ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica

Viernes 12 de Julio de 2024

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 96/2024

Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.

ADÁN ENRIQUE GARCÍA RAMOS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza de 20 kilómetros y en el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo que se indica, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Único.- Se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables, dentro de la franja fronteriza de 20 kilómetros y del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, a que se refieren los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 13 al 19 de julio de 2024.

Zona I

Municipios de Tijuana y Playas de Rosarito del Estado de Baja California

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

Municipio de Tecate del Estado de Baja California

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$0.130

$0.108

$0.087

$0.065

$0.043

$0.022

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$0.140

$0.117

$0.093

$0.070

$0.047

$0.023

 

Zona II

Municipio de Mexicali del Estado de Baja California

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$0.580

$0.483

$0.387

$0.290

$0.193

$0.097

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$0.600

$0.500

$0.400

$0.300

$0.200

$0.100

 

Zona III

Municipio de San Luis Rio Colorado del Estado de Sonora

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$3.360

$2.800

$2.240

$1.680

$1.120

$0.560

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$2.900

$2.417

$1.933

$1.450

$0.967

$0.483

 

Zona IV

Municipios de Puerto Peñasco y Caborca del Estado de Sonora

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$3.470

$2.892

$2.313

$1.735

$1.157

$0.578

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$2.490

$2.075

$1.660

$1.245

$0.830

$0.415

 

Municipio de General Plutarco Elías Calles del Estado de Sonora

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$3.010

$2.508

$2.007

$1.505

$1.003

$0.502

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$1.960

$1.633

$1.307

$0.980

$0.653

$0.327

 

Municipios de Nogales, Sáric, Agua Prieta del Estado de Sonora

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$3.010

$2.508

$2.007

$1.505

$1.003

$0.502

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$1.960

$1.633

$1.307

$0.980

$0.653

$0.327

 

Municipios de Santa Cruz, Cananea, Naco y Altar del Estado de Sonora

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$3.160

$2.633

$2.107

$1.580

$1.053

$0.527

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$2.210

$1.842

$1.473

$1.105

$0.737

$0.368

 

Zona V

Municipio de Janos, Manuel Benavides, Manuel Ojinaga y Ascensión del Estado de Chihuahua

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$4.230

$3.525

$2.820

$2.115

$1.410

$0.705

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$3.320

$2.767

$2.213

$1.660

$1.107

$0.553

 

Municipios de Juárez, Praxedis G. Guerrero y Guadalupe Estado de Chihuahua

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$3.410

$2.842

$2.273

$1.705

$1.137

$0.568

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$2.860

$2.383

$1.907

$1.430

$0.953

$0.477

 

Municipio de Coyame del Sotol del Estado de Chihuahua

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$3.820

$3.183

$2.547

$1.910

$1.273

$0.637

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$3.000

$2.500

$2.000

$1.500

$1.000

$0.500

 

Zona VI

Municipios de Ocampo, Acuña, Jiménez, Guerrero y Zaragoza del Estado de Coahuila de Zaragoza y municipio de Anáhuac del Estado de Nuevo León

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$4.550

$3.792

$3.033

$2.275

$1.517

$0.758

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$3.410

$2.842

$2.273

$1.705

$1.137

$0.568

 

Municipios de Piedras Negras y Nava del Estado de Coahuila de Zaragoza

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$4.220

$3.517

$2.813

$2.110

$1.407

$0.703

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$3.090

$2.575

$2.060

$1.545

$1.030

$0.515

 

Municipio de Hidalgo del Estado de Coahuila de Zaragoza y Nuevo Laredo del Estado de Tamaulipas

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$4.120

$3.433

$2.747

$2.060

$1.373

$0.687

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$2.990

$2.492

$1.993

$1.495

$0.997

$0.498

 

Zona VII

Municipios de Guerrero, Mier y Valle Hermoso del Estado de Tamaulipas

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$4.500

$3.750

$3.000

$2.250

$1.500

$0.750

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$3.410

$2.842

$2.273

$1.705

$1.137

$0.568

 

Municipios de Reynosa, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Rio Bravo, Matamoros y Miguel Alemán del Estado de Tamaulipas

 

0-20

kms

20-25

kms

25-30

kms

30-35

kms

35-40

kms

40-45

kms

Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 91 octanos:

$3.830

$3.192

$2.553

$1.915

$1.277

$0.638

b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:

$2.650

$2.208

$1.767

$1.325

$0.883

$0.442

 

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial  de la Federación.

Ciudad de México, a 11 de julio de 2024.- Con fundamento en el artículo Segundo, tercer párrafo, del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios y Sobre Hidrocarburos, Adán Enrique García Ramos.- Rúbrica.