OFICIO número 349-B-305 mediante el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, bajo la figura de productos y aprovechamientos, los montos de los servicios que presta la Agencia

Miércoles 25 de Septiembre de 2024

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MEDIO AMBIENTE.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente.

“Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. - HACIENDA. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público. - Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público. - Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos. - Oficio No. 349-B-305

Ciudad de México, a 20 de agosto de 2024

C.P. YAHAIRA THAMARA REYES PANTOJA

Directora de Contabilidad

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Av. Ejército Nacional núm. 223, Col. Anáhuac 13320, Ciudad de

México.

P r e s e n t e

Me refiero a la solicitud identificada con el oficio de solicitud 511/DC/02/2024, folio número 6, número de proceso 596592, gestionada a través del módulo aplicativo DEPAMIN, mediante la cual solicita autorización de 3 productos y 12 aprovechamientos por concepto de Prestación de Servicios.

Sobre el particular, le informo que esta Secretaría con fundamento en los artículos 31, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 17, fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en vigor, 3º del Código Fiscal de la Federación, 10 y 11 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2024, y considerando que los importes propuestos fueron determinados con base en el costo total del bien o servicio, de acuerdo con la información que se adjunta a la presente solicitud, autoriza a la Agencia Nacional de Seguridad industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos cobrar bajo la naturaleza jurídica de productos y aprovechamientos, 3 productos y 12 aprovechamientos que se describen en la tabla adjunta del folio citado.

Por lo que hace a los productos, esta autorización se emite sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley del Impuesto al Valor Agregado, así como de otras disposiciones jurídicas aplicables

Los ingresos captados por los conceptos que se autorizan a través del presente oficio se podrán destinar a la Agencia Nacional de Seguridad industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.

De conformidad con el artículo 12 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2024, los ingresos generados por los conceptos autorizados mediante el presente instrumento, deberán concentrarse en la Tesorería de la Federación, a través de las oficinas autorizadas por esta Secretaría, mediante el sistema de pago electrónico aprobado por el Servicio de Administración Tributaria, bajo las claves de referencia asignadas por el órgano administrativo competente.

Atentamente

En suplencia por ausencia del Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos, con fundamento en el artículo 50, párrafo décimo noveno del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, firma el C. Director General en la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos, el Director General, Arturo Contreras Corral.- Rúbrica.

 

TABLA

PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS AUTORIZADOS A LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS

 

 

 

 

Ciudad de México, a los diecinueve días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro.- El Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, Ángel Carrizales López.- Rúbrica.

(R.- 557059)