CONSTANCIA de la Nota Aclaratoria al Acuerdo CNH.E.29.02/2023 por medio del cual se modifican, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, publicado el 31 de enero de 2024 |
Miércoles 24 de Abril de 2024 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional de Hidrocarburos.
CONSTANCIA DE LA NOTA ACLARATORIA AL “ACUERDO CNH.E.29.02/2023 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE ENERO DE 2024
MTRO. GUILLERMO ALBERTO LASTRA ORTIZ, SECRETARIO EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 2, FRACCIÓN I, 3, 5, 22 FRACCIÓN VIII Y 25, FRACCIONES IX Y XI, DE LA LEY DE LOS ÓRGANOS REGULADORES COORDINADOS EN MATERIA ENERGÉTICA Y 10, FRACCIÓN III Y 19, FRACCIÓN IV, INCISO b), DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS
HAGO CONSTAR
LA NOTA ACLARATORIA AL “ACUERDO CNH.E.29.02/2023 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE ENERO DE 2024, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
El 31 de enero de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO CNH.E.29.02/2023 por medio del cual se modifican, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos”. En dicho acuerdo se identificaron las siguientes imprecisiones, las cuales, para efectos del Acuerdo referido se deben tener por suplidas, sin que ello altere el sentido del ACUERDO CNH.E.29.02/2023.
DICE:
Artículo 21.- Atribuciones del Titular de la Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos. Sin perjuicio de otras atribuciones establecidas en el Reglamento Interno y demás Normativa Aplicable, el Titular de la Unidad de Administración Técnica de Asignaciones:
…
Artículo 38.- …
I. a II. …
III. Resguardar la documentación en la que consten los acuerdos alcanzados mediante negociación o las medidas decretadas por el Ejecutivo Federal o los tribunales competentes en materia de uso y ocupación superficial en relación con las Asignaciones, así como las garantías originales de cumplimiento y aquellas garantías corporativas de los Contratos suscritos;
DEBE DECIR:
Artículo 21.- Atribuciones del Titular de la Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos. Sin perjuicio de otras atribuciones establecidas en el Reglamento Interno y demás Normativa Aplicable, el Titular de la Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos:
Artículo 38.- …
I. a II. …
III. Resguardar la documentación en la que consten los acuerdos alcanzados mediante negociación o las medidas decretadas por el Ejecutivo Federal o los tribunales competentes en materia de uso y ocupación superficial en relación con los Contratos, así como las garantías originales de cumplimiento y aquellas garantías corporativas de los Contratos suscritos;
LA PRESENTE CONSTANCIA DE LA NOTA ACLARATORIA SE EXPIDE A SOLICITUD DE LA UNIDAD JURÍDICA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS, CON EL FIN DE ACLARAR, PARA EFECTOS ADMINISTRATIVOS, EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 21, Y LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 38 DEL “ACUERDO CNH.E.29.02/2023 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS”, Y PARA QUE SEA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.
La presente Constancia se expide en la Ciudad de México a los once días del mes de abril de dos mil veinticuatro.- Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, Mtro. Guillermo Alberto Lastra Ortiz.- Rúbrica.