CIRCULAR 9/2022 dirigida a las Instituciones de Crédito, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, Instituciones de Seguros, Instituciones de Fianzas, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades Operadoras de Fondos de Inversión, Sociedades Distribuidoras de Acciones de Fondos de Inversión, Administradoras de Fondos para el Retiro, Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, Casas de Cambio, Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, Sociedades Financieras Populares, Sociedades Financieras Comunitarias, Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Almacenes Generales de Depósito, Uniones de Crédito, Instituciones de Financiamiento Colectivo, Instituciones de Fondos de Pago Electrónico, Entidades Financieras que actúen como Fiduciarias en Fideicomisos que otorguen Crédito, Préstamo o Financiamiento al Público, Fideicomisos de Fomento Económico, Entidades Financieras de Desarrollo, así como otras Personas y Fideicomisos respecto de los cuales el Banco ejerza facultades de regulación, incluidas las Sociedades de Información Crediticia, las Empresas que presten de manera profesional el Servicio de Transferencias de Fondos, las Cámaras de Compensación y los Administradores de Sistemas de Pagos, en términos de las leyes respectivas, relativa a las Modificaciones a la Circular 39/2020 (actualización de la correspondencia de calificaciones otorgadas por Instituciones Calificadoras de Valores).

Lunes 22 de Agosto de 2022

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- “2022: Año de Ricardo Flores Magón”.

CIRCULAR 9/2022

A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO, INSTITUCIONES DE SEGUROS, INSTITUCIONES DE FIANZAS, CASAS DE BOLSA, FONDOS DE INVERSIÓN, SOCIEDADES OPERADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN, SOCIEDADES DISTRIBUIDORAS DE ACCIONES DE FONDOS DE INVERSIÓN, ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, CASAS DE CAMBIO, SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO, SOCIEDADES FINANCIERAS POPULARES, SOCIEDADES FINANCIERAS COMUNITARIAS, SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE, ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, UNIONES DE CRÉDITO, INSTITUCIONES DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO, INSTITUCIONES DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO, ENTIDADES FINANCIERAS QUE ACTÚEN COMO FIDUCIARIAS EN FIDEICOMISOS QUE OTORGUEN CRÉDITO, PRÉSTAMO O FINANCIAMIENTO AL PÚBLICO, FIDEICOMISOS DE FOMENTO ECONÓMICO, ENTIDADES FINANCIERAS DE DESARROLLO, ASÍ COMO OTRAS PERSONAS Y FIDEICOMISOS RESPECTO DE LOS CUALES EL BANCO EJERZA FACULTADES DE REGULACIÓN, INCLUIDAS LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA, LAS EMPRESAS QUE PRESTEN DE MANERA PROFESIONAL EL SERVICIO DE TRANSFERENCIAS DE FONDOS, LAS CÁMARAS DE COMPENSACIÓN Y LOS ADMINISTRADORES DE SISTEMAS DE PAGOS, EN TÉRMINOS DE LAS LEYES RESPECTIVAS:

 

 

 

ASUNTO:

MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 39/2020 (ACTUALIZACIÓN DE LA CORRESPONDENCIA DE CALIFICACIONES OTORGADAS POR INSTITUCIONES CALIFICADORAS DE VALORES)

El Banco de México, con el propósito de continuar promoviendo el sano desarrollo y la estabilidad del sistema financiero, considera conveniente actualizar la correspondencia de las escalas de calificación que las instituciones calificadoras de valores llevan a cabo, en atención a las recientes modificaciones en las nomenclaturas utilizadas por dichas instituciones, para aquellos supuestos de las disposiciones de carácter general o resoluciones del propio Banco que hagan referencia a algún grado de calificación en específico, sin someter a consulta pública estas modificaciones, pues ello no sería conveniente para su propósito, considerando que se trata de un cambio en las nomenclaturas utilizadas por las calificadoras.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24 y 26 de la Ley del Banco de México, 46 Bis 5, fracción II, 48, 54, fracciones I y III, 81, párrafo segundo, y 96 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, 176 de la Ley del Mercado de Valores, 15 de la Ley de Fondos de Inversión, 48, fracción VI, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, 11 Bis 2, fracción XI, y 87-D, párrafo cuarto, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, 132 y 157 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 1, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y octavo, 10, párrafo primero, 12, párrafo primero, en relación con el 19 Bis 1, fracción XI, 14 Bis, párrafo primero, en relación con el 17, fracción I, 14 Bis 1, en relación con el 25 Bis 1, fracción IV, 20 Quáter, fracción IV, y 25 Bis, fracción VII, del Reglamento Interior del Banco de México, así como la 14, fracción IV, de las Políticas para la consulta pública de las disposiciones de carácter general que emita el Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General de Operaciones de Banca Central, de la Dirección General Jurídica, de la Dirección General de Asuntos del Sistema Financiero, de la Dirección de Política y Estudios de Sistemas de Pagos e Infraestructuras de Mercados y de la Dirección de Información del Sistema Financiero, respectivamente, así como Segundo, fracciones I, IV, VI, X y XVII, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, ha resuelto modificar la Tabla de Calificaciones Crediticias a Largo Plazo en Escala Local y la Tabla de Calificaciones Crediticias a Corto Plazo en Escala Local, contenidas en los Anexos 2 y 4, respectivamente, de la Circular 39/2020, para quedar en los términos siguientes:

ANEXO 2

Tabla de Calificaciones Crediticias a Largo Plazo en escala local

Nivel

S&P

MOODY’S

FITCH

HR RATINGS

VERUM

A.M. Best

DBRS

N1mx

mxAAA

AAA.mx

AAA (mex)

HR AAA

AAA/M

aaa.mx

AAA.MX

N2mx

mxAA+

AA+.mx

AA+ (mex)

HR AA+

AA+/M

aa+.mx

AA.MX (alta)

N3mx

mxAA

AA.mx

AA (mex)

HR AA

AA/M

aa.mx

AA.MX

N4mx

mxAA-

AA-.mx

AA- (mex)

HR AA-

AA-/M

aa-.mx

AA.MX (baja)

N5mx

mxA+

A+.mx

A+ (mex)

HR A+

A+/M

a+.mx

A.N.MX (alta)

N6mx

mxA

A.mx

A (mex)

HR A

A/M

a.mx

A.N.MX

N7mx

mxA-

A-.mx

A- (mex)

HR A-

A-/M

a-.mx

A.N.MX (baja)

N8mx

mxBBB+

BBB+.mx

BBB+ (mex)

HR BBB+

BBB+/M

bbb+.mx

BBB.N.MX (alta)

N9mx

mxBBB

BBB.mx

BBB (mex)

HR BBB

BBB/M

bbb.mx

BBB.N.MX

N10mx

mxBBB-

BBB-.mx

BBB- (mex)

HR BBB-

BBB-/M

bbb-.mx

BBB.N.MX (baja)

N11mx

mxBB+

BB+.mx

BB+ (mex)

HR BB+

BB+/M

bb+.mx

BB.N.MX (alta)

N12mx

mxBB

BB.mx

BB (mex)

HR BB

BB/M

bb.mx

BB.N.MX

N13mx

mxBB-

BB-.mx

BB- (mex)

HR BB-

BB-/M

bb-.mx

BB.N.MX (baja)

N14mx

mxB+

B+.mx

B+ (mex)

HR B+

B+/M

b+.mx

B.N.MX (alta)

N15mx

mxB

B.mx

B (mex)

HR B

B/M

b.mx

B.N.MX

N16mx

mxB-

B-.mx

B- (mex)

HR B-

B-/M

b-.mx

B.N.MX (baja)

N17mx

mxCCC+

CCC+.mx

CCC+ (mex)

 

 

ccc+.mx

CCC.N.MX (alta)

N18mx

mxCCC

CCC.mx

CCC (mex)

 

 

ccc.mx

CCC.N.MX

N19mx

mxCCC-

CCC-.mx

CCC- (mex)

 

 

ccc-.mx

CCC.N.MX (baja)

N20mx

mxCC

CC.mx

CC (mex)

 

 

 

 

N21mx

 

 

 

HR C+

 

 

 

N22mx

mxC

C.mx

C (mex)

HR C

C/M

 

 

N23mx

 

 

 

HR C-

 

 

 

N24mx

Calificaciones Inferiores

…”

ANEXO 4

Tabla de Calificaciones Crediticias a Corto Plazo en Escala Local

Nivel

S&P

MOODY’S

FITCH

HR RATINGS

VERUM

DBRS

 

 

 

 

 

 

R-1.N (alta)

 

mxA-1+

 

F1+ (mex)

HR+1

1+/M

 

Nimx

 

ML A-1.mx

 

 

 

R-1.N (media)

 

mxA-1

 

F1 (mex)

HR1

1/M

 

 

 

 

 

 

 

R-1.N (baja)

 

 

 

 

 

 

R-2.N (alta)

Niimx

mxA-2

ML A-2.mx

F2 (mex)

HR2

2/M

R-2.N (media)

 

 

 

 

 

 

R-2.N (baja)

Niiimx

mxA-3

ML A-3.mx

F3 (mex)

HR3

3/M

R-3.N

Nivmx

mxB

ML B.mx

B (mex)

HR4

4/M

R-4.N

Nvmx

mxC

ML C.mx

C (mex)

HR5

D/M

R-5.N

Nvimx

Calificaciones Inferiores

…”

TRANSITORIA

ÚNICA. La presente Circular entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 11 de agosto de 2022.- BANCO DE MÉXICO: Director General de Operaciones de Banca Central, Gerardo Israel García López.- Rúbrica.- Director General Jurídico, Luis Urrutia Corral.- Rúbrica.- Director General de Asuntos del Sistema Financiero, José Luis Negrín Muñoz.- Rúbrica.- Director de Política y Estudios de Sistemas de Pagos e Infraestructuras de Mercados, Othón Martino Moreno González.- Rúbrica.- Director de Información del Sistema Financiero, Juan Fernando Avila Embriz.- Rúbrica.

 

Para cualquier consulta sobre el contenido de la presente Circular, el Banco de México se pone a su disposición a través de la Dirección de Autorizaciones y Sanciones de Banca Central al teléfono (55) 5237-2000 extensión 3200.