ACUERDO CNH.E.17.002/2022 por el que se modifican, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos

Publicado en: DOF 06 de Abril de 2022

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional  de Hidrocarburos.

ACUERDO CNH.E.17.002/2022 POR EL QUE SE MODIFICAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS.

ROGELIO HERNÁNDEZ CÁZARES, ALMA AMÉRICA PORRES LUNA, NÉSTOR MARTÍNEZ ROMERO y HÉCTOR MOREIRA RODRÍGUEZ, Comisionado Presidente y Comisionados de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, con fundamento en los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción III, y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracción I, 3, 5, 22, fracciones III, VII y VIII, y 23, fracción VI de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 13, fracción VIII, inciso d), y 14, fracción IV del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, y

CONSIDERANDO

Que, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (en adelante, Comisión) es un Órgano Regulador Coordinado en Materia Energética con autonomía técnica, operativa y de gestión, cuenta con personalidad jurídica y con la atribución de expedir su Reglamento Interno.

Que, en el ejercicio de sus facultades, el 27 de junio de 2019 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interno de la Comisión (en adelante, Reglamento Interno), en el cual se establece la estructura orgánica y las bases para la operación de este Órgano Regulador Coordinado  en Materia Energética.

Que, en el ejercicio de sus facultades, la Comisión modificó y publicó, en el mismo medio de difusión oficial, las modificaciones al Reglamento Interno el 25 de octubre de 2019 y el 6 de enero de 2021.

Que, con el objetivo de permitir un mejor desempeño en la atención y desahogo de los asuntos competencia de la Comisión, es indispensable optimizar y reasignar diversas facultades al  interior la Comisión.

Que, como consecuencia de lo anteriormente señalado y con base en el mandato legal conferido a este Órgano Regulador Coordinado en Materia Energética, el Órgano de Gobierno de esta Comisión  emite el siguiente:

ACUERDO

Artículo Único: Se MODIFICAN los artículos 24, fracción IV, inciso g); 30, fracciones XIV y XV y 40, fracciones I y VII; se ADICIONAN el artículo 27, con las fracciones VIII Bis y IX Bis; y se DEROGAN los artículos 24, fracción IV, inciso c); 30, fracciones XII y XIII; y 31, fracción III; Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos.