OFICIO 500-05-2022-19885 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que desvirtuaron la presunción de inexistencia de operaciones prevista en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación

Martes 19 de Julio de 2022

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.

Oficio: 500-05-2022-19885

Asunto:     Se comunica listado de contribuyentes que DESVIRTUARON la presunción de inexistencia de operaciones prevista en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI,  23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafo sexto del Código Fiscal de la Federación, comunica lo siguiente:

Que a los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; sin embargo, durante el procedimiento previsto en el segundo párrafo del citado precepto legal, a través de la presentación de pruebas y alegatos ofrecidos y exhibidos, dichos contribuyentes lograron desvirtuar la presunción de la autoridad por cuanto hace específicamente a las operaciones señaladas en dichos oficios, cuyos datos son los siguientes:

Apartado A.- Notificación del OFICIO DE PRESUNCIÓN conforme a los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.

 

R.F.C.

Nombre, denominación o razón social del Contribuyente

Número y fecha de oficio individual de presunción

Autoridad emisora del oficio individual de presunción

Medio de notificación al contribuyente

Estrados de la autoridad

Notificación Personal

Notificación por Buzón Tributario

Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal

Fecha en que surtió efectos la notificación

Fecha de notificación

Fecha en que surtió efectos la notificación

Fecha de notificación

Fecha en que surtió efectos la notificación

1

CBE171227AI4

COMERCIAL BERROCALES, S.A. DE C.V.

500-50-00-01-2021-6073 de fecha 28 de abril de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de San Luis Potosí "1"

 

 

 

 

6 de mayo de 2021

7 de mayo de 2021

2

STE190704K41

SWORD TECH, S.A. DE C.V.

500-39-00-02-02-2021-5220 de fecha 31 de mayo de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Morelos "1"

 

 

 

 

7 de junio de 2021

8 de junio de 2021

3

VMP1909054C4

VIDALA M&P, S.A. DE C.V.

500-39-00-02-02-2021-5222 de fecha 31 de mayo de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Morelos "1"

 

 

 

 

7 de junio de 2021

8 de junio de 2021

 

Apartado B.- Notificación en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.

 

R.F.C.

Nombre, denominación o razón social del Contribuyente

Número y fecha de oficio Global de presunción

Fecha de notificación en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria

Fecha en que surtió efectos la notificación

1

CBE171227AI4

COMERCIAL BERROCALES, S.A. DE C.V.

500-05-2021-15394 de fecha 1 de julio  de 2021

1 de julio de 2021

2 de julio de 2021

2

STE190704K41

SWORD TECH, S.A. DE C.V.

500-05-2021-15394 de fecha 1 de julio de 2021

1 de julio de 2021

2 de julio de 2021

3

VMP1909054C4

VIDALA M&P, S.A. DE C.V.

500-05-2021-15394 de fecha 1 de julio  de 2021

1 de julio de 2021

2 de julio de 2021

 

Apartado C.- Notificación en el Diario Oficial de la Federación.

 

R.F.C.

Nombre, denominación o razón social del Contribuyente

Número y fecha de oficio Global de presunción

Fecha de notificación en el Diario Oficial de la Federación

Fecha en que surtió efectos la notificación

1

CBE171227AI4

COMERCIAL BERROCALES, S.A. DE C.V.

500-05-2021-15394 de fecha 1 de julio de 2021

13 de septiembre de 2021

14 de septiembre de 2021

2

STE190704K41

SWORD TECH, S.A. DE C.V.

500-05-2021-15394 de fecha 1 de julio de 2021

13 de septiembre de 2021

14 de septiembre de 2021

3

VMP1909054C4

VIDALA M&P, S.A. DE C.V.

500-05-2021-15394 de fecha 1 de julio de 2021

13 de septiembre de 2021

14 de septiembre de 2021

 

Apartado D.- Notificación del oficio de RESOLUCIÓN DEFINITIVA.

 

R.F.C.

Nombre, denominación o razón social del Contribuyente

Número y fecha de oficio de resolución definitiva

Autoridad emisora de la resolución definitiva

Medio de notificación al contribuyente

Estrados de la autoridad

Notificación Personal

Notificación por Buzón Tributario

Fecha en que surtió efectos la notificación

Fecha de notificación

Fecha en que surtió efectos la notificación

Fecha en que surtió efectos la notificación

Fecha de notificación

Fecha en que surtió efectos la notificación

1

CBE171227AI4

COMERCIAL BERROCALES, S.A. DE C.V.

500-50-00-01-2022-925 de fecha 10 de enero de 2022

Administración Desconcentrada de Auditoría  Fiscal de San Luis Potosí "1"

 

 

 

 

12 de enero de 2022

13 de enero de 2022

2

STE190704K41

SWORD TECH, S.A. DE C.V.

500-39-00-02-02-2021-7149 de fecha 24 de noviembre de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Morelos "1"

 

 

 

 

30 de noviembre de 2021

1 de diciembre de 2021

3

VMP1909054C4

VIDALA M&P, S.A. DE C.V.

500-39-00-02-02-2021-7110 de fecha 22 de noviembre  de 2021

Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Morelos "1"

 

 

 

 

26 de noviembre de 2021

29 de noviembre de 2021

 

Apartado E.- Datos adicionales de los contribuyentes.

 

R.F.C.

Nombre, denominación o razón social del Contribuyente

Domicilio Fiscal

Actividad preponderante

Motivo del Procedimiento

1

CBE171227AI4

COMERCIAL BERROCALES, S.A. DE C.V.

Guadalajara, Jalisco

Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para la industria manufacturera. venta al por mayor por comisión y consignación y otros.

Ausencia de activos, Sin capacidad material

2

STE190704K41

SWORD TECH, S.A. DE C.V.

Cuernavaca, Morelos

Servicios de consultoría en computación y alquiler de oficinas y locales comerciales.

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Falta de Infraestructura, Sin capacidad material

3

VMP1909054C4

VIDALA M&P, S.A. DE C.V.

Cuernavaca, Morelos

Agencias de publicidad.

Ausencia de activos, Ausencia de personal, Falta de Infraestructura, Sin capacidad material

 

Finalmente, se precisa que el hecho de que los contribuyentes señalados hayan desvirtuado específicamente los hechos consignados en el oficio de presunción y de resolución definitiva que motivó su publicación en el listado correspondiente, es únicamente en relación a los comprobantes fiscales señalados en el oficio de presunción que en su momento les fue notificado, estando a salvo las facultades de la autoridad fiscal en términos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación en relación a los demás comprobantes fiscales que en su caso hayan emitido.

Atentamente

Ciudad de México, a 30 de junio de 2022.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica y de los Administradores de Fiscalización Estratégica “1”, “2”, “3”, “4”, “5” y “6” con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: Administradora de Fiscalización Estratégica “7”, Lic. Cintia Aidee Jáuregui Serratos.- Rúbrica.