de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

2 de agosto de 2021

3 de agosto de 2021

13

TAI1307172L0

TALLER Y ACCESORIOS INTEK, S.A. DE C.V.

500-05-2021-26273 de fecha 01 de diciembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

1 de diciembre de 2021

2 de diciembre de 2021

 

Apartado C.- Notificación en el Diario Oficial de la Federación.

 

R.F.C.

Nombre, denominación o razón social del Contribuyente

Número y fecha de oficio global de presunción

Autoridad emisora del oficio global de presunción

Fecha de notificación en el Diario Oficial de la Federación

Fecha en que surtió efectos la notificación

1

AUBL860426JE4

AGUILAR BELTRAN LUIS GERARDO

500-05-2021-26273 de fecha 01 de diciembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

21 de diciembre de 2021

3 de enero de 2022

2

BPC181115EB5

BCM PROCESOS COMERCIALES Y CONSULTORIA, S.A. DE C.V.

500-05-2021-26273 de fecha 01 de diciembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

21 de diciembre de 2021

3 de enero de 2022

3

CAL080328S18

COMERCIALIZADORA ALCAER, S.A. DE C.V.

500-05-2021-15394 de fecha 1 de julio de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

13 de septiembre de 2021

14 de septiembre de 2021

4

DIDN810316EI5

DIAZ DIAZ NOEMI

500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

15 de diciembre de 2021

16 de diciembre de 2021

5

GAR030923MDA

GRUPO ARQUIMETRO, S.A. DE C.V.

500-05-2021-26273 de fecha 01 de diciembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

21 de diciembre de 2021

3 de enero de 2022

6

GCS131219UP9

GRUPO CONSTRUCTOR SENSEI, S.A. DE C.V.

500-05-2021-25837 de fecha 2 de agosto de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

8 de septiembre de 2021

9 de septiembre de 2021

7

HCO150330RY6

HINDEX CONSTRUMART, S.A. DE C.V.

500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

15 de diciembre de 2021

16 de diciembre de 2021

8

HID180321TT8

HIDROVIC, S.A. DE C.V.

500-05-2021-15394 de fecha 1 de julio de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

13 de septiembre de 2021

14 de septiembre de 2021

9

JASM721109TY5

JASSO SEGURA MARTIN

500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

15 de diciembre de 2021

16 de diciembre de 2021

10

PASA580330KG0

PARRA SANCHEZ AGUSTIN

500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

15 de diciembre de 2021

16 de diciembre de 2021

11

PEEI820119RZ2

PEREZ ESTRADA IVONNE

500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

15 de diciembre de 2021

16 de diciembre de 2021

12

SCS140612RI2

SERVICIOS COMERCIALES SANTY, S.A. DE C.V.

500-05-2021-25837 de fecha 2 de agosto de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

8 de septiembre de 2021

9 de septiembre de 2021

13

TAI1307172L0

TALLER Y ACCESORIOS INTEK, S.A. DE C.V.

500-05-2021-26273 de fecha 01 de diciembre de 2021

Administración Central de Fiscalización Estratégica

21 de diciembre de 2021

3 de enero de 2022

 

Apartado D.- Notificación del oficio de RESOLUCIÓN DEFINITIVA conforme al cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

 

R.F.C.

Nombre, denominación o razón social del Contribuyente

Número y fecha de oficio individual de resolución

Autoridad emisora del oficio individual de resolución

Medio de notificación al contribuyente

Estrados de la autoridad

Notificación personal

Notificación por Buzón Tributario

Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal

Fecha en que surtió efectos la notificación

Fecha de notificación

Fecha en que surtió efectos la notificación

Fecha de notificación

Fecha en que surtió efectos la notificación

1

AUBL860426JE4

AGUILAR BELTRAN LUIS GERARDO

500-51-00-01-01-2022-11207 de fecha 10 de marzo de 2022

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sinaloa "1"

 

 

 

 

16 de marzo de 2022

17 de marzo de 2022

2

BPC181115EB5

BCM PROCESOS COMERCIALES Y CONSULTORIA, S.A. DE C.V.

500-49-00-05-01-2022-002023 de fecha 14 de marzo de 2022

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Quintana Roo "2"

 

 

 

 

18 de marzo de 2022

22 de marzo de 2022

3

CAL080328S18

COMERCIALIZADORA ALCAER, S.A. DE C.V.

500-39-00-02-02-2021-6505 de fecha 7 de octubre de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Morelos "1"

 

 

 

 

13 de octubre de 2021

14 de octubre de 2021

4

DIDN810316EI5

DIAZ DIAZ NOEMI

500-27-00-08-02-2022-02162 de fecha 14 de febrero de 2022

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1"

11 de marzo de 2022

30 de marzo de 2022

 

 

 

 

5

GAR030923MDA

GRUPO ARQUIMETRO, S.A. DE C.V.

500-39-00-05-02-2022-698 de fecha 22 de febrero de 2022

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Morelos "1"

9 de marzo de 2022

28 de marzo de 2022

 

 

 

 

6

GCS131219UP9

GRUPO CONSTRUCTOR SENSEI, S.A. DE C.V.

500-50-00-01-2021-18139 de fecha 21 de octubre de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de San Luis Potosí "1"

4 de noviembre de 2021

17 de noviembre de 2021

 

 

 

 

7

HCO150330RY6

HINDEX CONSTRUMART, S.A. DE C.V.

500-27-00-08-02-2022-02200 de fecha 22 de febrero de 2022

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1"

 

 

 

 

28 de febrero de 2022

1 de marzo de 2022

8

HID180321TT8

HIDROVIC, S.A. DE C.V.

500-50-00-01-2021-18886 de fecha 28 de octubre de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de San Luis Potosí "1"

 

 

 

 

5 de noviembre de 2021

8 de noviembre de 2021

9

JASM721109TY5

JASSO SEGURA MARTIN

500-62-00-03-00-2022-00230 de fecha 17 de marzo de 2022

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "5"

 

 

 

 

24 de marzo de 2022

25 de marzo de 2022

10

PASA580330KG0

PARRA SANCHEZ AGUSTIN

500-27-00-08-02-2022-02167 de fecha 14 de febrero de 2022

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1"

11 de marzo de 2022

30 de marzo de 2022

 

 

 

 

11

PEEI820119RZ2

PEREZ ESTRADA IVONNE

500-27-00-08-02-2022-02198 de fecha 21 de febrero de 2022

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1"

 

 

 

 

25 de febrero de 2022

28 de febrero de 2022

12

SCS140612RI2

SERVICIOS COMERCIALES SANTY, S.A. DE C.V.

500-50-00-01-2021-18134 de fecha 21 de octubre de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de San Luis Potosí "1"

4 de noviembre de 2021

17 de noviembre de 2021

 

 

 

 

13

TAI1307172L0

TALLER Y ACCESORIOS INTEK, S.A. DE C.V.

500-41-00-05-01-2022-1445 de fecha 14 de marzo de 2022

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "1"

 

 

 

 

18 de marzo de 2022

22 de marzo de 2022

 

Apartado E.- Datos adicionales de los contribuyentes.

 

R.F.C.

Nombre, denominación o razón social del Contribuyente

Domicilio Fiscal

Actividad preponderante

Motivo del Procedimiento

1

AUBL860426JE4

AGUILAR BELTRAN LUIS GERARDO

Ahome, Sinaloa

Comercio al por menor de semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Falta de infraestructura, Sin capacidad material

2

BPC181115EB5

BCM PROCESOS COMERCIALES Y CONSULTORIA, S.A. DE C.V.

Álvaro Obregon, Ciudad de México

Servicios de consultoría en administración

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Falta de infraestructura, Sin capacidad material

3

CAL080328S18

COMERCIALIZADORA ALCAER, S.A. DE C.V.

Cuilápam de Guerrero, Oaxaca

Comercio al por mayor de otros materiales para la construcción, excepto de madera

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Falta de infraestructura, Sin capacidad material

4

DIDN810316EI5

DIAZ DIAZ NOEMI

Taxco de Alarcón, Guerrero

Comercio al por menor de relojes, joyería fina y artículos decorativos de materiales preciosos

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Sin capacidad material

5

GAR030923MDA

GRUPO ARQUIMETRO, S.A. DE C.V.

Benito Juarez, Ciudad de México

Otros Servicios relacionados con los servicios inmobiliarios

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Falta de infraestructura,

6

GCS131219UP9

GRUPO CONSTRUCTOR SENSEI, S.A. DE C.V.

León, Guanajuato

Otras Construcciones de ingeniería civil u obra pesada

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Sin capacidad material

7

HCO150330RY6

HINDEX CONSTRUMART, S.A. DE C.V.

Puebla, Puebla

Comercio al por mayor de otros materiales para la construcción, excepto de madera

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Sin capacidad material

8

HID180321TT8

HIDROVIC, S.A. DE C.V.

Tláhuac, Ciudad de México.

Reparación mecánica en general de automóviles y camiones. reparación del sistema eléctrico de automóviles y camiones. alineación y balanceo de automóviles y camiones. hojalatería y pintura de automóviles y camiones.

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Sin capacidad material

9

JASM721109TY5

JASSO SEGURA MARTIN

Altamira, Tamaulipas

Otras Construcciones de ingeniería civil u obra pesada

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Falta de infraestructura, Sin capacidad material

10

PASA580330KG0

PARRA SANCHEZ AGUSTIN

Acapulco de Juárez, Guerrero.

Administración y supervisión de construcción de vivienda” y construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Falta de infraestructura, Sin capacidad material

11

PEEI820119RZ2

PEREZ ESTRADA IVONNE

Taxco de Alarcón, Guerrero.

Comercio al por menor de relojes, joyería fina y artículos decorativos de materiales preciosos

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Falta de infraestructura, Sin capacidad material

12

SCS140612RI2

SERVICIOS COMERCIALES SANTY, S.A. DE C.V.

León, Guanajuato

Otros Intermediarios de comercio al por mayor

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Sin capacidad material

13

TAI1307172L0

TALLER Y ACCESORIOS INTEK, S.A. DE C.V.

Monterrey, Nuevo León

Reparación mecánica en general de automóviles y camiones

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Falta de infraestructura