RESOLUCIÓN modificatoria de la Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento, publicada el 4 de enero de 2018

Viernes 02 de Diciembre de 2022

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 125, quinto párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito; 33, primer párrafo de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores; 66, fracción II de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; 177, tercer párrafo de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, así como 4, fracciones III, IV, XXXVI y XXXVIII y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y

CONSIDERANDO

Que el 4 de enero de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento”, con la finalidad de, entre otras, incorporar ciertas Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C., a las normas aplicables a la elaboración de la contabilidad de dichos organismos y entidades de fomento, y

Que, como resultado de la crisis sanitaria mundial acaecida en los años inmediatos anteriores y sus efectos económicos adversos, los mencionados organismos y entidades de fomento han reducido su capacidad operativa, por lo que es conveniente ampliar el plazo para la entrada en vigor de las Normas de Información Financiera a que se refiere el Considerando anterior, a fin de que estos se encuentren en posibilidad de adecuar sus sistemas de información contable, ha resuelto expedir la siguiente:

RESOLUCIÓN MODIFICATORIA DE LA “RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LOS ORGANISMOS DE FOMENTO Y ENTIDADES DE FOMENTO”, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 4 DE ENERO DE 2018

ÚNICO.- Se REFORMA el artículo SEGUNDO TRANSITORIO de la “Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 2018 y modificado mediante resoluciones dadas a conocer en dicho medio de difusión el 15 de noviembre de 2018, 4 de noviembre de 2019, 9 de noviembre de 2020 y 15 de diciembre de 2021, para quedar como sigue:

“SEGUNDO.- Las Normas de Información Financiera B-17 "Determinación del valor razonable",  C-3 "Cuentas por cobrar", C-9 "Provisiones, contingencias y compromisos", C-16 "Deterioro de instrumentos financieros por cobrar", C-19 "Instrumentos financieros por pagar", C-20 "Instrumentos financieros para cobrar principal e interés", D-1 "Ingresos por contratos con clientes", D-2 "Costos por contratos con clientes"  y D-5 "Arrendamientos", emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. y referidas en el párrafo 3 del Criterio A-2 "Aplicación de normas particulares" de los Anexos 37 y 38 que se modifican mediante el presente instrumento, entrarán en vigor el 1 de enero de 2024.”

TRANSITORIO

ÚNICO.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

Ciudad de México, a 24 de noviembre de 2022.- Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Dr. Jesús de la Fuente Rodríguez.- Rúbrica.