EXTRACTO de la primera modificación a la prórroga del Título de Concesión Nacional SAT.AGRS.CONCESIÓN.002/07-005 para administrar las devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (lVA), a los Extranjeros con calidad de turistas, de conformidad con la Ley General de Población (hoy Ley de Migración), que retornen al extranjero por vía aérea o marítima, que les haya sido trasladado en la adquisición de mercancías |
Martes 08 de Noviembre de 2022 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Recursos y Servicios.- Administración Central de Apoyo Jurídico de Recursos y Servicios.
Extracto de la primera modificación a la Prórroga del Título de Concesión Nacional SAT.AGRS.CONCESIÓN.002/07-005 para administrar las devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (lVA), a los Extranjeros con calidad de turistas, de conformidad con la Ley General de Población (hoy Ley de Migración), que retornen al extranjero por vía aérea o marítima, que les haya sido trasladado en la adquisición de mercancías.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Condición CUARTA de la primera modificación a la prórroga del Título de Concesión Nacional SAT.AGRS.CONCESIÓN.002/07-005, se realiza la presente publicación en los siguientes términos:
PRIMERA MODIFICACIÓN QUE OTORGA EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVÉS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, EN LO SUBSECUENTE “EL SAT”, POR CONDUCTO DE LA ADMINISTRADORA CENTRAL DE APOYO JURÍDICO DE RECURSOS Y SERVICIOS LIC. MAYRA ALICIA ALVARADO CRUZ; RESPECTO DE LA PRÓRROGA AL TÍTULO DE CONCESIÓN NUM. SAT. AGRS. CONCESIÓN. 002/07-005, EN ADELANTE “LA PRÓRROGA AL TÍTULO”; OTORGADO A FAVOR DE LA PERSONA JURÍDICA ADAMANT CORPORATION, S.A. DE C.V., EN ADELANTE “EL CONCESIONARIO”, REPRESENTADO POR LA C. ANA MARÍA ORTÉS RODRÍGUEZ; PARA ADMINISTRAR LAS DEVOLUCIONES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, A LOS EXTRANJEROS CON CALIDAD DE TURISTAS, DE CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN (HOY LEY DE MIGRACIÓN), QUE RETORNEN AL EXTRANJERO POR VÍA AÉREA O MARÍTIMA, QUE LES HAYA SIDO TRASLADADO EN LA ADQUISICIÓN DE MERCANCÍAS, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
(…)
Atendiendo a lo antes expuesto se considera procedente la solicitud formulada por “EL CONCESIONARIO”, considerando que con la exclusión de los diez (10) puntos de salida indicados, subsistirían los doce (12) puntos originalmente otorgados, lo cual es procedente conforme a las Reglas de Operación y a “EL TÍTULO”.
CONDICIONES:
PRIMERA. Quedan sin modificación alguna los antecedentes y condiciones asentadas en “LA PRÓRROGA AL TÍTULO”, con excepción de la Condición 3. Prestación de los Servicios.
SEGUNDA. CONTINUIDAD DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES. - “EL CONCESIONARIO" acepta y se obliga a que además de lo estipulado en la presente Modificación, continuaran vigentes con toda su fuerza legal, las condiciones contenidas en la Prorroga al Título de Concesión SAT. AGRS. CONCESIÓN. 002/07-005, por lo que resulta de observancia obligatoria en todos sus términos incluyendo aquellas condiciones referentes a los plazos de la concesión.
TERCERA. OBJETO DE LA MODIFICACIÓN. – El Gobierno Federal a través de “EL SAT”, modifica la “Condición 3. Prestación de los Servicios” de la Prorroga al Título de Concesión SAT. AGRS. CONCESIÓN. 002/07-005, por lo que de conformidad con “Las Reglas de Operación” “EL CONCESIONARIO", deberá continuar prestando los servicios en los doce (12) Puntos de Salida de los tres (3) Conglomerados Centro-Norte, Pacifico, y Sureste, conforme a lo siguiente:
Conglomerado Centro-Norte.
Terminales aéreas.
1. Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.
2. General Mariano Escobedo, Monterrey, Nuevo León.
3. Aeropuerto Internacional en Querétaro, Qro.
Conglomerado del Pacífico.
Terminales aéreas.
4. Los Cabos, B.C.S.
5. Lic. Gustavo Díaz Ordaz en Puerto Vallarta, Jal.
6. Miguel Hidalgo y Costilla, en Guadalajara, Jal.
Terminales marítimas.
7. Cabo San Lucas, B.C.S., y
8. Puerto Vallarta, Jal.
Conglomerado del Sureste.
Terminales aéreas.
9. Internacional de Cancún, Q. Roo.
10. Internacional de Cozumel, Q. Roo.
Terminales marítimas.
11. Cozumel, Q. Roo.
12. Majahual, Q. Roo.
(…)
QUINTA. MODIFICACIÓN DE LA GARANTÍA. - “EL CONCESIONARIO", deberá presentar en el término de veinte (20) días hábiles a partir del otorgamiento de la presente Modificación a la Prorroga al Título de Concesión SAT. AGRS. CONCESIÓN. 002/07-005, el documento en el que se reconozca por parte de la afianzadora la presente Modificación y garantice el cumplimiento de las obligaciones contenidas tanto en la prórroga como en la presente Modificación.
(…)
LA PRESENTE MODIFICACIÓN DE LA PRORROGA AL TÍTULO DE CONCESIÓN SAT. AGRS. CONCESIÓN. 002/07-005, SE EMITE POR DUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL DÍA 17 DE OCTUBRE DE 2022.
…”
Se expide la presente constancia en la Ciudad de México, a 18 de octubre de 2022.- Conste.
La Administradora Central de Apoyo Jurídico de Recursos y Servicios, Lic. Mayra Alicia Alvarado Cruz.- Rúbrica.
(R.- 528720)