MODIFICACIONES a las Disposiciones de carácter general sobre el registro de la contabilidad, elaboración y presentación de estados financieros a las que deberán sujetarse los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro |
Jueves 13 de Junio de 2024 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
MODIFICACIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD, ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS PARTICIPANTES EN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en lo previsto en los artículos 1°, 2°, 5° fracciones I, II, III, VII, XIII bis y XVI, 12 fracciones I, VI, VIII y XVI, 18, 84, 85, 86, 87 y 88 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 1°, 106, 107 y 108 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 1, 2 fracción III y 8o. primer párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, y
CONSIDERANDO
Que al cercarse la fecha de la transferencia quinquenal y dado que desaparece la Siefore Básica 55-59 y se crea la Siefore Básica 95-99 que iniciará operaciones el 23 de agosto de 2024, es necesario efectuar ajustes relativos a las reglas y catálogos contables con la finalidad de que las Administradoras se encuentren en posibilidad de cumplir de forma adecuada con sus obligaciones;
Que para efectos de lo anterior se estima necesario ajustar los catálogos de cuentas de activo del estado de situación financiera, las guías de registro de cuentas de estado de situación financiera y guías de registro en cuentas de orden, a efecto de que en las mismas ya se establezcan las referencias a la Siefore Básica 95-99;
Que, para mantener un control adecuado de la información contable en materia financiera, y precisar que los resarcimientos por las variaciones en el precio de la acción también deben efectuarse a las propias Siefores, es necesario realizar un ajuste en la metodología de dicho cálculo, así como actualizar los catálogos de cuentas para la agrupación y formulación de estados financieros de las sociedades de inversión y guía contable de operaciones para sociedades de inversión, en los cuales se refleje dicha información;
Que es necesario actualizar el Formato guía para la elaboración de los estados financieros, dado que actualmente no refleja conceptos que ya se encuentran dentro de los catálogos, sin embargo, no ha sido actualizado;
Que las presentes modificaciones no representan un costo para su implementación ya que las mismas únicamente implican precisiones que permitirán a los regulados una mejor observancia de la normatividad aplicable toda vez que los conceptos que se precisan ya se registran actualmente, por lo que no se generan cargas adicionales, y
MODIFICACIONES Y A ADICIONES LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD, ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS PARTICIPANTES EN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
ÚNICO.- Se MODIFICAN los artículos 20, primer párrafo; 21, primer y segundo párrafos; del Anexo “A” denominado “Catálogo de Cuentas de Afore” “Catálogo de Cuentas de Activo del Estado de Situación Financiera la Cuenta 1230, subcuentas 04 y 11; la Cuenta 1232, subcuenta 10; la Cuenta 1233, subcuenta 10; la Cuenta 1310, subcuenta 10; . la Cuenta 5101, subcuenta 10; la Cuenta 5106, subcuentas 10 y 31; la Cuenta 7106, subcuentas 01 y 02; la Cuenta 7107, subcuentas 01 y 02; la Cuenta 7124, subcuentas 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09; la Cuenta 7125, subcuenta 01; en su formato 7206, subcuentas 01 y 02; la Cuenta 7207, subcuentas 01 y 02; la Cuenta 7224 subcuentas 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09, y la Cuenta 7225 subcuenta 01; del Anexo “B” denominado “Guías de registro de cuentas de Estado de situación financiera” ”Guía de Registro de cuentas de Activo” la Cuenta 1230, subcuentas 04 y 11; la Cuenta 1232, subcuenta 10; la Cuenta 1233, subcuenta 10, y la Cuenta 1310, subcuenta 10; del “Anexo C” denominado “Guías de Registro de Cuentas de Resultados” “Guía de Registro de Cuentas Acreedoras de Resultados” la Cuenta 5101, subcuenta 10 y la Cuenta 5106, subcuentas 10 y 31; “Anexo D” denominado “Guías de Registro en Cuentas de Orden” la Cuenta 7106 subcuentas 01 y 02; la Cuenta 7107, subcuentas 01 y 02; la Cuenta 7124, subcuentas 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09, y la Cuenta 7125, subcuenta 01; “Anexo L” denominado “Guía Contable de Operaciones para Sociedades de Inversión” las descripción de la operación 82.1.3 ““Anexo N” denominado “Formato guía para la elaboración de los estados financieros” la cuenta 5133 “Otros premios y derechos / Otros productos” y la Cuenta 5133 “Resultado cambiario” ; Se ADICIONAN en el Anexo K” denominado “Catálogo de Cuentas para la Agrupación y Formulación de Estados Financieros de las Sociedades De Inversión” la Cuenta 1309, subcuenta 04, y la Cuenta 5133, subcuenta 25; en el “Anexo L” denominado “Guía Contable de Operaciones para Sociedades de Inversión” las descripciones de la operación 37.3.1 “Registro de la provisión del reembolso de costos o comisiones diario”; 37.3.2 “Valuación de la provisión del reembolso de costos o comisiones en Divisas”; 37.3.3 “COBRO DEL REEMBOLSO”; 37.3.3.1 “Cuando se recibe el reembolso en pesos”; 37.3.3.2 “Cuando se recibe el reembolso en divisa”; 76.3 “Registro de la comisión sobre saldo por ajuste en el precio de las acciones representativas del capital social de las Siefore” todos con sus respectivas cuentas, subcuentas y descripciones; 79.1.1 “RENDIMIENTOS DE LAS CHEQUERAS”, “Intereses por pagar por gestión en chequeras”; 82.1.3 “Cuando se liquida en moneda extranjera. Cuando se identifica un incumplimiento”; 82.2 “Incumplimientos en la venta de activo objetos de inversión”; 82.2.2 LIQUIDACIÓN “Cuando se entregan los títulos y se liquida el incumplimiento. Se cancela el saldo por Incumplimiento”; 82.2.3 “Cuando se liquida en moneda extranjera”; 82.2.4 "Valuación para el siguiente día”; 82.2.5 LIQUIDACIÓN “Cuando se entregan los títulos y se liquida el incumplimiento”; 89.1 “Incumplimiento de Liquidación de flujos en efectivo por IFD”; 89.1.1 LIQUIDACIÓN “Se cancela saldo por Incumpliendo de la cuenta por cobrar”; “89.1.2 “Incumplimiento de liquidación de flujos de efectivo en moneda extranjera”; 89.1.2.1 “Valuación para el siguiente día”; 89.1.2.2 “Liquidación” “Cuando se entregan los títulos y se liquida el incumplimiento”; “Anexo O” denominado “Determinación del Resarcimiento a los Trabajadores Afectados y a la Sociedad de Inversión” con un segundo párrafo, su fracción primera y una fórmula, para quedar como sigue:
MODIFICACIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD, ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS PARTICIPANTES EN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
“Artículo 20.- En aquellos casos en que la Sociedad de Inversión incurra en errores u omisiones que impliquen Ajustes Contables retroactivos que tengan como consecuencia un impacto en la valuación del precio de las acciones representativas de su capital, la Administradora que opere la Sociedad de Inversión deberá realizar la actualización del mismo en la Bolsa de Valores de que se trate, en un plazo que no exceda de tres días hábiles contados a partir del día en que se realizó la corrección, proporcionando evidencia a la Comisión en el mismo plazo. Así mismo, la Administradora que opere a la Sociedad de Inversión de que se trate, deberá resarcir a los Trabajadores afectados por las variaciones en el precio de la acción y en su caso resarcir la afectación a la Sociedad de Inversión conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de las presentes disposiciones de carácter general, proporcionando a esta Comisión evidencia detallada. Para tal efecto, las Sociedades de Inversión deberán sujetarse a lo previsto en el artículo 99 de la Ley.
…
…
…
…
…
…
…”
“Artículo 21.- En caso de resarcimiento a los Trabajadores o a la Sociedad de Inversión, la Administradora que opere la Sociedad de Inversión de que se trate, deberá cubrirlo, considerando lo previsto en el Anexo O.
La Administradora deberá cubrir los gastos que se deriven en caso de que la Sociedad de Inversión incurra en errores u omisiones que impliquen Ajustes Contables retroactivos, tales como el resarcimiento a los trabajadores afectados, resarcimiento a la Sociedad de Inversión, actualización del precio de las acciones representativas de su capital en la Bolsa de Valores o cualquier otro análogo que sea la denominación que se le dé, vinculado con las correcciones a que se refieren los artículos 19 y 20 de las presentes disposiciones.”
“ANEXO “A”
CATÁLOGO DE CUENTAS DE AFORE
CATÁLOGO DE CUENTAS DE ACTIVO DEL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
Cuenta |
Subcuenta |
Concepto |
… |
… |
… |
1230 |
04 |
Inversiones en Instrumentos Financieros Negociables Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
1230 |
11 |
Instrumento para cobrar o vender Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
1232 |
10 |
Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
1233 |
10 |
Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
1310 |
10 |
Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
5101 |
10 |
Comisiones por Saldos Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
Cuenta |
Subcuenta |
Concepto |
5106 |
10 |
Por Valuación Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
5106 |
31 |
Por Venta Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
7106 |
01 |
Siefore Básica 95-99 (número de acciones) |
7106 |
02 |
Siefore Básica 95-99 Complemento en pesos |
… |
… |
… |
7107 |
01 |
Siefore Básica 95-99 (número de acciones) |
7107 |
02 |
Siefore Básica 95-99 Complemento en pesos |
… |
… |
… |
7124 |
01 |
Siefore Básica 95-99 Retiro |
7124 |
02 |
Siefore Básica 95-99 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez |
7124 |
03 |
Siefore Básica 95-99 Cuota Social |
7124 |
04 |
Siefore Básica 95-99 SAR Anterior |
7124 |
05 |
Siefore Básica 95-99 Ahorro Voluntario IMSS |
7124 |
06 |
Siefore Básica 95-99 SAR ISSSTE 1992 |
7124 |
07 |
Siefore Básica 95-99 RVC ISSSTE |
7124 |
08 |
Siefore Básica 95-99 Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE |
7124 |
09 |
Siefore Básica 95-99 Ahorro Voluntario ISSSTE |
… |
… |
… |
7125 |
01 |
Complemento en pesos Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
7206 |
01 |
Número de acciones Siefore Básica 95-99 |
7206 |
02 |
Complemento en pesos Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
7207 |
01 |
Número de acciones Siefore Básica 95-99 |
7207 |
02 |
Complemento en pesos Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
7224 |
01 |
Retiro Siefore Básica 95-99 |
7224 |
02 |
Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica 95-99 |
7224 |
03 |
Cuota social Siefore Básica 95-99 |
7224 |
04 |
SAR Anterior Siefore Básica 95-99 |
7224 |
05 |
Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica 95-99 |
7224 |
06 |
SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica 95-99 |
7224 |
07 |
RCV ISSSTE Siefore Básica 95-99 |
7224 |
08 |
Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE Siefore Básica 95-99 |
7224 |
09 |
Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
7225 |
01 |
Siefore Básica 95-99 Complemento en pesos |
… |
… |
…” |
…”
“ANEXO B
GUÍAS DE REGISTRO DE CUENTAS DE ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
GUÍA DE REGISTRO DE CUENTAS DE ACTIVO
Cuenta |
Subcuenta |
Concepto |
Descripción |
… |
… |
… |
… |
1230 |
04 |
Inversiones en Instrumentos Financieros Negociables Siefore Básica 95-99 |
Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería de la “Siefore Básica 95-99“ en instrumentos financieros cuyo objetivo es invertir con el propósito de obtener una utilidad entre el precio de compra y el de venta, o sea en función de la administración de los riesgos de Mercado de dicho instrumento de acuerdo con la norma vigente correspondiente. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones en instrumentos financieros negociables en la “Siefore Básica 95-99“, que se determinará entre el valor en libros anterior contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse en el estado de resultados del periodo en el que ocurra o, en su caso, reconociendo en el ORI aquellos instrumentos que no se negocian en el corto plazo, de conformidad con la Norma vigente correspondiente. |
… |
… |
… |
… |
1230 |
11 |
Instrumento para cobrar o vender Siefore Básica 95-99 |
Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la “Siefore Básica 95-99” en instrumentos financieros cuyo objetivo es cobrar los flujos de efectivo contractuales por cobros de principal e interés, o bien obtener una utilidad en su venta, cuando esta sea conveniente. En su registro o valuación de reconocimiento inicial deberán ser valuados a su valor razonable de acuerdo con la Norma vigente correspondiente. La inversión debe reconocerse al precio de la contraprestación pactada de la fecha de concertación. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones en instrumentos Financieros para Cobrar o Vender en la “Siefore Básica 95-99”, que se determinará entre el valor en libros anterior contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse dentro del ORI de conformidad con la Norma vigente correspondiente, antes de afectar a ORI, las siguientes partidas deberán afectar a la utilidad o pérdida neta y el valor del IFCV: -Intereses devengados sobre la base de su tasa de interés efectiva,-fluctuaciones cambiarias en el momento que ocurran y – disminuciones en el valor que sean atribuibles al deterioro por pérdidas crediticias esperadas del IFCV. |
… |
… |
… |
… |
1232 |
10 |
Siefore básica 95-99 |
Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la “Siefore Básica 95-99” considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de “inversiones permanentes en acciones” valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados “Participación en los resultados de subsidiarias”, como lo establecen las NIF´s que le son aplicables. |
1233 |
10 |
Siefore básica 95-99 |
Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la “Siefore Básica 95-99” por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de “inversiones permanentes en acciones” valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados “Participación en los resultados de subsidiarias” como lo establecen las NIF´s que le son aplicables. |
1310 |
10 |
Siefore básica 95-99 |
Se registrarán las comisiones pendientes de cobro por servicios prestados por la administración de las cuentas individuales de los trabajadores de la “Siefore Básica 95-99”, de acuerdo al porcentaje autorizado, de conformidad con lo establecido en la regulación vigente y en la NIF correspondiente. |
… |
… |
… |
… |
…”
“ANEXO C
GUÍAS DE REGISTRO DE CUENTAS DE RESULTADOS
GUÍA DE REGISTRO DE CUENTAS ACREEDORAS DE RESULTADOS
Cuenta |
Subcuenta |
Concepto |
Descripción |
… |
… |
… |
… |
5101 |
10 |
Comisiones por Saldos Siefore Básica95-99 |
|
… |
… |
… |
|
5106 |
10 |
Por Valuación Siefore Básica 95-99 |
… |
… |
… |
… |
|
5106 |
31 |
Por venta Siefore Básica 95-99 |
|
…”
“ANEXO D
GUÍAS DE REGISTRO EN CUENTAS DE ORDEN
Cta. |
Sub Cta. |
Cuenta de naturaleza deudora |
Cta. |
Sub Cta. |
Cuenta de naturaleza acreedora.- CONTRACUENTA |
Descripción |
||
… |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
||
7106 |
01 |
Siefore Básica 95-99 (número de acciones) |
7206 |
01 |
Número de acciones Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el número de acciones de Siefore 95-99 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
||
7106 |
02 |
Siefore Básica 95-99Complemento en pesos |
7206 |
02 |
Complemento en pesos Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de “Siefore Básica 95-99” a la fecha de emisión de la información. |
||
… |
… |
… |
.. |
… |
… |
… |
||
7107 |
01 |
Siefore Básica 95-99 (número de acciones) |
7207 |
01 |
Número de acciones Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el valor de las acciones de las que participa la Afore en la Siefore Básica 95-99. |
||
7107 |
02 |
Siefore Básica 95-99Complemento en pesos |
7207 |
02 |
Complemento en pesos Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el complemento en pesos que su sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de “Siefore Básica 95-99” a la fecha de emisión de la información. |
||
… |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
||
7124 |
01 |
Siefore Básica 95-99 Retiro |
7224 |
01 |
Retiro Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el valor de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la “Siefore Básica 95-99” en la “cuenta de Retiro”, operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administrados por la AFORE en esta Siefore. |
||
7124 |
02 |
Siefore Básica 95-99 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. |
7224 |
02 |
Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el valor de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la “Siefore Básica 95-99“ en la “cuenta de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez”, operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administrados por la AFORE en esta Siefore. |
||
7124 |
03 |
Siefore Básica 95-99 Cuota Social. |
7224 |
03 |
Cuota social Siefore Básica 95-99. |
Se registrará el valor de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la “Siefore Básica 95-99” en la “cuenta de Cuota Social”, operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
||
7124 |
04 |
Siefore Básica 95-99 SAR Anterior |
7224 |
04 |
SAR Anterior Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el valor de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la “Siefore Básica 95-99” en la “cuenta de SAR anterior”, operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
||
7124 |
05 |
Siefore Básica 95-99 Ahorro Voluntario IMSS |
7224 |
05 |
Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la “Siefore Básica 95-99” en la “cuenta de Ahorro Voluntario IMSS”, operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
||
7124 |
06 |
Siefore Básica 95-99 SAR ISSSTE 1992 |
7224 |
06 |
SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la “Siefore Básica 95-99” en la “cuenta de SAR ISSSTE 1992”, operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
||
7124 |
07 |
Siefore Básica 95-99 RCV ISSSTE |
7224 |
07 |
RCV ISSSTE Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la “Siefore Básica 95-99” en la “cuenta de RVC ISSSTE”, operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
||
7124 |
08 |
Siefore Básica 95-99 Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE |
7224 |
08 |
Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la “Siefore Básica 95-99” en la “cuenta de Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE”, operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
||
7124 |
09 |
Siefore Básica 95-99 Ahorro Voluntario ISSSTE |
7224 |
09 |
Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica 95-99 |
Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la “Siefore Básica 95-99” en la “cuenta de Ahorro Voluntario ISSSTE”, operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
||
… |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
||
7125 |
01 |
Complemento en pesos Siefore Básica 95-99 |
7225 |
01 |
Siefore Básica 95-99Complemento en pesos |
Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta “Acciones administradas por cuenta de trabajadores”, reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la “Siefore Básica 95-99” a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
||
… |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
||
ANEXO K:
CATÁLOGO DE CUENTAS PARA LA AGRUPACIÓN Y FORMULACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN
Cuenta |
Subcuenta |
Concepto Propuesta |
… |
… |
… |
13 |
0 |
GRUPO 13: DEUDORES DIVERSOS |
… |
… |
… |
1309 |
04 |
Reembolsos por costos o comisiones de Renta Variable Extranjera |
… |
… |
… |
51 |
0 |
Grupo 51: cuentas de resultados acreedoras |
… |
… |
… |
5133 |
25 |
Reembolso de costos o comisiones Renta Variable Extranjera |
… |
… |
… |
…”
ANEXO L
GUÍA CONTABLE DE OPERACIONES PARA SOCIEDADES DE INVERSIÓN
COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO |
||||||||
ANEXO L. GUÍA CONTABLE DE OPERACIONES PARA SOCIEDADES DE INVERSIÓN |
||||||||
Descripción de la operación |
D E B E |
H A B E R |
Descripción de la operación |
|||||
Cta. |
Sub Cta. |
Nombre |
Cta. |
Sub Cta. |
Nombre |
|||
|
||||||||
INICIO DE OPERACIONES DE LA SIEFORE |
||||||||
37.- COBRO DE DIVIDENDOS |
||||||||
… |
||||||||
37.3.1 Registro de la provisión del reembolso de costos o comisiones diario
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Registro de la provisión del reembolso diario del Administrador del Vehículo a la Siefore por los costos o comisiones por gestión. |
1309 |
04 |
REEMBOLSOS Y OTROS INTERESES
Reembolsos por costos o comisiones de Renta Variable Extranjera
|
5133 |
25 |
OTROS PRODUCTOS
Reembolso de costos o comisiones Renta Variable Extranjera |
Registro del reembolso diario del Administrador del Vehículo a la Siefore por los costos o comisiones por gestión. |
|
37.3.2 Valuación de la provisión del reembolso de costos o comisiones en Divisas |
|
|
|
|
|
|
|
|
En su caso, registro de la utilidad cambiaria, actualización de la cuenta por cobrar del reembolso, utilizando el nuevo tipo de cambio vigente del vector de precios. |
1309
|
04 |
REEMBOLSOS Y OTROS INTERESES
Reembolsos por costos o comisiones de Renta Variable Extranjera
|
5133
|
XX |
OTROS PRODUCTOS
(Utilizar la subcuenta correspondiente)
|
En su caso, registro de la ganancia cambiaria. (Si el nuevo tipo de cambio vigente para el día siguiente del vector de precios es mayor al tipo de cambio vigente reportado en el vector de precios del día anterior). |
|
En su caso, registro de la pérdida cambiaria. (Si el nuevo tipo de cambio vigente para el día siguiente del vector de precios es menor al tipo de cambio vigente reportado en el vector de precios del día anterior). |
5133 |
XX |
OTROS PRODUCTOS
(Utilizar la subcuenta correspondiente)
|
1309 |
04 |
REEMBOLSOS Y OTROS INTERESES
Reembolsos por costos o comisiones de Renta Variable Extranjera
|
Actualización de la cuenta por cobrar por el importe del reembolso, utilizando el nuevo tipo de cambio vigente para el día siguiente del vector de precios. |
|
37.3.3 COBRO DEL REEMBOLSO |
|
|
|
|
|
|
|
|
El día que se recibe el importe acumulado del reembolso |
|
|
|
|
|
|
|
|
37.3.3.1 Cuando se recibe el reembolso en pesos Registro del cobro del reembolso |
1301
|
01 |
LIQUIDADORA
Liquidación mismo día |
1309 |
04 |
REEMBOLSOS Y OTROS INTERESES Reembolsos por costos o comisiones de Renta Variable Extranjera |
Registro de la cancelación de la cuenta por cobrar por el importe del reembolso. |
|
37.3.3.2 Cuando se recibe el reembolso en divisa |
|
|
|
|
|
|
|
|
Registro del monto total a recibir, utilizando el tipo de cambio vigente en su caso, reportado en el último vector de precios conocido (el que se recibió el día anterior). |
1103
|
XX |
BANCOS MONEDAS EXTRANJERAS
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
1309 |
04 |
REEMBOLSOS Y OTROS INTERESES
Reembolsos por costos o comisiones de Renta Variable Extranjera
|
Registro de la cancelación de la cuenta por cobrar por el importe del reembolso. |
|
Registro del número de unidades de la divisa recibidas por la operación del cobro del reembolso |
7115 |
XX |
BANCOS DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar la subcuenta correspondiente)
|
7215 |
XX |
BANCOS DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar la subcuenta correspondiente) |
|
|
… |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
|
76.- PROVISIÓN Y PAGO DE COMISIONES SOBRE SALDO |
||||||||
… |
||||||||
76.3 Registro de la comisión sobre saldo por ajuste en el precio de las acciones representativas del capital social de las Siefore. |
|
|
|
|
|
|
|
|
En su caso, registro del ajuste en la comisión sobre saldo por subvaluación en el precio de la acción (cuando el precio correcto fue mayor).
|
5230
|
02 |
GASTOS GENERALES Comisiones sobre saldos Trabajadores
|
1301 |
01 |
LIQUIDADORA
Liquidación mismo día
|
|
|
En su caso, registro del ajuste en la comisión sobre saldo por sobrevaluación en el precio de la acción (cuando el precio correcto fue menor)
Nota: El registro se deberá realizar cuando se haga el ajuste en el saldo de las comisiones, con la finalidad de que dichas cuentas contables registren lo que efectivamente se ha pagado por concepto de comisiones. |
1301
|
01 |
LIQUIDADORA Liquidación mismo día
|
5230 |
02 |
GASTOS GENERALES Comisiones sobre saldos Trabajadores
|
|
|
… |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
|
79.- RENDIMIENTOS DE LAS CHEQUERAS |
||||||||
…. |
||||||||
79.1.1 Intereses por pagar por gestión en chequeras |
|
|
|
|
|
|
|
|
Se provisionan los intereses por pagar generados por gestión de las chequeras. |
5230 |
20 |
GASTOS GENERALES
Otros |
2101 |
21 |
ACREEDORES
Otras cuentas por pagar |
Se provisionan los intereses por pagar generados por gestión de las chequeras. |
|
Se registra el pago de los intereses pagados por gestión en las chequeras. |
2101 |
21 |
ACREEDORES
Otras cuentas por pagar |
1301 |
01 |
LIQUIDADORA
Liquidación mismo día |
Registro de la cancelación de la cuenta por pagar de los intereses por gestión en las chequeras. |
|
… |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
|
82.- INCUMPLIMIENTOS EN LA COMPRA - VENTA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS |
||||||||
82.1.- INCUMPLIMIENTOS EN LA COMPRA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS |
||||||||
… |
||||||||
82.1.3 Cuando se liquida en moneda extranjera |
|
|
|
|
|
|
|
|
Cuando se identifica un incumplimiento
Registro del pasivo por el monto pagado por la operación, valuada en pesos con el tipo de cambio correspondiente. |
2108
|
XX |
DIVISAS POR ENTREGAR
(Utilizar subcuenta correspondiente)
|
1103
|
|
BANCOS MONEDAS EXTRANJERAS
|
La cuenta por pagar liquidación 24 horas se traspasa a la liquidadora.
|
|
Registro en el caso de exceso en la cuenta de Bancos.
Se traspasa el saldo de la cuenta de Bancos monedas extranjeras a depósitos reservados al pago de compromisos futuros valuado al tipo de cambio del vector. |
1105
|
XX |
DEPÓSITOS RESERVADOS AL PAGO DE COMPROMISOS FUTUROS EN MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
2101
|
20
|
ACREEDORES
Por incumplimientos
|
Se traspasa el saldo de la cuenta de depósitos reservados al pago de compromisos futuros, a la cuenta de incumplimientos valuado al tipo de cambio correspondiente. |
|
Registro del número en unidades de la divisa. |
7215
|
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA (Utilizar la subcuenta correspondiente) |
7115 |
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA (Utilizar la subcuenta correspondiente)
|
|
|
7117
7218
|
XX
XX |
DEPÓSITOS RESERVADOS AL PAGO DE COMPROMISOS FUTUROS EN DIVISAS, MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar la subcuenta correspondiente)
DIVISAS POR ENTREGAR
(Utilizar la subcuenta correspondiente) |
7217
7118
|
XX
XX |
DEPÓSITOS RESERVADOS AL PAGO DE COMPROMISOS FUTUROS EN DIVISAS, MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar la subcuenta correspondiente)
DIVISAS POR ENTREGAR
(Utilizar la subcuenta correspondiente)
|
Se ingresa a la cuenta de depósitos reservados al pago de compromiso futuros
|
||
82.2- INCUMPLIMIENTOS EN LA VENTA DE ACTIVO OBJETOS DE INVERSIÓN |
||||||||
… |
||||||||
82.2.2 Liquidación |
|
|
|
|
|
|
|
|
Cuando se entregan los títulos y se liquida el incumplimiento. Se cancela el saldo por Incumplimiento. |
1301
|
01 |
LIQUIDADORA
Liquidación mismo día
|
1301
ó
1301 |
20
21 |
LIQUIDADORA
Por incumplimientos
LIQUIDADORA
Incumplimientos por Intereses, dividendos, premios o derechos |
La cuenta por pagar por incumplimientos se liquida |
|
82.2.3 Cuando se liquida en moneda extranjera
Cuando se identifica un incumplimiento
La cuenta por cobrar liquidación 24 horas se traspasa a incumplimientos.
|
1301 |
20 |
LIQUIDADORA
Por incumplimientos |
1103 |
XX
|
BANCOS MONEDAS EXTRANJERAS
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
La cuenta de bancos en moneda extranjera se traspasa a Incumplimientos.
|
|
Se mantiene las cuentas de órdenes de las unidades de las divisas recibidas por la operación de venta
|
7116
7215 |
XX
XX |
DIVISAS POR RECIBIR
(Utilizar subcuenta correspondiente)
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar subcuenta correspondiente)
|
7216
7115 |
XX
XX
|
DIVISAS POR RECIBIR
(Utilizar subcuenta correspondiente)
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
Se traspasa la cuenta de bancos en moneda extranjera a divisas por recibir |
|
82.2.4 Valuación para el siguiente día
El Tipo de Cambio sube:
Registro de la ganancia cambiaría por la valuación, utilizando el nuevo tipo de cambio reportado por el vector de precios para el día siguiente.
El Tipo de Cambio baja:
Registro de la pérdida cambiaría por la valuación del monto total a liquidar, utilizando el nuevo tipo de cambio reportado por el vector de precios para el día siguiente. |
1301
5133 |
20
XX |
LIQUIDADORA Por incumplimientos
OTROS PRODUCTOS
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
5133
1301 |
XX
20 |
OTROS PRODUCTOS
(Utilizar subcuenta correspondiente)
LIQUIDADORA
Por incumplimientos
|
Registro de la ganancia cambiaría por la valuación del monto total a liquidar, utilizando el nuevo tipo de cambio reportado por el vector de precios para el día siguiente. |
|
82.2.5 Liquidación
Cuando se entregan los títulos y se liquida el incumplimiento.
|
1103 |
XX |
BANCOS MONEDAS EXTRANJERAS
(Utilizar subcuenta correspondiente)
|
1301 |
20 |
LIQUIDADORA
Por incumplimientos |
Se liquidan las divisas por el incumplimiento. |
|
Se cancela el saldo por Incumplimiento valuado al tipo de cambio del vector de precios. |
7115 |
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
7215 |
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar subcuenta correspondiente)
|
Se traspasa la cuenta de divisas por recibir a bancos en moneda extranjera
|
|
Registro del número de unidades en divisas cuando se liquida el incumplimiento |
7216 |
XX |
DIVISAS POR RECIBIR
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
7116 |
XX |
DIVISAS POR RECIBIR (Utilizar subcuenta correspondiente)
|
|
|
89. INCUMPLIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE FLUJOS EN EFECTIVO POR IFD |
||||||||
89.1 Incumplimiento de liquidación de flujos en efectivo por IFD Cuando se identifica un incumplimiento |
|
|
|
|
|
|
|
|
La cuenta por cobrar se traspasa a cuenta de incumplimientos, dependiente el caso del IFD.
|
1301 |
21
|
LIQUIDADORA Incumplimientos por Intereses, dividendos, premios o derechos
|
1301
|
01 |
LIQUIDADORA Liquidación mismo día |
La cuenta liquidadora del corte de cupón de swaps se traspasa a una cuenta por cobrar por Incumplimientos.
|
|
La cuenta por pagar se traspasa a cuenta de incumplimientos dependiente el caso del IFD Swap. |
1301
|
01 |
LIQUIDADORA
Liquidación mismo día
|
2101 |
20 |
ACREEDORES
Por incumplimientos
|
La cuenta liquidadora del corte de cupón de swaps se traspasa a una cuenta por pagar por Incumplimientos. |
|
89.1.1 LIQUIDACIÓN
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Se cancela el saldo por Incumplimiento de la cuenta por cobrar |
1301
|
01
|
LIQUIDADORA
Liquidación mismo día
|
1301
|
21
|
LIQUIDADORA
Incumplimientos por Intereses, dividendos, premios o derechos
|
La cuenta por cobrar por incumplimientos se liquida.
|
|
Se cancela el saldo por Incumplimiento de la cuenta por pagar
|
2101 |
20 |
ACREEDORES Por incumplimientos
|
1301 |
01 |
LIQUIDADORA Liquidación mismo día |
La cuenta por pagar por incumplimientos se liquida. |
|
89.1.2 Incumplimiento de liquidación de flujos de efectivo en moneda extranjera
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Cuando se identifica un incumplimiento
|
1301 |
|
LIQUIDADORA |
1103 |
|
BANCOS MONEDAS EXTRANJERAS
|
La cuenta liquidadora se traspasa a Incumplimientos |
|
La cuenta por cobrar se traspasa a cuenta de incumplimientos, dependiente el caso del IFD |
|
21 |
Incumplimientos por Intereses, dividendos, premios o derechos
|
|
XX |
(Utilizar subcuenta Correspondiente |
|
|
Se cancela el registro del número de unidades en divisas cuando se conoce el incumplimiento
|
7215 |
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar subcuenta correspondiente)
|
7115 |
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
Se cancela el registro del número de divisas utilizadas para el cobro de la operación
|
|
La cuenta por pagar se traspasa a cuenta de incumplimientos dependiente el caso del IFD
|
1103
|
XX |
BANCOS MONEDAS EXTRANJERAS
(Utilizar subcuenta correspondiente
|
2101
|
20 |
ACREEDORES
Por incumplimientos |
La cuenta de bancos en moneda extranjera se traspasa a Incumplimientos. |
|
Se cancela el registro del número de unidades en divisas cuando se conoce el incumplimiento |
7115 |
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA (Utilizar subcuenta correspondiente)
|
7215 |
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA (Utilizar subcuenta correspondiente)
|
Se cancela el registro del número de divisas utilizadas para el cobro de la operación |
|
89.1.2.1 VALUACIÓN PARA EL SIGUIENTE DÍA
|
|
|
|
|
|
|
|
|
El Tipo de Cambio sube:
Registro de la ganancia cambiaría por la valuación, utilizando el nuevo tipo de cambio reportado por el vector de precios para el día siguiente. |
1301
|
21 |
LIQUIDADORA Incumplimientos por Intereses, dividendos, premios o derechos |
5133
|
XX
|
OTROS PRODUCTOS
(Utilizar subcuenta correspondiente)
|
Registro de la ganancia cambiaría por la valuación del monto total a liquidar, utilizando el nuevo tipo de cambio reportado por el vector de precios para el día siguiente. |
|
El Tipo de Cambio baja:
Registro de la pérdida cambiaría por la valuación del monto total a liquidar, utilizando el nuevo tipo de cambio reportado por el vector de precios para el día siguiente.
|
5133 |
XX |
OTROS PRODUCTOS
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
1301 |
21 |
LIQUIDADORA
Incumplimientos por Intereses, dividendos, premios o derechos |
|
|
89.1.2.2 LIQUIDACIÓN
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Cuando se entregan los títulos y se liquida el incumplimiento
Se cancela el saldo por cuenta por cobrar de Incumplimiento valuado al tipo de cambio del vector de precios
|
1103
|
XX
|
BANCOS MONEDAS EXTRANJERAS
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
1301
|
21
|
LIQUIDADORA
Incumplimientos por Intereses, dividendos, premios o derechos
|
Se registra la liquidación de la cuenta por cobrar de incumplimientos a liquidación de las divisas.
|
|
Registro del número de unidades en divisas cuando se liquida el incumplimiento |
7115 |
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA (Utilizar subcuenta correspondiente) |
7215 |
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA (Utilizar subcuenta correspondiente) |
|
|
Se cancela el saldo por cuenta por pagar de Incumplimiento valuado al tipo de cambio del vector de precios |
2101 |
20
|
ACREEEDORES
Por incumplimientos
|
1103
|
XX
|
BANCOS MONEDAS EXTRANJERAS (Utilizar subcuenta correspondiente)
|
Se registra la liquidación de la cuenta por pagar de incumplimientos a liquidación de las divisas |
|
Registro del número de unidades en divisas cuando se liquida el incumplimiento |
7215 |
XX |
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA
(Utilizar subcuenta correspondiente) |
7115 |
XX
|
BANCOS, DIVISAS EN MONEDA EXTRANJERA (Utilizar subcuenta correspondiente) |
|
|
…”
Formato guía para la elaboración de los estados financieros
COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO Anexo N: Formato guía para la elaboración de los estados financieros
NOMBRE DE LA SOCIEDAD DE INVERSIÓN ESPECIALIZADA DE FONDOS PARA EL RETIRO TIPO DE SOCIEDAD DE INVERSIÓN |
ESTADO DE RESULTADO INTEGRAL |
(Cifras en miles de pesos)
Por los periodos al XX de XXXXXXXXXX de: 201# 201# … … … … … … … …
5133 Otros premios y derechos / Otros productos (Subcuentas de la 7 a la 25) # # Intereses, dividendos, premios y derechos ## ## ... … … … 5133 Resultado cambiario / Otros productos (Subcuentas de la 1 a la 6, y de la 34 a la 91) # # … …. … …
… …. … …
… …. … …”
|
“ANEXO O
DETERMINACIÓN DEL RESARCIMIENTO A LOS TRABAJADORES AFECTADOS Y A LA SOCIEDAD DE INVERSIÓN
…
I. …
II. …
III. …
Para el cálculo del resarcimiento a las Sociedades de Inversión afectadas por las variaciones en el precio de la acción conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de las presentes disposiciones de carácter general la Administradora que opere a la Sociedad de Inversión de que se trate, deberá computar dicho monto considerando lo siguiente:
I. Si el precio de la acción corregido fue mayor y la Sociedad de Inversión realizó la venta de acciones representativas de capital, la Administradora deberá realizar el resarcimiento a la Sociedad de Inversión afectada con el importe que resulte de multiplicar el diferencial de precios por el número de acciones vendidas al trabajador. La fórmula siguiente muestra algebraicamente la mecánica anterior:
Fórmula 1.- Cálculo del Resarcimiento a la Sociedad de Inversión por subvaluación
Dónde:
Q: Monto del Resarcimiento a la Sociedad de Inversión
P0: Precio Inicial de la acción
P1: Precio corregido de la acción
N: Numero de acciones vendidas por la Sociedad de Inversión”
TRANSITORIO
ÚNICO.- Las presentes modificaciones y adiciones a las Disposiciones de carácter general sobre el registro de la contabilidad, elaboración y presentación de estados financieros a las que deberán sujetarse los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro, entrarán en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con excepción de lo siguiente:
I. Lo dispuesto en los Anexos A, B, C y D, entrarán en vigor el 23 de agosto de 2024;
II. Lo dispuesto en los Anexo K y L, entrarán en vigor el 12 de julio de 2024, antes del vencimiento de dicho plazo la Comisión podrá realizar una prueba de integración de la información prevista en la fracción XXIX de la SÉPTIMA de las Reglas generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, entreguen a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Con la entrada en vigor de las presentes modificaciones, se abrogan todas aquellas disposiciones que contravengan a las presentes modificaciones y adiciones.
Ciudad de México, 03 de junio de 2024.- El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Mtro. Julio Cesar Cervantes Parra.- Rúbrica.