ANEXO 16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, publicada el 30 de diciembre de 2024

Lunes 20 de Enero de 2025

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.

ANEXO 16 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2025

Dictamen de estados financieros para efectos fiscales (SIPRED 2024) Tipo I

Para los efectos de los artículos 32-A, párrafo quinto y 52, fracción IV del CFF, en relación con las reglas 1.9., fracción XIV y 2.10.6., se dan a conocer los instructivos de integración y de características, así como los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2024 (SIPRED 2024) Tipo I, conforme a lo siguiente:

Contenido

 

Este anexo se integra de los instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito y de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el contador público, por el ejercicio fiscal del 2024, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2024 (SIPRED 2024), aplicable a los tipos de dictámenes que se mencionan.

 

·       Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2024, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2024 (SIPRED 2024).

·       Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2024 utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2024 (SIPRED 2024).

A.     Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros general, por el ejercicio fiscal del 2024.

·       Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).

·       Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).

B.     Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje por el ejercicio fiscal del 2024.

·       Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).

·           Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).

C.     Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las casas de cambio, por el ejercicio fiscal del 2024.

·           Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).

·           Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).

D.     Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros de los intermediarios financieros no bancarios, aplicable a las uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito, a las arrendadoras financieras, a las empresas de factoraje financiero, a las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, entidades de ahorro y crédito popular conforme a la ley de ahorro y crédito popular y a otros intermediarios financieros no bancarios, por el ejercicio fiscal del 2024.

 

·           Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).

·           Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).

E.     Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a los fondos de inversión de capitales, de renta variable y en instrumentos de deuda, por el ejercicio fiscal del 2024.

·           Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).

·           Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).

 

Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2024, utilizando el sistema de presentación del dictamen 2024 (SIPRED 2024), aplicable a los siguientes tipos de dictámenes:

A.

Estados financieros general.

B.

Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.

C.

Casas de cambio.

D.

Intermediarios financieros no bancarios.

E.

Fondos de inversión.

I.- Paquete utilizado para la generación del dictamen.

SIPRED 2024.

II.- Presentación del dictamen fiscal.

La presentación se integra por:

·        Los anexos del dictamen generado a través del SIPRED 2024.

·        La opinión del contador público inscrito que dictamina y el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, así como:

Ø     El cuestionario de diagnóstico fiscal elaborado por el contador público.

Ø     El cuestionario en materia de precios de transferencia elaborado por el contador público.

·        En su caso, información adicional al dictamen.

III.- Características generales.

A.-    Nombre del archivo.

La información se integrará en un solo archivo encriptado y ensobretado con extensión sb2x, el cual será conformado por 26 caracteres (incluyendo extensión) y contendrá la información señalada en el punto II anterior.

B.-   La información de cada dictamen se integrará de la siguiente manera.

Estados financieros general.

No. de referencia  del anexo

Datos a contener

 

Datos fijos:

 

 

 

        Datos de identificación:

-       Contribuyente.

-       Contador público.

-       Representante legal.

 

        Datos generales.

 

 

Información del dictamen referente a:

 

 

1.-

        Estado de situación financiera.

2.-

        Estado de resultado integral.

3.-

        Estado de cambios en el capital contable.

4.-

        Estado de flujos de efectivo.

4.1.-

        Notas a los estados financieros.

5.-

        Integración analítica de ventas o ingresos netos.

6.-

        Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.

7.-

        Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.

8.-

        Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.

9.-

        Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

9.1.-

        Declaratoria.

10.-

        Relación de contribuciones por pagar.

11.-

        Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

12.-

        Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

13.-

        Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

14.-

        Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

15.-

        Conciliación entre los ingresos dictaminados según el estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado.

16.-

        Operaciones con partes relacionadas.

17.-

        Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.

18.-

        Datos informativos.

19.-

        Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

20.-

        Inversiones.

21.-

        Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.

22.-

        Préstamos.

23.-

        Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

24.-

        Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

25.-

        Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.

 

        Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público).

 

        Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público).

Contribuyentes que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.

No. de referencia del anexo

Datos a contener

 

Datos fijos:

 

 

 

        Datos de identificación:

-       Contribuyente.

-       Contador público.

-       Representante legal.

 

        Datos generales.

 

 

 

Información del dictamen referente a:

 

 

1.-

        Estado de situación financiera.

2.-

        Estado de resultado integral.

3.-

        Estado de cambios en el capital contable.

4.-

        Estado de flujos de efectivo.

4.1.-

        Notas a los estados financieros.

5.-

        Integración analítica de ventas o ingresos netos.

6.-

        Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.

7.-

        Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.

8.-

        Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.

9.-

        Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

9.1.-

        Declaratoria.

10.-

        Relación de contribuciones por pagar.

11.-

        Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

12.-

        Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

13.-

        Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

14.-

        Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

15.-

        Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado.

16.-

        Operaciones con partes relacionadas.

17.-

        Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.

18.-

        Datos informativos.

19.-

        Información de los integrantes de las personas morales como coordinados.

20.-

        Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

21.-

        Inversiones.

22.-

        Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.

23.-

        Préstamos.

24.-

        Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

25.-

        Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

26.-

        Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.

 

        Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público).

 

        Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público).

 

Casas de cambio.

No. de referencia  del anexo

Datos a contener

 

Datos fijos:

 

        Datos de identificación:

-       Contribuyente.

-       Contador público.

-       Representante legal.

 

       Datos generales.

 

 

 

Información del dictamen referente a:

 

 

1.-

        Estado de situación financiera.

2.-

        Estado de resultado integral.

3.-

        Estado de cambios en el capital contable.

4.-

        Estado de flujos de efectivo.

4.1.-

        Notas a los estados financieros.

5.-

        Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.

6.-

        Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

6.1.-

        Declaratoria.

7.-

        Relación de contribuciones por pagar.

8.-

        Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

9.-

        Operaciones financieras derivadas.

10.-

        Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

11.-

        Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

12.-

        Operaciones con partes relacionadas.

13.-

        Información del contribuyente sobre operaciones con partes relacionadas.

14.-

        Datos informativos.

15.-

        Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

16.-

        Inversiones.

17.-

        Préstamos.

18.-

        Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

19.-

        Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

20.-

        Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.

 

        Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público).

 

        Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público).

 

Intermediarios financieros no bancarios.

No. de referencia  del anexo

Datos a contener

 

Datos fijos:

 

 

 

        Datos de identificación:

-       Contribuyente.

-       Contador público.

-       Representante legal.

 

        Datos generales.

 

 

 

Información del dictamen referente a:

 

 

1.-

        Estado de situación financiera.

2.-

        Estado de resultado integral.

3.-

        Estado de cambios en el capital contable.

4.-

        Estado de flujos de efectivo.

4.1.-

        Notas a los estados financieros.

5.-

        Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.

6.-

        Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.

7.-

        Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

7.1.-

        Declaratoria.

8.-

        Relación de contribuciones por pagar.

9.-

        Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

10.-

        Operaciones financieras derivadas.

11.-

        Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

12.-

        Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

13.-

        Operaciones con partes relacionadas.

14.-

        Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.

15.-

        Datos informativos.

16.-

        Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

17.-

        Inversiones.

18.-

        Préstamos.

19.-

        Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

20.-

        Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

21.-

Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.

 

        Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público).

 

        Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público).

 

Fondos de inversión.

No. de referencia  del anexo

Datos a contener

 

Datos fijos:

 

 

 

        Datos de identificación:

-       Contribuyente.

-       Contador público.

-       Representante legal.

 

        Datos generales.

 

 

 

Información del dictamen referente a:

 

 

1.-

        Estado de situación financiera.

2.-

        Estado de resultado integral.

3.-

        Estado de cambios en el capital contable.

4.-

        Estado de valuación de cartera de inversión.

4.1.-

        Notas a los estados financieros.

5.-

        Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.

6.-

        Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

6.1.-

        Declaratoria.

7.-

        Relación de contribuciones por pagar.

8.-

        Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

9.-

        Operaciones financieras derivadas.

10.-

        Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

11.-

        Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

12.-

        Operaciones con partes relacionadas.

13.-

        Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.

14.-

        Datos informativos.

15.-

        Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

16.-

        Inversiones.

17.-

        Préstamos.

18.-

        Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

19.-

        Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

20.-

Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.

 

        Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público).

 

        Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público).

 

C.-    Formato de presentación en SIPRED 2024.

          La información está integrada por los datos de identificación, datos generales, los estados financieros básicos, notas a los mismos, explicación de las variaciones, conciliaciones, integraciones, determinaciones y relaciones; y se presentarán en forma lineal vertical, de acuerdo a las reglas específicas con las que el sistema opera, asimismo, contiene la opinión, el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, el cuestionario de diagnóstico fiscal elaborado por el contador público, el cuestionario del contador público en materia de precios de transferencia, y en su caso, la información adicional al dictamen.

D.-    Presentación de la información.

          Los dictámenes deberán elaborarse y prepararse para su envío invariablemente en el sistema denominado SIPRED 2024, desarrollado por el Servicio de Administración Tributaria.

          En los formatos de los anexos no se pueden adicionar columnas, ni se pueden adicionar renglones con índices, salvo para la integración de los conceptos denominados “otros” o en los casos en que el propio sistema lo permita; sin embargo, sí es posible agregar “notas” a los mismos, conforme al apéndice III notas técnicas de este instructivo, así como las explicaciones de las variaciones.

          Cabe señalar que los importes de los datos a proporcionar de los anexos del dictamen que no se ocupen, podrán dejarse en blanco o bien poner un cero para evitar errores de omisión de la captura, excepto en aquellos índices, que el propio sistema indique que no deben dejarse en blanco y se requerirá que por lo menos se anote un cero.

          La información deberá presentarse respetando la estructura de construcción y encriptación de datos del SIPRED 2024. Asimismo, por ningún motivo podrá presentarla o editarla con algún otro software.

          En la presentación de los importes, se podrán utilizar fórmulas, sumatorias y cualquier tipo de operación o rutina que esté incluida en el SIPRED 2024.

          Para escribir los textos de las notas a los estados financieros, la declaratoria de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor, la opinión, el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, la información adicional al dictamen, la explicación de las variaciones podrá utilizar caracteres especiales (comas, puntos, paréntesis, corchetes, etc.).

          Las notas a los estados financieros, la declaratoria, la opinión, el informe, el cuestionario de diagnóstico fiscal se deberán requisitar obligatoriamente en todos los casos y cuando le aplique al contribuyente, también el cuestionario en materia de precios de transferencia y la explicación de las variaciones, en el caso de información de textos, deberán contener un mínimo de 100 caracteres.

          En el caso de utilizar el anexo de “información adicional”, se deberán capturar un mínimo de 100 caracteres.

          Con la finalidad de realizar las acotaciones de los estados financieros, relaciones y conciliaciones que estarán relacionadas con las notas a los mismos, se anotará la referencia inmediatamente después del nombre de la cuenta o subcuenta que se va a referenciar insertando una nota por medio del sistema con un máximo de 250 caracteres. En las notas relacionadas con cuentas adicionadas mediante índices agregados, se debe indicar el índice al que se refiere la nota. Ejemplo:

                                  Nota del índice 01010015000100…

          Todos los datos de las celdas, se capturarán de acuerdo a las reglas de validación propias del sistema.

          Se explicarán para los siguientes anexos las variaciones de un año con otro de las cuentas que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes al porcentaje en relación con el total del concepto que se esté integrando.

Ø     Estado de situación financiera. Del total del activo.

Ø     Integración analítica de ventas o ingresos netos. Del total de ventas o ingresos netos actualizados.

Ø     Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. Del total de gastos actualizados.

IV.-   Características específicas.

A.-    Las columnas.

·      Se deberá respetar el número de columnas establecidas para cada uno de los anexos específicos.

·      Por ningún motivo se deberán incorporar columnas, archivos o anexos extras.

·      Las notas a los estados financieros, la declaratoria, la opinión, el informe, la información adicional y la explicación de las variaciones no tendrán columnas de índices.

B.- Los índices.

·      Se manejarán nueve caracteres alfanuméricos para el caso de datos de identificación y datos generales y catorce caracteres numéricos para los demás anexos.

·      El tratamiento del índice será como un carácter alfanumérico.

·      La justificación de los caracteres de los índices será centrada.

C.- Los conceptos.

·      Todos los textos utilizados se presentarán en letras mayúsculas y no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Se podrán capturar con minúsculas; sin embargo, el SIPRED 2024 automáticamente las convierte a mayúsculas.

D.- Las cantidades.

·      Las cifras de importes, podrán contener fórmulas, pero no signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes o paréntesis), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

·      Los símbolos como los paréntesis, los separadores de miles, etc.; solamente serán los que el sistema asigne (según la configuración que elija el usuario).

·      Las cantidades negativas deberán capturarse con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad, pero podrán visualizarse con paréntesis (según la configuración que elija el usuario).

·      Los campos numéricos que contengan información serán justificados a la derecha.

·      Los importes deberán anotarse invariablemente en pesos, no en miles de pesos.

·      Las cantidades representativas de porcentajes se deberán capturar con enteros y 2 decimales, sin el signo de porcentaje, excepto en los casos en que dichas cantidades representen un factor de actualización, los cuales deberán contener enteros y 4 decimales.

Ejemplos:

10 %              Se escribirá 10.00

28 %              Se escribirá 28.00

2.89078        Se escribirá 2.8907

4.56320        Se escribirá 4.5632

V.- Terminología utilizada.

Acuse de aceptación electrónico.-

Mensaje de aceptación del dictamen, que emite y envía el SAT vía internet, a la dirección del correo electrónico del contador público y del contribuyente, con el “sello digital”.

Alfabético.-

Cuando se capturan solo letras.

Alfanumérico.-

Cuando se captura una combinación de letra(s) y/o número(s).

Bytes.-

Unidad de medida de almacenamiento magnético equivalente a 8 bits (binary digit) o a un carácter de información.

Carácter. -

Es la representación de cualquier letra o número en forma individual.

Celda.-

Se define por la intersección de una columna y un renglón.

Copy (copiar).-

Instrucción que permite tanto copiar uno o más archivos en otro disco como texto seleccionado dentro de un mismo o diferente documento.

Directorio.-

Estructura que agrupa un conjunto de archivos o subdirectorios.

Documento digital.-

Todo mensaje de datos que contiene información o escritura generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos.

Encriptado.-

Formato de archivo el cual, siguiendo un conjunto de métodos, se oculta el contenido del mismo a todos aquellos a quienes no esté dirigido.

Ensobretado o firmado digital.-

Proceso de integración al dictamen fiscal de la garantía/certificado digital y llave privada de un remitente y una garantía/certificado digital de un destinatario que permita garantizar su autenticidad, integridad, confidencialidad y no repudiación de la información trasmitida.

Garantía / certificado digital (llave pública).-

Documento electrónico que contiene un conjunto de información a la que se le ha fijado una firma digital, por una autoridad certificadora, en este caso el Servicio de Administración Tributaria, y se utiliza para firmar documentos electrónicos. Relacionada en forma inequívoca con la llave privada.

Internet.-

Red de alcance mundial que interconecta una gran cantidad de equipos de cómputo.

Kilobyte (KB).-

Unidad de medida de almacenamiento equivalente a 1024 bytes.

Llave privada.-

Contraseña que permite identificar junto con la garantía/certificado digital (llave pública) que el remitente y destinatario de la información son quienes dicen ser.

Megabyte (MB).-

Unidad de medida de almacenamiento equivalente a 1024 kilobytes.

Numérico.-

Cuando se capturan solo números.

Paste (pegar).-

Instrucción que permite tanto pegar uno o más archivos en otro disco como pegar texto seleccionado dentro de un mismo o diferente documento.

Sello digital.-

Mensaje electrónico que acredita que un documento digital fue recibido por la autoridad correspondiente en la hora y fecha que se consignen en el acuse de aceptación.

Subdirectorio.-

Estructura de almacenamiento que agrupa a un conjunto de archivos.

 

VI.- Procedimientos para utilizar el sistema SIPRED 2024.

Para efectos de utilizar el SIPRED 2024 se procederá como se indica a continuación:

A.- Requerimientos mínimos del equipo de cómputo:

          Procesador Intel Core i3 iv a 1.7 GHz o superior.

          4 Gb en memoria RAM (8gb recomendado).

          Sistema operativo Microsoft Windows 7 en adelante.

          Microsoft Office 2010, 2013 o 2016 a 32 o 64 bits.

          Internet Explorer versión 11 o superior.

          Espacio libre en disco duro total de 1 GB.

B.- Procedimiento de instalación del SIPRED.

          La instalación se llevará a cabo siguiendo las instrucciones señaladas en el manual de instalación del sistema, el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT.

C.- Procedimiento de entrada.

1.-     Iniciar una sesión de Excel.

2.-     Se procederá a la generación de un dictamen nuevo y al llenado de los datos de identificación (del contribuyente, contador público inscrito, representante legal), datos generales y posteriormente a los demás anexos del dictamen fiscal.

Apéndice I Catálogo de claves de entidades federativas.

01

Aguascalientes

 

17

Morelos

02

Baja California

 

18

Nayarit

03

Baja California Sur

 

19

Nuevo León

04

Campeche

 

20

Oaxaca

05

Coahuila

 

21

Puebla

06

Colima

 

22

Querétaro

07

Chiapas

 

23

Quintana Roo

08

Chihuahua

 

24

San Luis Potosí

09

Ciudad de México

 

25

Sinaloa

10

Durango

 

26

Sonora

11

Guanajuato

 

27

Tabasco

12

Guerrero

 

28

Tamaulipas

13

Hidalgo

 

29

Tlaxcala

14

Jalisco

 

30

Veracruz

15

Estado de México

 

31

Yucatán

16

Michoacán

 

32

Zacatecas

El SIPRED cuenta con este catálogo del cual se podrá elegir la entidad federativa que corresponda.

Apéndice II catálogo de claves de actividades para efectos fiscales.

Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo de actividades económicas, vigente a la fecha de presentación del dictamen, el SIPRED contiene dicho catálogo actualizado, según el anexo 6 publicado en el DOF el 21 de julio de 2014 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones publicadas en el mismo ordenamiento de fechas 22 de diciembre de 2014, 20 de noviembre de 2015, 12 de enero de 2016, 21 de agosto de 2019 y 14 de mayo de 2020.

Apéndice III Notas técnicas.

Generales:

Utilización de signos negativos.

·        Cuando las cuentas acreedoras tengan saldo deudor o bien las cuentas deudoras tengan saldo acreedor, se les antepondrá el signo negativo y cuando se trate de cuentas que su saldo pueda ser tanto acreedor como deudor, se deberá poner el signo negativo en dicha cuenta cuando:

Ø     Represente un saldo deudor, pero la cuenta se encuentre ubicada dentro de una clasificación de cuentas acreedoras.

Ø     Represente un saldo acreedor, pero la cuenta se encuentre ubicada dentro de una clasificación de cuentas deudoras.

·        Para efectos de una mejor visualización el sistema permite, a elección del usuario, ver las cantidades negativas entre paréntesis.

Utilización de índices.

·        Por ningún motivo se podrán agregar índices denominados “total”, que por esencia reflejen el importe de un grupo de cuentas o subcuentas.

·        Tampoco se podrán agregar índices para desglosar el importe señalado en el índice preestablecido del cual se derivan los índices agregados.

·        Tampoco se podrá utilizar un índice ya preestablecido para ser ocupado por otro concepto.

·        Cada índice se compone de nueve caracteres alfanuméricos para el caso de datos de identificación y datos generales y catorce caracteres numéricos para los demás anexos, que identifican de manera única a cada concepto.

·        El SIPRED permitirá adicionar renglones con índices en algunos lugares preestablecidos o notas a los mismos, pero no permitirá adicionar columnas.

·        Los renglones que representen títulos no llevan índice y por lo tanto el SIPRED no permitirá anotar en ellos ninguna cantidad o dato.

Construcción de nuevos índices.

·        En aquellos casos en que el contribuyente tenga en su contabilidad nombres de cuentas diferentes a las que se mencionan en los anexos de información oficiales que integran el formato guía del dictamen fiscal, deberá ubicar dichas cuentas en los conceptos de dicho formato que por su naturaleza sean análogos a las cuentas que se desean incorporar, respetando los índices y conceptos ya establecidos.

·        En algunos casos específicos definidos en el propio SIPRED, podrá construir nuevos conceptos, asignándoles un nuevo índice conforme a la definición de índices antes señalada, siempre y cuando no haya podido ubicarlos como se indica en el párrafo anterior.

·        Asimismo, cuando existan conceptos de cuentas que no queden comprendidos en las cuentas preestablecidas, se podrán agregar índices a las cuentas predeterminadas de “otros” y reflejar ahí estos conceptos.

Diferencias de contribuciones determinadas por el contador público inscrito.

·        Para efectos de lo señalado en la RMF, las omisiones a que se refiere dicha resolución serán aquellas que el auditor detecte durante el curso normal de su auditoría de los estados financieros para efectos fiscales.

·        Cuando el contador público inscrito determine diferencias de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo, o en su carácter de retenedor, en los siguientes anexos al dictamen fiscal, deberá hacer una descripción detallada de los procedimientos de revisión que aplicó y que lo llevaron a determinar dichas diferencias, la descripción deberá incluir una explicación pormenorizada del origen de los montos determinados como diferencias de contribuciones, haciendo referencia al método o fórmula utilizado en sus procedimientos de revisión que lo llevaron a identificar dichas diferencias, considerando su objeto, base, tasa o tarifa (para los efectos del artículo 5, primer párrafo del CFF), dicha descripción se deberá incorporar al informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente antes de asentar su nombre y número de registro ante la AGAFF.

Información adicional al dictamen.

·        Esta hoja es de captura con texto libre, y se utilizará para proporcionar información adicional a la contenida en los anexos del dictamen, o bien, información que no está reflejada en los anexos, como puede ser la que proporcionan las sociedades que se escindan o fusionen, asimismo, se podrá utilizar para que el contribuyente o contador público inscrito realicen cualquier tipo de aclaración(es) y explicación(es) con respecto a la información de cualquier anexo del dictamen.

Sociedades que se escindan.

Las sociedades que se escindan, además de presentar la información establecida anteriormente de acuerdo con el tipo de dictamen que les corresponda, proporcionarán lo siguiente:

I.      La relación referente al por ciento de participación accionaria de cada accionista correspondiente al año anterior al de la escisión, así como el número, valor y naturaleza de las acciones que conforman el capital social de la sociedad escindente;

II.     La relación de los accionistas de las sociedades escindidas y de la escindente, en el caso de que esta última subsista, en la que se señale el número, valor y naturaleza de las acciones que conforman el capital social de dichas sociedades con motivo de la escisión;

III.    El estado de situación financiera de la sociedad escindente a la fecha de la escisión, y

IV.   Una relación que contenga la distribución de los activos, pasivos y capital transmitidos con motivo de la escisión.

Sociedades que se fusionen.

Las sociedades que subsistan o surjan con motivo de una fusión adicionalmente a la información establecida anteriormente de acuerdo con el tipo de dictamen que les corresponda, proporcionarán una relación de los socios o accionistas de la sociedad que surja o subsista con motivo de la fusión, indicando su participación social o accionaria a la fecha en que se realizó la fusión, así como el número, valor nominal y naturaleza de las partes sociales o acciones que conforman el capital social a esa misma fecha.

·        Cualquier precisión o ampliación que se quisiera señalar con respecto a la información proporcionada del contribuyente en algún anexo al dictamen fiscal, lo podrá hacer el contribuyente por sí mismo o por conducto del contador público inscrito que dictaminó, a través del anexo denominado información adicional.

Las notas técnicas que a continuación se mencionan serán aplicables para los tipos de dictámenes que contengan la información o datos a que se refiere cada una de ellas.

Datos de identificación:

Del contribuyente.

·        La captura de los datos de identificación del contribuyente (con excepción del RFC) solamente se podrá realizar obteniendo la información registrada en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través del portal del SAT, previa identificación con la e.firma del contribuyente.

          La información la remitirá el SAT vía correo electrónico al contribuyente, contenida en un archivo, con esta información se llenarán los datos de identificación del contribuyente siguiendo las instrucciones que se especifican en el manual del usuario del SIPRED el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT.

          Cuando algunos de los datos del contribuyente que se encuentran registrados en el SAT no coincidan con los actuales, podrá modificarlos en el llenado del dictamen; sin embargo, la actualización de esos datos no lo exime de presentar el aviso de cambio correspondiente ante el SAT.

·        Para el llenado automático que el SIPRED realiza del concepto denominado “nombre del grupo económico al que pertenece”, se toma en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 publicado en el DOF el 21 de julio de 2014 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones publicadas en el mismo ordenamiento, de fechas 22 de diciembre de 2014, 20 de noviembre de 2015, 12 de enero de 2016, 21 de agosto de 2019 y 14 de mayo de 2020, una vez que el usuario define su clave de actividad económica, en el catálogo contenido en la aplicación.

Del contador público.

·        La captura de los datos de identificación del contador público solamente se podrá realizar obteniendo la información registrada en el SAT, a través del portal del SAT previa identificación con la e.firma del contador público.

          La información la remitirá el SAT vía correo electrónico al contador público, contenida en un archivo, con esta información se llenarán los datos de identificación del contador público siguiendo las instrucciones que se especifican en el manual del usuario del SIPRED el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT.

          Cuando los datos del domicilio del contador público, registrados en el SAT no coincidan con los actuales, podrá modificarlos en el llenado del dictamen; sin embargo, es necesario presentar el aviso de cambio de domicilio correspondiente y notificar los datos correctos de su domicilio, ante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, mediante el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

          Es obligatoria la captura del dato “RFC del despacho”, cuando el contador público inscrito no pertenezca a ningún despacho, deberá anotar su propio RFC.

Datos generales. (cuando resulte aplicable por el tipo de dictamen de que se trate).

·        Es obligatoria la captura de los datos “optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF)”, “optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF)” y “optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF)”.

·        Cuando se señale “no” en todos los datos del párrafo anterior, deberá mencionar el motivo por el que presenta el dictamen.

·        Es obligatoria la captura del dato “tipo de contribuyente especial”; el sistema despliega una lista que contiene los siguientes conceptos: “0.- ninguno”, “1.- fusión”, “2.- escisión”, “3.- liquidación”; “4.- fideicomiso” y “5.- asociante en participación”, solamente debe señalarse uno de ellos, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 32-A del CFF.

·        Cuando se esté obligado a la determinación del costo de ventas, se debe seleccionar solamente uno de los datos siguientes:

·        Cuando se esté obligado a señalar el dato “seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales”; el sistema despliega una lista que contiene los siguientes conceptos: “3.- costeo absorbente [costos históricos]”, “4.- costeo absorbente [costos predeterminados estimados]”, “5.- costeo absorbente y método de val. Costo estándar”, “6.- sistema distinto a los anteriores” y “7.- no aplica”; solamente debe señalarse uno de ellos.

·        Es obligatoria la captura del dato: “tipo de opinión”, el sistema despliega una lista que contiene los siguientes conceptos: “1.- opinión sin salvedades”, “2.- opinión con salvedades que tengan implicaciones fiscales”, “3.- opinión con salvedades que no tengan implicaciones fiscales”, “4.- opinión negativa que tenga implicaciones fiscales”, “5.- opinión negativa que no tenga implicaciones fiscales” y “6.- abstención de opinión”; solamente debe señalarse uno de ellos. En su caso, es recomendable precisar en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, el por qué se consideró que la opinión de que se trate tuvo o no implicaciones fiscales en el cálculo de los impuestos o contribuciones para lo cual se recomienda considerar lo siguiente:

Tipo de opinión

Observación

1.- Opinión sin salvedades.

Se entenderá que el contribuyente cumple con las disposiciones fiscales y el marco contable que aplique.

2.- Opinión con salvedades que tengan implicaciones fiscales.

Se entenderá que el contribuyente no cumple con alguna disposición fiscal, en consecuencia, existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones.

3.- Opinión con salvedades que no tengan implicaciones fiscales.

Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna norma del marco contable al que está sujeto. Sin embargo, cumple con las disposiciones fiscales a las que está sujeto por lo que no existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones.

4.- Opinión negativa que tenga implicaciones fiscales.

Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna norma del marco contable al que está sujeto y/o no cumple con alguna disposición fiscal que llevó al auditor a emitir una opinión negativa, en consecuencia, existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones.

5.- Opinión negativa que no tenga implicaciones fiscales.

Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna norma del marco contable al que está sujeto de tal importancia que llevó al auditor a emitir una opinión negativa. Sin embargo, cumple con las disposiciones fiscales a las que está sujeto por lo que no existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones.

6.- Abstención de opinión.

Se entenderá que el auditor no tiene elementos para emitir su opinión, en consecuencia, desconoce si el contribuyente cumplió o no con el marco contable al que está sujeto o con sus obligaciones fiscales.

 

·        Debe señalarse “si” solamente en uno de los datos siguientes: “estado de flujos de efectivo: utilizó el método indirecto” o “estado de flujos de efectivo: utilizó el método directo”.

·        La información a que se refieren los índices: “RFC 1, 2, 3, 4 y 5”, corresponde al RFC de las personas físicas o morales que asesoraron fiscalmente al contribuyente mediante una opinión por escrito durante el ejercicio.

·        Cuando se señale “si” en el dato: “realizó operaciones con partes relacionadas”, se deberán llenar los anexos: “operaciones con partes relacionadas” e “información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas”.

·        Cuando se señale “si” en el dato: “en el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores para los efectos del artículo 9, fracción II de la LISR”, se deberá llenar el anexo “integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores”.

·        Cuando se señale “si” en el dato: “el contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras”, se deberán especificar el o los números de criterios en el índice “especifique el o los número(s) de criterio(s)” de los datos generales del dictamen. Este dato se refiere a los criterios contenidos en el Anexo 3 de la RMF vigente para 2024.

·        Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio”, se deberá indicar en el concepto “se trata de”, si es una consulta o una autorización; además se señalará si se dio cumplimiento a lo establecido en la resolución, en el concepto denominado “se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución”; asimismo, se deberá especificar los números de oficio y sus fechas en los índices: “número de oficio 1, 2 y 3” y “fecha del oficio 1, 2 y 3”, de los datos generales del dictamen.

·        Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio(incluye PTU), se deberán especificar los números de resolución y sus fechas en los índices: “número de resolución 1, 2 y 3” y “fecha de la resolución 1, 2 y 3”, de los datos generales del dictamen.

·        Cuando se señale “si” en el dato: “celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta”, se deberá llenar el anexo “operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero y en México”.

·        Cuando se señale “si” en el dato: “mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero”.

·       Cuando se señale “si” en el dato: “llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero”, se deberá llenar el anexo “operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero”.

·       Cuando se señale “si” en el dato “realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero”, se deberá llenar el anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

·        Cuando se señale “si” en el dato: “mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera”.

·        Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo préstamos durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “préstamos”.

·       Cuando se señale “si” en el dato: “ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales”, se deberá aclarar a través del anexo denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida, el medio de defensa interpuesto, así como el estatus del mismo al cierre del ejercicio.

·       Cuando se señale “si” en el dato: “indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio”, se deberá indicar el nombre del comprador, así como el nombre de la parte relacionada, adicionalmente deberá anotar el total de ingresos por venta de acciones, total de ingresos por venta de intangibles, total de costo promedio de las acciones enajenadas y, por último, el total del monto original de la inversión ajustado.

·        La información de los índices que contienen las preguntas relacionadas con el cuestionario de diagnóstico fiscal del contribuyente, cuyas respuestas estarán a cargo del mismo, las respuestas serán revisadas y validadas por el contador público de manera que dichas respuestas sean consistentes con el resultado de su trabajo conforme a las Normas de Auditoría, y con base en el alcance de las pruebas selectivas de su auditoría; cuando no pueda validar las respuestas del contribuyente o no esté de acuerdo con alguna de ellas, deberá señalar el número de índice de la pregunta y explicar los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente y, en su caso, hacer las salvedades correspondientes.

·        Para efecto de dar respuesta a las preguntas anteriores, el contribuyente deberá realizar un autodiagnóstico de cumplimiento a las diferentes disposiciones fiscales que estén relacionadas.

·        Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, conforme a la regla 2.10.15 de la RMF para 2024.

Informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.

·        Para los efectos de los artículos 32-A y 52 del CFF, 58 fracciones II y III del Reglamento del CFF, así como con las reglas 2.10.15. y 2.10.19. de la RMF para 2024, publicada el 29 de diciembre de 2023 en el DOF, el texto del dictamen deberá sujetarse a los formatos que utilice el colegio profesional la sociedad o asociación de contadores públicos reconocida por la autoridad educativa que corresponda. Se considera que el dictamen del contador público inscrito se integra por el informe del auditor independiente, así como por el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Considerando lo establecido en las Normas Internacionales de Auditoría aplicables.

·        Cuando el contribuyente haya realizado pagos provisionales en cantidades inferiores a las que debió haber realizado de acuerdo con los cálculos del contador público que dictaminó los estados financieros y se haya determinado una contribución a cargo anual, si el contribuyente pagó la actualización y los recargos correspondientes, desde el mes en que debió hacer el pago provisional y hasta el mes en que presentó su declaración anual, en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente se hará esta aclaración, señalando el nombre de la contribución, el mes o periodo al que corresponde el pago, el monto histórico no pagado, la actualización y los recargos enterados. En estos casos no se mostrarán diferencias en aquellas contribuciones en las que sucedió tal circunstancia.

Estado de situación financiera (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).

·        En el índice “Impuesto al Valor Agregado no pagado” se reflejará el Impuesto al Valor Agregado que, no obstante que consta en un comprobante fiscal a favor del contribuyente, por la adquisición de bienes y servicios, o por el uso o goce temporal de bienes, al cierre del ejercicio está pendiente de pago, y por lo tanto tiene derecho a acreditarlo hasta el momento en que efectivamente lo pague.

·        En el índice “Impuesto al Valor Agregado no cobrado” se reflejará el Impuesto al Valor Agregado que, no obstante que consta en un comprobante fiscal expedido por el contribuyente, por la enajenación de bienes y servicios, o por otorgar el uso o goce temporal de bienes, al cierre del ejercicio está pendiente de cobro, y por lo tanto lo causa el contribuyente hasta el momento en que efectivamente lo cobre.

·        Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total del activo (año actual)” o “porcentaje en relación con el total del activo (año anterior)”.

         ejemplo:

Índice

Concepto

2024

2023

Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal)

Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal anterior)

Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior

Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior

Explicar variación

= > 4%

= > 4%

= > 14%

160100070

00000

Partes relacionadas

44,880,451

28,574,305

39.21

25.61

16,306,146.00

57.07

Se otorgó en el ejercicio un préstamo a una parte relacionada…

16010078

000000

Total del activo

114,471,457

111,560,641

 

 

 

 

 

 

Estado de resultado integral (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).

·        Para el llenado de este anexo, es necesario capturar previamente la información de los anexos: “integración analítica de ventas o ingresos netos”, “determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta” (cuando se esté obligado al llenado de este anexo), “análisis comparativo de las subcuentas de gastos”, y “análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento”.

·        Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”.

·        De manera opcional, el contribuyente podrá llenar la información comparativa con el ejercicio anterior.

Estado de cambios en el capital contable. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).

·        Debido a la limitación para agregar nuevas columnas a los formatos, en el estado de cambios en el capital contable se han incluido dos columnas para “otras cuentas de capital acreedoras” y “otras cuentas de capital deudoras”, que podrán utilizarse cuando sea necesario reflejar conceptos del capital contable que no tengan una columna específica.

·        Cuando se anoten cantidades en las columnas “otras cuentas de capital acreedoras” y “otras cuentas de capital deudoras”, debido a que su saldo se integra por el importe de una o más cuentas, la integración de las mismas se deberá presentar inmediatamente antes del índice “saldos al 31 de diciembre de 2023” o del índice “saldos al 31 de diciembre de 2024”, según corresponda, consignando en la columna de concepto el nombre de las cuentas que integran dicho saldo y en la columna de referencia, el importe correspondiente a cada cuenta o concepto.

Estado de flujos de efectivo. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).

          Se pondrá únicamente la información correspondiente al método elegido por el contribuyente.

Integración analítica de ventas o ingresos netos. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).

·        Por el ejercicio fiscal de 2024 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información financiera B-3 estado de resultado integral, ya no existe una separación de ingresos operativos y no operativos (otros ingresos), ya que ambos son operativos, por lo que en este anexo se integrarán los ingresos del contribuyente que no tengan relación con su resultado integral de financiamiento y, en su caso, con su participación en resultados de subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios conjuntos.

·       Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio.

·        En la integración analítica de ventas o ingresos netos, en las columnas denominadas “total acumulables para ISR” y “total no acumulables para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos que se reportan tienen efectos fiscales. Los ingresos no acumulables se refieren a partidas contables y no fiscales.

·        Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (año actual)” o “porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (año anterior)”.

Ejemplo:

Índice

Concepto

2024

2023

Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado ejercicio fiscal)

Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal anterior)

Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior

Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior

Explicar variación

= > 4%

= > 4%

= > 14%

160500150

00000

Asistencia técnica.

64,880,000

48,674,305

58.00

44.00

16,205,695

33.00

Se pagó asistencia técnica a un residente en el extranjero…

160500280

00000

Total de ventas e ingresos netos actualizados.

110,000,500

108,560,000

 

 

 

 

 

 

Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero, excepto en intermediarios financieros no bancarios).

·        Los contribuyentes que se dediquen a la compraventa de bienes para su distribución dejarán en blanco la determinación del “costo de producción terminada”.

·       Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio.

Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).

·        Por el ejercicio fiscal de 2024 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información financiera B-3 estado de resultado integral, ya no se presentan otros gastos no operativos (otros gastos) por separado de los gastos de operación, ya que son operativos, por lo que este tipo de gastos se incluirán en este anexo como otros gastos distintos a gastos de fabricación, venta, administración y generales.

·       Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio.

·        En el análisis comparativo de las subcuentas de gastos, las columnas denominadas: “total deducibles para ISR” y “total no deducibles para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de gastos que se reportan tienen efecto fiscal en el ejercicio que se dictamina. Las partidas no deducibles se refieren a partidas contables y no fiscales.

·        Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (año actual)” o “porcentaje en relación con el total de gastos actualizado  (año anterior)”.

Ejemplo:

Índice

Concepto

2024

2023

Porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal)

Porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior)

Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior

Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior

Explicar variación

= > 4%

= > 4%

= > 14%

160700670

00000

Patentes y marcas.

70,000,000

40,000,000

58.00

40.00

30,000,000

75.00

Se pagó la adquisición de una marca …

160700830

00000

Total de gastos actualizado.

120,000,000

100,000,000

 

 

 

 

 

 

Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).

·        En el análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento, las columnas denominadas: “acumulables o deducibles para ISR”, “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales.

·       Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio.

Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

·        En esta relación, cuando existan diferencias entre la columna “contribución determinada por auditoría a cargo o a favor” y la columna “contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente”, en uno o más índices del capítulo:

Ø     Impuesto sobre la Renta.

·        Se deberán reportar las diferencias detectadas en cada uno de los índices de dicho capítulo en la columna de “diferencia”, en el índice correspondiente.

·        La información que se revele en los índices correspondientes a la columna “contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente”, deberá corresponder a los impuestos efectivamente pagados o a los saldos a favor manifestados por el contribuyente.

                  Como sujeto directo.

O     Impuesto al Valor Agregado, del índice “suma del IVA causado de los meses del ejercicio” al índice “suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio”.

O     Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del índice “suma del IEPS causado de los meses del ejercicio” al índice “suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio”.

O     Impuesto al comercio exterior el índice “total de Impuestos al Comercio Exterior”.

                  En su carácter de retenedor.

·        Otras contribuciones retenidas, del índice “Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido al índice “otros”.

                  Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas.

O     Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos a favor provenientes de: las contribuciones señaladas del índice “Impuesto al Valor Agregado” al índice “otras contribuciones federales”.

O     Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas a las contribuciones señaladas del índice “Impuesto al Valor Agregado propio” al índice “otras contribuciones federales”.

O     Devoluciones obtenidas en el ejercicio, del índice “Impuesto al Valor Agregado” al índice  “otras contribuciones federales”.

O     Para los efectos del artículo 52, fracción III del CFF y la fracción IV de la regla 2.10.15. de la RMF 2024, “deberá señalarse que la revisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales, incluye verificar que el contribuyente tiene el derecho a los saldos a favor solicitados en las devoluciones o aplicados en compensaciones que se lleven a cabo durante el ejercicio sujeto a revisión y que las cantidades pendientes de devolver o devueltas al contribuyente por la autoridad fiscal deriven de dicho saldo. Cualquier incumplimiento o diferencia obtenida en el ejercicio dictaminado debe ser revelada. De igual forma, debe evaluarse si dicho incumplimiento representa una salvedad fiscal y su cuantificación para reintegrar el monto que corresponda a la misma autoridad, en cuyo caso la diferencia deberá reportarse en la relación de contribuciones a cargo del contribuyente en el rubro del impuesto que se haya devuelto o compensado en forma improcedente.” Del mismo modo, si a la fecha de presentación del dictamen fiscal el contribuyente no muestra evidencia de respuesta favorable de la autoridad respecto del trámite de devolución o compensación al contador público inscrito, este último deberá mencionarlo en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.

·        Cuando en la columna de “tasa, tarifa o cuota”, correspondan varias tasas impositivas se anotará la palabra “varias”.

·        En las siguientes contribuciones como sujeto directo, el contribuyente llenará los datos correspondientes a la sumatoria de los pagos mensuales definitivos de enero a diciembre:

O     Impuesto al Valor Agregado, del índice “valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%” al índice “suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio”.

O     Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del índice “valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 3%” al índice “suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio”.

·        Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.

·        En relación con este concepto, se deberá considerar como base gravable la suma de todos los ingresos gravables, utilidades o resultados fiscales que provengan de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes obtenidos por los contribuyentes a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras en las que participen, directa o indirectamente, en la proporción que les corresponda por su participación en ellas, así como por los ingresos que obtengan a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero, la sumatoria del impuesto causado por cada una de las inversiones por las que se generó base gravable y el impuesto pagado en el ejercicio. Se deberán omitir, en su caso, las utilidades o resultados fiscales en las que se haya generado o amortizado pérdidas, es decir, únicamente se considerarán los ingresos gravables, utilidades o resultados fiscales que hayan generado base gravable para la causación y entero del Impuesto sobre la Renta.

·        “Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE” e “Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos provenientes de CUFINRE”.

·        En relación con estos conceptos, en la columna “base gravable” se deberá señalar el monto del dividendo distribuido adicionado con el Impuesto sobre la Renta que se debe pagar conforme a las disposiciones fiscales.

·        “Otros ingresos manifestados como persona física”.

          En este concepto se deberán asentar en la columna de “base gravable” aquellos ingresos sujetos al cálculo del impuesto anual no provenientes de actividades empresariales, no se deberá llenar ninguna otra columna de este renglón.

          En el índice “Impuesto sobre la Renta” se deberá asentar en la columna de “base gravable” la suma del índice “otros ingresos manifestados como persona física”, más la utilidad gravable determinada en la conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

          En relación con este concepto, el contador público inscrito podrá manifestar, en su caso, en el "informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente" que no dictaminó dichos ingresos y que los mismos le fueron proporcionados por el contribuyente.

·        Derechos por los servicios que presta:

          El índice: “el Instituto Nacional de Migración (INM)”, corresponde a los derechos de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos vigente en 2024) y a los derechos de servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos vigente en 2024).

          El índice: “Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM)” corresponde a los derechos establecidos en el artículo 289, fracciones I, II y III de la Ley Federal de Derechos, vigente en 2024.

          El índice: “Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)” corresponde a los derechos establecidos en los artículos 244-B, 244-C, 244-D y 244-E de la Ley Federal de Derechos vigente en 2024.

          En el índice: “otros especificar concepto” se anotarán los derechos federales más representativos en cuanto a monto que haya causado el contribuyente durante el ejercicio. En el caso de contribuyentes que se dediquen a las actividades mineras, deberán anotar los derechos sobre minería que hayan causado.

·        Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas.

          En relación con estos conceptos, se deberán considerar como compensaciones efectuadas durante el ejercicio y como devoluciones obtenidas en el ejercicio, a las contribuciones que correspondan al mismo ejercicio dictaminado, así como a las contribuciones compensadas efectuadas y a las devoluciones obtenidas en el ejercicio por el cual se emite el dictamen fiscal que provengan de ejercicios anteriores.

          Para los efectos del artículo 52, fracción III del CFF y la fracción IV de la regla 2.10.15. de la RMF 2024, “deberá señalarse que la revisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales, incluye verificar que el contribuyente tiene el derecho a los saldos a favor solicitados en las devoluciones o aplicados en compensaciones que se lleven a cabo durante el ejercicio sujeto a revisión y que las cantidades pendientes de devolver o devueltas al contribuyente por la autoridad fiscal deriven de dicho saldo. Cualquier incumplimiento o diferencia obtenida en el ejercicio dictaminado debe ser revelada. De igual forma, debe evaluarse si dicho incumplimiento representa una salvedad fiscal y su cuantificación para reintegrar el monto que corresponda a la misma autoridad, en cuyo caso la diferencia deberá reportarse en la relación de contribuciones a cargo del contribuyente en el rubro del impuesto que se haya devuelto o compensado en forma improcedente.” Del mismo modo, si a la fecha de presentación del dictamen fiscal el contribuyente no muestra evidencia de respuesta favorable de la autoridad respecto del trámite de devolución o compensación al contador público inscrito, este último deberá mencionarlo en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.

Relación de contribuciones por pagar.

·        Las contribuciones que al cierre del ejercicio dictaminado se hubieren causado y estén pendientes de pago, según el estado de situación financiera, se relacionarán en el anexo denominado “relación de contribuciones por pagar”, identificándolas por tipo de contribución y dentro de esta, por mes, ejercicio o periodo de causación, indicando el importe por pagar que es correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, el importe por pagar proveniente de ejercicios anteriores, la suma de dichos importes que representa el total de contribuciones por pagar al cierre del ejercicio dictaminado, identificando, en su caso, del total de contribuciones, el importe de la contribución que se encuentra en litigio, la fecha de pago y nombre de la institución de crédito o SAT en el que se efectuó el pago, o en su caso, número de la operación, o bien, dejando en blanco estos datos con excepción del importe, cuando no se hubiera cubierto la contribución a la fecha de presentación del dictamen.

·        El contador público que dictaminó deberá manifestar en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, los impuestos retenidos por concepto de ISR pendientes de pago a la fecha de presentación del dictamen, señalando: la base deducida a la que corresponden dichas retenciones, el periodo y el concepto del pago.

·        El contador público que dictaminó quedará relevado de manifestar dicha información, cuando con motivo de su auditoría, haya considerado como conceptos no deducibles para el Impuesto sobre la Renta a cargo del contribuyente, las bases a las que corresponden los impuestos retenidos pendientes de pago, debiendo precisar en su informe esta situación.

·        Los contribuyentes que estén efectuando el pago en parcialidades, de una o más contribuciones, deberán anotar los datos del aviso de opción, (escrito libre): número de folio, fecha de presentación y la administración receptora, así como los datos del oficio de autorización de pago en parcialidades, indicando el número del oficio y la fecha.

          Ejemplo de llenado del anexo en el caso de un contribuyente que presenta dictamen de estados financieros general, con los supuestos siguientes:

Ø     El contribuyente provisionó desde hace dos ejercicios un monto de ISR anual a su cargo, que a la fecha de presentación del dictamen no ha cubierto por cualquier circunstancia.

Ø     Se le determinó, con motivo del dictamen, una diferencia de ISR a cargo, que a la fecha de presentación del dictamen no se ha cubierto.

Ø     Al cierre del ejercicio no ha efectuado los pagos provisionales del ISR a su cargo, de los meses de noviembre y diciembre, mismos que quedan cubiertos en el mes de enero del año siguiente y de los cuales se presenta una declaración complementaria en el mes de marzo del año siguiente.

Ø     Al cierre del ejercicio no ha efectuado el entero de las retenciones del ISR sobre sueldos y salarios de diciembre, mismas que quedaron cubiertas en el mes de enero del año siguiente.

          Estos datos se reflejarán en el anexo “relación de contribuciones por pagar”, en los índices y con los conceptos siguientes:

 

Impuesto sobre la Renta causado como sujeto directo.

 

 

01100000000000

Determinado por el contribuyente (del ejercicio).

 

Se llenará únicamente la columna de importe proveniente de ejercicios anteriores.

01100001000000

Diferencia determinada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado).

 

Se llenará únicamente la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado.

 

01100002000100

Pago provisional de noviembre de 2024.

 

Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago.

01100002000200

Pago provisional complementario de noviembre de 2024.

 

Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago.

01100002000300

Pago provisional de diciembre de 2024.

 

Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago.

01100002000400

Pago provisional complementario de diciembre de 2024.

 

Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago.

 

Impuesto sobre la Renta por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en su carácter de retenedor.

 

 

 

01100003000000

Correspondiente al mes de diciembre de 2024.

 

Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago.

 

·        Si por alguna razón el contribuyente refleja en sus cuentas del pasivo, contribuciones por pagar con saldos de contribuciones no causadas al cierre del ejercicio, a partir del índice “especificar concepto y periodo al que corresponde” deberá reflejar esos saldos.

·        En la columna “importe de la contribución en litigio”, se anotarán las contribuciones pendientes de pago que se encuentran en litigio por el contribuyente y además deberá adicionar en la contribución de que se trate en la columna de concepto, la palabra “litigio” para identificar la razón por la cual no se ha cubierto esa contribución.

Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

·        En el concepto “efecto de la inflación de la NIF B-10” se anotará el importe neto de la inflación reconocido en la utilidad o pérdida neta sin considerar el resultado favorable o desfavorable correspondiente al resultado por posición monetaria.

·        En el concepto “pérdida en enajenación de acciones” se anotará el importe de la pérdida en enajenación de acciones deducida en el ejercicio, por lo mismo dicho importe no deberá reflejarse como parte de las deducciones fiscales no contables.

·        Cuando el contribuyente determine pérdida fiscal, solamente deberá llenar este anexo, hasta el índice “pérdida fiscal del ejercicio”, concluyendo la conciliación. Por ningún motivo deberá anotar el importe de la pérdida fiscal en el índice “resultado fiscal o utilidad gravable”.

·        Cuando el contribuyente amortice pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, no deberá asentar en ese renglón un monto mayor al de la utilidad fiscal del ejercicio.

Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

·        En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero, globalizando las operaciones por tipo de operación y monto contratado.

·        En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.

·        En la columna “país de residencia”, se deberá seleccionar la clave y nombre del país de residencia, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.

·        El dato de la columna “tipo de operación contratada, deuda o capital” se llenará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16-A, último párrafo del CFF, que establece lo siguiente:

          “16-A para los efectos de las disposiciones fiscales, se entiende por operaciones financieras derivadas las siguientes:

          …se consideran operaciones financieras derivadas de deuda, aquellas que estén referidas a tasas de interés, títulos de deuda o al índice nacional de precios al consumidor; asimismo, se entiende por operaciones financieras derivadas de capital, aquellas que estén referidas a otros títulos, mercancías, divisas o canastas o índices accionarios. Las operaciones financieras derivadas que no se encuadren dentro de los supuestos a que se refiere este párrafo, se considerarán de capital o de deuda atendiendo a la naturaleza del subyacente.

·        El dato del “monto contratado” se expresará en moneda extranjera.

·        En el dato “tipo de moneda”, se seleccionará la moneda y el país al que corresponde de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.

·        El dato porcentaje de la columna “tasa de interés” se expresará en porcentaje.

·       En el dato de la “vigencia”, se deberá anotar “31 de diciembre de 2024”.

Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

·        En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero, que sea una entidad subsidiaria, asociada o afiliada del contribuyente, globalizando las operaciones por monto de la inversión.

          Para estos efectos los términos “subsidiaria”, “asociada” o “parte relacionada” o “afiliada” serán los definidos en las Normas de Información Financiera NIF B-7, B-8 y C-13 emitidas por el consejo mexicano para la investigación y desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF), en los términos siguientes:

          Subsidiaria. - es una entidad que es controlada por otra entidad.

          Asociada.- es una entidad en la cual otra entidad tiene una inversión permanente y ejerce sobre ella, influencia significativa.

          Afiliadas o partes relacionadas.- son aquellas entidades que entre otros aspectos tienen dueños comunes.

·        En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará el dato del número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.

·        En la columna “país de residencia fiscal de la entidad”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia fiscal de la entidad, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.

·        En la columna “porcentaje de participación en el capital de la entidad” se anotará el porcentaje de participación promedio durante el ejercicio fiscal de 2024, que representen las acciones, partes sociales o sus equivalentes propiedad del contribuyente con respecto al total de acciones, partes sociales o equivalentes que haya emitido la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero.

·        En la columna “monto de la inversión” se anotará el monto de las aportaciones al capital social o su equivalente en la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero. O bien, el valor total neto de adquisición de las acciones o partes sociales, incluyendo, en su caso, el monto correspondiente al crédito mercantil o comercial; este último dato se podrá anotar en un renglón por separado, asentando el monto en esta misma columna.

·        En la columna “monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación” se anotarán las utilidades o pérdidas contables de ejercicios fiscales anteriores que se hayan generado en la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero, desde el ejercicio fiscal en el que el contribuyente es socio o accionista y hasta el ejercicio fiscal inmediato anterior del contribuyente, estas utilidades o pérdidas contables de ejercicios fiscales anteriores, se deberán multiplicar por el porcentaje de participación que en el capital social tenga el contribuyente en la entidad residente en el extranjero, al cierre del ejercicio fiscal del contribuyente que se dictamina.

·        En la columna “monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación” se deberá señalar la utilidad o pérdida contable correspondiente al ejercicio fiscal del contribuyente multiplicada por el porcentaje de participación que en el capital social tenga el contribuyente que se dictamina, en la entidad residente en el extranjero al cierre del mismo ejercicio fiscal.

·        En la columna “valor de la inversión” se anotará la suma de las cantidades asentadas por renglón de las columnas: “monto de la inversión”, “monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación” y “monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación”, en ningún caso procederá anotar valores negativos en esta columna, por lo que, si aritméticamente se diera el caso, se anotará “0”.

Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

·        En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada socio o accionista que el contribuyente haya tenido durante el ejercicio, cuando el socio o accionista no sea directamente una persona física o moral sino un contrato de fideicomiso, se anotará el número de contrato del fideicomiso y el nombre de la institución que actúa como fiduciaria.

·        Cuando existan acciones colocadas entre el gran público inversionista, se asentará en el renglón correspondiente al socio o accionista “acciones colocadas entre el gran público inversionista”.

·        En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el socio o accionista en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia del socio o accionista no se utilice dicha clave, se anotará n/a. Cuando el socio o accionista sea un residente en territorio nacional, se anotará el RFC. Cuando existan accionistas público en general, se anotará “varios”, en ningún caso se anotará “varios” cuando los socios  o accionistas no sean público en general, por lo que siempre se deberá anotar el RFC o número o clave de identificación fiscal del socio o accionista según corresponda.

·        En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia para efectos fiscales del socio o accionista, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.

·        En la columna “porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio”, se anotará el porcentaje de participación promedio durante el ejercicio fiscal de 2024, que presente las acciones partes sociales propiedad de los socios o accionistas del contribuyente con respecto al total de acciones o pares sociales emitidas por el propio contribuyente.

·        En la columna “periodo de tenencia” se señalará el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre, cuando el socio o accionista se haya mantenido como tal durante el ejercicio fiscal del contribuyente que se dictamina.

·        Cuando un socio o accionista haya dejado de tener tal carácter durante un ejercicio, el periodo de tenencia terminará en la fecha en que se asiente en el registro de acciones o en el libro especial de los socios, la transmisión de las acciones o partes sociales (para los efectos de los artículos 128 y 129, y 73, respectivamente de la Ley General de Sociedades Mercantiles).

·        Cuando un socio o accionista comience a tener tal carácter durante un ejercicio, el periodo de tenencia iniciará en la fecha en que se asiente en el registro de acciones o en el libro especial de los socios, la transmisión de las acciones o partes sociales (para los efectos de los artículos 128 y 129, y 73, respectivamente de la Ley General de Sociedades Mercantiles).

·        Para los accionistas público en general, se dejarán en blanco las fechas de la vigencia.

·        En las columnas “monto de aportaciones” y “monto de retiros de capital” se señalarán las aportaciones y retiros efectuados que hayan afectado cuentas de capital contable, incluyendo aportaciones para futuros aumentos de capital, de las cuales exista resolución en asamblea de socios o accionistas para su aplicación en el futuro como aumento de capital social.

·        En las columnas “monto de préstamos: efectuados y recibidos”, se señalarán los préstamos efectuados a los socios o accionistas, y los recibidos de estos que hayan afectado cuentas de pasivo, incluyendo aportaciones para futuros aumentos de capital, de las cuales no exista resolución en asamblea de socios o accionistas para su aplicación en el futuro como aumento de capital social.

·        Cuando en un ejercicio fiscal no haya habido transacciones con los socios o accionistas, ni movimientos en la tenencia accionaria o en las partes sociales, se podrán dejar en blanco las columnas: “monto de aportaciones”, “monto de retiros de capital” y “monto de préstamos: efectuados y recibidos”.

Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado.

·        Cuando de la comparación del renglón “total del valor de los actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado” del ejercicio, manifestados por el contribuyente en relación con el determinado por el mismo concepto en la suma de las declaraciones presentadas correspondientes al ejercicio que se dictamina resulte una diferencia positiva o negativa superior al 4%, el contribuyente explicará la totalidad de la diferencia en el anexo de información adicional y el contador público además de revisarla, hará referencia a dicha explicación en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa.

Operaciones con partes relacionadas.

·        En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada parte relacionada, globalizando las operaciones por tipo de operación durante el ejercicio para efectos del Impuesto sobre la Renta.

·        Se deberán relacionar todas las operaciones que se hayan realizado en el ejercicio conforme al catálogo de tipo de operación contenido en el apéndice IV de este instructivo.

·        Cuando la operación realizada que se relacione no tenga asociada algún valor de acumulación o deducción se pondrá 0 (cero).

·        En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza la parte relacionada en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia de la parte relacionada no se utilice dicha clave, se anotará n/a.

          Cuando la parte relacionada sea un residente en territorio nacional, se anotará el RFC.

·        En la columna “tipo de operación”, se seleccionará la clave y descripción que corresponda al tipo de operación realizada, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IV de este instructivo.

·        En la columna “en caso de que en la columna tipo de operación, haya seleccionado alguno de los conceptos de otros ingresos u otros pagos”, se anotará la clave y descripción que corresponda al tipo de operación realizada, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IV de este instructivo.

·        En la columna “país de residencia”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.

·        En la columna “valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero)” contendrá los importes de las operaciones realizadas que dieron origen a ingresos acumulables y deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta.

·      En la columna “método de precios de transferencia aplicado”, se seleccionará la clave y descripción que corresponda al método de precios de transferencia aplicado, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice V de este instructivo.

·        Cuando en la columna “la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables” se anote si, es porque se cuenta con la información que demuestra que las operaciones están pactadas como lo harían partes independientes en operaciones comparables.

·        En la columna “ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables” se deberá presentar el ajuste de precios de transferencia que, de manera contable o fiscal, hayan realizado los contribuyentes para que la operación con partes relacionadas que se está manifestando haya quedado determinada como lo hubieran hecho partes independientes en operaciones comparables. En caso de no existir ajuste se dejará en blanco el renglón de esta columna.

Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.

·        Cualquier explicación solicitada en este anexo, cuyo espacio asignado resulte insuficiente, deberá hacerse a través del anexo denominado “información adicional”.

·        Si a criterio de la persona que responda el cuestionario no hay una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado se podrá dejar en blanco el renglón que corresponda.

          En este caso, se deberán hacer aclaraciones del por qué se quedó en blanco la respuesta a una pregunta determinada, esto se podrá hacer en el anexo denominado información adicional, ya que de no hacerlo el SAT entenderá que el contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento.

·        En general una respuesta no aplicable (n/a) significa que el contribuyente no se encuentra ante el supuesto establecido para la pregunta, por ejemplo:

Pregunta

Significado de una respuesta n/a

El contribuyente cuenta con un estudio de precios de transferencia (documentación a que se refiere el artículo 76, fracción IX de la LISR).

Significa que:

A) el contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 76, segundo párrafo, fracción IX de la LISR, es decir, que realizó actividades empresariales y obtuvo ingresos en el ejercicio inmediato anterior que no hayan excedido de $13’000,000.00, o bien, prestó servicios profesionales y obtuvo ingresos que no hubiesen excedido en dicho ejercicio de $3’000,000.00, siempre que no esté en el supuesto a que se refiere el artículo 179, penúltimo párrafo de esta Ley.

B) el contribuyente no realizó operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.

El contribuyente presentó su declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR).

Significa que el contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 182, penúltimo párrafo de la LISR.

 

·      Si un contribuyente tiene más de una actividad preponderante se pueden presentar sin limitación la(s) otra(s) actividades del contribuyente.

·      En el renglón “valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad”, se asentará el saldo final reflejado en los estados financieros del contribuyente. En caso de haber dado de baja o enajenado durante el ejercicio algún activo intangible deberá reflejar el valor del mismo en los estados financieros a la fecha de la baja o enajenación.

·      El renglón “el contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracción XII de la LISR por sus operaciones con partes relacionadas”, tanto para residentes en territorio nacional, como residentes en el extranjero, se refiere a que los contribuyentes que celebraron operaciones con partes relacionadas deberán contar con el soporte que acredite que se determinaron sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables, aplicando para este efecto los métodos establecidos en el artículo 180 de la Ley del ISR, en el orden establecido en el citado artículo.

·      En los renglones que se refieren al RFC de las personas que elaboraron la documentación que demuestre haber dado cumplimiento para los efectos del artículo 76, fracciones IX y XII de la Ley del ISR, o bien, que asesoraron en su formulación, se asentará el RFC de la persona física externa  al contribuyente y no del despacho donde labora dicha persona, la cual elaboró o asesoró al contribuyente. Cuando haya sido el personal del propio contribuyente el que elaboró el estudio se asentará el RFC del propio contribuyente.

·      En la sección “información financiera operativa sin las modificaciones al boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de las Normas de Información Financiera” aplicables también para el ejercicio fiscal de 2024, se determinará la utilidad operativa del contribuyente como se venía haciendo con el boletín B-3 estado de resultados de las Normas de Información Financiera vigente hasta 2012.

·      Cuando se seleccione “si” en el dato: “aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos en materia de precios de transferencia las disposiciones fiscales y aduaneras”, se deberá indicar el o los número(s) de criterio(s) utilizados por el contribuyente en materia de precios de transferencia, por ejemplo, criterios 39 y 40.

Inversiones.

·      En este anexo se presentará para el ejercicio fiscal de 2024, agrupados por cada tasa de deducción y tipo de concepto de inversiones relativo a los activos fijos, los gastos y cargos diferidos y las erogaciones realizadas en periodos preoperativos a que se refiere la Ley del ISR.

·      La información que se anotará en este anexo es la que corresponda a los saldos y cálculos fiscales realizados por el contribuyente como sigue:

·      En la columna “saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio”, se anotarán los saldos fiscales actualizados utilizados para determinar la deducción.

·      En la columna “MOI de las adquisiciones durante el ejercicio”, deberán anotarse los saldos fiscales actualizados conforme al periodo de utilización para determinar la deducción.

·      En la columna “enajenaciones y/o bajas”, se anotarán los saldos fiscales actualizados utilizados para determinar el valor fiscal de la baja.

·      En la columna “deducción en el ejercicio”, se anotará el importe de la deducción de inversiones aplicada en el ejercicio.

·      En la columna “deducción inmediata en el ejercicio”, se anotará el importe de la deducción inmediata de inversiones aplicada en el ejercicio.

·      En la columna “saldo pendiente de deducir al final del ejercicio”, se anotará el resultado de la operación aritmética de sumar la columna “saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio", más "MOI de las adquisiciones durante el ejercicio", menos "enajenaciones y/o bajas", menos "deducción en el ejercicio", menos "deducción inmediata en el ejercicio".

Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera (no aplicable para dictámenes del sector financiero).

·      En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero, deudor o acreedor, globalizando las operaciones por concepto de saldos en moneda extranjera.

·      En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia y que este contenido en el(los) comprobante(s) correspondiente(s) a la(s) operación(es). En caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.

·      En la columna “país de residencia fiscal”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia fiscal, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.

·      En la columna “tipo de moneda”, se seleccionará el dato de la moneda y el país al que corresponde, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.

·      En la columna “saldo en moneda nacional” se anotará la conversión a moneda nacional del saldo en moneda extranjera, deudor o acreedor de que se trate, cuyo monto forma parte integrante de los saldos reflejados en el estado de posición financiera.

·      En la columna “concepto más importante que originó el saldo”, se anotará la clave y concepto que originó la cuenta, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IX de este instructivo.

·      En la columna “en caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor especifique concepto:”, se anotará el concepto que originó la cuenta.

Préstamos.

·      En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero y en el país, globalizando las operaciones por tipo de financiamiento, o bien, por colocaciones en el extranjero.

·      En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia y que esté contenido en el(los) comprobante(s) correspondiente(s) a la(s) operación(es). En caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotara n/a.

·      En las columnas “saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023” y “saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024”, se anotarán los saldos correspondientes en moneda nacional que se reflejan en el estado de posición financiera.

·      En la columna “tipo de financiamiento”, se seleccionará el dato de la clave y el concepto del tipo de financiamiento, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice X de este instructivo.

·      En la columnaen caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto:” se anotará el tipo de financiamiento.

·      Para el dato de la columna “fue beneficiario efectivo de los intereses”, se tomará en cuenta lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley del ISR, los tratados para evitar doble tributación celebrados por México, así como por los comentarios del modelo de convenio para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal a que hace referencia la recomendación adoptada por el consejo de la organización para la cooperación y el desarrollo económico, el 21 de septiembre de 1995, o aquella que la sustituya, en la medida en que tales comentarios sean congruentes con las disposiciones de los tratados internacionales celebrados por México.

·      En la columna “número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado”, se deberá anotar el número de registro de bancos, entidades de financiamiento, fondos de pensiones y jubilaciones y fondos de inversión del extranjero para los efectos de los artículos 153, 166 de la Ley del ISR, cuando no resulte aplicable este dato se anotará n/a.

·      En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se seleccionará el dato de la clave y nombre del país de residencia, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo. En caso de haber anotado “si” en la columna “fue beneficiario efectivo de los intereses”, se anotará la clave del país que fue beneficiario efectivo de los intereses.

·      En la columna “tipo de moneda”, se seleccionará la moneda y el país al que corresponde de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.

·      En la columna “denominación de la tasa de interés”, se anotará el nombre de la tasa de interés de referencia con la cual se pactó el préstamo. Ejemplo: “libor, prime rate, etc.”.

·      En la columna “porcentaje de la tasa de interés”, se anotará la tasa de interés pactada en términos netos y en porcentaje, que fue la tasa de interés base del cálculo de los intereses devengados en moneda extranjera.

Por ejemplo: si se pactara una tasa libor de un 8% más 3%, se expresará 11.00.

·      En la columna “importe total de los intereses pagados y/o exigibles” se anotarán los intereses en moneda nacional que se hayan pagado en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito, o bien que hayan sido exigibles para su pago.

        También se incluirá en esta columna los importes que correspondan al pago del Impuesto sobre la Renta realizado por cuenta del contribuyente residente en el extranjero.

        Por lo anterior, el importe reflejado en esta columna será la base del cálculo de la retención del Impuesto sobre la Renta.

·      En la columna “frecuencia de exigibilidad del pago de intereses”, se seleccionará el dato de la clave y el concepto de la frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice XI de este instructivo.

·      En la columna “en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses "haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto:”, se anotará la frecuencia pactada para el pago de intereses.

·      Cuando se anote “si” en la columna “efectuó colocaciones en el extranjero”, este anexo se llenará de la siguiente forma:

Ø  En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará “varios”.

Ø  En las columnas “saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023” y “saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024”, se anotará el monto del total de la colocación en moneda nacional a esas fechas.

Ø  En la columna “tipo de financiamiento”, se anotará “colocaciones”.

Ø  En las columnas “fue beneficiario efectivo de los intereses” y “número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT”, se anotará “n/a”.

Ø  En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se anotará el país en el que se realizó la colocación, si fueron varios países se anotará aquel en el que se colocó el importe más representativo en cuanto a monto.

Ø  En la columna “tipo de moneda”, se pondrá la clave de la moneda y el país en el que se realizó la colocación, si fueron varios países se anotará la de aquel en el que se colocó el importe más representativo en cuanto a monto.

Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

·      La información de este anexo, se presentará solo cuando en el ejercicio existan movimientos distintos de su actualización o de su incremento por la pérdida o por la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas del propio ejercicio, para los efectos de los artículos 57 y 58 de la Ley del ISR.

·      Cuando en el concepto la pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una escisión, se anote “si”, es porque la pérdida fiscal de ejercicios anteriores aplicada en el ejercicio dictaminado proviene de una escisión.

·      En el concepto “señale el RFC de la escindente”, se anotará el RFC de la entidad que transmitió la pérdida fiscal aplicada en el ejercicio dictaminado proveniente de la escisión.

·      En el concepto “señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la escisión”, se anotará el monto histórico de la pérdida fiscal aplicada según el ejercicio en el que fueron originadas.

·      En caso de que las pérdidas fiscales aplicadas en el ejercicio dictaminado, tengan como origen dos o más escisiones, el contador público inscrito, deberá manifestar en el anexo denominado información adicional del dictamen, la información mencionada en los tres párrafos anteriores.

Cuestionario de diagnóstico fiscal.

·      Papel del contador público inscrito en el tema del cuestionario de diagnóstico fiscal. Las respuestas a este cuestionario estarán a cargo del contador público inscrito conforme a la revisión que haga a los estados financieros del contribuyente, por lo que deberá manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales, involucradas con las preguntas del cuestionario y que haya detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente dentro del alcance de sus pruebas selectivas llevadas a cabo en cumplimiento de las Normas de Auditoría y de Revisión Información Financiera, considerando lo señalado por las guías de auditoría Normas de Información Financiera y al alcance de las pruebas selectivas de su auditoría.

·      En la columna de comentarios se podrán hacer aclaraciones que correspondan a cada respuesta, deberán contener un máximo de 250 caracteres.

·      En la pregunta “detectó debilidades o desviaciones relacionadas con la estructura del control interno del contribuyente con repercusión en su situación fiscal” se pretende que el contador público inscrito describa, en su caso, en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente las deficiencias importantes en el diseño y operación de la estructura del control interno que detectó y que a su juicio podrían afectar negativamente la capacidad del contribuyente para registrar, procesar, resumir y reportar información financiera que tiene repercusión fiscal. A continuación, se citan algunos ejemplos:

Ø      Diseño inadecuado de la estructura del control interno en general.

Ø      Falta de revisión y aprobación adecuada de las transacciones, pólizas contables o reportes emitidos que tienen repercusión fiscal.

Ø      Procedimientos inadecuados para la evaluación y aplicación adecuada de Normas de Información Financiera que tienen repercusión fiscal.

Ø      Aplicación indebida de Normas de Información Financiera que repercuten en la situación fiscal del contribuyente.

Ø      Fallas en el diseño del sistema para suministrar información financiera y fiscal completa, correcta, congruente y oportuna.

Ø      Deficiencias en los controles establecidos para la prevención y detección de omisiones en la información contable y fiscal.

Ø      Fallas en el suministro oportuno de información financiera y fiscal completa.

Ø      Transacciones importantes con partes relacionadas no reveladas.

Cuestionario en materia de precios de transferencia.

        Papel del contador público inscrito en el tema de precios de transferencia. El Servicio de Administración Tributaria a través del cuestionario en materia de precios de transferencia que deben llenar los contadores públicos inscritos pretende que el auditor se cerciore de que los contribuyentes que están revisando cumplieron con sus obligaciones fiscales en materia de precios de transferencia (para los efectos del artículo 76, fracciones IX, X y XII y 179, primer párrafo de la Ley del ISR), es decir, que hayan presentado la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas y que cuenten con documentación e información que acredite que las operaciones con partes relacionadas se determinaron como lo harían partes independientes en operaciones comparables (estudios de precios de transferencia). Para estos efectos se debe considerar lo dispuesto, entre otros, en los boletines 230, 500, 501, 520, 550, 580, 620 y 800 de las Normas Internacionales de Auditoría.

·      En general una respuesta no aplicable (n/a) significa que el contribuyente no se encuentra ante el supuesto establecido para la pregunta, por ejemplo (dictamen fiscal de estados financieros general):

Pregunta

Significado de una respuesta n/a

Sección referente al artículo 76, fracción IX de la LISR

Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta obligación fiscal.

A

En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen.

Significa que:

A) El contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 76, segundo párrafo, fracción IX de la LISR, es decir, que realizó actividades empresariales y obtuvo ingresos en el ejercicio inmediato anterior que no hayan excedido de $13’000,000.00, o bien, prestó servicios profesionales y obtuvo ingresos que no hubiesen excedido en dicho ejercicio de $3’000,000.00, siempre que no esté en el supuesto a que se refiere el artículo 179, penúltimo párrafo de esta Ley.

B) El contribuyente no realizó operaciones con partes relacionadas.

Sección referente al artículo 76, fracción IX de la LISR

Verificó la presentación oportuna de la información de las operaciones con partes relacionadas, efectuadas durante el año inmediato anterior.

A

En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen.

Significa que el contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 182, penúltimo párrafo de la LISR.

·        En la sección verificó que la documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la Ley del ISR), incluyera lo siguiente, se debe entender que el contador público inscrito debe dejar constancia de haber revisado que la documentación comprobatoria correspondiente, incluya la información que la disposición fiscal citada señala expresamente que debe contener.

          Esta sección solo se debe contestar cuando exista documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la Ley del ISR).

·        En la pregunta que señala: “8) método aplicado para los efectos del artículo 180 de la LISR por cada tipo de operación evaluada”, se pretende que el contador público inscrito se cerciore, de que, en la documentación comprobatoria de precios de transferencia para cada una de las transacciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, se haya aplicado alguna de las metodologías a que se refiere el artículo 180 de la Ley del ISR, sin que se juzgue si es la más apropiada.

·        En la pregunta que menciona: “9) información y documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación evaluada”, se pretende que el contador público inscrito se cerciore, de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia para cada una de las transacciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, en las que se haya aplicado alguna de las metodologías a que se refiere el artículo 180 de la Ley del ISR, exista información y documentación sobre operaciones o empresas comparables, incluyendo su fuente, sin que se juzgue si dichas operaciones o empresas son o no comparables.

          En la pregunta que indica: “verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con partes relacionadas por el contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables”, se pretende que el contador público inscrito se cerciore, de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia, además, de cumplir con los requisitos que establece la Ley del ISR, se concluya que las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero fueron pactadas como lo hubieran hecho partes independientes en operaciones comparables, sin juzgar si la conclusión es correcta o no.

·        En la pregunta que indica: “verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la información de las operaciones con partes, efectuadas durante el año inmediato anterior (Anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la documentación de precios de transferencia para las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR), se pretende que se verifique que la información contenida en la documentación de precios de transferencia sea coincidente con la del anexo 9 DIM únicamente por cuanto hace al nombre de la parte relacionada contraparte del contribuyente dictaminado, tipo de operación, método de precios de transferencia utilizado, país de residencia y margen de utilidad que le corresponde a la operación.

          Cuando en el cuestionario se haga mención conclusiones negativas se deberá entender en el caso de preguntas relacionadas con el artículo 76, fracciones IX y XII de la Ley del ISR, que en la documentación comprobatoria o evidencia documental del contribuyente correspondiente al cumplimiento de dichas disposiciones fiscales, se concluye que las operaciones celebradas con partes relacionadas por el contribuyente no se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables.

·        En la pregunta que señala “verificó en la evidencia documental referida en el índice xxxx0040000000 la aplicación de los métodos de precios de transferencia para los efectos del artículo 180 de la LISR en los términos del tercer párrafo del citado artículo”, “verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y deducciones autorizadas considerando para esas operaciones los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables”, tiene como objetivo que el contador público analice que en la evidencia documental se incluya la aplicación de alguno de los métodos establecidos en el artículo 180 de la Ley del ISR sin juzgar si es el más apropiado.

          Nota: cabe señalar que “xxxx” hace referencia a que estos primeros cuatro dígitos de los índices de este cuestionario van a variar dependiendo el tipo de dictamen.

·        Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, respecto de sus operaciones con partes relacionadas conforme a las Normas Internacionales de Auditoría y al alcance de las pruebas selectivas de su auditoría.

Aplicables a los dictámenes de los contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.

Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.

·        Por el ejercicio fiscal de 2024 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información financiera B-3 estado de resultado integral, ya no se presentan otros gastos no operativos (otros gastos) por separado de los gastos de operación, ya que son operativos, por lo que este tipo de gastos se incluirán en este anexo como otros gastos.

·        En el análisis comparativo de las subcuentas de gastos, las columnas denominadas: “total deducibles para ISR”, “total no deducibles para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de gastos que se reportan tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles se refieren a partidas contables y no fiscales.

Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.

          En el análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento, las columnas denominadas: “acumulables o deducibles para ISR”, “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales.

Los contribuyentes que realicen actividades de autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo y de carga federal, estarán a lo siguiente:

Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

·        En el anexo de la “relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor” los contribuyentes estarán en la posibilidad de incorporar, en forma global, el monto de la deducción autorizada a que se refiere la regla 2.3., y la regla 1.2., según se trate de contribuyentes del sector de autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo o del sector  de autotransporte terrestre de carga federal, de la “Resolución de facilidades administrativas para los sectores de Autotransporte Terrestre de Carga y de Pasajeros para 2024”, conforme a lo siguiente:

·        Como sujeto directo, cuando los contribuyentes cumplan sus obligaciones fiscales por cuenta propia, consignando en forma global, el monto de la deducción autorizada citada, con el índice 40090043000000 con el concepto “Impuesto sobre la Renta correspondiente a la deducción del 8% de los ingresos propios de la actividad sujeto directo”, la cual tiene el carácter de impuesto definitivo.

·        Como retenedor, cuando las personas morales cumplan por cuenta de sus integrantes sus obligaciones fiscales, consignando en forma global, el monto de la deducción autorizada citada, con el índice 40090212000000 con el concepto “Impuesto sobre la Renta correspondiente a la deducción del 8% de los ingresos propios de la actividad retenedor”, la cual tiene el carácter de impuesto definitivo.

Información de los integrantes de las personas morales como coordinados:

·        En este anexo se deberá proporcionar la información de todos los integrantes que realicen actividades de autotransporte terrestre de carga o pasajeros, separando a los que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado, de los que optan por pagar el impuesto en forma individual.

·        Cuando se proporcione la información de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado, se deberá llenar la información referente al concepto del “nombre o razón social de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado”, así como de las columnas “RFC del integrante”, “total de ingresos acumulables ISR”, “total de deducciones autorizadas ISR”, “monto de la deducción del 8% sobre ingresos acumulables sin documentación (RFA)”, utilidad fiscal, conceptos disminuibles de la utilidad fiscal, monto del acreditamiento del IEPS por la adquisición de diésel contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción IV de la LIF)”, “monto del acreditamiento del 50% de los gastos por el uso de infraestructura carretera contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción V de la LIF)”, “utilidad gravable”, “pérdida fiscal”, “ISR a cargo”, ISR a favor”, “PTU por distribuir”, “importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio”, “número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio” y “fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR)”.

·        Cuando se proporcione la información de los integrantes que optan por pagar el impuesto en forma individual, se deberá llenar la información referente al concepto del “nombre o razón social de los integrantes que optan por pagar el impuesto en lo individual” así como de las columnas “RFC del integrante”, “importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio”, “número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio” y “fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR)”, “importe total de los ingresos del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de LISR)”, “importe total de las deducciones del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de LISR)”, “importe total de impuestos pagados por cuenta del integrante (para los efectos del artículo 72, fracción VI de la LISR)”, e “importe total de las retenciones correspondientes al integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción III de la LISR)”.

·        La información de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado y la de los que optan por pagar el impuesto en forma individual con relación a la liquidación que se elabore de cada integrante, respecto de los ingresos, deducciones, impuestos y retenciones, será revisada y validada por el contador público, conforme a las Normas Internacionales de Auditoría y al alcance de las pruebas selectivas de su auditoría; cuando no pueda validar alguna información o no esté de acuerdo con alguna de ellas, deberá explicar los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente y, en su caso, hacer las salvedades correspondientes.

·        Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, conforme a la regla 2.10.15. de la RMF para 2024.

·        Asimismo, se podrá no proporcionar la información relacionada con la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, en su columna “PTU por distribuir”, siempre que los contribuyentes, efectúen el cálculo de la PTU conforme a las bases contenidas en los contratos colectivos de trabajo.

Aplicables a los dictámenes de las instituciones del sector financiero a que se refiere este instructivo.

·        Las cuentas mostradas en los estados financieros básicos y en el análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados, están basadas en los catálogos autorizados que publican la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

Estado de resultado integral.

·        Para el llenado de este anexo, es necesario capturar previamente la información del anexo denominado: “análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados”.

Estado de cambios en el capital contable.

·        Debido a la limitación para agregar nuevas columnas a los formatos, en el estado de variaciones en el capital contable, se han incluido dos columnas para “otras cuentas de capital contribuido” y “otras cuentas de capital ganado”; según corresponda, que podrán utilizarse cuando sea necesario reflejar conceptos del capital contable que no tengan una columna específica.

·        Cuando se anoten cantidades en las columnas “otras cuentas de capital contribuido” y “otras cuentas de capital ganado”; según corresponda, debido a que su saldo se integra por el importe de una o más cuentas, la integración de las mismas se deberá presentar antes del renglón “saldos al 31 de diciembre de 2023” o el renglón “saldos al 31 de diciembre de 2024” en los renglones denominados “otros”, según se trate, consignando en la columna de concepto el nombre de las cuentas que integran dichos saldos y en la columna de referencia, el importe correspondiente a cada cuenta o concepto.

Estado de flujos de efectivo.

·        La información de este estado deberá ser presentada en forma comparativa entre los ejercicios fiscales de 2024 y 2023.

Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.

·        En lugar de presentar los anexos de “integración analítica de ventas o ingresos netos”, “determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta”, “análisis comparativo de las subcuentas de gastos” y “análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento”, se deberá presentar el anexo “análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados”.

·        En las columnas denominadas: “acumulables o deducibles para ISR” y “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales.

          Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

·        Derechos por los servicios que presta:

          El índice: “la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)”, corresponde a los derechos establecidos por los servicios de inspección y vigilancia comprendidos en los artículos 29 al 29-H de la Ley Federal de Derechos vigente en 2024.

Específicas:

          Aplicables a los dictámenes de intermediarios financieros no bancarios.

·        Debido a la similitud en la denominación de las diversas cuentas que integran los catálogos de cuentas autorizadas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para los almacenes generales de depósito, empresas de factoraje financiero, arrendadoras financieras, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, uniones de crédito, entidades de ahorro y crédito popular y otros intermediarios financieros no bancarios, se hizo necesario conjuntar en un solo dictamen toda la información de este tipo de entidades bajo la denominación genérica de “intermediarios financieros no bancarios”.

          Aplicables a los dictámenes de fondos de inversión de capitales, de renta variable e instrumentos de deuda.

          Estado de valuación de cartera de inversión.

·        En lugar de presentar los estados de flujos de efectivo o de cambios en la situación financiera, se deberá incluir el estado de valuación de cartera de inversión, en forma comparativa con el ejercicio inmediato anterior.

Evidencia de la aplicación de los procedimientos de revisión sobre la situación fiscal del contribuyente (papeles de trabajo).

El contador público inscrito deberá proporcionar a través de medios electrónicos, los papeles de trabajo relativos a la revisión de la situación fiscal del contribuyente, para los efectos del artículo 57, último párrafo del Reglamento del CFF y la RMF para 2024, considerando las siguientes:

I.- Paquete utilizado para la generación del archivo de papeles de trabajo (sbpt).

SIPRED 2024 (ver manual de usuario, apartado operación de la opción papeles de trabajo), el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT.

II.- Presentación del archivo de papeles de trabajo.

La presentación se integra por:

·       Los papeles de trabajo que el contador público conserve en el expediente de la auditoría practicada al contribuyente de que se trate, en los que se muestre el trabajo realizado observando lo dispuesto en las Normas de Auditoría que les sean aplicables, mismos que deberán incluir lo siguiente:

Ø  Procedimientos aplicados.

Ø  Conclusiones alcanzadas.

Ø  Evidencia de la revisión.

Ø  Evaluación del control interno.

Ø  Planeación de la auditoría.

·       La información de los papeles de trabajo estará conformada en archivos de Excel con extensión *.xlsx, por uno o varios archivos, los cuales se integrarán como se señala en el punto III.

III.- Características generales permitidas.

·       Nombre del archivo.

Ø  La información se integrará en un solo archivo encriptado y ensobretado con extensión sbpt, el cual será conformado por 26 caracteres (incluyendo extensión) y contendrá la información señalada en el punto II anterior.

·       Tipo de fuente.

Ø  Calibri.

·       Tamaño de fuente.

Ø  10 máximo.

·       No permite.

Ø  Imágenes.

Ø  Vínculos externos al archivo.

Ø  Protección de libro u hojas.

·       Tamaño del archivo con extensión sbpt.

Ø  Como máximo 45 megabytes (Mb).

Apéndice IV. Catálogo de “tipo de operación”, para efectos de los anexos “operaciones con partes relacionadas” y “operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero”.

Clave

Operaciones de ingreso

100

Ingresos totales por venta de inventarios producidos terminados

101

Ingresos totales por venta de inventarios producidos semiterminados

200

Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos para distribución

201

Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos (materias primas)

202

Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos (artículos semiterminados)

300

Ingresos por prestación de servicios en general

301

Ingresos por prestación de servicios técnicos

302

Ingresos por prestación de servicios de manufactura

303

Ingresos por prestación de servicios financieros

400

Ingresos por maquila

500

Ingresos por servicios administrativos

600

Ingresos por seguros y reaseguros

700

Ingresos por comisiones

800

Ingresos por regalías

900

Ingresos por asistencia técnica

1000

Ingresos por intereses devengados

1100

Ingresos por arrendamiento

1200

Ingreso por enajenación de acciones

1300

Ingresos por venta de activo fijo

1301

Ingresos por venta de terrenos

1302

Ingresos por condonación de deudas

1303

Ingresos por cantidades percibidas para efectuar gastos por cuenta de partes relacionadas

1304

Ganancia acumulable en operaciones financieras derivadas

1305

Interés a favor o acumulable que se determine por realizar operaciones financieras derivadas

1306

Acumulación de ingresos percibidos por operaciones financieras referidas a un subyacente que no cotice en un mercado reconocido

1307

Ingresos por venta de intangibles

1308

Ingresos por venta de otros cargos y gastos diferidos

1309

Anticipos de clientes

1310

Ingresos atribuibles a establecimientos permanentes

1311

Ingresos por otorgar bienes en comodato

1312

Ingresos por enajenación de derechos

1313

Ingresos por reembolsos

1314

Ingresos por venta de cartera

1400

Otros ingresos (especificar)

 

Clave

Operaciones de costo y gastos

1500

Compra neta de inventarios de materia prima

1501

Compra neta de inventarios semiterminados

1600

Compra neta de inventarios adquiridos para distribución

1601

Compra de cartera

1700

Inversiones en activo fijo

1704

Costo fiscal en venta de activo fijo adquirido a partes relacionadas

1705

Costo fiscal en venta de títulos valor adquiridos a partes relacionadas

1706

Costo fiscal en venta de intangibles adquiridos a partes relacionadas

1707

Costo fiscal en venta de otros cargos y gastos diferidos adquiridos a partes relacionadas

1708

Costo fiscal en venta de terreno adquirido a partes relacionadas

1801

Regalías por uso de activos relacionados con el mercado

1802

Regalías por uso de activos relacionados con la cartera de clientes

1803

Regalías por uso de activos intelectuales o artísticos

1804

Regalías por uso de activos basados en contratos o derechos

1805

Regalías por uso de activos intangibles tecnológicos

1806

Regalías por uso de otros activos intangibles u otros conceptos

1900

Asistencia técnica

2000

Honorarios, incluye servicios administrativos y mano de obra

2100

Arrendamiento

2200

Garantías

2300

Publicidad

2400

Servicios de maquila

2500

Otros servicios prestados

2600

Servicios financieros

2700

Comisiones

2800

Intereses devengados a cargo

2801

Intereses por operaciones de venta de cartera

2900

Por primas pagadas por seguro y reaseguro

2901

Reaseguro cautivo

3000

Costo fiscal en venta de acciones adquiridas a partes relacionadas (costo comprobado de adquisición actualizado)

3001

Gastos a prorrata

3002

Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios producidos terminados

3003

Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios producidos semiterminados

3004

Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos para distribución

3005

Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos (materias primas)

3006

Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos (artículos semiterminados)

3007

Por cantidades iniciales para adquirir el derecho de celebrar una operación financiera derivada

3008

Por cantidades iniciales para adquirir el derecho de celebrar una operación financiera

3009

Por recibir bienes en comodato

3010

Costos y/o por adquirir derechos

3011

Costos y/o por adquirir concesiones

3012

Inversiones en intangibles

3013

Costos y/o por reembolsos

3014

Inversiones en otros gastos y cargos diferidos

3015

Inversiones por adquirir acciones

3016

Anticipos de gastos

3100

Otros pagos (especificar)

 

Apéndice V. Catálogo de “método de precios de transferencia aplicado”, para efectos del anexo “operaciones con partes relacionadas”.

Clave

Método

PC

Precio comparable no controlado

PR

Precio de reventa

CA

Costo adicionado

PU

Participación de utilidades

RPU

Residual de participación de utilidades

MTU

Márgenes transaccionales de utilidades de operación

 

Apéndice VI. Catálogo de “país de residencia”, “país de residencia para efectos fiscales”, “país de residencia fiscal de la entidad” y “país de residencia del residente en el extranjero”.

Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo que se presenta a continuación.

Clave

Nombre del país

AF

Afganistán (Emirato Islámico de)

AL

Albania (República de)

DE

Alemania (República Federal de)

AD

Andorra (Principado de)

AO

Angola (República de)

AI

Anguila

AQ

Antártida

AG

Antigua y Barbuda (Comunidad Británica de Naciones)

AN

Antillas Neerlandesas (Territorio Holandés de Ultramar)

SA

Arabia Saudita (Reino de)

DZ

Argelia (República Democrática y Popular de)

AR

Argentina (República)

AM

Armenia (República de)

AW

Aruba (Territorio Holandés de Ultramar)

AU

Australia (Comunidad de)

AT

Austria (República de)

AZ

Azerbaiyán (República Azerbaijani)

BS

Bahamas (Comunidad de las)

BH

Bahréin (Estado de)

BD

Bangladesh (República Popular de)

BB

Barbados (Comunidad Británica de Naciones)

BE

Bélgica (Reino de)

BZ

Belice

BJ

Benín (República de)

BM

Bermudas

BY

Bielorrusia (República de)

BO

Bolivia (República de)

BA

Bosnia y Herzegovina

BW

Botswana (República de)

BR

Brasil (República Federativa de)

BN

Brunei (Estado de) (Residencia de Paz)

BG

Bulgaria (República de)

BF

Burkina Faso

BI

Burundi (República de)

BT

Bután (Reino de)

CV

Cabo Verde (República de)

TD

Chad (República del)

KY

Caimán (Islas)

KH

Camboya (Reino de)

CM

Camerún (República del)

CA

Canadá

CL

Chile (República de)

CN

China (república popular)

CY

Chipre (República de)

VA

Ciudad del Vaticano (Estado de la)

CC

Cocos (Keeling, Islas Australianas)

CO

Colombia (República de)

KM

Comoras (Islas)

CG

Congo (República del)

CK

Cook (Islas)

KP

Corea (República Popular Democrática de) (Corea del Norte)

KR

Corea (República de) (Corea del Sur)

CI

Costa de Marfil (República de la)

CR

Costa Rica (República de)

HR

Croacia (República de)

CU

Cuba (República de)

DK

Dinamarca (Reino de)

DJ

Djibouti (República de)

DM

Dominica (Comunidad de)

EC

Ecuador (República del)

EG

Egipto (República Árabe de)

SV

El Salvador (República de)

AE

Emiratos Árabes Unidos

ER

Eritrea (Estado de)

SI

Eslovenia (República de)

ES

España (Reino de)

FM

Estado Federado de Micronesia

US

Estados Unidos de América

EE

Estonia (República de)

ET

Etiopia (República Democrática Federal)

FJ

Fidji (República de)

PH

Filipinas (República de las)

FI

Finlandia (República de)

FR

Francia (República francesa)

GA

Gabonesa (República)

GM

Gambia (República de la)

GE

Georgia (República de)

GH

Ghana (República de)

GI

Gibraltar (R.U.)

GD

Granada

GR

Grecia (República Helénica)

GL

Groenlandia (Dinamarca)

GP

Guadalupe (Departamento de)

GU

Guam (E.U.A.)

GT

Guatemala (República de)

GG

Guernsey

GW

Guinea-Bissau (República de)

GQ

Guinea Ecuatorial (República de)

GN

Guinea (República de)

GF

Guyana Francesa

GY

Guyana (República Cooperativa de)

HT

Haití (República de)

HN

Honduras (República de)

HK

Hong Kong (Región Administrativa Especial de la República)

HU

Hungría (República de)

IN

India (República de)

ID

Indonesia (República de)

IQ

Irak (República de)

IR

Irán (República Islámica del)

IE

Irlanda (República de)

IS

Islandia (República de)

BV

Isla Bouvet

IM

Isla de Man

AX

Islas Aland

FO

Islas Feroe

GS

Islas Georgia y Sandwich del Sur

HM

Islas Heard y Mcdonald

FK

Islas Malvinas (R.U.)

MP

Islas Marianas Septentrionales

MH

Islas Marshall

UM

Islas Menores de Ultramar de Estados Unidos de América

SB

Islas Salomón (Comunidad Británica de Naciones)

SJ

Islas Svalbard y Jan Mayen (Noruega)

TK

Islas Tokelau

WF

Islas Wallis y Futuna

IL

Israel (Estado de)

IT

Italia (República Italiana)

JM

Jamaica

JP

Japón

JE

Jersey

JO

Jordania (Reino Hachemita de)

KZ

Kazakhstan (República de)

KE

Kenya (República de)

KI

Kiribati (República de)

KW

Kuwait (Estado de)

KG

Kyrgyzstan (República Kirgyzia)

LS

Lesotho (Reino de)

LV

Letonia (República de)

LB

Líbano (República de)

LR

Liberia (República de)

LY

Libia (Jamahiriya Libia Árabe Popular Socialista)

LI

Liechtenstein (Principado de)

LT

Lituania (República de)

LU

Luxemburgo (Gran Ducado de)

MO

Macao

MK

Macedonia (Antigua República Yugoslava de)

MG

Madagascar (República de)

MY

Malasia

MW

Malawi (República de)

MV

Maldivas (República de)

ML

Mali (República de)

MT

Malta (República de)

MA

Marruecos (Reino de)

MQ

Martinica (Departamento de) (Francia)

MU

Mauricio (República de)

MR

Mauritania (República Islámica de)

YT

Mayotte

MX

México (Estados Unidos Mexicanos)

MD

Moldavia (República de)

MC

Mónaco (Principado de)

MN

Mongolia

MS

Monserrat (Isla)

ME

Montenegro

MZ

Mozambique (República de)

MM

Myanmar (Unión de)

NA

Namibia (República de)

NR

Nauru

CX

Navidad (Christmas) (Islas)

NP

Nepal (Reino de)

NI

Nicaragua (República de)

NE

Niger (República de)

NG

Nigeria (República Federal de)

NU

Nive (Isla)

NF

Norfolk (Isla)

NO

Noruega (Reino de)

NC

Nueva Caledonia (Territorio Francés de Ultramar)

NZ

Nueva Zelandia

OM

Omán (Sultanato de)

PIK

Pacífico, Islas del (Admón. E.U.A.)

NL

Países Bajos (Reino de los) (Holanda)

PK

Pakistán (República Islámica de)

PW

Palau (República de)

PS

Palestina

PA

Panamá (República de)

PG

Papua Nueva Guinea (Estado Independiente de)

PY

Paraguay (República del)

PE

Perú (República del)

PN

Pitcairns (Islas Dependencia Británica)

PF

Polinesia Francesa

PL

Polonia (República de)

PT

Portugal (República Portuguesa)

PR

Puerto Rico (Estado Libre Asociado de la Comunidad de)

QA

Qatar (Estado de)

GB

Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte

CZ

República Checa

CF

República Centroafricana

LA

República Democrática Popular Laos

RS

República de Serbia

DO

República Dominicana

SK

República Eslovaca

CD

República Popular del Congo

RW

República Ruandesa

RE

Reunión (Departamento de la) (Francia)

RO

Rumania

RU

Rusia (Federación Rusa)

EH

Sahara Occidental (República Árabe Saharavi Democrática)

WS

Samoa (Estado Independiente de)

AS

Samoa Americana

BL

San Bartolomé

KN

San Cristóbal y Nieves (Federación de) (San Kitts-Nevis)

SM

San Marino (Serenísima República de)

MF

San Martín

PM

San Pedro y Miquelón

VC

San Vicente y las Granadinas

SH

Santa Elena

LC

Santa Lucia

ST

Santo Tome y Príncipe (República Democrática de)

SN

Senegal (República del)

SC

Seychelles (República de las)

SL

Sierra Leona (República de)

SG

Singapur (República de)

SY

Siria (República Árabe)

SO

Somalia

LK

Sri lanka (República Democrática Socialista de)

ZA

Sudáfrica (República de)

SD

Sudan (República del)

SE

Suecia (Reino de)

CH

Suiza (Confederación)

SR

Suriname (República de)

SZ

Swazilandia (Reino de)

TJ

Tadjikistan (República de)

TH

Tailandia (Reino de)

TW

Taiwán (República de China)

TZ

Tanzania (República Unida de)

IO

Territorios Británicos del Océano Indico

TF

Territorios Franceses, Australes y Antárticos

TL

Timor Oriental

TG

Togo (República Togolesa)

TO

Tonga (Reino de)

TT

Trinidad y Tobago (República de)

TN

Túnez (República de)

TC

Turcas y Caicos (Islas)

TM

Turkmenistán (República de)

TR

Turquía (República de)

TV

Tuvalu (Comunidad Británica de Naciones)

UA

Ucrania

UG

Uganda (República de)

UY

Uruguay (República Oriental del)

UZ

Uzbekistán (República de)

VU

Vanuatu

VE

Venezuela (República de)

VN

Vietnam (República Socialista de)

VG

Vírgenes. Islas (Británicas)

VI

Vírgenes. Islas (Norteamericanas)

YE

Yemen (República de)

ZM

Zambia (República de)

ZW

Zimbabwe (República de)

 

Apéndice VII. Catálogo de “tipo de moneda”.

Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo vigente a la fecha de presentación del dictamen fiscal, según el apéndice 5.- claves de monedas, del anexo 22 de las reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2024, publicado en el DOF el 19 de enero de 2024, el cual se presenta a continuación.

País

Nombre moneda

África Central

Franco

Albania

Lek

Alemania

Euro

Antillas Holan

Florin

Arabia Saudita

Riyal

Argelia

Dinar

Argentina

Peso

Australia

Dólar

Austria

Euro

Bahamas

Dólar

Bahréin

Dinar

Barbados

Dólar

Bélgica

Euro

Belice

Dólar

Bermuda

Dólar

Bolivia

Boliviano

Brasil

Real

Bulgaria

Lev

Canadá

Dólar

Chile

Peso

China

Yuan continental

China

Yuan extracontinental

Chipre

Euro

Colombia

Peso

Corea del Norte

Won

Corea del Sur

Won

Costa Rica

Colón

Cuba

Peso

Croacia (República de)

Kuna

Dinamarca

Corona

Ecuador

Dólar

Egipto

Libra

El Salvador

Colón

Em. Árabes Unidos

Dirham

Eslovenia

Euro

España

Euro

Estonia

Euro

Etiopia

Birr

E.U.A.

Dólar

Fed. Rusa

Rublo

Fidji

Dólar

Filipinas

Peso

Finlandia

Euro

Francia

Euro

Ghana

Cedi

Gran Bretaña

Libra esterlina

Grecia

Euro

Guatemala

Quetzal

Guyana

Dólar

Haiti

Gourde

Holanda

Euro

Honduras

Lempira

Hong Kong

Dólar

Hungría

Forin

India

Rupia

Indonesia

Rupia

Irak

Dinar

Irán

Riyal

Irlanda

Euro

Islandia

Corona

Israel

Shekel

Italia

Euro

Jamaica

Dólar

Japon

Yen

Jordania

Dinar

Kenya

Chelin

Kuwait

Dinar

Letonia

Euro

Líbano

Libra

Libia

Dinar

Lituania

Litas

Luxemburgo

Euro

Malasia

Ringgit

Malta

Euro

Marruecos

Dirham

México

Peso

Montenegro

Euro

Nicaragua

Cordoba

Nigeria (Fed)

Naira

Noruega

Corona

Nueva Zelanda

Dólar

Pakistán

Rupia

Palestina

Shekel

Panamá

Balboa

Paraguay

Guaraní

Perú

N. Sol

Polonia

Zloty

Portugal

Euro

Puerto Rico

Dólar

República Checa

Corona

República Democrática del Congo

Franco

República de Serbia

Dinar

República Dominicana

Peso

República Eslovaca

Euro

Rumania

Leu

Singapur

Dólar

Siria

Libra

Sri-Lanka

Rupia

Suecia

Corona

Suiza

Franco

Surinam

Dólar

Tailandia

Baht

Taiwán

Nuevo dólar

Tanzania

Chelin

Trinidad y Tobago

Dólar

Turquía

Lira

Ucrania

Hryvna

Unión Sudafricana

Rand

Uruguay

Peso

U. Mon. Europea

Euro

Venezuela

Bolivar fuerte

Vietnam

Dong

Yemen (Dem. Pop.)

Rial

Yugoslavia

Dinar

Los demás países

Otras monedas

 

Apéndice VIII. Catálogo de “principales activos intangibles”, para efectos del anexo “información sobre sus operaciones con partes relacionadas”.

Principales activos intangibles (apéndice B de la Norma de Información Financiera C-8 activos intangibles).

Clave

I. Activos relacionados con el mercado

IA)

Marcas registradas

IB)

Nombres comerciales

IC)

Marcas de servicio o certificación

ID)

Imagen de mercado

IE)

Nombres de portales o “sitios de red” en internet

IF)

Acuerdos de no competencia

IG)

Derechos (transmisión de radio, desarrollo, distribución de gas, aterrizaje, renta, mineros, servicio de hipoteca, franquicia readquirida, servicio, corte de madera, uso o agua)

IH)

Otros

 

Clave

II. Activos relacionados con la cartera de clientes

IIA)

Listas de clientes

IIB)

Producción contratada y pedidos fincados

IIC)

Contratos con clientes y las correspondientes relaciones con clientes

IID)

Relaciones no contractuales con clientes

IIE)

Otros

 

Clave

III. Activos intelectuales o artísticos

IIIA)

Obras teatrales, operas, ballets, etc.

IIIB)

Libros, revistas, periódicos, manuscritos y otro material literario

IIIC)

Obras musicales

IIID)

Pinturas y fotografías

IIIE)

Material audiovisual, videos, películas, videos musicales y programas de televisión

IIIF)

Otros

 

Clave

IV. Activos basados en contratos o derechos

IVA)

Contratos de licencia de uso, regalía y prioridad

IVB)

Contratos de publicidad, construcción, administración, servicio o suministro

IVC)

Permisos o concesiones de explotación de recursos, así como de puertos y aeropuertos

IVD)

Contratos de arrendamiento

IVE)

Permisos de construcción

IVF)

Franquicias

IVG)

Permisos, concesiones o derechos de transmisión de cable, radio, televisión y teledifusión

IVH)

Permisos o derechos de suministro de agua, energía, distribución de gas, aterrizaje, renta, mineros, etc.

IVI)

Otros

 

Clave

V. Activos intangibles tecnológicos

VA)

Patentes tecnológicas

VB)

Investigación y desarrollo en proceso

VC)

Sistemas de cómputo (software), y licencias, programas de cómputo, sistemas de información, formatos, etc.

VD)

Tecnología no patentada, conocimiento técnico

VE)

Bases de datos, títulos de plantas

VF)

Procesos y fórmulas confidenciales

VG)

Dibujos técnicos, manuales de procedimientos técnicos, planos

VH)

Creación de procesos de manufactura, procedimientos, líneas de producción

VI)

Otros

 

Clave

VI. Activos intangibles distintos a los anteriores

VIA)

Otros

 

Apéndice IX. Catálogo de “concepto más importante que originó el saldo”, para efectos del anexo “cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera”, (no aplicable para dictámenes fiscales del sector financiero).

Clave

Deudores

1

Fondo fijo

2

Cuenta de cheques

3

Cuenta de inversiones

4

Ventas de inventarios

5

Ventas de activo fijo

6

Ventas de intangibles

7

Ventas de acciones

8

Anticipos

9

Préstamos

10

Regalías

11

Asistencia técnica

12

Publicidad

13

Maquila

14

Venta de cartera

15

Reembolsos

16

Dividendos

17

Comisiones

18

Operaciones financieras derivadas

19

Arrendamiento

20

Prestación de servicios

21

Servicios administrativos

22

Intereses devengados

23

Gastos por cuenta de partes relacionadas

24

Enajenación de intangibles

25

Enajenación de otros cargos y gastos diferidos

26

Enajenación de acciones

27

Enajenación de activo fijo

28

Enajenación de terrenos

29

Otros deudores

 

Clave

Acreedores

1

Préstamos

2

Compras de inventarios

3

Compras de activo fijo

4

Compras de intangibles

5

Compras de acciones

6

Anticipos

7

Concesiones

8

Derechos

9

Por adquisición de acciones

10

Intereses por venta de cartera

11

Gastos a prorrata

12

Garantías

13

Honorarios

14

Publicidad

15

Maquila

16

Servicios

17

Comisiones

18

Intereses a cargo

19

Otros acreedores

 

Apéndice X. Catálogo de “tipo de financiamiento”, para efectos del anexo “préstamos”.

Clave

Tipo de financiamiento

A

Aceptaciones bancarias

B

Cartas de crédito

C

Crédito puente

D

Directo

E

Habilitación o avío

F

Hipotecario

G

Líneas globales

H

Prendario

I

Protocolos

J

Quirografarios

K

Refaccionario

L

Revolvente

M

Sindicado

N

Otro

 

Apéndice XI. Catálogo de “frecuencia de exigibilidad del pago de intereses”, para efectos del anexo “préstamos”.

Clave

Frecuencia

1

Mensual

2

Trimestral

3

Semestral

4

Anual

5

Otro

 

Apéndice XII. Catálogo de “tipo de ingresos en REFIPRES”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”.

Clave

Frecuencia

1

Intereses en instituciones del sistema financiero

2

Derivados de sociedades o fondos de inversión

3

Otros ingresos derivados de entidades del sistema financiero (swaps, opciones, etc.)

4

Por la inversión en acciones de personas morales

5

Participación en fideicomisos y similares

6

Derivados de inversiones en asociaciones en participación y similares

7

Por venta de acciones

8

Por dividendos o utilidades

9

Otros ingresos

 

Apéndice XIII. Catálogo de “carácter de participación en fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”.

Clave

Frecuencia

1

Fideicomitente

2

Fideicomisario

3

Fiduciario

4

Beneficiario efectivo

5

Aportante de bienes o derechos

6

Administrador

 

Apéndice XIV. Catálogo de “tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado para evitar la doble tributación”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”.

Clave

Frecuencia

1

Tasa

2

Exención

3

Beneficio

4

Subsidio

5

Otros

 

Apéndice XV. Catálogo de “vencimiento del plazo”, para efectos del anexo “. Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero”.

Clave

Vencimiento del plazo

1

Reestructuró

2

Recontrató

3

Reconfiguró

4

Cerró

5

Canceló

6

Liquidó de manera anticipada

7

Liquidó operación contraria

 

Apéndice XVI. Catálogo de “destino de préstamo”, para efectos del anexo “socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales”.

Clave

Destino de préstamo

1

Activo

2

Pasivo

3

Pago dividendos

4

Utilidades

5

Otros

 

Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2024 utilizando el sistema de presentación del dictamen 2024 (SIPRED 2024), aplicable a los siguientes tipos de dictámenes.

A.      Estados financieros general.

B.      Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.

C.      Casas de cambio.

D.      Intermediarios financieros no bancarios.

E.      Fondos de inversión.

Este instructivo es complemento de los formatos guía y del instructivo para la integración y presentación del dictamen.

Contenido y características para el llenado del dictamen

Datos aplicables al dictamen de:

A.      Estados financieros general.

Datos de identificación

Datos a proporcionar:

Contribuyente, representante legal, contador público.

01A000000

RFC (del contribuyente).

01B000000

RFC (del contador público).

01B015000

RFC (del despacho).

01C000000

RFC (del representante legal).

 

·      Dato, RFC, del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.

·      Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-       Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

-       Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).

-       Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

          En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente:               REXT990101XXX.

          Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

          Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el  carácter &).

01A001000

Nombre (del contribuyente) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social.

01B001000

Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).

01B014000

Nombre del despacho.

01C001000

Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).

 

·    Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.

·    Dato de caracteres alfanuméricos.

·    Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

01A002000

CURP (del contribuyente persona física).

01B002000

CURP (del contador público).

01C004000

CURP (del representante legal).

 

·    Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-       Cuatro caracteres alfabéticos.

-       Seis caracteres numéricos.

-       Seis caracteres alfabéticos.

-       Un carácter alfabético o numérico.

-       Un carácter numérico.

·    Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·    Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:

01A003000

Entidad federativa (del contribuyente).

01B004000

Entidad federativa (del contador público).

01C005000

Entidad federativa (del representante legal).

01C015000

Entidad en la que se ubica la notaría (representante legal).

 

·    Dato elegido de una lista (catálogo).

01A004000

Alcaldía o municipio (del contribuyente).

01B005000

Alcaldía o municipio (del contador público).

01C006000

Alcaldía o municipio (del representante legal).

 

·    Dato alcaldía o municipio completo.

·    Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·    Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

01A005000

Colonia o localidad (del contribuyente).

01B006000

Colonia o localidad (del contador público).

01C007000

Colonia o localidad (del representante legal).

 

·    Dato colonia o localidad completa.

·    Dato de caracteres alfanuméricos.

·    Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·    Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

01A006000

Código postal (del contribuyente).

01B007000

Código postal (del contador público).

01C008000

Código postal (del representante legal).

 

·    Dato código postal completa.

·    Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.

·    Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

01A007000

Calle, número exterior e interior (del contribuyente).

01B008000

Calle, número exterior e interior (del contador público).

01C009000

Calle, número exterior e interior (del representante legal).

 

·    Dato de calle y número completo.

·    Dato de caracteres alfanuméricos.

·    Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·    Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

01A008000

Ciudad o población (del contribuyente).

01B009000

Ciudad o población (del contador público).

01C010000

Ciudad o población (del representante legal).

 

·    Dato, ciudad o población completa.

·    Dato de caracteres alfanuméricos.

·    Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·    Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

01A009000

Teléfono (del contribuyente).

01B010000

Teléfono (del contador público o del despacho).

01C011000

Teléfono (del representante legal).

 

·    Dato de veinte caracteres numéricos máximo.

·    Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

01A010000

Correo electrónico (del contribuyente).

01B011000

Correo electrónico (del contador público).

01B012000

Correo electrónico del buzón tributario.

01C012000

Correo electrónico (del representante legal).

 

·    Dato de caracteres alfanuméricos.

·    Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.

·    Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).

01A011000

Nombre del grupo económico al que pertenece.

 

·    Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.

01A012000

Clave de actividad para efectos fiscales.

 

·    Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se selecciona de un catálogo.

·    Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.

·    Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

01C002000

Nacional (representante legal).

01C003000

Extranjero (representante legal).

 

·    Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).

·    Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·    Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

01C013000

Número de escritura (representante legal).

01C014000

Número de notaría (representante legal).

 

·    Datos de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.

·    Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

01C016000

Fecha del poder (representante legal).

01C017000

Fecha de designación (representante legal).

 

·    Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.

·    Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”).

01B003000

Número de registro (contador público).

01B016000

Número de registro del despacho.

 

·    Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.

·    Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.

·    Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

01B013000

Colegio al que pertenece el contador público.

 

·    Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.

·    Dato de caracteres alfabéticos.

·    Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·    Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Datos generales

Datos a proporcionar:

01D000000

Autoridad competente (selección de un catálogo): Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal y Administración General de Hidrocarburos.

01D001000

Sede a la que pertenece la ADAF (selección de un catálogo).

01D002000

Administración General y/o ADAF (selección de un catálogo).

01D003000

Obligado u optativo

01D020000

Tipo de contribuyente especial (selección de un catálogo).

01D029000

Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales (selección de un catálogo): costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo de adquisición para efectos contables (costos históricos), costeo absorbente para efectos fiscales (costos predeterminados estimados), costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo estándar para efectos contables, sistema distinto a los anteriores, no aplica.

01D034000

Tipo de opinión (selección de un catálogo): 1- opinión sin salvedades, 2- opinión con salvedades que tengan implicaciones fiscales, 3- opinión con salvedades que no tengan implicaciones fiscales, 4- opinión negativa que tenga implicaciones fiscales, 5- opinión negativa que no tenga implicaciones fiscales, 6- abstención de opinión.

01D073000

Se trata de:

01D166000

Se realizaron con fines de:

01D260000

En calidad de que participó en alguna fusión:

01D284000

En calidad de que participó en alguna escisión:

01D391000

En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR:

01D394000

(1) Correspondiente al mes de:

01D397000

(2) Correspondiente al mes de:

01D400000

(3) Correspondiente al mes de:

01D403000

(4) Correspondiente al mes de:

01D406000

(5) Correspondiente al mes de:

01D409000

(6) Correspondiente al mes de:

01D412000

(7) Correspondiente al mes de:

01D415000

(8) Correspondiente al mes de:

01D418000

(9) Correspondiente al mes de:

01D421000

(10) Correspondiente al mes de:

01D424000

(11) Correspondiente al mes de:

01D427000

(12) Correspondiente al mes de:

01D451000

(1) Correspondiente al mes de:

01D454000

(2) Correspondiente al mes de:

01D457000

(3) Correspondiente al mes de:

01D460000

(4) Correspondiente al mes de:

01D463000

(5) Correspondiente al mes de:

01D466000

(6) Correspondiente al mes de:

01D469000

(7) Correspondiente al mes de:

01D472000

(8) Correspondiente al mes de:

01D475000

(9) Correspondiente al mes de:

01D478000

(10) Correspondiente al mes de:

01D481000

(11) Correspondiente al mes de:

01D484000

(12) Correspondiente al mes de:

01D487000

Cuál es su moneda funcional.

01D498000

En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR.

01D501000

(1) Correspondiente al mes de:

01D504000

(2) Correspondiente al mes de:

01D507000

(3) Correspondiente al mes de:

01D510000

(4) Correspondiente al mes de:

01D513000

(5) Correspondiente al mes de:

01D516000

(6) Correspondiente al mes de:

01D519000

(7) Correspondiente al mes de:

01D522000

(8) Correspondiente al mes de:

01D525000

(9) Correspondiente al mes de:

01D528000

(10) Correspondiente al mes de:

01D531000

(11) Correspondiente al mes de:

01D534000

(12) Correspondiente al mes de:

01D558000

(1) Correspondiente al mes de:

01D561000

(2) Correspondiente al mes de:

01D564000

(3) Correspondiente al mes de:

01D567000

(4) Correspondiente al mes de:

01D570000

(5) Correspondiente al mes de:

01D573000

(6) Correspondiente al mes de:

01D576000

(7) Correspondiente al mes de:

01D579000

(8) Correspondiente al mes de:

01D582000

(9) Correspondiente al mes de:

01D585000

(10) Correspondiente al mes de:

01D588000

(11) Correspondiente al mes de:

01D591000

(12) Correspondiente al mes de:

01D594000

Cuál es su moneda funcional.

 

·    Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez seleccionada una opción de una lista (catálogo).

01D025000

Fecha de inicio del ejercicio fiscal.

01D026000

Fecha de terminación del ejercicio fiscal.

01D027000

Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.

01D028000

Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.

 

·    Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.

·    Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.

·    Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/” ).

         ejemplo:

                  inicio                      final

                  01/01/2024           31/12/2024

01D004000

Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF).

01D005000

Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF).

01D006000

Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF).

01D008000

Forma parte de una asociación en participación.

01D009000

Forma parte de un fideicomiso.

01D015000

Primer dictamen.

01D016000

Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura.

01D017000

Realizó obras de construcción.

01D018000

En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos conforme al artículo 17, fracción IV de la LISR.

01D019000

Industria maquiladora.

01D021000

Empresa filial.

01D022000

Empresa subsidiaria.

01D023000

Sociedad cooperativa.

01D024000

Inicio de operaciones.

01D035000

Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe llenar del índice 01040000000000 al 01040049000000 del Anexo 4).

01D042000

Realizó operaciones con partes relacionadas.

01D043000

Si su respuesta fue afirmativa en el índice 01D042000.

(debe llenar los anexos 16 y 17).

01D044000

Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.

01D045000

Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.

01D046000

Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera.

01D047000

En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 23).

01D048000

Tratándose de sociedades que hayan tenido el carácter de controladoras, disminuyó la pérdida por enajenación de acciones en algún ejercicio posterior a 2015 (para los efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016).

01D049000

En caso afirmativo al índice anterior, señale si liquidó la totalidad del Impuesto Diferido (para los efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016).

01D050000

Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.20. de la 3a RMRMF 2016.

01D051000

Aplicó lo establecido en la regla 3.23.22. de la RMF 2017.

01D052000

Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2018.

01D053000

Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2019.

01D054000

Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2020.

01D055000

Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2021.

01D056000

Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2022.

01D057000

Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2023.

01D058000

Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2024.

01D059000

Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.19. de la 3a RMRMF 2016.

01D060000

Aplicó lo establecido en el transitorio quinto de la RMF 2017.

01D061000

Aplicó lo establecido en el transitorio trigésimo de la RMF 2018.

01D062000

Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo 22 de la LISR.

01D067000

Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada.

01D068000

La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes de aplicar al cierre del ejercicio.

01D070000

El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.

01D072000

Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio.

01D081000

Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).

01D088000

Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.

01D091000

Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.

01D099000

Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio  en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 12).

01D100000

Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio  (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 13).

01D101000

Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar  el Anexo 19).

01D102000

Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio  (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 21).

01D103000

Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 22).

01D104000

Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado.

01D105000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores.

01D111000

Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.

01D112000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).

01D113000

Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado.

01D114000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF).

01D115000

Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).

01D116000

Durante el ejercicio se presentaron avisos de compensación de saldos a favor (para los efectos del artículo 23 CFF).

01D117000

Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF.

01D118000

Tiene accionistas residentes en el país.

01D119000

En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF).

01D120000

Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o accionistas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 del CFF).

01D121000

En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes.

01D122000

Tiene inventarios registrados en su contabilidad.

01D123000

En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la LISR).

01D126000

Realizó operaciones con el público en general.

01D127000

Tiene empleados.

01D135000

En caso negativo a la pregunta del índice 01D127000, tiene algún contrato de servicios de personal (outsourcing).

01D141000

Enajenación de bienes.

01D142000

Prestación de servicios.

01D143000

Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

01D144000

Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.

01D145000

Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales preferentes.

01D146000

Otros, en caso afirmativo especificar abajo:

01D150000

Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio.

01D151000

Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades.

01D153000

Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA.

01D154000

La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).

01D161000

Diario.

01D162000

Mayor.

01D163000

Actas de asamblea de socios o accionistas.

01D164000

Socios o accionistas.

01D165000

Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR).

01D169000

El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR).

01D170000

El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF).

01D172000

El contribuyente cambió el modelo de negocios.

01D173000

Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos de los artículos 76, fracciones II y XVII y 110, fracciones III y IV de la LISR).

01D194000

Indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio.

01D196000

Es parte relacionada.

01D198000

Es parte relacionada.

01D200000

Es parte relacionada.

01D202000

Es parte relacionada.

01D204000

Es parte relacionada.

01D209000

Efectuó retención.

01D211000

En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación.

01D214000

Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.

01D215000

Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.

01D216000

Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.

01D220000

Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones deriva de absorción de pérdidas financieras.

01D221000

Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de los donativos autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción I y 105, fracción II de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR).

01D223000

Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y 105, último párrafo de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D224000

Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de servicios, o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, compensaciones o a través de distintas formas de extinción de las obligaciones cuando lo señalen las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y 105, último párrafo de la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D225000

Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y 105, último párrafo de la LISR y 44 del RLISR).

01D226000

Ser deducidas una sola vez (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y 105, fracción IV de la LISR).

01D228000

Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma expresa y por separado cuando así sea procedente (para los efectos de los artículos 27, fracción VI y 105, último párrafo de la LISR).

01D239000

En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR.

01D240000

Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reunieron los requisitos que para cada deducción en particular establece la LISR (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D241000

Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y se obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar su declaración y que las fechas de expedición correspondieron al ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR).

01D252000

Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron para los efectos del artículo 28 de la LISR.

01D259000

En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR.

01D335000

Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras).

01D336000

En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.

01D337000

Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra).

01D338000

En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.

01D344000

Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 24).

01D360000

Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las recibió en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren correspondido a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designó, o bien, cuando el interés del acreedor quedó satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones (para los efectos del artículo 1o.-B de la LIVA).

01D362000

Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente cobrado, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto (para los efectos de los artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D366000

Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas.

01D367000

El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de la LISR para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).

01D368000

El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente constó por separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II de la LIVA).

01D369000

El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA).

01D370000

Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).

01D371000

Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).

01D372000

Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso a) de la LIVA).

01D383000

Estuvo obligado al pago del IEPS en el ejercicio.

01D384000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01180117000000 al 01180145000000 del anexo 18).

01D386000

Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.

01D390000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

01D393000

Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.

01D431000

La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses.

01D434000

Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.

01D437000

Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

01D441000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

01D443000

(a) enajenación de bienes.

01D444000

(b) prestación de servicios independientes.

01D445000

(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

01D446000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

01D449000

Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.

01D450000

En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

01D488000

Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.

01D489000

Es importador de un sector en específico.

01D491000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01180146000000 al 01180174000000 del Anexo 18).

01D493000

Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.

01D497000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

01D500000

Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.

01D538000

La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses.

01D541000

Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.

01D544000

Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

01D548000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

01D550000

(a) enajenación de bienes.

01D551000

(b) prestación de servicios independientes.

01D552000

(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

01D553000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

01D556000

Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.

01D557000

En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

01D595000

Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.

01D596000

Es importador de un sector en específico.

 

·    Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.

·    Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

01D074000

Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta).

01D124000

Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado.

01D125000

Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF.

01D134000

Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR).

01D155000

Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RIVA).

01D156000

Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32 fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RIVA).

01D157000

Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D158000

Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D159000

Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y trasladó del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D171000

Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado.

01D174000

Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR).

01D175000

Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos de los artículos 76, fracción IV y 110, fracción V o en fecha distinta de acuerdo con los artículos 110 y 192 del RLISR).

01D176000

Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR).

01D177000

Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR).

01D178000

Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en el que se señale su monto, donde se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).

01D179000

Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervino (para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR).

01D180000

Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos de los artículos 76, fracción XV y 110, fracción VII de la LISR).

01D181000

Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos de los artículos 76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR).

01D182000

Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D183000

Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de la LISR).

01D184000

Enajenación de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D185000

Prestación de servicios (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D186000

Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción II de la LISR).

01D187000

Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17, fracción III y 40 de la LISR).

01D188000

Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, segundo párrafo y 40 de la LISR).

01D189000

Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, tercer párrafo y 40 de la LISR).

01D190000

Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad práctica de cobro (para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR).

01D191000

Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para su cobro (para los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).

01D192000

Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas (para los efectos de los artículos 17 de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).

01D193000

Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra para los efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

01D222000

En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR).

01D227000

Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, así como las demás formalidades establecidas (para los efectos de los artículos 27, fracción V y 105, último párrafo de la LISR).

01D229000

En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan invertido en los fines del negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 45 del RLISR).

01D230000

Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se aplicó el tope establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción VII de la LISR).

01D231000

Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o asociaciones civiles, a los que presten servicios domésticos de suministro de agua potable y de recolección de basura y a los que obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente erogados (para los efectos del artículo 27, fracción VIII de la LISR).

01D232000

En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR).

01D233000

En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos de los artículos 27, fracción X y 105, último párrafo de la LISR).

01D234000

Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones correspondientes se otorgaron en forma general en beneficio de todos los trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados a trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos autorizados. (para los efectos de los artículos 7 y 27 fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del RLISR).

01D235000

Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito establecido en el índice anterior se comprobó que el monto de las aportaciones efectuadas haya sido igual al monto aportado por los trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción XI y 105, último párrafo de la LISR y 49 del RLISR).

01D236000

Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se consideró como no deducible el excedente (para los efectos de los artículos 27, fracción XIII y 105, último párrafo de la LISR).

01D237000

En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales para su importación (para los efectos de los artículos 27, fracción XIV y 105, último párrafo de la LISR y demás aplicables de las disposiciones aduaneras).

01D238000

En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el mes en que se consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes siempre que haya sido notoria la imposibilidad práctica de cobro y se puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de la LISR).

01D242000

En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR).

01D243000

Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se les entregaron las cantidades correspondientes (para los efectos de los artículos 27, fracción XIX de la LISR y artículo décimo del Decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013).

01D244000

En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras causas no imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos establecidos (para los efectos de los artículos 27, fracción XX de la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D245000

En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR.

01D246000

En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción V y 103, último párrafo de la LISR y 57 y 58 del RLISR).

01D247000

En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII y 103, último párrafo de la LISR y 60 del RLISR).

01D248000

En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios, accionistas o sus familiares sin relación laboral.

01D249000

En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XVII y 103, último párrafo, 121 último párrafo y 122 de la LISR y 219 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D250000

En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XX y 103, último párrafo de la LISR y 61 del RLISR).

01D251000

Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se consideró como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos de los artículos 36, fracciones II y III respectivamente y 104 de la LISR).

01D253000

En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR).

01D254000

En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

01D256000

La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años.

01D257000

La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior.

01D258000

Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR.

01D286000

Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.

01D339000

Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó.

01D340000

Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero.

01D345000

Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas.

01D347000

Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.

01D349000

Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES.

01D351000

Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

01D354000

El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente.

01D355000

Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

01D356000

Aplicó tratados para evitar la doble tributación.

01D357000

Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR.

01D358000

Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.

01D359000

Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4.del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

01D361000

Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios (para los efectos de los artículos 8o. de la LIVA y 25 del RLIVA).

01D363000

La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos de los artículos 24, fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA).

01D364000

El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto por los derivados de transporte internacional (para los efectos de los artículos 24, fracción V de la LIVA, 48 y 49 del RLIVA).

01D365000

Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso o goce temporal de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados (para los efectos de los artículos 29, fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA).

01D373000

No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso b) de la LIVA).

01D374000

Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso c) de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D375000

Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D376000

No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino habitual, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2 de la LIVA).

01D377000

Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas realizadas en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

01D378000

En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a las actividades a que estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA).

01D379000

En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del Impuesto Acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA y 19 del RLIVA).

01D380000

En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).

01D381000

Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

01D382000

Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

01D432000

Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

01D433000

Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

01D448000

Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

01D539000

Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

01D540000

Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

01D555000

Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

 

·    Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.

·    Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

01D076000

Fecha del oficio 1.

01D078000

Fecha del oficio 2.

01D080000

Fecha del oficio 3.

01D083000

Fecha de la resolución 1.

01D085000

Fecha de la resolución 2.

01D087000

Fecha de la resolución 3.

01D089000

Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).

01D090000

Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria).

01D097000

Fecha de presentación de la declaración informativa normal.

01D098000

Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria).

01D261000

Fecha en que surtió efectos la fusión.

01D285000

Fecha en que surtió efectos la escisión.

01D331000

Fecha de inicio de la liquidación.

01D388000

Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

01D392000

Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.

01D395000

(1) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D398000

(2) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D401000

(3) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D404000

(4) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D407000

(5) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D410000

(6) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D413000

(7) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D416000

(8) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D419000

(9) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D422000

(10) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D425000

(11) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D428000

(12) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D438000

Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

01D442000

Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

01D447000

Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.

01D452000

(1) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D455000

(2) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D458000

(3) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D461000

(4) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D464000

(5) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D467000

(6) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D470000

(7) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D473000

(8) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D476000

(9) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D479000

(10) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D482000

(11) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D485000

(12) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D495000

Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

01D499000

Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.

01D502000

(1) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D505000

(2) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D508000

(3) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D511000

(4) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D514000

(5) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D517000

(6) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D520000

(7) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D523000

(8) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D526000

(9) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D529000

(10) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D532000

(11) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D535000

(12) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

01D545000

Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

01D549000

Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

01D554000

Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.

01D559000

(1) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D562000

(2) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D565000

(3) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D568000

(4) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D571000

(5) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D574000

(6) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D577000

(7) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D580000

(8) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D583000

(9) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D586000

(10) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D589000

(11) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

01D592000

(12) fecha de presentación del entero del IVA retenido.

 

·    Datos de la fecha del oficio, de la resolución, declaración complementaria, entero del IVA retenido y del envío de la declaración informativa múltiple.

·    Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).

01D010000

Denominación o razón social fideicomitente.

01D011000

Denominación o razón social fiduciario.

01D012000

Denominación o razón social fideicomisario (1).

01D013000

Denominación o razón social fideicomisario (2).

01D014000

Denominación o razón social fideicomisario (3).

01D063000

Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron.

01D071000

Especifique el o los número(s) de criterio(s).

01D075000

Número de oficio 1.

01D077000

Número de oficio 2.

01D079000

Número de oficio 3.

01D082000

Número de resolución 1.

01D084000

Número de resolución 2.

01D086000

Número de resolución 3.

01D092000

Número de identificación (campo 1).

01D093000

Número de identificación (campo 2).

01D094000

Número de identificación (campo 3).

01D095000

Número de identificación (campo 4).

01D096000

Número de identificación (campo 5).

01D195000

Nombre del comprador 1.

01D197000

Nombre del comprador 2.

01D199000

Nombre del comprador 3.

01D201000

Nombre del comprador 4.

01D203000

Nombre del comprador 5.

01D263000

Fusionante: denominación o razón social.

01D265000

Fusionada 1: denominación o razón social.

01D267000

Fusionada 2: denominación o razón social.

01D269000

Fusionada 3: denominación o razón social.

01D271000

Fusionada 4: denominación o razón social.

01D273000

Fusionada 5: denominación o razón social.

01D275000

Fusionada 6: denominación o razón social.

01D277000

Fusionada 7: denominación o razón social.

01D279000

Fusionada 8: denominación o razón social.

01D281000

Fusionada 9: denominación o razón social.

01D283000

Fusionada 10: denominación o razón social.

01D387000

Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

01D389000

Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.

01D430000

Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.

01D435000

Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.

01D439000

Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

01D440000

Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

01D490000

En caso afirmativo al índice anterior, indique cuál.

01D494000

Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

01D496000

Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.

01D537000

Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.

01D542000

Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.

01D546000

Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

01D547000

Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

01D597000

En caso afirmativo al índice anterior, indique cuál.

 

         Datos de caracteres alfanuméricos.

          Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

01D037000

RFC 1.

01D038000

RFC 2.

01D039000

RFC 3.

01D040000

RFC 4.

01D041000

RFC 5.

01D106000

(especificar nombre anterior).

01D107000

(especificar nombre anterior).

01D108000

(especificar nombre anterior).

01D109000

(especificar nombre anterior).

01D110000

(especificar nombre anterior).

01D136000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

01D137000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

01D138000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

01D139000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

01D140000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

01D262000

Fusionante: RFC.

01D264000

Fusionada 1: RFC.

01D266000

Fusionada 2: RFC.

01D268000

Fusionada 3: RFC.

01D270000

Fusionada 4: RFC.

01D272000

Fusionada 5: RFC.

01D274000

Fusionada 6: RFC.

01D276000

Fusionada 7: RFC.

01D278000

Fusionada 8: RFC.

01D280000

Fusionada 9: RFC.

01D282000

Fusionada 10: RFC.

01D287000

Escindida 1: RFC.

01D291000

Escindida 2: RFC.

01D295000

Escindida 3: RFC.

01D299000

Escindida 4: RFC.

01D303000

Escindida 5: RFC.

01D307000

Escindida 6: RFC.

01D311000

Escindida 7: RFC.

01D315000

Escindida 8: RFC.

01D319000

Escindida 9: RFC.

01D323000

Escindida 10: RFC.

01D327000

Escindente: RFC.

01D332000

(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social).

01D333000

(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social).

01D334000

(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).

 

·    Dato, RFC.

·    Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:

-       cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

-       seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).

-       tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·    Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·    Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).

01D147000

Especificar.

01D148000

Especificar.

01D149000

Especificar.

 

·    Para efectos de estos índices, se anotarán en el concepto datos referentes al concepto de “otros”.

·    Datos de caracteres alfanuméricos.

·    Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

01D007000

En caso negativo en todas las preguntas de los índices 01D004000, 01D005000 y 01D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.

 

·    Datos de caracteres alfanuméricos.

·    Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

01D065000

Precio de venta de las acciones enajenadas.

01D066000

Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las acciones.

01D069000

En caso de que su respuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el importe de la pérdida por enajenación de acciones actualizada al cierre del ejercicio.

01D128000

Número de trabajadores.

01D129000

Total del ISR retenido y enterado por salarios.

01D130000

Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.

01D131000

Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.

01D132000

Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.

01D133000

Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.

01D152000

Monto de IVA que originó dicha operación.

01D160000

Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA.

01D167000

Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio.

01D168000

Monto de la pérdida deducible en el ejercicio.

01D205000

Total de ingresos por venta de acciones.

01D206000

Total de ingresos por venta de intangibles.

01D207000

Total de costo promedio de las acciones enajenadas.

01D208000

Total del monto original de la inversión ajustado.

01D210000

Monto del entero por la operación.

01D212000

Monto de pérdida fiscal pendiente de amortizar provenientes de enajenación de acciones y de otros títulos valor cuyo rendimiento no sea interés en términos del artículo 8 LISR.

01D213000

Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivadas pactadas fuera de mercados reconocidos.

01D217000

Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.

01D218000

Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.

01D219000

Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.

01D255000

Monto de la deuda que genera intereses a cargo.

01D288000

Valor activo:

01D289000

Valor pasivo:

01D290000

Valor capital social:

01D292000

Valor activo:

01D293000

Valor pasivo:

01D294000

Valor capital social:

01D296000

Valor activo:

01D297000

Valor pasivo:

01D298000

Valor capital social:

01D300000

Valor activo:

01D301000

Valor pasivo:

01D302000

Valor capital social:

01D304000

Valor activo:

01D305000

Valor pasivo:

01D306000

Valor capital social:

01D308000

Valor activo:

01D309000

Valor pasivo:

01D310000

Valor capital social:

01D312000

Valor activo:

01D313000

Valor pasivo:

01D314000

Valor capital social:

01D316000

Valor activo:

01D317000

Valor pasivo:

01D318000

Valor capital social:

01D320000

Valor activo:

01D321000

Valor pasivo:

01D322000

Valor capital social:

01D324000

Valor activo:

01D325000

Valor pasivo:

01D326000

Valor capital social:

01D328000

Valor activo:

01D329000

Valor pasivo:

01D330000

Valor capital social:

01D341000

Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero.

01D342000

Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero.

01D343000

Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR.

01D346000

Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES.

01D348000

Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.

01D350000

Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.

01D352000

Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

01D353000

Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR.

01D396000

(1) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D399000

(2) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D402000

(3) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D405000

(4) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D408000

(5) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D411000

(6) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D414000

(7) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D417000

(8) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D420000

(9) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D423000

(10) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D426000

(11) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D429000

(12) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D436000

Monto del beneficio.

01D453000

(1) Monto pagado.

01D456000

(2) Monto pagado.

01D459000

(3) Monto pagado.

01D462000

(4) Monto pagado.

01D465000

(5) Monto pagado.

01D468000

(6) Monto pagado.

01D471000

(7) Monto pagado.

01D474000

(8) Monto pagado.

01D477000

(9) Monto pagado.

01D480000

(10) Monto pagado.

01D483000

(11) Monto pagado.

01D486000

(12) Monto pagado.

01D503000

(1) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D506000

(2) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D509000

(3) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D512000

(4) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D515000

(5) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D518000

(6) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D521000

(7) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D524000

(8) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D527000

(9) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D530000

(10) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D533000

(11) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D536000

(12) Monto pagado en la declaración complementaria.

01D543000

Monto del beneficio.

01D560000

(1) Monto pagado.

01D563000

(2) Monto pagado.

01D566000

(3) Monto pagado.

01D569000

(4) Monto pagado.

01D572000

(5) Monto pagado.

01D575000

(6) Monto pagado.

01D578000

(7) Monto pagado.

01D581000

(8) Monto pagado.

01D584000

(9) Monto pagado.

01D587000

(10) Monto pagado.

01D590000

(11) Monto pagado.

01D593000

(12) Monto pagado.

 

·    Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.

·    Datos de caracteres numéricos.

·    Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.

·    Para las cantidades positivas se omitirá el signo.

·    Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

·    Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.

01D064000

Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se enajenaron.

01D385000

Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.

01D492000

Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.

 

·    Datos de caracteres numéricos con dos decimales.

·    Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.



Anexo

Datos a proporcionar

 

 

1.-    Estado de situación financiera.

2024 y 2023 y variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.

2.-    Estado de resultado integral.

Total 2024 y 2023, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023.

3.-    Estado de cambios en el capital contable.

Capital social proveniente de aportaciones, capital social proveniente de capitalización, aportaciones para futuros aumentos de capital, prima en suscripción de acciones, reserva legal, utilidad neta, pérdida neta, utilidades retenidas de ejercicios anteriores, pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, otros resultados integrales (deudor), otros resultados integrales (acreedor), exceso en la actualización del capital contable, insuficiencia en la actualización del capital contable, resultado por tenencia de activos no monetarios, otras cuentas de capital acreedoras, otras cuentas de capital deudoras y total del capital contable.

4.-    Estado de flujos de efectivo.

2024 y 2023.

5.-     Integración analítica de ventas o ingresos netos.

2024 y 2023, variación en pesos respecto ejercicio fiscal anterior, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023, total acumulables para ISR 2024 y 2023, total no acumulables para ISR 2024 y 2023.

6.-     Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.

Total 2024 y 2023, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023.

7.-    Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.

Gastos de fabricación, venta, administración y generales 2024 y 2023; gastos de fabricación, venta, administración y generales: variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior; total 2024 y 2023; gastos de fabricación, venta, administración y generales partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023 total deducibles para ISR 2024 y 2023; total no deducibles para ISR 2024 y 2023.

8.-    Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.

2024 y 2023; acumulables o deducibles para ISR: 2024 y 2023; partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023; no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2024 y 2023.

9.-    Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

Base gravable; contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría.

10.-  Relación de contribuciones por pagar.

Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar, importe de la contribución en litigio.

11.-  Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

2024 y 2023, variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.

12.-  Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

Monto contratado; efecto fiscal que tuvo en el ejercicio ingreso (deducción); importe del efecto fiscal que tuvo en el ejercicio; valor pactado sobre el subyacente; indique el monto de ingreso acumulable o (deducción autorizada) generado.

13.-   Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación y valor de la inversión.

14.-   Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones; monto de retiros de capital; monto de préstamos efectuados y monto de préstamos recibidos; monto de prima en suscripción de acciones.

15.-   Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral, los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado.

2024 y 2023, variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.

16.-   Operaciones con partes relacionadas.

Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado, ISR retenido.

17.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.

Datos a proporcionar.

18.-   Datos informativos.

Datos a proporcionar.

19.-   Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría, ISR retenido pagado y diferencia.

20.-   Inversiones.

Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio.

21.-   Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.

Saldo en moneda extranjera, saldo en moneda nacional.

22.-   Préstamos.

Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023, conversión de moneda, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado.

24.-   Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

25.-   Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles.

 

Nota:   el orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.

·    Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.

·    Datos de caracteres numéricos.

·    Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.

·    Para las cantidades positivas se omitirá el signo.

·    Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

·    Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

1.-       Estado de situación financiera.

Texto referente a la explicación de las variaciones.

5.-       Integración analítica de ventas o ingresos netos.

Texto referente a la explicación de las variaciones.

7.-       Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.

Texto referente a la explicación de las variaciones de gastos de fabricación, venta, administración y generales.

4.1-     Notas a los estados financieros.

Texto referente a las notas a los estados financieros.

9.1-     Declaratoria.

Texto referente a la declaratoria.

11.-     Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

Texto referente a la explicación de las variaciones.

15.-     Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado.

Texto referente a la explicación de las variaciones.

·     Datos de caracteres alfanuméricos.

·     Este texto sí podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).

·     El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

1.-     Estado de situación financiera.

Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal anterior); porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.

5.-     Integración analítica de ventas o ingresos netos.

Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal anterior) y porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.

7.-     Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.

Gastos de fabricación, gastos de venta, gastos de administración y gastos generales: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior) y gastos de fabricación, gastos de venta, gastos de administración y gastos generales: porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.

9.-     Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

Tasa, tarifa o cuota.

11.-   Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal), porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal anterior), porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.

12.-   Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

 % de retención sobre la ganancia.

13.-   Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Porcentaje de participación en el capital de la entidad.

14.-   Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio y porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamos recibidos.

15.-   Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado.

Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal), porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal anterior), porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.

16.-   Operaciones con partes relacionadas.

Tasa.

19.-   Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Tasa.

22.-   Préstamos.

Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR.

24.-   Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado.

25.-   Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Proporción de ingresos.

·     Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·     Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.

·     Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.

·     Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

10.-   Relación de contribuciones por pagar.

Institución de crédito o SAT; pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio y administración receptora.

12.-.Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

País de residencia, tipo de operación contratada deuda o capital; indique si antes del vencimiento del plazo realizó, tipo de moneda., tipo de subyacente.

13.-   Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.).

14.-   Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo y forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.).

16.-   Operaciones con partes relacionadas.

Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia y método de precios de transferencia aplicado.

19.-   Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia.

21.-   Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.

País de residencia fiscal, tipo de moneda, antigüedad de la cuenta por cobrar y por pagar (meses), indique si la cuenta proviene de una fusión, escisión de sociedades o cesión de derechos u obligaciones, concepto más importante que originó el saldo, en caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor", especifique concepto:

22.-   Préstamos.

Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro”, especifique concepto.

24.-   Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación.

·    Datos de caracteres alfanuméricos en mayúsculas.

·    Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·    Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

10.-   Relación de contribuciones por pagar.

Número de la operación; pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio y oficio de autorización de pago en parcialidades: número.

12.-   Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

Número de identificación fiscal, en caso de que en la columna "tipo de subyacente" haya seleccionado "otros" especifique concepto, en caso de que haya liquidado mediante celebración de una operación contraria, indique las razones.

13.-   Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Número de identificación fiscal.

14.-   Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Número de identificación fiscal o RFC.

16.-   Operaciones con partes relacionadas.

Número de identificación fiscal o RFC.

19.-   Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Número de identificación fiscal.

21.-   Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.

Número de identificación fiscal o RFC.

22.-   Préstamos.

Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado; destino del capital tomado en préstamo número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México.

23.-   Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

2023 a 2013.

24.-   Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Número de identificación fiscal.

25.-   Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.

·     Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·     Dato de caracteres alfanuméricos.

·     Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·    Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 14.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 16.- operaciones con partes relacionadas y 23.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:

·     Datos de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-      Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.

-      Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha: (dos caracteres para año, dos para el mes y dos para el día).

-      Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·     Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·     Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

10.-   Relación de contribuciones por pagar.

Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre) fecha de presentación y oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha.

12.-   Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

Fecha de celebración del contrato que le dio origen a la operación, fecha de celebración de la más reciente adenda al contrato origen y vigencia: del y al.

13.-   Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria.

14.-   Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Periodo de tenencia: del y al.

22.-   Préstamos.

Vigencia del préstamo del y al, fecha en la que se realizó la conversión de moneda.

24.-   Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del y al.

 

·     Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2018.

·     Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.

Anexo

Datos a proporcionar

23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

2023 al 2013.

·    Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·    Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.

·    Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

 

Anexo

Datos a proporcionar

12.-   Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si o no) e indique si se contrató con una parte relacionada (si o no).

16.-   Operaciones con partes relacionadas.

La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo, indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2. fracción II, de la RMF 2024) (si o no), indique si obtuvo beneficios de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a), existió retención y entero de ISR por esta operación.

19.-   Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no); indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no).

21.-   Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.

Indique si es parte relacionada (si o no), generó intereses (si o no) e indique si la cuenta por cobrar o por pagar se encuentra cubierta por algún instrumento financiero derivado. (si o no).

22.-   Préstamos.

Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no).

23.-   Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

2023 al 2013.

24.-   Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no).

25.-   Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR

(si o no).

·        Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.

·        Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no, n/a) en mayúsculas.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Contenido y características para el llenado del dictamen

Datos aplicables al dictamen de:

B.      Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.

Datos de identificación

Datos a proporcionar:

Contribuyente, representante legal, contador público.

40A000000

RFC (del contribuyente).

40B000000

RFC (del contador público).

40B015000

RFC (del despacho).

40C000000

RFC (del representante legal).

 

·        Dato, RFC, del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.

·        Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-       cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

-       seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).

-       tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·        En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el  carácter &).

40A001000

Nombre (del contribuyente) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social.

40B001000

Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).

40B014000

Nombre del despacho.

40C001000

Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).

 

·        Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

40A002000

CURP (del contribuyente persona física).

40B002000

CURP (del contador público).

40C004000

CURP (del representante legal).

 

·        Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-       cuatro caracteres alfabéticos.

-       seis caracteres numéricos.

-       seis caracteres alfabéticos.

-       un carácter alfabético o numérico.

-       un carácter numérico.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:

40A003000

Entidad federativa (del contribuyente).

40B004000

Entidad federativa (del contador público).

40C005000

Entidad federativa (del representante legal).

40C015000

Entidad en la que se ubica la notaria (del representante legal).

 

·       Dato elegido de una lista (catálogo).

40A004000    Alcaldía o municipio (del contribuyente).

40B005000    Alcaldía o municipio (del contador público).

40C006000    Alcaldía o municipio (del representante legal).

·       Dato alcaldía o municipio completo.

·       Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·       Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

40A005000    Colonia o localidad (del contribuyente).

40B006000    Colonia o localidad (del contador público).

40C007000    Colonia o localidad (del representante legal).

·       Dato colonia o localidad completa.

·       Dato de caracteres alfanuméricos.

·       Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·       Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

40A006000    Código postal (del contribuyente).

40B007000    Código postal (del contador público).

40C008000    Código postal (del representante legal).

·        Dato código postal completa.

·       Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.

·       Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

40A007000    Calle, número exterior e interior (del contribuyente).

40B008000    Calle, número exterior e interior (del contador público).

40C009000    Calle, número exterior e interior (del representante legal).

·        Dato de calle y número completo.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

40A008000    Ciudad o población (del contribuyente).

40B009000    Ciudad o población (del contador público).

40C010000    Ciudad o población (del representante legal).

·        Dato, ciudad o población completa.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

40A009000    Teléfono (del contribuyente).

40B010000    Teléfono (del contador público o del despacho).

40C011000    Teléfono (del representante legal).

·        Dato de veinte caracteres numéricos máximo.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

40A010000    correo electrónico (del contribuyente).

40B011000    correo electrónico (del contador público).

40B011000    correo electrónico del buzón tributario.

40C012000    correo electrónico (del representante legal).

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.

·        Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).

40A011000    Nombre del grupo económico al que pertenece.

·        Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.

40A012000    clave de actividad para efectos fiscales.

·        Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se selecciona de un catálogo.

·        Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.

·        Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

40C002000   Nacional (representante legal).

40C003000   Extranjero (representante legal).

·       Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).

·       Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·       Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

40C013000   Número de escritura (representante legal).

40C014000   Número de notaría (representante legal).

·        Datos de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

40C016000   Fecha del poder (representante legal).

40C017000   Fecha de designación (representante legal).

·        Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.

·        Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”).

40B003000    Número de registro (contador público).

40B016000    Número de registro del despacho.

·        Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.

·        Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

40B013000    Colegio al que pertenece el contador público.

·       Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.

·       Dato de caracteres alfabéticos.

·       Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·       Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Datos generales

Datos a proporcionar:

40D000000

Autoridad competente.

40D001000

Sede a la que pertenece la ADAF.

40D002000

Administración General y/o ADAF.

40D003000

Obligado u optativo.

40D022000

Tipo de contribuyente especial.

40D030000

Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales:

40D035000

Tipo de opinión.

40D061000

Se trata de:

40D155000

Se realizaron con fines de:

40D250000

En calidad de que participó en alguna fusión:

40D274000

En calidad de que participó en alguna escisión:

 

·        Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez seleccionada una opción de una lista (catálogo).

40D026000

Fecha de inicio del ejercicio fiscal.

40D027000

Fecha de terminación del ejercicio fiscal.

40D028000

Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.

40D029000

Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.

 

·        Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.

·        Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.

·        Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por  diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales ”/” ).

         ejemplo:

          inicio                    final

          01/01/2024         31/12/2024

40D004000

Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF).

40D005000

Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF).

40D006000

Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF).

40D008000

Forma parte de una asociación en participación.

40D009000

Forma parte de un fideicomiso.

40D015000

Primer dictamen.

40D016000

Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura.

40D017000

Realizó obras de construcción.

40D018000

En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR.

40D019000

Empresa dedicada a la actividad agrícola, ganadera, silvícola, pesquera o sociedad cooperativa de producción.

40D020000

Empresa dedicada a la actividad de autotransporte terrestre de carga o de pasajeros o complementarias.

40D021000

Empresa como coordinado.

40D023000

Empresa filial.

40D024000

Empresa subsidiaria.

40D025000

Inicio de operaciones.

40D036000

Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe llenar del índice 40040000000000 al 40040050000000 del anexo 4).

40D043000

Realizó operaciones con partes relacionadas.

40D044000

Si su respuesta fue afirmativa en el índice 40D043000.

(debe llenar los anexos 16 y 17).

40D045000

Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.

40D046000

Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.

40D047000

Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera.

40D048000

En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el  anexo 24).

40D050000

Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo 22  de la LISR.

40D055000

Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada.

40D056000

La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes de aplicar al cierre del ejercicio.

40D058000

El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.

40D060000

Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio.

40D069000

Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).

40D076000

Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.

40D079000

Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.

40D087000

Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 12).

40D088000

Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 13).

40D090000

Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 20).

40D091000

Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 22).

40D092000

Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 23).

40D093000

Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado.

40D094000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF) asimismo, especifique el RFC y nombres anteriores.

40D100000

Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.

40D101000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).

40D102000

Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado.

40D103000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF).

40D104000

Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).

40D105000

Durante el ejercicio se presentaron avisos de compensación de saldos a favor (para los efectos del artículo 23 CFF).

40D106000

Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF.

40D107000

Tiene accionistas residentes en el país.

40D108000

En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF).

40D109000

Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o accionistas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 CFF).

40D110000

En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes.

40D112000

En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la LISR)

40D115000

Realizó operaciones con el público en general

40D116000

Tiene empleados

40D124000

En caso negativo a la pregunta del índice 40D116000, tiene algún contrato de servicios de personal (outsourcing).

40D130000

Enajenación de bienes.

40D131000

Prestación de servicios.

40D132000

Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

40D133000

Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.

40D134000

Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales preferentes.

40D135000

Otros, en caso afirmativo especificar abajo:

40D139000

Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio.

40D140000

Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades.

40D142000

Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA.

40D143000

La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).

40D150000

Diario.

40D151000

Mayor.

40D152000

Actas de asamblea de socios o accionistas.

40D153000

Socios o accionistas.

40D154000

Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR).

40D158000

El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR).

40D159000

El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B bis del CFF).

40D161000

El contribuyente cambió el modelo de negocios.

40D162000

Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR).

40D183000

Indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio.

40D185000

Es parte relacionada.

40D187000

Es parte relacionada.

40D189000

Es parte relacionada.

40D191000

Es parte relacionada.

40D193000

Es parte relacionada.

40D198000

Efectuó retención.

40D200000

En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación.

40D203000

Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.

40D204000

Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.

40D205000

Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.

40D209000

Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de pérdidas financieras.

40D211000

Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de los donativos autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125, y 131 del RLISR).

40D213000

Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos del artículo 27, fracción III de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D214000

Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de servicios, o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, compensaciones o a través de distintas formas de extinción de las obligaciones cuando lo señalen las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III de la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D215000

Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos 27, fracción IV de la LISR y 44 del RLISR).

40D216000

Ser deducidas una sola vez (para los efectos del artículo 27, fracción IV de la LISR).

40D218000

Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma expresa y por separado cuando así sea procedente (para los efectos del artículo 27, fracción VI de la LISR).

40D229000

En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR.

40D230000

Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reunieron los requisitos que para cada deducción en particular establece la LISR (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D231000

Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y se obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar su declaración y que las fechas de expedición correspondieron al ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos del artículo 27, fracción XVIII de la LISR).

40D242000

Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron a que hace referencia el artículo 28 de la LISR.

40D249000

En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR.

40D325000

Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras).

40D326000

En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.

40D327000

Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra).

40D328000

En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.

40D334000

Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 25).

40D351000

Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las recibió en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren correspondido a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designó, o bien, cuando el interés del acreedor quedó satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones (para los efectos del artículo 1o.-B de la LIVA).

40D353000

Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente cobrado, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto (para los efectos de los artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D357000

Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas.

40D358000

El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de la LISR para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).

40D359000

El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente constó por separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II de la LIVA).

40D360000

El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA).

40D361000

Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).

40D362000

Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).

40D363000

Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V inciso a) de la LIVA).

40D374000

Estuvo obligado al pago del IEPS en el ejercicio.

 

·        Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

40D049000

Indique si promovió juicios que estén pendientes de resolver respecto a la desconsolidación.

40D062000

Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta).

40D089000

La persona moral cumplió por cuenta de sus integrantes con lo dispuesto en los capítulos VII y VIII (para los efectos de los artículos 72 y 73 LISR).

40D111000

Tiene inventarios registrados en su contabilidad.

40D113000

Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado.

40D114000

Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del CFF.

40D123000

Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR).

40D144000

Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).

40D145000

Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA; 20 y 74 del RLIVA).

40D146000

Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D147000

Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D148000

Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D160000

Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado.

40D163000

Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del  artículo 76, fracción III de la LISR).

40D164000

Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos de los artículos 76, fracción IV o en fecha distinta de acuerdo al artículo 110 del RLISR).

40D165000

Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR).

40D166000

Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR).

40D167000

Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en el que se señale su monto, donde se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).

40D168000

Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervino (para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR).

40D169000

Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR).

40D170000

Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos de los artículos 76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR).

40D171000

Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D172000

Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140 párrafo segundo de la LISR).

40D173000

Enajenación de bienes (para los efectos de los artículos 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D174000

Prestación de servicios (para los efectos de los artículos 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D175000

Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos de los artículos 17, fracción II de la LISR).

40D176000

Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17, fracción III y 40 de la LISR).

40D177000

Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, segundo párrafo y 40 de la LISR).

40D178000

Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, tercer párrafo y 40 de la LISR).

40D179000

Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad práctica de cobro (para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR).

40D180000

Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para su cobro (para los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).

40D181000

Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas (para los efectos de los artículos 17 de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).

40D182000

Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra para los efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

40D210000

Registró por separado los ingresos de las operaciones que realizó por cuenta de cada uno de sus integrantes (para los efectos de los artículos 72, fracción IV y 75 fracción II LISR).

40D212000

En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR).

40D217000

Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, así como las demás formalidades establecidas (para los efectos del artículo 27, fracción V de la LISR).

40D219000

En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan invertido en los fines del negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 45 del RLISR).

40D220000

Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se aplicó el tope establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción VII de la LISR).

40D221000

Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o asociaciones civiles, a los que presten servicios domésticos de suministro de agua potable y de recolección de basura y a los que obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente erogados (para los efectos del artículo 27, fracción VIII de la LISR).

40D222000

En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR).

40D223000

En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X  de la LISR).

40D224000

Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones correspondientes se otorgaron en forma general en beneficio de todos los trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados a trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos autorizados. (para los efectos de los artículos 7 y 27, fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del RLISR).

40D225000

Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito establecido en el índice anterior se comprobó que el monto de las aportaciones efectuadas haya sido igual al monto aportado por los trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción XI de la LISR y 49 del RLISR).

40D226000

Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se consideró como no deducible el excedente (para los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR).

40D227000

En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales para su importación (para los efectos del artículo 27, fracción XIV de la LISR y demás aplicables de las disposiciones aduaneras).

40D228000

En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el mes en que se consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes siempre que haya sido notoria la imposibilidad práctica de cobro y se puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de la LISR).

40D232000

En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción XVIII de la LISR).

40D233000

Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se les entregaron las cantidades correspondientes (para los efectos de los artículos 27, fracción XIX de la LISR y artículo décimo del Decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013).

40D234000

En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras causas no imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos establecidos (para los efectos de los artículos 27, fracción XX de la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D235000

En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR.

40D236000

En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción V de la LISR y 57 y 58 del RLISR).

40D237000

En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR).

40D238000

En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios, accionistas o sus familiares sin relación laboral.

40D239000

En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D240000

En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XX de la LISR y 61 del RLISR).

40D241000

Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se consideró como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36, fracciones II y III respectivamente de la LISR).

40D243000

En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR).

40D244000

En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

40D246000

La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años.

40D247000

La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior.

40D248000

Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR.

40D276000

Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.

40D329000

Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó.

40D330000

Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero.

40D335000

Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas

40D337000

Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.

40D339000

Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES.

40D341000

Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

40D344000

El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente.

40D345000

Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

40D346000

Aplicó tratados para evitar la doble tributación.

40D347000

Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR.

40D348000

Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.

40D349000

Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

40D350000

Efectuó por cuenta de sus integrantes las retenciones y entero de las mismas, y en su caso expidió las constancias de dichas retenciones (para los efectos de los artículos 72, fracción III y 74, párrafo séptimo, fracción III LISR).

40D352000

Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios (para los efectos de los artículos 8 de la LIVA y 25 del RLIVA).

40D354000

La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos de los artículos 24, fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA).

40D355000

El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto por los derivados de transporte internacional (para los efectos de los artículos 24, fracción V de la LIVA, 48 y 49 del RLIVA).

40D356000

Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso o goce temporal de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados (para los efectos de los artículos 29, fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA).

40D364000

No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V inciso b) de la LIVA).

40D365000

Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V inciso c) de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D366000

Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D367000

No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino habitual, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2 de la LIVA).

40D368000

Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas realizadas en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

40D369000

En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a las actividades a que estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA).

40D370000

En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos de los artículos 5o.-A de la LIVA y 19 del RLIVA).

40D371000

En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).

40D372000

Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

40D373000

Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

 

·        Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

40D064000

Fecha del oficio 1.

40D066000

Fecha del oficio 2.

40D068000

Fecha del oficio 3.

40D071000

Fecha de la resolución 1.

40D073000

Fecha de la resolución 2.

40D075000

Fecha de la resolución 3.

40D077000

Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).

40D078000

Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria).

40D085000

Fecha de presentación de la declaración informativa normal.

40D086000

Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria).

40D251000

Fecha en que surtió efectos la fusión.

40D275000

Fecha en que surtió efectos la escisión.

40D321000

Fecha de inicio de la liquidación.

 

·        Datos de la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple.

·        Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de presentación de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).

40D010000

Denominación o razón social fideicomitente.

40D011000

Denominación o razón social fiduciario.

40D012000

Denominación o razón social fideicomisario (1).

40D013000

Denominación o razón social fideicomisario (2).

40D014000

Denominación o razón social fideicomisario (3).

40D051000

Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron.

40D059000

Especifique el o los número(s) de criterio(s).

40D063000

Número de oficio 1.

40D065000

Número de oficio 2.

40D067000

Número de oficio 3.

40D070000

Número de resolución 1.

40D072000

Número de resolución 2.

40D074000

Número de resolución 3.

40D080000

Número de identificación (campo 1).

40D081000

Número de identificación (campo 2).

40D082000

Número de identificación (campo 3).

40D083000

Número de identificación (campo 4).

40D084000

Número de identificación (campo 5).

40D184000

Nombre del comprador 1.

40D186000

Nombre del comprador 2.

40D188000

Nombre del comprador 3.

40D190000

Nombre del comprador 4.

40D192000

Nombre del comprador 5.

40D253000

Fusionante: denominación o razón social.

40D255000

Fusionada 1: denominación o razón social.

40D257000

Fusionada 2: denominación o razón social.

40D259000

Fusionada 3: denominación o razón social.

40D261000

Fusionada 4: denominación o razón social.

40D263000

Fusionada 5: denominación o razón social.

40D265000

Fusionada 6: denominación o razón social.

40D267000

Fusionada 7: denominación o razón social.

40D269000

Fusionada 8: denominación o razón social.

40D271000

Fusionada 9: denominación o razón social.

40D273000

Fusionada 10: denominación o razón social.

 

·        Datos de caracteres alfanuméricos.

·        Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

40D038000

RFC 1.

40D039000

RFC 2.

40D040000

RFC 3.

40D041000

RFC 4.

40D042000

RFC 5.

40D095000

(especificar nombre anterior).

40D096000

(especificar nombre anterior).

40D097000

(especificar nombre anterior).

40D098000

(especificar nombre anterior).

40D099000

(especificar nombre anterior).

40D125000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

40D126000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

40D127000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

40D128000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

40D129000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

40D252000

Fusionante: RFC.

40D254000

Fusionada 1: RFC.

40D256000

Fusionada 2: RFC.

40D258000

Fusionada 3: RFC.

40D260000

Fusionada 4: RFC.

40D262000

Fusionada 5: RFC.

40D264000

Fusionada 6: RFC.

40D266000

Fusionada 7: RFC.

40D268000

Fusionada 8: RFC.

40D270000

Fusionada 9: RFC.

40D272000

Fusionada 10: RFC.

40D277000

Escindida 1: RFC.

40D281000

Escindida 2: RFC.

40D285000

Escindida 3: RFC.

40D289000

Escindida 4: RFC.

40D293000

Escindida 5: RFC.

40D297000

Escindida 6: RFC.

40D301000

Escindida 7: RFC.

40D305000

Escindida 8: RFC.

40D309000

Escindida 9: RFC.

40D313000

Escindida 10: RFC.

40D317000

Escindente: RFC.

40D322000

Liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social.

40D323000

Liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social.

40D324000

Liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social.

 

·        Dato, RFC.

·        Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:

          - cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

          - seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).

         - tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·       Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).

40D136000

Especificar.

40D137000

Especificar.

40D138000

Especificar.

 

-       Para efectos de estos índices, se anotarán en el concepto datos referentes al concepto  de “otros”.

-       Datos de caracteres alfanuméricos.

-       Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

40D007000

En caso negativo en todas las preguntas de los índices 40D004000, 40D005000 y 40D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.

 

-       Datos de caracteres alfanuméricos.

-       Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

40D053000

Precio de venta de las acciones enajenadas.

40D054000

Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las acciones.

40D057000

En caso de que su repuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el importe de la pérdida por enajenación de acciones actualizada al cierre del ejercicio.

40D117000

Número de trabajadores.

40D118000

Total del ISR retenido y enterado por salarios.

40D119000

Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.

40D120000

Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.

40D121000

Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.

40D122000

Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.

40D141000

Monto de IVA que originó dicha operación.

40D149000

Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA.

40D156000

Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio.

40D157000

Monto de la pérdida deducible en el ejercicio.

40D194000

Total de ingresos por venta de acciones.

40D195000

Total de ingresos por venta de intangibles.

40D196000

Total de costo promedio de las acciones enajenadas.

40D197000

Total del monto original de la inversión ajustado.

40D199000

Monto del entero por la operación.

40D201000

Monto de pérdida fiscal pendiente de amortizar provenientes de enajenación de acciones y de otros títulos valor cuyo rendimiento no sea interés en términos del artículo 8 LISR.

40D202000

Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos.

40D206000

Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.

40D207000

Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.

40D208000

Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.

40D245000

Monto de la deuda que genera intereses a cargo.

40D278000

Valor activo:

40D279000

Valor pasivo:

40D280000

Valor capital social:

40D282000

Valor activo:

40D283000

Valor pasivo:

40D284000

Valor capital social:

40D286000

Valor activo:

40D287000

Valor pasivo:

40D288000

Valor capital social:

40D290000

Valor activo:

40D291000

Valor pasivo:

40D292000

Valor capital social:

40D294000

Valor activo:

40D295000

Valor pasivo:

40D296000

Valor capital social:

40D298000

Valor activo:

40D299000

Valor pasivo:

40D300000

Valor capital social:

40D302000

Valor activo:

40D303000

Valor pasivo:

40D304000

Valor capital social:

40D306000

Valor activo:

40D307000

Valor pasivo:

40D308000

Valor capital social:

40D310000

Valor activo:

40D311000

Valor pasivo:

40D312000

Valor capital social:

40D314000

Valor activo:

40D315000

Valor pasivo:

40D316000

Valor capital social:

40D318000

Valor activo:

40D319000

Valor pasivo:

40D320000

Valor capital social:

40D331000

Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero.

40D332000

Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero.

40D333000

Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR.

40D336000

Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES.

40D338000

Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.

40D340000

Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.

40D342000

Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

40D343000

Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR.

 

-       Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.

-       Datos de caracteres numéricos.

-       Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.

-       Para las cantidades positivas se omitirá el signo.

-       Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

-       Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.

40D052000

Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se enajenaron.

 

·        Datos de caracteres numéricos con dos decimales.

·        Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

1.-    Estado de situación financiera.

2024 y 2023.

2.-    Estado de resultado integral.

Total 2024 y 2023. Partes relacionadas 2024 y 2023 y partes no relacionadas 2024 y 2023.

3.-     Estado de cambios en el capital contable.

Capital social: proveniente de aportaciones, capital social proveniente de capitalización, aportaciones para futuros aumentos de capital, prima en suscripción de acciones, reserva legal, utilidad neta, pérdida neta, utilidades retenidas de ejercicios anteriores, pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, otros resultados integrales (deudor), otros resultados integrales (acreedor), exceso en la actualización del capital contable, insuficiencia en la actualización del capital contable, resultado por tenencia de activos no monetarios, otras cuentas de capital acreedoras, otras cuentas de capital deudoras y total del capital contable.

4.-     Estado de flujos de efectivo.

2024 y 2023.

5.-     Integración analítica de ventas o ingresos netos.

2024 y 2023, total acumulables para ISR 2024 y 2023, partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023, total no acumulables para ISR 2024 y 2023.

6.-     Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.

Total 2024 y 2023, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023.

7.-     Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.

Gastos de fabricación, venta, administración y generales 2024 y 2023; gastos de fabricación, venta, administración y generales: total 2024 y 2023; gastos de fabricación, venta, administración y generales partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023, total deducibles para ISR 2024 y 2023; total no deducibles para ISR 2024 y 2023.

8.-     Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.

2024 y 2023, acumulables o deducibles para ISR: 2024 y 2023, partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023, no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducible (gastos) para ISR: 2024 y 2023.

9.-     Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría.

10.-   Relación de contribuciones por pagar.

Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar, importe de la contribución en litigio.

11.-   Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

2024 y 2023.

12.-   Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

Monto contratado, importe del efecto fiscal que tuvo en el ejercicio, efecto fiscal que tuvo en el ejercicio ingreso (deducción), indique el monto de ingreso acumulable o (deducción autorizada) generado.

13.-   Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación, valor de la inversión.

14.-   Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos: efectuados, monto de préstamos recibidos y monto de prima en suscripción de acciones.

15.-   Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y, los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado.

2024 y 2023.

 

16.-   Operaciones con partes relacionadas.

Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado, ISR retenido.

17.-   Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.

Datos a proporcionar.

18.-   Datos informativos.

Datos a proporcionar.

19.-   Información de los integrantes de las personas morales como coordinados.

Total de ingresos acumulables ISR, total de deducciones autorizadas ISR, monto de la deducción del 8% sobre ingresos acumulables sin documentación (RFA), utilidad fiscal, conceptos disminuibles de la utilidad fiscal, utilidad gravable, pérdida fiscal, ISR a cargo y a favor, monto del acreditamiento del IEPS por la adquisición de diésel contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción IV de la LIF), monto del acreditamiento del 50% de los gastos por el uso de infraestructura carretera contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción V de la LIF), PTU por distribuir, importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio, número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio, importe total de los ingresos del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de la LISR), importe total de las deducciones del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de la LISR), importe total de las retenciones correspondientes al integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción III de la LISR) importe total de impuestos pagados por cuenta del integrante (para los efectos del artículo 72,  fracción VI de la LISR).

20.-   Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría, ISR retenido pagado y diferencia.

21.-   Inversiones.

Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio.

22.-   Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.

Saldo en moneda extranjera, saldo en moneda nacional.

23.-   Préstamos.

Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023, conversión de moneda, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado.

25.-   Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos:

monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

26.-   Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles.

Nota:     el orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.

·        Datos de caracteres numéricos.

·        Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.

·        Para las cantidades positivas se omitirá el signo.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

·        Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

4.1.- Notas a los estados financieros.

Texto referente a las notas a los estados financieros.

9.1.- Declaratoria.

Texto referente a la declaratoria.

 

·        Datos de caracteres alfanuméricos.

·        Este texto sí podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).

·       El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

9.-      Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

Tasa, tarifa o cuota.

12.-   Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

% de retención sobre la ganancia.

13.-   Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Porcentaje de participación en el capital de la entidad.

14.-   Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio y porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos.

16.-   Operaciones con partes relacionadas.

Tasa.

20.-   Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Tasa.

23.-   Préstamos.

Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR.

25.-   Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado.

26.-   Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Proporción de ingresos.

 

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·        Datos de caracteres alfanuméricos y dos decimales.

·        Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

10.-   Relación de contribuciones por pagar.

Institución de crédito o SAT, pago en parcialidades (datos del escrito libre) administración receptora.

12.-   Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

País de residencia, tipo de operación contratada deuda o capital, valor pactado sobre el subyacente, tipo de subyacente, en caso de que en la columna "tipo de subyacente" haya seleccionado "otros" especifique concepto indique si antes del vencimiento del plazo realizó, tipo de moneda, en caso de que haya liquidado mediante celebración de una operación contraria, indique las razones.

13.-   Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.).

14.-   Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo, formas de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.).

16.-   Operaciones con partes relacionadas.

Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia y método de precios de transferencia aplicado.

20.-   Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia.

22.-   Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.

País de residencia fiscal, tipo de moneda, antigüedad de la cuenta por cobrar y por pagar (meses), indique si la cuenta proviene de una fusión, escisión de sociedades o cesión de derechos u obligaciones, concepto más importante que originó el saldo, en caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor", especifique concepto:

23.-   Préstamos.

Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto, país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses “haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: y destino del capital tomado en préstamo.

25.-   Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u “otros pagos”, especifique concepto, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso.

·        Datos de caracteres alfanuméricos en mayúsculas.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

10.-   Relación de contribuciones por pagar.

Número de operación, pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio y oficio de autorización de pago en parcialidades número.

12.-   Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

Número de identificación fiscal.

13.-   Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Número de identificación fiscal.

14.-   Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Número de identificación fiscal o RFC.

16.-   Operaciones con partes relacionadas.

Número de identificación o RFC.

19.-   Información de los integrantes de las personas morales como coordinados.

RFC del integrante.

20.-   Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Número de identificación fiscal.

22.-   Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.

Número de identificación fiscal o RFC.

23.-   Préstamos.

Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México.

24.-   Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

2023 a 2013.

25.-   Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Número de identificación fiscal.

26.-   Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.

 

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 14.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 16.- operaciones con partes relacionadas y 24.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:

·        Dato máximo de 13 caracteres alfanuméricos compuestos por:

-       Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

-       Caracteres numéricos que corresponden a la fecha: (cuatro caracteres para el año, dos para el mes y dos para día).

-       Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

10.-  Relación de contribuciones por pagar.

Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación y oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha.

12.-  Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

Fecha de celebración del contrato que le dio origen a la operación, fecha de celebración de la más reciente adenda al contrato origen, vigencia: del y al.

13.-  Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria.

14.-  Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Periodo de tenencia: del y al.

19.-  Información de los integrantes de las personas morales como coordinados.

Fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR).

23.-  Préstamos.

Fecha en la que se realizó la conversión de moneda, vigencia del préstamo del y al.

25.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente:

Vigencia del y al.

 

·        Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo. 25/03/2015).

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.

Anexo

Datos a proporcionar

24.-Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

2023 a 2013.

 

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·       Datos de caracteres numéricos de cuatro decimales.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

12.-  Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si o no) e indique si se contrató con una parte relacionada (si o no).

16.- Operaciones con partes relacionadas.

La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2. fracción II, de la RMF 2024) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a), existió retención y entero de ISR por esta operación.

20.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no), indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no).

22.-  Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.

Indique si es parte relacionada (si o no), generó intereses (si o no), indique si la cuenta por cobrar o por pagar se encuentra cubierta por algún instrumento financiero derivado (si o no).

23.-  Préstamos.

Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no) y efectuó colocaciones en el extranjero (si o no).

24.-  Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

2023 a 2013.

25.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no).

26.-  Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR  (si o no).

 

·       Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.

·       Datos de caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.

·       En estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.)

Contenido y características para el llenado del dictamen

Datos aplicables al dictamen de:

C.     Casas de cambio

Datos de identificación

Datos a proporcionar:

Contribuyente, representante legal, contador público.

07A000000

RFC (del contribuyente).

07B000000

RFC (del contador público).

07B015000

RFC (del despacho).

07C000000

RFC (del representante legal).

·        Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.

·        Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-       Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

-       Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (cuatro caracteres para año, dos para mes y dos para el día).

-       Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·        En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente:      REXT990101XXX.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).

07A001000

Denominación o razón social.

07B001000

Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).

07B014000

Nombre del despacho.

07C001000

Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).

·        Dato, nombre completo, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

07B002000

CURP (del contador público).

07C004000

CURP (del representante legal).

·        Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-     Cuatro caracteres alfabéticos

-     Seis caracteres numéricos.

-     Seis caracteres alfabéticos.

-     Un carácter alfabético o numérico.

-     Un carácter numérico.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:

07A002000

Entidad federativa (del contribuyente).

07B004000

Entidad federativa (del contador público).

07C005000

07C015000

Entidad federativa (del representante legal).

Entidad en la que se ubica la notaría (representante legal).

·        Dato elegido de una lista (catálogo).

07A003000

Alcaldía o municipio (del contribuyente).

07B005000

Alcaldía o municipio (del contador público).

07C006000

Alcaldía o municipio (del representante legal).

·        Dato alcaldía o municipio completo.

·        Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

07A004000

Colonia o localidad (del contribuyente).

07B006000

Colonia o localidad (del contador público).

07C007000

Colonia o localidad (del representante legal).

·        Dato colonia o localidad completa.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

07A005000

Código postal (del contribuyente).

07B007000

Código postal (del contador público).

07C008000

Código postal (del representante legal).

·        Dato código postal completa.

·        Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

07A006000

Calle, número exterior e interior (del contribuyente).

07B008000

Calle, número exterior e interior (del contador público).

07C009000

Calle, número exterior e interior (del representante legal).

·        Dato de calle y número completo.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

07A007000

Ciudad o población (del contribuyente).

07B009000

Ciudad o población (del contador público).

07C010000

Ciudad o población (del representante legal).

·        Dato, ciudad o población completa.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

07A008000

Teléfono (del contribuyente).

07B010000

Teléfono (del contador público o del despacho).

07C011000

Teléfono (del representante legal).

·        Dato de veinte caracteres numéricos máximo.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

07A009000

Correo electrónico (del contribuyente).

07B011000

Correo electrónico (del contador público).

07B012000

Correo electrónico del buzón tributario.

07C012000

Correo electrónico (del representante legal).

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.

·        Este dato si podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.)

07A010000

Nombre del grupo económico al que pertenece.

 

·        Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.

 

07A011000

Clave de actividad para efectos fiscales.

·        Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se selecciona de un catálogo.

·        Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.

·        Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.)

07C002000

Nacional (representante legal).

07C003000

Extranjero (representante legal).

·        Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).

·        Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

07C013000

Número de escritura (representante legal).

07C014000

Número de notaria (representante legal).

·        Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

07C016000

Fecha del poder (representante legal).

07C017000

Fecha de designación (representante legal).

·        Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.

·        Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”).

07B003000

Número de registro del contador público.

07B016000

Número de registro del despacho.

·        Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.

·        Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

07B013000

Colegio al que pertenece el contador público.

·        Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Datos generales.

Datos a proporcionar:

07D000000

Autoridad competente.

07D001000

Sede a la que pertenece la ADAF.

07D002000

Administración.

07D003000

Obligado u optativo.

07D017000

Tipo de contribuyente especial.

07D024000

Tipo de opinión.

07D039000

Se trata de:

07D169000

Se realizaron con fines de:

07D192000

En calidad de que participó en alguna fusión:

07D216000

En calidad de que participó en alguna escisión:

07D279000

Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1).

07D280000

Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2).

07D281000

Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3).

07D309000

En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR.

07D312000

(1) Correspondiente al mes de:

07D315000

(2) Correspondiente al mes de:

07D318000

(3) Correspondiente al mes de:

07D321000

(4) Correspondiente al mes de:

07D324000

(5) Correspondiente al mes de:

07D327000

(6) Correspondiente al mes de:

07D330000

(7) Correspondiente al mes de:

07D333000

(8) Correspondiente al mes de:

07D336000

(9) Correspondiente al mes de:

07D339000

(10) Correspondiente al mes de:

07D342000

(11) Correspondiente al mes de:

07D345000

(12) Correspondiente al mes de:

07D369000

(1) Correspondiente al mes de:

07D372000

(2) Correspondiente al mes de:

07D375000

(3) Correspondiente al mes de:

07D378000

(4) Correspondiente al mes de:

07D381000

(5) Correspondiente al mes de:

07D384000

(6) Correspondiente al mes de:

07D387000

(7) Correspondiente al mes de:

07D390000

(8) Correspondiente al mes de:

07D393000

(9) Correspondiente al mes de:

07D396000

(10) Correspondiente al mes de:

07D399000

(11) Correspondiente al mes de:

07D402000

(12) Correspondiente al mes de:

07D405000

Cuál es su moneda funcional.

07D416000

En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR.

07D419000

(1) Correspondiente al mes de:

07D422000

(2) Correspondiente al mes de:

07D425000

(3) Correspondiente al mes de:

07D428000

(4) Correspondiente al mes de:

07D431000

(5) Correspondiente al mes de:

07D434000

(6) Correspondiente al mes de:

07D437000

(7) Correspondiente al mes de:

07D440000

(8) Correspondiente al mes de:

07D443000

(9) Correspondiente al mes de:

07D446000

(10) Correspondiente al mes de:

07D449000

(11) Correspondiente al mes de:

07D452000

(12) Correspondiente al mes de:

07D476000

(1) Correspondiente al mes de:

07D479000

(2) Correspondiente al mes de:

07D482000

(3) Correspondiente al mes de:

07D485000

(4) Correspondiente al mes de:

07D488000

(5) Correspondiente al mes de:

07D491000

(6) Correspondiente al mes de:

07D494000

(7) Correspondiente al mes de:

07D497000

(8) Correspondiente al mes de:

07D500000

(9) Correspondiente al mes de:

07D503000

(10) Correspondiente al mes de:

07D506000

(11) Correspondiente al mes de:

07D509000

(12) Correspondiente al mes de:

07D512000

Cuál es su moneda funcional.

·        Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó de una lista (catálogo).

07D020000

Fecha de inicio del ejercicio fiscal.

07D021000

Fecha de terminación del ejercicio fiscal.

07D022000

Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.

07D023000

Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.

·        Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.

·        Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.

·        Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”).

Ejemplo:

                inicio                                    final

                01/01/2024                         31/12/2024

07D004000

Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF).

07D005000

Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF).

07D006000

Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF).

07D008000

Forma parte de una asociación en participación.

07D009000

Forma parte de un fideicomiso.

07D015000

Primer dictamen.

07D016000

Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura.

07D018000

Empresa filial.

07D019000

Empresa subsidiaria.

07D030000

Realizó operaciones con partes relacionadas.

07D031000

Si su respuesta fue afirmativa en el índice 07D030000.

(debe llenar los anexos 12 y 13).

07D032000

Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.

07D033000

Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.

07D034000

Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera.

07D035000

En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el  anexo 18).

07D036000

El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.

07D038000

Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio.

07D047000

Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).

07D054000

Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.

07D057000

Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.

07D065000

Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 9).

07D066000

Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10).

07D067000

Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 15).

07D068000

Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 17).

07D069000

Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado.

07D070000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF) asimismo, especifique el RFC y nombres anteriores.

07D076000

Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.

07D077000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).

07D078000

Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado.

07D079000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF).

07D080000

Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).

07D081000

Durante el ejercicio se presentaron avisos de compensación de saldos a favor (para los efectos del artículo 23 CFF).

07D082000

Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF.

07D083000

Tiene accionistas residentes en el país.

07D084000

En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF).

07D087000

Tiene empleados.

07D095000

En caso negativo a la pregunta del índice 07D087000 tiene algún contrato de servicios de personal (outsourcing).

07D101000

Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio.

07D102000

Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades.

07D104000

Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA.

07D105000

La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).

07D112000

Diario.

07D113000

Mayor.

07D114000

Actas de asamblea de socios o accionistas.

07D115000

Socios o accionistas.

07D116000

El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR).

07D117000

El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF).

07D119000

El contribuyente cambió el modelo de negocios.

07D120000

El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.

07D121000

Reconoció o reportó dichos ingresos.

07D122000

Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR).

07D129000

Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan generado intereses.

07D130000

En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la autoridad fiscal.

07D131000

Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del artículo 55 de la LISR.

07D132000

Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR.

07D133000

Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación, administración o distribución a sociedades de inversión en instrumento de duda o sociedades de inversión de renta variable, en los términos de la Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa legal aplicable.

07D134000

Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR, tal y cual se prevé en el artículo 89 de esa misma normativa.

07D135000

Indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio.

07D137000

Es parte relacionada.

07D139000

Es parte relacionada.

07D141000

Es parte relacionada.

07D143000

Es parte relacionada.

07D145000

Es parte relacionada.

07D150000

Efectuó retención.

07D152000

En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación.

07D155000

Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.

07D156000

Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.

07D157000

Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.

07D161000

Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de pérdidas financieras.

07D168000

Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR).

07D170000

En caso afirmativo, acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas.

07D172000

Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas.

07D174000

Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR.

07D177000

Los quebrantos diversos reúnen la totalidad de requisitos de deducción que establece el artículo 27 de la LISR.

07D267000

Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras).

07D268000

En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.

07D269000

Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra).

07D270000

En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.

07D272000

Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el SAT.

07D273000

El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero.

07D278000

Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento.

07D282000

Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio.

07D283000

Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores.

07D284000

Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19).

07D300000

Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera enterado en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).

07D302000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 07140121000000 al 07140149000000 del anexo 14).

07D304000

Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.

07D308000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

07D311000

Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.

07D349000

La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses

07D352000

Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.

07D355000

Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

07D359000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

07D361000

(a) enajenación de bienes.

07D362000

(b) prestación de servicios independientes.

07D363000

(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

07D364000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

07D367000

Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.

07D368000

En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

07D406000

Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.

07D407000

Es importador de un sector en específico.

07D409000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 07140150000000 al 07140178000000 del anexo 14).

07D411000

Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.

07D415000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

07D418000

Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.

07D456000

La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses

07D459000

Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.

07D462000

Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

07D466000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

07D468000

(a) enajenación de bienes.

07D469000

(b) prestación de servicios independientes.

07D470000

(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

07D471000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

07D474000

Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.

07D475000

En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

07D513000

Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.

07D514000

Es importador de un sector en específico.

·        Datos de dos caracteres alfabéticos, (si o no) en mayúsculas.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

07D040000

Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta).

07D085000

Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado.

07D086000

Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

07D094000

Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos del artículo 29 de la LISR y 65 del RLISR).

07D106000

Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32 fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).

07D107000

Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA).

07D108000

Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

07D109000

Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

07D110000

Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

07D118000

Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado.

07D123000

Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR).

07D124000

Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR).

07D125000

Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI inciso a) de la LISR).

07D126000

Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, constancia en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).

07D127000

Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como las reglas aplicables de la RMF para 2024).

07D128000

Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR).

07D162000

En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR).

07D163000

En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que, quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR).

07D164000

En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran cumplido los requisitos previstos en la fracción V del artículo 28 de la LISR.

07D165000

En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

07D166000

Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se considera como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36, fracciones II y III de la LISR).

07D167000

En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR).

07D176000

Cuando se adquieran bienes o derechos por dación en pago o por adjudicación, que no puedan conservar en propiedad por disposición legal, no se deducen conforme al artículo 25 de la LISR (para los efectos del artículo 53 de la LISR).

07D178000

Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad.

07D180000

Deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos destinados a las reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones de personal.

07D181000

La reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual inflacionario dentro de los créditos.

07D182000

En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V del artículo 25 de la LISR.

07D183000

En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos que señala la fracción XV del artículo 27 de la LISR.

07D184000

Por las cuentas incobrables o quebrantos, fueron incluidas para efectos del ajuste anual por inflación hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en que se deduzca, como lo señala el artículo 27, fracción XV, cuarto párrafo de la LISR.

07D185000

Indique si dedujo para efectos fiscales provisiones.

07D186000

En caso afirmativo, indique si el pago y la documentación comprobatoria cumpliera con los requisitos fiscales.

07D187000

Indique si redujo su capital social.

07D188000

En caso afirmativo, indique si la utilidad distribuible está determinada conforme al artículo 78 de la LISR.

07D189000

La CUCA y las aportaciones de capital coinciden contra el estado de cuenta bancario engranado a la contabilidad, y las actas de asamblea.

07D190000

Indique si el saldo de la cuenta utilidad fiscal neta, coincide con las declaraciones del ejercicio y actas de asamblea.

07D191000

Para efectos del ajuste anual por inflación, los créditos y las deudas en moneda extranjera se valúan a la paridad existente al primer día del mes, como lo señala el artículo 44 de la LISR.

07D218000

Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.

07D271000

Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó.

07D274000

Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero.

07D285000

Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas.

07D287000

Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.

07D289000

Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES.

07D291000

Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

07D294000

El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente.

07D295000

Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

07D296000

Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación.

07D297000

Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR.

07D298000

Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.

07D299000

Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

07D301000

Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

07D350000

Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

07D351000

Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

07D366000

Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

07D457000

Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

07D458000

Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

07D473000

Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

·        Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

07D042000

Fecha del oficio 1.

07D044000

Fecha del oficio 2.

07D046000

Fecha del oficio 3.

07D049000

Fecha de la resolución 1.

07D051000

Fecha de la resolución 2.

07D053000

Fecha de la resolución 3.

07D055000

Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).

07D056000

Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria).

07D063000

Fecha de presentación de la declaración informativa normal.

07D064000

Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria).

07D193000

Fecha en que surtió efectos la fusión.

07D217000

Fecha en que surtió efectos la escisión.

07D263000

Fecha de inicio de la liquidación.

07D306000

Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

07D310000

Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.

07D313000

(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D316000

(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D319000

(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D322000

(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D325000

(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D328000

(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D331000

(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D334000

(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D337000

(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D340000

(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D343000

(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D346000

(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D356000

Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

07D360000

Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

07D365000

Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.

07D370000

(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D373000

(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D376000

(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D379000

(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D382000

(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D385000

(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D388000

(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D391000

(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D394000

(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D397000

(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D400000

(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D403000

(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D413000

Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

07D417000

Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.

07D420000

(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D423000

(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D426000

(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D429000

(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D432000

(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D435000

(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D438000

(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D441000

(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D444000

(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D447000

(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D450000

(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D453000

(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

07D463000

Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

07D467000

Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

07D472000

Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.

07D477000

(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D480000

(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D483000

(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D486000

(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D489000

(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D492000

(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D495000

(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D498000

(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D501000

(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D504000

(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D507000

(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

07D510000

(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

·        Datos de la fecha del oficio, de la resolución, del envío de la declaración informativa múltiple y en que surtió efectos la escisión.

·        Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).

07D010000

Denominación o razón social fideicomitente.

07D011000

Denominación o razón social fiduciario.

07D012000

Denominación o razón social fideicomisario (1).

07D013000

Denominación o razón social fideicomisario (2).

07D014000

Denominación o razón social fideicomisario (3).

07D037000

Especifique el o los número(s) de criterio(s).

07D041000

Número de oficio 1.

07D043000

Número de oficio 2.

07D045000

Número de oficio 3.

07D048000

Número de resolución 1.

07D050000

Número de resolución 2.

07D052000

Número de resolución 3.

07D058000

Número de identificación (campo 1).

07D059000

Número de identificación (campo 2).

07D060000

Número de identificación (campo 3).

07D061000

Número de identificación (campo 4).

07D062000

Número de identificación (campo 5).

07D136000

Nombre del comprador 1.

07D138000

Nombre del comprador 2.

07D140000

Nombre del comprador 3.

07D142000

Nombre del comprador 4.

07D144000

Nombre del comprador 5.

07D195000

Fusionante: denominación o razón social.

07D197000

Fusionada 1: denominación o razón social.

07D199000

Fusionada 2: denominación o razón social.

07D201000

Fusionada 3: denominación o razón social.

07D203000

Fusionada 4: denominación o razón social.

07D205000

Fusionada 5: denominación o razón social.

07D207000

Fusionada 6: denominación o razón social.

07D209000

Fusionada 7: denominación o razón social.

07D211000

Fusionada 8: denominación o razón social.

07D213000

Fusionada 9: denominación o razón social.

07D215000

Fusionada 10: denominación o razón social.

07D305000

Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

07D307000

Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.

07D348000

Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.

07D353000

Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.

07D357000

Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

07D358000

Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

07D408000

En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.

07D412000

Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

07D414000

Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.

07D455000

Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.

07D460000

Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.

07D464000

Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

07D465000

Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

07D515000

En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.

·        Datos de caracteres alfanuméricos.

·        Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

07D025000

RFC 1.

07D026000

RFC 2.

07D027000

RFC 3.

07D028000

RFC 4.

07D029000

RFC 5.

07D071000

(especificar nombre anterior).

07D072000

(especificar nombre anterior).

07D073000

(especificar nombre anterior).

07D074000

(especificar nombre anterior).

07D075000

(especificar nombre anterior).

07D096000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

07D097000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

07D098000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

07D099000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

07D100000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

07D194000

Fusionante: RFC.

07D196000

Fusionada 1: RFC.

07D198000

Fusionada 2: RFC.

07D200000

Fusionada 3: RFC.

07D202000

Fusionada 4: RFC.

07D204000

Fusionada 5: RFC.

07D206000

Fusionada 6: RFC.

07D208000

Fusionada 7: RFC.

07D210000

Fusionada 8: RFC.

07D212000

Fusionada 9: RFC.

07D214000

Fusionada 10: RFC.

07D219000

Escindida 1: RFC.

07D223000

Escindida 2: RFC.

07D227000

Escindida 3: RFC.

07D231000

Escindida 4: RFC.

07D235000

Escindida 5: RFC.

07D239000

Escindida 6: RFC.

07D243000

Escindida 7: RFC.

07D247000

Escindida 8: RFC.

07D251000

Escindida 9: RFC.

07D255000

Escindida 10: RFC.

07D259000

Escindente: RFC.

07D264000

(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social).

07D265000

(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social).

07D266000

(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).

·        Dato, RFC.

·        Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:

-     cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

-     seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).

-     tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

          Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo  el carácter &).

07D007000

En caso negativo en todas las preguntas de los índices 07D004000, 07D005000 y 07D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.

·       Datos de caracteres alfanuméricos.

·       Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

07D088000

Número de trabajadores.

07D089000

Total del ISR retenido y enterado por salarios.

07D090000

Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.

07D091000

Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.

07D092000

Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.

07D093000

Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.

07D103000

Monto de IVA que originó dicha operación.

07D111000

Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA.

07D146000

Total de ingresos por venta de acciones.

07D147000

Total de ingresos por venta de intangibles.

07D148000

Total de costo promedio de las acciones enajenadas.

07D149000

Total del monto original de la inversión ajustado.

07D151000

Monto del entero por la operación.

07D153000

Monto de pérdida fiscal pendiente de amortizar provenientes de enajenación de acciones y de otros títulos valor cuyo rendimiento no sea interés en términos del artículo 8 LISR.

07D154000

Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos.

07D158000

Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.

07D159000

Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.

07D160000

Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.

07D171000

Indique el monto de la acumulación correspondiente.

07D173000

En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente.

07D175000

En caso afirmativo, indique el monto correspondiente.

07D179000

Indique si el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo 29, fracción II de la LISR vigente en el ejercicio revisado.

07D220000

Valor activo:

07D221000

Valor pasivo:

07D222000

Valor capital social:

07D224000

Valor activo:

07D225000

Valor pasivo:

07D226000

Valor capital social:

07D228000

Valor activo:

07D229000

Valor pasivo:

07D230000

Valor capital social:

07D232000

Valor activo:

07D233000

Valor pasivo:

07D234000

Valor capital social:

07D236000

Valor activo:

07D237000

Valor pasivo:

07D238000

Valor capital social:

07D240000

Valor activo:

07D241000

Valor pasivo:

07D242000

Valor capital social:

07D244000

Valor activo:

07D245000

Valor pasivo:

07D246000

Valor capital social:

07D248000

Valor activo:

07D249000

Valor pasivo:

07D250000

Valor capital social:

07D252000

Valor activo:

07D253000

Valor pasivo:

07D254000

Valor capital social:

07D256000

Valor activo:

07D257000

Valor pasivo:

07D258000

Valor capital social:

07D260000

Valor activo:

07D261000

Valor pasivo:

07D262000

Valor capital social:

07D275000

Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero.

07D276000

Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero.

07D277000

Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR.

07D286000

Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES.

07D288000

Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.

07D290000

Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.

07D292000

Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

07D293000

Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR.

07D314000

(1) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D317000

(2) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D320000

(3) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D323000

(4) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D326000

(5) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D329000

(6) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D332000

(7) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D335000

(8) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D338000

(9) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D341000

(10) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D344000

(11) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D347000

(12) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D354000

Monto del beneficio.

07D371000

(1) Monto pagado.

07D374000

(2) Monto pagado.

07D377000

(3) Monto pagado.

07D380000

(4) Monto pagado.

07D383000

(5) Monto pagado.

07D386000

(6) Monto pagado.

07D389000

(7) Monto pagado.

07D392000

(8) Monto pagado.

07D395000

(9) Monto pagado.

07D398000

(10) Monto pagado.

07D401000

(11) Monto pagado.

07D404000

(12) Monto pagado.

07D421000

(1) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D424000

(2) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D427000

(3) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D430000

(4) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D433000

(5) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D436000

(6) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D439000

(7) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D442000

(8) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D445000

(9) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D448000

(10) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D451000

(11) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D454000

(12) Monto pagado en la declaración complementaria.

07D461000

Monto del beneficio.

07D478000

(1) Monto pagado.

07D481000

(2) Monto pagado.

07D484000

(3) Monto pagado.

07D487000

(4) Monto pagado.

07D490000

(5) Monto pagado.

07D493000

(6) Monto pagado.

07D496000

(7) Monto pagado.

07D499000

(8) Monto pagado.

07D502000

(9) Monto pagado.

07D505000

(10) Monto pagado.

07D508000

(11) Monto pagado.

07D511000

(12) Monto pagado.

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.

·        Datos de caracteres numéricos.

·        Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.

·        Para las cantidades positivas se omitirá el signo.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

·        Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.

07D303000

Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.

07D410000

Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.

·    Datos de caracteres numéricos con dos decimales.

·    Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

1.-    Estado de situación financiera.

2024 y 2023.

 

 

2.-    Estado de resultado integral.

Total 2024 y 2023 partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023.

3.-    Estado de cambios en el capital contable.

Capital contribuido: capital social, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas, prima en venta de acciones, otras cuentas de capital contribuido, capital ganado: reservas de capital, resultados acumulados, resultado de ejercicios anteriores, valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender, ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición, remedición de beneficios definidos a los empleados, resultado por tenencias de activos no monetarios, participación en ORI de otras entidades, otras cuentas de capital ganado, utilidad neta, pérdida neta, total participación controladora, participación no controladora y total capital contable.

4.-    Estado de flujos de efectivo.

2024 y 2023.

5.-    Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.

2024, 2023, partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023, acumulables o deducibles para ISR: 2024 y 2023, no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2024 y 2023.

 

 

6.-    Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría.

 

 

7.-    Relación de contribuciones por pagar.

Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar e importe de la contribución en litigio.

 

 

8.-    Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

2024 y 2023.

 

 

9.-    Operaciones financieras derivadas.

Sumatoria de nocionales, utilidad por contraparte, pérdida por contraparte, efecto neto.

 

 

10.-  Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación, valor de la inversión.

 

 

11.-  Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos efectuados y recibidos, monto de prima en suscripción de acciones.

 

 

12.-  Operaciones con partes relacionadas.

Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado.

 

13.-  Información del contribuyente sobre operaciones con partes relacionadas.

Datos a proporcionar.

14.-  Datos informativos.

Importe.

15.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría, ISR retenido pagado, diferencia.

16.-  Inversiones.

MOI al inicio del ejercicio, saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio.

 

 

17.- Préstamos.

Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado.

19.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

20.-  Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles.

Nota:       El orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.

·        Datos de caracteres numéricos.

·        Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.

·        Para las cantidades positivas se omitirá el signo.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

·        Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.

 

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

4.1.-  Notas a los estados financieros.

Texto referente a las notas a los estados financieros.

 

 

6.1.-  Declaratoria.

Texto referente a la declaratoria.

 

 

 

·        Datos de caracteres alfanuméricos.

·        Estos textos sí podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).

·        El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

6.-    Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

Tasa, tarifa o cuota.

 

 

9.-    Operaciones financieras derivadas.

Porcentaje de liquidación en efectivo, porcentaje de liquidación en especie, proporción que representa de ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas.

10.-  Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Porcentaje de participación en el capital de la entidad.

11.-  Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio, porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos.

15.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Tasa.

17.-  Préstamos.

Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR.

19.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado.

20.-  Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Proporción de ingresos.

 

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·        Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.

·        Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

7.-    Relación de contribuciones por pagar.

Institución de crédito o SAT, pago en parcialidades (datos del escrito libre): administración receptora.

 

 

9.-    Operaciones financieras derivadas.

País de residencia, número de contratos celebrados, concepto de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 16-A CFF), tipo de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR), tipo de mercado y nombre del mercado.

 

 

10.-  Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.).

 

 

11.-  Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.).

12.-  Operaciones con partes relacionadas.

Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto, país de residencia, método de precios de transferencia aplicado.

15.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia.

17.-  Préstamos.

Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento", haya seleccionado el concepto “otros” especifique concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: destino del capital tomado en préstamo.

19.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u “otros pagos”, especifique concepto, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación.

 

·        Datos de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

7.-    Relación de contribuciones por pagar.

Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación, oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha.

10.-  Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria.

11.-  Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Periodo de tenencia: del y al.

17.-  Préstamos.

Vigencia del préstamo del y al.

19.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del, fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente:  vigencia al.

 

·        Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2018.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.

Anexo

Datos a proporcionar

18.-   Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

 

2023 a 2013.

·    Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·    Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.

·    Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

Anexo

Datos a proporcionar

12.-  Operaciones con partes relacionadas.

La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2. fracción I, de la RMF 2024) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a).

15.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no) indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no).

17.-  Préstamos.

Fue beneficiario efectivo, de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no).

18.-  Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

2023 a 2013.

19.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no).

20.-  Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).

·      Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.

·      Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.

·      Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

7.-    Relación de contribuciones por pagar.

Número de la operación, pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio, oficio de autorización de pago en parcialidades: número.

 

 

9.-    Operaciones financieras derivadas.

Número de identificación fiscal o RFC.

 

 

10.-  Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Número de identificación fiscal.

 

 

11.-  Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Número de identificación fiscal o RFC.

 

 

12.-  Operaciones con partes relacionadas.

Número de identificación fiscal o RFC.

 

 

15.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Número de identificación fiscal.

17.   Préstamos.

Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México.

18.-  Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

2023 a 2013.

19.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Número de identificación fiscal.

20.-  Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 11.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 12.- operaciones con partes relacionadas y 18.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:

·        Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

·         Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.

·      Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (cuatro caracteres para el año, dos para el mes y dos para el día).

·      Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el  carácter &).

Contenido y características para el llenado del dictamen.

Datos aplicables al dictamen de:

D.     Intermediarios financieros no bancarios

Datos de identificación

Datos a proporcionar:

Contribuyente, representante legal, contador público.

10A000000

RFC (del contribuyente).

10B000000

RFC (del contador público).

10B015000

RFC (del despacho).

10C000000

RFC (del representante legal).

·        Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.

·        Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-       Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

-       Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).

-       Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·        En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el  carácter &).

10A001000

Denominación o razón social.

10B001000

Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).

10B014000

Nombre del despacho.

10C001000

Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).

·        Dato, nombre completo se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

10B002000

CURP (del contador público).

10C004000

CURP (del representante legal).

·        Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-       Cuatro caracteres alfabéticos.

-       Seis caracteres numéricos.

-       Seis caracteres alfabéticos.

-       Un carácter alfabético o numérico.

-       Un carácter numérico.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:

10A002000

Entidad federativa (del contribuyente).

10B004000

Entidad federativa (del contador público).

10C005000

Entidad federativa (del representante legal).

10C015000

Entidad en la que se ubica la notaria (representante legal).

·        Dato elegido de una lista (catálogo).

10A003000

Alcaldía o municipio (del contribuyente).

10B005000

Alcaldía o municipio (del contador público).

10C006000

Alcaldía o municipio (del representante legal).

·        Dato alcaldía o municipio completo.

·        Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

10A004000

Colonia o localidad (del contribuyente).

10B006000

Colonia o localidad (del contador público).

10C007000

Colonia o localidad (del representante legal).

·        Dato colonia o localidad completa.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

10A005000

Código postal (del contribuyente).

10B007000

Código postal (del contador público).

10C008000

Código postal (del representante legal).

·        Dato código postal completo.

·        Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

10A006000

Calle, número exterior e interior (del contribuyente).

10B008000

Calle, número exterior e interior (del contador público).

10C009000

Calle, número exterior e interior (del representante legal).

·        Dato de calle y número completo.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

10A007000

Ciudad o población (del contribuyente).

10B009000

Ciudad o población (del contador público).

10C010000

Ciudad o población (del representante legal).

·        Dato, ciudad o población completa.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

10A008000

Teléfono (del contribuyente).

10B010000

Teléfono (del contador público o del despacho).

10C011000

Teléfono (del representante legal).

·        Dato de veinte caracteres alfanuméricos máximo.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

10A009000

Correo electrónico (del contribuyente).

10B011000

Correo electrónico (del contador público).

10B012000

Correo electrónico del buzón tributario.

10C012000

Correo electrónico (del representante legal).

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.

·        Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).

10A010000

Nombre del grupo económico al que pertenece.

·        Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.

10A011000

Clave de actividad para efectos fiscales.

·        Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se selecciona de un catálogo.

·        Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.

·        Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

10C002000

Nacional (representante legal).

10C003000

Extranjero (representante legal).

·        Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).

·        Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

10C013000

Número de escritura (representante legal).

10C014000

Número de notaria (representante legal).

·        Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

10C016000

Fecha del poder (representante legal).

10C017000

Fecha de designación (representante legal).

·        Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.

·        Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”).

10B003000

Número de registro del contador público.

10B016000

Número de registro del despacho.

·        Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.

·        Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

10B013000

Colegio al que pertenece el contador público.

·        Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Datos generales.

Datos a proporcionar:

10D000000

Autoridad competente.

10D001000

Sede a la que pertenece la ADAF.

10D002000

Administración.

10D003000

Obligado u optativo.

10D008000

Tipo de sociedad.

10D018000

Tipo de contribuyente especial.

10D026000

Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales:

10D031000

Tipo de opinión.

10D046000

Se trata de:

10D187000

Se realizaron con fines de:

10D202000

En calidad de que participó en alguna fusión:

10D226000

En calidad de que participó en alguna escisión:

10D289000

Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1).

10D290000

Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2).

10D291000

Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3).

10D327000

En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR.

10D330000

(1) Correspondiente al mes de:

10D333000

(2) Correspondiente al mes de:

10D336000

(3) Correspondiente al mes de:

10D339000

(4) Correspondiente al mes de:

10D342000

(5) Correspondiente al mes de:

10D345000

(6) Correspondiente al mes de:

10D348000

(7) Correspondiente al mes de:

10D351000

(8) Correspondiente al mes de:

10D354000

(9) Correspondiente al mes de:

10D357000

(10) Correspondiente al mes de:

10D360000

(11) Correspondiente al mes de:

10D363000

(12) Correspondiente al mes de:

10D387000

(1) Correspondiente al mes de:

10D390000

(2) Correspondiente al mes de:

10D393000

(3) Correspondiente al mes de:

10D396000

(4) Correspondiente al mes de:

10D399000

(5) Correspondiente al mes de:

10D402000

(6) Correspondiente al mes de:

10D405000

(7) Correspondiente al mes de:

10D408000

(8) Correspondiente al mes de:

10D411000

(9) Correspondiente al mes de:

10D414000

(10) Correspondiente al mes de:

10D417000

(11) Correspondiente al mes de:

10D420000

(12) Correspondiente al mes de:

10D423000

Cuál es su moneda funcional.

10D434000

En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR.

10D437000

(1) Correspondiente al mes de:

10D440000

(2) Correspondiente al mes de:

10D443000

(3) Correspondiente al mes de:

10D446000

(4) Correspondiente al mes de:

10D449000

(5) Correspondiente al mes de:

10D452000

(6) Correspondiente al mes de:

10D455000

(7) Correspondiente al mes de:

10D458000

(8) Correspondiente al mes de:

10D461000

(9) Correspondiente al mes de:

10D464000

(10) Correspondiente al mes de:

10D467000

(11) Correspondiente al mes de:

10D470000

(12) Correspondiente al mes de:

10D494000

(1) Correspondiente al mes de:

10D497000

(2) Correspondiente al mes de:

10D500000

(3) Correspondiente al mes de:

10D503000

(4) Correspondiente al mes de:

10D506000

(5) Correspondiente al mes de:

10D509000

(6) Correspondiente al mes de:

10D512000

(7) Correspondiente al mes de:

10D515000

(8) Correspondiente al mes de:

10D518000

(9) Correspondiente al mes de:

10D521000

(10) Correspondiente al mes de:

10D524000

(11) Correspondiente al mes de:

10D527000

(12) Correspondiente al mes de:

10D530000

Cuál es su moneda funcional.

·        Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó de una lista (catálogo).

10D022000

Fecha de inicio del ejercicio fiscal.

10D023000

Fecha de terminación del ejercicio fiscal.

10D024000

Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.

10D025000

Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.

·        Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.

·        Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.

·        Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”).

Ejemplo:

                   inicio                      final

                               01/01/2024           31/12/2024

10D004000

Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF).

10D005000

Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF).

10D006000

Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF).

10D009000

Forma parte de una asociación en participación.

10D010000

Forma parte de un fideicomiso.

10D016000

Primer dictamen.

10D017000

Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura.

10D019000

Empresa filial.

10D020000

Empresa subsidiaria.

10D021000

Sociedad cooperativa.

10D037000

Realizó operaciones con partes relacionadas.

10D038000

Si su respuesta fue afirmativa en el índice 10D037000 (debe llenar los anexos 13 y 14).

10D039000

Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.

10D040000

Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.

10D041000

Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera.

10D042000

En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19).

10D043000

El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.

10D045000

Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio.

10D054000

Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).

10D061000

Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.

10D064000

Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.

10D072000

Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe de llenar el anexo 10).

10D073000

Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 11).

10D074000

Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 16).

10D075000

Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18).

10D076000

Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado.

10D077000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores.

10D083000

Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.

10D084000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).

10D085000

Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado.

10D086000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII del RCFF).

10D087000

Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).

10D088000

Durante el ejercicio se presentaron avisos de compensación de saldos a favor (para los efectos del artículo 23 del CFF).

10D089000

Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF.

10D090000

Tiene accionistas residentes en el país.

10D091000

En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF).

10D096000

Tiene empleados.

10D104000

En caso negativo a la pregunta del índice 10D096000, tiene algún contrato de servicios de personal (outsourcing).

10D110000

Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio.

10D111000

Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades.

10D113000

Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA.

10D114000

La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).

10D121000

Diario.

10D122000

Mayor.

10D123000

Actas de asamblea de socios o accionistas.

10D124000

Socios o accionistas.

10D125000

El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece. (para los efectos del artículo 24 de la LISR).

10D126000

El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF).

10D128000

El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.

10D129000

Reconoció o reportó dichos ingresos.

10D130000

El contribuyente cambió el modelo de negocios.

10D131000

Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR).

10D138000

Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan generado intereses.

10D139000

En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la autoridad fiscal.

10D140000

Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del artículo 55 de la LISR.

10D141000

Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR.

10D142000

Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación, administración o distribución a sociedades de inversión en instrumento de deuda o sociedades de inversión de renta variable, en los términos de la Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa legal aplicable.

10D143000

Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR, tal y cual se prevé en el artículo 89 de esa misma normativa.

10D144000

Indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio.

10D146000

Es parte relacionada.

10D148000

Es parte relacionada.

10D150000

Es parte relacionada.

10D152000

Es parte relacionada.

10D154000

Es parte relacionada.

10D159000

Efectuó retención.

10D161000

En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación.

10D164000

Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.

10D165000

Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.

10D166000

Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.

10D170000

Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de absorción de pérdidas financieras.

10D178000

Los quebrantos diversos reunieron la totalidad de requisitos de deducción que establece el artículo 27 de la LISR.

10D179000

Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad.

10D181000

Indique si deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos destinados a las reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones de personal.

10D182000

Indique si la reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual inflacionario dentro de los créditos.

10D183000

En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V del artículo 25 de la LISR.

10D184000

En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos que señala la fracción XV del artículo 27 de la LISR.

10D186000

Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR).

10D188000

En caso afirmativo acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas.

10D190000

Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas.

10D192000

Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR.

10D277000

Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras).

10D278000

En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.

10D279000

Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra).

10D280000

En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.

10D282000

Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria.

10D283000

El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero.

10D288000

Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento.

10D292000

Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio.

10D293000

Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores.

10D294000

Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 20).

10D310000

Realiza actos o actividades no afectas al impuesto al valor agregado.

10D311000

Cumplió con las disposiciones fiscales para determinar los actos o actividades gravados y exentos.

10D312000

Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas.

10D313000

Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%.

10D314000

Realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA).

10D316000

Excluye los conceptos señalados en las fracciones IV, V, VI y IX del artículo 5o.-C de la Ley, para calcular la proporción a que se hace mención en el primer párrafo del artículo 5o.-C de la Ley. (para los efectos del artículo 5o.-C de la Ley).

10D317000

En el supuesto de que sea sociedad financiera de objeto múltiple no integrante del sistema financiero, en términos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, gravó el IVA a los intereses pagados.

10D320000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 10150123000000 al 10150151000000 del anexo 15).

10D322000

Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.

10D326000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

10D329000

Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.

10D367000

La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses.

10D370000

Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.

10D373000

Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

10D377000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

10D379000

(a) enajenación de bienes.

10D380000

(b) prestación de servicios independientes.

10D381000

(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

10D382000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

10D385000

Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.

10D386000

En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

10D424000

Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.

10D425000

Es importador de un sector en específico.

10D427000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01150152000000 al 01150180000000 del anexo 15).

10D429000

Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.

10D433000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

10D436000

Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.

10D474000

La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses.

10D477000

Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.

10D480000

Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

10D484000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

10D486000

(a) enajenación de bienes.

10D487000

(b) prestación de servicios independientes.

10D488000

(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

10D489000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

10D492000

Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.

10D493000

En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

10D531000

Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.

10D532000

Es importador de un sector en específico.

·        Datos de dos caracteres alfabéticos, (si o no) en mayúsculas.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

10D047000

Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta).

10D092000

Tiene inventarios en sus registros contables.

10D093000

En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, producción en proceso y productos terminados según se trate (para los efectos del artículo ISR 76 fracción XIV de la Ley de ISR).

10D094000

Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado.

10D095000

Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del CFF.

10D103000

Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR.).

10D115000

Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32 fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).

10D116000

Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA; 20 y 74 del RLIVA).

10D117000

Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

10D118000

Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

10D119000

Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

10D127000

Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado.

10D132000

Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR).

10D133000

Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR).

10D134000

Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR).

10D135000

Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).

10D136000

Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

10D137000

Retener y enterara el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de la LISR).

10D171000

De ser el caso, cuando tenga capitales tomados en préstamo y otorgue préstamos a terceros, se haya aplicado el tope establecido para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 38 de su RLISR).

10D172000

En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR).

10D173000

En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que, quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR).

10D174000

En el caso del costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos, correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se hubiese considerado como no deducible el excedente (para los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR).

10D175000

En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran cumplido los requisitos previstos en la fracción V del artículo 28 de la LISR.

10D176000

En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR).

10D177000

En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

10D185000

En caso de que en el ejercicio haya dejado de utilizar el sistema de costeo directo con base a costos históricos, consideró para efectos fiscales como inventario inicial del ejercicio el valor del inventario final valuado con el sistema de costeo directo con base a costos históricos (para los efectos del artículo 69 G, fracción II del Reglamento de la LISR).

10D194000

Se considera como integrante del sistema financiero. (para los efectos del artículo 7, tercer párrafo de la Ley).

10D195000

Cuenta con resolución particular del Servicio de Administración Tributaria, para ser considerada como integrante del sistema financiero. (para los efectos del artículo 7, cuarto párrafo de la Ley).

10D196000

Aplica las disposiciones específicas establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta, para los contribuyentes que forman parte del sistema financiero.

10D197000

Atendiendo al nivel de operación por el que fue autorizada la unión de crédito, esta realizó única y exclusivamente las operaciones listadas en el artículo 40 de la Ley de Uniones de Crédito.

10D198000

Durante el ejercicio realizó operaciones de descuento, préstamo o crédito de cualquier clase con personas que no eran socios de la unión de crédito, excepto con las personas y fideicomisos expresamente autorizados en el artículo 40, fracciones I y II de la Ley de Uniones de Crédito.

10D199000

Levantó inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos del artículo 76, fracción IV de la Ley).

10D200000

Dedujo el monto constituido o incrementado en el ejercicio, previa revisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la reserva de contingencia (para los efectos del artículo 47 de la Ley).

10D201000

Si al término del ejercicio, procedió la disminución de la reserva de contingencia aplicable a almacenes generales de depósito, con respecto a las constituidas en el ejercicio inmediato anterior, la diferencia se consideró como ingreso acumulable en el ejercicio (para los efectos del artículo 47 de la Ley).

10D228000

Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.

10D281000

Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó.

10D284000

Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero.

10D295000

Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas.

10D297000

Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.

10D299000

Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES.

10D301000

Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

10D304000

El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente.

10D305000

Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

10D306000

Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación.

10D307000

Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR.

10D308000

Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.

10D309000

Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

10D315000

En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).

10D318000

Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

10D319000

Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

10D368000

Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

10D369000

Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

10D384000

Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

10D475000

Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

10D476000

Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

10D491000

Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

·        Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

10D049000

Fecha del oficio 1.

10D051000

Fecha del oficio 2.

10D053000

Fecha del oficio 3.

10D056000

Fecha de la resolución 1.

10D058000

Fecha de la resolución 2.

10D060000

Fecha de la resolución 3.

10D062000

Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).

10D063000

Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria).

10D070000

Fecha de presentación de la declaración informativa normal.

10D071000

Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria).

10D203000

Fecha en que surtió efectos la fusión.

10D227000

Fecha en que surtió efectos la escisión.

10D273000

Fecha de inicio de la liquidación.

10D324000

Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

10D328000

Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.

10D331000

(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D334000

(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D337000

(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D340000

(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D343000

(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D346000

(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D349000

(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D352000

(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D355000

(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D358000

(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D361000

(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D364000

(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D374000

Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

10D378000

Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

10D383000

Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.

10D388000

(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D391000

(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D394000

(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D397000

(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D400000

(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D403000

(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D406000

(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D409000

(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D412000

(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D415000

(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D418000

(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D421000

(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D431000

Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

10D435000

Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.

10D438000

(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D441000

(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D444000

(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D447000

(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D450000

(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D453000

(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D456000

(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D459000

(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D462000

(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D465000

(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D468000

(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D471000

(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

10D481000

Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

10D485000

Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

10D490000

Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.

10D495000

(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D498000

(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D501000

(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D504000

(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D507000

(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D510000

(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D513000

(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D516000

(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D519000

(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D522000

(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D525000

(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

10D528000

(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

·        Datos de la fecha del oficio, de la resolución, del envío de la declaración informativa múltiple y en que surtió efectos la escisión.

·        Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).

10D011000

Denominación o razón social fideicomitente.

10D012000

Denominación o razón social fiduciario.

10D013000

Denominación o razón social fideicomisario (1).

10D014000

Denominación o razón social fideicomisario (2).

10D015000

Denominación o razón social fideicomisario (3).

10D044000

Especifique el o los número(s) de criterio(s).

10D048000

Número de oficio 1.

10D050000

Número de oficio 2.

10D052000

Número de oficio 3.

10D055000

Número de resolución 1.

10D057000

Número de resolución 2.

10D059000

Número de resolución 3.

10D065000

Número de identificación (campo 1).

10D066000

Número de identificación (campo 2).

10D067000

Número de identificación (campo 3).

10D068000

Número de identificación (campo 4).

10D069000

Número de identificación (campo 5).

10D145000

Nombre del comprador 1.

10D147000

Nombre del comprador 2.

10D149000

Nombre del comprador 3.

10D151000

Nombre del comprador 4.

10D153000

Nombre del comprador 5.

10D205000

Fusionante: denominación o razón social.

10D207000

Fusionada 1: denominación o razón social.

10D209000

Fusionada 2: denominación o razón social.

10D211000

Fusionada 3: denominación o razón social.

10D213000

Fusionada 4: denominación o razón social.

10D215000

Fusionada 5: denominación o razón social.

10D217000

Fusionada 6: denominación o razón social.

10D219000

Fusionada 7: denominación o razón social.

10D221000

Fusionada 8: denominación o razón social.

10D223000

Fusionada 9: denominación o razón social.

10D225000

Fusionada 10: denominación o razón social.

10D323000

Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

10D325000

Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.

10D366000

Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.

10D371000

Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.

10D375000

Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

10D376000

Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

10D426000

En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.

10D430000

Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

10D432000

Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.

10D473000

Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.

10D478000

Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.

10D482000

Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

10D483000

Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

10D533000

En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.

·        Datos de caracteres alfanuméricos.

·        Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

10D032000

RFC 1.

10D033000

RFC 2.

10D034000

RFC 3.

10D035000

RFC 4.

10D036000

RFC 5.

10D078000

(especificar nombre anterior).

10D079000

(especificar nombre anterior).

10D080000

(especificar nombre anterior).

10D081000

(especificar nombre anterior).

10D082000

(especificar nombre anterior).

10D105000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

10D106000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

10D107000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

10D108000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

10D109000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

10D204000

Fusionante: RFC.

10D206000

Fusionada 1: RFC.

10D208000

Fusionada 2: RFC.

10D210000

Fusionada 3: RFC.

10D212000

Fusionada 4: RFC.

10D214000

Fusionada 5: RFC.

10D216000

Fusionada 6: RFC.

10D218000

Fusionada 7: RFC.

10D220000

Fusionada 8: RFC.

10D222000

Fusionada 9: RFC.

10D224000

Fusionada 10: RFC.

10D229000

Escindida 1: RFC.

10D233000

Escindida 2: RFC.

10D237000

Escindida 3: RFC.

10D241000

Escindida 4: RFC.

10D245000

Escindida 5: RFC.

10D249000

Escindida 6: RFC.

10D253000

Escindida 7: RFC.

10D257000

Escindida 8: RFC.

10D261000

Escindida 9: RFC.

10D265000

Escindida 10: RFC.

10D269000

Escindente: RFC.

10D274000

(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social).

10D275000

(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social).

10D276000

(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).

·        Dato, RFC.

·        Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:

- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

          Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el  carácter &).

10D007000

En caso negativo en todas las preguntas de los índices 10D004000, 10D005000 y 10D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.

·       Datos de caracteres alfanuméricos.

·       Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

10D097000

Número de trabajadores.

10D098000

Total del ISR retenido y enterado por salarios.

10D099000

Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.

10D100000

Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.

10D101000

Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.

10D102000

Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.

10D112000

Monto de IVA que originó dicha operación.

10D120000

Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA.

10D155000

Total de ingresos por venta de acciones.

10D156000

Total de ingresos por venta de intangibles.

10D157000

Total de costo promedio de las acciones enajenadas.

10D158000

Total del monto original de la inversión ajustado.

10D160000

Monto del entero por la operación.

10D162000

Monto de pérdida fiscal pendiente de amortizar provenientes de enajenación de acciones y de otros títulos valor cuyo rendimiento no sea interés en términos del artículo 8 LISR.

10D163000

Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivadas pactadas fuera de mercados reconocidos.

10D167000

Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.

10D168000

Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.

10D169000

Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.

10D180000

Indique el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo 29, fracción II, de la LISR vigente en el ejercicio revisado.

10D189000

Indique el monto de la acumulación correspondiente.

10D191000

En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente.

10D193000

En caso afirmativo, indique el monto correspondiente.

10D230000

Valor activo:

10D231000

Valor pasivo:

10D232000

Valor capital social:

10D234000

Valor activo:

10D235000

Valor pasivo:

10D236000

Valor capital social:

10D238000

Valor activo:

10D239000

Valor pasivo:

10D240000

Valor capital social:

10D242000

Valor activo:

10D243000

Valor pasivo:

10D244000

Valor capital social:

10D246000

Valor activo:

10D247000

Valor pasivo:

10D248000

Valor capital social:

10D250000

Valor activo:

10D251000

Valor pasivo:

10D252000

Valor capital social:

10D254000

Valor activo:

10D255000

Valor pasivo:

10D256000

Valor capital social:

10D258000

Valor activo:

10D259000

Valor pasivo:

10D260000

Valor capital social:

10D262000

Valor activo:

10D263000

Valor pasivo:

10D264000

Valor capital social:

10D266000

Valor activo:

10D267000

Valor pasivo:

10D268000

Valor capital social:

10D270000

Valor activo:

10D271000

Valor pasivo:

10D272000

Valor capital social:

10D285000

Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero.

10D286000

Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero.

10D287000

Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR.

10D296000

Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES.

10D298000

Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.

10D300000

Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.

10D302000

Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

10D303000

Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR.

10D332000

(1) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D335000

(2) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D338000

(3) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D341000

(4) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D344000

(5) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D347000

(6) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D350000

(7) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D353000

(8) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D356000

(9) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D359000

(10) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D362000

(11) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D365000

(12) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D372000

Monto del beneficio.

10D389000

(1) Monto pagado.

10D392000

(2) Monto pagado.

10D395000

(3) Monto pagado.

10D398000

(4) Monto pagado.

10D401000

(5) Monto pagado.

10D404000

(6) Monto pagado.

10D407000

(7) Monto pagado.

10D410000

(8) Monto pagado.

10D413000

(9) Monto pagado.

10D416000

(10) Monto pagado.

10D419000

(11) Monto pagado.

10D422000

(12) Monto pagado.

10D439000

(1) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D442000

(2) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D445000

(3) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D448000

(4) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D451000

(5) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D454000

(6) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D457000

(7) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D460000

(8) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D463000

(9) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D466000

(10) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D469000

(11) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D472000

(12) Monto pagado en la declaración complementaria.

10D479000

Monto del beneficio.

10D496000

(1) Monto pagado.

10D499000

(2) Monto pagado.

10D502000

(3) Monto pagado.

10D505000

(4) Monto pagado.

10D508000

(5) Monto pagado.

10D511000

(6) Monto pagado.

10D514000

(7) Monto pagado.

10D517000

(8) Monto pagado.

10D520000

(9) Monto pagado.

10D523000

(10) Monto pagado.

10D526000

(11) Monto pagado.

10D529000

(12) Monto pagado.

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.

·        Datos de caracteres numéricos.

·        Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.

·        Para las cantidades positivas se omitirá el signo.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

·        Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.

10D321000

Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.

10D428000

Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.

·    Datos de caracteres numéricos con dos decimales.

·    Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

1.-    Estado de situación financiera.

2024 y 2023.

 

 

2.-    Estado de resultado integral.

Total 2024 y 2023, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023.

 

 

3.-    Estado de cambios en el capital contable.

Capital contribuido: capital social, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su consejo de administración, capital social: certificados de aportación ordinarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), capital social: certificados excedentes voluntarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), capital social: certificados para capital de riesgo (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su asamblea general de socios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), efecto por incorporación al régimen de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, prima en venta de acciones, instrumentos financieros que califican como capital, obligaciones subordinadas en circulación, aportaciones de sociedades financieras comunitarias, patrimonio fundacional, efecto por incorporación al régimen de sociedades financieras populares, otras cuentas de capital contribuido, capital ganado: reservas de capital, resultados acumulados, valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender, valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de flujos de efectivo, ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición, fondo de reserva, resultado de ejercicios anteriores, resultado por valuación de títulos disponibles para la venta, resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujo de efectivo, efecto acumulado por conversión, remediciones por beneficios definidos a los empleados, resultado por tenencia de activos no monetarios (por valuación de activo fijo), participación ORI de otras entidades, otras cuentas de capital ganado, utilidad neta, pérdida neta, total participación de la controladora, total participación no controladora, total de capital contable.

 

 

4.-    Estado de flujos de efectivo.

2024 y 2023.

 

 

5.-    Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.

Total 2024 y 2023, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023.

 

 

6.-    Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.

2024 y 2023, partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023, acumulables o deducibles para ISR: 2024, 2023 y no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2024 y 2023.

 

 

7.-    Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría.

 

 

8.-    Relación de contribuciones por pagar.

Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar e importe de la contribución en litigio.

 

 

9.-    Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.

2024 y 2023.

 

 

10.- Operaciones financieras derivadas.

Sumatoria de nocionales, utilidad por contraparte, pérdida por contraparte, efecto neto.

 

 

11.-  Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación, valor de la inversión.

 

 

12.-  Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos: efectuados y recibidos, monto de prima en suscripción de acciones.

 

 

13.-  Operaciones con partes relacionadas.

Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto, ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado.

14.-  Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.

Datos a proporcionar.

15.-  Datos informativos.

Importe.

16.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoria, ISR retenido pagado, diferencia.

17.-  Inversiones.

MOI al inicio del ejercicio, saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio.

 

 

18.-  Préstamos.

Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio.

20.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

 

 

21.-  Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles.

Nota:     El orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.

 

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.

·        Datos de caracteres numéricos.

·        Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.

·        Para las cantidades positivas se omitirá el signo.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

·        Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

4.1.- Notas a los estados financieros.

Texto referente a las notas a los estados financieros.

 

 

7.1.- Declaratoria.

Texto referente a la declaratoria.

 

 

 

·        Datos de caracteres alfanuméricos.

·        Estos textos sí podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).

·        El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

7.-    Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.

Tasa, tarifa o cuota.

 

 

10.-  Operaciones financieras derivadas.

Porcentaje de liquidación en efectivo, porcentaje de liquidación en especie, proporción que representa de ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas.

 

 

11.-  Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Porcentaje de participación en el capital de la entidad.

 

 

12.-  Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio, porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamos recibidos.

16.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Tasa.

18.-  Préstamos.

Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR.

20.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado.

21.-  Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Proporción de ingresos.

 

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·        Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.

·        Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.

Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

8.-    Relación de contribuciones por pagar.

Institución de crédito o SAT y pago en parcialidades (datos del escrito libre): administración receptora.

 

 

10.-  Operaciones financieras derivadas.

País de residencia, número de contratos celebrados, concepto de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 16-A del CFF), tipo de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR), tipo de mercado, nombre del mercado.

 

 

11.-  Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.).

 

 

12.-  Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.).

 

 

13.-  Operaciones con partes relacionadas.

Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto, país de residencia, método de precios de transferencia aplicado.

16.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia.

18.-  Préstamos.

Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: destino del capital tomado en préstamo.

20.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación.

 

·        Datos de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

8.-    Relación de contribuciones por pagar.

Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación, oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha.

11.-  Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria.

12.-  Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Periodo de tenencia: del y al.

18.-  Préstamos.

Vigencia del préstamo del y al.

20.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del, fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al.

 

 

·        Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2022.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.

Anexo

Datos a proporcionar

19.-  Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

 

2023 a 2013.

·    Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·    Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.

·    Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

Anexo

Datos a proporcionar

13.-  Operaciones con partes relacionadas.

La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo, indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2. fracción II, de la RMF 2024) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a).

16.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no), indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no).

18.-  Préstamos.

Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no).

20.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no).

21.-  Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).

·      Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.

·      Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Anexo

Datos a proporcionar

 

 

8.-  Relación de contribuciones por pagar.

Número de la operación, pago en parcialidades (datos del escrito libre) número de folio, número de oficio de autorización de pago en parcialidades.

10.- Operaciones financieras derivadas.

Número de identificación fiscal o RFC.

 

 

11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.

Número de identificación fiscal.

 

 

12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

Número de identificación fiscal o RFC.

 

 

13.-  Operaciones con partes relacionadas.

Número de identificación fiscal o RFC.

16.-  Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Número de identificación fiscal.

18.-  Préstamos.

Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México.

19.-  Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

2023 a 2013.

20.-  Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.

Número de identificación fiscal.

21.-  Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).

Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.

 

·       Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Para efectos del dato RFC de los anexos: 12.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 13.- operaciones con partes relacionadas y 19.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:

·        Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

·      Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.

·      Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el año, dos para el mes y dos para el día).

·      Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el  carácter &).

Contenido y características para el llenado del dictamen.

Datos aplicables al dictamen de:

E.      Fondos de inversión

Datos de identificación

Datos a proporcionar:

Contribuyente, representante legal, contador público.

42A000000

RFC (del contribuyente).

42B000000

RFC (del contador público).

42B015000

RFC (del despacho).

42C000000

RFC (del representante legal).

·        Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.

·        Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-       Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

-       Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).

-       Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·        En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotara lo siguiente: REXT990101XXX.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el  carácter &).

42A001000

Denominación o razón social.

42A012000

Nombre del contribuyente:

42B001000

Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).

42B014000

Nombre del despacho.

42C001000

Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).

·        Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

42B002000

CURP (del contador público).

42C004000

CURP (del representante legal).

·        Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:

-       Cuatro caracteres alfabéticos.

-       Seis caracteres numéricos.

-       Seis caracteres alfabéticos.

-       Un carácter alfabético o numérico.

-       Un carácter numérico.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:

42A002000

Entidad federativa (del contribuyente).

42B004000

Entidad federativa (del contador público).

42C005000

Entidad federativa (del representante legal).

42C015000

Entidad en la que se ubica la notaria (representante legal).

·        Dato elegido de una lista (catálogo).

42A003000

Alcaldía o municipio (del contribuyente).

42B005000

Alcaldía o municipio (del contador público).

42C006000

Alcaldía o municipio (del representante legal).

·        Dato alcaldía o municipio completo.

·        Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

42A004000

Colonia o localidad (del contribuyente).

42B006000

Colonia o localidad (del contador público).

42C007000

Colonia o localidad (del representante legal).

·        Dato colonia o localidad completa.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

42A005000

Código postal (del contribuyente).

42B007000

Código postal (del contador público).

42C008000

Código postal (del representante legal).

·        Dato código postal completa.

·        Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

42A006000

Calle, número exterior e interior (del contribuyente).

42B008000

Calle, número exterior e interior (del contador público).

42C009000

Calle, número exterior e interior (del representante legal).

·        Dato de calle y número completo.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

42A007000

Ciudad o población (del contribuyente).

42B009000

Ciudad o población (del contador público).

42C010000

Ciudad o población (del representante legal).

·        Dato, ciudad o población completa.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

42A008000

Teléfono (del contribuyente).

42B010000

Teléfono (del contador público o del despacho).

42C011000

Teléfono (del representante legal).

·        Dato de veinte caracteres alfanuméricos máximo.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

42A009000

Correo electrónico (del contribuyente).

42B011000

Correo electrónico (del contador público).

42B012000

Correo electrónico del buzón tributario.

42C012000

Correo electrónico (del representante legal)

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.

·        Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).

42A010000

Nombre del grupo económico al que pertenece.

·      Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.

42A011000

Clave de actividad para efectos fiscales.

·        Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se selecciona de un catálogo.

·        Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.

·        Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

42C002000

Nacional (representante legal).

42C003000

Extranjero (representante legal).

·        Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).

·        Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

·        Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

42C013000

Número de escritura (representante legal).

42C014000

Número de notaria (representante legal).

·        Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

42C016000

Fecha del poder (representante legal).

42C017000

Fecha de designación (representante legal).

·        Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.

·        Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”).

42B003000

Número de registro del contador público.

42B014000

Número de registro del despacho.

·        Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.

·        Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.

·        Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.

42B013000

Colegio al que pertenece el contador público.

·        Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.

·        Dato de caracteres alfanuméricos.

·        Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.

·        Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

Datos generales.

Datos a proporcionar:

42D000000

Autoridad competente.

42D001000

Sede a la que pertenece la ADAF.

42D002000

Administración.

42D003000

Obligado u optativo.

42D008000

Tipo de fondo.

42D018000

Tipo de contribuyente especial.

42D025000

Tipo de opinión.

42D040000

Se trata de:

42D170000

Se realizaron con fines de:

42D177000

En calidad de que participó en alguna fusión:

42D201000

En calidad de que participó en alguna escisión:

42D264000

Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1).

42D265000

Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2).

42D266000

Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3).

42D299000

En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR.

42D302000

(1) Correspondiente al mes de:

42D305000

(2) Correspondiente al mes de:

42D308000

(3) Correspondiente al mes de:

42D311000

(4) Correspondiente al mes de:

42D314000

(5) Correspondiente al mes de:

42D317000

(6) Correspondiente al mes de:

42D320000

(7) Correspondiente al mes de:

42D323000

(8) Correspondiente al mes de:

42D326000

(9) Correspondiente al mes de:

42D329000

(10) Correspondiente al mes de:

42D332000

(11) Correspondiente al mes de:

42D335000

(12) Correspondiente al mes de:

42D359000

(1) Correspondiente al mes de:

42D362000

(2) Correspondiente al mes de:

42D365000

(3) Correspondiente al mes de:

42D368000

(4) Correspondiente al mes de:

42D371000

(5) Correspondiente al mes de:

42D374000

(6) Correspondiente al mes de:

42D377000

(7) Correspondiente al mes de:

42D380000

(8) Correspondiente al mes de:

42D383000

(9) Correspondiente al mes de:

42D386000

(10) Correspondiente al mes de:

42D389000

(11) Correspondiente al mes de:

42D392000

(12) Correspondiente al mes de:

42D395000

Cuál es su moneda funcional.

42D406000

En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR.

42D409000

(1) Correspondiente al mes de:

42D412000

(2) Correspondiente al mes de:

42D415000

(3) Correspondiente al mes de:

42D418000

(4) Correspondiente al mes de:

42D421000

(5) Correspondiente al mes de:

42D424000

(6) Correspondiente al mes de:

42D427000

(7) Correspondiente al mes de:

42D430000

(8) Correspondiente al mes de:

42D433000

(9) Correspondiente al mes de:

42D436000

(10) Correspondiente al mes de:

42D439000

(11) Correspondiente al mes de:

42D442000

(12) Correspondiente al mes de:

42D466000

(1) Correspondiente al mes de:

42D469000

(2) Correspondiente al mes de:

42D472000

(3) Correspondiente al mes de:

42D475000

(4) Correspondiente al mes de:

42D478000

(5) Correspondiente al mes de:

42D481000

(6) Correspondiente al mes de:

42D484000

(7) Correspondiente al mes de:

42D487000

(8) Correspondiente al mes de:

42D490000

(9) Correspondiente al mes de:

42D493000

(10) Correspondiente al mes de:

42D496000

(11) Correspondiente al mes de:

42D499000

(12) Correspondiente al mes de:

42D502000

Cuál es su moneda funcional.

·        Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó de una lista (catálogo).

42D021000

Fecha de inicio del ejercicio fiscal.

42D022000

Fecha de terminación del ejercicio fiscal.

42D023000

Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.

42D024000

Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.

·        Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.

·        Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.

·        Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”).

Ejemplo:

                inicio                                final

                01/01/2024                     31/12/2024

42D004000

Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A del CFF).

42D005000

Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A del CFF).

42D006000

Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A del CFF).

42D009000

Forma parte de una asociación en participación.

42D010000

Forma parte de un fideicomiso.

42D016000

Primer dictamen.

42D017000

Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura.

42D019000

Empresa filial.

42D020000

Empresa subsidiaria.

42D031000

Realizó operaciones con partes relacionadas.

42D032000

Si su respuesta fue afirmativa en el índice 42D031000 (debe llenar los anexos 12 y 13).

42D033000

Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.

42D034000

Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.

42D035000

Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera.

42D036000

En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18).

42D037000

El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.

42D039000

Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio.

42D048000

Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).

42D055000

Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.

42D058000

Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.

42D066000

Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 9).

42D067000

Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10).

42D068000

Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 15).

42D069000

Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 17).

42D070000

Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado.

42D071000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores.

42D077000

Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado

42D078000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).

42D079000

Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado.

42D080000

En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF).

42D081000

Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).

42D082000

Durante el ejercicio se presentaron avisos de compensación de saldos a favor (para los efectos del artículo 23 CFF).

42D083000

Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF.

42D084000

Tiene accionistas residentes en el país.

42D085000

En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF).

42D088000

Tiene empleados.

42D096000

En caso negativo a la pregunta del índice 42D088000, tiene algún contrato de servicios de personal (outsourcing).

42D102000

Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio.

42D103000

Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades.

42D105000

Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA.

42D106000

La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).

42D113000

Diario.

42D114000

Mayor.

42D115000

Actas de asamblea de socios o accionistas.

42D116000

Socios o accionistas.

42D117000

El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR).

42D118000

El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF).

42D120000

El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.

42D121000

Reconoció o reporto dichos ingresos.

42D122000

El contribuyente cambió el modelo de negocios.

42D132000

Hasta el 31 de diciembre de 2014, ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta 2013.

42D133000

En caso afirmativo, señale si durante el ejercicio dictaminado distribuyó dividendos en favor de sus accionistas.

42D139000

Indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio.

42D141000

Es parte relacionada.

42D143000

Es parte relacionada.

42D145000

Es parte relacionada.

42D147000

Es parte relacionada.

42D149000

Es parte relacionada.

42D154000

Efectuó retención.

42D156000

En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación.

42D159000

Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.

42D160000

Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.

42D161000

Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.

42D165000

Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de pérdidas financieras.

42D169000

Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR).

42D171000

En caso afirmativo, acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas.

42D173000

Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas.

42D175000

Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR.

42D252000

Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras).

42D253000

En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.

42D254000

Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra).

42D255000

En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.

42D257000

Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria.

42D258000

El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero.

42D263000

Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento.

42D267000

Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio.

42D268000

Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores.

42D269000

Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19).

42D284000

Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, se acreditó en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).

42D285000

Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera enterado en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).

42D286000

Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas.

42D287000

Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%.

42D288000

Diga si incluye en la determinación de la proporción de acreditamiento, los ingresos por intereses cobrados provenientes de las operaciones financieras derivadas.

42D289000

Realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA).

42D292000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 42140123000000 al 42140151000000 del anexo 14).

42D294000

Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.

42D298000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

42D301000

Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.

42D339000

La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses.

42D342000

Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.

42D345000

Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

42D349000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

42D351000

(a) enajenación de bienes.

42D352000

(b) prestación de servicios independientes.

42D353000

(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

42D354000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

42D357000

Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.

42D358000

En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

42D396000

Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.

42D397000

Es importador de un sector en específico.

42D399000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 42140152000000 al 42140180000000 del anexo 14).

42D401000

Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.

42D405000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

42D408000

Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.

42D446000

La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses.

42D449000

Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.

42D452000

Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

42D456000

Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

42D458000

(a) enajenación de bienes.

42D459000

(b) prestación de servicios independientes.

42D460000

(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

42D461000

Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

42D464000

Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.

42D465000

En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

42D503000

Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.

42D504000

Es importador de un sector en específico.

·        Datos de dos caracteres alfabéticos (si o no) en mayúsculas.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

42D041000

Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta).

42D086000

Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado.

42D087000

Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del CFF.

42D095000

Creo una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR).

42D107000

Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).

42D108000

Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA).

42D109000

Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

42D110000

Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

42D111000

Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

42D119000

Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado.

42D123000

Para el caso de las sociedades en instrumentos de deuda, señale si la cartera de inversión está conformada a su vez por acciones de fondos de inversión extranjeros.

42D124000

Si la respuesta es afirmativa, señale si hubo retención del ISR, por el pago de intereses a personas físicas.

42D125000

Si la respuesta es negativa señale si les fue informado a las personas físicas en la constancia, el monto de los intereses reales ganados durante el ejercicio en que se mantuvo la inversión en dichos fondos.

42D126000

Para el caso de las sociedades en instrumentos de renta variable, señale si la cartera de inversión está conformada a su vez por acciones de fondos de inversión extranjeros.

42D127000

En caso afirmativo, señale si las ganancias en enajenación de las acciones de dicho fondo de inversión extranjero, las consideró gravadas para las personas físicas.

42D128000

Señale si le fue informada en la constancia a las personas físicas la ganancia que obtuvieron en el ejercicio en que mantuvo su inversión.

42D129000

Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR).

42D130000

Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, constancia en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).

42D131000

Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como las reglas aplicables de la RMF para 2024).

42D138000

Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR).

42D166000

En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR).

42D167000

En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024).

42D168000

En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XIII de la LISR).

42D203000

Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.

42D256000

Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó.

42D259000

Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero.

42D270000

Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas.

42D272000

Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.

42D274000

Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES.

42D276000

Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

42D279000

El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente.

42D280000

Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

42D281000

Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación.

42D282000

Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR.

42D283000

Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.

42D290000

En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).

42D291000

Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.

42D340000

Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

42D341000

Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

42D356000

Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

42D447000

Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

42D448000

Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

42D463000

Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

·        Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).

42D043000

Fecha del oficio 1.

42D045000

Fecha del oficio 2.

42D047000

Fecha del oficio 3.

42D050000

Fecha de la resolución 1.

42D052000

Fecha de la resolución 2.

42D054000

Fecha de la resolución 3.

42D056000

Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).

42D057000

Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria).

42D064000

Fecha de presentación de la declaración informativa normal.

42D065000

Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria).

42D178000

Fecha en que surtió efectos la fusión.

42D202000

Fecha en que surtió efectos la escisión.

42D248000

Fecha de inicio de la liquidación.

42D296000

Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

42D300000

Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.

42D303000

(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D306000

(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D309000

(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D312000

(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D315000

(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D318000

(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D321000

(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D324000

(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D327000

(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D330000

(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D333000

(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D336000

(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D346000

Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

42D350000

Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.

42D355000

Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.

42D360000

(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D363000

(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D366000

(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D369000

(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D372000

(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D375000

(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D378000

(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D381000

(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D384000

(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D387000

(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D390000

(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D393000

(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D403000

Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

42D407000

Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.

42D410000

(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D413000

(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D416000

(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D419000

(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D422000

(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D425000

(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D428000

(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D431000

(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D434000

(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D437000

(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D440000

(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D443000

(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo.

42D453000

Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

42D457000

Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.

42D462000

Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.

42D467000

(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D470000

(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D473000

(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D476000

(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D479000

(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D482000

(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D485000

(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D488000

(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D491000

(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D494000

(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D497000

(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

42D500000

(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.

·        Datos de la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple.

·        Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).

42D011000

Denominación o razón social fideicomitente.

42D012000

Denominación o razón social fiduciario.

42D013000

Denominación o razón social fideicomisario (1).

42D014000

Denominación o razón social fideicomisario (2).

42D015000

Denominación o razón social fideicomisario (3).

42D038000

Especifique el o los número(s) de criterio(s).

42D042000

Número de oficio 1.

42D044000

Número de oficio 2.

42D046000

Número de oficio 3.

42D049000

Número de resolución 1.

42D051000

Número de resolución 2.

42D053000

Número de resolución 3.

42D059000

Número de identificación (campo 1).

42D060000

Número de identificación (campo 2).

42D061000

Número de identificación (campo 3).

42D062000

Número de identificación (campo 4).

42D063000

Número de identificación (campo 5).

42D140000

Nombre del comprador 1.

42D142000

Nombre del comprador 2.

42D144000

Nombre del comprador 3.

42D146000

Nombre del comprador 4.

42D148000

Nombre del comprador 5.

42D180000

Fusionante: denominación o razón social.

42D182000

Fusionada 1: denominación o razón social.

42D184000

Fusionada 2: denominación o razón social.

42D186000

Fusionada 3: denominación o razón social.

42D188000

Fusionada 4: denominación o razón social.

42D190000

Fusionada 5: denominación o razón social.

42D192000

Fusionada 6: denominación o razón social.

42D194000

Fusionada 7: denominación o razón social.

42D196000

Fusionada 8: denominación o razón social.

42D198000

Fusionada 9: denominación o razón social.

42D200000

Fusionada 10: denominación o razón social

42D295000

Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

42D297000

Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.

42D338000

Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.

42D343000

Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.

42D347000

Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

42D348000

Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

42D398000

En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.

42D402000

Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.

42D404000

Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.

42D445000

Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.

42D450000

Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.

42D454000

Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

42D455000

Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.

42D505000

En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.

·        Datos de caracteres alfanuméricos.

·        Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

42D026000

RFC 1.

42D027000

RFC 2.

42D028000

RFC 3.

42D029000

RFC 4.

42D030000

RFC 5.

42D072000

(especificar nombre anterior).

42D073000

(especificar nombre anterior).

42D074000

(especificar nombre anterior).

42D075000

(especificar nombre anterior).

42D076000

(especificar nombre anterior).

42D097000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

42D098000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

42D099000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

42D100000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

42D101000

(especificar nombre de sociedad outsourcing).

42D179000

Fusionante: RFC.

42D181000

Fusionada 1: RFC.

42D183000

Fusionada 2: RFC.

42D185000

Fusionada 3: RFC.

42D187000

Fusionada 4: RFC.

42D189000

Fusionada 5: RFC.

42D191000

Fusionada 6: RFC.

42D193000

Fusionada 7: RFC.

42D195000

Fusionada 8: RFC.

42D197000

Fusionada 9: RFC.

42D199000

Fusionada 10: RFC.

42D204000

Escindida 1: RFC.

42D208000

Escindida 2: RFC.

42D212000

Escindida 3: RFC.

42D216000

Escindida 4: RFC.

42D220000

Escindida 5: RFC.

42D224000

Escindida 6: RFC.

42D228000

Escindida 7: RFC.

42D232000

Escindida 8: RFC.

42D236000

Escindida 9: RFC.

42D240000

Escindida 10: RFC.

42D244000

Escindente: RFC.

42D249000

(liquidador 1 especificar nombre, denominación o razón social).

42D250000

(liquidador 2 especificar nombre, denominación o razón social).

42D251000

(liquidador 3 especificar nombre, denominación o razón social).

Dato, RFC.

·        Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:

- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.

- Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).

- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.

·        Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.

Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el  carácter &).

42D007000

En caso negativo en todas las preguntas de los índices 42D004000, 42D005000 y 42D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.

·       Datos de caracteres alfanuméricos.

·       Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).

42D089000

Número de trabajadores.

42D090000

Total del ISR retenido y enterado por salarios.

42D091000

Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.

42D092000

Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.

42D093000

Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.

42D094000

Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.

42D104000

Monto de IVA que originó dicha operación.

42D112000

Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA.

42D134000

Monto distribuido.

42D135000

Monto de los dividendos distribuidos provenientes de la cuenta de utilidad fiscal neta.

42D136000

Monto considerado como ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta, derivado de ganancias por enajenación de acciones, intereses y ajuste anual por inflación, correspondientes a las inversiones promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa fecha.

42D137000

Monto considerado como deducción autorizada para efectos del Impuesto sobre la Renta, derivado de pérdidas por enajenación de acciones, intereses y ajuste anual por inflación, correspondientes a las inversiones promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa fecha.

42D150000

Total de ingresos por venta de acciones.

42D151000

Total de ingresos por venta de intangibles.

42D152000

Total de costo promedio de las acciones enajenadas.

42D153000

Total del monto original de la inversión ajustado.

42D155000

Monto del entero por la operación.

42D157000

Monto de pérdida fiscal pendiente de amortizar provenientes de enajenación de acciones y de otros títulos valor cuyo rendimiento no sea interés en términos del artículo 8 de la LISR.

42D158000

Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos.

42D162000

Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.

42D163000

Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.

42D164000

Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.

42D172000

Indique el monto de la acumulación correspondiente.

42D174000

En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente.

42D176000

En caso afirmativo, indique el monto correspondiente.

42D205000

Valor activo:

42D206000

Valor pasivo:

42D207000

Valor capital social:

42D209000

Valor activo:

42D210000

Valor pasivo:

42D211000

Valor capital social:

42D213000

Valor activo:

42D214000

Valor pasivo:

42D215000

Valor capital social:

42D217000

Valor activo:

42D218000

Valor pasivo:

42D219000

Valor capital social:

42D221000

Valor activo:

42D222000

Valor pasivo:

42D223000

Valor capital social:

42D225000

Valor activo:

42D226000

Valor pasivo:

42D227000

Valor capital social:

42D229000

Valor activo:

42D230000

Valor pasivo:

42D231000

Valor capital social:

42D233000

Valor activo:

42D234000

Valor pasivo:

42D235000

Valor capital social:

42D237000

Valor activo:

42D238000

Valor pasivo:

42D239000

Valor capital social:

42D241000

Valor activo:

42D242000

Valor pasivo:

42D243000

Valor capital social:

42D245000

Valor activo:

42D246000

Valor pasivo:

42D247000

Valor capital social:

42D260000

Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero.

42D261000

Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero.

42D262000

Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR.

42D271000

Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES.

42D273000

Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.

42D275000

Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.

42D277000

Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.

42D278000

Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 de la LISR.

42D304000

(1) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D307000

(2) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D310000

(3) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D313000

(4) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D316000

(5) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D319000

(6) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D322000

(7) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D325000

(8) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D328000

(9) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D331000

(10) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D334000

(11) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D337000

(12) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D344000

Monto del beneficio.

42D361000

(1) Monto pagado.

42D364000

(2) Monto pagado.

42D367000

(3) Monto pagado.

42D370000

(4) Monto pagado.

42D373000

(5) Monto pagado.

42D376000

(6) Monto pagado.

42D379000

(7) Monto pagado.

42D382000

(8) Monto pagado.

42D385000

(9) Monto pagado.

42D388000

(10) Monto pagado.

42D391000

(11) Monto pagado.

42D394000

(12) Monto pagado.

42D411000

(1) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D414000

(2) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D417000

(3) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D420000

(4) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D423000

(5) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D426000

(6) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D429000

(7) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D432000

(8) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D435000

(9) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D438000

(10) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D441000

(11) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D444000

(12) Monto pagado en la declaración complementaria.

42D451000

Monto del beneficio.

42D468000

(1) Monto pagado.

42D471000

(2) Monto pagado.

42D474000

(3) Monto pagado.

42D477000

(4) Monto pagado.

42D480000

(5) Monto pagado.

42D483000

(6) Monto pagado.

42D486000

(7) Monto pagado.

42D489000

(8) Monto pagado.

42D492000

(9) Monto pagado.

42D495000

(10) Monto pagado.

42D498000

(11) Monto pagado.

42D501000

(12) Monto pagado.

·        Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.

·        Datos de caracteres numéricos.

·        Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.

·        Para las cantidades positivas se omitirá el signo.

·        Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.

·        Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.

42D293000

Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.

42D400000

Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.

(Continúa en la Segunda sección)