ACUERDO 52.1383.2023 por el que se aprueba la modificación al Programa de Crédito 2023 del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Martes 12 de Marzo de 2024

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Secretaría de la Junta Directiva.- Oficio No. SJD/209/2023.

Asunto:        Acuerdo para publicar en el Diario Oficial de la Federación.

DR. PEDRO MARIO ZENTENO SANTAELLA

Director General del Instituto de Seguridad y

Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

P r e s e n t e

En sesión ordinaria número 1383 celebrada por la Junta Directiva el día 26 de septiembre de 2023, al tratarse lo relativo a la aprobación de la modificación del Programa de Crédito 2023, del Fondo de la Vivienda, se tomó el siguiente:

ACUERDO 52.1383.2023.- "La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 214, fracción XVI, inciso g), de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y 13, fracción XV, inciso g), de su Estatuto Orgánico y con base en el acuerdo 7336.935.2023 de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, por unanimidad, aprueba la modificación al Programa de Crédito 2023 del Fondo de la Vivienda del ISSSTE, de acuerdo con lo siguiente:

A) Redireccionar 1,500 a 2,000 créditos por un monto de hasta $254,096,126.00 (Doscientos cincuenta  y cuatro millones noventa y seis mil ciento veintiséis pesos 00/100 M.N.) del rubro de Autoproducción y Construyes, a “RENOVAVISSSTE”, en el apartado de Acción de Vivienda por no requerir de garantía hipotecaria y renombrar el esquema de “RENOVA” por “Transforma con FOVISSSTE para Todos” el cual será operada con la banca comercial.

B) Aprobar los nuevos montos máximos de crédito para considerar el salario básico de cotización más las compensaciones a las que tenga derecho el trabajador en consecución a las recientes modificaciones publicadas de Ley del ISSSTE y utilizando el Modelo de Evaluación Paramétrica, para quedar como sigue:

El Programa de Crédito 2023 del Fondo de la Vivienda del ISSSTE prevé el otorgamiento de entre 50,201 a 59,274 préstamos.

Del total de los 50,201 a 59,274 préstamos, se destinarán al esquema Tradicional primer crédito 45,877 a 53,600; con cargo al esquema Tradicional segundo crédito de 568 a 750; a los esquemas Individual y Conyugal FOVISSSTE-INFONAVIT de 1,829 a 2,283 y de 427 a 641 al esquema Pensionados.

Además, se consideran de 1,500 a 2,000 a la Acción de Vivienda RENOVAVISSSTE destinadas a la remodelación, ampliación y mejora de vivienda.

En cuanto al esquema Tradicional primer crédito, se asignarán de 28,167 a 35,690 créditos Individuales, Mancomunados y Familiares FOVISSSTE y de 17,710 a 17,910 créditos se considerarán dentro del rubro de Políticas Públicas.

El desglose de los créditos asignados a la atención de Políticas Públicas prevé 6,610 créditos a contingencias; 500 para la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC); 10,000 créditos para el Programa Piloto Tradicional en pesos, y de 600 a 800 para el Programa Construyes.

Adicionalmente se prevé que durante 2023 se otorguen entre 8,800 a 11,000 créditos a FOVISSSTE para Todos, que hoy en día se operan con la banca comercial.

Por último, durante 2023 se ha programado la colocación de hasta 15,000 créditos como parte del programa Transforma con FOVISSSTE para Todos, los cuales se otorgarán por parte de la banca comercial para la ampliación, mejora y remodelación de viviendas, que impliquen o no cambios estructurales y con o sin la garantía del saldo de la Subcuenta de Vivienda. (ANEXO 1).

PROGRAMA DE CRÉDITO 2023

Esquema de Financiamiento

Número de Créditos

Presupuesto Total

DE:

A:

TRADICIONAL PRIMER CRÉDITO

45,877

53,600

$39,634,824,690

Individuales, Mancomunados y Familiares FOVISSSTE

28,167

35,690

$25,766,056,309

Políticas Públicas

17,710

17,910

$13,868,768,381

Piloto Tradicional en pesos

10,000

10,000

$7,646,865,720

Contingencias

6,610

6,610

$5,334,212,268

SSPC

500

500

$403,495,633

Construyes

600

800

$484,194,760

INDIVIDUAL Y CONYUGAL FOVISSSTE-INFONAVIT1

1,829

2,283

$1,659,074,403

TRADICIONAL SEGUNDO CRÉDITO2

568

750

$531,982,806

PENSIONADOS

427

641

$231,256,675

RENOVAVISSSTE3

1,500

2,000

$254,096,126

TOTAL

50,201

59,274

$42,311,234,700

1/ Para determinar el número de créditos del esquema Individual FOVISSSTE-INFONAVIT se cruzó la base de trabajadores elegibles del FOVISSSTE con las del INFONAVIT(IMSS); y para determinar el Conyugal, al no contar con información que permita conocer si los cónyuges de los afiliados al FOVISSSTE cotizan en el INFONAVIT, se utilizó información histórica tomando como base la demanda potencial.

2/ Se calculó identificando a los trabajadores que ya han tenido un crédito en el FOVISSSTE.

3/ Acción de Vivienda destinada a mejoramiento, remodelación y/o ampliación de vivienda.

CRÉDITOS CON LA BANCA MÚLTIPLE 2023

 

Número de créditos

Presupuesto total

DE:

A:

FOVISSSTE PARA TODOS

8,800

11,00

$1,406,000,000.00

*El número de créditos se determinó considerando la estimación de las 4 instituciones de banca múltiple que operarán el programa.

ACCIONES DE VIVIENDA CON LA BANCA MÚLTIPLE

 

Número de créditos

Presupuesto total

DE:

A:

TRANSFORMA CON FOVISSSTE PARA TODOS

15,000

15,000

$675,000,000.00

** Se calculó con información histórica del FOVISSSTE.

Por otro lado, los montos máximos de los créditos determinados con base en el Modelo de Evaluación Paramétrica e incorporando las recientes modificaciones publicadas de la Ley del ISSSTE son:

Montos Máximos por Estado

No.

Estado

Miles de pesos

UMA

1

Aguascalientes

$2,302

730

2

Baja California

$2,302

730

3

Baja California Sur

$2,160

685

4

Campeche

$1,845

585

5

Coahuila

$1,845

585

6

Colima

$1,845

585

7

Chiapas

$1,845

585

8

Chihuahua

$2,302

730

9

Ciudad de México

$2,302

730

10

Durango

$1,845

585

11

Guanajuato

$1,971

625

12

Guerrero

$1,971

625

13

Hidalgo

$1,845

585

14

Jalisco

$2,302

730

15

Estado de México

$2,160

685

16

Michoacán

$2,160

685

17

Morelos

$2,160

685

18

Nayarit

$2,302

730

19

Nuevo León

$2,160

685

20

Oaxaca

$2,160

685

21

Puebla

$1,971

625

22

Querétaro

$2,302

730

23

Quintana Roo

$2,160

685

24

San Luis Potosí

$1,971

625

25

Sinaloa

$2,302

730

26

Sonora

$2,302

730

27

Tabasco

$1,845

585

28

Tamaulipas

$1,971

625

29

Tlaxcala

$1,845

585

30

Veracruz

$2,160

685

31

Yucatán

$1,971

625

32

Zacatecas

$1,845

585

 

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo y su Anexo 1 en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO: La instrumentación de los montos máximos de crédito aquí aprobados se sujetará a la implementación tecnológica en las plataformas o sistemas operativos del FOVISSSTE.

ANEXO 1.

ESTIMACIÓN DE LOS MONTOS MÁXIMOS DE CRÉDITO

El Modelo de Evaluación Paramétrica se ha documentado en la “Guía de operación del Modelo Paramétrico del FOVISSSTE” que ha sido revisada por las Subdirecciones de Crédito, Administración Integral de Riesgos, Finanzas y Planeación e Información. En cumplimiento Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Entidades de Fomento y Organismos de Fomento de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dicha guía será entregada al órgano supervisor para su consideración. A continuación se resumen los elementos destacados.

1.     Determinación de Monto Máximo de Crédito

El monto de crédito total del derechohabiente equivale a la sumatoria del saldo que tiene FOVISSSTE.

El monto de crédito FOVISSSTE se determina como sigue:

Donde t= periodo (0=fecha de cálculo), i= derechohabiente i.

El límite inferior denominado “Límite inferior reglas” es equivalente a un percentil menor o igual a cinco de la distribución total de precios de viviendas registradas en el RUV (Registro Único de Vivienda), es decir, es un piso mínimo que se establece en función de los precios de la oferta de vivienda existente.

El límite superior o “Límite superior reglas” se determina en función de los precios de la oferta registrada en RUV. Para este caso el límite máximo se establece de acuerdo al Estado de la República al que se destinarán los recursos del financiamiento.

El límite superior es igual al valor mínimo entre el percentil determinado por la Subdirección de Crédito (pth máx) de la distribución de precios a nivel nacional o por Estado, del total de viviendas registradas en el RUV.

Dicho percentil será variable y se actualizará anualmente en función de la disponibilidad presupuestal anual del FOVISSSTE. Asimismo, se podrán establecer políticas adicionales en función de sus objetivos de corto, mediano y largo plazo.

Metodología para la determinación del monto máximo de crédito por derechohabiente

Es el monto máximo de crédito que se otorga a un derechohabiente en función del plazo, tasa de interés, perfil de riesgo y de sus características particulares.

Para la determinación del monto máximo por paramétrico se realizó un modelo financiero que proyecta los recursos disponibles con los que contará cada acreditado durante la vida del crédito, dada su esperanza de vida y sus flujos esperados durante y después de su ciclo de vida laboral, para amortizar el pago de capital e intereses del financiamiento otorgado.

El monto máximo por paramétrico es equivalente a la capacidad de pago del derechohabiente menos el monto de los intereses proyectados durante la vida del financiamiento.

a) Capacidad de pago

Se define a la capacidad de pago como el monto total proyectado en UMA que cada derechohabiente tendrá disponible para pagar el monto original del crédito otorgado más los intereses generados durante toda la vida del financiamiento, dado su ciclo de vida proyectado a partir de la originación del crédito.

La capacidad de pago es igual a la suma total de los flujos esperados del trabajador para amortizar el crédito (desde su originación y hasta su vencimiento), dadas las condiciones macroeconómicas proyectadas, los términos contractuales establecidos por el FOVISSSTE (esquema de amortización, fuente de pago, plazos y tasas de interés) y sus ingresos esperados ponderados por las probabilidades que podrían afectar el pago futuro de los créditos.

Esquema Tradicional

Para la estimación del monto máximo de crédito del esquema Tradicional se considera a los trabajadores en activo, sin crédito vigente en el FOVISSSTE y con al menos 18 meses de cotización.

Las variables determinantes del monto máximo de crédito del esquema Tradicional son:

-        Saldo en la Subcuenta de Vivienda

-        Género

-        Edad

-        Estado de residencia

-        Salario Básico de Cotización

-        Salario Básico de Cotización más compensaciones

-        Monto de la pensión mensual

-        Número de bimestres cotizados

-        Tipo de plaza del trabajador

-        Fecha de inicio de cotización

-        Estado al que se destinarán los recursos del crédito

La capacidad de pago del esquema Tradicional se estima tomando en cuenta los flujos esperados durante y después de la vida laboral de trabajador de tal forma que para obtener el monto disponible de cada periodo se realiza lo siguiente:

1)      Se proyectan los flujos esperados para la amortización del crédito, ponderados por la probabilidad de muerte, la probabilidad de impago, la probabilidad de estar inactivo, el crecimiento salarial y la inflación esperada; desde el inicio del crédito hasta la edad esperada de retiro del trabajador.

2)      Después de la edad en la que se espera que el trabajador se retire y hasta el vencimiento del plazo, se obtiene el esquema de jubilación que tiene mayor probabilidad de elegir y se estima el monto de la pensión; este flujo se pondera por la probabilidad de muerte.

Esquema Pensionados

Para este esquema se considera a los pensionados por jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios, o por cesantía en edad avanzada y vejez. Podrán ser sujetos de créditos del FOVISSSTE para adquisición de Vivienda Nueva o Usada y Construcción, con un plazo de Amortización máximo de veinte años.

Las variables determinantes del monto máximo de crédito del esquema Pensionados son:

-        Género

-        Edad

-        Estado de residencia

-        Monto de la pensión mensual

-        Estado al que se destinarán los recursos del crédito

La capacidad de pago del esquema Pensionados se estima tomando en cuenta los flujos esperados desde el inicio del crédito y hasta el vencimiento del plazo. En este caso el monto disponible de cada periodo se pondera únicamente por la probabilidad de muerte.”

Atentamente

Ciudad de México, a 26 de octubre de 2023.- Titular de la Secretaría de la Junta Directiva, Mtra. Andrea Nava Fernández del Campo.- Rúbrica.