ANEXO 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada el 27 de diciembre de 2022

Miércoles 28 de Diciembre de 2022

(Viene en la octava sección)

 

20/IEPS Reporte de inicio o término del proceso de producción, destilación o envasamiento (MULTI-IEPS Anexos 4 o 5)

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Reportar la fecha de inicio del proceso de producción, destilación o envasamiento, así como la fecha en que finalice el proceso de fabricación, producción y envasamiento, de alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y bebidas alcohólicas.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

·          Con 15 días de anticipación al inicio del proceso.

·          Dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que finalice el proceso.

·          Trimestral: En los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros):

https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios

·          En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en:

Ø  En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

Generación del archivo.dec:

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar.

3.     Captura los datos generales, así como los que se solicitan en los Anexos 4 y 5, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el Archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente:

Envío de la declaración:

4.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

5.     Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión.

6.     Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el Archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo.

En forma presencial:

1.     Acude a la Oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

3.     Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

En el Portal del SAT:

1.     Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y sus Anexos 4 y 5.

En forma presencial:

1.     Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar:

·          Nombre, denominación o razón social de la empresa.

·          Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·          Clave del RFC.

·          Domicilio para oír y recibir notificaciones.

·          Señalar la autoridad a la que te diriges.

·          El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción.

·          Dirección de correo electrónico.

·          Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

2.     Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

3.     Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el Archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del Archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio?

Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio?

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·       Acuse de recibo electrónico

·       Acuse de recibo del escrito libre

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 18 CFF, 19, fracciones XII, segundo párrafo, XVI de LIEPS; Regla 5.2.19. de la RMF.

 

21/IEPS Aviso de adquisición, incorporación, modificación o enajenación de equipos (MULTI-IEPS Anexo 3)

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Avisar respecto de los equipos de destilación o envasamiento de alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y de bebidas alcohólicas adquiridos o incorporados, modificados, enajenados o reparados.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Dentro de los quince días siguientes a aquél en que ocurra el supuesto.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros):

https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios

·         En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en:

Ø  En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

Generación del archivo.dec:

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar.

3.     Captura los datos generales, así como los que se solicitan en el Anexo 3, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el Archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente:

Envío de la declaración:

4.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

5.     Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión.

6.     Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el Archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo.

En forma presencial:

1.     Acude a la Oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

3.     Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

En el Portal del SAT:

1.     Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y su Anexo 3.

En forma presencial:

1.     Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar:

·            Nombre, denominación o razón social de la empresa.

·            Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·            Clave del RFC.

·            Domicilio para oír y recibir notificaciones.

·            Señalar la autoridad a la que te diriges.

·            El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción.

·            Dirección de correo electrónico.

·            Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

2.     Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

3.     Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el Archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del Archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·       Acuse de recibo.

·       Acuse de aceptación o rechazo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 18 CFF; 19, fracción, XII tercer párrafo de LIEPS; Reglas 5.2.1. y 5.2.20. de la RMF.

 

22/IEPS Informe sobre el importe y volumen de compras y ventas (MULTI-IEPS Anexo 1).

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Informa la relación de las personas a las que en el trimestre anterior al que se declara, les hubieras trasladado el impuesto especial sobre producción y servicios en forma expresa y por separado, así como la información sobre tus 50 principales clientes y proveedores del trimestre inmediato anterior, al de tu declaración y el precio de enajenación de cada producto, valor y volumen de los mismos, efectuado en el trimestre inmediato anterior.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

·          Trimestral: Durante los meses de abril, julio, octubre y enero.

·          Semestral: Durante los meses de julio y enero.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros):

        https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios

·          En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en:

Ø  En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

Generación del archivo.dec:

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar.

3.     Captura los datos generales, así como los que se solicitan en el Anexo 1, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el Archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente:

Envío de la declaración:

4.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

5.     Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión.

6.     Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el Archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo.

En forma presencial:

1.     Acude a la Oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

3.     Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

En el Portal del SAT:

1.     Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y su Anexo 1.

En forma presencial:

1.     Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar:

·          Nombre, denominación o razón social de la empresa.

·          Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·          Clave del RFC.

·          Domicilio para oír y recibir notificaciones.

·          Señalar la autoridad a la que te diriges.

·          El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción.

·          Dirección de correo electrónico.

·          Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

2.     Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

3.     Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el Archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del Archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recibo.

·          Acuse de aceptación o rechazo.

Trimestral.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 18 del CFF; 19, fracciones II, párrafos tercero, cuarto, quinto, VIII, primer párrafo, XIII de LIEPS; Reglas 5.2.15. y 5.2.21. de la RMF.

 

23/IEPS Solicitud de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC

Trámite    

Servicio   

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita tu inscripción en el padrón de contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Cuando inicies actividades de fabricación, producción, envasamiento e importación de alcohol y de bebidas alcohólicas.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/59934/inscribete-al-padron-de-contribuyentes-de-bebidas-alcoholicas-en-el-rfc

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.       Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.       En Mi Portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.       Selecciona la opción Servicios por Internet / Servicio o Solicitud / Solicitud y aparecerá un formulario.

4.       Requisita el formulario conforme a lo siguiente:

          En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción INS_BEB_ALCOHOLICAS; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Solicitud de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas; Descripción: Solicitud de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas. Para anexar la información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona los archivos digitalizados y elige Cargar.

5.       Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

6.       Revisa tu caso dentro del plazo de 10 días hábiles para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días hábiles para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

7.       Ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 10 días hábiles posteriores a la presentación del trámite, con el número de folio, para verificar la respuesta a tu aviso, en: https://wwwmat.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente:

          En “Mi Portal”, captura tu RFC e ingresa tu Contraseña; selecciona la opción: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta; captura el número de folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu aviso; si tu solicitud fue resuelta, obtendrás el Acuse de respuesta imprímelo guárdalo.

8.       En caso de no contar con respuesta, acude a las Oficinas del SAT, para recibir información adicional sobre la situación del trámite, previa cita generada en:

·          El Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/

¿Qué requisitos debo cumplir?

En el Portal del SAT:

Archivo digitalizado que contenga:

1.       Forma oficial RE-1 Solicitud de Registro al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas, el cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/resultado-busqueda?locale=1462228413195&tipobusqueda=predictiva&words=Formato+RE-1+editable

          Elige las opciones Normatividades / Formato RE 1 (editable), llénalo conforme se indica en la sección de instrucciones del propio formato, deberá estar firmado por el representante legal o contribuyente e impreso en dos tantos.

2.       Fotografías a color, con medidas mínimas de 4 x 6 pulgadas, del domicilio fiscal y del lugar donde almacenan así como de la maquinaria o equipo que utilizará para los procesos de fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas por cada equipo utilizado durante los procesos, indicando al reverso de las mismas, el domicilio en el que se encuentran (Calle, número exterior, número interior, Colonia, Localidad, Municipio, Entidad Federativa, y Código Postal, así como la marca y número de serie de dicha maquinaria y equipo).

Requisitos Específicos:

Archivo digitalizado que contenga:

1.       En caso de personas morales, manifestación escrita en hoja membretada, firmada por el representante legal en el que bajo protesta de decir verdad se relacione el nombre completo y RFC válido de los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante Fedatario Público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante de presentación de la relación de los socios, accionistas o asociados e indicar el número de identificación fiscal correspondiente.

2.       Los contribuyentes que desempeñen las actividades que se establecen dentro del Anexo I: Actividades sujetas a presentación de Aviso de Funcionamiento o que requieren Licencia Sanitaria, deberá presentar debidamente sellado el Aviso de Funcionamiento, de Responsable Sanitario y de Modificación o Baja, que acredite la notificación de funcionamiento de establecimientos de productos y servicios expedido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).

3.       Los comercializadores que realicen actividades económicas en el país de origen establecidas en los incisos ñ) al 1a), deberán presentar el contrato o convenio con un tercero en el cual acuerden la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma o Contraseña vigente.

·          En caso de representantes legales o personas físicas, deben ser mayores de 18 años y estar inscritas y activos en el RFC.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          El contribuyente, los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados cuenten con la Opinión de Cumplimiento en sentido positivo.

·          Los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados se encuentren activos en el RFC, en caso de que la información de los socios y accionistas no se encuentre actualizada en el RFC; antes de presentar este aviso, debes proporcionar su información en términos de la ficha de trámite 295/CFF “Aviso de actualización de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral”, utilizando la opción SOCIOS Y ACCIONISTAS PCBA.

        La situación del domicilio fiscal y del contribuyente debe ser localizado. Para verificar la situación del domicilio puedes visualizarlo en la Constancia de Situación Fiscal. En caso de no estar localizado, ingresa un caso de aclaración selecciona la opción VERIFICACIÓN DE DOMICILIO, conforme a al procedimiento señalado en la ficha de trámite 126/CFF.“

·          No encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, cuarto párrafo del Código, con excepción la fracción VI del referido artículo 69.

·          Estar inscrito y activo en el RFC, teniendo registradas por lo menos una de las siguientes actividades económicas:

a)      Producción, fabricación o envasado de vinos de mesa.

b)      Producción, fabricación o envasado de otras bebidas a base de uva.

c)      Producción, fabricación o envasado de vinos de mesa con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.

d)      Producción, fabricación o envasado de otras bebidas a base de uva con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.

e)      Producción, fabricación o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas.

f)       Producción, fabricación o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.

g)      Producción, fabricación o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña.

h)      Producción, fabricación o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.

i)       Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave.

j)       Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.

k)      Producción, fabricación o envasado de alcohol

l)        Producción, fabricación o envasado de otras bebidas destiladas.

m)      Comercio al por mayor de vinos de mesa.

n)      Comercio al por mayor de otras bebidas a base de uva.

ñ)      Comercio al por mayor de sidra y otras bebidas fermentadas.

o)      Comercio al por mayor de ron y otras bebidas destiladas de caña.

p)      Comercio al por mayor de bebidas destiladas de agave.

q)      Comercio al por mayor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte.

r)       Comercio al por menor de vinos de mesa.

s)      Comercio al por menor de otras bebidas a base de uva.

t)       Comercio al por menor de sidra y otras bebidas fermentadas.

u)      Comercio al por menor de ron y otras bebidas destiladas de caña.

v)      Comercio al por menor de bebidas destiladas de agave.

w)      Comercio al por menor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte.

x)      Venta de alcohol.

·          Para el caso de los comercializadores, la persona con la que se celebrará el contrato (el tercero) deberá estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de bebidas alcohólicas en el RFC.

·          La autoridad validará, para efectos de los incisos del a) al l) de la presente ficha de trámite, la presentación del Anexo 3 de la “Declaración Informativa Múltiple del IEPS”, “MULTI-IEPS”.

·          Estar inscrito en el Padrón de Importadores en el caso de que se importe alcohol y bebidas alcohólicas y se realicen actividades económicas establecidas en los incisos m) a la x) de la presente ficha de trámite

·          Tener registrados y en estatus de abierto los establecimientos que se utilicen para fabricar, producir, envasar o almacenar bebidas alcohólicas indicadas en los incisos a) al n), cuando sean distintos al domicilio fiscal.

·          Para el caso de personas físicas, éstas deben realizar actividades empresariales y profesionales, o estar inscrito en el Régimen Simplificado de Confianza.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción

·          Presencial en la oficina del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal, previa cita, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          La autoridad validará tu información, si es procedente la solicitud se realiza la inscripción en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas y recibes Acuse de respuesta.

·          En caso contrario en el mencionado Acuse de respuesta se indica el motivo por el cual no procedió la solicitud.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

45 días naturales.

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Concluido el trámite recibirás el acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

        Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

        Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·          Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados las oficinas del SAT.

·          MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·          En el caso de que proceda la inscripción al padrón, se asignará al contribuyente un número de identificación dentro del Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC, así como en las declaraciones informativas que lo soliciten.

·          El cumplimiento de los requisitos para estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC, no exime del cumplimiento de las demás obligaciones que establezcan las disposiciones fiscales.

·          El representante legal que firma el formato RE-1, también está autorizado para recoger marbetes.

·          Cuando se incurra en alguna de las causales previstas en la regla 5.2.23 de la RMF, se procederá a la baja en el PCBA, la notificación correspondiente se hará a través de buzón tributario.

Fundamento jurídico

Artículos: 27, 32-D, 69, 69-B, cuarto párrafo del CFF; 19 de la LIEPS; Reglas 2.1.37., 5.2.5., 5.2.9., 5.2.23., 5.3.1. y 5.3.2. de la RMF.

 

24/IEPS (Se deroga)

 

25/IEPS Informe trimestral de litros producidos de bebidas con contenido alcohólico y cerveza de más de 20º GL (MULTI-IEPS Anexos 4 o 5)

Trámite

Servicio

Descripción del trámite o servicio

Monto

Informa el número de litros producidos del trimestre inmediato anterior.

*        Gratuito

*        Pago de derechos

Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Trimestral: Durante los meses de abril, julio, octubre y enero.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros):

        https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios

·          En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en:

Ø  En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

Generación del archivo.dec:

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar.

3.     Captura los datos generales, así como los que se solicitan en los Anexos 4 y 5, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el Archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente:

Envío de la declaración:

4.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

5.     Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión.

6.     Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el Archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo.

En forma presencial:

1.     Acude a la Oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

3.     Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

En el Portal del SAT:

1.     Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y sus Anexos 4 y 5.

En forma presencial:

2.     Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar:

·          Nombre, denominación o razón social de la empresa.

·          Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·          Clave del RFC.

·          Domicilio para oír y recibir notificaciones.

·          Señalar la autoridad a la que te diriges.

·          El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción.

·          Dirección de correo electrónico.

·          Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

3.     Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

4.     Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el Archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del Archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recibo.

·          Acuse de aceptación o rechazo.

Trimestral.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 18 del CFF; 5-D, último párrafo, 19, fracción XVI de la LIEPS; Regla 5.2.26. de la RMF.

 

26/IEPS (Se deroga)

 

27/IEPS (Se deroga)

 

28/IEPS (Se deroga)

 

29/IEPS Aviso por fallas en los sistemas de cómputo.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el aviso por fallas en los sistemas de cómputo.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales que en forma habitual realizan juegos con apuestas y sorteos que presenten fallas en sus sistemas de cómputo, ya sea directamente o a través del Proveedor de Servicio Autorizado con quien hayan contratado.

Dentro de los dos días hábiles siguientes a aquél en que suceda la falla en los sistemas de cómputo no imputables al contribuyente.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Oficina del SAT más cercana a tu domicilio, que podrás encontrar al ingresar en la siguiente liga: https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

Ø  Para personas físicas:

        https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20777/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales

·          Para personas morales:

        https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20430/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales-para-tu-empresa

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En forma presencial:

1.     Acude a las Oficinas del SAT.

2.     Lleva contigo escrito libre acompañado con la evidencia de la falla (archivo electrónico) presentada para la transmisión del reporte mensual de operaciones.

3.     Entrega tu escrito con la evidencia al personal que atenderá el trámite.

4.     Recibe y conserva un tanto del escrito libre con sello de la autoridad como “Acuse de recepción”.

En el Portal del SAT:

1.     Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra tu RFC, Contraseña, Captcha, o selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     Selecciona Otros trámites y servicios, en el apartado Avisos ubica el aviso que deseas presentar, y elige INICIAR.

4.     Verifica que tus datos sean correctos y en Adjuntar archivo, elige Examinar, selecciona el documento que acompañarás a tu promoción, y oprime Abrir. En seguida visualizarás la opción Adjuntar, una vez adjunta toda la documentación, oprime Enviar.

5.     En Firmar promoción firmarás tu solicitud con tu e.firma.

6.     En seguida el sistema te va a generar en formato .pdf: Acuse de recepción de promoción.

7.     Para salir de tu buzón tributario, elegirás la opción Cerrar sesión.

¿Qué requisitos debo cumplir?

En forma presencial:

Lleva contigo escrito libre en dos tantos (conteniendo los datos de identificación del contribuyente que reporta la inconsistencia) acompañado con la evidencia de la falla (archivo electrónico) presentada para la transmisión del reporte mensual de operaciones.

En el Portal del SAT:

Envía archivo digitalizado en formato .pdf que contenga el informe detallado que provocó la falla en los sistemas de cómputo, así como los archivos electrónicos de la evidencia que acredite la falla manifestada.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

1.     Contar con e.firma.

2.     Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Corrección en el Sistema de Juegos con Apuestas y Sorteos, de la falla reportada, para que el Proveedor de Servicio Autorizado trasmita su reporte mensual. A través del correo electrónico juegosysorteos@sat.gob.mx se informará de la solución de la falla.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Al momento de realizar tu trámite obtendrás un Acuse de Recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponible en el buzón tributario, deberá presentarse mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal ante una Oficina del SAT.

La documentación e información señalada en requisitos, deberá digitalizarse en formato PDF, sin que cada archivo exceda los 3 MB, si el peso del archivo es mayor, debe ajustarlo dividiéndolo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas y adjuntarlos, en cualquiera de los diversos campos de la solicitud electrónica.

Fundamento jurídico

Artículos: 2, 20 de la LIEPS; Reglas 5.2.34., 5.2.36., 5.2.37., Anexo 17, Apartado D de la RMF.

 

30/IEPS Aviso de asignación de claves para producir e importar nuevas marcas de tabacos labrados.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el aviso de asignación de claves para producir e importar nuevas marcas de tabacos labrados.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas o morales, productores e importadores de tabacos labrados.

Con quince días de anticipación, a la primera enajenación al público en general de las nuevas marcas de tabacos labrados.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/login/23934/solicita-asignacion-de-clave-para-producir-e-importar-nuevas-marcas-de-tabacos-labrados

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     Llena el formulario Avisos AGJ; revisa que tus datos en Datos del contribuyente sean correctos; en Período elige el año del Ejercicio; en Aviso que presenta selecciona Aviso para la asignación de marca de tabacos labrados; en Manifiestos captura los manifiestos según corresponda; selecciona el botón Adjuntar archivos / Examinar, selecciona el archivo electrónico con el aviso para informar las nuevas claves de marca de tabacos; oprime Enviar, si lo deseas puedes guardar o imprimir tu acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo digitalizado con aviso para informar las nuevas claves de marcas de tabacos, las cuales, deberán de contener la descripción y características del producto en cuestión.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma y Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

A través de buzón tributario, se emitirá oficio de respuesta.

No.

Resolución del trámite o servicio

Oficio de respuesta, a través de buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

1 mes.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·       La asignación de las nuevas claves, deberá realizarse de conformidad con el Apartado “Claves de marcas de tabacos labrados” del Rubro B. “Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados” del Anexo 11 de la RMF.

·       Presentada la solicitud, la(s) nueva(s) clave(s) de marca se dará(n) de alta en el Catálogo de Claves de marcas de tabacos labrados, contenido en el programa electrónico MULTI-IEPS.

·       La(s) nueva(s) clave(s) de marca, será(n) incorporada(s) en la modificación al Anexo 11 de la RMF.

Fundamento jurídico

Artículo 19 de la LIEPS; Regla 5.2.28. de la RMF; Anexo 11 de la RMF, Rubro B.

 

31/IEPS Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como Proveedor de Servicio Autorizado (PSA) para juegos con apuestas y sorteos

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Renueva por el siguiente ejercicio fiscal tu autorización como Proveedor de Servicio Autorizado, y exhibe la garantía por el periodo por el que se renovará la autorización.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los Proveedores de Servicio Autorizado (PSA).

Cada año, en el mes de octubre.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/78258/renueva-tu-autorizacion-para-continuar-fungiendo-como-proveedor-de-servicio-autorizado-(psa)

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     Llena el formulario Aviso del proveedor de servicio autorizado (PSA) para juegos con apuestas y sorteos; revisa que tus datos en Datos del contribuyente sean correctos; en Período elige el año del Ejercicio por el que renuevas tu autorización; en Manifiesto selecciona el cuadro que menciona Bajo protesta de decir verdad que la información que se proporciona es cierta; en Información selecciona Enviar; en el apartado Adjuntar archivo elige seleccionar archivo, selecciona la Documentación Relacionada y Adjuntar, selecciona el documento que acompañará tu promoción, oprime las opciones Abrir y Adjuntar, y Aparecerá el Nombre del archivo en la parte inferior del apartado, mismo que podrás eliminar en caso de ser necesario, seleccionando X y aparecerá el siguiente mensaje: El documento se eliminó correctamente y elige Aceptar; en Información selecciona Enviar; en seguida el sistema te va a generar en formato PDF: Acuse de recepción de promoción, el cual incluye el Número de Asunto con el que fue recibido.

·          En caso de no desees enviar el Aviso, selecciona Cancelar.

·          Si deseas imprimir tu acuse nuevamente, elige la opción Reimpresión de acuse.

4.     Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo digitalizado que contenga:

1.     Manifestación bajo protesta de decir verdad:

·          Que continúas reuniendo y cumpliendo en todo momento por el ejercicio en que se renueve tu autorización, con los requisitos y obligaciones establecidos en la regla 5.2.37. de la RMF, así como en el Anexo 17 de dicha Resolución, apartados C y I que cuentan con la certificación emitida por el Órgano Certificador autorizado por el SAT.

·          Garantía (fianza) en formato XML, la digitalización de su representación impresa y el Comprobante Fiscal Digital por Internet, comprobante de pago y en su caso, el complemento de pago que amparen el pago total de la prima por el periodo por el que se pretende renovar la autorización; tratándose de Carta de crédito se deberá enviar ésta en archivo pdf, dicha garantía deberá ser expedida a favor de la Tesorería de la Federación y deberá contener el siguiente texto:

        “Para garantizar por (nombre del PSA), con domicilio en (domicilio fiscal), y Registro Federal de Contribuyentes (clave asignada en el RFC del PSA), el pago de cualquier daño o perjuicio que por impericia o incumplimiento de la normatividad establecida en la RMF, sus anexos y la que se dé a conocer a través del Portal del SAT que regule la función del PSA, se ocasione al fisco federal o a un tercero. Lo anterior de conformidad con las reglas 5.2.36. y 5.2.37. de la RMF, así como del Anexo 17 de dicha Resolución apartados C y I.”

        Garantizando hasta por un monto de $5’000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.), con vigencia del (inicio del periodo de renovación) al 31 de diciembre de ____)”.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma.

·          Contar con Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          Para el Aviso: Trámite inmediato.

·          Para la garantía: a través de buzón tributario, solo cuando no cumplas con la totalidad de los requisitos, se te emitirá el requerimiento correspondiente.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          Para el Aviso: Trámite inmediato, ya que únicamente obtienes tu acuse de recibo.

·          Para la garantía:

·          Si presentaste correctamente toda la documentación, la información como Proveedor de Servicio Autorizado seguirá publicada en el Portal del SAT.

·          En el caso de que la garantía se presente de manera incompleta, se te emitirá requerimiento, a través del cual, se te solicitará que subsanes la inconsistencia, el cual, será notificado a través de buzón tributario.

·          En caso de no haberla subsanado en los términos y plazo indicados en el requerimiento, se te notificará el oficio de no renovación de la autorización, el cual se te notificará a través de buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Para el Aviso y garantía:

·          Acuse de recibo.

1 año.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

La documentación e información señalada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, deberás digitalizar en formato PDF, sin que cada archivo exceda los 4 MB, si el peso del archivo es mayor, debe ajustarlo dividiéndolo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas y adjuntarlos en cualquiera de los diversos campos de la solicitud electrónica.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 18-A del CFF; 20, fracción II de la LIEPS; Reglas 5.2.36. y 5.2.37. de la RMF.

 

32/IEPS (Se deroga)

 

33/IEPS (Se deroga)

 

34/IEPS (Se deroga)

 

35/IEPS (Se deroga)

 

36/IEPS Solicitud de Códigos de Seguridad para impresión

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este trámite para solicitar códigos de seguridad para imprimir en las cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados para su venta en México.

    Gratuito

    Pago de derechos

Costo: Variable

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas morales, productores, fabricantes e importadores de cigarros u otros tabacos labrados que deseen solicitar códigos de seguridad.

Cuando los requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/tramites/87578/solicitud-de-codigos-de-seguridad-para-su-impresion-en-cajetillas-de-cigarros.

·          Conexión con entidades externas o terceros de conformidad con el Anexo 26 “Códigos de Seguridad en cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano, para la Industria Tabacalera a través de servicios” de la RMF.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Selecciona el botón INICIAR.

3.     Captura tu e.firma y elige el botón Enviar.

4.     Selecciona las opciones Solicitud de códigos / Solicitar código.

5.     Requisita el formulario, que deberás llenar conforme a lo siguiente:

        En RFC Contribuyente: Selecciona tu RFC; en Razón social: Elige el nombre o denominación de la empresa; en RFC proveedor: Selecciona de la lista desplegable el nombre del proveedor autorizado por el Servicio de Administración Tributaria; en Razón social Proveedor: Este campo se mostrará de manera automática; en Tipo de contribuyente: Selecciona si eres FABRICANTE, IMPORTADOR o AMBOS; en Cantidad de códigos: Captura la cantidad de códigos que vas a solicitar; en Origen: Elige el país de origen de la fabricación o importación de las cajetillas de cigarros y otros tabacos labrados; en el Importe correspondiente aparecerá de forma automática el monto que debes pagar. En el apartado Pago de derechos DPA´S captura lo siguiente:

·       Llave de pago: Código alfanumérico detallado en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? de esta ficha (Debes capturar la llave de pago respetando números y mayúsculas, podrás agregar más de una llave de pago con su importe correspondiente para completar la cantidad requerida, las llaves de pago que utilices en una solicitud, no podrás utilizarlas en otra).

·       Cantidad pagada: Importe correspondiente a la llave de pago (Los pagos se validarán automáticamente, si todo está correcto la página de códigos de seguridad te permitirá continuar o bien, si no se puede validar en ese momento y la llave es válida el sistema mostrará el siguiente mensaje: El pago no se ha reflejado en los sistemas del SAT, el pago se validará automáticamente más tarde).

·       Fecha de pago: Selecciona el icono del calendario la fecha en que se realizó el pago.

Selecciona el botón Agregar Pago, los datos capturados en la parte superior se reflejarán en la tabla inferior

6.     Elige el botón Solicitar y Captura tu e.firma.

7.     Oprime la opción Imprimir acuse que contiene el número de folio con el que podrás dar seguimiento a tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Encontrarte registrado en términos de la ficha de trámite 43/IEPS “Solicitud que deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados en el Portal del SAT, de incorporación para la obtención de Códigos de Seguridad”, del presente Anexo.

2.     Haber realizado el pago de derechos, productos y aprovechamientos DPA para contar con la llave de pago (código alfanumérico a diez posiciones) la cual se visualiza en el recibo bancario correspondiente.

3.     Que la autoridad competente no hubiese notificado que has hecho un uso incorrecto de los códigos de seguridad, entendiéndose por uso incorrecto, entre otros, el haber cometido alguna de las infracciones a que se refiere el artículo 86-G del CFF, y que a la fecha de tu solicitud no hayas resuelto tu situación jurídica, y/o que exista carpeta de investigación por alguno de los delitos establecidos en el artículo 113, fracciones I y III del citado Código, o de los contenidos en los artículos 108 y 109 del propio ordenamiento o no hayas incurrido en alguno de los supuestos señalados en el artículo 110 del CFF a la fecha de su solicitud.

4.     Proporcionar la información relacionada a la impresión de códigos de seguridad autorizados con anterioridad, a la que se refiere el artículo 19 fracción XXII, incisos c) y d) de la LIEPS.

5.     Que la autoridad competente, no notifique al SAT, el incumplimiento de las medidas sanitarias en materia de cigarros y tabacos labrados que al efecto establezcan las disposiciones jurídicas respectivas.

6.     Que hayas presentado la declaración informativa a que se refiere el artículo 19, fracciones IV y IX de la LIEPS.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma y Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.

·          No estar publicado en la lista a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del CFF.

·          No encontrarse restringido en el uso del Certificado de Sello Digital.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          Ingresando al siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/tramites/87578/solicitud-de-codigos-de-seguridad-para-su-impresion-en-cajetillas-de-cigarros.

·          Oprime el botón INICIAR; Captura tu e.firma y elige el botón Enviar; ingresa y selecciona Mis Solicitudes; verifica el estatus de tú solicitud.

·          Ingresa a la liga: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

·          Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión Ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Solicitud y aparecerá un formulario.

·          Requisita el formulario conforme a lo que a continuación se describe: En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Estatus de solicitud; Descripción: Se solicita estatus de solicitud de códigos de seguridad (es importante especificar el número y fecha de la misma); Si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo/ Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu consulta, imprímelo o guárdalo.

·          Vía telefónica en MarcaSAT desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          De igual forma, la autoridad te notificará por buzón tributario el oficio de resolución de tú solicitud conforme a lo siguiente: Ingresa a https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion captura tu e.firma y contraseña; selecciona Enviar; elige Mis notificaciones y descarga tu oficio de resolución de solicitudes de códigos de seguridad.

·          En el supuesto de que tu solicitud sea resuelta de manera positiva, descarga los códigos de seguridad como a continuación se te indica:

Ø  Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, selecciona el botón INICIAR; captura tu e.firma y elige el botón Enviar; selecciona la pestaña Descargar Códigos; elige de la lista desplegable el RFC del contribuyente; captura el folio de tu solicitud y oprime el botón Buscar; el sistema te mostrará los resultados de búsqueda en la tabla inferior; de dicha tabla verifica que el estatus de tu solicitud haya cambiado de AUTORIZADA a GENERADA; descarga el archivo TXT que contiene los códigos de seguridad; captura tu e.firma y contraseña; abre el archivo y verifica los folios asignados.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

15 días hábiles.

15 días hábiles.

15 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Oficio de resolución de solicitudes de códigos de seguridad (autorización o rechazo).

Indefinida.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·          La autoridad podrá rechazar tu solicitud de códigos de seguridad en el supuesto de incumplimiento en algunos de los requisitos y condiciones establecidos.

·          En un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del registro de tu solicitud, la autoridad podrá requerirte información adicional para constatar el uso correcto de códigos de seguridad autorizados con anterioridad.

·          Los códigos de seguridad tienen una vigencia 120 días naturales contados a partir de la fecha en que fueron autorizados, los códigos que no utilizaste dentro de este plazo quedarán fuera de uso y no serán objeto de reposición, asimismo los debes reportar en el Portal del SAT como desperdicio.

·          Para que los productores, fabricantes e importadores de cigarros u otros tabacos labrados con excepción a puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano, puedan obtener códigos de seguridad, es indispensable que sus claves de marcas registradas y publicadas en el Apartado B Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados del Anexo 11 de la RMF se encuentren vigentes. El costo del código de seguridad establecido en el artículo 53-I de la LFD, se actualizará de acuerdo a lo señalado en el Anexo 19 de la RMF.

·          Las solicitudes de códigos de seguridad se deberán realizar en múltiplos de 10,000 y únicamente se podrán requerir máximo 25,000,000 códigos por solicitud.

Fundamento jurídico

Artículos: 69-B cuarto párrafo, 86-G, 108, 109, 110, 113, fracciones I y III del CFF; 19 fracción, XXII de la LIEPS; 53-I de la LFD; Reglas 2.1.37., 5.2.29., 5.2.30., y 5.2.32. y Anexo 19 de la RMF.

 

37/IEPS   (Se deroga)

 

38/IEPS (Se deroga)

 

39/IEPS (Se deroga)

 

40/IEPS (Se deroga)

 

41/IEPS Aviso de exportación definitiva de bienes a que se refiere la fracción I, inciso J) del artículo 2 de la Ley del IEPS.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

A través de este trámite podrás presentar el aviso de exportación definitiva de alimentos no básicos con alta densidad calórica.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los comercializadores que sean partes relacionadas de fabricantes o productores de alimentos no básicos con alta densidad calórica.

Dentro de los 15 días anteriores a que se lleve a cabo la exportación definitiva de los bienes.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     En Mi Portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá un formulario.

4.     Requisita el formulario conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite elige conforme a tu solicitud; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Aviso de exportación definitiva de alimentos no básicos; Descripción: Se presenta el aviso de exportación definitiva de alimentos no básicos con alta densidad calórica. Para anexar la información relacionada con el servicio, oprime Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el archivo con las características que se indican en el apartado de Información adicional y elige Cargar.

5.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio de tu aviso, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

·          Archivo digitalizado con la manifestación, bajo protesta de decir verdad que es parte relacionada de los fabricantes o productores, de los cuales realiza la exportación de los bienes.

·          Documentos que acrediten que más del 80% de sus acciones con derecho a voto son propiedad del fabricante o productor.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Una vez que envías la información, obtendrás tu acuse de recibo.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

 

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 2, fracción III Ley del IEPS; Regla 5.1.10. de la RMF.

 

42/IEPS Aviso de suscripción, modificación o revocación de contrato de prestación de servicios que celebren los PSA con Operadores y/o Permisionarios.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el aviso de suscripción, modificación o revocación de contrato de prestación de servicios que celebren los Proveedores de Servicio Autorizado (PSA) con Operadores y/o Permisionarios en materia de Juegos con Apuestas y Sorteos.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los Proveedores de Servicio Autorizado (PSA) que celebren contrato, modifiquen o revoquen el mismo, con Operadores y/o Permisionarios de Juegos con Apuestas y Sorteos.

Dentro de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se llevó a cabo la celebración, modificación o revocación del contrato de prestación de servicios con el Operador y/o Permisionario.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

·          Para personas físicas:

        https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20777/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales

·          Para personas morales:

        https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20430/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales-para-tu-empresa

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra tú RFC, Contraseña, Captcha, o selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     Selecciona Otros trámites y servicios, en el apartado Avisos ubica el aviso que deseas presentar, y elige INICIAR.

4.     Verifica que tus datos sean correctos y en Adjuntar archivo, elige Examinar, selecciona el documento que acompañarás a tu promoción, y oprime Abrir. En seguida visualizarás la opción Adjuntar, una vez adjunta toda la documentación oprime Enviar.

5.     En Firmar promoción firmarás tu solicitud con tu e.firma.

6.     En seguida el sistema te va a generar en formato .pdf: Acuse de recepción de promoción.

7.     Para salir de tu buzón tributario, elegirás la opción Cerrar sesión.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Envía archivos digitalizado en formato .pdf, con la siguiente información y documentación:

1.     Manifestación bajo protesta de decir verdad que la información que proporciona es cierta.

2.     Contrato celebrado, revocado o modificado con Operadores y/o Permisionarios de Juegos con Apuestas y Sorteos.

3.     Si la documentación adjunta se encuentra ilegible o incompleta, el SAT lo hará del conocimiento a través de buzón tributario.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

1.     Contar con e.firma.

2.     Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Tramite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Actualización en el Sistema de Juegos con Apuestas y Sorteos del vínculo existente del Proveedor de Servicio Autorizado PSA con el Operador y/o Permisionario de Juegos con Apuestas y Sorteos.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Al momento de realizar tu trámite obtendrás un Acuse de Recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·        MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 2, 20, fracción II Ley del IEPS; Reglas 5.2.36. y 5.2.37; Anexo 17, Apartado J, de la RMF.

 

43/IEPS Solicitud que deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados en el Portal del SAT, de incorporación para la obtención de códigos de seguridad.

Trámite    

Servicio   

Descripción del trámite o servicio

Monto

Este trámite te permite solicitar la autorización para incorporarte y posteriormente puedas solicitar códigos de seguridad para imprimir en las cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano que se comercialicen en México.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los contribuyentes que efectúen la producción, fabricación e importación de cigarros u otros tabacos labrados a excepción de los hechos enteramente a mano para su venta en México.

Cuando desees obtener Códigos de Seguridad por primera vez.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal:

https://www.sat.gob.mx/tramites/26367/aviso-que-deberan-presentar-los-productores,-fabricantes-e-importadores-de-cigarros-y-otros-tabacos-labrados-en-el-portal-del-sat-para-poder-ingresar-solicitudes-de-codigos-de-seguridad

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.       Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña y oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet; posteriormente Orientación fiscal y Solicitud; requisita el formulario conforme a lo siguiente:

·          En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Aviso que deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados en el Portal del SAT para poder ingresar solicitudes de códigos de seguridad; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías y el motivo, para anexar los documentos relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar.

2.       El sistema te mostrará el mensaje Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio (el numero será asignado por el sistema).

3.       Selecciona el botón Acuse de Recepción; imprímelo o guárdalo (si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación, elige el botón Cancelación del Servicio).

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.       Ser persona moral con residencia en México que tribute conforme al Título II de la Ley del ISR o, si eres residente en el extranjero, cuentes con establecimiento permanente en el país.

2.       Acreditar que tu objeto principal es la producción, fabricación o importación de cigarros y otros tabacos labrados. (Adjuntar Acta Constitutiva).

3.       Escrito libre digitalizado en formato PDF en el cual manifiestes bajo protesta de decir verdad la siguiente información:

·          Denominación o Razón social y RFC de la persona moral.

·          Nombre y RFC del o los representantes (s) legal (es), (adjuntar instrumento notarial que acredite la personalidad e identificación oficial para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo).

·          Domicilio fiscal o en caso de ser una persona moral con residencia en el extranjero, el domicilio del establecimiento permanente en México.

·          El tipo de usuario, es decir, productor y/o fabricante e importador o ambos.

·          Correo electrónico y número telefónico de la persona moral y del o los representantes(s) legal(es).

·          El nombre de las máquinas y/o identificador de las mismas. Clave (identificador único de la planta) y su ubicación (país, entidad, ciudad) que utilizan para la producción o fabricación de cigarros u otros tabacos labrados.

4.       Contar con el registro correspondiente en el Apartado B Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados del Anexo 11 de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma y Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.

·          No estar publicado en la lista a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del CFF.

·          Contar con CSD.

·          Tener registrados en el RFC los establecimientos que se utilicen para producir, fabricar los cigarros y otros tabacos labrados.

·          Estar inscrito y activo en el RFC, teniendo registradas por lo menos una de las siguientes actividades económicas:

·          Comercio al por mayor de cigarros, puros y tabaco.

·          Elaboración, fabricación y producción de cigarros.

·          Elaboración fabricación y producción de puros y otros tabacos labrados.

·          Comercio al por menor de cigarros, puros y tabaco.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Puedes consultar el estatus de tu solicitud de marbetes y/o precintos en los siguientes medios:

·          Ingresa a la liga https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

·          Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión; Ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Consulta (Consulte el estatus o respuesta a su solicitud de orientación fiscal); posteriormente registra en el campo Número de Folio el folio que el sistema te generó al momento del registro de tu trámite y oprime el botón Buscar; verifica tu respuesta.

·          MarcaSAT desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad.

No.

Resolución del trámite o servicio

En un plazo de 10 días hábiles verifica la resolución de trámite como se señala en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

10 días hábiles.

10 días hábiles.

10 días. hábiles. contados a partir del día siguiente de la notificación del requerimiento.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recepción.

·          Oficio de resolución (autorización o rechazo).

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

        Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad.

        Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·          MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

El aviso no tiene vigencia, sin embargo, en el supuesto de que exista alguna modificación en la información presentada, deberás ingresar nuevamente el aviso.

La autoridad en un plazo de 10 días hábiles podrá requerir información adicional con la finalidad de verificar los requisitos señalados en esta ficha y contarás con 10 días hábiles para atender la solicitud de información, contados a partir del día siguiente de la notificación.

Fundamento jurídico

Artículos: 69-B del CFF; fracción XXII de la LIEPS; Reglas 5.2.29., 5.2.30. y 5.2.48 de la RMF.

 

44/IEPS Aviso del operador o permisionario que opta por contratar los servicios de un Proveedor de Servicio Autorizado (PSA).

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el aviso de suscripción del contrato de prestación de servicios que celebras como Operador y/o Permisionario con el Proveedor de Servicio Autorizado (PSA), en materia de Juegos con Apuestas y Sorteos.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los Operadores y/o Permisionarios de Juegos con Apuestas y Sorteos que optan por la facilidad de contratar un Proveedor de Servicio Autorizado.

Dentro de los quince días naturales siguientes a aquél en que se llevó a cabo la suscripción del contrato de prestación de servicios con el Proveedor de Servicio Autorizado.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

·          Para personas físicas:

        https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20777/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales

·          Para personas morales:

        https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20430/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales-para-tu-empresa

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra tu RFC, Contraseña, Captcha, o selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     Selecciona Otros trámites y servicios, en el apartado Avisos ubica el aviso que deseas presentar, y elige INICIAR.

4.     Verifica que tus datos sean correctos y en Adjuntar archivo, elige Examinar, selecciona el documento que acompañarás a tu promoción, y oprime Abrir. En seguida visualizarás la opción Adjuntar, una vez adjunta toda la documentación oprime Enviar.

5.     En Firmar promoción firmarás tu solicitud con tu e.firma.

6.     En seguida el sistema te va a generar en formato .pdf: Acuse de recepción de promoción.

7.     Para salir de tu buzón tributario, elegirás la opción Cerrar sesión.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Envía archivos digitalizado en formato .pdf, con la siguiente información y documentación:

1.     Manifestación bajo protesta de decir verdad que la información que proporciona es cierta.

2.     Contrato firmado con el Proveedor de Servicio Autorizado (PSA).

3.     Si la documentación adjunta se encuentra ilegible o incompleta, el SAT lo hará del conocimiento a través de buzón tributario.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

1.     Contar con e.firma.

2.     Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Tramite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Actualización en el Sistema de Juegos con Apuestas y Sorteos del vínculo existente del Operador y/o Permisionario de Juegos con Apuestas y Sorteos con el Proveedor de Servicio Autorizado (PSA) que presentará la información de sus operaciones de forma mensual.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Al momento de realizar tu trámite obtendrás un Acuse de Recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 2, 20, fracción II Ley del IEPS; Reglas 5.2.36. y 5.2.38. de la RMF.

 

45/IEPS (Se deroga)

 

46/IEPS Solicitud para obtener folios para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este trámite para solicitar la autorización para obtener folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los contribuyentes inscritos en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas que tengan la obligación a la que se refiere el artículo 19, fracción V de la LIEPS.

Cuando requieras solicitar folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos por primera vez para marcas específicas.

¿Dónde puedo presentarlo?

 En el Portal del SAT, a través de Mi Portal:

https://www.sat.gob.mx/tramites/77229/solicitud-para-obtener-folios-electronicos-para-la-impresion-digital-de-marbetes

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña y oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet; posteriormente Orientación fiscal y Solicitud; requisita el formulario conforme a lo siguiente:

·          En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Solicitud para obtener folios autorizados para impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías y el motivo; para anexar la documentación relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar.

2.     El sistema te mostrará el mensaje Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio (el numero será asignado por el sistema).

3.     Selecciona el botón Acuse de Recepción; imprímelo o guárdalo (si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación, seleccionando el botón Cancelación del Servicio).

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Estar inscrito con el estatus de Alta en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC.

2.     Archivo electrónico digitalizado formato PDF que contenga lo siguiente:

·          La manifestación bajo protesta de decir verdad que en los doce meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud hayan pagado un monto igual o mayor a $200,000,000.00 (doscientos millones de pesos M.N. 00/100) por concepto de ISR o $20,000,000.00 (veinte millones de pesos M.N. 00/100) por concepto de IEPS.

·          La especificación de las marcas de las que deseas solicitar los folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas y que para dichas marcas hayas utilizado en el ejercicio inmediato anterior la cantidad igual o superior a 100,000 marbetes físicos.

·          Especificación del número asignado del producto o productos (SKU), registrados en el Formato Electrónico de Marbetes (FEM) del Portal del SAT, asociados a las marcas.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma y Contraseña.

·          Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.

·          No estar publicado en la lista a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del CFF.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          No encontrarse restringido en el uso del CSD.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o Servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Puedes consultar el estatus de tu solicitud de marbetes electrónicos en el siguiente medio:

·          Ingresa a la liga https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

·          Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión; ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Consulta, registra en el campo Número de Folio, el folio que el sistema te generó al momento del registro de tu trámite y oprime el botón Buscar; verifica tu respuesta.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          En un plazo de 5 días hábiles verifica la respuesta de tu trámite como se señala en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?, en el supuesto de que obtengas autorización podrás consultar en ese mismo medio el dictamen de uso de imagen y diseño para la impresión de marbetes electrónicos y sus anexos.

·          Asimismo, la autoridad te notificará la resolución correspondiente vía buzón tributario para lo cual debes considerar lo siguiente: Ingresa a https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion captura tu e.firma o contraseña; selecciona Enviar; elige Mis notificaciones y descargar tu oficio de resolución.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

5 días hábiles.

5 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recepción.

·          Oficio de resolución (autorización o rechazo).

·          En su caso, requerimiento de información.

·          Dictamen de uso de imagen y diseño, acompañado de sus anexos, excepto cuando se trate de renovación y el diseño al que se refiere la fracción II de la regla 5.2.6. de la RMF, no haya sufrido cambios, o bien la etiqueta del producto no se haya modificado.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·          En caso de que desees solicitar folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos para una marca distinta, debes presentar una nueva solicitud en términos de esta ficha.

·          La autoridad en un plazo de 5 días hábiles podrá requerirte información adicional con la finalidad de verificar los requisitos a los que se refiere esta ficha, la cual deberás proporcionar en un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la notificación del requerimiento, en el supuesto de que no desahogues dicho requerimiento en tiempo y forma, se tendrá por no presentada la solicitud.

·          Para el cumplimiento del requisito señalado en el numeral 2 del apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? de esta ficha, referente al cumplimiento de la cantidad igual o superior de 100,000 marbetes físicos solicitados y adheridos en el ejercicio inmediato anterior, se podrá cumplir, con la suma de los marbetes físicos adheridos a los productos de la misma categoría o familia en sus diferentes presentaciones.

·          El Dictamen de uso de imagen y diseño y sus anexos tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal, por lo que, dentro de los 15 días hábiles previos a su vencimiento, debes solicitar a esta autoridad a través del Portal del SAT, la renovación del referido Dictamen. En el supuesto de que el diseño del marbete electrónico a que se refiere la fracción II de la regla 5.2.6. de la RMF, no se modifique y la etiqueta o contraetiqueta en la cual se imprimirá el marbete electrónico no sufra cambios, únicamente recibirás por parte de la autoridad el documento a través del cual se renueve la vigencia del Dictamen y no será necesario presentar la solicitud prevista en la ficha de trámite 47/IEPS del presente Anexo, para informar a la autoridad las medidas de seguridad que utilizarás para la impresión de marbetes electrónicos.

·          En el supuesto de que, por la forma del envase, dimensión o las características de la etiqueta o contra etiqueta del mismo y toda vez que la regla 5.2.6. de la RMF, señala la opción de poder variar el tamaño establecido para el marbete electrónico, deberás solicitar mediante escrito libre (el cual debes adjuntar en la presentación de este trámite) la autorización para modificar el tamaño, indicando las medidas exactas que deseas utilizar para su impresión, sin que estas sean menores de 2 X 2 cm, así mismo deberás manifestar la justificación de la modificación del tamaño, la cual podrás complementar con el envío de documentos o imágenes. Lo anterior estará sujeto al análisis de la autoridad y en caso de ser aceptada tu petición se te hará de conocimiento a través de la emisión del dictamen de uso de imagen y diseño.

Fundamento jurídico

Artículos: 69-B del CFF; 19 de la LIEPS; Reglas 2.1.37., 5.1.7., 5.2.6., 5.2.43. y 5.2.49. de la RMF.

 

47/IEPS Solicitud para informar las medidas de seguridad para la impresión de marbetes electrónicos

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta esta solicitud para informar a la autoridad las medidas de seguridad que utilizarás para la impresión de marbetes electrónicos.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los contribuyentes que hayan cumplido con la solicitud a la que se refiere la ficha de trámite 46/IEPS “Solicitud para obtener folios para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas” del presente Anexo".

Dentro de los 10 días posteriores contados a partir del día siguiente de la notificación de la respuesta a la solicitud para obtener folios autorizados para impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas contenida en la ficha de trámite 46/IEPS del presente Anexo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi Portal:

https://www.sat.gob.mx/tramites/01901/solicitud-para-informar-las-medidas-de-seguridad-para-la-impresion-digital-de-marbetes

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña; oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet; posteriormente Orientación fiscal y Solicitud; requisita el formulario conforme a lo siguiente:

·          En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Solicitud para informar las medidas de seguridad para la impresión de marbetes electrónicos; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías; si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar.

2.     El sistema te mostrará el mensaje Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio (el numero será asignado por el sistema).

3.     Selecciona el botón Acuse de Recepción; imprímelo o guárdalo (si la información fue generada de manera incorrecta, cancela el caso de orientación y elige el botón Cancelación del Servicio).

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Archivo digitalizado formato PDF, en el que se manifieste bajo protesta de decir verdad que cumplen con lo siguiente:

·          Con las características mínimas de seguridad establecidas en la regla 5.2.6., fracción II de la RMF.

·          Que conoce y acepta expresamente que podrá ser sujeto en cualquier momento de visitas de verificación por parte del SAT para constatar los procesos de impresión, resguardo y control de la información relacionada a la impresión de marbetes electrónicos.

2.     Ficha técnica en la que especifique la siguiente información:

·          Descripción del marbete.

·          Planos de impresión.

·          Tintas.

·          Características del sustrato.

·          Niveles de seguridad en la etiqueta.

·          Características específicas de seguridad.

3.     Además, deberás adjuntar a la presente solicitud la siguiente información:

·         El contrato de servicios vigente celebrado con la persona moral que realizará la impresión de marbetes electrónicos, el cual debe estar certificado ante Notario Público y redactado en idioma español, en dicho contrato se debe incluir entre otras cláusulas, lo relativo a la regla 5.2.44. de la RMF, en la que se prohíba al proveedor de servicios de impresión; realizar la reimpresión, impresiones erróneas, copiar, reproducir, o cualquier mal uso del marbete electrónico y se deben especificar las características de seguridad que deben contener los marbetes electrónicos de acuerdo con la normatividad establecida, asimismo deberá contener una cláusula en la que se señale que el proveedor de servicios será responsable solidario de conformidad con el artículo 26, fracción VIII del CFF, en relación con la regla 5.2.45. de la RMF.

·          El contrato de confidencialidad que deberá celebrar con la persona moral que realizará la impresión de marbetes electrónicos en los envases que contengan bebidas alcohólicas.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma o Contraseña.

·          Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.

·          No estar publicado en la lista a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del CFF.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          No encontrarse restringido en el uso del Certificado de Sello Digital.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Puedes consultar el estatus de tu trámite en los siguientes medios:

·          Ingresa a la liga https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

        Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión; Ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Consulta (Consulta el estatus o respuesta a tu solicitud de orientación fiscal); posteriormente registra en el campo Número de Folio el folio que el sistema te generó al momento del registro de tu trámite y oprime el botón Buscar; verifica tu respuesta.

·          MarcaSAT desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          En un plazo de tres días hábiles verifica la respuesta de tu trámite como se señala en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

·          Asimismo, la autoridad te notificará la resolución correspondiente a través buzón tributario, para lo cual, debes considerar lo siguiente:

·          Ingresa a https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion captura tu e.firma o Contraseña; selecciona Enviar; elige Mis notificaciones y descargar tu oficio de resolución.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 días hábiles.

3 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recibido.

·          En su caso, requerimiento de información.

·          Resolución que autoriza o niega la solicitud.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       A través de Mi Portal conforme a lo señalado en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·          Debes enviar junto con tu solicitud, una muestra o ejemplo del marbete electrónico en la etiqueta o contraetiqueta que contenga el envase de la bebida alcohólica.

·          En caso de existir alguna modificación en la ficha técnica, debes presentar nuevamente tu solicitud y notificar a la autoridad los cambios realizados.

·          En el supuesto de que no cumplas con algunos de los requisitos, la autoridad en un plazo de 3 días hábiles, puede requerirte para que en un plazo de 10 días hábiles atiendas dicho requerimiento, en el supuesto de que no desahogues en tiempo y forma, se tendrá por no presentada dicha solicitud.

·          El Servicio de Administración Tributaria informa que, de conformidad con la regla 5.2.43. de la RMF, así como en la ficha de trámite 46/IEPS y la presente ficha en materia de marbete electrónico, no certifica proveedores ni cuenta con ninguna empresa autorizada para imprimir marbetes electrónicos de bebidas alcohólicas. Es decisión del contribuyente incorporado al esquema de bebidas alcohólicas con marbetes electrónicos, elegir al impresor que mejor convenga a sus intereses, siempre y cuando, éste cumpla con las especificaciones necesarias establecidas en la fracción II de la regla 5.2.6. de la RMF, respete la imagen autorizada mediante el dictamen de uso de imagen y diseño emitido por el Servicio de Administración Tributaria y se imprima en la etiqueta o contra etiqueta de los envases que contengan bebidas alcohólicas.

Fundamento jurídico

Artículos: 69-B del CFF; 19 de la LIEPS; Reglas 2.1.37., 5.1.7., 5.2.6. 5.2.43. y 5.2.49. de la RMF.

 

48/IEPS Solicitud de folios para impresión de marbetes electrónicos

Trámite    

Servicio   

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este trámite para solicitar folios para la impresión de marbetes electrónicos.

  Gratuito

  Pago de derechos

      Costo: Variable

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los contribuyentes que previamente hayan cumplido con las fichas de trámite 46/IEPS y 47/IEPS de este Anexo.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/tramites/04689/solicitud-de-folios-electronicos-para-impresion-digital-de-marbetes

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.       Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.       Selecciona en el botón INICIAR.

3.       Captura tu e.firma y elige el botón Enviar.

4.       Ingresa y registra los datos del Representante Legal y selecciona Continuar.

5.       Selecciona la pestaña Marbete Electrónico y el sistema te mostrará el mensaje: Esta opción podrá ser utilizada por los contribuyentes que cumplan con las condiciones y requisitos que señale la regla, elige el botón Aceptar. aparece un formulario que deberás llenar conforme a lo siguiente: Elige en el campo Solicitud Marbetes Electrónicos de Importación o Marbetes Electrónicos Nacionales; en la opción Marca, elige de la lista desplegable la marca para la cual vas a solicitar los folios para la impresión de marbetes electrónicos; en Tipo de Solicitud, Tipo de forma numerada y Tipo de Incidencia el sistema te arrojará las opciones automáticamente (No podrás modificarlas); en Marbetes para adherir en: Bebidas Alcohólicas, Vinos de Mesa o Ambas; en el campo Cantidad captura el número de marbetes electrónicos que deseas solicitar y aparecerá en forma automática; en el campo Importe correspondiente el monto que debes pagar.

          En el apartado Pago de derechos DPA´S captura lo siguiente:

·          Llave de pago: Código alfanumérico, detallado en el punto 1 del apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? (Debes capturar la llave de pago respetando números y mayúsculas, podrás agregar más de una llave de pago con su importe correspondiente para completar la cantidad requerida, las llaves de pago que utilices en una solicitud, no podrás utilizarlas en otra).

·          Cantidad pagada: Importe correspondiente a la llave de pago (Los pagos se validarán automáticamente, si todo está correcto la página de marbetes y precintos te permitirá continuar o bien, si no se puede validar en ese momento y la llave es válida, el sistema mostrará el siguiente mensaje: El pago no se ha reflejado en los sistemas del SAT, el pago se validará automáticamente más tarde).

·          Fecha de pago: Selecciona el icono del calendario y elige la fecha en que se realizó el pago.

6.       Selecciona el botón Agregar Pago, los datos capturados en la parte superior se reflejarán en la tabla inferior.

7.       Oprime el botón Generar solicitud y del cuadro que se despliega elige Aceptar para confirmar la información; captura tu e.firma y elige el botón Enviar; descarga el Acuse de Solicitud y conserva el número de solicitud. (De igual forma el sistema de marbetes y precintos te enviará a tus medios de contactos registrados un mensaje SMS y un correo electrónico con los datos de la solicitud).

8.       En un plazo de 3 días hábiles espera la respuesta a través de buzón tributario (como se señala en el apartado Resolución del trámite o servicio). El plazo de respuesta se interrumpirá cuando la autoridad en un plazo de 3 días hábiles, te requiera información o documentación adicional que podrás solventar en un plazo de 10 días hábiles, si en el plazo señalado no cumples con el requerimiento, se tendrá por desistida la solicitud de marbetes electrónicos y, deberás volver a presentarla.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.       Haber realizado el pago de derechos, productos y aprovechamientos (DPA) para contar con la llave de pago (código alfanumérico a diez posiciones) la cual se visualiza en el recibo correspondiente.

2.       Para el caso de los comercializadores de bebidas alcohólicas que contraten total o parcialmente la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas a través de un contrato o convenio con personas físicas o moral además deberán adjuntar el archivo digitalizado que contenga la información correspondiente de acuerdo con lo que se señala a continuación:

·          Tratándose de propietarios de marca de tequila, copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con la NOM-006-SCFI-2005, denominada "Bebidas Alcohólicas-Tequila-Especificaciones", así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 308 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

·          Tratándose de propietarios de marca de Mezcal, copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con la NOM-070-SCFI-2016, denominada "Bebidas Alcohólicas-Mezcal-Especificaciones", así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 308 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

·          Tratándose de contribuyentes distintos a los propietarios de marca de tequila y mezcal, copia certificada ante Notario Público del contrato o convenio en el que se establezca que efectuarán la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas, así como de la Constancia de Registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 239 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC como Productor, Comercializador y/o Importador.

·          Estar inscrito en el padrón de importadores (únicamente es aplicable a los contribuyentes que soliciten marbetes electrónicos de importación).

·          Contar con e.firma y Contraseña.

·          Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.

·          No estar publicado en la lista a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del CFF.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          No encontrarse restringido en el uso del Certificado de Sello Digital.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          Ingresando al siguiente enlace:

        https://www.sat.gob.mx/tramites/04689/solicitud-de-folios-electronicos-para-impresion-digital-de-marbetes

Ø  Oprime el botón INICIAR; Captura tu e.firma y elige el botón Enviar; ingresa y selecciona Estatus Solicitudes; consulta tú número de solicitud; verifica el estatus que puede ser Autorizada, Rechazada o en Proceso.

·          Ingresa a la liga https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

Ø  Captura tu RFC y Contraseña: selecciona el botón Iniciar Sesión.

Ø  Ingresa a las opciones / Servicios por Internet / Orientación fiscal / Solicitud y aparecerá un formulario.

Ø  Requisita el formulario conforme a lo que a continuación se describe:

Ø  En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD ; *Asunto: Estatus de solicitud; Descripción: Se solicita estatus de solicitud de folios electrónicos para la impresión digital de marbetes es importante especificar el número y fecha de la misma; Si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo/ Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu consulta, imprímelo o guárdalo.

·          Vía telefónica en MarcaSAT desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          La autoridad realizará el dictamen de la solicitud a través de validaciones automáticas de los requisitos y condiciones señaladas en los sistemas institucionales del SAT y te dará a conocer la resolución correspondiente a través de buzón tributario para lo cual debes considerar lo siguiente: Ingresa a https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion captura tu e.firma y selecciona Enviar; elige Mis notificaciones y descargar tu oficio de resolución de solicitudes de marbetes.

·          En el supuesto de que tu solicitud sea resuelta de manera favorable descarga los folios para la impresión de marbetes electrónicos, para ello realiza lo siguiente:

·          Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?; captura tu e.firma y selecciona Enviar; elige la pestaña Estatus Solicitudes; consulta tu número de solicitud; verifica que sea Autorizada; elige el hipervínculo, captura nuevamente tu e.firma para descargar los folios; una vez descargados verifica que el estatus de tu solicitud se haya modificado a Descargado; observa el hipervínculo de los archivos en carpeta ZIP y encontrarás los archivos .csv con los folios con URL cifrada (cada archivo contendrá como máximo 90,000 folios), de igual forma se enviará a tus medios de contacto registrados en el buzón tributario, las claves para poder abrir los archivos .csv con los folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos que previamente descargaste.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 días.

3 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Oficio de resolución de solicitudes de marbetes electrónicos (autorización o rechazo).

·          En el supuesto de autorización: folios electrónicos autorizados para la impresión de marbetes a los que se refiere la regla 5.2.6., fracción II de la RMF.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

        Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad.

        Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·          A través de Mi Portal conforme a lo señalado en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

·          Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·          MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·          En caso de que no estés inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC, el sistema de solicitudes de marbetes y precintos del Portal del SAT te mostrará el siguiente error: “Error Acceso denegado, no cumple con las condiciones para ver la página solicitada”.

·          En el supuesto de no cumplir con alguna de las condiciones requeridas, una vez que captures tu e.firma, el sistema de marbetes y precintos del Portal del SAT arrojará el error “Acceso denegado” seguido de la inconsistencia detectada, conforme a lo siguiente:

·          Cuando exista inconsistencia en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC, el sistema no te permitirá ingresar la solicitud y te mostrará el siguiente mensaje: “El ingreso al sistema marbetes no puede ser procesada porque existe una inconsistencia en el registro del Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas. Favor de comunicarse a MarcaSAT 55 627 22 728”, por lo que sólo visualizarás la opción de “Estatus Solicitudes” y también podrás realizar el Registro de uso de marbetes obtenidos, utilizados, destruidos e inutilizados.

·          Si no tienes habilitado tu buzón tributario, el sistema te señalará lo siguiente Es necesario que ingrese medios de contacto en la siguiente URL: https://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/BuzonTributario.Presentacion/DatosContrib.aspx

·          Si no te encuentras al corriente respecto de tus obligaciones fiscales, el sistema no te permitirá realizar la solicitud y te mostrará el mensaje: El ingreso al sistema marbetes no puede ser procesada porque existe una inconsistencia en la opinión de cumplimiento. Favor de comunicarse a MarcaSAT 55 627 22 728.

·          Cuando no cuentes con los roles necesarios en el padrón de importadores, el sistema te mostrará el siguiente mensaje: “El ingreso de este tipo de solicitud en el sistema de marbetes no puede ser procesada porque no está registrado en el padrón de importadores. Favor de comunicarse a MarcaSAT 55 627 22 728.

·          En caso ubicarse en alguno de los supuestos anteriormente señalados, comunícate a los canales de atención señalados en el apartado de Consultas y dudas.

·          Los únicos pagos que podrá utilizar más de una vez, son los provenientes de solicitudes rechazadas.

·          Cuando realice la captura de la llave del pago en el sistema y la misma aún no se encuentre registrada en el sistema de pagos, mostrará el siguiente mensaje: Error, El pago no se ha reflejado en los sistemas del SAT, el pago se validará automáticamente más tarde, lo cual significa que la llave de pago se validará posteriormente.

·          La cantidad máxima que se podrá solicitar bajo esta modalidad será de hasta 10,000,000 de folios para la impresión marbetes electrónicos por solicitud.

·          La autoridad verificará a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) en el Portal del SAT la información que compruebe que se ha utilizado por lo menos un 60% de los folios para la impresión de marbetes. El 40% restante deberá ser comprobado por el contribuyente en la solicitud inmediata posterior, debiendo cumplir en los términos de este párrafo lo anterior deberá ser cumplido y será verificado por la autoridad por productos de la misma categoría o familia en sus diferentes presentaciones.

·          En el caso de importación la declaración de uso de marbetes que se presente en el Formato Electrónico de Marbetes (FEM) a través del Portal del SAT deberá de comprobarse con pedimentos de importación con clave A1 o G1 según corresponda.

·          De manera sucesiva, procederá lo señalado en los párrafos que anteceden, cuando los contribuyentes, soliciten nuevamente folios para la impresión de marbetes electrónicos.

·          La autoridad podrá rechazar la solicitud de marbetes electrónicos debido al incumplimiento de algunos de los requisitos y condiciones establecidos.

·          La autoridad podrá requerirte información adicional para constatar el uso correcto de marbetes electrónicos entregados con anterioridad.

·          El costo del marbete electrónico señalado en la LFD en el artículo 53-K fracción II, se actualizará de acuerdo con el Anexo 19 de la RMF.

·          Los folios para la impresión de marbetes electrónicos tendrán una vigencia de 6 meses contados a partir del día siguiente de la notificación de la autorización de los mismos.

·          Las etiquetas o contraetiquetas a las cuales se haya impreso de manera errónea el marbete electrónico, deberán ser destruidas y los folios del marbete deberán ser reportados como cancelados a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) en el Portal del SAT

Fundamento jurídico

Artículos: 69-B del CFF; 19, fracciones V y XV, 26, 26-A de la LIEPS; 53-K, 53-L de la LFD; Reglas 2.1.37., 5.1.7., 5.2.6., 5.2.43., 5.3.1. y Anexo 19 de la RMF.

 

49/IEPS Reporte de uso de marbetes a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) obtenidos, utilizados, destruidos e inutilizados.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Reporta el uso de marbetes nacionales o de importación que adheriste o imprimiste en la etiqueta o contraetiqueta de los envases que contengan bebidas alcohólicas.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales que tengan la obligación de reportar el uso de los marbetes físicos o electrónicos obtenidos, utilizados, destruidos e inutilizados.

El reporte de uso de marbetes se puede realizar en dos momentos:

·          Antes de exhibir en puntos de venta, los envases que contengan bebidas alcohólicas a los cuales se les adheriste a los marbetes y;

·          Treinta días posteriores, contados a partir del momento en que realices la adhesión de los marbetes, o en su caso, de la etiqueta o contraetiqueta que contenga impreso el marbete electrónico, en los envases que contengan bebidas alcohólicas, aún y cuando no sean exhibidos en puntos de venta.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/tramites/67622/registro-de-uso-de-marbetes-obtenidos,-utilizados,-destruidos-e-inutilizados-

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR.

2.     Captura tu e.firma y elige el botón Enviar; ingresa el Formato Electrónico de Marbetes (FEM) para realizar el reporte de uso de marbetes.

3.     Inicia el registro de uso de marbetes llenando la pestaña Carga Producto para ello debes llenar los campos siguientes:

·          Tipo de bebida: elige del catálogo el tipo de bebida al cual adheriste el marbete.

·          Nombre o Marca Comercial: captura el nombre o marca comercial tal y como aparece en la etiqueta de tu producto.

·          Graduación alcohólica: captura el porcentaje de alcohol que contiene tu producto.

·          Capacidad: escribe la capacidad de tu producto en mililitros

·          Número de producto asignado: el sistema te asignará de manera automática un número correspondiente al registro de tu producto.

4.     Para finalizar el registro del producto selecciona el botón Guardar.

        Continúa con la pestaña Retroalimentación y encontrarás dos formas de reportar el uso de los marbetes: Registro único y Carga Batch (forma masiva). Elige alguno de los dos métodos para informar a que productos se adhirieron los marbetes y captura lo siguiente:

a.     Método Registro único:

·          Número de producto asignado: elige del catálogo el número y producto al cual adheriste los marbetes que vas a reportar.

·          Lote de producción: captura el número o nombre del lote a través del cual realizaste las bebidas alcohólicas (este campo aplica únicamente para bebidas alcohólicas nacionales).

·          Origen del producto: selecciona del catálogo el país origen de tu producto.

·          Número de pedimento: captura el número del pedimento a través del cual importaste tu producto. (este campo aplica únicamente para bebidas alcohólicas de importación).

·          Fecha de envasado o importación: del calendario elige la fecha correspondiente.

        Del apartado Agregar Rangos, registra los campos; Serie; (para marbetes nacionales la serie es Nn, para marbetes de importación Ii, para marbete electrónico nacional e.n., para marbete electrónico de importación e.i ) Rango de folios compuesto por un folio inicial y un final; Cantidad el sistema de manera automática calculará la cantidad de marbetes registrados; finaliza la carga seleccionando el botón Guardar Rango: cuando selecciones el botón, la información capturada te aparecerá en la tabla inferior del apartado Rangos Cargados; puedes cargar los rangos de folios que desees, verifica la información y finaliza con el botón Guardar; del cuadro de texto que te muestre el sistema confirma la información con el botón Aceptar; si te equivocaste al capturar la información puedes borrarla con el botón Limpiar información y posteriormente cargar la correcta; descarga tu acuse seleccionando los íconos de PDF o EXCEL que aparecen en la parte superior (si no descargas tu acuse al finalizar el registro, el sistema no lo generará nuevamente).

b.     Método Carga Batch (forma masiva)

·          Para utilizar este método primero debes de marcar la casilla de verificación que se encuentra a un costado del título de esta sección.

·          Carga el archivo de excel en el botón Examinar.

·          El archivo (layout) debe contener exactamente los títulos que se enlistan a continuación a partir de la primero columna y desde la segunda fila: Número de producto, Lote de producción, Número de pedimento, Origen del Producto, Fecha de envasado o importación, Serie, rango inicial, rango final.

        La descripción correspondiente de los campos es:

Ø  Número de producto: elige del catálogo el número y producto al cual adheriste los marbetes que vas a reportar.

Ø  Lote de producción: captura el número o nombre del lote a través del cual realizaste las bebidas alcohólicas (este campo aplica únicamente para bebidas alcohólicas nacionales).

Ø  Número de pedimento: captura el número del pedimento a través del cual importaste tu producto. (este campo aplica únicamente para bebidas alcohólicas de importación).

Ø  Origen del Producto: Captura exactamente como está en el catálogo el país origen de tu producto.

Ø  Fecha de Envasado o importación: captura la fecha correspondiente (dd/mm/aaaa).

Ø  Serie: Para marbetes nacionales la serie es Nn para marbetes de importación Ii.

Ø  rango inicial: El folio correspondiente.

Ø  rango final: El folio correspondiente.

        Para cada fila de excel puedes capturar diferentes registros, es decir, puedes reportar productos con diferentes números de productos, mismas claves pero con fechas diferentes, productos con diferente país de origen, etc.

·          Ya que este cargado el archivo, comprueba lo datos que contiene con el botón Validar producción, y en caso de que el sistema encuentre alguna inconsistencia se activará el botón descargar archivo en donde el sistema te entregará un archivo con los errores detectados en cada fila del archivo de excel. En caso que el archivo no cuente con ninguna inconsistencia se activará el botón de Guardar, el cual permitirá terminar con el proceso de retroalimentación del uso de marbetes de forma masiva.

·          Descarga tu acuse seleccionando los íconos de PDF o EXCEL que aparecen en la parte superior (si no descargas tu acuse al finalizar el registro, el sistema no lo generará nuevamente).

5.     Para cancelar marbetes a través del FEM debes elegir la pestaña Folios Cancelados y requisita el formulario siguiente (puedes cancelar marbetes destruidos, inutilizados, extraviados, robados, defectuosos o faltantes):

·          Comprobante de entrega: en este campo captura el número de comprobante de entrega que es el documento mediante el cual la autoridad ministró los marbetes.

·          Serie: en esta opción registra la serie correspondiente a los marbetes que vas a cancelar.

·          Rango de Folios: indica el rango inicial o final de los marbetes que deseas cancelar (si únicamente vas a cancelar un folio debes capturar el mismo folio en la opción de rango inicial y final).

·          Cantidad: en esta opción el sistema de manera automática te indicará la cantidad de folios que vas a cancelar.

        Elige el botón Agregar y la información capturada te aparecerá en la tabla inferior del apartado Carga del reporte de mermas de folios cancelados; finaliza seleccionando el botón Guardar; confirma la información oprimiendo el botón Aceptar del cuadro de texto que se desprende; descarga tu acuse seleccionando los íconos de PDFC o EXCEL que aparecen en la parte superior (si no descargas tu acuse al finalizar el registro, el sistema no lo generará nuevamente).

6.     Para modificar la información de marbetes que previamente registraste, debes seleccionar la pestaña Modificar Retroalimentación, para ello requisita el siguiente formulario:

·          Serie: en esta opción registra la serie correspondiente a los marbetes que vas a cancelar.

·          Folio Inicial: registra el folio inicial del rango de marbetes que deseas modificar.

·          Folio Final: registra el folio final del rango de marbetes que deseas modificar (si únicamente vas a modificar un folio debes capturarlo el mismo folio en la opción de rango inicial y final).

        Una vez capturados los datos selecciona el botón Buscar; de la tabla inferior verifica los datos que te muestra el sistema como resultado de la búsqueda; si los datos son correctos elige la opción Eliminar; descarga tu acuse seleccionando los íconos de PDFC o EXCEL que aparecen en la parte superior (si no descargas tu acuse en el momento que elimines la información de los rangos el sistema no lo generará nuevamente).

¿Qué requisitos debo cumplir?

No se requiere presentar documentación.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si envías tu información conforme lo indicado en esta ficha de trámite obtendrás tu Acuse de recibo.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

Para poder cancelar folios de marbetes, debes considerar que los mismos no deben contener información cargada previamente en la pestaña Retroalimentación, de lo contrario, el sistema no te dejará realizar la cancelación de los folios de marbetes, por lo que deberás eliminar la información en la pestaña Modificar Retroalimentación, y posteriormente cancelar los folios.

Para consultar más información consulta el Instructivo publicado en el Portal del SAT en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/67622/registro-de-uso-de-marbetes-obtenidos,-utilizados,-destruidos-e-inutilizados- en el apartado Contenidos Relacionados.

Fundamento jurídico

Artículos: 19, 26 de la LIEPS; Reglas 5.1.7. y 5.2.25. de la RMF.

 

50/IEPS (Se deroga)

 

51/IEPS (Se deroga)

 

52/IEPS (Se deroga)

 

53/IEPS Aviso de renovación de clave asignadas para producir e importar marcas de tabacos labrados.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el aviso de renovación de clave asignadas para producir e importar marcas de tabacos labrados.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas o morales, productores e importadores de tabacos labrados.

A más tardar en el mes de enero de cada año.

¿Dónde puedo presentarlo?

 En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

https://www.sat.gob.mx/tramites/login/87488/solicita-renovacion-de-claves-para-producir-e-importar-marcas-de-tabacos-labrados

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     Llena el formulario Avisos AGJ; revisa que tus datos en Datos del contribuyente sean correctos; en Período elige el año del Ejercicio; en Aviso que presenta selecciona Renovación de claves de marca de tabacos labrados; en Manifiestos captúralos según corresponda; selecciona el botón Adjuntar archivos / Examinar, selecciona el archivo electrónico con el aviso por el cual declaran bajo protesta de decir verdad en el que manifieste las claves de marcas de tabacos que siguen produciendo o importando, así como las que dejaron de comercializar; oprime Enviar, si lo deseas puedes guardar o imprimir tu acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Aviso electrónico, por el cual declaras: bajo protesta de decir verdad en el que manifiestas las claves de marcas de tabacos que sigues produciendo o importando, así como las que dejaron de comercializar.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma y Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

A través de buzón tributario, se emitirá oficio de respuesta.

No.

Resolución del trámite o servicio

Oficio de respuesta, a través de buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

1 mes.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·       Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 19 de la LIEPS; Regla 5.2.28. de la RMF y Anexo 11 de la RMF, Rubro B.

 

54/IEPS Avisos para la actualización de datos de los productores e importadores de tabacos labrados.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el aviso de actualización de datos cuando se actualicen los supuestos siguientes:

I.      Cambio de denominación o razón social.

II.     Cambio de clave en el RFC.

III.    Fusión.

IV.    Extinción, liquidación o disolución y cambio de residencia.

V.     Aviso de suspensión de actividades derivado de la presentación del aviso a que se refiere la ficha de trámite 169/CFF “Aviso de suspensión de actividades de personas morales” y/o aviso de reanudación de actividades en términos de la ficha de trámite 74/CFF “Aviso de reanudación de actividades” contenidas en el presente Anexo.

VI.    Actualización de medios de contacto.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas físicas o morales, productores e importadores de tabacos labrados.

·          Dentro de los diez días siguientes a aquel en que se presentó ante la autoridad, cualquiera de los avisos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV y V.

·          Cuando se actualice el medio de contacto.

¿Dónde puedo presentarlo?

 En el Portal del SAT, a través de buzón tributario

https://www.sat.gob.mx/tramites/86399/aviso-de-actualizacion-de-datos-de-los-productores-e-importadores-de-tabacos-labrados

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     Llena el formulario Avisos AGJ; revisa que tus datos en Datos del contribuyente sean correctos; en Período elige el año del Ejercicio; en Aviso que presenta selecciona Actualización de datos de importadores y fabricantes de tabacos labrados; en Manifiestos captura los manifiestos según corresponda; selecciona el botón Adjuntar archivos / Examinar, selecciona el archivo electrónico con el aviso de actualización de datos, según corresponda; oprime Enviar, si lo deseas puedes guardar o imprimir tu acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Formato electrónico debidamente llenado.

2.     Adjuntar en forma digitalizada, los avisos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV y V.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma y Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

A través de buzón tributario, se emite oficio de respuesta.

No.

Resolución del trámite o servicio

Oficio de respuesta, a través de buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

1 mes.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 19 de la LIEPS; Regla 5.2.28. de la RMF y Anexo 11 de la RMF, Rubro B.

 

55/IEPS Solicitud para obtener la conexión con entidades externas o terceros.

Trámite    

Servicio   

Descripción del trámite o servicio

Monto

Este trámite te permite solicitar la conexión con entidades externas o terceros a la que se refiere el Anexo 26.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas morales que deseen solicitar códigos de seguridad para su impresión en cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados para su venta en México a través de la conexión con entidades externas o terceros y que hayan cumplido con lo señalado en la ficha de trámite 43/IEPS “Solicitud que deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados en el Portal del SAT, de incorporación para la obtención de Códigos de Seguridad” del presente Anexo

Posterior a la notificación de la resolución de autorización de la ficha de trámite 43/IEPS del presente Anexo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://www.sat.gob.mx/tramites/12963/solicitud-para-obtener-la-conexion-con-entidades-externas-o-terceros.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.       Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.       Selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña.

3.       Oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet / Orientación fiscal / Solicitud;

4.       Requisita el formulario conforme a lo siguiente:

          En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES / CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Solicitud para la conexión con entidades externas o terceros; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías y el motivo, de igual forma debes especificar el número de solicitud a la que corresponde su petición; si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar, si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación para lo cual, elige: Cancelación del Servicio.

5.       Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT y con el número de folio, en un plazo de 10 días hábiles posteriores a la presentación de tu trámite, verifica la respuesta, en la siguiente liga: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

          En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión; Selecciona la opción de Servicios por Internet / Orientación fiscal / Consulta; Captura el número de folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud. Asimismo, la autoridad te notificará a través de buzón tributario la resolución a tu solicitud.

a.       En caso de que tu solicitud sea procedente, selecciona el apartado de Notas y Anexos y descarga el Formato 1 y la Carta compromiso de confidencialidad señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, deberás requisitarlos y firmarlos en forma autógrafa y entrégalos en oficialía de partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente ubicada en Avenida Hidalgo núm. 77, planta baja, colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06300, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas, excepto días inhábiles mediante un escrito libre dirigido a la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente.

          En caso de que tu solicitud sea procedente, se emitirá un oficio de respuesta que podrás consultar en tu buzón tributario.

b.       En caso de respuesta negativa, se señalarán los requisitos que incumpliste, una vez subsanados, puedes volver a presentar una solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.       Archivo digitalizado en formato PDF, que contenga lo siguiente:

·          La manifestación bajo protesta de decir verdad que desea obtener la conexión con entidades externas o terceros para la solicitud de códigos de seguridad y los trámites que deriven de esta.

·          Los datos correspondientes del personal designado como responsable de la operación tecnológica y como responsable de la operación del negocio.

·          Acreditar la personalidad del representante o apoderado legal:

·          Poder notarial para acreditar su personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (documento digital).

        Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

·          Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (documento digital).

·          Identificación oficial, cualquiera de las señalas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

2.       Formato 1 debidamente requisitado “Solicitud de Conexión para entidades externas o terceros”.

3.       Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos debidamente firmada.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo.

·          No estar publicado en la lista a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del CFF.

·          No encontrarse restringido en el uso del Certificado de Sello Digital.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Puedes consultar el estatus de tu solicitud de marbetes y/o precintos en los siguientes medios:

Ingresa a la liga:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión; ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Ingresa tu Número de Folio proporcionado.

MarcaSAT: 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad.

No.

Resolución del trámite o servicio

En un plazo de 10 días hábiles verifica la respuesta de tu trámite a través del medio de presentación y vía buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

10 días hábiles

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Oficio de resolución, o en su caso, requerimiento de información.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

        Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad.

        Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·          MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

La autoridad podrá rechazar tu solicitud en el supuesto de incumplimiento de algunos de los requisitos y condiciones establecidos.

El presente trámite tendrá una vigencia indefinida; sin embargo, en caso de alguna modificación en los documentos presentados en cumplimiento a los requisitos señalados para la obtención de la conexión con entidades externas o terceros, deberá presentarse nuevamente la solicitud en términos de esta ficha.

El SAT, realizará una revisión anual de la situación fiscal del contribuyente, así como de los requisitos establecidos en esta ficha, lo anterior con la finalidad de asegurar la continuidad de la vigencia de la conexión con entidades externas o terceros

Fundamento jurídico

Artículos: 69-B del CFF; Artículo 19, fracción XXII de la LIEPS; Reglas 5.2.29. y 5.2.30. de la RMF.

 

Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

1/ISTUV      (Se deroga)

 

Impuesto Sobre Automóviles Nuevos

1/ISAN Informe de la clave vehicular de vehículos que serán enajenados.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el informe de la clave vehicular de vehículos que serán enajenados.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas Morales y Personas Físicas, fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados, los comerciantes en el ramo de vehículos, así como aquellos que importen automóviles para permanecer en forma definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los estados de Baja California, Baja California Sur y la región parcial del Estado de Sonora.

Cuando menos quince días antes de que enajene los vehículos al consumidor.

¿Dónde puedo presentarlo?

En la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México.

De lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En forma presencial:

1.     Acude a la Unidad de Política de Ingresos Tributarios.

2.     Con la documentación señalada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

¿Qué requisitos debo cumplir?

Presenta escrito libre (por duplicado) que contenga la clave vehicular de los vehículos que vas a enajenar, debidamente firmado por el representante legal.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

No aplica.

No.

Resolución del trámite o servicio

Publicación en el Diario Oficial de las claves vehiculares.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

No aplica.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Escrito libre sellado como Acuse de recibo.

No aplica.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Atención personal en la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México.

        De lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs

·          Quejas y Denuncias:

https://www.gob.mx/tramites/ficha/presentacion-de-quejas-y-denuncias-en-la-sfp/SFP54

 

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 13 de la Ley del ISAN; Regla 8.6. de la RMF.

 

2/ISAN Solicitud de asignación de número de empresa para integrar la clave vehicular.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presentar la solicitud de asignación de número de empresa para integrar la clave vehicular.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas Morales y Personas Físicas, fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados, los comerciantes en el ramo de vehículos, así como aquellos que importen automóviles para permanecer en forma definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los estados de Baja California, Baja California Sur y la región parcial del Estado de Sonora.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México.

De lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En forma presencial:

1.     Acude a la Unidad de Política de Ingresos Tributarios.

2.     Presenta la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

¿Qué requisitos debo cumplir?

En forma presencial:

1.     Escrito libre (por duplicado).

·          Copia simple de identificación oficial vigente cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

·          Copia certificada del poder notarial con el que se acredite la representación legal, cuando no se actúe en nombre propio.

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

2.     Copia simple de la Cédula de Identificación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado Inscripción en el RFC, en el que consten sus obligaciones como sujetos del ISAN.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Presencial, presenta el Acuse de recepción.

No.

Resolución del trámite o servicio

El oficio de respuesta a la solicitud de asignación de número de empresa se entregará de manera presencial.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

15 días hábiles.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Escrito libre sellado como acuse de recibo.

En caso de cumplir con los requisitos:

·          Oficio de asignación de número de empresa.

En tanto las empresas a las que les sea asignado un número en los términos de esta ficha de trámite continúen siendo sujetos del ISAN, dicho número estará vigente.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Atención personal en la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México.

De lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs

·          Quejas y Denuncias:

        https://www.gob.mx/tramites/ficha/presentacion-de-quejas-y-denuncias-en-la-sfp/SFP54

 

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 13 de la Ley del ISAN; Regla 8.7. de la RMF.

 

3/ISAN Solicitud de los caracteres 4o. y 5o. correspondientes al modelo del vehículo para integrar la clave vehicular.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta la solicitud de los caracteres 4o. y 5o. correspondientes al modelo del vehículo para integrar la clave vehicular

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas Morales y Personas Físicas, ensambladores de camiones, omnibuses o tractocamiones no agrícolas tipo quinta rueda, nuevos y los importadores de automóviles, camionetas, omnibuses, pick ups, camiones o tractocamiones no agrícolas tipo quinta rueda, nuevos.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México.

De lunes a viernes, en horario 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En forma presencial:

1.     Acude a la Unidad de Política de Ingresos Tributarios.

2.     Presenta la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Copia de identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

2.     Copia certificada del poder notarial con el que se acredite la representación legal, cuando no se actúe en nombre propio.

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

3.     Copia del documento expedido por la Secretaría de Seguridad Pública, mediante el cual se emita dictamen del cumplimiento de la NOM-001-SSP-2008.

·          En el caso de ensambladores de camiones, omnibuses o tractocamiones no agrícolas tipo quinta rueda, nuevos, copia de la Cédula de Identificación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado Inscripción en el RFC, en el que conste que su actividad económica es la fabricación o ensamble de camiones y tractocamiones.

·          En el caso de importadores de automóviles o camionetas, nuevos, copia de la Cédula de Identificación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado “Inscripción en el RFC”, en el que consten sus obligaciones como sujetos del ISAN y copia del pedimento del vehículo de que se trate.

·          En el caso de importadores de omnibuses, pick ups, camiones o tractocamiones tipo quinta rueda, nuevos, copia de la Cédula de Identificación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado Inscripción en el RFC, en el que conste que su actividad económica es la importación o la venta de camiones o tractocamiones y copia del pedimento del vehículo de que se trate.

4.     Copia de la opinión vigente sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales expedida por el SAT, en la que haga constar que el contribuyente se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

5.     Presenta escrito libre, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no está en los listados que publica el SAT de contribuyentes que se ubican en el artículo 69 y 69-B del CFF.

6.     La asignación de los caracteres correspondientes al modelo del vehículo de que se trate, no exime a los ensambladores e importadores del cumplimiento de las disposiciones fiscales o aduaneras ni acredita la legal estancia o tenencia de los vehículos ensamblados o importados, así como de sus partes.

7.     Los ensambladores e importadores de vehículos a que se refiere esta ficha de trámite, durante los meses de enero y febrero de cada año, deberán presentar un aviso ante la citada Unidad de Política de Ingresos Tributarios en el que declaren, bajo protesta de decir verdad, que continúan con la actividad de ensamblado o importación de vehículos.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          La asignación de los caracteres correspondientes al modelo del vehículo de que se trate, no exime a los ensambladores e importadores del cumplimiento de las disposiciones fiscales o aduaneras ni acredita la legal estancia o tenencia de los vehículos ensamblados o importados, así como de sus partes.

·          Los ensambladores e importadores de vehículos a que se refiere esta ficha de trámite, durante los meses de enero y febrero de cada año, deberán presentar un aviso ante la citada Unidad de Política de Ingresos Tributarios en el que declaren, bajo protesta de decir verdad que continúan con la actividad de ensamblado o importación de vehículos.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Presencial, presenta el Acuse de recepción.

No.

Resolución del trámite o servicio

El oficio de respuesta a la solicitud de los caracteres 4o. y 5o., correspondientes al modelo del vehículo se entregará de manera presencial.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

15 días hábiles.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Escrito libre sellado como acuse de recibo.

En caso de cumplir con los requisitos:

·          Oficio de respuesta a la solicitud de los caracteres 4o. y 5o. correspondientes al modelo del vehículo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Atención personal en la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México.

De lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs

·          Quejas y Denuncias

        https://www.gob.mx/tramites/ficha/presentacion-de-quejas-y-denuncias-en-la-sfp/SFP54

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 13 de la Ley del ISAN; Reglas 2.1.37. y 2.7.1.27. de la RMF.

 

Ley de Ingresos de la Federación.

1/LIF Informe que deben presentar los dueños de vehículos marinos para gozar del estímulo fiscal a que se refiere el artículo 16 de la LIF.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Podrás presentar el informe cuando adquieras diésel marino especial para su consumo final, que sea utilizado exclusivamente como combustible en embarcaciones destinadas al desarrollo de las actividades propias de la marina mercante, cuando tus ingresos totales anuales para los efectos del ISR, sean menores a 60 millones de pesos, a efecto de gozar del estímulo fiscal a que se refiere el artículo 16 de la LIF.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Dentro de los cinco días posteriores a la presentación de las declaraciones provisionales o del ejercicio del ISR o definitivas tratándose del IVA.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx hasta en tanto el trámite no se cargue en el buzón tributario, se presentará a través de papel, ante la autoridad competente en términos de la regla 1.6 de la RMF.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acuda con la documentación al domicilio de la autoridad que corresponda.

2.     Entrega la documentación a la autoridad que atenderá su trámite.

3.     Reciba el acuse único de ingreso de su promoción.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo que contenga lo siguiente:

1.     Manifestación de estar en el Registro Público Marítimo Nacional como empresa naviera.

2.     Despacho(s) expedido por la capitanía de puesto respectiva a las embarcaciones de su propiedad o bajo su legítima posesión en las que haya utilizado el diésel marino especial, en el que deberá constar el puerto y fecha de arribo.

3.     Tratándose de embarcaciones que solo realizan navegación interior, se deberá presentar copia simple del informe mensual rendido a la capitanía de puerto sobre el número de viajes realizados.

4.     Manifestar el número de la inscripción del contribuyente en el registro público marítimo nacional, así como la siguiente información de cada una de sus embarcaciones:

·          Nombre.

·          Matrícula.

·          Eslora y tonelaje de registro bruto de cada una.

·          Capacidad de carga de combustible.

·          Cálculo promedio de su consumo de combustible en millas náuticas por galón.

5.     Comprobantes fiscales expedidos a favor del contribuyente por la adquisición del diésel marino especial correspondiente al período que abarque la declaración provisional, definitiva o del ejercicio, en el que se aplicó el estímulo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

La promoción que presenten los contribuyentes, deberá de cumplir con los requisitos de los artículos 18 y 18-A del CFF, así como con los requisitos que se señalan en la presente ficha.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Acuse de recibo.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

      https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

      Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·          MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

Los documentos mencionados, deberán contener el sello y la firma originales de la autoridad marítima que los expide.

Fundamento jurídico

Artículo 16, Apartado A, fracción I de la LIF; Reglas 1.6. y 2.2.6. de la RMF.

 

2/LIF Informe de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diésel por el que se pagó el IEPS y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Podrás presentar el informe de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diésel por el que se pagó el IEPS y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

A más tardar el treinta de abril de cada año.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx hasta en tanto el trámite no se cargue en el buzón tributario, se presentará a través de papel, ante la autoridad competente en términos de la regla 1.6. de la RMF.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acuda con la documentación al domicilio de la autoridad que corresponda.

2.     Entregue la documentación a la autoridad que atenderá su trámite.

3.     Reciba el acuse único de ingreso de su promoción.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo con la manifestación de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diésel por el que se pagó el IEPS y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con buzón tributario activo.

·          La promoción que presenten los contribuyentes deberá de cumplir con los requisitos de los artículos 18 y 18-A del CFF, así como con los requisitos que se señalan en la presente ficha.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Acuse de recibo.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·          MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 16, Apartado A, fracción I de la LIF; Reglas 1.6., y 2.2.6. de la RMF.

 

3/LIF Aviso que presentan los contribuyentes manifestando la aplicación de un estímulo fiscal que se otorga a los que adquieran o importen diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este aviso, donde manifiestes la aplicación de un estímulo fiscal que se otorga a los que adquieren o importan diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales que adquieran diésel o biodiésel y sus mezclas.

Dentro de los quince días siguientes a la presentación de la primera declaración en que se aplique el estímulo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Al ingresar registra tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud.

4.     Llena el formulario Servicio de Aviso conforme a lo siguiente:

4.1     En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona: 3/LIF DIESEL USO AUTOMOTRIZ;

4.2     En Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria; en Asunto: Aviso que presentan los contribuyentes manifestando la aplicación de un estímulo fiscal que se otorga a los que adquieran o importen diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga; en el apartado Descripción: señala el motivo de la presentación de tu aviso;

4.3     Si deseas anexar información relacionada con el servicio, elige Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar.

5.     Oprime el botón Enviar, y se genera el Acuse de recepción que contiene el número de folio del trámite realizado, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo digitalizado que contenga la manifestación para la aplicación del estímulo fiscal que se otorga a los que adquieren diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad validará que tu aviso sea presentado en tiempo, así como que los datos sean correctos, y en su caso, dará por cumplida la obligación del trámite que solicitas.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 25 del CFF; 16 Apartado A, fracción IV de la LIF; Regla 9.6. de la RMF y Reglas 1.13., 2.16. y 3.9. de la RFA Sector Autotransporte.

 

4/LIF Aviso mediante el cual se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen actividades empresariales y que para determinar su utilidad puedan deducir el diésel o biodiésel y sus mezclas que adquieran o importen para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el aviso para aplicar el estímulo fiscal y que para determinar tu utilidad puedas deducir el diésel o biodiésel y sus mezclas que adquieras o importes para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales que adquieran o importen diésel para su consumo final.

Dentro de los quince días siguientes a la presentación de la primera declaración en que se aplique el estímulo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud.

4.     Llena el formulario Servicio de Aviso conforme a lo siguiente:

4.1     En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona: 4/LIF DIESEL MAQUINARIA;

4.2     En Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria; en Asunto: Aviso mediante el cual se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen actividades empresariales y que para determinar su utilidad puedan deducir el diésel o biodiésel y sus mezclas que adquieran o importen para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general; en Descripción: señala el motivo de la presentación de tu aviso;

4.3     Si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar.

5.     Oprime el botón Enviar, y se genera el Acuse de recepción que contiene el número de folio del trámite realizado, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo digitalizado que contenga la manifestación para la aplicación de estímulo fiscal.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad verificará que tu aviso sea presentada en tiempo, que los datos sean correctos, y en su caso, dará por cumplida la obligación.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 16, Apartado A, fracción I de la LIF; Regla 9.6. de la RMF y Regla 14 de la RFA Sector Primario.

 

5/LIF Aviso para la aplicación del estímulo fiscal por la utilización de diésel en vehículos marinos propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su legítima posesión.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Podrás presentar el aviso para la aplicación del estímulo fiscal por la utilización de diésel en vehículos marinos propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su legítima posesión.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas físicas y morales que hayan utilizado diésel exclusivamente para el abastecimiento de sus vehículos marinos.

A más tardar el 31 de marzo de 2022, o dentro de los treinta días posteriores a la fecha de su adquisición tratándose de vehículos marinos que hayan sido adquiridos durante 2022.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

No aplica

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Archivo digitalizado en el que señale que aplicará el estímulo fiscal.

2.     Anexar la información de las embarcaciones de su propiedad o que se encuentren bajo su legítima posesión, en las que haya utilizado el diésel por el que se solicita el estímulo fiscal, de conformidad con lo siguiente:

·          Nombre de cada una de las embarcaciones;

·          Matrícula de cada una de las embarcaciones;

·          Eslora y tonelaje de cada una de las embarcaciones;

·          Capacidad de carga de combustible de cada una de las embarcaciones, y

·          Cálculo promedio del consumo de diésel en millas náuticas por litro de cada una de las embarcaciones.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Trámite inmediato.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

No aplica.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 32-D, quinto párrafo del CFF; 16, Apartado A, fracción I, segundo párrafo de la LIF; Regla 9.2. de la RMF.

 

6/LIF Aviso sobre la utilización de diésel exclusivamente para el abastecimiento de vehículos marinos.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Podrás presentar el aviso sobre la utilización de diésel exclusivamente para el abastecimiento de vehículos marinos.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas físicas y morales que hayan utilizado diésel exclusivamente para el abastecimiento de sus vehículos marinos.

Trimestralmente.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/home

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

No aplica.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo digitalizado en el que incluya un informe por cada una de sus embarcaciones, que contenga lo siguiente:

1.     Consumo mensual de diésel, expresado en litros de cada una de las embarcaciones;

2.     Millas náuticas recorridas en el mes por cada una de las embarcaciones, y

3.     Comprobantes fiscales que amparen la adquisición de diésel, mismos que deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF, así como en su caso, el número del pedimento de importación con el que se llevó a cabo la importación del citado combustible.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Trámite inmediato.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

No aplica.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 29, 29-A, 32-D, quinto párrafo del CFF; 16, Apartado A, fracción I, segundo párrafo de la LIF; Regla 9.2. de la RMF.

 

7/LIF Aviso para la aplicación del estímulo fiscal por la utilización de diésel o biodiésel y sus mezclas en maquinaria propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su legítima posesión.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este aviso para la aplicación del estímulo fiscal por la utilización de diésel o biodiésel y sus mezclas en maquinaria propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su legítima posesión.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas físicas y morales que hayan utilizado diésel o biodiésel y sus mezclas.

A más tardar el treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés o dentro de los treinta días posteriores a la fecha de su adquisición o importación tratándose de medios de transporte de baja velocidad o bajo perfil que se consideren maquinaria en general que haya sido adquirida durante dos mil veintitrés.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario, según corresponda:

·          Personas físicas:

        https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion

·          Personas morales:

        https://www.sat.gob.mx/empresas/iniciar-sesion

De forma presencial:

Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el buzón tributario, deberá presentarse, mediante escrito dirigido a la Administración Central de Planeación y Programación de Fiscalización a Grandes Contribuyentes de conformidad con la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF. En la Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes, sita en Avenida Hidalgo No. 77, módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs. o, mediante escrito dirigido a la Administración Central de Planeación y Programación de Hidrocarburos en la Oficialía de Partes de la Administración General de Hidrocarburos sita en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs. según corresponda.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario, según corresponda:

1.     Ingresa a la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Captura tu RFC, Contraseña o e.firma, y elige Iniciar sesión.

3.     Verifica que la información prellenada, relativa a tus datos y domicilio fiscal, esté correcta, de ser así selecciona SI y posteriormente, elige Siguiente; llena los campos que el formato electrónico solicita; adjunta la documentación e información digitalizada relacionada con tu trámite, la cual se encuentra referida en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?; una vez concluida la captura, se muestra tu información ingresada, y elige Verifica para que confirmes que sea tu información correcta, en caso de que así sea, realiza el envío con tu e.firma.

4.     Obtén tu acuse de recibo electrónico de la solicitud de devolución, descárgala o imprime y al concluir, elige Cerrar Sesión.

De forma presencial:

1.     Acude a la Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes, o de la Administración General de Hidrocarburos, según corresponda, con los archivos digitalizados e información solicitados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.     Entrega los archivos digitalizados en dispositivo óptico (disco compacto, unidad de memoria extraíble, etc.), a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.

3.     Recibe y conserva copia de tu escrito libre sellado, como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Archivo digitalizado en el que señale que aplicará el estímulo fiscal.

2.     Anexa la información de los medios de transporte de baja velocidad o bajo perfil que consideres maquinaria en general de tu propiedad, en los que hayas utilizado el diésel o biodiésel y sus mezclas por el que se solicita el estímulo fiscal, de conformidad con lo siguiente:

·          El inventario de los medios de transporte de baja velocidad o bajo perfil que se consideren maquinaria en general que utilicen el diésel o biodiésel y sus mezclas por el que se pagó la contribución respectiva y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible. Asimismo, se deberá presentar un informe de las altas y bajas que tuvo el inventario de referencia durante el año en el que se efectuó el acreditamiento del estímulo, a más tardar el 30 de abril del año siguiente a aquél al que corresponda el citado informe.

·          Contar con un sistema de control de consumo de diésel o biodiésel y sus mezclas por cada uno de los medios de transporte a que se refiere la fracción anterior, el cual consistirá en llevar un registro con la siguiente información:

Ø  Denominación del equipo, incluyendo el nombre técnico y comercial.

Ø  Modelo de la unidad.

Ø  Número de control de inventario o, en el caso de no estar obligado a ello, número de serie del equipo.

Ø  Consumo mensual de diésel o biodiésel y sus mezclas, expresado en litros.

Ø  Horas de trabajo mensual.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma y Contraseña, en caso de que el trámite se realice por buzón tributario.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad validará que tu aviso sea presentada en tiempo, que los datos sean correctos, y en su caso, dará por cumplida la obligación.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 32-D, quinto párrafo del CFF; 16, Apartado A, fracción I, primer párrafo de la LIF; Reglas 1.6., 2.2.6. y 9.12. de la RMF.

 

8/LIF Informe de donativos otorgados a organizaciones o fideicomisos no autorizados para recibir donativos.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Las donatarias autorizadas presentan un informe de los donativos otorgados a organizaciones que no cuentan con autorización, pero que exclusivamente realizan labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales, cumpliendo con la obligación prevista en la Ley de Ingresos de la Federación.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR. que hayan otorgado donativos a organizaciones civiles o fideicomisos que no cuenten con autorización para recibir donativos y cuyo objeto exclusivo sea realizar labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales.

En el mes de mayo de cada año, respecto del ejercicio inmediato anterior.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT a través del sistema que se habilite para la presentación de informes de transparencia.

https://www.sat.gob.mx/tramites/23108/presenta-el-informe-de-donativos-otorgados-a-organizaciones-o-fideicomisos-no-autorizados-para-recibir-donativos-que-exclusivamente-realizan-labores-de-rescate-o-reconstruccion-en-casos-de-desastres-naturales

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

1.    Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? / Iniciar.

2.    Registra el RFC de la organización civil o fideicomiso y la Contraseña o e.firma y elige Enviar.

3.    Selecciona Transparencia / Labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales / Informe 2022 / Siguiente.

4.    En Aportaciones patrimoniales, selecciona Si / Agregar, elige el Tipo de recurso y captura el Monto aportado; de tratarse de Aportación en especie, captura la Descripción del donativo, la cual consta de la cantidad y tipo de bien y elige Guardar.

5.    En Donativos / Detalle de donativos relacionados en efectivo, recibidos en el periodo señala No y elige Guardar.

6.    En Donativos / Detalle de donativos relacionados en especie, recibidos en el periodo selecciona No y elige Guardar.

7.    En Destinos y Beneficiarios / ¿Destinaste donativos al sector público, en apoyo a la eventualidad? selecciona No y elige Guardar.

8.    En ¿Destinaste donativos a donatarias autorizadas, en apoyo a la eventualidad? selecciona Si / Agregar, captura los siguientes datos y selecciona Guardar:

·       Destino.

·       Uso específico.

·       Especifique.

·       RFC.

·       Denominación o razón social.

·       Monto en efectivo.

·       Monto en especie.

·       Total.

9.    En ¿Destinaste donativos a otros beneficiarios, en apoyo a la eventualidad? selecciona No y elige Guardar.

10.  Acepta la declaración de protesta.

11.  Envía, firma con tu e.firma, obtén tu acuse y guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Requisita debidamente la información.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·       Contar con e.firma.

·       Requerimientos técnicos del equipo de cómputo. Plataforma: Windows 7; Explorador: Firefox Mozilla 3.6, Chrome 27 y versiones superiores, Microsoft Edge.

·       Contar con autorización vigente para recibir donativos al menos durante los 5 años previos al momento en que se realice la donación y que durante ese periodo la autorización correspondiente no haya sido revocada o no renovada.

·       Obtener ingresos en el ejercicio inmediato anterior de cuando menos 5 millones de pesos.

·       Auditar sus estados financieros.

·       No otorgar donativos a partidos políticos, sindicatos, instituciones religiosas o de gobierno.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

No.

Resolución del trámite o servicio

Se emitirá un acuse de respuesta.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Anual.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

La información declarada será responsabilidad directa de la organización civil o fideicomiso autorizado para recibir donativos deducibles del ISR y se rendirá “bajo protesta de decir verdad”.

Fundamento jurídico

Artículo 23 de la LIF; Regla 9.15. RMF.

 

9/LIF Informe de donativos recibidos para la atención de desastres naturales.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Las organizaciones civiles y fideicomisos que no cuenten con autorización para recibir donativos deducibles del ISR y cuyo objeto exclusivo sea realizar labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales, pueden recibir donativos por parte de personas morales que si están autorizadas para ello, en caso de que los reciban, deberán presentar un informe a través del Portal del SAT, en el que detallen el uso y destino de los recursos recibidos.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las organizaciones civiles y fideicomisos sin autorización para recibir donativos deducibles que hayan recibido donativos para labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales, por parte de donatarias autorizadas.

En el mes de julio de cada año, respecto del ejercicio inmediato anterior.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT a través del sistema que se habilite para la presentación de informes de transparencia.

https://www.sat.gob.mx/tramites/26063/organizaciones-o-fideicomisos-no-autorizados-para-recibir-donativos-presenta-el-informe-de-donativos-recibidos-para-la-atencion-de-desastres-naturales

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

1.    Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? / Iniciar

2.    Registra el RFC de la organización civil o fideicomiso y la Contraseña o e.firma y elige Enviar.

3.    Selecciona Transparencia / Labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales / Informe 2022 / Siguiente.

4.    En Aportaciones patrimoniales, selecciona No y elige Guardar.

5.    En Donativos / Detalle de donativos relacionados en efectivo, recibidos en el periodo señala si recibiste donativos en efectivo para atender la eventualidad, de ser negativo selecciona No, de ser afirmativo selecciona Si / Agregar y captura la siguiente información:

·       País de origen.

·       Origen de recurso.

·       Monto.

·       RFC del donante (Si lo conoces) El Registro Federal de Contribuyente, está integrado de 12 dígitos para persona moral y 13 para persona física. *En caso de no conocer el RFC del donante, deberás seleccionar el recuadro de “Sin datos”.

·       En caso de conocer el RFC del donante deberás de indicarlo en el apartado de RFC del Donante, por lo que se desplegará el nombre, denominación o razón social correspondiente al RFC capturado. *Nota: se debe capturar el RFC correcto del donante.

En caso de haber recibido donativos por parte del extranjero selecciona el país de donde recibiste el donativo y especifica si fue de una persona física o una persona moral, selecciona Guardar.

6.    En Donativos / Detalle de donativos relacionados en especie, recibidos en el periodo especifica si recibiste donativos en especie para atender la eventualidad, de ser negativo selecciona No, de ser afirmativo selecciona Si / Agregar y captura la siguiente información:

·       País de origen.

·       Origen de recurso.

·       Monto.

·       Cantidad.

·       Descripción.

·       RFC del donante (Si lo conoces) *En caso de no conocer el RFC del donante, deberás seleccionar el recuadro de “Sin datos”.

En caso de haber recibido donativos por parte del extranjero selecciona el país de donde recibiste el donativo y especifica si fue de una persona física o una persona moral, selecciona Guardar.

7.    En Destinos y Beneficiarios / ¿Destinaste donativos al sector público, en apoyo a la eventualidad? selecciona No y elige Guardar.

8.    En ¿Destinaste donativos a donatarias autorizadas, en apoyo a la eventualidad? selecciona No y elige Guardar.

9.    En ¿Destinaste donativos a otros beneficiarios, en apoyo a la eventualidad? selecciona No y elige Guardar.

10.  Acepta la declaración de protesta.

11.  Envía, firma con tu e.firma, obtén tu acuse y guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Requisita debidamente la información.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·       Contar con e.firma o Contraseña.

·       Requerimientos técnicos del equipo de cómputo. Plataforma: Windows 7;: Explorador: Firefox Mozilla 3.6, Chrome 27 y versiones superiores, Microsoft Edge.

·       Haber efectuado operaciones de atención de desastres, emergencias o contingencias por lo menos durante 3 años anteriores a la fecha de recepción del donativo.

·       No haber sido donataria autorizada a la que se le haya revocado o no renovado la autorización.

·       Que el domicilio fiscal se ubique en alguno de los municipios o en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de las zonas afectadas por el desastre natural de que se trate.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

No.

Resolución del trámite o servicio

Se emitirá un acuse de respuesta.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Anual.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

La información declarada será responsabilidad directa de las organizaciones civiles fideicomisos que no cuenten con autorización para recibir donativos y cuyo objeto exclusivo sea realizar labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales y se rendirá “bajo protesta de decir verdad”.

Tener a disposición de la autoridad la relación de los folios de los CFDI y la documentación con la que compruebe la realización de las operaciones que amparan dichos comprobantes.

Fundamento jurídico

Artículo 23 de la LIF; Regla 9.16. RMF.

 

Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

1/LISH Declaraciones provisionales mensuales de pago del derecho por la utilidad compartida.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta tu declaración provisional mensual del derecho por la utilidad compartida.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea titular de una asignación (asignatario) y operador de un área de Asignación.

Mensual, a más tardar el día veinticinco del mes siguiente a aquél al que corresponda el pago provisional.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

Para la descarga del formato:

1.     Ingresa en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/declaracion/76313/declaracion-mensual-del-derecho-por-la-utilidad-compartida

2.     Descarga la forma oficial DUC, que se encuentra dentro del apartado Contenidos relacionados.

3.     Captura los datos solicitados dentro de la forma oficial DUC y guárdala para su envío.

Para el envío de la declaración:

1.     Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en la aplicación Mi portal, tu RFC y Contraseña, seguido da Iniciar sesión.

3.     Selecciona los apartados de: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y aparecerá el formulario correspondiente.

4.     Requisita el formulario conforme lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, pestaña Trámite, selecciona la opción DECLARACIÓN MENSUAL DEL DUC; en Asunto, indica Declaración provisional mensual del derecho por la utilidad compartida; en Descripción, indica Presentación de declaración provisional mensual del derecho por la utilidad compartida.

5.     Adjunta la forma oficial DUC y el comprobante de pago digitalizado en formato PDF, elige la opción Adjuntar Archivo / Examinar; la información deberá estar comprimida en formato ZIP.

6.     Oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo electrónico, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Archivo electrónico en formato .xls que soporte tu declaración (Forma oficial DUC y sus anexos).

2.     Comprobante de pago del derecho por la utilidad compartida.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de cumplir con los requisitos y condiciones, la autoridad considerara presentada tu declaración.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D del CFF; 42, 52 de la LISH; 7 de la LIF; Regla 2.8.3.1., Vigésimo Quinto Transitorio de la RMF.

 

2/LISH Declaración anual de pago del derecho por la utilidad compartida.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta tu declaración de pago anual del derecho por la utilidad compartida.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea titular de una asignación (asignatario) y operador de un área de Asignación.

Anual, a más tardar el último día hábil del mes de marzo del año siguiente a aquél al que corresponda el pago.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

Para la descarga del formato:

1.     Ingresa en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/declaracion/78812/declaracion-anual-del-derecho-por-la-utilidad-compartida

2.     Descarga la forma oficial DUC, que se encuentra dentro del apartado Aplicaciones relacionadas.

3.     Captura los datos solicitados dentro de la forma oficial DUC y guárdala para su envío.

Para el envío de la declaración:

1.     Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en la aplicación Mi portal, tu RFC y Contraseña, seguido da Iniciar sesión.

3.     Selecciona los apartados de: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y aparecerá el formulario correspondiente.

4.     Requisita el formulario conforme lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, pestaña Trámite, selecciona la opción DECLARACIÓN ANUAL DEL DUC; en Asunto, indica Declaración anual de pago del derecho por la utilidad compartida; en Descripción, indica Presentación de declaración anual del derecho por la utilidad compartida.

5.     Adjunta la forma oficial DUC y el comprobante de pago digitalizado, elige la opción Adjuntar Archivo / Examinar; la información deberá estar comprimida en formato ZIP.

6.     Oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo electrónico, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Archivo electrónico en formato .xls que soporte tu declaración (Forma oficial DUC y sus anexos).

2.     Comprobante de pago del derecho por la utilidad compartida.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de cumplir con los requisitos y condiciones, la autoridad considerara presentada tu declaración.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D del CFF; 39, 52 de la LISH; Regla 2.8.3.1., Vigésimo Quinto Transitorio de la RMF.

 

3/LISH Declaraciones mensuales de pago del derecho de extracción de hidrocarburos.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta tu declaración de pago mensual del derecho de extracción de hidrocarburos.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea titular de una asignación (asignatario) y operador de un área de Asignación.

Mensual, a más tardar el día veinticinco del mes siguiente al que corresponda el pago.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

Para la descarga del formato:

1.     Ingresa en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/declaracion/08310/declaracion-mensual-del-derecho-de-extraccion-de-hidrocarburos

2.     Descarga la forma oficial DEXTH, que se encuentra dentro del apartado Contenidos relacionados.

3.     Captura los datos solicitados dentro de la forma oficial DEXTH y guárdala para su envío.

Para el envío de la declaración:

1.     Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en la aplicación Mi portal, tu RFC y Contraseña, seguido da Iniciar sesión.

3.     Selecciona los apartados de: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y aparecerá el formulario correspondiente.

4.     Requisita el formulario conforme lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, pestaña Trámite, selecciona la etiqueta DECLARACIÓN MENSUAL DEL DEXTH; en Asunto, indica Declaración de pago mensual del derecho de extracción de hidrocarburos; en Descripción, indica Presentación de la declaración de pago mensual del derecho de extracción de hidrocarburos.

5.     Adjunta la forma oficial DEXTH y el comprobante de pago digitalizado, elige la opción Adjuntar Archivo / Examinar; la información deberá estar comprimida en formato ZIP.

6.     Oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo electrónico, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

·          Archivo electrónico en formato .xls que soporte tu declaración (Forma oficial DEXTH y sus anexos).

·          Comprobante de pago del derecho de extracción de hidrocarburos.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de cumplir con los requisitos y condiciones, la autoridad considerará presentada tu declaración.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D del CFF; 44, 52 de la LISH; 7 de la LIF; Regla 2.8.3.1., Vigésimo Quinto Transitorio de la RMF.

 

4/LISH Declaraciones mensuales de pago del derecho de exploración de hidrocarburos.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta tu declaración del pago del derecho de exploración de hidrocarburos.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede presentar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Petróleos Mexicanos o cualquiera otra empresa productiva del Estado que sea asignataria y operadora de un área de Asignación.

Cada mes: a más tardar el día diecisiete del mes siguiente al que corresponda el pago.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

Para descargar el formato:

1.     Ingresa al Portal del SAT en la liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/80861/declaracion-mensual-del-derecho-de-exploracion-de-hidrocarburos

2.     Descarga la Forma Oficial DEXPH, que podrás encontrar en el apartado Contenidos relacionados.

3.     Captura los datos solicitados en la forma oficial DEXPH y guárdala para su envío.

Para enviar la declaración:

1.     Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Ingresa a los Apartados Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud.

4.     En la pestaña Trámite selecciona la opción DECLARACIÓN MENSUAL DEL DEXPH; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria; en *Asunto: Presentación de la declaración mensual de pago del derecho de exploración de hidrocarburos; en Descripción: Presentación de la declaración mensual de pago del derecho de exploración de hidrocarburos; Adjuntar Archivo: elige en Examinar y selecciona la forma oficial DEXPH, el comprobante de pago y los demás archivos correspondientes que deberán estar comprimidos en formato ZIP y elige Cargar; oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo que contiene el folio del trámite, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Llena la forma oficial DEXPH, la cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/80861/declaracion-mensual-del-derecho-de-exploracion-de-hidrocarburos

2.     Adjunta la Forma Oficial DEXPH y sus anexos en formato XLS que soporte tu declaración y el comprobante del pago en formato PDF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si cumples con los requisitos, se generará el acuse de recibo de manera inmediata.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D del CFF; 45, 52 de la LISH; Regla 2.8.3.1., 10.10. y Vigésimo Quinto Transitorio de la RMF.

 

5/LISH        (Se deroga)

 

6/LISH Envío de la información del registro de los costos, gastos y tipos de hidrocarburos.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Envía la información del registro de costos, gastos y tipos de hidrocarburos por la actividad de exploración y extracción, por parte de los Asignatarios.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea asignatario y operador de un área de Asignación.

Cada año: A más tardar el día treinta y uno de marzo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Ingresa a los Apartados Servicios por Internet / Servicio o Solicitudes / Solicitud.

4.     En la pestaña Trámite selecciona la opción 6/LISH INFORMACION_REGISTRO; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria; en *Asunto: Envío de la información del registro de los costos, gastos y tipos de hidrocarburos; en Descripción: Envío de la información del registro de costos, gastos y tipos de hidrocarburos por la actividad de exploración y extracción, por parte de los Asignatarios; Adjuntar Archivo: elige en Examinar y selecciona los archivos correspondientes que deberán estar comprimidos en formato ZIP y elige Cargar; oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo que contiene el folio del trámite, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Adjunta el archivo en formato PDF, con la documentación que a continuación se describe:

1.     Reporte anual de inversiones, costos y gastos deducidos en el ejercicio fiscal de que se trate que haya sido presentado a la Secretaría en términos del artículo 49 de la LISH.

2.     La información presentada ante la Cámara de Diputados en términos del artículo 40, quinto párrafo de la LISH.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad validará la información presentada y en caso de cumplir con los requisitos solicitados se tendrá por presentado el informe.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D del CFF; 40, 49 de la LISH; Reglas., 2.2.6. y 10.7. de la RMF.

 

7/LISH Solicitud de devolución de saldos a favor de IVA para contratistas.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Procedimiento para que los contratistas soliciten la devolución de sus saldos a favor de IVA.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los contribuyentes que tengan la calidad de contratistas, conforme a la Ley de Hidrocarburos.

Cuando lo requieras, y una vez que se hayan generado y declarado los saldos a favor del IVA a partir de la firma del contrato.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://sat.gob.mx/tramites/login/25255/solicita-la-devolucion-para-tu-empresa

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al buzón tributario en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, seguido de la opción Iniciar.

2.     Registra en buzón tributario, tu RFC y Contraseña, ingresa el Captcha que indique el sistema, o bien, ingresa con tu e.firma y elige Enviar.

3.     Ingresa los datos solicitados en el Formato Electrónico de Devoluciones, para tales efectos verifica que la información relativa a tus datos y domicilio fiscal sea correcta, de ser así selecciona SI y posteriormente, elige Siguiente; continúa con el llenado del Formato Electrónico de Devoluciones.

4.     Adjunta la información y documentación solicitada, señalada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, en una carpeta comprimida en formato ZIP.

5.     Firma y envía el aviso de compensación con apoyo de tu e.firma.

6.     Obtén y conserva tu acuse de recibo electrónico con el número de folio asignado.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Deberás adjuntar, en formato PDF la información y documentación que a continuación se describe:

1.     Identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

2.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o Fedatario Público.

        *Para mayor referencia, consulta el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

3.     Encabezado del estado de cuenta que expida la institución financiera, o bien, el contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria (CLABE), con una antigüedad no mayor a dos meses.

4.     Escrito libre en el cual, describas en forma clara y detallada las operaciones que dieron origen al saldo a favor.

5.     Constancia de pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPS.

6.     CFDI que conforman el IVA que le fue retenido al contribuyente por sus clientes, y los estados de cuenta bancarios en los que se puedan apreciar las fechas de cobro correspondientes.

7.     Tratándose de la primera solicitud de devolución presentada en términos del artículo 5o, fracción VI, inciso b) de la LIVA, además de cumplir con los requisitos anteriores, deberás presentar la siguiente documentación e información:

a.     Manifestar que te encuentras en periodo preoperativo y que ejerciste la opción establecida en el artículo 5o, fracción VI, inciso b) de la LIVA.

b.     Registro contable y documentación soporte de las pólizas relacionadas con los gastos e inversiones.

c.     Proyecto de inversión que contenga la siguiente información y documentación:

i.      Planes de exploración o evaluación, según corresponda, presentados ante la Comisión Nacional de Hidrocarburos y, en su caso, el dictamen emitido por dicha Comisión. En el supuesto de no contar con los planes de exploración o evaluación, deberás presentar la descripción general del proyecto, precisando el destino final que se le dará a dichas inversiones, así como los motivos de su estricta indispensabilidad para los fines del ISR en relación con los actos o actividades por las que se vaya a estar obligado al pago del IVA, señalando en qué consistirán los bienes o servicios, o uso o goce temporal de bienes resultado de los gastos e inversiones, así como la fecha en que se iniciará la realización de dichos actos o actividades.

ii.     Estimación del monto total de los gastos e inversiones que se deban realizar desde el inicio hasta la conclusión del periodo preoperativo.

iii.    Papeles de trabajo y registros contables donde se identifique la captación del financiamiento, las actas protocolizadas de aportación de capital y, en su caso, el estado de cuenta bancario en donde se identifique el financiamiento o la procedencia de dichos recursos, incluyendo el estado de cuenta correspondiente a los socios y accionistas en el caso de aportación de capital.

iv.    Nombre, denominación o razón social y RFC de los proveedores de bienes y/o servicios involucrados con el proyecto que generen al menos el 70% del IVA acreditable relacionado con la devolución, señalando la estimación de su recurrencia en el transcurso del tiempo que dure la realización de la inversión (exhibir los contratos correspondientes y los cinco principales comprobantes en cuanto a monto se refiere emitidos por sus cinco principales proveedores, si ya se realizó la adquisición de bienes o se prestaron los servicios).

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma.

·          Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recibo, podrás hacerlo desde las siguientes rutas:

·          A través de buzón tributario, ingresando a la liga https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion, capturando tu RFC y Contraseña, o bien, con tu e.firma, en el Apartado Otros trámites y servicios / Devoluciones y compensaciones / Seguimiento de trámites y requerimientos.

·          A través del Portal del SAT, ingresando a la liga https://www.sat.gob.mx/consultas/login/93266/seguimiento-de-tramites-y-requerimientos, capturando tu RFC y Contraseña, o bien, con tu e.firma, seguido de Enviar.

·          Una vez autenticado, selecciona el tipo de solicitud y el ejercicio a consultar.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          Resolución que sustenta la devolución de una cantidad menor a la solicitada o la negativa total; o bien, el desistimiento de la solicitud, o que la misma se tenga por no presentada cuando el contribuyente o el domicilio manifestado por éste se encuentren como no localizados ante el RFC, la cual, será notificada de forma personal o vía buzón tributario.

·          En caso de autorización total, el estado de cuenta que expidan las Instituciones financieras, serán considerados como comprobante de pago de la devolución respectiva.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

20 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud, cuando cumplas con los requisitos establecidos en la regla 10.20. de la RMF. En caso de que incumplas los requisitos señalados en dicha regla o la autoridad requiera información y documentación adicional, el plazo máximo será de 40 días hábiles.

La autoridad fiscal te podrá requerir en un plazo no mayor de 20 días hábiles, posteriores a la presentación de la solicitud de devolución.

Contarás con un plazo máximo de 20 días hábiles para cumplir con la información y documentación solicitada.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo de solicitud de devolución de impuestos federales.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D, 22 del CFF; 5, 6 de la LIVA; Reglas 2.3.4., 2.3.6. y 10.20. de la RMF.

 

8/LISH Aviso de la notificación de los planes de desarrollo para la extracción de hidrocarburos aprobados por la Comisión Nacional de Hidrocarburos para la determinación del IAEEH.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el informe sobre la notificación de la aprobación al plan de desarrollo para la extracción de hidrocarburos de los contratistas o asignatarios.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

La Comisión Nacional de Hidrocarburos.

En los quince días siguientes a que la Comisión Nacional de Hidrocarburos notifique la aprobación del primer plan de desarrollo para la extracción de hidrocarburos a los contratistas o asignatarios, según corresponda.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña, y elige Iniciar sesión.

3.     Ingresa a los Apartados Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud.

4.     En la pestaña Trámite selecciona la opción 8/LISH PLAN DE DESARROLLO CNH; en Dirigido a: Administración Central de Planeación y Programación de Hidrocarburos de la Administración General de Hidrocarburos; en *Asunto: Aviso de la notificación de los planes de desarrollo para la extracción de hidrocarburos; en Descripción: Presentación del Aviso de la notificación de los planes de desarrollo para la extracción de hidrocarburos; Adjuntar Archivo: elige en Examinar y selecciona los archivos correspondientes que deberán estar comprimidos en formato ZIP y elige Cargar; oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo que contiene el folio del trámite, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Crea un archivo en formato PDF, dirigido a la Administración Central de Planeación y Programación de Hidrocarburos de la Administración General de Hidrocarburos, en el que manifiestes:

1.     Denominación o razón social del Asignatario o Contratista a quien se notificó el plan aprobado.

2.     Número de Contrato o de Asignación.

3.     Fecha en la que surtió sus efectos la notificación de la aprobación del primer plan de desarrollo del asignatario o contratista que corresponda.

4.     Extensión del Área en kilómetros cuadrados hasta el centésimo (original y, en su caso, modificada, así como las fechas en que surte sus efectos la modificación).

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad validará la información presentada y en caso de cumplir con los requisitos solicitados se tendrá por presentado el Aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D del CFF; 55, 56 LISH; Regla 10.9. de la RMF.

 

9/LISH        (Se deroga)

 

10/LISH Presentación de la información respecto a las áreas de asignación.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta la información de las áreas de asignación.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los asignatarios.

Cada mes: a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente al que realices el pago.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

Para descargar el formato:

1.     Ingresa al Portal del SAT en la liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/06629/presentacion-de-la-informacion-respecto-a-las-areas-de-asignacion

2.     Descarga la Forma oficial IAEEH, que podrás encontrar en el apartado Contenidos relacionados.

3.     Captura los datos solicitados en la forma oficial IAEEH y guárdala para su envío.

Para enviar la información:

1.     Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, RFC y Contraseña, y elige Iniciar sesión.

3.     Ingresa a los Apartados Servicios por Internet / Servicio o Solicitudes / Solicitud.

4.     En la pestaña Trámite selecciona la opción 10/LISH AREAS DE ASIGNACIÓN; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria; en *Asunto: Información respecto a las áreas de asignación; en Descripción: Presentación de la información respecto a las áreas de asignación; Adjuntar archivo: elige en Examinar y selecciona los archivos correspondientes que deberán estar comprimidos en formato ZIP y elige Cargar; oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo que contiene el folio del trámite, imprímelo y guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a)       Llena y adjunta la Forma Oficial IAEEH, la cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/06629/presentacion-de-la-informacion-respecto-a-las-areas-de-asignacion

b)       Adjunta la Forma Oficial IAEEH y sus anexos en formato XLS que soporte tu declaración

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si cumples con los requisitos, se generará el acuse de recibo de manera inmediata.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

En el caso de declaraciones complementarias o de correcciones, se deberá señalar en la forma oficial IAEEH, el folio, el monto pagado en la declaración que complementa y, en su caso, el número de oficio de notificación de revisión, así como la fecha de dicho oficio para el caso de declaración de corrección.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D del CFF, 54, 55 de la LISH; Regla 2.8.3.1..

 

11/LISH Declaración informativa de operaciones realizadas por cuenta de los integrantes del consorcio petrolero.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta la declaración informativa respecto de las operaciones realizadas por cuenta de los integrantes del consorcio petrolero.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

El operador de un consorcio petrolero.

A más tardar, el quince de febrero de cada año.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/declaracion/93286/declaracion-informativa-de-operaciones-realizadas-por-cuenta-de-los-integrantes-del-consorcio-petrolero-

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, seguido de la opción Iniciar.

2.     Registra en el sistema de acceso, tu RFC y Contraseña, o bien, ingresa con tu e.firma y selecciona Enviar.

3.     Ingresa los datos solicitados por el formulario y selecciona el botón Enviar.

4.     Se genera el acuse de recibo electrónico, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

No requieres presentar documentación o información adicional.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con Contraseña.

·          Contar con e.firma.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

No aplica.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT: de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D del CFF; 32, Apartado B, fracción IV de la LISH; Regla 10.21. de la RMF.

 

12/LISH (Se deroga)

 

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo, 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008.

1/DEC-1 (Se deroga)

 

2/DEC-1 (Se deroga)

 

3/DEC-1 (Se deroga)

 

4/DEC-1 (Se deroga)

 

5/DEC-1 Aviso de aplicación de los beneficios que confiere el Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este aviso para la aplicación de los beneficios que confiere el Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales que importen o enajenen jugos, néctares y otras bebidas.

Cuando te ubiques en el supuesto.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Al ingresar registra tu RFC y Contraseña, elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá un formulario electrónico.

4.     Requisita el formulario electrónico conforme a lo siguiente:

4.1     En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona: 5/DEC-1 IMPORT JUGOS Y BEBIDAS.

4.2     En Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria; en Asunto: Aviso de aplicación de los beneficios que confiere el Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas; en el apartado Descripción: señala el motivo de la presentación de tu aviso.

4.3     Si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo/ Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar.

5.     Oprime el botón Enviar, y se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite realizado, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Manifestación de la opción de aplicar los beneficios que confiere el numeral 2.1 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite Inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad verificará que el aviso sea presentado en tiempo, así como los datos del aviso sean correctos.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite Inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·       MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·       Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·          MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 25 CFF; 2.1 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

 

Del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007.

1/DEC-2 Avisos, declaraciones y obras de arte propuestas en pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Aviso de inicio: Realiza el pago del impuesto sobre la renta e impuesto al valor agregado a través de la presentación de obras de arte de tu producción, como persona física dedicada a las artes plásticas.

Aviso de término: Finaliza con la opción de pago del impuesto sobre la renta e impuesto al valor agregado, a través de la presentación de obras de arte de su producción.

Declaración anual: Cumple con el pago de los impuestos generados por la venta de obras de arte de su producción, a través de la donación o entrega de obras de arte para su exhibición y conservación a museos abiertos al público establecidos en el país.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas con el rol de artistas y técnicos independientes que se dediquen a las artes plásticas.

De enero a abril de cada año.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

Previa cita realizada en el teléfono: 55 58 02 00 00 extensiones: 49481, 42331, 28848, 25167, 42601 y 42182 o al correo electrónico: pagoenespecie@sat.gob.mx; en alguna de las oficinas siguientes:

·          En la Subadministración de Pago en Especie de la Administración para el Destino de Bienes “5” adscrita a la Administración Central de Destino de Bienes ubicada en Calzada de Tlalpan 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.

·          En la Administración de Operación de Recursos y Servicios “7” de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios ubicada en Periférico Poniente No. 4601. Colonia San Juan de Ocotlán, C.P. 45019, Zapopan, Jalisco, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.

·          En la Administración de Operación de Recursos y Servicios “8” de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios ubicada en Carretera a Colombia km. 5.5, s/n, Colonia Niños Héroes, C.P. 66050, General Escobedo, Nuevo León, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.

·          En la Administración de Operación de Recursos y Servicios “9” de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios ubicada en Av. Fuerza Aérea Mexicana s/n, Colonia Centro Urbano 70/76, C.P. 22410, Tijuana, Baja California, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.

·          En las Subadministraciones de Recursos y Servicios de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.

También podrás acudir, en caso de ser de tu conveniencia, a alguna de las señaladas en el siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/tramites/42255/aviso-de-inicio-de-pago-en-especie eligiendo el apartado Contenidos Relacionados / Directorio Subadministraciones de Recursos y Servicios

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

Acude a las Oficinas del SAT, previa cita:

1.       Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? al personal que atenderá el trámite.

2.       Recibe del Asesor el sello respectivo que será tu Acuse de recibo.

·          En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos o condiciones, se te indicará lo que tienes que subsanar y deberás presentar nuevamente tu trámite.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para apegarte al Decreto debes presentar lo siguiente:

·          Aviso de inicio:

1.     Aviso de Inicio de pago en especie, el cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/42255/aviso-de-inicio-de-pago-en-especie en la opción Documento Descargable, Forma Oficial HDA-1 Aviso de inicio o término pago en especie, Apartados 1, 2 y 4 debidamente requisitados, con firma autógrafa e impreso en dos tantos.

2.     Identificación oficial cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo, Tratándose de extranjeros, documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).

3.     Curriculum vitae.

·          Aviso de término:

1.     Aviso de término de pago en especie, el cual, puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/03586/aviso-de-termino-de-pago-en-especie en la opción Documento Descargable, Forma Oficial HDA-1 Aviso de inicio o término pago en especie, Apartados 1, 3 y 4 debidamente requisitados, con firma autógrafa e impreso en dos tantos.

·          Declaración anual:

1.     Forma Oficial HDA-2 Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA, el cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/72869/declaracion-anual-de-pago-en-especie-con-obras-de-arte; debidamente requisitado, con firma autógrafa e impreso en tres tantos.

·          Tratándose de obras de arte propuestas para el pago de los impuestos:

1)     Imagen digital de las obras que proponga en pago en una memoria USB.

2)     Forma Oficial HDA-2 Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA.

3)     Anexo 1 Pago de Obras.

4)     Curriculum vitae actualizado.

5)     Escrito libre que contenga la relación de piezas vendidas en los últimos tres años de conformidad con la Regla 11.1.8. en original, con firma autógrafa.

·          Tratándose de obras donadas o entregadas a museos para su exhibición y conservación:

1)     Imagen digital de las obras que proponga en pago en una memoria USB.

2)     Forma Oficial HDA-2 Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA.

3)     Anexo 2 Donación de obras.

4)     Documentación que ampare la donación de las obras o en su caso, que ampare la aceptación de las obras entregadas para su exhibición y conservación.

5)     Escrito libre que contenga la relación de piezas vendidas en los últimos tres años de conformidad con la Regla 11.1.8. en original, con firma autógrafa.

·          Para cualquiera de los casos en caso de ser representante legal:

1.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o Fedatario Público (original y copia simple para cotejo).

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.

·          Contar con buzón tributario activo.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Cuando presentes tu declaración, obtendrás de manera inmediata el acuse correspondiente, posteriormente el Comité de Pago en Especie dictaminará las obras propuestas para pago y en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/consultas/77703/consulta-el-registro-publico-de-obras-de-arte podrás consultar el Registro Público de Obras de Arte con los resultados, 3 meses después de haber concluido la recepción de declaraciones; finalmente las obras recibidas y aceptadas serán asignadas mediante el sorteo que se desarrollará ante la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales y el destino asignado a cada obra recibida será publicado en la actualización del registro antes citado.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

1 año.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recibo en el caso de Avisos.

·          Acuse de recibo y posteriormente resolución de pago en especie en los casos en que se presente obra de arte. Tratándose de la Declaración anual.

Por el ejercicio fiscal que ampara la declaración.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Atención personal en las Oficinas del SAT mencionadas en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? de esta ficha, previa cita

·          Realizada en el teléfono: 55 58 02 00 00 extensiones: 49481, 42331, 28848, 25167, 42601 y 42182.

·          Correo electrónico: pagoenespecie@sat.gob.mx

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx.

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·          La imagen digital, a la que se hace referencia en el apartado de requisitos, deberá considerar lo siguiente:

Ø  Fotografía de cada una de las obras a presentar en alta resolución, formato.jpg a 300 dpi.

Ø  Toma fotográfica completamente frontal, sobre fondo blanco y que incluya el marco o base en caso de que la obra cuente con alguno.

Ø  La toma deberá ser general y no de detalles de la obra misma.

Ø  Usar buena iluminación, de manera que se perciban los detalles de la obra.

Ø  Evitar manipulación en programas de diseño, respetando los colores y características propias de la obra.

Ø  En el caso de obras enmarcadas con vidrio, evitar reflejos o brillos que puedan afectar la percepción de la obra.

Ø  El archivo fotográfico de cada obra deberá estar nombrado con los apellidos del autor y el título de la obra, ejemplo: APELLIDOS_TITULODELAOBRA.

·          Cuando habiendo optado por pagar tus impuestos en los términos del Decreto, no enajenes obra de tu producción en un año o residas dicho año en el extranjero, bastará que presentes tu declaración en la Forma Oficial HDA-2 Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA, pudiendo acompañar alguna obra de tu producción si así lo deseas.

·          Tratándose de pinturas, esculturas y grabados propuestas para el pago de los impuestos, presentar las mismas ante la Subadministración de Pago en Especie adscrita a la Administración para el Destino de Bienes “5” o ante las Administraciones de Recursos y Servicios “7”, “8” y “9”, o las Subadministraciones de Recursos y Servicios atendiendo a los siguientes requisitos:

Ø  Tratándose de pinturas y grabados, deberán estar firmados, fechados, enmarcados, armellados y alambrados.

Ø  Tratándose de grabados, deberán además tener número de serie.

Ø  Tratándose de esculturas, deberán estar firmadas, fechadas y con número de serie.

·          Tratándose de obras donadas o entregadas para su exhibición y conservación, las mismas se presentan ante museos propiedad de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, o que pertenezcan a la Federación, una Entidad Federativa, Municipio u organismo descentralizado.

Fundamento jurídico

Artículos: Cuarto del Decreto que otorga facilidades para el pago de los ISR y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007; 7-A, 7-B, 7-C, de la Ley del SAT; 37 del CFF; Reglas 11.1.1., 11.1.2., 11.1.3., 11.1.4., 11.1.5., 11.1.6., 11.1.7., y 11.1.8., de la RMF.

 

2/DEC-2 Aviso de las obras de arte recibidas en donación o entregadas a museos para su exhibición y conservación.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta aviso de obras donadas o entregadas a Museos.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Museos propiedad de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, o que pertenezcan a la Federación, una Entidad Federativa, Municipio u Organismo Descentralizado.

De mayo a diciembre de cada año.

¿Dónde puedo presentarlo?

En la Administración Central de Destino de Bienes sita en Valerio Trujano No. 15, Módulo VIII, 3er Piso, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Destino de Bienes mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos recibe la forma oficial HDA-3 Pago en Especie Donación a Museos, sellada como Acuse de recibo.

·          En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos o condiciones, se te indicará lo que tienes que subsanar y deberás presentar nuevamente tu trámite.

¿Qué requisitos debo cumplir?

·          Imagen digital de la obra en alta resolución en una memoria USB.

·          Formato HDA-3 Pago en Especie Donación a Museos debidamente requisitado el cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/normatividad/22185/formas-y-formatos-fiscales (impreso en tres tantos).

·          Ficha técnica de la obra donada o entregada para su exhibición y conservación en un tanto.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Acuse de recibo.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Realizada en el teléfono: 55 58 02 00 00 extensiones: 49481, 42331, 28848, 25167, 42601 y 42182.

·          Correo electrónico: pagoenespecie@sat.gob.mx

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: Tercero y Décimo Segundo del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007; 7-C de la Ley del SAT; y Anexo 14 de la RMF.

 

3/DEC-2 Solicitud de prórroga para acudir a recoger las obras de arte plásticas asignadas a Entidades Federativas o a Municipios.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la prórroga para acudir a recoger las obras de arte plásticas asignadas a Entidades Federativas o Municipios.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las Entidades Federativas o los Municipios por conducto del servidor público que cuente con las facultades suficientes para representarlo legalmente, o los Titulares de Finanzas Estatales en su carácter de representantes de las Entidades Federativas y Municipios.

Dentro de los seis meses contados a partir de que se pongan a tu disposición las obras de arte.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En forma presencial:

        En la Administración Central de Destino de Bienes sita en Valerio Trujano No. 15, Módulo VIII, 3er Piso, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.

·          Por correo electrónico:

        Envía correo electrónico a la cuenta pagoenespecie@sat.gob.mx.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

·          Acude a las Oficinas de la Administración Central de Destino de Bienes mencionada en el apartado anterior.

1.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? de esta ficha, al personal que atenderá el trámite.

2.     Recibe del Asesor el sello respectivo que será tu Acuse de recibo.

3.     En caso de cumplir con todos los requisitos recibirás respuesta mediante Oficio, por correo postal al domicilio que señalaste.

·          Por correo certificado.

1.     Envía oficio a través de mensajería a la Administración Central de Destino de Bienes con los documentos solicitados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.     Recibe tu Oficio de respuesta por la misma vía, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del mismo.

·          Por correo electrónico.

1.     Envía oficio al correo electrónico pagoenespecie@sat.gob.mx con los documentos solicitados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.     En caso de que cumplas con los requisitos recibe tu Oficio de respuesta por la misma vía, dentro de los 10 días hábiles siguientes, a la recepción del mismo.

·          En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos o condiciones, se te indicará lo que tienes que subsanar y deberás presentar nuevamente tu trámite.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Oficio de solicitud de prórroga que deberá contener:

·          Manifestación en la que señales que en atención a la regla 11.1.7. de la RMF, solicitas prórroga para recoger las obras asignadas.

·          Nombre y datos generales del representante legal de la Entidad Federativa y/o Municipio.

·          Fecha en que se realizará el retiro de las obras de arte asignadas.

·          Designación del personal que intervendrá en la entrega-recepción de las obras de arte.

·          Firma autógrafa del representante legal de la Entidad Federativa y/o Municipio.

2.     Adjuntar el documento donde se hagan constar las facultades suficientes para representar a la Entidad Federativa y/o Municipio.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La respuesta a la solicitud se comunicará mediante Oficio que será enviado a la Oficialía de Partes que corresponda al representante legal de la Entidad Federativa y/o Municipio, además de correo electrónico institucional.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          De forma presencial obtendrás sello de recibo y posteriormente Oficio de respuesta.

·          Mediante correo certificado y correo electrónico recibirás Oficio de respuesta.

La prórroga para recoger las obras de arte, será de 6 meses.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

En la Administración Central de Destino de Bienes, con cita realizada en:

·          El teléfono: 55 58 02 00 00 extensiones: 49481, 42331, 28848, 25167, 42602 y 42182.

·          Correo electrónico: pagoenespecie@sat.gob.mx

·       Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·       En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·       Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·       MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: Octavo del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007; 7-B de la Ley del SAT; 37 del CFF; Regla 11.1.7. de la RMF.

 

Del Decreto por el que se fomenta la renovación del parque vehicular del autotransporte, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2015.

1/DEC-3 (Se deroga)

 

2/DEC-3 (Se deroga)

 

3/DEC-3 (Se deroga)

 

4/DEC-3 (Se deroga)

 

5/DEC-3 (Se deroga)

 

6/DEC-3 (Se deroga)

 

7/DEC-3 (Se deroga)

 

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los Estados de Campeche y Tabasco, publicado en el DOF el 11 de mayo de 2016.

1/DEC-4 (Se deroga)

 

2/DEC-4 (Se deroga)

 

Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, publicado en el DOF el 21 de octubre de 2022.

1/DEC-5 (Se deroga)

 

2/DEC-5 Aviso de conformidad para que se aplique la compensación permanente de fondos que deben presentar las entidades federativas.

Trámite    

Servicio   

Descripción del trámite o servicio

Monto

Avisa a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para manifestar tu conformidad para que se aplique el procedimiento de compensación permanente de fondos.

      Gratuito

      Pago de derechos

          Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Entidades federativas por conducto de sus respectivos órganos hacendarios.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En Oficialía de Partes de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, ubicada en Palacio Nacional s/n Edificio Polivalente, Piso 4, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México. (En un horario de atención de 9:00 a 15:00 hrs.).

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.       Acude a las oficinas de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.       Con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

3.       Entrega la documentación solicitada al personal que atenderá el trámite.

4.       Recibe tu acuse de recepción.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Presentar escrito conforme al Modelo de escrito denominado Carta de conformidad de los Sorteos, que se encuentra en el numeral 2, del apartado B. Formatos, cuestionarios, instructivo y catálogos aprobados, contenido en el Anexo 1 de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Directamente en la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, ubicada en Palacio Nacional s/n Edificio Polivalente, Piso 4, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México. (En el horario de atención de 09:00 a 15:00 hrs.).

No.

Resolución del trámite o servicio

Si cumples con los requisitos, se tendrá por presentado el Aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Anual.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·            MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs., excepto días inhábiles:

·            Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

·            Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·            Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·            Quejas y Denuncias SAT desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·            Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·            En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·            Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·            MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

 

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 33-B del CFF; 15 de la LCF; Primero, Cuarto, DECRETO DOF 21/10/2022; Convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal, Sección IV; Regla 11.4.1. de la RMF.

 

3/DEC-5 Presentación del comprobante de pago a la Secretaría de Gobernación de aprovechamientos por premios no reclamados conforme al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos.

Trámite    

Servicio   

Descripción del trámite o servicio

Monto

Entrega el comprobante de pago de aprovechamientos por los premios no reclamados.

      Gratuito

      Pago de derechos

          Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las Entidades participantes que entreguen premios en los sorteos.

Cuando se pretenda acreditar ese importe.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/73792/presenta-el-comprobante-de-pago-por-aprovechamientos-de-premios-no-reclamados

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.       Ingresa al portal del SAT en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.       Registra en Mi Portal, tu clave en el RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.       Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

          En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción SORTEOS en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Entrega del comprobante de pago de aprovechamientos por los premios no reclamados. Descripción: Presenta el comprobante de pago a la Secretaría de Gobernación de aprovechamientos por premios no reclamados conforme al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado (formato PDF) comprimido (formato zip) que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.       Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.       Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo, es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Comprobante de pago de aprovechamientos por pagos no reclamados.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña activa.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal del SAT con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

Registra en Mi Portal, tu RFC, contraseña y elige Iniciar sesión.

Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si cumples con los requisitos, se tendrá por presentado el comprobante de pago de aprovechamientos.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

10 días hábiles.

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recepción y respuesta.

Anual.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·            MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs., excepto días inhábiles:

·            Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

·            Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·            Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·            Quejas y Denuncias SAT desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·            Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·            En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·            Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·            MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

 

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 33-B del CFF; Primero, Segundo DECRETO DOF 21/10/2022; 123 del RLFJS, Regla 11.4.3. de la RMF.

 

4/DEC-5 Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del Sorteo “El Buen Fin”.

Trámite    

Servicio   

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta la información que deben entregar las entidades participantes del Sorteo del “Buen Fin”.

      Gratuito

      Pago de derechos

          Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las entidades participantes del Sorteo “El Buen Fin”.

A más tardar el 30 de noviembre de 2022.

¿Dónde puedo presentarlo?

En la red privada que el SAT dé a conocer a las entidades participantes.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

Las entidades participantes del Sorteo “El Buen Fin”, deberán depositar la información concerniente a las operaciones de compra y los comercios participantes en la red privada que el SAT les dé a conocer.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Proporcionar al SAT, la siguiente información:

1.       Número identificador de la entidad participante.

2.       Fecha de la transacción realizada por el tarjetahabiente persona física, o bien, a través de terminales punto de venta del comercio participante, en formato DDMMAA.

3.       Número completo de la tarjeta del participante, o bien, de la cuenta asociada al pago de ventas generadas por la terminal punto de venta del comercio participante.

4.       Importe total de la transacción expresado en pesos hasta dos decimales.

5.       Número de autorización de la venta.

6.       Número de movimiento de la transacción generada en el punto de venta o las últimas 12 posiciones de la referencia de 23 posiciones del estado de cuenta.

7.       Número de afiliación del establecimiento donde se realizó la operación de compra.

8.       Clave en el RFC, nombre comercial y/o razón social asociada al número de afiliación del establecimiento donde se realizó la operación de compra.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

La utilización de los servicios de la red privada que el SAT dé a conocer a las entidades participantes, está soportada en Directrices de Operación en Materia de Seguridad de la Información.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si cumples con los requisitos, se tendrá por presentado el trámite.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Confirmación de recepción de información.

Anual.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·            MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs., excepto días inhábiles:

·            Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

·            Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·            Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·            Quejas y Denuncias SAT desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·            Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·            En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·            Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·            MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

 

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 33-B del CFF; Primero, Segundo DECRETO DOF 21/10/2022; Regla 11.4.6. de la RMF.

(Continúa en la décima sección)