OFICIO 500-05-2022-29290 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 24 de julio de 2018, o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento, y una vez resuelto el mismo, el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto |
Martes 13 de Diciembre de 2022 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.
Oficio: 500-05-2022-29290
Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF, vigente hasta el 24 de julio de 2018, o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento, y una vez resuelto el mismo, el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.
Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 , del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento, y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el artículo Segundo transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 y Artículo Vigésimo Cuarto, fracción IV, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2021, le comunica lo siguiente:
Que a los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.
Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, y en términos del tercer párrafo del referido artículo, a los contribuyentes de referencia se les notificó la resolución definitiva como se indica a continuación:
Notificación al contribuyente del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
|
R.F.C. |
Nombre, denominación o razón social del Contribuyente |
Número y fecha de oficio de resolución definitiva |
Medio de notificación al contribuyente |
|||||
Buzón Tributario |
Estrados de la autoridad |
Notificación Personal |
|||||||
Fecha en que se notificó en Buzón Tributario |
Fecha en que surtió efectos la notificación |
Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal |
Fecha en que surtió efectos la notificación |
Fecha de notificación |
Fecha en que surtió efectos la notificación |
||||
1 |
AAR110929STA |
AKENBA Y ARAMENI, S.A. DE C.V. |
500-37-00-04-02-2019-20678 de fecha 06 de diciembre de 2019 |
12 de diciembre de 2019 |
13 de diciembre de 2019 |
|
|
|
|
2 |
BBO121214UH1 |
BASE BORA, S.A. DE C.V. |
500-50-00-06-02-2018-12618 de fecha 05 septiembre de 2018 |
11 de septiembre de 2018 |
12 de septiembre de 2018 |
|
|
|
|
3 |
BME091130K35 |
BLOODSUCKER COMPANY DE MÉXICO, S.A. DE C.V. |
500-41-00-04-01-2018-12815 de fecha 29 de agosto de 2018 |
|
|
19 de septiembre de 2018 |
12 de octubre de 2018 |
|
|
4 |
BTR1508194G3 |
BEAUTY TRENDS, S.A. DE C.V. |
500-21-00-04-02-2018-2876 de fecha 02 de agosto de 2018 |
21 de agosto de 2018 |
22 de agosto de 2018 |
|
|
|
|
5 |
CAI130308PE7 |
COAXIÓN APOYO INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. |
500-22-00-05-03-2018-19858 de fecha 23 de octubre de 2018 |
|
|
29 de marzo de 2019 |
25 de abril de 2019 |
|
|
6 |
DIS130314SE8 |
DISLAG, S.A. DE C.V. |
500-51-00-05-03-2019-03801 de fecha 29 de enero de 2019 |
07 de febrero de 2019 |
08 de febrero de 2019 |
|
|
|
|
7 |
FCA120105LD1 |
FH&R CORPORATIVE ASSOCIATES, S.C. |
500-04-00-00-00-2018-10497 de fecha 25 de junio de 2018 |
03 de agosto de 2018 |
06 de agosto de 2018 |
|
|
|
|
8 |
GUVC610626N28 |
GUTIÉRREZ VELEZ CARLOS |
500-04-00-00-00-2019-7460 de fecha 14 de febrero de 2019 |
|
|
19 de marzo de 2019 |
11 de abril de 2019 |
|
|
9 |
ICT1412316R5 |
IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA TIZA, S.A. DE C.V. |
500-51-00-06-01-2017-4234 de fecha 15 de febrero de 2017 |
|
|
23 de marzo de 2017 |
19 de abril de 2017 |
|
|
10 |
MAS0909019S4 |
M & E SERVICIOS PROFESIONALES, S.A. DE C.V. |
500-47-00-06-00-2018-014567 de fecha 17 de octubre de 2018 |
|
|
13 de diciembre de 2018 |
23 de enero de 2019 |
|
|
11 |
MON140611677 |
MONARAT, S. DE R.L. DE C.V. |
500-57-00-04-03-2018-04240 de fecha 01 de agosto de 2018 |
08 de agosto de 2018 |
09 de agosto de 2018 |
|
|
|
|
12 |
OAI120322V63 |
OBELUS ASISTENCIA CON INICIATIVA, S. DE R.L. DE C.V. |
500-22-00-05-04-2017-10433 de fecha 11 de julio de 2017 |
|
|
02 de agosto de 2017 |
25 de agosto de 2017 |
|
|
13 |
ODY130114JJ1 |
OMSK DISTRIBUIDORA YUCATECA, S. DE R.L. DE C.V. |
500-04-00-00-00-2017-8309 de fecha 21 de febrero de 2017 |
|
|
|
|
27 de marzo de 2017 |
28 de marzo de 2017 |
14 |
PEBA550723CP4 |
PEÑUELAS BARRAZA ALONSO MANUEL |
500-51-00-07-01-2016-0026473 de fecha 24 de noviembre de 2016 |
|
|
23 de enero de 2017 |
16 de febrero de 2017 |
|
|
15 |
QUTU840903RF3 |
QUIJAS TORRES ULISES |
500-04-00-00-00-2017-29714 de fecha 14 de julio de 2017 |
|
|
16 de agosto de 2017 |
08 de septiembre de 2017 |
|
|
16 |
SAVI7411174X4 |
SALAZAR VILLANUEVA IRVING JOSE |
500-11-00-01-00-2018-0749 de fecha 05 de abril de 2018 |
|
|
05 de septiembre de 2018 |
28 de septiembre de 2018 |
|
|
17 |
SGC080707NYA |
SUPER GAS COMPADRE, S.A. DE C.V. |
500-15-06-01-2017-9841 de fecha 15 de mayo de 2017 |
25 de mayo de 2017 |
26 de mayo de 2017 |
|
|
|
|
18 |
SIE100615BC4 |
SINERGIA INTEGRAL EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. |
500-16-00-06-01-2018-6170 de fecha 09 de mayo de 2018 |
31 de mayo de 2018 |
01 de junio de 2018 |
|
|
|
|
19 |
SIU0902057W1 |
SOLUCIONES DE INFRAESTRUCTURA URBANA, S.A. DE C.V. |
500-50-00-06-01-2017-4566 de fecha 15 de marzo de 2017 |
16 de marzo de 2017 |
17 de marzo de 2017 |
|
|
|
|
20 |
SLG0812038I0 |
SOLUCIONES EN LIMPIEZA GENERAL, S.A. DE C.V. |
500-71-02-01-02-2017-50632 de fecha 13 de julio de 2017 |
|
|
02 de agosto de 2017 |
25 de agosto de 2017 |
|
|
21 |
VAL130408EG5 |
VALMISTU, S.A. DE C.V. |
500-51-00-06-01-2017-9336 de fecha 04 de mayo de 2017 |
08 de mayo de 2017 |
09 de mayo de 2017 |
|
|
|
|
Datos adicionales de los contribuyentes.
|
R.F.C. |
Nombre, denominación o razón social del Contribuyente |
Domicilio Fiscal |
Actividad Preponderante |
Motivo del Procedimiento |
1 |
MORELIA, MICHOACÁN |
AGENCIAS DE PUBLICIDAD, FABRICACIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS DE TODO TIPO DE MATERIAL, COMO ANUNCIOS Y TOLDOS LUMINOSOS, CARTELERAS ESPECTACULARES, ANUNCIOS ELECTRÓNICOS, ROTAGRAPHICS, UNIPOLARES DE NEÓN Y OTROS SERVICIOS DE PUBLICIDAD. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Falta de infraestructura Sin capacidad material |
||
2 |
BBO121214UH1 |
BASE BORA, S.A. DE C.V. |
GUADALAJARA, JALISCO |
SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS. |
Ausencia de activos Ausencia de personal |
3 |
BME091130K35 |
BLOODSUCKER COMPANY DE MÉXICO, S.A. DE C.V. |
BENITO JUÁREZ, CIUDAD DE MÉXICO |
OTRAS CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA CIVIL U OBRA PESADA. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Falta de infraestructura Sin capacidad material |
4 |
CAI130308PE7 |
COAXIÓN APOYO INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. |
APODACA, NUEVO LEÓN |
SUMINISTRO DE PERSONAL PERMANENTE |
Ausencia de activos Ausencia de personal |
5 |
BTR1508194G3 |
BEAUTY TRENDS, S.A. DE C.V. |
CHIHUAHUA, CHIHUAHUA |
OTROS TRABAJOS DE ACABADOS EN EDIFICACIONES, DISEÑO GRÁFICO, OTROS SERVICIOS DE PUBLICIDAD, OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS SERVICIOS INMOBILIARIOS, INMOBILIARIAS Y CORREDORES DE BIENES RAÍCES |
Ausencia de activos Ausencia de personal Falta de infraestructura |
6 |
DIS130314SE8 |
DISLAG, S.A. DE C.V. |
CULIACÁN, SINALOA |
INMOBILIARIAS Y CORREDORES DE BIENES RAÍCES, COMERCIO AL POR MENOR DE AUTOMÓVILES Y CAMIONETAS USADOS, Y COMERCIO INTEGRADO DE AUTOMÓVILES Y CAMIONES USADOS Y COMPRA, VENTA Y CONSIGNACIÓN DE AUTOMÓVILES Y CAMIONETAS. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Falta de infraestructura Sin capacidad material |
7 |
FCA120105LD1 |
FH&R CORPORATIVE ASSOCIATES, S.C. |
AZCAPOTZALCO, CIUDAD DE MÉXICO |
OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Falta de infraestructura Sin capacidad material |
8 |
GUVC610626N28 |
GUTIÉRREZ VELEZ CARLOS |
MATAMOROS, TAMAULIPAS |
SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS, COMERCIO AL POR MAYOR DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA OTROS SERVICIOS Y PARA ACTIVIDADES COMERCIALES, COMERCIO AL POR MAYOR DE EQUIPO Y ACCESORIOS DE CÓMPUTO, COMERCIO AL POR MAYOR DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA Y COMERCIO AL POR MAYOR DE MOBILIARIO, EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Sin capacidad material |
9 |
ICT1412316R5 |
IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA TIZA, S.A. DE C.V. |
CULIACÁN, SINALOA |
COMERCIO AL POR MAYOR DE CEMENTO, TABIQUE Y GRAVA; Y COMERCIO AL POR MAYOR DE EQUIPO Y MATERIAL ELECTRICO. |
Ausencia de personal Falta de infraestructura Sin capacidad material |
10 |
MAS0909019S4 |
M & E SERVICIOS PROFESIONALES, S.A. DE C.V. |
JUÁREZ, CHIHUAHUA |
OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS. |
Ausencia de personal Sin capacidad material Falta de infraestructura |
11 |
MON140611677 |
MONARAT, S. DE R.L. DE C.V. |
VILLAHERMOSA, TABASCO |
VENTA AL POR MAYOR POR COMISIÓN Y CONSIGNACIÓN; FABRICACIÓN DE OTRA MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA INDUSTRIA EN GENERAL. |
Ausencia de activos Ausencia de personal |
12 |
OAI120322V63 |
OBELUS ASISTENCIA CON INICIATIVA, S. DE R.L. DE C.V. |
CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA |
SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DE PROTECCIÓN Y CUSTODIA, EXCEPTO MEDIANTE MONITOREO. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Falta de infraestructura |
13 |
ODY130114JJ1 |
OMSK DISTRIBUIDORA YUCATECA, S. DE R.L. DE C.V. |
GUADALAJARA, JALISCO |
SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ADMINISTRACIÓN. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Sin capacidad material Falta de infraestructura |
14 |
PEBA550723CP4 |
PEÑUELAS BARRAZA ALONSO MANUEL |
CULIACÁN, SINALOA |
OTROS TRABAJOS ESPECIALIZADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN. |
Ausencia de activos Ausencia de personal |
15 |
QUTU840903RF3 |
QUIJAS TORRES ULISES |
LEÓN, GUANAJUATO |
COMERCIO AL POR MENOR DE AUTOMÓVILES Y CAMIONETAS USADOS Y COMERCIO INTEGRADO DE AUTOMÓVILES Y CAMIONES USADOS Y A LA COMPRA, VENTA Y CONSIGNACIÓN DE AUTOMÓVILES Y CAMIONETAS Y OTRO AUTOTRANSPORTE FORÁNEO DE CARGA ESPECIALIZADO. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Sin capacidad material Falta de infraestructura |
16 |
SAVI7411174X4 |
SALAZAR VILLANUEVA IRVING JOSE |
VENUSTIANO CARRANZA, CIUDAD DE MÉXICO |
OTROS SERVICIOS DE APOYO A LOS NEGOCIOS. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Sin capacidad material |
17 |
SGC080707NYA |
SUPER GAS COMPADRE, S.A. DE C.V. |
SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA |
COMERCIO AL POR MENOR DE GAS L.P. EN CILINDROS Y PARA TANQUES ESTACIONARIOS. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Sin capacidad material Falta de infraestructura. |
18 |
SIE100615BC4 |
SINERGIA INTEGRAL EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. |
TORREÓN, COAHUILA |
SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE APOYO A LAS EMPRESAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Sin capacidad material Falta de infraestructura |
19 |
SIU0902057W1 |
SOLUCIONES DE INFRAESTRUCTURA URBANA, S.A. DE C.V. |
SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ |
CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Sin capacidad material Falta de infraestructura |
20 |
SLG0812038I0 |
SOLUCIONES EN LIMPIEZA GENERAL, S.A. DE C.V. |
AZCAPOTZALCO, CIUDAD DE MÉXICO |
SERVICIOS DE REPARACIÓN DE LIMPIEZA DE SOMBREROS. |
Ausencia de activos Ausencia de personal |
21 |
VAL130408EG5 |
VALMISTU, S.A. DE C.V. |
CULIACÁN, SINALOA |
OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS. |
Ausencia de activos Ausencia de personal Sin capacidad material Falta de infraestructura |
Por lo anterior, los nombres o razón social de los contribuyentes a los que se les notificó las citadas resoluciones fueron agregados al listado a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, como a continuación se indica:
|
R.F.C. |
Nombre, denominación o razón social del Contribuyente |
Número y fecha de oficio que contiene en Listado Global Definitivo |
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación |
1 |
AAR110929STA |
AKENBA Y ARAMENI, S.A. DE C.V. |
Esta contribuyente no fue publicada en Listados Definitivos |
|
2 |
BBO121214UH1 |
BASE BORA, S.A. DE C.V. |
500-05-2018-32756 de fecha 28 de noviembre de 2018 |
13 de enero de 2019 |
3 |
BME091130K35 |
BLOODSUCKER COMPANY DE MÉXICO, S.A. DE C.V. |
500-05-2019-7322 de fecha 15 de marzo de 2019 |
16 de abril de 2019 |
4 |
BTR1508194G3 |
BEAUTY TRENDS, S.A. DE C.V. |
500-05-2018-32751 de fecha 22 de noviembre de 2018 |
31 de diciembre de 2018 |
5 |
CAI130308PE7 |
COAXIÓN APOYO INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. |
500-05-2019-18164 de fecha 17 de junio de 2019 |
12 de julio de 2019 |
6 |
DIS130314SE8 |
DISLAG, S.A. DE C.V. |
500-05-2019-7385 de fecha 25 de abril de 2019 |
14 de mayo de 2019 |
7 |
FCA120105LD1 |
FH&R CORPORATIVE ASSOCIATES, S.C. |
500-05-2018-27105 de fecha 27 de septiembre de 2018 |
23 de octubre de 2018 |
8 |
GUVC610626N28 |
GUTIÉRREZ VELEZ CARLOS |
500-05-2020-3644 de fecha 15 de enero de 2020 |
18 de febrero de 2020 |
9 |
ICT1412316R5 |
IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA TIZA, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-16222 de fecha 26 de junio de 2017 |
11 de julio de 2017 |
10 |
MAS0909019S4 |
M & E SERVICIOS PROFESIONALES, S.A. DE C.V. |
500-05-2019-7375 de fecha 15 de abril de 2019 |
14 de mayo de 2019 |
11 |
MON140611677 |
MONARAT, S. DE R.L. DE C.V. |
500-05-2018-29849 de fecha 26 de octubre de 2018 |
21 de noviembre de 2018 |
12 |
OAI120322V63 |
OBELUS ASISTENCIA CON INICIATIVA, S. DE R.L. DE C.V. |
500-05-2017-38611 de fecha 26 de octubre de 2017 |
21 de noviembre de 2017 |
13 |
ODY130114JJ1 |
OMSK DISTRIBUIDORA YUCATECA, S. DE R.L. DE C.V. |
500-05-2017-16099 de fecha 24 de mayo de 2017 |
06 de junio de 2017 |
14 |
PEBA550723CP4 |
PEÑUELAS BARRAZA ALONSO MANUEL |
500-05-2017-16004 de fecha 24 de abril de 2017 |
10 de mayo de 2017 |
15 |
QUTU840903RF3 |
QUIJAS TORRES ULISES |
500-05-2017-38611 de fecha 26 de octubre de 2017 |
21 de noviembre de 2017 |
16 |
SAVI7411174X4 |
SALAZAR VILLANUEVA IRVING JOSE |
500-05-2018-32751 de fecha 22 de noviembre de 2018 |
31 de diciembre de 2018 |
17 |
SGC080707NYA |
SUPER GAS COMPADRE, S.A. DE C.V. |
Esta contribuyente no fue publicada en Listados Definitivos |
|
18 |
SIE100615BC4 |
SINERGIA INTEGRAL EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. |
500-05-2018-27059 de fecha 19 de septiembre de 2018 |
08 de octubre de 2018 |
19 |
SIU0902057W1 |
SOLUCIONES DE INFRAESTRUCTURA URBANA, S.A. DE C.V. |
500-05-2018-32756 de fecha 28 de noviembre de 2018 |
13 de enero de 2019 |
20 |
SLG0812038I0 |
SOLUCIONES EN LIMPIEZA GENERAL, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-38692 de fecha 16 de noviembre de 2017 |
01 de diciembre de 2017 |
21 |
VAL130408EG5 |
VALMISTU, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-30253 de fecha 16 de agosto de 2017 |
01 de septiembre de 2017 |
Inconforme con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva, interpusieron medios de defensa de los cuales se concluyeron con la siguiente resolución o sentencia:
|
R.F.C. |
Nombre, denominación o razón social del Contribuyente |
Medio de defensa |
Fecha de la Resolución o sentencia firme |
Autoridad que resolvió |
Sentido y/ o efecto de la resolución o sentencia firme |
1 |
AAR110929STA |
AKENBA Y ARAMENI, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 1138/21-21-01-3-OT |
08 de abril de 2022 |
Sala Regional del Pacífico Centro, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 500-37-00-04-02-2019-20678 de fecha 06 de diciembre de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Michoacán “1”. |
2 |
BBO121214UH1 |
BASE BORA, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 3897/19-07-03-6-OT |
29 de noviembre de 2019 |
Tercera Sala Regional Occidente, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 600-50-00-02-00-2019-1006 de fecha 26 de marzo de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de San Luis Potosí “1”, en la que se resolvió el recurso de revocación RRL2018010451, promovido en contra de la diversa 500-50-00-06-02-2018-12618 de 05 de septiembre de 2018, dictada por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de San Luis Potosí “1”. |
3 |
BME091130K35 |
BLOODSUCKER COMPANY DE MÉXICO, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 25286/19-17-01-4 |
05 de abril de 2022 |
Primera Sala Regional Metropolitana, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución 500-41-00-04-01-2018-12815 de fecha 29 de agosto de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León “1”. |
4 |
BTR1508194G3 |
BEAUTY TRENDS, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 8/19-04-01-7 |
11 de agosto de 2020 |
Sala Regional del Norte Centro I, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución 500-21-00-04-02-2018-2876 de fecha 02 de agosto de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sinaloa “1”, para el efecto de valorar los argumentos y pruebas ofrecidos en el portal del Servicio de Administración Tributaria, y resuelva con plenitud de jurisdicción lo que en derecho corresponda. |
5 |
CAI130308PE7 |
COAXIÓN APOYO INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 5715/20-06-03-4-OT |
02 de junio de 2022 |
Tercera Sala Regional del Noreste, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución 500-22-00-05-2018-19858 de fecha 23 de octubre de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Chihuahua “2”. |
6 |
DIS130314SE8 |
DISLAG, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 3788/19-03-01-5 |
01 de septiembre de 2021 |
Primera Sala Regional del Noroeste III, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 600-51-2019-03425 de fecha 14 de junio de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Sinaloa “1”, en la que se resolvió el recurso de revocación RRL2019002556, promovido en contra de la diversa 500-51-00-05-03-2018-03801 de 29 de enero de 2019, dictada por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sinaloa “1”. |
7 |
FCA120105LD1 |
FH&R CORPORATIVE ASSOCIATES, S.C. |
Juicio de Nulidad 13671/20-17-08-1 |
14 de julio de 2021 |
Octava Sala Regional Metropolitana, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 500-04-00-00-00-2018-10497 de fecha 25 de junio de 2018, emitida por la Administración Central de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal. |
8 |
GUVC610626N28 |
GUTIÉRREZ VELEZ CARLOS |
Juicio de Nulidad 2772/20-04-01-1-OT |
05 de abril de 2022 |
Sala Regional del Norte-Centro I, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 500-04-00-00-00-2019-7460 de fecha 14 de febrero de 2019, emitida por la Administración Central de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal. |
9 |
ICT1412316R5 |
IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA TIZA, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 4844/17-03-01-4 |
22 de marzo de 2022 |
Primera Sala Regional del Noroeste III, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución 500-51-00-06-01-2017-4234 de fecha 15 de febrero de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sinaloa “1”. |
10 |
MAS0909019S4 |
M & E SERVICIOS PROFESIONALES, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 1458/19-04-01-3-OT |
01 de junio de 2021 |
Sala Regional del Norte-Centro I, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. |
Se declara la nulidad de la resolución 500-47-00-06-00-2018-014567 de fecha 17 de octubre de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Querétaro “1”, para el efecto de notificar legalmente el diverso 500-47-00-06-00-2018-004886 de 09 de marzo de 2018, a fin de que esa razón social se encuentre en posibilidad de ejercer el derecho previsto en el segundo párrafo del 69-B del Código Tributario. |
11 |
MON140611677 |
MONARAT, S. DE R.L. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 18/2177-24-01-01-04-OL |
01 de julio de 2020 |
Sala Especializada en Juicios en Línea, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 500-57-00-04-03-2018-04240 de fecha 01 de agosto de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tabasco “1”. |
12 |
OAI120322V63 |
OBELUS ASISTENCIA CON INICIATIVA, S. DE R.L. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 18/140-24-01-02-05-OL |
30 de noviembre de 2018 |
Sala Especializada en Juicios en Línea, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 500-22-00-05-04-2017-10433 de fecha 11 de julio de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Chihuahua “2”. |
13 |
ODY130114JJ1 |
OMSK DISTRIBUIDORA YUCATECA, S. DE R.L. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 5570/17-07-03-9-OT |
07 de septiembre de 2018 |
Tercera Sala Regional de Occidente, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución impugnada 600-30-2017-2925 de fecha 24 de mayo de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Jalisco “1”, así como, de la originalmente recurrida 500-04-00-00-00-2017-8309 de 21 de febrero de 2017, dictada por la Administración Central de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal. |
14 |
PEBA550723CP4 |
PEÑUELAS BARRAZA ALONSO MANUEL |
Juicio de Nulidad 3752/19-03-02-12 |
28 de junio de 2022 |
Segunda Sala Regional del Noroeste III, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución 500-51-00-07-01-2016-0026473 de fecha 24 de noviembre de 2016, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sinaloa “1”, para el efecto de, si así se estima conveniente, se reponga el procedimiento a partir de la notificación del oficio con el cual se le informa al causante los hechos que se imputan. |
15 |
QUTU840903RF3 |
QUIJAS TORRES ULISES |
Juicio de Nulidad 75/22-30-01-3-OT |
08 de julio de 2022 |
Sala Regional del Centro IV, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 500-04-00-00-00-2017-29714 de fecha 14 de julio de 2017, emitida por la Administración Central de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal. |
16 |
SAVI7411174X4 |
SALAZAR VILLANUEVA IRVING JOSE |
Juicio de Nulidad 15770/20-17-10-2 |
05 de marzo de 2021 |
Décima Sala Regional Metropolitana. del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 500-11-00-01-00-2018-0749 de fecha 05 de abril de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Baja California “3”. |
17 |
SGC080707NYA |
SUPER GAS COMPADRE, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 1786/18-05-01-2 |
20 de febrero de 2019 |
Primera Sala Regional del Norte-Centro II, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada 600-15-2018-0901 de fecha 23 de marzo de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Coahuila “1”, dentro del recurso de revocación RRL2017007127, así como, de la originalmente recurrida 500-15-06-01-2017-9841 de 15 de mayo de 2017, dictada por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza “1”. |
18 |
SIE100615BC4 |
SINERGIA INTEGRAL EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 20/704-24-01-02-05-OL |
01 de junio de 2022 |
Sala Especializada en Juicios en Línea, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 500-16-00-06-01-2018-6170 de fecha 09 de mayo de 2018, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza “2”. |
19 |
SIU0902057W1 |
SOLUCIONES DE INFRAESTRUCTURA URBANA, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 267/18-25-01-2-OT |
22 de febrero de 2021 |
Sala Regional de San Luis Potosí, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada 600-50-00-02-00-2017-3786 de fecha 15 de diciembre de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de San Luis Potosí “1”, dentro del recurso de revocación RRL2017004239, así como, de la originalmente recurrida 500-50-00-06-01-2017-4566 de 15 de marzo de 2017, dictada por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de San Luis Potosí “1”. |
20 |
SLG0812038I0 |
SOLUCIONES EN LIMPIEZA GENERAL, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 3358/18-17-03-4 |
07 de enero de 2021 |
Tercera Sala Regional Metropolitana, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución 600-71-00-02-00-2017-13471 de fecha 15 de diciembre de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica del Distrito Federal “1”, así como, de la originalmente recurrida 500-71-02-01-02-2017-50632 de 13 de julio de 2017, dictada por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal “1”. |
21 |
VAL130408EG5 |
VALMISTU, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 3830/17-03-02-9 |
27 de enero de 2022 |
Segunda Sala Regional del Noroeste III, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución 500-51-00-06-01-2017-9336 de fecha 04 de mayo de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sinaloa “1”. |
En virtud de lo antes expuesto, se informa que como consecuencia de los medios de defensa señalados en el párrafo que precede, el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, seguido a esos contribuyentes también, ha quedado sin efectos.
Finalmente se informa que el hecho de que los contribuyentes antes señalados hayan obtenido una resolución favorable en contra del oficios de presunción y/o de resolución definitiva, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes, por lo cual, se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal.
Ciudad de México, a 09 de noviembre de 2022.- Administrador Central de Fiscalización Estratégica, C.P. José Alfredo Pérez Astorga.- Rúbrica.