CIRCULAR que contiene el Extracto de la resolución de fecha quince de agosto de dos mil veintidós, mediante la cual, la persona titular de la Gerencia de Control Normativo del Banco de México resolvió imponer a la persona moral Casca Construcciones, S.A. de C.V., la sanción administrativa consistente en multa e inhabilitación temporal para participar de manera directa, individual o conjunta, incluso con otras personas físicas o morales, o por interpósita persona, en los procedimientos de contratación pública o celebrar contratos ante este Instituto Central, en términos de las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma, y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Jueves 18 de Enero de 2024

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab''.

CIRCULAR QUE CONTIENE EL EXTRACTO de la resolución de fecha quince de agosto de dos mil veintidós, mediante la cual, la persona titular de la Gerencia de Control Normativo del Banco de México resolvió imponer a la persona moral CASCA CONSTRUCCIONES, S.A. de C.V., la sanción administrativa consistente en multa e inhabilitación temporal para participar de manera directa, individual o conjunta, incluso con otras personas físicas o morales, o por interpósita persona, en los procedimientos de contratación pública o celebrar contratos ante este Instituto Central, en términos de las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma, y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Mediante resolución de fecha quince de agosto de dos mil veintidós, emitida por la persona titular de la Gerencia de Control Normativo del Banco de México, dictada en autos del expediente del procedimiento sancionatorio S-07/21, resolvió que la persona moral CASCA CONSTRUCCIONES, S.A. de C.V., incurrió en la conducta infractora prevista en el artículo 78, fracción IV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, aplicable por remisión expresa del artículo 70 de las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma, en virtud de que dicha persona moral proporcionó información falsa al Banco de México dentro de su participación en el procedimiento de licitación pública nacional en materia de obra inmobiliaria No. BM-SAIG-CO-21-0062-1, para la realización de la obra consistente en trabajos para modificar y adecuar oficinas en los inmuebles ubicados en Av. 5 de Mayo Nos. 2 y 6 (Fase 2), Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Col. Centro, C.P. 06000, Ciudad de México, por lo que con fundamento en los artículos 14, segundo párrafo, 28, sexto y séptimo párrafos y 134, párrafos primero y tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 46, fracción XII, 57, 62, fracción IV, y 68 de la Ley del Banco de México; 1, 2 y 70, de las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el treinta de enero de dos mil quince; 1, párrafo segundo, 77, 78, fracción IV, y segundo párrafo, 79 y 81, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, aplicable por remisión expresa del artículo 70 de las citadas Normas del Banco de México; 1o., 4o., 10 y 30 Bis 1, fracción VII, del Reglamento Interior del Banco de México; Primero y Segundo, fracción II del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, se resolvió imponer a la persona moral CASCA CONSTRUCCIONES, S.A. de C.V., la sanción administrativa consistente en la multa económica equivalente a la cantidad de $136,222.50 (ciento treinta y seis mil, doscientos veintidós pesos 50/100 M.N.), así como la sanción administrativa consistente en inhabilitación temporal por el plazo de tres meses para participar de manera directa, individual o conjunta, incluso con otras personas físicas o morales, o por interpósita persona, en los procedimientos de contratación o celebrar contratos ante este Instituto Central, en términos de las Normas del Banco de México en materia de obra inmobiliaria y servicios relacionados con la misma, y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Ciudad de México, a diez de enero de dos mil veinticuatro.- El Gerente de Control Normativo del Banco de México, Eduardo Castro Silva.- Rúbrica.