ACUERDO del Comité Interinstitucional para la Aplicación del Estímulo Fiscal al Deporte de Alto Rendimiento por el que se da a conocer la distribución del monto otorgado durante el ejercicio fiscal de 2023 por concepto del estímulo fiscal a que se refiere el artículo 203, cuarto párrafo, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta |
Jueves 29 de Febrero de 2024 |
Comité Interinstitucional para la Aplicación del Estímulo Fiscal al Deporte de Alto Rendimiento
El Comité Interinstitucional para la Aplicación del Estímulo Fiscal al Deporte de Alto Rendimiento (Comité Interinstitucional), con fundamento en lo dispuesto por el artículo 203, cuarto párrafo, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta y en cumplimiento a lo que establece la regla 6, inciso e) de las Reglas Generales para la aplicación del estímulo fiscal al deporte de alto rendimiento, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2017, las cuales fueron modificadas mediante acuerdo publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 26 de enero de 2018, el 28 de febrero de 2020 y el 12 de febrero de 2021 (Reglas Generales), informa:
Que durante el ejercicio fiscal de 2023, se distribuyeron $216,474,633.00 (Doscientos dieciséis millones cuatrocientos setenta y cuatro mil seiscientos treinta y tres pesos 00/100 M.N.)1, por concepto del Estímulo Fiscal al Deporte de Alto Rendimiento. A continuación, se señalan los contribuyentes beneficiados, los Proyectos de inversión en infraestructura e instalaciones deportivas altamente especializadas (PII) y los Programas Diseñados para el Desarrollo, Entrenamiento y Competencia de Atletas Mexicanos de Alto Rendimiento (PAR) así como el monto del estímulo fiscal otorgado en cada caso:
Núm. |
Categoría |
Proyecto de inversión |
Contribuyente Aportante |
Monto autorizado |
1 |
PAR |
ECUESTRE A PARIS 2024-II |
CASA DE BOLSA BANORTE, S.A. DE C.V., GRUPO FINANCIERO BANORTE |
$19,999,990.00 |
2 |
PII |
VILLAS (DORMITORIOS) |
KANSAS CITY SOUTHERN DE MEXICO, S.A. DE C.V. |
$19,992,512.00 |
3 |
PII |
CENTRO DE ENTRENAMIENTO DE ALTO RENDIMIENTO MAZATLAN |
AFORE AZTECA, S.A. DE C.V. |
$6,564,260.75 |
ARRENDADORA INTERNACIONAL AZTECA, S.A. DE C.V. |
$4,347,192.55 |
|||
SEGUROS AZTECA DAÑOS, S.A. DE C.V. |
$8,563,969.32 |
|||
SEGUROS AZTECA, S.A. DE C.V. |
$12,085,195.29 |
|||
TYPHOON OFFSHORE, S.A.P.I. DE C.V. |
$17,388,770.20 |
|||
4 |
PII |
REHABILITACION DE LA UNIDAD DEPORTIVA BICENTENARIO CHETUMAL QUINTANA ROO |
BP PROMOTIONS, S.A. DE C.V. |
$3,192,885.00 |
EXPERIENCIAS XCARET HOTELES, S.A.P.I. DE C.V. |
$20,000,000.00 |
|||
MONTECARLOS RIVIERA, S.A. DE C.V. |
$1,700,000.00 |
|||
SOLAR CHACA, S.A. DE C.V. |
$20,000,000.00 |
|||
VIVO DESARROLLO, S.A.P.I. DE C.V. |
$1,480,946.00 |
|||
5 |
PII |
REHABILITACION DE LA UNIDAD DEPORTIVA BICENTENARIO SEGUNDA ETAPA |
AEROPUERTO DE CANCÚN, S.A. DE C.V. |
$20,000,000.00 |
CANCÚN AIRPORT SERVICES, S.A. DE C.V. |
$18,808,300.00 |
|||
6 |
PII |
REHABILITACION DEL PALACIO DE LOS DEPORTES DE VILLAHERMOSA |
ENERGIA OCCIDENTE DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V. |
$14,950,000.00 |
INDUSTRIAS CHARRITOS, S.A. DE C.V. |
$50,000.00 |
|||
7 |
PII |
CENTRO DE ENTRENAMIENTO DE ALTO RENDIMIENTO MAZATLAN FASE II |
BANCO AZTECA, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE |
$20,000,000.00 |
8 |
PII |
CENTRO DE ENTRENAMIENTO DE ALTO RENDIMIENTO MAZATLAN FASE III |
AFORE AZTECA, S.A. DE C.V. |
$985,739.25 |
ARRENDADORA INTERNACIONAL AZTECA, S.A. DE C.V. |
$652,807.45 |
|||
SEGUROS AZTECA DAÑOS, S.A. DE C.V. |
$1,286,030.68 |
|||
SEGUROS AZTECA, S.A DE C.V |
$1,814,804.71 |
|||
TYPHOON OFFSHORE, S.A.P.I. DE C.V. |
$2,611,229.80 |
|||
Total |
$216,474,633.00 |
Atentamente,
Ciudad de México, a 14 de febrero de 2024.- Representante Titular de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, Ana Gabriela Guevara Espinoza.- Rúbrica.- Representante Titular del Comité Olímpico Mexicano, María José Alcalá Izguerra.- Rúbrica.- Representante Suplente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Karina Ramírez Arras.- Rúbrica.- Representante Titular del Servicio de Administración Tributaria, Rodulfo Herrera de los Santos.- Rúbrica.
1 De conformidad con el artículo 203, cuarto párrafo, fracción II del de Ley del Impuesto sobre la Renta, el monto total del estímulo fiscal al Deporte de Alto Rendimiento a distribuir entre los aspirantes al mismo, no debe exceder de 400 millones de pesos por cada ejercicio fiscal ni de 20 millones de pesos por cada contribuyente aportante, proyecto de inversión o programa.
El Comité Interinstitucional en el periodo ordinario 2023, asignó el monto de $39,992,502.00 (Treinta y nueve millones novecientos noventa y dos mil quinientos dos pesos 00/100 M.N.), quedando un remanente del estímulo por la cantidad de $360,007,498.00 (Trescientos sesenta millones siete mil cuatrocientos noventa y ocho pesos 00/100 M.N.).
Por lo anterior, con fundamento en la regla 11 de las Reglas Generales, el Comité emitió el Acuerdo 0063/2023, mediante el cual aprobó abrir un periodo extraordinario de recepción de solicitudes, en el que se autorizó un monto de $95,323,219.11 (Noventa y cinco millones trescientos veintitrés mil doscientos diecinueve pesos 00/100 M.N.) para dos PII.
Posteriormente emitió el Acuerdo 0078/2023, mediante el
cual aprobó abrir un segundo extraordinario de recepción de solicitudes, en el
que se autorizó un monto de $81,158,911.89 (Ochenta y un millones ciento
cincuenta y ocho mil novecientos once pesos 00/100 M.N.) para cuatro PII.
Sin embargo, con posterioridad a la autorización del estímulo fiscal por parte del Comité Interinstitucional, tres contribuyentes aportantes de dos proyectos al Deporte de Alto Rendimiento, tres correspondientes al periodo extraordinario, declinaron la aplicación del estímulo fiscal por un monto total de $16,241,700.00 (Dieciséis millones doscientos cuarenta y un mil setecientos pesos 00/100 M.N.) Conforme a lo antes señalado, el monto final distribuido para los proyectos es la suma de las cantidades que se presentan en la tabla de este Acuerdo.