Resolución Miscelánea Fiscal 2018 |
Resolución Miscelánea Fiscal |
Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018. |
|
Publicado en: DOF 11 de Julio de 2018 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SUS ANEXOS 1, 1-A, 9, 11, 14, 15, 23 y 24
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,33, fracción I, inciso g) Código Fiscal de la Federación,14, fracción III la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 8, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:
PRIMERO. Se reforman las reglas 1.9., fracciones X, XVII, XVIII, XXVI y XXXIII; 2.3.2., segundo párrafo, fracción II, segundo y tercer párrafos, así como quinto párrafo; 2.3.13.; 2.7.1.24., primer párrafo, tercer párrafo, fracción III, inciso b), numeral 3 y último párrafo, así como referencias; 2.7.1.34.; 2.7.1.38., sexto párrafo; 2.7.5.5.; 2.14.5., fracciones II y III; 2.21.7., fracción III; 3.2.12., primer y segundo párrafos; 3.3.1.8. en epígrafe; 3.3.1.9.; 3.3.1.10., fracciones II y III, así como en referencias; 3.3.1.12., fracción IV y en referencias; 3.3.1.17., epígrafe y sexto párrafo; 3.3.1.18.; 3.3.1.19., fracción IV, primer párrafo y referencias; 3.3.1.21., en referencias; 3.3.1.47., primer párrafo y segundo párrafo, numeral 1, segundo párrafo, así como numeral 4; 3.3.1.48., primer párrafo, segundo párrafo, numeral 1, segundo párrafo y numeral 4; 3.3.1.50., apartado A, primer párrafo; 3.9.3.; 3.9.18.; 3.9.1.1.; 3.9.1.2.; 3.9.1.3.; 3.9.1.4.; 3.10.11., segundo y tercer párrafos, así como referencias; 3.10.13., primer párrafo y referencias; 3.11.3., primer y cuarto párrafos, así como referencias; 3.11.7., primer y cuarto párrafos, así como referencias; 3.15.14.; 3.20.6.; 3.20.8., fracción III; 5.2.8., tercer párrafo y tabla; 5.2.31., fracción II; 10.6., primer párrafo; 10.21., penúltimo párrafo; 11.1.1.; 11.1.
SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, se da a conocer el texto actualizado de las reglas a que se refiere el Resolutivo Primero de la presente Resolución. TERCERO. Se reforma el Artículo Octavo Transitorio de la RMF para 2018 publicado en el DOF el 22 de diciembre de 2017 para quedar como sigue: Octavo. Para los efectos del artículo 29-A, cuarto y quinto párrafos del CFF y Artículo Sexto, fracción I de las Disposiciones Transitorias del CFF publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2016, las reglas 2.7.1.38. y 2.7.1.39., serán aplicables a partir del 1 de septiembre de 2018. CUARTO. Se reforma el Artículo Cuarto Resolutivo de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2018 publicada en el DOF el 30 de abril de 2018, para quedar como sigue: "CUARTO. La fecha a partir de la cual el contratante realizará la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral respecto a los meses de enero a agosto de 2018 y sucesivos a que se refiere la regla 3.3.1.50., en relación con el Artículo Segundo Transitorio, fracción I, será el último día del mes de septiembre de 2018. El aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio de 2017 a que se refiere el Artículo Tercero Transitorio, segundo párrafo, dado a conocer en el Portal del SAT el 7 de febrero de 2018, podrá presentarse a más tardar el 30 de septiembre de 2018." QUINTO. Se reforma el Artículo Décimo Noveno Transitorio de la RMF para 2018 publicado en el DOF el 22 de diciembre de 2017 para quedar como sigue: "Décimo Noveno. Los Órganos Verificadores que actualmente se encuentran autorizados por el SAT para verificar requisitos y obligaciones de los Proveedores de Servicio Autorizados (PSA), se entenderán como Órganos Certificadores autorizados de dichos PSA, siempre que presenten a más tardar el 31 de julio de 2018, escrito bajo protesta de decir verdad que continúan cumpliendo los requisitos y obligaciones para emitir las certificaciones correspondientes". SEXTO. Se da a conocer el anexo 9 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018. Se modifica el Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y los Anexos 1, 1-A, 11, 14, 15 y 23 de la RMF para 2018.