ANEXO 16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, publicada el 30 de diciembre de 2024 |
Lunes 20 de Enero de 2025 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
ANEXO 16 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2025
Dictamen de estados financieros para efectos fiscales (SIPRED 2024) Tipo I
Para los efectos de los artículos 32-A, párrafo quinto y 52, fracción IV del CFF, en relación con las reglas 1.9., fracción XIV y 2.10.6., se dan a conocer los instructivos de integración y de características, así como los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2024 (SIPRED 2024) Tipo I, conforme a lo siguiente:
Contenido |
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Este anexo se integra de los instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito y de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el contador público, por el ejercicio fiscal del 2024, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2024 (SIPRED 2024), aplicable a los tipos de dictámenes que se mencionan. |
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· Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2024, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2024 (SIPRED 2024). |
· Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2024 utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2024 (SIPRED 2024). |
A. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros general, por el ejercicio fiscal del 2024. · Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público). · Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público). B. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje por el ejercicio fiscal del 2024. |
· Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público). |
· Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público). C. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las casas de cambio, por el ejercicio fiscal del 2024. · Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público). · Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público). D. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros de los intermediarios financieros no bancarios, aplicable a las uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito, a las arrendadoras financieras, a las empresas de factoraje financiero, a las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, entidades de ahorro y crédito popular conforme a la ley de ahorro y crédito popular y a otros intermediarios financieros no bancarios, por el ejercicio fiscal del 2024.
· Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público). · Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público). E. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a los fondos de inversión de capitales, de renta variable y en instrumentos de deuda, por el ejercicio fiscal del 2024. · Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público). · Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público). |
Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2024, utilizando el sistema de presentación del dictamen 2024 (SIPRED 2024), aplicable a los siguientes tipos de dictámenes:
A. |
Estados financieros general. |
B. |
Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje. |
C. |
Casas de cambio. |
D. |
Intermediarios financieros no bancarios. |
E. |
Fondos de inversión. |
I.- Paquete utilizado para la generación del dictamen.
SIPRED 2024.
II.- Presentación del dictamen fiscal.
La presentación se integra por:
· Los anexos del dictamen generado a través del SIPRED 2024.
· La opinión del contador público inscrito que dictamina y el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, así como:
Ø El cuestionario de diagnóstico fiscal elaborado por el contador público.
Ø El cuestionario en materia de precios de transferencia elaborado por el contador público.
· En su caso, información adicional al dictamen.
III.- Características generales.
A.- Nombre del archivo.
La información se integrará en un solo archivo encriptado y ensobretado con extensión sb2x, el cual será conformado por 26 caracteres (incluyendo extensión) y contendrá la información señalada en el punto II anterior.
B.- La información de cada dictamen se integrará de la siguiente manera.
Estados financieros general.
No. de referencia del anexo |
Datos a contener |
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Datos fijos: |
|
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Datos de identificación: - Contribuyente. - Contador público. - Representante legal. |
|
Datos generales.
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Información del dictamen referente a: |
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1.- |
Estado de situación financiera. |
2.- |
Estado de resultado integral. |
3.- |
Estado de cambios en el capital contable. |
4.- |
Estado de flujos de efectivo. |
4.1.- |
Notas a los estados financieros. |
5.- |
Integración analítica de ventas o ingresos netos. |
6.- |
Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. |
7.- |
Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. |
8.- |
Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. |
9.- |
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
9.1.- |
Declaratoria. |
10.- |
Relación de contribuciones por pagar. |
11.- |
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
12.- |
Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
13.- |
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
14.- |
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
15.- |
Conciliación entre los ingresos dictaminados según el estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. |
16.- |
Operaciones con partes relacionadas. |
17.- |
Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. |
18.- |
Datos informativos. |
19.- |
Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
20.- |
Inversiones. |
21.- |
Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. |
22.- |
Préstamos. |
23.- |
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
24.- |
Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
25.- |
Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. |
|
|
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público). |
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Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público). |
Contribuyentes que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.
No. de referencia del anexo |
Datos a contener |
|
Datos fijos: |
|
|
|
Datos de identificación: - Contribuyente. - Contador público. - Representante legal. |
|
Datos generales. |
|
|
|
Información del dictamen referente a: |
|
|
1.- |
Estado de situación financiera. |
2.- |
Estado de resultado integral. |
3.- |
Estado de cambios en el capital contable. |
4.- |
Estado de flujos de efectivo. |
4.1.- |
Notas a los estados financieros. |
5.- |
Integración analítica de ventas o ingresos netos. |
6.- |
Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. |
7.- |
Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. |
8.- |
Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. |
9.- |
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
9.1.- |
Declaratoria. |
10.- |
Relación de contribuciones por pagar. |
11.- |
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
12.- |
Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
13.- |
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
14.- |
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
15.- |
Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. |
16.- |
Operaciones con partes relacionadas. |
17.- |
Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. |
18.- |
Datos informativos. |
19.- |
Información de los integrantes de las personas morales como
coordinados. |
20.- |
Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
21.- |
Inversiones. |
22.- |
Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. |
23.- |
Préstamos. |
24.- |
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
25.- |
Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
26.- |
Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. |
|
|
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público). |
|
Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público). |
Casas de cambio.
No. de referencia del anexo |
Datos a contener |
|
Datos fijos: |
|
Datos de identificación: - Contribuyente. - Contador público. - Representante legal. |
|
Datos generales. |
|
|
|
Información del dictamen referente a: |
|
|
1.- |
Estado de situación financiera. |
2.- |
Estado de resultado integral. |
3.- |
Estado de cambios en el capital contable. |
4.- |
Estado de flujos de efectivo. |
4.1.- |
Notas a los estados financieros. |
5.- |
Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. |
6.- |
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
6.1.- |
Declaratoria. |
7.- |
Relación de contribuciones por pagar. |
8.- |
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
9.- |
Operaciones financieras derivadas. |
10.- |
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
11.- |
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
12.- |
Operaciones con partes relacionadas. |
13.- |
Información del contribuyente sobre operaciones con partes relacionadas. |
14.- |
Datos informativos. |
15.- |
Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
16.- |
Inversiones. |
17.- |
Préstamos. |
18.- |
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
19.- |
Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
20.- |
Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. |
|
|
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público). |
|
Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público). |
Intermediarios financieros no bancarios.
No. de referencia del anexo |
Datos a contener |
|
Datos fijos: |
|
|
|
Datos de identificación: - Contribuyente. - Contador público. - Representante legal. |
|
Datos generales. |
|
|
|
Información del dictamen referente a: |
|
|
1.- |
Estado de situación financiera. |
2.- |
Estado de resultado integral. |
3.- |
Estado de cambios en el capital contable. |
4.- |
Estado de flujos de efectivo. |
4.1.- |
Notas a los estados financieros. |
5.- |
Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. |
6.- |
Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. |
7.- |
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
7.1.- |
Declaratoria. |
8.- |
Relación de contribuciones por pagar. |
9.- |
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
10.- |
Operaciones financieras derivadas. |
11.- |
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
12.- |
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
13.- |
Operaciones con partes relacionadas. |
14.- |
Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. |
15.- |
Datos informativos. |
16.- |
Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
17.- |
Inversiones. |
18.- |
Préstamos. |
19.- |
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
20.- |
Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
21.- |
Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. |
|
|
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público). |
|
Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público). |
Fondos de inversión.
No. de referencia del anexo |
Datos a contener |
|
Datos fijos: |
|
|
|
Datos de identificación: - Contribuyente. - Contador público. - Representante legal. |
|
Datos generales. |
|
|
|
Información del dictamen referente a: |
|
|
1.- |
Estado de situación financiera. |
2.- |
Estado de resultado integral. |
3.- |
Estado de cambios en el capital contable. |
4.- |
Estado de valuación de cartera de inversión. |
4.1.- |
Notas a los estados financieros. |
5.- |
Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. |
6.- |
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
6.1.- |
Declaratoria. |
7.- |
Relación de contribuciones por pagar. |
8.- |
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
9.- |
Operaciones financieras derivadas. |
10.- |
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
11.- |
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
12.- |
Operaciones con partes relacionadas. |
13.- |
Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. |
14.- |
Datos informativos. |
15.- |
Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
16.- |
Inversiones. |
17.- |
Préstamos. |
18.- |
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
19.- |
Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
20.- |
Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. |
|
|
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público). |
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Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público). |
C.- Formato de presentación en SIPRED 2024.
La información está integrada por los datos de identificación, datos generales, los estados financieros básicos, notas a los mismos, explicación de las variaciones, conciliaciones, integraciones, determinaciones y relaciones; y se presentarán en forma lineal vertical, de acuerdo a las reglas específicas con las que el sistema opera, asimismo, contiene la opinión, el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, el cuestionario de diagnóstico fiscal elaborado por el contador público, el cuestionario del contador público en materia de precios de transferencia, y en su caso, la información adicional al dictamen.
D.- Presentación de la información.
Los dictámenes deberán elaborarse y prepararse para su envío invariablemente en el sistema denominado SIPRED 2024, desarrollado por el Servicio de Administración Tributaria.
En los formatos de los anexos no se pueden adicionar columnas, ni se pueden adicionar renglones con índices, salvo para la integración de los conceptos denominados “otros” o en los casos en que el propio sistema lo permita; sin embargo, sí es posible agregar “notas” a los mismos, conforme al apéndice III notas técnicas de este instructivo, así como las explicaciones de las variaciones.
Cabe señalar que los importes de los datos a proporcionar de los anexos del dictamen que no se ocupen, podrán dejarse en blanco o bien poner un cero para evitar errores de omisión de la captura, excepto en aquellos índices, que el propio sistema indique que no deben dejarse en blanco y se requerirá que por lo menos se anote un cero.
La información deberá presentarse respetando la estructura de construcción y encriptación de datos del SIPRED 2024. Asimismo, por ningún motivo podrá presentarla o editarla con algún otro software.
En la presentación de los importes, se podrán utilizar fórmulas, sumatorias y cualquier tipo de operación o rutina que esté incluida en el SIPRED 2024.
Para escribir los textos de las notas a los estados financieros, la declaratoria de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor, la opinión, el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, la información adicional al dictamen, la explicación de las variaciones podrá utilizar caracteres especiales (comas, puntos, paréntesis, corchetes, etc.).
Las notas a los estados financieros, la declaratoria, la opinión, el informe, el cuestionario de diagnóstico fiscal se deberán requisitar obligatoriamente en todos los casos y cuando le aplique al contribuyente, también el cuestionario en materia de precios de transferencia y la explicación de las variaciones, en el caso de información de textos, deberán contener un mínimo de 100 caracteres.
En el caso de utilizar el anexo de “información adicional”, se deberán capturar un mínimo de 100 caracteres.
Con la finalidad de realizar las acotaciones de los estados financieros, relaciones y conciliaciones que estarán relacionadas con las notas a los mismos, se anotará la referencia inmediatamente después del nombre de la cuenta o subcuenta que se va a referenciar insertando una nota por medio del sistema con un máximo de 250 caracteres. En las notas relacionadas con cuentas adicionadas mediante índices agregados, se debe indicar el índice al que se refiere la nota. Ejemplo:
Nota del índice 01010015000100…
Todos los datos de las celdas, se capturarán de acuerdo a las reglas de validación propias del sistema.
Se explicarán para los siguientes anexos las variaciones de un año con otro de las cuentas que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes al porcentaje en relación con el total del concepto que se esté integrando.
Ø Estado de situación financiera. Del total del activo.
Ø Integración analítica de ventas o ingresos netos. Del total de ventas o ingresos netos actualizados.
Ø Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. Del total de gastos actualizados.
IV.- Características específicas.
A.- Las columnas.
· Se deberá respetar el número de columnas establecidas para cada uno de los anexos específicos.
· Por ningún motivo se deberán incorporar columnas, archivos o anexos extras.
· Las notas a los estados financieros, la declaratoria, la opinión, el informe, la información adicional y la explicación de las variaciones no tendrán columnas de índices.
B.- Los índices.
· Se manejarán nueve caracteres alfanuméricos para el caso de datos de identificación y datos generales y catorce caracteres numéricos para los demás anexos.
· El tratamiento del índice será como un carácter alfanumérico.
· La justificación de los caracteres de los índices será centrada.
C.- Los conceptos.
· Todos los textos utilizados se presentarán en letras mayúsculas y no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Se podrán capturar con minúsculas; sin embargo, el SIPRED 2024 automáticamente las convierte a mayúsculas.
D.- Las cantidades.
· Las cifras de importes, podrán contener fórmulas, pero no signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes o paréntesis), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
· Los símbolos como los paréntesis, los separadores de miles, etc.; solamente serán los que el sistema asigne (según la configuración que elija el usuario).
· Las cantidades negativas deberán capturarse con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad, pero podrán visualizarse con paréntesis (según la configuración que elija el usuario).
· Los campos numéricos que contengan información serán justificados a la derecha.
· Los importes deberán anotarse invariablemente en pesos, no en miles de pesos.
· Las cantidades representativas de porcentajes se deberán capturar con enteros y 2 decimales, sin el signo de porcentaje, excepto en los casos en que dichas cantidades representen un factor de actualización, los cuales deberán contener enteros y 4 decimales.
Ejemplos:
10 % Se escribirá 10.00
28 % Se escribirá 28.00
2.89078 Se escribirá 2.8907
4.56320 Se escribirá 4.5632
V.- Terminología utilizada.
Acuse de aceptación electrónico.- |
Mensaje de aceptación del dictamen, que emite y envía el SAT vía internet, a la dirección del correo electrónico del contador público y del contribuyente, con el “sello digital”. |
Alfabético.- |
Cuando se capturan solo letras. |
Alfanumérico.- |
Cuando se captura una combinación de letra(s) y/o número(s). |
Bytes.- |
Unidad de medida de almacenamiento magnético equivalente a 8 bits (binary digit) o a un carácter de información. |
Carácter. - |
Es la representación de cualquier letra o número en forma individual. |
Celda.- |
Se define por la intersección de una columna y un renglón. |
Copy (copiar).- |
Instrucción que permite tanto copiar uno o más archivos en otro disco como texto seleccionado dentro de un mismo o diferente documento. |
Directorio.- |
Estructura que agrupa un conjunto de archivos o subdirectorios. |
Documento digital.- |
Todo mensaje de datos que contiene información o escritura generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos. |
Encriptado.- |
Formato de archivo el cual, siguiendo un conjunto de métodos, se oculta el contenido del mismo a todos aquellos a quienes no esté dirigido. |
Ensobretado o firmado digital.- |
Proceso de integración al dictamen fiscal de la garantía/certificado digital y llave privada de un remitente y una garantía/certificado digital de un destinatario que permita garantizar su autenticidad, integridad, confidencialidad y no repudiación de la información trasmitida. |
Garantía / certificado digital (llave pública).- |
Documento electrónico que contiene un conjunto de información a la que se le ha fijado una firma digital, por una autoridad certificadora, en este caso el Servicio de Administración Tributaria, y se utiliza para firmar documentos electrónicos. Relacionada en forma inequívoca con la llave privada. |
Internet.- |
Red de alcance mundial que interconecta una gran cantidad de equipos de cómputo. |
Kilobyte (KB).- |
Unidad de medida de almacenamiento equivalente a 1024 bytes. |
Llave privada.- |
Contraseña que permite identificar junto con la garantía/certificado digital (llave pública) que el remitente y destinatario de la información son quienes dicen ser. |
Megabyte (MB).- |
Unidad de medida de almacenamiento equivalente a 1024 kilobytes. |
Numérico.- |
Cuando se capturan solo números. |
Paste (pegar).- |
Instrucción que permite tanto pegar uno o más archivos en otro disco como pegar texto seleccionado dentro de un mismo o diferente documento. |
Sello digital.- |
Mensaje electrónico que acredita que un documento digital fue recibido por la autoridad correspondiente en la hora y fecha que se consignen en el acuse de aceptación. |
Subdirectorio.- |
Estructura de almacenamiento que agrupa a un conjunto de archivos. |
VI.- Procedimientos para utilizar el sistema SIPRED 2024.
Para efectos de utilizar el SIPRED 2024 se procederá como se indica a continuación:
A.- Requerimientos mínimos del equipo de cómputo:
Procesador Intel Core i3 iv a 1.7 GHz o superior.
4 Gb en memoria RAM (8gb recomendado).
Sistema operativo Microsoft Windows 7 en adelante.
Microsoft Office 2010, 2013 o 2016 a 32 o 64 bits.
Internet Explorer versión 11 o superior.
Espacio libre en disco duro total de 1 GB.
B.- Procedimiento de instalación del SIPRED.
La instalación se llevará a cabo siguiendo las instrucciones señaladas en el manual de instalación del sistema, el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT.
C.- Procedimiento de entrada.
1.- Iniciar una sesión de Excel.
2.- Se procederá a la generación de un dictamen nuevo y al llenado de los datos de identificación (del contribuyente, contador público inscrito, representante legal), datos generales y posteriormente a los demás anexos del dictamen fiscal.
Apéndice I Catálogo de claves de entidades federativas.
01 |
Aguascalientes |
|
17 |
Morelos |
02 |
Baja California |
|
18 |
Nayarit |
03 |
Baja California Sur |
|
19 |
Nuevo León |
04 |
Campeche |
|
20 |
Oaxaca |
05 |
Coahuila |
|
21 |
Puebla |
06 |
Colima |
|
22 |
Querétaro |
07 |
Chiapas |
|
23 |
Quintana Roo |
08 |
Chihuahua |
|
24 |
San Luis Potosí |
09 |
Ciudad de México |
|
25 |
Sinaloa |
10 |
Durango |
|
26 |
Sonora |
11 |
Guanajuato |
|
27 |
Tabasco |
12 |
Guerrero |
|
28 |
Tamaulipas |
13 |
Hidalgo |
|
29 |
Tlaxcala |
14 |
Jalisco |
|
30 |
Veracruz |
15 |
Estado de México |
|
31 |
Yucatán |
16 |
Michoacán |
|
32 |
Zacatecas |
El SIPRED cuenta con este catálogo del cual se podrá elegir la entidad federativa que corresponda.
Apéndice II catálogo de claves de actividades para efectos fiscales.
Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo de actividades económicas, vigente a la fecha de presentación del dictamen, el SIPRED contiene dicho catálogo actualizado, según el anexo 6 publicado en el DOF el 21 de julio de 2014 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones publicadas en el mismo ordenamiento de fechas 22 de diciembre de 2014, 20 de noviembre de 2015, 12 de enero de 2016, 21 de agosto de 2019 y 14 de mayo de 2020.
Apéndice III Notas técnicas.
Generales:
Utilización de signos negativos.
· Cuando las cuentas acreedoras tengan saldo deudor o bien las cuentas deudoras tengan saldo acreedor, se les antepondrá el signo negativo y cuando se trate de cuentas que su saldo pueda ser tanto acreedor como deudor, se deberá poner el signo negativo en dicha cuenta cuando:
Ø Represente un saldo deudor, pero la cuenta se encuentre ubicada dentro de una clasificación de cuentas acreedoras.
Ø Represente un saldo acreedor, pero la cuenta se encuentre ubicada dentro de una clasificación de cuentas deudoras.
· Para efectos de una mejor visualización el sistema permite, a elección del usuario, ver las cantidades negativas entre paréntesis.
Utilización de índices.
· Por ningún motivo se podrán agregar índices denominados “total”, que por esencia reflejen el importe de un grupo de cuentas o subcuentas.
· Tampoco se podrán agregar índices para desglosar el importe señalado en el índice preestablecido del cual se derivan los índices agregados.
· Tampoco se podrá utilizar un índice ya preestablecido para ser ocupado por otro concepto.
· Cada índice se compone de nueve caracteres alfanuméricos para el caso de datos de identificación y datos generales y catorce caracteres numéricos para los demás anexos, que identifican de manera única a cada concepto.
· El SIPRED permitirá adicionar renglones con índices en algunos lugares preestablecidos o notas a los mismos, pero no permitirá adicionar columnas.
· Los renglones que representen títulos no llevan índice y por lo tanto el SIPRED no permitirá anotar en ellos ninguna cantidad o dato.
Construcción de nuevos índices.
· En aquellos casos en que el contribuyente tenga en su contabilidad nombres de cuentas diferentes a las que se mencionan en los anexos de información oficiales que integran el formato guía del dictamen fiscal, deberá ubicar dichas cuentas en los conceptos de dicho formato que por su naturaleza sean análogos a las cuentas que se desean incorporar, respetando los índices y conceptos ya establecidos.
· En algunos casos específicos definidos en el propio SIPRED, podrá construir nuevos conceptos, asignándoles un nuevo índice conforme a la definición de índices antes señalada, siempre y cuando no haya podido ubicarlos como se indica en el párrafo anterior.
· Asimismo, cuando existan conceptos de cuentas que no queden comprendidos en las cuentas preestablecidas, se podrán agregar índices a las cuentas predeterminadas de “otros” y reflejar ahí estos conceptos.
Diferencias de contribuciones determinadas por el contador público inscrito.
· Para efectos de lo señalado en la RMF, las omisiones a que se refiere dicha resolución serán aquellas que el auditor detecte durante el curso normal de su auditoría de los estados financieros para efectos fiscales.
· Cuando el contador público inscrito determine diferencias de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo, o en su carácter de retenedor, en los siguientes anexos al dictamen fiscal, deberá hacer una descripción detallada de los procedimientos de revisión que aplicó y que lo llevaron a determinar dichas diferencias, la descripción deberá incluir una explicación pormenorizada del origen de los montos determinados como diferencias de contribuciones, haciendo referencia al método o fórmula utilizado en sus procedimientos de revisión que lo llevaron a identificar dichas diferencias, considerando su objeto, base, tasa o tarifa (para los efectos del artículo 5, primer párrafo del CFF), dicha descripción se deberá incorporar al informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente antes de asentar su nombre y número de registro ante la AGAFF.
Información adicional al dictamen.
· Esta hoja es de captura con texto libre, y se utilizará para proporcionar información adicional a la contenida en los anexos del dictamen, o bien, información que no está reflejada en los anexos, como puede ser la que proporcionan las sociedades que se escindan o fusionen, asimismo, se podrá utilizar para que el contribuyente o contador público inscrito realicen cualquier tipo de aclaración(es) y explicación(es) con respecto a la información de cualquier anexo del dictamen.
Sociedades que se escindan.
Las sociedades que se escindan, además de presentar la información establecida anteriormente de acuerdo con el tipo de dictamen que les corresponda, proporcionarán lo siguiente:
I. La relación referente al por ciento de participación accionaria de cada accionista correspondiente al año anterior al de la escisión, así como el número, valor y naturaleza de las acciones que conforman el capital social de la sociedad escindente;
II. La relación de los accionistas de las sociedades escindidas y de la escindente, en el caso de que esta última subsista, en la que se señale el número, valor y naturaleza de las acciones que conforman el capital social de dichas sociedades con motivo de la escisión;
III. El estado de situación financiera de la sociedad escindente a la fecha de la escisión, y
IV. Una relación que contenga la distribución de los activos, pasivos y capital transmitidos con motivo de la escisión.
Sociedades que se fusionen.
Las sociedades que subsistan o surjan con motivo de una fusión adicionalmente a la información establecida anteriormente de acuerdo con el tipo de dictamen que les corresponda, proporcionarán una relación de los socios o accionistas de la sociedad que surja o subsista con motivo de la fusión, indicando su participación social o accionaria a la fecha en que se realizó la fusión, así como el número, valor nominal y naturaleza de las partes sociales o acciones que conforman el capital social a esa misma fecha.
· Cualquier precisión o ampliación que se quisiera señalar con respecto a la información proporcionada del contribuyente en algún anexo al dictamen fiscal, lo podrá hacer el contribuyente por sí mismo o por conducto del contador público inscrito que dictaminó, a través del anexo denominado información adicional.
Las notas técnicas que a continuación se mencionan serán aplicables para los tipos de dictámenes que contengan la información o datos a que se refiere cada una de ellas.
Datos de identificación:
Del contribuyente.
· La captura de los datos de identificación del contribuyente (con excepción del RFC) solamente se podrá realizar obteniendo la información registrada en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través del portal del SAT, previa identificación con la e.firma del contribuyente.
La información la remitirá el SAT vía correo electrónico al contribuyente, contenida en un archivo, con esta información se llenarán los datos de identificación del contribuyente siguiendo las instrucciones que se especifican en el manual del usuario del SIPRED el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT.
Cuando algunos de los datos del contribuyente que se encuentran registrados en el SAT no coincidan con los actuales, podrá modificarlos en el llenado del dictamen; sin embargo, la actualización de esos datos no lo exime de presentar el aviso de cambio correspondiente ante el SAT.
Del contador público.
· La captura de los datos de identificación del contador público solamente se podrá realizar obteniendo la información registrada en el SAT, a través del portal del SAT previa identificación con la e.firma del contador público.
La información la remitirá el SAT vía correo electrónico al contador público, contenida en un archivo, con esta información se llenarán los datos de identificación del contador público siguiendo las instrucciones que se especifican en el manual del usuario del SIPRED el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT.
Cuando los datos del domicilio del contador público, registrados en el SAT no coincidan con los actuales, podrá modificarlos en el llenado del dictamen; sin embargo, es necesario presentar el aviso de cambio de domicilio correspondiente y notificar los datos correctos de su domicilio, ante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, mediante el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action
Es obligatoria la captura del dato “RFC del despacho”, cuando el contador público inscrito no pertenezca a ningún despacho, deberá anotar su propio RFC.
Datos generales. (cuando resulte aplicable por el tipo de dictamen de que se trate).
· Es obligatoria la captura de los datos “optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF)”, “optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF)” y “optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF)”.
· Cuando se señale “no” en todos los datos del párrafo anterior, deberá mencionar el motivo por el que presenta el dictamen.
· Es obligatoria la captura del dato “tipo de contribuyente especial”; el sistema despliega una lista que contiene los siguientes conceptos: “0.- ninguno”, “1.- fusión”, “2.- escisión”, “3.- liquidación”; “4.- fideicomiso” y “5.- asociante en participación”, solamente debe señalarse uno de ellos, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 32-A del CFF.
· Cuando se esté obligado a la determinación del costo de ventas, se debe seleccionar solamente uno de los datos siguientes:
· Cuando se esté obligado a señalar el dato “seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales”; el sistema despliega una lista que contiene los siguientes conceptos: “3.- costeo absorbente [costos históricos]”, “4.- costeo absorbente [costos predeterminados estimados]”, “5.- costeo absorbente y método de val. Costo estándar”, “6.- sistema distinto a los anteriores” y “7.- no aplica”; solamente debe señalarse uno de ellos.
· Es obligatoria la captura del dato: “tipo de opinión”, el sistema despliega una lista que contiene los siguientes conceptos: “1.- opinión sin salvedades”, “2.- opinión con salvedades que tengan implicaciones fiscales”, “3.- opinión con salvedades que no tengan implicaciones fiscales”, “4.- opinión negativa que tenga implicaciones fiscales”, “5.- opinión negativa que no tenga implicaciones fiscales” y “6.- abstención de opinión”; solamente debe señalarse uno de ellos. En su caso, es recomendable precisar en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, el por qué se consideró que la opinión de que se trate tuvo o no implicaciones fiscales en el cálculo de los impuestos o contribuciones para lo cual se recomienda considerar lo siguiente:
Tipo de opinión |
Observación |
1.- Opinión sin salvedades. |
Se entenderá que el contribuyente cumple con las disposiciones fiscales y el marco contable que aplique. |
2.- Opinión con salvedades que tengan implicaciones fiscales. |
Se entenderá que el contribuyente no cumple con alguna disposición fiscal, en consecuencia, existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones. |
3.- Opinión con salvedades que no tengan implicaciones fiscales. |
Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna norma del marco contable al que está sujeto. Sin embargo, cumple con las disposiciones fiscales a las que está sujeto por lo que no existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones. |
4.- Opinión negativa que tenga implicaciones fiscales. |
Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna norma del marco contable al que está sujeto y/o no cumple con alguna disposición fiscal que llevó al auditor a emitir una opinión negativa, en consecuencia, existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones. |
5.- Opinión negativa que no tenga implicaciones fiscales. |
Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna norma del marco contable al que está sujeto de tal importancia que llevó al auditor a emitir una opinión negativa. Sin embargo, cumple con las disposiciones fiscales a las que está sujeto por lo que no existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones. |
6.- Abstención de opinión. |
Se entenderá que el auditor no tiene elementos para emitir su opinión, en consecuencia, desconoce si el contribuyente cumplió o no con el marco contable al que está sujeto o con sus obligaciones fiscales. |
· Debe señalarse “si” solamente en uno de los datos siguientes: “estado de flujos de efectivo: utilizó el método indirecto” o “estado de flujos de efectivo: utilizó el método directo”.
· La información a que se refieren los índices: “RFC 1, 2, 3, 4 y 5”, corresponde al RFC de las personas físicas o morales que asesoraron fiscalmente al contribuyente mediante una opinión por escrito durante el ejercicio.
· Cuando se señale “si” en el dato: “realizó operaciones con partes relacionadas”, se deberán llenar los anexos: “operaciones con partes relacionadas” e “información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas”.
· Cuando se señale “si” en el dato: “en el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores para los efectos del artículo 9, fracción II de la LISR”, se deberá llenar el anexo “integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores”.
· Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio”, se deberá indicar en el concepto “se trata de”, si es una consulta o una autorización; además se señalará si se dio cumplimiento a lo establecido en la resolución, en el concepto denominado “se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución”; asimismo, se deberá especificar los números de oficio y sus fechas en los índices: “número de oficio 1, 2 y 3” y “fecha del oficio 1, 2 y 3”, de los datos generales del dictamen.
· Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio” (incluye PTU), se deberán especificar los números de resolución y sus fechas en los índices: “número de resolución 1, 2 y 3” y “fecha de la resolución 1, 2 y 3”, de los datos generales del dictamen.
· Cuando se señale “si” en el dato: “celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta”, se deberá llenar el anexo “operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero y en México”.
· Cuando se señale “si” en el dato: “mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero”.
· Cuando se señale “si” en el dato: “llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero”, se deberá llenar el anexo “operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero”.
· Cuando se señale “si” en el dato “realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero”, se deberá llenar el anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
· Cuando se señale “si” en el dato: “mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera”.
· Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo préstamos durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “préstamos”.
· Cuando se señale “si” en el dato: “ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales”, se deberá aclarar a través del anexo denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida, el medio de defensa interpuesto, así como el estatus del mismo al cierre del ejercicio.
· Cuando se señale “si” en el dato: “indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio”, se deberá indicar el nombre del comprador, así como el nombre de la parte relacionada, adicionalmente deberá anotar el total de ingresos por venta de acciones, total de ingresos por venta de intangibles, total de costo promedio de las acciones enajenadas y, por último, el total del monto original de la inversión ajustado.
· La información de los índices que contienen las preguntas relacionadas con el cuestionario de diagnóstico fiscal del contribuyente, cuyas respuestas estarán a cargo del mismo, las respuestas serán revisadas y validadas por el contador público de manera que dichas respuestas sean consistentes con el resultado de su trabajo conforme a las Normas de Auditoría, y con base en el alcance de las pruebas selectivas de su auditoría; cuando no pueda validar las respuestas del contribuyente o no esté de acuerdo con alguna de ellas, deberá señalar el número de índice de la pregunta y explicar los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente y, en su caso, hacer las salvedades correspondientes.
· Para efecto de dar respuesta a las preguntas anteriores, el contribuyente deberá realizar un autodiagnóstico de cumplimiento a las diferentes disposiciones fiscales que estén relacionadas.
· Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, conforme a la regla 2.10.15 de la RMF para 2024.
Informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
· Para los efectos de los artículos 32-A y 52 del CFF, 58 fracciones II y III del Reglamento del CFF, así como con las reglas 2.10.15. y 2.10.19. de la RMF para 2024, publicada el 29 de diciembre de 2023 en el DOF, el texto del dictamen deberá sujetarse a los formatos que utilice el colegio profesional la sociedad o asociación de contadores públicos reconocida por la autoridad educativa que corresponda. Se considera que el dictamen del contador público inscrito se integra por el informe del auditor independiente, así como por el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Considerando lo establecido en las Normas Internacionales de Auditoría aplicables.
· Cuando el contribuyente haya realizado pagos provisionales en cantidades inferiores a las que debió haber realizado de acuerdo con los cálculos del contador público que dictaminó los estados financieros y se haya determinado una contribución a cargo anual, si el contribuyente pagó la actualización y los recargos correspondientes, desde el mes en que debió hacer el pago provisional y hasta el mes en que presentó su declaración anual, en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente se hará esta aclaración, señalando el nombre de la contribución, el mes o periodo al que corresponde el pago, el monto histórico no pagado, la actualización y los recargos enterados. En estos casos no se mostrarán diferencias en aquellas contribuciones en las que sucedió tal circunstancia.
Estado de situación financiera (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).
· En el índice “Impuesto al Valor Agregado no pagado” se reflejará el Impuesto al Valor Agregado que, no obstante que consta en un comprobante fiscal a favor del contribuyente, por la adquisición de bienes y servicios, o por el uso o goce temporal de bienes, al cierre del ejercicio está pendiente de pago, y por lo tanto tiene derecho a acreditarlo hasta el momento en que efectivamente lo pague.
· En el índice “Impuesto al Valor Agregado no cobrado” se reflejará el Impuesto al Valor Agregado que, no obstante que consta en un comprobante fiscal expedido por el contribuyente, por la enajenación de bienes y servicios, o por otorgar el uso o goce temporal de bienes, al cierre del ejercicio está pendiente de cobro, y por lo tanto lo causa el contribuyente hasta el momento en que efectivamente lo cobre.
· Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total del activo (año actual)” o “porcentaje en relación con el total del activo (año anterior)”.
ejemplo:
Índice |
Concepto |
2024 |
2023 |
Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal) |
Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal anterior) |
Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior |
Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior |
Explicar variación |
= > 4% |
= > 4% |
= > 14% |
||||||
160100070 00000 |
Partes relacionadas |
44,880,451 |
28,574,305 |
39.21 |
25.61 |
16,306,146.00 |
57.07 |
Se otorgó en el ejercicio un préstamo a una parte relacionada… |
16010078 000000 |
Total del activo |
114,471,457 |
111,560,641 |
|
|
|
|
|
Estado de resultado integral (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).
· Para el llenado de este anexo, es necesario capturar previamente la información de los anexos: “integración analítica de ventas o ingresos netos”, “determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta” (cuando se esté obligado al llenado de este anexo), “análisis comparativo de las subcuentas de gastos”, y “análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento”.
· Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”.
· De manera opcional, el contribuyente podrá llenar la información comparativa con el ejercicio anterior.
Estado de cambios en el capital contable. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).
· Debido a la limitación para agregar nuevas columnas a los formatos, en el estado de cambios en el capital contable se han incluido dos columnas para “otras cuentas de capital acreedoras” y “otras cuentas de capital deudoras”, que podrán utilizarse cuando sea necesario reflejar conceptos del capital contable que no tengan una columna específica.
· Cuando se anoten cantidades en las columnas “otras cuentas de capital acreedoras” y “otras cuentas de capital deudoras”, debido a que su saldo se integra por el importe de una o más cuentas, la integración de las mismas se deberá presentar inmediatamente antes del índice “saldos al 31 de diciembre de 2023” o del índice “saldos al 31 de diciembre de 2024”, según corresponda, consignando en la columna de concepto el nombre de las cuentas que integran dicho saldo y en la columna de referencia, el importe correspondiente a cada cuenta o concepto.
Estado de flujos de efectivo. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).
Se pondrá únicamente la información correspondiente al método elegido por el contribuyente.
Integración analítica de ventas o ingresos netos. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).
· Por el ejercicio fiscal de 2024 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información financiera B-3 estado de resultado integral, ya no existe una separación de ingresos operativos y no operativos (otros ingresos), ya que ambos son operativos, por lo que en este anexo se integrarán los ingresos del contribuyente que no tengan relación con su resultado integral de financiamiento y, en su caso, con su participación en resultados de subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios conjuntos.
· Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio.
· En la integración analítica de ventas o ingresos netos, en las columnas denominadas “total acumulables para ISR” y “total no acumulables para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos que se reportan tienen efectos fiscales. Los ingresos no acumulables se refieren a partidas contables y no fiscales.
· Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (año actual)” o “porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (año anterior)”.
Ejemplo:
Índice |
Concepto |
2024 |
2023 |
Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado ejercicio fiscal) |
Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal anterior) |
Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior |
Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior |
Explicar variación |
= > 4% |
= > 4% |
= > 14% |
||||||
160500150 00000 |
Asistencia técnica. |
64,880,000 |
48,674,305 |
58.00 |
44.00 |
16,205,695 |
33.00 |
Se pagó asistencia técnica a un residente en el extranjero… |
160500280 00000 |
Total de ventas e ingresos netos actualizados. |
110,000,500 |
108,560,000 |
|
|
|
|
|
Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero, excepto en intermediarios financieros no bancarios).
· Los contribuyentes que se dediquen a la compraventa de bienes para su distribución dejarán en blanco la determinación del “costo de producción terminada”.
· Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio.
Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).
· Por el ejercicio fiscal de 2024 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información financiera B-3 estado de resultado integral, ya no se presentan otros gastos no operativos (otros gastos) por separado de los gastos de operación, ya que son operativos, por lo que este tipo de gastos se incluirán en este anexo como otros gastos distintos a gastos de fabricación, venta, administración y generales.
· Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio.
· En el análisis comparativo de las subcuentas de gastos, las columnas denominadas: “total deducibles para ISR” y “total no deducibles para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de gastos que se reportan tienen efecto fiscal en el ejercicio que se dictamina. Las partidas no deducibles se refieren a partidas contables y no fiscales.
· Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (año actual)” o “porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (año anterior)”.
Ejemplo:
Índice |
Concepto |
2024 |
2023 |
Porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal) |
Porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior) |
Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior |
Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior |
Explicar variación |
= > 4% |
= > 4% |
= > 14% |
||||||
160700670 00000 |
Patentes y marcas. |
70,000,000 |
40,000,000 |
58.00 |
40.00 |
30,000,000 |
75.00 |
Se pagó la adquisición de una marca … |
160700830 00000 |
Total de gastos actualizado. |
120,000,000 |
100,000,000 |
|
|
|
|
|
Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).
· En el análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento, las columnas denominadas: “acumulables o deducibles para ISR”, “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales.
· Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio.
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.
· En esta relación, cuando existan diferencias entre la columna “contribución determinada por auditoría a cargo o a favor” y la columna “contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente”, en uno o más índices del capítulo:
Ø Impuesto sobre la Renta.
· Se deberán reportar las diferencias detectadas en cada uno de los índices de dicho capítulo en la columna de “diferencia”, en el índice correspondiente.
· La información que se revele en los índices correspondientes a la columna “contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente”, deberá corresponder a los impuestos efectivamente pagados o a los saldos a favor manifestados por el contribuyente.
Como sujeto directo.
O Impuesto al Valor Agregado, del índice “suma del IVA causado de los meses del ejercicio” al índice “suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio”.
O Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del índice “suma del IEPS causado de los meses del ejercicio” al índice “suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio”.
O Impuesto al comercio exterior el índice “total de Impuestos al Comercio Exterior”.
En su carácter de retenedor.
· Otras contribuciones retenidas, del índice “Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido al índice “otros”.
Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas.
O Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos a favor provenientes de: las contribuciones señaladas del índice “Impuesto al Valor Agregado” al índice “otras contribuciones federales”.
O Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas a las contribuciones señaladas del índice “Impuesto al Valor Agregado propio” al índice “otras contribuciones federales”.
O Devoluciones obtenidas en el ejercicio, del índice “Impuesto al Valor Agregado” al índice “otras contribuciones federales”.
O Para los efectos del artículo 52, fracción III del CFF y la fracción IV de la regla 2.10.15. de la RMF 2024, “deberá señalarse que la revisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales, incluye verificar que el contribuyente tiene el derecho a los saldos a favor solicitados en las devoluciones o aplicados en compensaciones que se lleven a cabo durante el ejercicio sujeto a revisión y que las cantidades pendientes de devolver o devueltas al contribuyente por la autoridad fiscal deriven de dicho saldo. Cualquier incumplimiento o diferencia obtenida en el ejercicio dictaminado debe ser revelada. De igual forma, debe evaluarse si dicho incumplimiento representa una salvedad fiscal y su cuantificación para reintegrar el monto que corresponda a la misma autoridad, en cuyo caso la diferencia deberá reportarse en la relación de contribuciones a cargo del contribuyente en el rubro del impuesto que se haya devuelto o compensado en forma improcedente.” Del mismo modo, si a la fecha de presentación del dictamen fiscal el contribuyente no muestra evidencia de respuesta favorable de la autoridad respecto del trámite de devolución o compensación al contador público inscrito, este último deberá mencionarlo en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
· Cuando en la columna de “tasa, tarifa o cuota”, correspondan varias tasas impositivas se anotará la palabra “varias”.
· En las siguientes contribuciones como sujeto directo, el contribuyente llenará los datos correspondientes a la sumatoria de los pagos mensuales definitivos de enero a diciembre:
O Impuesto al Valor Agregado, del índice “valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%” al índice “suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio”.
O Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del índice “valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 3%” al índice “suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio”.
· Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
· En relación con este concepto, se deberá considerar como base gravable la suma de todos los ingresos gravables, utilidades o resultados fiscales que provengan de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes obtenidos por los contribuyentes a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras en las que participen, directa o indirectamente, en la proporción que les corresponda por su participación en ellas, así como por los ingresos que obtengan a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero, la sumatoria del impuesto causado por cada una de las inversiones por las que se generó base gravable y el impuesto pagado en el ejercicio. Se deberán omitir, en su caso, las utilidades o resultados fiscales en las que se haya generado o amortizado pérdidas, es decir, únicamente se considerarán los ingresos gravables, utilidades o resultados fiscales que hayan generado base gravable para la causación y entero del Impuesto sobre la Renta.
· “Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE” e “Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos provenientes de CUFINRE”.
· En relación con estos conceptos, en la columna “base gravable” se deberá señalar el monto del dividendo distribuido adicionado con el Impuesto sobre la Renta que se debe pagar conforme a las disposiciones fiscales.
· “Otros ingresos manifestados como persona física”.
En este concepto se deberán asentar en la columna de “base gravable” aquellos ingresos sujetos al cálculo del impuesto anual no provenientes de actividades empresariales, no se deberá llenar ninguna otra columna de este renglón.
En el índice “Impuesto sobre la Renta” se deberá asentar en la columna de “base gravable” la suma del índice “otros ingresos manifestados como persona física”, más la utilidad gravable determinada en la conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.
En relación con este concepto, el contador público inscrito podrá manifestar, en su caso, en el "informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente" que no dictaminó dichos ingresos y que los mismos le fueron proporcionados por el contribuyente.
· Derechos por los servicios que presta:
El índice: “el Instituto Nacional de Migración (INM)”, corresponde a los derechos de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos vigente en 2024) y a los derechos de servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos vigente en 2024).
El índice: “Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM)” corresponde a los derechos establecidos en el artículo 289, fracciones I, II y III de la Ley Federal de Derechos, vigente en 2024.
El índice: “Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)” corresponde a los derechos establecidos en los artículos 244-B, 244-C, 244-D y 244-E de la Ley Federal de Derechos vigente en 2024.
En el índice: “otros especificar concepto” se anotarán los derechos federales más representativos en cuanto a monto que haya causado el contribuyente durante el ejercicio. En el caso de contribuyentes que se dediquen a las actividades mineras, deberán anotar los derechos sobre minería que hayan causado.
· Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas.
En relación con estos conceptos, se deberán considerar como compensaciones efectuadas durante el ejercicio y como devoluciones obtenidas en el ejercicio, a las contribuciones que correspondan al mismo ejercicio dictaminado, así como a las contribuciones compensadas efectuadas y a las devoluciones obtenidas en el ejercicio por el cual se emite el dictamen fiscal que provengan de ejercicios anteriores.
Para los efectos del artículo 52, fracción III del CFF y la fracción IV de la regla 2.10.15. de la RMF 2024, “deberá señalarse que la revisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales, incluye verificar que el contribuyente tiene el derecho a los saldos a favor solicitados en las devoluciones o aplicados en compensaciones que se lleven a cabo durante el ejercicio sujeto a revisión y que las cantidades pendientes de devolver o devueltas al contribuyente por la autoridad fiscal deriven de dicho saldo. Cualquier incumplimiento o diferencia obtenida en el ejercicio dictaminado debe ser revelada. De igual forma, debe evaluarse si dicho incumplimiento representa una salvedad fiscal y su cuantificación para reintegrar el monto que corresponda a la misma autoridad, en cuyo caso la diferencia deberá reportarse en la relación de contribuciones a cargo del contribuyente en el rubro del impuesto que se haya devuelto o compensado en forma improcedente.” Del mismo modo, si a la fecha de presentación del dictamen fiscal el contribuyente no muestra evidencia de respuesta favorable de la autoridad respecto del trámite de devolución o compensación al contador público inscrito, este último deberá mencionarlo en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
Relación de contribuciones por pagar.
· Las contribuciones que al cierre del ejercicio dictaminado se hubieren causado y estén pendientes de pago, según el estado de situación financiera, se relacionarán en el anexo denominado “relación de contribuciones por pagar”, identificándolas por tipo de contribución y dentro de esta, por mes, ejercicio o periodo de causación, indicando el importe por pagar que es correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, el importe por pagar proveniente de ejercicios anteriores, la suma de dichos importes que representa el total de contribuciones por pagar al cierre del ejercicio dictaminado, identificando, en su caso, del total de contribuciones, el importe de la contribución que se encuentra en litigio, la fecha de pago y nombre de la institución de crédito o SAT en el que se efectuó el pago, o en su caso, número de la operación, o bien, dejando en blanco estos datos con excepción del importe, cuando no se hubiera cubierto la contribución a la fecha de presentación del dictamen.
· El contador público que dictaminó deberá manifestar en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, los impuestos retenidos por concepto de ISR pendientes de pago a la fecha de presentación del dictamen, señalando: la base deducida a la que corresponden dichas retenciones, el periodo y el concepto del pago.
· El contador público que dictaminó quedará relevado de manifestar dicha información, cuando con motivo de su auditoría, haya considerado como conceptos no deducibles para el Impuesto sobre la Renta a cargo del contribuyente, las bases a las que corresponden los impuestos retenidos pendientes de pago, debiendo precisar en su informe esta situación.
· Los contribuyentes que estén efectuando el pago en parcialidades, de una o más contribuciones, deberán anotar los datos del aviso de opción, (escrito libre): número de folio, fecha de presentación y la administración receptora, así como los datos del oficio de autorización de pago en parcialidades, indicando el número del oficio y la fecha.
Ejemplo de llenado del anexo en el caso de un contribuyente que presenta dictamen de estados financieros general, con los supuestos siguientes:
Ø El contribuyente provisionó desde hace dos ejercicios un monto de ISR anual a su cargo, que a la fecha de presentación del dictamen no ha cubierto por cualquier circunstancia.
Ø Se le determinó, con motivo del dictamen, una diferencia de ISR a cargo, que a la fecha de presentación del dictamen no se ha cubierto.
Ø Al cierre del ejercicio no ha efectuado los pagos provisionales del ISR a su cargo, de los meses de noviembre y diciembre, mismos que quedan cubiertos en el mes de enero del año siguiente y de los cuales se presenta una declaración complementaria en el mes de marzo del año siguiente.
Ø Al cierre del ejercicio no ha efectuado el entero de las retenciones del ISR sobre sueldos y salarios de diciembre, mismas que quedaron cubiertas en el mes de enero del año siguiente.
Estos datos se reflejarán en el anexo “relación de contribuciones por pagar”, en los índices y con los conceptos siguientes:
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Impuesto sobre la Renta causado como sujeto directo. |
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01100000000000 |
Determinado por el contribuyente (del ejercicio). |
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Se llenará únicamente la columna de importe proveniente de ejercicios anteriores. |
01100001000000 |
Diferencia determinada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). |
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Se llenará únicamente la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado. |
01100002000100 |
Pago provisional de noviembre de 2024. |
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Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago. |
01100002000200 |
Pago provisional complementario de noviembre de 2024. |
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Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago. |
01100002000300 |
Pago provisional de diciembre de 2024. |
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Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago. |
01100002000400 |
Pago provisional complementario de diciembre de 2024. |
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Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago. |
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Impuesto sobre la Renta por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en su carácter de retenedor.
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01100003000000 |
Correspondiente al mes de diciembre de 2024. |
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Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago.
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· Si por alguna razón el contribuyente refleja en sus cuentas del pasivo, contribuciones por pagar con saldos de contribuciones no causadas al cierre del ejercicio, a partir del índice “especificar concepto y periodo al que corresponde” deberá reflejar esos saldos.
· En la columna “importe de la contribución en litigio”, se anotarán las contribuciones pendientes de pago que se encuentran en litigio por el contribuyente y además deberá adicionar en la contribución de que se trate en la columna de concepto, la palabra “litigio” para identificar la razón por la cual no se ha cubierto esa contribución.
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.
· En el concepto “efecto de la inflación de la NIF B-10” se anotará el importe neto de la inflación reconocido en la utilidad o pérdida neta sin considerar el resultado favorable o desfavorable correspondiente al resultado por posición monetaria.
· En el concepto “pérdida en enajenación de acciones” se anotará el importe de la pérdida en enajenación de acciones deducida en el ejercicio, por lo mismo dicho importe no deberá reflejarse como parte de las deducciones fiscales no contables.
· Cuando el contribuyente determine pérdida fiscal, solamente deberá llenar este anexo, hasta el índice “pérdida fiscal del ejercicio”, concluyendo la conciliación. Por ningún motivo deberá anotar el importe de la pérdida fiscal en el índice “resultado fiscal o utilidad gravable”.
· Cuando el contribuyente amortice pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, no deberá asentar en ese renglón un monto mayor al de la utilidad fiscal del ejercicio.
Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.
· En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero, globalizando las operaciones por tipo de operación y monto contratado.
· En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.
· En la columna “país de residencia”, se deberá seleccionar la clave y nombre del país de residencia, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.
· El dato de la columna “tipo de operación contratada, deuda o capital” se llenará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16-A, último párrafo del CFF, que establece lo siguiente:
“16-A para los efectos de las disposiciones fiscales, se entiende por operaciones financieras derivadas las siguientes:
…se consideran operaciones financieras derivadas de deuda, aquellas que estén referidas a tasas de interés, títulos de deuda o al índice nacional de precios al consumidor; asimismo, se entiende por operaciones financieras derivadas de capital, aquellas que estén referidas a otros títulos, mercancías, divisas o canastas o índices accionarios. Las operaciones financieras derivadas que no se encuadren dentro de los supuestos a que se refiere este párrafo, se considerarán de capital o de deuda atendiendo a la naturaleza del subyacente.”
· El dato del “monto contratado” se expresará en moneda extranjera.
· En el dato “tipo de moneda”, se seleccionará la moneda y el país al que corresponde de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.
· El dato porcentaje de la columna “tasa de interés” se expresará en porcentaje.
· En el dato de la “vigencia”, se deberá anotar “31 de diciembre de 2024”.
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.
· En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero, que sea una entidad subsidiaria, asociada o afiliada del contribuyente, globalizando las operaciones por monto de la inversión.
Para estos efectos los términos “subsidiaria”, “asociada” o “parte relacionada” o “afiliada” serán los definidos en las Normas de Información Financiera NIF B-7, B-8 y C-13 emitidas por el consejo mexicano para la investigación y desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF), en los términos siguientes:
Subsidiaria. - es una entidad que es controlada por otra entidad.
Asociada.- es una entidad en la cual otra entidad tiene una inversión permanente y ejerce sobre ella, influencia significativa.
Afiliadas o partes relacionadas.- son aquellas entidades que entre otros aspectos tienen dueños comunes.
· En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará el dato del número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.
· En la columna “país de residencia fiscal de la entidad”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia fiscal de la entidad, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.
· En la columna “porcentaje de participación en el capital de la entidad” se anotará el porcentaje de participación promedio durante el ejercicio fiscal de 2024, que representen las acciones, partes sociales o sus equivalentes propiedad del contribuyente con respecto al total de acciones, partes sociales o equivalentes que haya emitido la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero.
· En la columna “monto de la inversión” se anotará el monto de las aportaciones al capital social o su equivalente en la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero. O bien, el valor total neto de adquisición de las acciones o partes sociales, incluyendo, en su caso, el monto correspondiente al crédito mercantil o comercial; este último dato se podrá anotar en un renglón por separado, asentando el monto en esta misma columna.
· En la columna “monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación” se anotarán las utilidades o pérdidas contables de ejercicios fiscales anteriores que se hayan generado en la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero, desde el ejercicio fiscal en el que el contribuyente es socio o accionista y hasta el ejercicio fiscal inmediato anterior del contribuyente, estas utilidades o pérdidas contables de ejercicios fiscales anteriores, se deberán multiplicar por el porcentaje de participación que en el capital social tenga el contribuyente en la entidad residente en el extranjero, al cierre del ejercicio fiscal del contribuyente que se dictamina.
· En la columna “monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación” se deberá señalar la utilidad o pérdida contable correspondiente al ejercicio fiscal del contribuyente multiplicada por el porcentaje de participación que en el capital social tenga el contribuyente que se dictamina, en la entidad residente en el extranjero al cierre del mismo ejercicio fiscal.
· En la columna “valor de la inversión” se anotará la suma de las cantidades asentadas por renglón de las columnas: “monto de la inversión”, “monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación” y “monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación”, en ningún caso procederá anotar valores negativos en esta columna, por lo que, si aritméticamente se diera el caso, se anotará “0”.
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.
· En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada socio o accionista que el contribuyente haya tenido durante el ejercicio, cuando el socio o accionista no sea directamente una persona física o moral sino un contrato de fideicomiso, se anotará el número de contrato del fideicomiso y el nombre de la institución que actúa como fiduciaria.
· Cuando existan acciones colocadas entre el gran público inversionista, se asentará en el renglón correspondiente al socio o accionista “acciones colocadas entre el gran público inversionista”.
· En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el socio o accionista en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia del socio o accionista no se utilice dicha clave, se anotará n/a. Cuando el socio o accionista sea un residente en territorio nacional, se anotará el RFC. Cuando existan accionistas público en general, se anotará “varios”, en ningún caso se anotará “varios” cuando los socios o accionistas no sean público en general, por lo que siempre se deberá anotar el RFC o número o clave de identificación fiscal del socio o accionista según corresponda.
· En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia para efectos fiscales del socio o accionista, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.
· En la columna “porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio”, se anotará el porcentaje de participación promedio durante el ejercicio fiscal de 2024, que presente las acciones partes sociales propiedad de los socios o accionistas del contribuyente con respecto al total de acciones o pares sociales emitidas por el propio contribuyente.
· En la columna “periodo de tenencia” se señalará el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre, cuando el socio o accionista se haya mantenido como tal durante el ejercicio fiscal del contribuyente que se dictamina.
· Cuando un socio o accionista haya dejado de tener tal carácter durante un ejercicio, el periodo de tenencia terminará en la fecha en que se asiente en el registro de acciones o en el libro especial de los socios, la transmisión de las acciones o partes sociales (para los efectos de los artículos 128 y 129, y 73, respectivamente de la Ley General de Sociedades Mercantiles).
· Cuando un socio o accionista comience a tener tal carácter durante un ejercicio, el periodo de tenencia iniciará en la fecha en que se asiente en el registro de acciones o en el libro especial de los socios, la transmisión de las acciones o partes sociales (para los efectos de los artículos 128 y 129, y 73, respectivamente de la Ley General de Sociedades Mercantiles).
· Para los accionistas público en general, se dejarán en blanco las fechas de la vigencia.
· En las columnas “monto de aportaciones” y “monto de retiros de capital” se señalarán las aportaciones y retiros efectuados que hayan afectado cuentas de capital contable, incluyendo aportaciones para futuros aumentos de capital, de las cuales exista resolución en asamblea de socios o accionistas para su aplicación en el futuro como aumento de capital social.
· En las columnas “monto de préstamos: efectuados y recibidos”, se señalarán los préstamos efectuados a los socios o accionistas, y los recibidos de estos que hayan afectado cuentas de pasivo, incluyendo aportaciones para futuros aumentos de capital, de las cuales no exista resolución en asamblea de socios o accionistas para su aplicación en el futuro como aumento de capital social.
· Cuando en un ejercicio fiscal no haya habido transacciones con los socios o accionistas, ni movimientos en la tenencia accionaria o en las partes sociales, se podrán dejar en blanco las columnas: “monto de aportaciones”, “monto de retiros de capital” y “monto de préstamos: efectuados y recibidos”.
Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado.
· Cuando de la comparación del renglón “total del valor de los actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado” del ejercicio, manifestados por el contribuyente en relación con el determinado por el mismo concepto en la suma de las declaraciones presentadas correspondientes al ejercicio que se dictamina resulte una diferencia positiva o negativa superior al 4%, el contribuyente explicará la totalidad de la diferencia en el anexo de información adicional y el contador público además de revisarla, hará referencia a dicha explicación en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa.
Operaciones con partes relacionadas.
· En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada parte relacionada, globalizando las operaciones por tipo de operación durante el ejercicio para efectos del Impuesto sobre la Renta.
· Se deberán relacionar todas las operaciones que se hayan realizado en el ejercicio conforme al catálogo de tipo de operación contenido en el apéndice IV de este instructivo.
· Cuando la operación realizada que se relacione no tenga asociada algún valor de acumulación o deducción se pondrá 0 (cero).
· En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza la parte relacionada en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia de la parte relacionada no se utilice dicha clave, se anotará n/a.
Cuando la parte relacionada sea un residente en territorio nacional, se anotará el RFC.
· En la columna “tipo de operación”, se seleccionará la clave y descripción que corresponda al tipo de operación realizada, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IV de este instructivo.
· En la columna “en caso de que en la columna tipo de operación, haya seleccionado alguno de los conceptos de otros ingresos u otros pagos”, se anotará la clave y descripción que corresponda al tipo de operación realizada, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IV de este instructivo.
· En la columna “país de residencia”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.
· En la columna “valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero)” contendrá los importes de las operaciones realizadas que dieron origen a ingresos acumulables y deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta.
· En la columna “método de precios de transferencia aplicado”, se seleccionará la clave y descripción que corresponda al método de precios de transferencia aplicado, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice V de este instructivo.
· Cuando en la columna “la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables” se anote “si”, es porque se cuenta con la información que demuestra que las operaciones están pactadas como lo harían partes independientes en operaciones comparables.
· En la columna “ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables” se deberá presentar el ajuste de precios de transferencia que, de manera contable o fiscal, hayan realizado los contribuyentes para que la operación con partes relacionadas que se está manifestando haya quedado determinada como lo hubieran hecho partes independientes en operaciones comparables. En caso de no existir ajuste se dejará en blanco el renglón de esta columna.
Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
· Cualquier explicación solicitada en este anexo, cuyo espacio asignado resulte insuficiente, deberá hacerse a través del anexo denominado “información adicional”.
· Si a criterio de la persona que responda el cuestionario no hay una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado se podrá dejar en blanco el renglón que corresponda.
En este caso, se deberán hacer aclaraciones del por qué se quedó en blanco la respuesta a una pregunta determinada, esto se podrá hacer en el anexo denominado información adicional, ya que de no hacerlo el SAT entenderá que el contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento.
· En general una respuesta no aplicable (n/a) significa que el contribuyente no se encuentra ante el supuesto establecido para la pregunta, por ejemplo:
Pregunta |
Significado de una respuesta n/a |
El contribuyente cuenta con un estudio de precios de transferencia (documentación a que se refiere el artículo 76, fracción IX de la LISR). |
Significa que: A) el contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 76, segundo párrafo, fracción IX de la LISR, es decir, que realizó actividades empresariales y obtuvo ingresos en el ejercicio inmediato anterior que no hayan excedido de $13’000,000.00, o bien, prestó servicios profesionales y obtuvo ingresos que no hubiesen excedido en dicho ejercicio de $3’000,000.00, siempre que no esté en el supuesto a que se refiere el artículo 179, penúltimo párrafo de esta Ley. B) el contribuyente no realizó operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. |
El contribuyente presentó su declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR). |
Significa que el contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 182, penúltimo párrafo de la LISR. |
· Si un contribuyente tiene más de una actividad preponderante se pueden presentar sin limitación la(s) otra(s) actividades del contribuyente.
· En el renglón “valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad”, se asentará el saldo final reflejado en los estados financieros del contribuyente. En caso de haber dado de baja o enajenado durante el ejercicio algún activo intangible deberá reflejar el valor del mismo en los estados financieros a la fecha de la baja o enajenación.
· El renglón “el contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracción XII de la LISR por sus operaciones con partes relacionadas”, tanto para residentes en territorio nacional, como residentes en el extranjero, se refiere a que los contribuyentes que celebraron operaciones con partes relacionadas deberán contar con el soporte que acredite que se determinaron sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables, aplicando para este efecto los métodos establecidos en el artículo 180 de la Ley del ISR, en el orden establecido en el citado artículo.
· En los renglones que se refieren al RFC de las personas que elaboraron la documentación que demuestre haber dado cumplimiento para los efectos del artículo 76, fracciones IX y XII de la Ley del ISR, o bien, que asesoraron en su formulación, se asentará el RFC de la persona física externa al contribuyente y no del despacho donde labora dicha persona, la cual elaboró o asesoró al contribuyente. Cuando haya sido el personal del propio contribuyente el que elaboró el estudio se asentará el RFC del propio contribuyente.
· En la sección “información financiera operativa sin las modificaciones al boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de las Normas de Información Financiera” aplicables también para el ejercicio fiscal de 2024, se determinará la utilidad operativa del contribuyente como se venía haciendo con el boletín B-3 estado de resultados de las Normas de Información Financiera vigente hasta 2012.
· Cuando se seleccione “si” en el dato: “aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos en materia de precios de transferencia las disposiciones fiscales y aduaneras”, se deberá indicar el o los número(s) de criterio(s) utilizados por el contribuyente en materia de precios de transferencia, por ejemplo, criterios 39 y 40.
Inversiones.
· En este anexo se presentará para el ejercicio fiscal de 2024, agrupados por cada tasa de deducción y tipo de concepto de inversiones relativo a los activos fijos, los gastos y cargos diferidos y las erogaciones realizadas en periodos preoperativos a que se refiere la Ley del ISR.
· La información que se anotará en este anexo es la que corresponda a los saldos y cálculos fiscales realizados por el contribuyente como sigue:
· En la columna “saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio”, se anotarán los saldos fiscales actualizados utilizados para determinar la deducción.
· En la columna “MOI de las adquisiciones durante el ejercicio”, deberán anotarse los saldos fiscales actualizados conforme al periodo de utilización para determinar la deducción.
· En la columna “enajenaciones y/o bajas”, se anotarán los saldos fiscales actualizados utilizados para determinar el valor fiscal de la baja.
· En la columna “deducción en el ejercicio”, se anotará el importe de la deducción de inversiones aplicada en el ejercicio.
· En la columna “deducción inmediata en el ejercicio”, se anotará el importe de la deducción inmediata de inversiones aplicada en el ejercicio.
· En la columna “saldo pendiente de deducir al final del ejercicio”, se anotará el resultado de la operación aritmética de sumar la columna “saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio", más "MOI de las adquisiciones durante el ejercicio", menos "enajenaciones y/o bajas", menos "deducción en el ejercicio", menos "deducción inmediata en el ejercicio".
Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera (no aplicable para dictámenes del sector financiero).
· En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero, deudor o acreedor, globalizando las operaciones por concepto de saldos en moneda extranjera.
· En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia y que este contenido en el(los) comprobante(s) correspondiente(s) a la(s) operación(es). En caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.
· En la columna “país de residencia fiscal”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia fiscal, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.
· En la columna “tipo de moneda”, se seleccionará el dato de la moneda y el país al que corresponde, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.
· En la columna “saldo en moneda nacional” se anotará la conversión a moneda nacional del saldo en moneda extranjera, deudor o acreedor de que se trate, cuyo monto forma parte integrante de los saldos reflejados en el estado de posición financiera.
· En la columna “concepto más importante que originó el saldo”, se anotará la clave y concepto que originó la cuenta, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IX de este instructivo.
· En la columna “en caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor especifique concepto:”, se anotará el concepto que originó la cuenta.
Préstamos.
· En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero y en el país, globalizando las operaciones por tipo de financiamiento, o bien, por colocaciones en el extranjero.
· En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia y que esté contenido en el(los) comprobante(s) correspondiente(s) a la(s) operación(es). En caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotara n/a.
· En las columnas “saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023” y “saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024”, se anotarán los saldos correspondientes en moneda nacional que se reflejan en el estado de posición financiera.
· En la columna “tipo de financiamiento”, se seleccionará el dato de la clave y el concepto del tipo de financiamiento, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice X de este instructivo.
· En la columna “en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto:” se anotará el tipo de financiamiento.
· Para el dato de la columna “fue beneficiario efectivo de los intereses”, se tomará en cuenta lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley del ISR, los tratados para evitar doble tributación celebrados por México, así como por los comentarios del modelo de convenio para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal a que hace referencia la recomendación adoptada por el consejo de la organización para la cooperación y el desarrollo económico, el 21 de septiembre de 1995, o aquella que la sustituya, en la medida en que tales comentarios sean congruentes con las disposiciones de los tratados internacionales celebrados por México.
· En la columna “número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado”, se deberá anotar el número de registro de bancos, entidades de financiamiento, fondos de pensiones y jubilaciones y fondos de inversión del extranjero para los efectos de los artículos 153, 166 de la Ley del ISR, cuando no resulte aplicable este dato se anotará n/a.
· En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se seleccionará el dato de la clave y nombre del país de residencia, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo. En caso de haber anotado “si” en la columna “fue beneficiario efectivo de los intereses”, se anotará la clave del país que fue beneficiario efectivo de los intereses.
· En la columna “tipo de moneda”, se seleccionará la moneda y el país al que corresponde de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.
· En la columna “denominación de la tasa de interés”, se anotará el nombre de la tasa de interés de referencia con la cual se pactó el préstamo. Ejemplo: “libor, prime rate, etc.”.
· En la columna “porcentaje de la tasa de interés”, se anotará la tasa de interés pactada en términos netos y en porcentaje, que fue la tasa de interés base del cálculo de los intereses devengados en moneda extranjera.
Por ejemplo: si se pactara una tasa libor de un 8% más 3%, se expresará 11.00.
· En la columna “importe total de los intereses pagados y/o exigibles” se anotarán los intereses en moneda nacional que se hayan pagado en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito, o bien que hayan sido exigibles para su pago.
También se incluirá en esta columna los importes que correspondan al pago del Impuesto sobre la Renta realizado por cuenta del contribuyente residente en el extranjero.
Por lo anterior, el importe reflejado en esta columna será la base del cálculo de la retención del Impuesto sobre la Renta.
· En la columna “frecuencia de exigibilidad del pago de intereses”, se seleccionará el dato de la clave y el concepto de la frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice XI de este instructivo.
· En la columna “en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses "haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto:”, se anotará la frecuencia pactada para el pago de intereses.
· Cuando se anote “si” en la columna “efectuó colocaciones en el extranjero”, este anexo se llenará de la siguiente forma:
Ø En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará “varios”.
Ø En las columnas “saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023” y “saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024”, se anotará el monto del total de la colocación en moneda nacional a esas fechas.
Ø En la columna “tipo de financiamiento”, se anotará “colocaciones”.
Ø En las columnas “fue beneficiario efectivo de los intereses” y “número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT”, se anotará “n/a”.
Ø En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se anotará el país en el que se realizó la colocación, si fueron varios países se anotará aquel en el que se colocó el importe más representativo en cuanto a monto.
Ø En la columna “tipo de moneda”, se pondrá la clave de la moneda y el país en el que se realizó la colocación, si fueron varios países se anotará la de aquel en el que se colocó el importe más representativo en cuanto a monto.
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
· La información de este anexo, se presentará solo cuando en el ejercicio existan movimientos distintos de su actualización o de su incremento por la pérdida o por la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas del propio ejercicio, para los efectos de los artículos 57 y 58 de la Ley del ISR.
· Cuando en el concepto “la pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una escisión”, se anote “si”, es porque la pérdida fiscal de ejercicios anteriores aplicada en el ejercicio dictaminado proviene de una escisión.
· En el concepto “señale el RFC de la escindente”, se anotará el RFC de la entidad que transmitió la pérdida fiscal aplicada en el ejercicio dictaminado proveniente de la escisión.
· En el concepto “señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la escisión”, se anotará el monto histórico de la pérdida fiscal aplicada según el ejercicio en el que fueron originadas.
· En caso de que las pérdidas fiscales aplicadas en el ejercicio dictaminado, tengan como origen dos o más escisiones, el contador público inscrito, deberá manifestar en el anexo denominado información adicional del dictamen, la información mencionada en los tres párrafos anteriores.
Cuestionario de diagnóstico fiscal.
· Papel del contador público inscrito en el tema del cuestionario de diagnóstico fiscal. Las respuestas a este cuestionario estarán a cargo del contador público inscrito conforme a la revisión que haga a los estados financieros del contribuyente, por lo que deberá manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales, involucradas con las preguntas del cuestionario y que haya detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente dentro del alcance de sus pruebas selectivas llevadas a cabo en cumplimiento de las Normas de Auditoría y de Revisión Información Financiera, considerando lo señalado por las guías de auditoría Normas de Información Financiera y al alcance de las pruebas selectivas de su auditoría.
· En la columna de comentarios se podrán hacer aclaraciones que correspondan a cada respuesta, deberán contener un máximo de 250 caracteres.
· En la pregunta “detectó debilidades o desviaciones relacionadas con la estructura del control interno del contribuyente con repercusión en su situación fiscal” se pretende que el contador público inscrito describa, en su caso, en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente las deficiencias importantes en el diseño y operación de la estructura del control interno que detectó y que a su juicio podrían afectar negativamente la capacidad del contribuyente para registrar, procesar, resumir y reportar información financiera que tiene repercusión fiscal. A continuación, se citan algunos ejemplos:
Ø Diseño inadecuado de la estructura del control interno en general.
Ø Falta de revisión y aprobación adecuada de las transacciones, pólizas contables o reportes emitidos que tienen repercusión fiscal.
Ø Procedimientos inadecuados para la evaluación y aplicación adecuada de Normas de Información Financiera que tienen repercusión fiscal.
Ø Aplicación indebida de Normas de Información Financiera que repercuten en la situación fiscal del contribuyente.
Ø Fallas en el diseño del sistema para suministrar información financiera y fiscal completa, correcta, congruente y oportuna.
Ø Deficiencias en los controles establecidos para la prevención y detección de omisiones en la información contable y fiscal.
Ø Fallas en el suministro oportuno de información financiera y fiscal completa.
Ø Transacciones importantes con partes relacionadas no reveladas.
Cuestionario en materia de precios de transferencia.
Papel del contador público inscrito en el tema de precios de transferencia. El Servicio de Administración Tributaria a través del cuestionario en materia de precios de transferencia que deben llenar los contadores públicos inscritos pretende que el auditor se cerciore de que los contribuyentes que están revisando cumplieron con sus obligaciones fiscales en materia de precios de transferencia (para los efectos del artículo 76, fracciones IX, X y XII y 179, primer párrafo de la Ley del ISR), es decir, que hayan presentado la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas y que cuenten con documentación e información que acredite que las operaciones con partes relacionadas se determinaron como lo harían partes independientes en operaciones comparables (estudios de precios de transferencia). Para estos efectos se debe considerar lo dispuesto, entre otros, en los boletines 230, 500, 501, 520, 550, 580, 620 y 800 de las Normas Internacionales de Auditoría.
· En general una respuesta no aplicable (n/a) significa que el contribuyente no se encuentra ante el supuesto establecido para la pregunta, por ejemplo (dictamen fiscal de estados financieros general):
Pregunta |
Significado de una respuesta n/a |
Sección referente al artículo 76, fracción IX de la LISR Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta obligación fiscal. A En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. |
Significa que: A) El contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 76, segundo párrafo, fracción IX de la LISR, es decir, que realizó actividades empresariales y obtuvo ingresos en el ejercicio inmediato anterior que no hayan excedido de $13’000,000.00, o bien, prestó servicios profesionales y obtuvo ingresos que no hubiesen excedido en dicho ejercicio de $3’000,000.00, siempre que no esté en el supuesto a que se refiere el artículo 179, penúltimo párrafo de esta Ley. B) El contribuyente no realizó operaciones con partes relacionadas. |
Sección referente al artículo 76, fracción IX de la LISR Verificó la presentación oportuna de la información de las operaciones con partes relacionadas, efectuadas durante el año inmediato anterior. A En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. |
Significa que el contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 182, penúltimo párrafo de la LISR. |
· En la sección verificó que la documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la Ley del ISR), incluyera lo siguiente, se debe entender que el contador público inscrito debe dejar constancia de haber revisado que la documentación comprobatoria correspondiente, incluya la información que la disposición fiscal citada señala expresamente que debe contener.
Esta sección solo se debe contestar cuando exista documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la Ley del ISR).
· En la pregunta que señala: “8) método aplicado para los efectos del artículo 180 de la LISR por cada tipo de operación evaluada”, se pretende que el contador público inscrito se cerciore, de que, en la documentación comprobatoria de precios de transferencia para cada una de las transacciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, se haya aplicado alguna de las metodologías a que se refiere el artículo 180 de la Ley del ISR, sin que se juzgue si es la más apropiada.
· En la pregunta que menciona: “9) información y documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación evaluada”, se pretende que el contador público inscrito se cerciore, de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia para cada una de las transacciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, en las que se haya aplicado alguna de las metodologías a que se refiere el artículo 180 de la Ley del ISR, exista información y documentación sobre operaciones o empresas comparables, incluyendo su fuente, sin que se juzgue si dichas operaciones o empresas son o no comparables.
En la pregunta que indica: “verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con partes relacionadas por el contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables”, se pretende que el contador público inscrito se cerciore, de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia, además, de cumplir con los requisitos que establece la Ley del ISR, se concluya que las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero fueron pactadas como lo hubieran hecho partes independientes en operaciones comparables, sin juzgar si la conclusión es correcta o no.
· En la pregunta que indica: “verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la información de las operaciones con partes, efectuadas durante el año inmediato anterior (Anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la documentación de precios de transferencia para las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR)”, se pretende que se verifique que la información contenida en la documentación de precios de transferencia sea coincidente con la del anexo 9 DIM únicamente por cuanto hace al nombre de la parte relacionada contraparte del contribuyente dictaminado, tipo de operación, método de precios de transferencia utilizado, país de residencia y margen de utilidad que le corresponde a la operación.
Cuando en el cuestionario se haga mención conclusiones negativas se deberá entender en el caso de preguntas relacionadas con el artículo 76, fracciones IX y XII de la Ley del ISR, que en la documentación comprobatoria o evidencia documental del contribuyente correspondiente al cumplimiento de dichas disposiciones fiscales, se concluye que las operaciones celebradas con partes relacionadas por el contribuyente no se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables.
· En la pregunta que señala “verificó en la evidencia documental referida en el índice xxxx0040000000 la aplicación de los métodos de precios de transferencia para los efectos del artículo 180 de la LISR en los términos del tercer párrafo del citado artículo”, “verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y deducciones autorizadas considerando para esas operaciones los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables”, tiene como objetivo que el contador público analice que en la evidencia documental se incluya la aplicación de alguno de los métodos establecidos en el artículo 180 de la Ley del ISR sin juzgar si es el más apropiado.
Nota: cabe señalar que “xxxx” hace referencia a que estos primeros cuatro dígitos de los índices de este cuestionario van a variar dependiendo el tipo de dictamen.
· Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, respecto de sus operaciones con partes relacionadas conforme a las Normas Internacionales de Auditoría y al alcance de las pruebas selectivas de su auditoría.
Aplicables a los dictámenes de los contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.
Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.
· Por el ejercicio fiscal de 2024 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información financiera B-3 estado de resultado integral, ya no se presentan otros gastos no operativos (otros gastos) por separado de los gastos de operación, ya que son operativos, por lo que este tipo de gastos se incluirán en este anexo como otros gastos.
· En el análisis comparativo de las subcuentas de gastos, las columnas denominadas: “total deducibles para ISR”, “total no deducibles para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de gastos que se reportan tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles se refieren a partidas contables y no fiscales.
Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.
En el análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento, las columnas denominadas: “acumulables o deducibles para ISR”, “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales.
Los contribuyentes que realicen actividades de autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo y de carga federal, estarán a lo siguiente:
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.
· En el anexo de la “relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor” los contribuyentes estarán en la posibilidad de incorporar, en forma global, el monto de la deducción autorizada a que se refiere la regla 2.3., y la regla 1.2., según se trate de contribuyentes del sector de autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo o del sector de autotransporte terrestre de carga federal, de la “Resolución de facilidades administrativas para los sectores de Autotransporte Terrestre de Carga y de Pasajeros para 2024”, conforme a lo siguiente:
· Como sujeto directo, cuando los contribuyentes cumplan sus obligaciones fiscales por cuenta propia, consignando en forma global, el monto de la deducción autorizada citada, con el índice 40090043000000 con el concepto “Impuesto sobre la Renta correspondiente a la deducción del 8% de los ingresos propios de la actividad sujeto directo”, la cual tiene el carácter de impuesto definitivo.
· Como retenedor, cuando las personas morales cumplan por cuenta de sus integrantes sus obligaciones fiscales, consignando en forma global, el monto de la deducción autorizada citada, con el índice 40090212000000 con el concepto “Impuesto sobre la Renta correspondiente a la deducción del 8% de los ingresos propios de la actividad retenedor”, la cual tiene el carácter de impuesto definitivo.
Información de los integrantes de las personas morales como coordinados:
· En este anexo se deberá proporcionar la información de todos los integrantes que realicen actividades de autotransporte terrestre de carga o pasajeros, separando a los que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado, de los que optan por pagar el impuesto en forma individual.
· Cuando se proporcione la información de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado, se deberá llenar la información referente al concepto del “nombre o razón social de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado”, así como de las columnas “RFC del integrante”, “total de ingresos acumulables ISR”, “total de deducciones autorizadas ISR”, “monto de la deducción del 8% sobre ingresos acumulables sin documentación (RFA)”, utilidad fiscal, conceptos disminuibles de la utilidad fiscal, monto del acreditamiento del IEPS por la adquisición de diésel contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción IV de la LIF)”, “monto del acreditamiento del 50% de los gastos por el uso de infraestructura carretera contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción V de la LIF)”, “utilidad gravable”, “pérdida fiscal”, “ISR a cargo”, ISR a favor”, “PTU por distribuir”, “importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio”, “número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio” y “fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR)”.
· Cuando se proporcione la información de los integrantes que optan por pagar el impuesto en forma individual, se deberá llenar la información referente al concepto del “nombre o razón social de los integrantes que optan por pagar el impuesto en lo individual” así como de las columnas “RFC del integrante”, “importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio”, “número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio” y “fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR)”, “importe total de los ingresos del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de LISR)”, “importe total de las deducciones del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de LISR)”, “importe total de impuestos pagados por cuenta del integrante (para los efectos del artículo 72, fracción VI de la LISR)”, e “importe total de las retenciones correspondientes al integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción III de la LISR)”.
· La información de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado y la de los que optan por pagar el impuesto en forma individual con relación a la liquidación que se elabore de cada integrante, respecto de los ingresos, deducciones, impuestos y retenciones, será revisada y validada por el contador público, conforme a las Normas Internacionales de Auditoría y al alcance de las pruebas selectivas de su auditoría; cuando no pueda validar alguna información o no esté de acuerdo con alguna de ellas, deberá explicar los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente y, en su caso, hacer las salvedades correspondientes.
· Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, conforme a la regla 2.10.15. de la RMF para 2024.
· Asimismo, se podrá no proporcionar la información relacionada con la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, en su columna “PTU por distribuir”, siempre que los contribuyentes, efectúen el cálculo de la PTU conforme a las bases contenidas en los contratos colectivos de trabajo.
Aplicables a los dictámenes de las instituciones del sector financiero a que se refiere este instructivo.
· Las cuentas mostradas en los estados financieros básicos y en el análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados, están basadas en los catálogos autorizados que publican la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Estado de resultado integral.
· Para el llenado de este anexo, es necesario capturar previamente la información del anexo denominado: “análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados”.
Estado de cambios en el capital contable.
· Debido a la limitación para agregar nuevas columnas a los formatos, en el estado de variaciones en el capital contable, se han incluido dos columnas para “otras cuentas de capital contribuido” y “otras cuentas de capital ganado”; según corresponda, que podrán utilizarse cuando sea necesario reflejar conceptos del capital contable que no tengan una columna específica.
· Cuando se anoten cantidades en las columnas “otras cuentas de capital contribuido” y “otras cuentas de capital ganado”; según corresponda, debido a que su saldo se integra por el importe de una o más cuentas, la integración de las mismas se deberá presentar antes del renglón “saldos al 31 de diciembre de 2023” o el renglón “saldos al 31 de diciembre de 2024” en los renglones denominados “otros”, según se trate, consignando en la columna de concepto el nombre de las cuentas que integran dichos saldos y en la columna de referencia, el importe correspondiente a cada cuenta o concepto.
Estado de flujos de efectivo.
· La información de este estado deberá ser presentada en forma comparativa entre los ejercicios fiscales de 2024 y 2023.
Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.
· En lugar de presentar los anexos de “integración analítica de ventas o ingresos netos”, “determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta”, “análisis comparativo de las subcuentas de gastos” y “análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento”, se deberá presentar el anexo “análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados”.
· En las columnas denominadas: “acumulables o deducibles para ISR” y “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales.
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.
· Derechos por los servicios que presta:
El índice: “la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)”, corresponde a los derechos establecidos por los servicios de inspección y vigilancia comprendidos en los artículos 29 al 29-H de la Ley Federal de Derechos vigente en 2024.
Específicas:
Aplicables a los dictámenes de intermediarios financieros no bancarios.
· Debido a la similitud en la denominación de las diversas cuentas que integran los catálogos de cuentas autorizadas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para los almacenes generales de depósito, empresas de factoraje financiero, arrendadoras financieras, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, uniones de crédito, entidades de ahorro y crédito popular y otros intermediarios financieros no bancarios, se hizo necesario conjuntar en un solo dictamen toda la información de este tipo de entidades bajo la denominación genérica de “intermediarios financieros no bancarios”.
Aplicables a los dictámenes de fondos de inversión de capitales, de renta variable e instrumentos de deuda.
Estado de valuación de cartera de inversión.
· En lugar de presentar los estados de flujos de efectivo o de cambios en la situación financiera, se deberá incluir el estado de valuación de cartera de inversión, en forma comparativa con el ejercicio inmediato anterior.
Evidencia de la aplicación de los procedimientos de revisión sobre la situación fiscal del contribuyente (papeles de trabajo).
El contador público inscrito deberá proporcionar a través de medios electrónicos, los papeles de trabajo relativos a la revisión de la situación fiscal del contribuyente, para los efectos del artículo 57, último párrafo del Reglamento del CFF y la RMF para 2024, considerando las siguientes:
I.- Paquete utilizado para la generación del archivo de papeles de trabajo (sbpt).
SIPRED 2024 (ver manual de usuario, apartado operación de la opción papeles de trabajo), el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT.
II.- Presentación del archivo de papeles de trabajo.
La presentación se integra por:
· Los papeles de trabajo que el contador público conserve en el expediente de la auditoría practicada al contribuyente de que se trate, en los que se muestre el trabajo realizado observando lo dispuesto en las Normas de Auditoría que les sean aplicables, mismos que deberán incluir lo siguiente:
Ø Procedimientos aplicados.
Ø Conclusiones alcanzadas.
Ø Evidencia de la revisión.
Ø Evaluación del control interno.
Ø Planeación de la auditoría.
· La información de los papeles de trabajo estará conformada en archivos de Excel con extensión *.xlsx, por uno o varios archivos, los cuales se integrarán como se señala en el punto III.
III.- Características generales permitidas.
· Nombre del archivo.
Ø La información se integrará en un solo archivo encriptado y ensobretado con extensión sbpt, el cual será conformado por 26 caracteres (incluyendo extensión) y contendrá la información señalada en el punto II anterior.
· Tipo de fuente.
Ø Calibri.
· Tamaño de fuente.
Ø 10 máximo.
· No permite.
Ø Imágenes.
Ø Vínculos externos al archivo.
Ø Protección de libro u hojas.
· Tamaño del archivo con extensión sbpt.
Ø Como máximo 45 megabytes (Mb).
Apéndice IV. Catálogo de “tipo de operación”, para efectos de los anexos “operaciones con partes relacionadas” y “operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero”.
Clave |
Operaciones de ingreso |
100 |
Ingresos totales por venta de inventarios producidos terminados |
101 |
Ingresos totales por venta de inventarios producidos semiterminados |
200 |
Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos para distribución |
201 |
Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos (materias primas) |
202 |
Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos (artículos semiterminados) |
300 |
Ingresos por prestación de servicios en general |
301 |
Ingresos por prestación de servicios técnicos |
302 |
Ingresos por prestación de servicios de manufactura |
303 |
Ingresos por prestación de servicios financieros |
400 |
Ingresos por maquila |
500 |
Ingresos por servicios administrativos |
600 |
Ingresos por seguros y reaseguros |
700 |
Ingresos por comisiones |
800 |
Ingresos por regalías |
900 |
Ingresos por asistencia técnica |
1000 |
Ingresos por intereses devengados |
1100 |
Ingresos por arrendamiento |
1200 |
Ingreso por enajenación de acciones |
1300 |
Ingresos por venta de activo fijo |
1301 |
Ingresos por venta de terrenos |
1302 |
Ingresos por condonación de deudas |
1303 |
Ingresos por cantidades percibidas para efectuar gastos por cuenta de partes relacionadas |
1304 |
Ganancia acumulable en operaciones financieras derivadas |
1305 |
Interés a favor o acumulable que se determine por realizar operaciones financieras derivadas |
1306 |
Acumulación de ingresos percibidos por operaciones financieras referidas a un subyacente que no cotice en un mercado reconocido |
1307 |
Ingresos por venta de intangibles |
1308 |
Ingresos por venta de otros cargos y gastos diferidos |
1309 |
Anticipos de clientes |
1310 |
Ingresos atribuibles a establecimientos permanentes |
1311 |
Ingresos por otorgar bienes en comodato |
1312 |
Ingresos por enajenación de derechos |
1313 |
Ingresos por reembolsos |
1314 |
Ingresos por venta de cartera |
1400 |
Otros ingresos (especificar) |
Clave |
Operaciones de costo y gastos |
1500 |
Compra neta de inventarios de materia prima |
1501 |
Compra neta de inventarios semiterminados |
1600 |
Compra neta de inventarios adquiridos para distribución |
1601 |
Compra de cartera |
1700 |
Inversiones en activo fijo |
1704 |
Costo fiscal en venta de activo fijo adquirido a partes relacionadas |
1705 |
Costo fiscal en venta de títulos valor adquiridos a partes relacionadas |
1706 |
Costo fiscal en venta de intangibles adquiridos a partes relacionadas |
1707 |
Costo fiscal en venta de otros cargos y gastos diferidos adquiridos a partes relacionadas |
1708 |
Costo fiscal en venta de terreno adquirido a partes relacionadas |
1801 |
Regalías por uso de activos relacionados con el mercado |
1802 |
Regalías por uso de activos relacionados con la cartera de clientes |
1803 |
Regalías por uso de activos intelectuales o artísticos |
1804 |
Regalías por uso de activos basados en contratos o derechos |
1805 |
Regalías por uso de activos intangibles tecnológicos |
1806 |
Regalías por uso de otros activos intangibles u otros conceptos |
1900 |
Asistencia técnica |
2000 |
Honorarios, incluye servicios administrativos y mano de obra |
2100 |
Arrendamiento |
2200 |
Garantías |
2300 |
Publicidad |
2400 |
Servicios de maquila |
2500 |
Otros servicios prestados |
2600 |
Servicios financieros |
2700 |
Comisiones |
2800 |
Intereses devengados a cargo |
2801 |
Intereses por
operaciones de |
2900 |
Por primas pagadas por seguro y reaseguro |
2901 |
Reaseguro cautivo |
3000 |
Costo fiscal en venta de acciones adquiridas a partes relacionadas (costo comprobado de adquisición actualizado) |
3001 |
Gastos a prorrata |
3002 |
Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios producidos terminados |
3003 |
Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios producidos semiterminados |
3004 |
Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos para distribución |
3005 |
Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos (materias primas) |
3006 |
Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos (artículos semiterminados) |
3007 |
Por cantidades iniciales para adquirir el derecho de celebrar una operación financiera derivada |
3008 |
Por cantidades iniciales para adquirir el derecho de celebrar una operación financiera |
3009 |
Por recibir bienes en comodato |
3010 |
Costos y/o por adquirir derechos |
3011 |
Costos y/o por adquirir concesiones |
3012 |
Inversiones en intangibles |
3013 |
Costos y/o por reembolsos |
3014 |
Inversiones en otros gastos y cargos diferidos |
3015 |
Inversiones por adquirir acciones |
3016 |
Anticipos de gastos |
3100 |
Otros pagos (especificar) |
Apéndice V. Catálogo de “método de precios de transferencia aplicado”, para efectos del anexo “operaciones con partes relacionadas”.
Clave |
Método |
PC |
Precio comparable no controlado |
PR |
Precio de reventa |
CA |
Costo adicionado |
PU |
Participación de utilidades |
RPU |
Residual de participación de utilidades |
MTU |
Márgenes transaccionales de utilidades de operación |
Apéndice VI. Catálogo de “país de residencia”, “país de residencia para efectos fiscales”, “país de residencia fiscal de la entidad” y “país de residencia del residente en el extranjero”.
Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo que se presenta a continuación.
Clave |
Nombre del país |
AF |
Afganistán (Emirato Islámico de) |
AL |
Albania (República de) |
DE |
Alemania (República Federal de) |
AD |
Andorra (Principado de) |
AO |
Angola (República de) |
AI |
Anguila |
AQ |
Antártida |
AG |
Antigua y Barbuda (Comunidad Británica de Naciones) |
AN |
Antillas Neerlandesas (Territorio Holandés de Ultramar) |
SA |
Arabia Saudita (Reino de) |
DZ |
Argelia (República Democrática y Popular de) |
AR |
Argentina (República) |
AM |
Armenia (República de) |
AW |
Aruba (Territorio Holandés de Ultramar) |
AU |
Australia (Comunidad de) |
AT |
Austria (República de) |
AZ |
Azerbaiyán (República Azerbaijani) |
BS |
Bahamas (Comunidad de las) |
BH |
Bahréin (Estado de) |
BD |
Bangladesh (República Popular de) |
BB |
Barbados (Comunidad Británica de Naciones) |
BE |
Bélgica (Reino de) |
BZ |
Belice |
BJ |
Benín (República de) |
BM |
Bermudas |
BY |
Bielorrusia (República de) |
BO |
Bolivia (República de) |
BA |
Bosnia y Herzegovina |
BW |
Botswana (República de) |
BR |
Brasil (República Federativa de) |
BN |
Brunei (Estado de) (Residencia de Paz) |
BG |
Bulgaria (República de) |
BF |
Burkina Faso |
BI |
Burundi (República de) |
BT |
Bután (Reino de) |
CV |
Cabo Verde (República de) |
TD |
Chad (República del) |
KY |
Caimán (Islas) |
KH |
Camboya (Reino de) |
CM |
Camerún (República del) |
CA |
Canadá |
CL |
Chile (República de) |
CN |
China (república popular) |
CY |
Chipre (República de) |
VA |
Ciudad del Vaticano (Estado de la) |
CC |
Cocos (Keeling, Islas Australianas) |
CO |
Colombia (República de) |
KM |
Comoras (Islas) |
CG |
Congo (República del) |
CK |
Cook (Islas) |
KP |
Corea (República Popular Democrática de) (Corea del Norte) |
KR |
Corea (República de) (Corea del Sur) |
CI |
Costa de Marfil (República de la) |
CR |
Costa Rica (República de) |
HR |
Croacia (República de) |
CU |
Cuba (República de) |
DK |
Dinamarca (Reino de) |
DJ |
Djibouti (República de) |
DM |
Dominica (Comunidad de) |
EC |
Ecuador (República del) |
EG |
Egipto (República Árabe de) |
SV |
El Salvador (República de) |
AE |
Emiratos Árabes Unidos |
ER |
Eritrea (Estado de) |
SI |
Eslovenia (República de) |
ES |
España (Reino de) |
FM |
Estado Federado de Micronesia |
US |
Estados Unidos de América |
EE |
Estonia (República de) |
ET |
Etiopia (República Democrática Federal) |
FJ |
Fidji (República de) |
PH |
Filipinas (República de las) |
FI |
Finlandia (República de) |
FR |
Francia (República francesa) |
GA |
Gabonesa (República) |
GM |
Gambia (República de la) |
GE |
Georgia (República de) |
GH |
Ghana (República de) |
GI |
Gibraltar (R.U.) |
GD |
Granada |
GR |
Grecia (República Helénica) |
GL |
Groenlandia (Dinamarca) |
GP |
Guadalupe (Departamento de) |
GU |
Guam (E.U.A.) |
GT |
Guatemala (República de) |
GG |
Guernsey |
GW |
Guinea-Bissau (República de) |
GQ |
Guinea Ecuatorial (República de) |
GN |
Guinea (República de) |
GF |
Guyana Francesa |
GY |
Guyana (República Cooperativa de) |
HT |
Haití (República de) |
HN |
Honduras (República de) |
HK |
Hong Kong (Región Administrativa Especial de la República) |
HU |
Hungría (República de) |
IN |
India (República de) |
ID |
Indonesia (República de) |
IQ |
Irak (República de) |
IR |
Irán (República Islámica del) |
IE |
Irlanda (República de) |
IS |
Islandia (República de) |
BV |
Isla Bouvet |
IM |
Isla de Man |
AX |
Islas Aland |
FO |
Islas Feroe |
GS |
Islas Georgia y Sandwich del Sur |
HM |
Islas Heard y Mcdonald |
FK |
Islas Malvinas (R.U.) |
MP |
Islas Marianas Septentrionales |
MH |
Islas Marshall |
UM |
Islas Menores de Ultramar de Estados Unidos de América |
SB |
Islas Salomón (Comunidad Británica de Naciones) |
SJ |
Islas Svalbard y Jan Mayen (Noruega) |
TK |
Islas Tokelau |
WF |
Islas Wallis y Futuna |
IL |
Israel (Estado de) |
IT |
Italia (República Italiana) |
JM |
Jamaica |
JP |
Japón |
JE |
Jersey |
JO |
Jordania (Reino Hachemita de) |
KZ |
Kazakhstan (República de) |
KE |
Kenya (República de) |
KI |
Kiribati (República de) |
KW |
Kuwait (Estado de) |
KG |
Kyrgyzstan (República Kirgyzia) |
LS |
Lesotho (Reino de) |
LV |
Letonia (República de) |
LB |
Líbano (República de) |
LR |
Liberia (República de) |
LY |
Libia (Jamahiriya Libia Árabe Popular Socialista) |
LI |
Liechtenstein (Principado de) |
LT |
Lituania (República de) |
LU |
Luxemburgo (Gran Ducado de) |
MO |
Macao |
MK |
Macedonia (Antigua República Yugoslava de) |
MG |
Madagascar (República de) |
MY |
Malasia |
MW |
Malawi (República de) |
MV |
Maldivas (República de) |
ML |
Mali (República de) |
MT |
Malta (República de) |
MA |
Marruecos (Reino de) |
MQ |
Martinica (Departamento de) (Francia) |
MU |
Mauricio (República de) |
MR |
Mauritania (República Islámica de) |
YT |
Mayotte |
MX |
México (Estados Unidos Mexicanos) |
MD |
Moldavia (República de) |
MC |
Mónaco (Principado de) |
MN |
Mongolia |
MS |
Monserrat (Isla) |
ME |
Montenegro |
MZ |
Mozambique (República de) |
MM |
Myanmar (Unión de) |
NA |
Namibia (República de) |
NR |
Nauru |
CX |
Navidad (Christmas) (Islas) |
NP |
Nepal (Reino de) |
NI |
Nicaragua (República de) |
NE |
Niger (República de) |
NG |
Nigeria (República Federal de) |
NU |
Nive (Isla) |
NF |
Norfolk (Isla) |
NO |
Noruega (Reino de) |
NC |
Nueva Caledonia (Territorio Francés de Ultramar) |
NZ |
Nueva Zelandia |
OM |
Omán (Sultanato de) |
PIK |
Pacífico, Islas del (Admón. E.U.A.) |
NL |
Países Bajos (Reino de los) (Holanda) |
PK |
Pakistán (República Islámica de) |
PW |
Palau (República de) |
PS |
Palestina |
PA |
Panamá (República de) |
PG |
Papua Nueva Guinea (Estado Independiente de) |
PY |
Paraguay (República del) |
PE |
Perú (República del) |
PN |
Pitcairns (Islas Dependencia Británica) |
PF |
Polinesia Francesa |
PL |
Polonia (República de) |
PT |
Portugal (República Portuguesa) |
PR |
Puerto Rico (Estado Libre Asociado de la Comunidad de) |
QA |
Qatar (Estado de) |
GB |
Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte |
CZ |
República Checa |
CF |
República Centroafricana |
LA |
República Democrática Popular Laos |
RS |
República de Serbia |
DO |
República Dominicana |
SK |
República Eslovaca |
CD |
República Popular del Congo |
RW |
República Ruandesa |
RE |
Reunión (Departamento de la) (Francia) |
RO |
Rumania |
RU |
Rusia (Federación Rusa) |
EH |
Sahara Occidental (República Árabe Saharavi Democrática) |
WS |
Samoa (Estado Independiente de) |
AS |
Samoa Americana |
BL |
San Bartolomé |
KN |
San Cristóbal y Nieves (Federación de) (San Kitts-Nevis) |
SM |
San Marino (Serenísima República de) |
MF |
San Martín |
PM |
San Pedro y Miquelón |
VC |
San Vicente y las Granadinas |
SH |
Santa Elena |
LC |
Santa Lucia |
ST |
Santo Tome y Príncipe (República Democrática de) |
SN |
Senegal (República del) |
SC |
Seychelles (República de las) |
SL |
Sierra Leona (República de) |
SG |
Singapur (República de) |
SY |
Siria (República Árabe) |
SO |
Somalia |
LK |
Sri lanka (República Democrática Socialista de) |
ZA |
Sudáfrica (República de) |
SD |
Sudan (República del) |
SE |
Suecia (Reino de) |
CH |
Suiza (Confederación) |
SR |
Suriname (República de) |
SZ |
Swazilandia (Reino de) |
TJ |
Tadjikistan (República de) |
TH |
Tailandia (Reino de) |
TW |
Taiwán (República de China) |
TZ |
Tanzania (República Unida de) |
IO |
Territorios Británicos del Océano Indico |
TF |
Territorios Franceses, Australes y Antárticos |
TL |
Timor Oriental |
TG |
Togo (República Togolesa) |
TO |
Tonga (Reino de) |
TT |
Trinidad y Tobago (República de) |
TN |
Túnez (República de) |
TC |
Turcas y Caicos (Islas) |
TM |
Turkmenistán (República de) |
TR |
Turquía (República de) |
TV |
Tuvalu (Comunidad Británica de Naciones) |
UA |
Ucrania |
UG |
Uganda (República de) |
UY |
Uruguay (República Oriental del) |
UZ |
Uzbekistán (República de) |
VU |
Vanuatu |
VE |
Venezuela (República de) |
VN |
Vietnam (República Socialista de) |
VG |
Vírgenes. Islas (Británicas) |
VI |
Vírgenes. Islas (Norteamericanas) |
YE |
Yemen (República de) |
ZM |
Zambia (República de) |
ZW |
Zimbabwe (República de) |
Apéndice VII. Catálogo de “tipo de moneda”.
Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo vigente a la fecha de presentación del dictamen fiscal, según el apéndice 5.- claves de monedas, del anexo 22 de las reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2024, publicado en el DOF el 19 de enero de 2024, el cual se presenta a continuación.
País |
Nombre moneda |
África Central |
Franco |
Albania |
Lek |
Alemania |
Euro |
Antillas Holan |
Florin |
Arabia Saudita |
Riyal |
Argelia |
Dinar |
Argentina |
Peso |
Australia |
Dólar |
Austria |
Euro |
Bahamas |
Dólar |
Bahréin |
Dinar |
Barbados |
Dólar |
Bélgica |
Euro |
Belice |
Dólar |
Bermuda |
Dólar |
Bolivia |
Boliviano |
Brasil |
Real |
Bulgaria |
Lev |
Canadá |
Dólar |
Chile |
Peso |
China |
Yuan continental |
China |
Yuan extracontinental |
Chipre |
Euro |
Colombia |
Peso |
Corea del Norte |
Won |
Corea del Sur |
Won |
Costa Rica |
Colón |
Cuba |
Peso |
Croacia (República de) |
Kuna |
Dinamarca |
Corona |
Ecuador |
Dólar |
Egipto |
Libra |
El Salvador |
Colón |
Em. Árabes Unidos |
Dirham |
Eslovenia |
Euro |
España |
Euro |
Estonia |
Euro |
Etiopia |
Birr |
E.U.A. |
Dólar |
Fed. Rusa |
Rublo |
Fidji |
Dólar |
Filipinas |
Peso |
Finlandia |
Euro |
Francia |
Euro |
Ghana |
Cedi |
Gran Bretaña |
Libra esterlina |
Grecia |
Euro |
Guatemala |
Quetzal |
Guyana |
Dólar |
Haiti |
Gourde |
Holanda |
Euro |
Honduras |
Lempira |
Hong Kong |
Dólar |
Hungría |
Forin |
India |
Rupia |
Indonesia |
Rupia |
Irak |
Dinar |
Irán |
Riyal |
Irlanda |
Euro |
Islandia |
Corona |
Israel |
Shekel |
Italia |
Euro |
Jamaica |
Dólar |
Japon |
Yen |
Jordania |
Dinar |
Kenya |
Chelin |
Kuwait |
Dinar |
Letonia |
Euro |
Líbano |
Libra |
Libia |
Dinar |
Lituania |
Litas |
Luxemburgo |
Euro |
Malasia |
Ringgit |
Malta |
Euro |
Marruecos |
Dirham |
México |
Peso |
Montenegro |
Euro |
Nicaragua |
Cordoba |
Nigeria (Fed) |
Naira |
Noruega |
Corona |
Nueva Zelanda |
Dólar |
Pakistán |
Rupia |
Palestina |
Shekel |
Panamá |
Balboa |
Paraguay |
Guaraní |
Perú |
N. Sol |
Polonia |
Zloty |
Portugal |
Euro |
Puerto Rico |
Dólar |
República Checa |
Corona |
República Democrática del Congo |
Franco |
República de Serbia |
Dinar |
República Dominicana |
Peso |
República Eslovaca |
Euro |
Rumania |
Leu |
Singapur |
Dólar |
Siria |
Libra |
Sri-Lanka |
Rupia |
Suecia |
Corona |
Suiza |
Franco |
Surinam |
Dólar |
Tailandia |
Baht |
Taiwán |
Nuevo dólar |
Tanzania |
Chelin |
Trinidad y Tobago |
Dólar |
Turquía |
Lira |
Ucrania |
Hryvna |
Unión Sudafricana |
Rand |
Uruguay |
Peso |
U. Mon. Europea |
Euro |
Venezuela |
Bolivar fuerte |
Vietnam |
Dong |
Yemen (Dem. Pop.) |
Rial |
Yugoslavia |
Dinar |
Los demás países |
Otras monedas |
Apéndice VIII. Catálogo de “principales activos intangibles”, para efectos del anexo “información sobre sus operaciones con partes relacionadas”.
Principales activos intangibles (apéndice B de la Norma de Información Financiera C-8 activos intangibles).
Clave |
I. Activos relacionados con el mercado |
IA) |
Marcas registradas |
IB) |
Nombres comerciales |
IC) |
Marcas de servicio o certificación |
ID) |
Imagen de mercado |
IE) |
Nombres de portales o “sitios de red” en internet |
IF) |
Acuerdos de no competencia |
IG) |
Derechos (transmisión de radio, desarrollo, distribución de gas, aterrizaje, renta, mineros, servicio de hipoteca, franquicia readquirida, servicio, corte de madera, uso o agua) |
IH) |
Otros |
Clave |
II. Activos relacionados con la cartera de clientes |
IIA) |
Listas de clientes |
IIB) |
Producción contratada y pedidos fincados |
IIC) |
Contratos con clientes y las correspondientes relaciones con clientes |
IID) |
Relaciones no contractuales con clientes |
IIE) |
Otros |
Clave |
III. Activos intelectuales o artísticos |
IIIA) |
Obras teatrales, operas, ballets, etc. |
IIIB) |
Libros, revistas, periódicos, manuscritos y otro material literario |
IIIC) |
Obras musicales |
IIID) |
Pinturas y fotografías |
IIIE) |
Material audiovisual, videos, películas, videos musicales y programas de televisión |
IIIF) |
Otros |
Clave |
IV. Activos basados en contratos o derechos |
IVA) |
Contratos de licencia de uso, regalía y prioridad |
IVB) |
Contratos de publicidad, construcción, administración, servicio o suministro |
IVC) |
Permisos o concesiones de explotación de recursos, así como de puertos y aeropuertos |
IVD) |
Contratos de arrendamiento |
IVE) |
Permisos de construcción |
IVF) |
Franquicias |
IVG) |
Permisos, concesiones o derechos de transmisión de cable, radio, televisión y teledifusión |
IVH) |
Permisos o derechos de suministro de agua, energía, distribución de gas, aterrizaje, renta, mineros, etc. |
IVI) |
Otros |
Clave |
V. Activos intangibles tecnológicos |
VA) |
Patentes tecnológicas |
VB) |
Investigación y desarrollo en proceso |
VC) |
Sistemas de cómputo (software), y licencias, programas de cómputo, sistemas de información, formatos, etc. |
VD) |
Tecnología no patentada, conocimiento técnico |
VE) |
Bases de datos, títulos de plantas |
VF) |
Procesos y fórmulas confidenciales |
VG) |
Dibujos técnicos, manuales de procedimientos técnicos, planos |
VH) |
Creación de procesos de manufactura, procedimientos, líneas de producción |
VI) |
Otros |
Clave |
VI. Activos intangibles distintos a los anteriores |
VIA) |
Otros |
Apéndice IX. Catálogo de “concepto más importante que originó el saldo”, para efectos del anexo “cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera”, (no aplicable para dictámenes fiscales del sector financiero).
Clave |
Deudores |
1 |
Fondo fijo |
2 |
Cuenta de cheques |
3 |
Cuenta de inversiones |
4 |
Ventas de inventarios |
5 |
Ventas de activo fijo |
6 |
Ventas de intangibles |
7 |
Ventas de acciones |
8 |
Anticipos |
9 |
Préstamos |
10 |
Regalías |
11 |
Asistencia técnica |
12 |
Publicidad |
13 |
Maquila |
14 |
Venta de cartera |
15 |
Reembolsos |
16 |
Dividendos |
17 |
Comisiones |
18 |
Operaciones financieras derivadas |
19 |
Arrendamiento |
20 |
Prestación de servicios |
21 |
Servicios administrativos |
22 |
Intereses devengados |
23 |
Gastos por cuenta de partes relacionadas |
24 |
Enajenación de intangibles |
25 |
Enajenación de otros cargos y gastos diferidos |
26 |
Enajenación de acciones |
27 |
Enajenación de activo fijo |
28 |
Enajenación de terrenos |
29 |
Otros deudores |
Clave |
Acreedores |
1 |
Préstamos |
2 |
Compras de inventarios |
3 |
Compras de activo fijo |
4 |
Compras de intangibles |
5 |
Compras de acciones |
6 |
Anticipos |
7 |
Concesiones |
8 |
Derechos |
9 |
Por adquisición de acciones |
10 |
Intereses por venta de cartera |
11 |
Gastos a prorrata |
12 |
Garantías |
13 |
Honorarios |
14 |
Publicidad |
15 |
Maquila |
16 |
Servicios |
17 |
Comisiones |
18 |
Intereses a cargo |
19 |
Otros acreedores |
Apéndice X. Catálogo de “tipo de financiamiento”, para efectos del anexo “préstamos”.
Clave |
Tipo de financiamiento |
A |
Aceptaciones bancarias |
B |
Cartas de crédito |
C |
Crédito puente |
D |
Directo |
E |
Habilitación o avío |
F |
Hipotecario |
G |
Líneas globales |
H |
Prendario |
I |
Protocolos |
J |
Quirografarios |
K |
Refaccionario |
L |
Revolvente |
M |
Sindicado |
N |
Otro |
Apéndice XI. Catálogo de “frecuencia de exigibilidad del pago de intereses”, para efectos del anexo “préstamos”.
Clave |
Frecuencia |
1 |
Mensual |
2 |
Trimestral |
3 |
Semestral |
4 |
Anual |
5 |
Otro |
Apéndice XII. Catálogo de “tipo de ingresos en REFIPRES”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”.
Clave |
Frecuencia |
1 |
Intereses en instituciones del sistema financiero |
2 |
Derivados de sociedades o fondos de inversión |
3 |
Otros ingresos derivados de entidades del sistema financiero (swaps, opciones, etc.) |
4 |
Por la inversión en acciones de personas morales |
5 |
Participación en fideicomisos y similares |
6 |
Derivados de inversiones en asociaciones en participación y similares |
7 |
Por venta de acciones |
8 |
Por dividendos o utilidades |
9 |
Otros ingresos |
Apéndice XIII. Catálogo de “carácter de participación en fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”.
Clave |
Frecuencia |
1 |
Fideicomitente |
2 |
Fideicomisario |
3 |
Fiduciario |
4 |
Beneficiario efectivo |
5 |
Aportante de bienes o derechos |
6 |
Administrador |
Apéndice XIV. Catálogo de “tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado para evitar la doble tributación”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”.
Clave |
Frecuencia |
1 |
Tasa |
2 |
Exención |
3 |
Beneficio |
4 |
Subsidio |
5 |
Otros |
Apéndice XV. Catálogo de “vencimiento del plazo”, para efectos del anexo “. Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero”.
Clave |
Vencimiento del plazo |
1 |
Reestructuró |
2 |
Recontrató |
3 |
Reconfiguró |
4 |
Cerró |
5 |
Canceló |
6 |
Liquidó de manera anticipada |
7 |
Liquidó operación contraria |
Apéndice XVI. Catálogo de “destino de préstamo”, para efectos del anexo “socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales”.
Clave |
Destino de préstamo |
1 |
Activo |
2 |
Pasivo |
3 |
Pago dividendos |
4 |
Utilidades |
5 |
Otros |
Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2024 utilizando el sistema de presentación del dictamen 2024 (SIPRED 2024), aplicable a los siguientes tipos de dictámenes.
A. Estados financieros general.
B. Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.
C. Casas de cambio.
D. Intermediarios financieros no bancarios.
E. Fondos de inversión.
Este instructivo es complemento de los formatos guía y del instructivo para la integración y presentación del dictamen.
Contenido y características para el llenado del dictamen
Datos aplicables al dictamen de:
A. Estados financieros general.
Datos de identificación
Datos a proporcionar:
Contribuyente, representante legal, contador público.
01A000000 |
RFC (del contribuyente). |
01B000000 |
RFC (del contador público). |
01B015000 |
RFC (del despacho). |
01C000000 |
RFC (del representante legal). |
· Dato, RFC, del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).
- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
01A001000 |
Nombre (del contribuyente) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social. |
01B001000 |
Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). |
01B014000 |
Nombre del despacho. |
01C001000 |
Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). |
· Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
01A002000 |
CURP (del contribuyente persona física). |
01B002000 |
CURP (del contador público). |
01C004000 |
CURP (del representante legal). |
· Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- Cuatro caracteres alfabéticos.
- Seis caracteres numéricos.
- Seis caracteres alfabéticos.
- Un carácter alfabético o numérico.
- Un carácter numérico.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:
01A003000 |
Entidad federativa (del contribuyente). |
01B004000 |
Entidad federativa (del contador público). |
01C005000 |
Entidad federativa (del representante legal). |
01C015000 |
Entidad en la que se ubica la notaría (representante legal). |
· Dato elegido de una lista (catálogo).
01A004000 |
Alcaldía o municipio (del contribuyente). |
01B005000 |
Alcaldía o municipio (del contador público). |
01C006000 |
Alcaldía o municipio (del representante legal). |
· Dato alcaldía o municipio completo.
· Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01A005000 |
Colonia o localidad (del contribuyente). |
01B006000 |
Colonia o localidad (del contador público). |
01C007000 |
Colonia o localidad (del representante legal). |
· Dato colonia o localidad completa.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01A006000 |
Código postal (del contribuyente). |
01B007000 |
Código postal (del contador público). |
01C008000 |
Código postal (del representante legal). |
· Dato código postal completa.
· Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
01A007000 |
Calle, número exterior e interior (del contribuyente). |
01B008000 |
Calle, número exterior e interior (del contador público). |
01C009000 |
Calle, número exterior e interior (del representante legal). |
· Dato de calle y número completo.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01A008000 |
Ciudad o población (del contribuyente). |
01B009000 |
Ciudad o población (del contador público). |
01C010000 |
Ciudad o población (del representante legal). |
· Dato, ciudad o población completa.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01A009000 |
Teléfono (del contribuyente). |
01B010000 |
Teléfono (del contador público o del despacho). |
01C011000 |
Teléfono (del representante legal). |
· Dato de veinte caracteres numéricos máximo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
01A010000 |
Correo electrónico (del contribuyente). |
01B011000 |
Correo electrónico (del contador público). |
01B012000 |
Correo electrónico del buzón tributario. |
01C012000 |
Correo electrónico (del representante legal). |
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.
· Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).
01A011000 |
Nombre del grupo económico al que pertenece. |
· Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.
01A012000 |
Clave de actividad para efectos fiscales. |
· Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se selecciona de un catálogo.
· Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01C002000 |
Nacional (representante legal). |
01C003000 |
Extranjero (representante legal). |
· Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).
· Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01C013000 |
Número de escritura (representante legal). |
01C014000 |
Número de notaría (representante legal). |
· Datos de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
01C016000 |
Fecha del poder (representante legal). |
01C017000 |
Fecha de designación (representante legal). |
· Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.
· Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”).
01B003000 |
Número de registro (contador público). |
01B016000 |
Número de registro del despacho. |
· Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.
· Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
01B013000 |
Colegio al que pertenece el contador público. |
· Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.
· Dato de caracteres alfabéticos.
· Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Datos generales
Datos a proporcionar:
01D000000 |
Autoridad competente (selección de un catálogo): Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal y Administración General de Hidrocarburos. |
01D001000 |
Sede a la que pertenece la ADAF (selección de un catálogo). |
01D002000 |
Administración General y/o ADAF (selección de un catálogo). |
01D003000 |
Obligado u optativo |
01D020000 |
Tipo de contribuyente especial (selección de un catálogo). |
01D029000 |
Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales (selección de un catálogo): costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo de adquisición para efectos contables (costos históricos), costeo absorbente para efectos fiscales (costos predeterminados estimados), costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo estándar para efectos contables, sistema distinto a los anteriores, no aplica. |
01D034000 |
Tipo de opinión (selección de un catálogo): 1- opinión sin salvedades, 2- opinión con salvedades que tengan implicaciones fiscales, 3- opinión con salvedades que no tengan implicaciones fiscales, 4- opinión negativa que tenga implicaciones fiscales, 5- opinión negativa que no tenga implicaciones fiscales, 6- abstención de opinión. |
01D073000 |
Se trata de: |
01D166000 |
Se realizaron con fines de: |
01D260000 |
En calidad de que participó en alguna fusión: |
01D284000 |
En calidad de que participó en alguna escisión: |
01D391000 |
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR: |
01D394000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
01D397000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
01D400000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
01D403000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
01D406000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
01D409000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
01D412000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
01D415000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
01D418000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
01D421000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
01D424000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
01D427000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
01D451000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
01D454000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
01D457000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
01D460000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
01D463000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
01D466000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
01D469000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
01D472000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
01D475000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
01D478000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
01D481000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
01D484000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
01D487000 |
Cuál es su moneda funcional. |
01D498000 |
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
01D501000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
01D504000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
01D507000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
01D510000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
01D513000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
01D516000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
01D519000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
01D522000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
01D525000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
01D528000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
01D531000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
01D534000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
01D558000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
01D561000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
01D564000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
01D567000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
01D570000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
01D573000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
01D576000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
01D579000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
01D582000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
01D585000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
01D588000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
01D591000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
01D594000 |
Cuál es su moneda funcional. |
· Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez seleccionada una opción de una lista (catálogo).
01D025000 |
Fecha de inicio del ejercicio fiscal. |
01D026000 |
Fecha de terminación del ejercicio fiscal. |
01D027000 |
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. |
01D028000 |
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. |
· Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.
· Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.
· Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/” ).
ejemplo:
inicio final
01/01/2024 31/12/2024
01D004000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
01D005000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
01D006000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
01D008000 |
Forma parte de una asociación en participación. |
01D009000 |
Forma parte de un fideicomiso. |
01D015000 |
Primer dictamen. |
01D016000 |
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. |
01D017000 |
Realizó obras de construcción. |
01D018000 |
En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos conforme al artículo 17, fracción IV de la LISR. |
01D019000 |
Industria maquiladora. |
01D021000 |
Empresa filial. |
01D022000 |
Empresa subsidiaria. |
01D023000 |
Sociedad cooperativa. |
01D024000 |
Inicio de operaciones. |
01D035000 |
Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe llenar del índice 01040000000000 al 01040049000000 del Anexo 4). |
01D042000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas. |
01D043000 |
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 01D042000. (debe llenar los anexos 16 y 17). |
01D044000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. |
01D045000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. |
01D046000 |
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. |
01D047000 |
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 23). |
01D048000 |
Tratándose de sociedades que hayan tenido el carácter de controladoras, disminuyó la pérdida por enajenación de acciones en algún ejercicio posterior a 2015 (para los efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016). |
01D049000 |
En caso afirmativo al índice anterior, señale si liquidó la totalidad del Impuesto Diferido (para los efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016). |
01D050000 |
Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.20. de la 3a RMRMF 2016. |
01D051000 |
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.22. de la RMF 2017. |
01D052000 |
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2018. |
01D053000 |
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2019. |
01D054000 |
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2020. |
01D055000 |
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2021. |
01D056000 |
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2022. |
01D057000 |
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2023. |
01D058000 |
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2024. |
01D059000 |
Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.19. de la 3a RMRMF 2016. |
01D060000 |
Aplicó lo establecido en el transitorio quinto de la RMF 2017. |
01D061000 |
Aplicó lo establecido en el transitorio trigésimo de la RMF 2018. |
01D062000 |
Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo 22 de la LISR. |
01D067000 |
Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada. |
01D068000 |
La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes de aplicar al cierre del ejercicio. |
01D070000 |
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. |
01D072000 |
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. |
01D081000 |
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). |
01D088000 |
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. |
01D091000 |
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. |
01D099000 |
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 12). |
01D100000 |
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 13). |
01D101000 |
Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 19). |
01D102000 |
Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 21). |
01D103000 |
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 22). |
01D104000 |
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. |
01D105000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. |
01D111000 |
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. |
01D112000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). |
01D113000 |
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. |
01D114000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). |
01D115000 |
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). |
01D116000 |
Durante el ejercicio se presentaron avisos de compensación de saldos a favor (para los efectos del artículo 23 CFF). |
01D117000 |
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. |
01D118000 |
Tiene accionistas residentes en el país. |
01D119000 |
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF). |
01D120000 |
Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o accionistas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 del CFF). |
01D121000 |
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes. |
01D122000 |
Tiene inventarios registrados en su contabilidad. |
01D123000 |
En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la LISR). |
01D126000 |
Realizó operaciones con el público en general. |
01D127000 |
Tiene empleados. |
01D135000 |
En caso negativo a la pregunta del índice 01D127000, tiene algún contrato de servicios de personal (outsourcing). |
01D141000 |
Enajenación de bienes. |
01D142000 |
Prestación de servicios. |
01D143000 |
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. |
01D144000 |
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México. |
01D145000 |
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales preferentes. |
01D146000 |
Otros, en caso afirmativo especificar abajo: |
01D150000 |
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. |
01D151000 |
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. |
01D153000 |
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. |
01D154000 |
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). |
01D161000 |
Diario. |
01D162000 |
Mayor. |
01D163000 |
Actas de asamblea de socios o accionistas. |
01D164000 |
Socios o accionistas. |
01D165000 |
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). |
01D169000 |
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). |
01D170000 |
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). |
01D172000 |
El contribuyente cambió el modelo de negocios. |
01D173000 |
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos de los artículos 76, fracciones II y XVII y 110, fracciones III y IV de la LISR). |
01D194000 |
Indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio. |
01D196000 |
Es parte relacionada. |
01D198000 |
Es parte relacionada. |
01D200000 |
Es parte relacionada. |
01D202000 |
Es parte relacionada. |
01D204000 |
Es parte relacionada. |
01D209000 |
Efectuó retención. |
01D211000 |
En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación. |
01D214000 |
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. |
01D215000 |
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. |
01D216000 |
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. |
01D220000 |
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones deriva de absorción de pérdidas financieras. |
01D221000 |
Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de los donativos autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción I y 105, fracción II de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR). |
01D223000 |
Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y 105, último párrafo de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D224000 |
Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de servicios, o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, compensaciones o a través de distintas formas de extinción de las obligaciones cuando lo señalen las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y 105, último párrafo de la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D225000 |
Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y 105, último párrafo de la LISR y 44 del RLISR). |
01D226000 |
Ser deducidas una sola vez (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y 105, fracción IV de la LISR). |
01D228000 |
Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma expresa y por separado cuando así sea procedente (para los efectos de los artículos 27, fracción VI y 105, último párrafo de la LISR). |
01D239000 |
En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR. |
01D240000 |
Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reunieron los requisitos que para cada deducción en particular establece la LISR (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D241000 |
Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y se obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar su declaración y que las fechas de expedición correspondieron al ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR). |
01D252000 |
Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron para los efectos del artículo 28 de la LISR. |
01D259000 |
En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR. |
01D335000 |
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). |
01D336000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. |
01D337000 |
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). |
01D338000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. |
01D344000 |
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 24). |
01D360000 |
Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las recibió en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren correspondido a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designó, o bien, cuando el interés del acreedor quedó satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones (para los efectos del artículo 1o.-B de la LIVA). |
01D362000 |
Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente cobrado, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto (para los efectos de los artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D366000 |
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. |
01D367000 |
El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de la LISR para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). |
01D368000 |
El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente constó por separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II de la LIVA). |
01D369000 |
El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA). |
01D370000 |
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). |
01D371000 |
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). |
01D372000 |
Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso a) de la LIVA). |
01D383000 |
Estuvo obligado al pago del IEPS en el ejercicio. |
01D384000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01180117000000 al 01180145000000 del anexo 18). |
01D386000 |
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. |
01D390000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
01D393000 |
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. |
01D431000 |
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses. |
01D434000 |
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. |
01D437000 |
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
01D441000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
01D443000 |
(a) enajenación de bienes. |
01D444000 |
(b) prestación de servicios independientes. |
01D445000 |
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. |
01D446000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
01D449000 |
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. |
01D450000 |
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. |
01D488000 |
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. |
01D489000 |
Es importador de un sector en específico. |
01D491000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01180146000000 al 01180174000000 del Anexo 18). |
01D493000 |
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. |
01D497000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
01D500000 |
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. |
01D538000 |
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. |
01D541000 |
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. |
01D544000 |
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
01D548000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
01D550000 |
(a) enajenación de bienes. |
01D551000 |
(b) prestación de servicios independientes. |
01D552000 |
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. |
01D553000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
01D556000 |
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. |
01D557000 |
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. |
01D595000 |
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. |
01D596000 |
Es importador de un sector en específico. |
· Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01D074000 |
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). |
01D124000 |
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. |
01D125000 |
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF. |
01D134000 |
Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR). |
01D155000 |
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RIVA). |
01D156000 |
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32 fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RIVA). |
01D157000 |
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D158000 |
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D159000 |
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y trasladó del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D171000 |
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. |
01D174000 |
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). |
01D175000 |
Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos de los artículos 76, fracción IV y 110, fracción V o en fecha distinta de acuerdo con los artículos 110 y 192 del RLISR). |
01D176000 |
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). |
01D177000 |
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). |
01D178000 |
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en el que se señale su monto, donde se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). |
01D179000 |
Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervino (para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR). |
01D180000 |
Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos de los artículos 76, fracción XV y 110, fracción VII de la LISR). |
01D181000 |
Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos de los artículos 76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR). |
01D182000 |
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D183000 |
Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de la LISR). |
01D184000 |
Enajenación de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D185000 |
Prestación de servicios (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D186000 |
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción II de la LISR). |
01D187000 |
Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17, fracción III y 40 de la LISR). |
01D188000 |
Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, segundo párrafo y 40 de la LISR). |
01D189000 |
Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, tercer párrafo y 40 de la LISR). |
01D190000 |
Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad práctica de cobro (para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR). |
01D191000 |
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para su cobro (para los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). |
01D192000 |
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas (para los efectos de los artículos 17 de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). |
01D193000 |
Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra para los efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
01D222000 |
En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR). |
01D227000 |
Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, así como las demás formalidades establecidas (para los efectos de los artículos 27, fracción V y 105, último párrafo de la LISR). |
01D229000 |
En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan invertido en los fines del negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 45 del RLISR). |
01D230000 |
Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se aplicó el tope establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción VII de la LISR). |
01D231000 |
Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o asociaciones civiles, a los que presten servicios domésticos de suministro de agua potable y de recolección de basura y a los que obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente erogados (para los efectos del artículo 27, fracción VIII de la LISR). |
01D232000 |
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). |
01D233000 |
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos de los artículos 27, fracción X y 105, último párrafo de la LISR). |
01D234000 |
Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones correspondientes se otorgaron en forma general en beneficio de todos los trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados a trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos autorizados. (para los efectos de los artículos 7 y 27 fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del RLISR). |
01D235000 |
Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito establecido en el índice anterior se comprobó que el monto de las aportaciones efectuadas haya sido igual al monto aportado por los trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción XI y 105, último párrafo de la LISR y 49 del RLISR). |
01D236000 |
Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se consideró como no deducible el excedente (para los efectos de los artículos 27, fracción XIII y 105, último párrafo de la LISR). |
01D237000 |
En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales para su importación (para los efectos de los artículos 27, fracción XIV y 105, último párrafo de la LISR y demás aplicables de las disposiciones aduaneras). |
01D238000 |
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el mes en que se consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes siempre que haya sido notoria la imposibilidad práctica de cobro y se puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de la LISR). |
01D242000 |
En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR). |
01D243000 |
Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se les entregaron las cantidades correspondientes (para los efectos de los artículos 27, fracción XIX de la LISR y artículo décimo del Decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013). |
01D244000 |
En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras causas no imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos establecidos (para los efectos de los artículos 27, fracción XX de la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D245000 |
En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR. |
01D246000 |
En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción V y 103, último párrafo de la LISR y 57 y 58 del RLISR). |
01D247000 |
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII y 103, último párrafo de la LISR y 60 del RLISR). |
01D248000 |
En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios, accionistas o sus familiares sin relación laboral. |
01D249000 |
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XVII y 103, último párrafo, 121 último párrafo y 122 de la LISR y 219 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D250000 |
En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XX y 103, último párrafo de la LISR y 61 del RLISR). |
01D251000 |
Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se consideró como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos de los artículos 36, fracciones II y III respectivamente y 104 de la LISR). |
01D253000 |
En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR). |
01D254000 |
En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
01D256000 |
La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años. |
01D257000 |
La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior. |
01D258000 |
Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR. |
01D286000 |
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. |
01D339000 |
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. |
01D340000 |
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. |
01D345000 |
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. |
01D347000 |
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. |
01D349000 |
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. |
01D351000 |
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
01D354000 |
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. |
01D355000 |
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
01D356000 |
Aplicó tratados para evitar la doble tributación. |
01D357000 |
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. |
01D358000 |
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. |
01D359000 |
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4.del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
01D361000 |
Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios (para los efectos de los artículos 8o. de la LIVA y 25 del RLIVA). |
01D363000 |
La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos de los artículos 24, fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA). |
01D364000 |
El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto por los derivados de transporte internacional (para los efectos de los artículos 24, fracción V de la LIVA, 48 y 49 del RLIVA). |
01D365000 |
Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso o goce temporal de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados (para los efectos de los artículos 29, fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA). |
01D373000 |
No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso b) de la LIVA). |
01D374000 |
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso c) de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D375000 |
Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D376000 |
No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino habitual, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2 de la LIVA). |
01D377000 |
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas realizadas en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
01D378000 |
En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a las actividades a que estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA). |
01D379000 |
En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del Impuesto Acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA y 19 del RLIVA). |
01D380000 |
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). |
01D381000 |
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
01D382000 |
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
01D432000 |
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
01D433000 |
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
01D448000 |
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
01D539000 |
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
01D540000 |
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
01D555000 |
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
· Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01D076000 |
Fecha del oficio 1. |
01D078000 |
Fecha del oficio 2. |
01D080000 |
Fecha del oficio 3. |
01D083000 |
Fecha de la resolución 1. |
01D085000 |
Fecha de la resolución 2. |
01D087000 |
Fecha de la resolución 3. |
01D089000 |
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). |
01D090000 |
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). |
01D097000 |
Fecha de presentación de la declaración informativa normal. |
01D098000 |
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). |
01D261000 |
Fecha en que surtió efectos la fusión. |
01D285000 |
Fecha en que surtió efectos la escisión. |
01D331000 |
Fecha de inicio de la liquidación. |
01D388000 |
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
01D392000 |
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. |
01D395000 |
(1) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D398000 |
(2) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D401000 |
(3) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D404000 |
(4) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D407000 |
(5) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D410000 |
(6) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D413000 |
(7) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D416000 |
(8) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D419000 |
(9) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D422000 |
(10) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D425000 |
(11) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D428000 |
(12) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D438000 |
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
01D442000 |
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
01D447000 |
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. |
01D452000 |
(1) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D455000 |
(2) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D458000 |
(3) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D461000 |
(4) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D464000 |
(5) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D467000 |
(6) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D470000 |
(7) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D473000 |
(8) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D476000 |
(9) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D479000 |
(10) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D482000 |
(11) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D485000 |
(12) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D495000 |
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
01D499000 |
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. |
01D502000 |
(1) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D505000 |
(2) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D508000 |
(3) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D511000 |
(4) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D514000 |
(5) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D517000 |
(6) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D520000 |
(7) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D523000 |
(8) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D526000 |
(9) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D529000 |
(10) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D532000 |
(11) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D535000 |
(12) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
01D545000 |
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
01D549000 |
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
01D554000 |
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. |
01D559000 |
(1) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D562000 |
(2) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D565000 |
(3) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D568000 |
(4) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D571000 |
(5) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D574000 |
(6) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D577000 |
(7) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D580000 |
(8) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D583000 |
(9) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D586000 |
(10) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D589000 |
(11) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
01D592000 |
(12) fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
· Datos de la fecha del oficio, de la resolución, declaración complementaria, entero del IVA retenido y del envío de la declaración informativa múltiple.
· Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).
01D010000 |
Denominación o razón social fideicomitente. |
01D011000 |
Denominación o razón social fiduciario. |
01D012000 |
Denominación o razón social fideicomisario (1). |
01D013000 |
Denominación o razón social fideicomisario (2). |
01D014000 |
Denominación o razón social fideicomisario (3). |
01D063000 |
Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron. |
01D071000 |
Especifique el o los número(s) de criterio(s). |
01D075000 |
Número de oficio 1. |
01D077000 |
Número de oficio 2. |
01D079000 |
Número de oficio 3. |
01D082000 |
Número de resolución 1. |
01D084000 |
Número de resolución 2. |
01D086000 |
Número de resolución 3. |
01D092000 |
Número de identificación (campo 1). |
01D093000 |
Número de identificación (campo 2). |
01D094000 |
Número de identificación (campo 3). |
01D095000 |
Número de identificación (campo 4). |
01D096000 |
Número de identificación (campo 5). |
01D195000 |
Nombre del comprador 1. |
01D197000 |
Nombre del comprador 2. |
01D199000 |
Nombre del comprador 3. |
01D201000 |
Nombre del comprador 4. |
01D203000 |
Nombre del comprador 5. |
01D263000 |
Fusionante: denominación o razón social. |
01D265000 |
Fusionada 1: denominación o razón social. |
01D267000 |
Fusionada 2: denominación o razón social. |
01D269000 |
Fusionada 3: denominación o razón social. |
01D271000 |
Fusionada 4: denominación o razón social. |
01D273000 |
Fusionada 5: denominación o razón social. |
01D275000 |
Fusionada 6: denominación o razón social. |
01D277000 |
Fusionada 7: denominación o razón social. |
01D279000 |
Fusionada 8: denominación o razón social. |
01D281000 |
Fusionada 9: denominación o razón social. |
01D283000 |
Fusionada 10: denominación o razón social. |
01D387000 |
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
01D389000 |
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. |
01D430000 |
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. |
01D435000 |
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. |
01D439000 |
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
01D440000 |
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
01D490000 |
En caso afirmativo al índice anterior, indique cuál. |
01D494000 |
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
01D496000 |
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. |
01D537000 |
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. |
01D542000 |
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. |
01D546000 |
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
01D547000 |
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
01D597000 |
En caso afirmativo al índice anterior, indique cuál. |
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
01D037000 |
RFC 1. |
01D038000 |
RFC 2. |
01D039000 |
RFC 3. |
01D040000 |
RFC 4. |
01D041000 |
RFC 5. |
01D106000 |
(especificar nombre anterior). |
01D107000 |
(especificar nombre anterior). |
01D108000 |
(especificar nombre anterior). |
01D109000 |
(especificar nombre anterior). |
01D110000 |
(especificar nombre anterior). |
01D136000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
01D137000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
01D138000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
01D139000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
01D140000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
01D262000 |
Fusionante: RFC. |
01D264000 |
Fusionada 1: RFC. |
01D266000 |
Fusionada 2: RFC. |
01D268000 |
Fusionada 3: RFC. |
01D270000 |
Fusionada 4: RFC. |
01D272000 |
Fusionada 5: RFC. |
01D274000 |
Fusionada 6: RFC. |
01D276000 |
Fusionada 7: RFC. |
01D278000 |
Fusionada 8: RFC. |
01D280000 |
Fusionada 9: RFC. |
01D282000 |
Fusionada 10: RFC. |
01D287000 |
Escindida 1: RFC. |
01D291000 |
Escindida 2: RFC. |
01D295000 |
Escindida 3: RFC. |
01D299000 |
Escindida 4: RFC. |
01D303000 |
Escindida 5: RFC. |
01D307000 |
Escindida 6: RFC. |
01D311000 |
Escindida 7: RFC. |
01D315000 |
Escindida 8: RFC. |
01D319000 |
Escindida 9: RFC. |
01D323000 |
Escindida 10: RFC. |
01D327000 |
Escindente: RFC. |
01D332000 |
(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social). |
01D333000 |
(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social). |
01D334000 |
(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social). |
· Dato, RFC.
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:
- cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).
- tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
01D147000 |
Especificar. |
01D148000 |
Especificar. |
01D149000 |
Especificar. |
· Para efectos de estos índices, se anotarán en el concepto datos referentes al concepto de “otros”.
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
01D007000 |
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 01D004000, 01D005000 y 01D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
01D065000 |
Precio de venta de las acciones enajenadas. |
01D066000 |
Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las acciones. |
01D069000 |
En caso de que su respuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el importe de la pérdida por enajenación de acciones actualizada al cierre del ejercicio. |
01D128000 |
Número de trabajadores. |
01D129000 |
Total del ISR retenido y enterado por salarios. |
01D130000 |
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. |
01D131000 |
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. |
01D132000 |
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. |
01D133000 |
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. |
01D152000 |
Monto de IVA que originó dicha operación. |
01D160000 |
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. |
01D167000 |
Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio. |
01D168000 |
Monto de la pérdida deducible en el ejercicio. |
01D205000 |
Total de ingresos por venta de acciones. |
01D206000 |
Total de ingresos por venta de intangibles. |
01D207000 |
Total de costo promedio de las acciones enajenadas. |
01D208000 |
Total del monto original de la inversión ajustado. |
01D210000 |
Monto del entero por la operación. |
01D212000 |
Monto de pérdida fiscal pendiente de amortizar provenientes de enajenación de acciones y de otros títulos valor cuyo rendimiento no sea interés en términos del artículo 8 LISR. |
01D213000 |
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivadas pactadas fuera de mercados reconocidos. |
01D217000 |
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. |
01D218000 |
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. |
01D219000 |
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. |
01D255000 |
Monto de la deuda que genera intereses a cargo. |
01D288000 |
Valor activo: |
01D289000 |
Valor pasivo: |
01D290000 |
Valor capital social: |
01D292000 |
Valor activo: |
01D293000 |
Valor pasivo: |
01D294000 |
Valor capital social: |
01D296000 |
Valor activo: |
01D297000 |
Valor pasivo: |
01D298000 |
Valor capital social: |
01D300000 |
Valor activo: |
01D301000 |
Valor pasivo: |
01D302000 |
Valor capital social: |
01D304000 |
Valor activo: |
01D305000 |
Valor pasivo: |
01D306000 |
Valor capital social: |
01D308000 |
Valor activo: |
01D309000 |
Valor pasivo: |
01D310000 |
Valor capital social: |
01D312000 |
Valor activo: |
01D313000 |
Valor pasivo: |
01D314000 |
Valor capital social: |
01D316000 |
Valor activo: |
01D317000 |
Valor pasivo: |
01D318000 |
Valor capital social: |
01D320000 |
Valor activo: |
01D321000 |
Valor pasivo: |
01D322000 |
Valor capital social: |
01D324000 |
Valor activo: |
01D325000 |
Valor pasivo: |
01D326000 |
Valor capital social: |
01D328000 |
Valor activo: |
01D329000 |
Valor pasivo: |
01D330000 |
Valor capital social: |
01D341000 |
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. |
01D342000 |
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. |
01D343000 |
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. |
01D346000 |
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. |
01D348000 |
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. |
01D350000 |
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. |
01D352000 |
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
01D353000 |
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR. |
01D396000 |
(1) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D399000 |
(2) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D402000 |
(3) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D405000 |
(4) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D408000 |
(5) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D411000 |
(6) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D414000 |
(7) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D417000 |
(8) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D420000 |
(9) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D423000 |
(10) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D426000 |
(11) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D429000 |
(12) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D436000 |
Monto del beneficio. |
01D453000 |
(1) Monto pagado. |
01D456000 |
(2) Monto pagado. |
01D459000 |
(3) Monto pagado. |
01D462000 |
(4) Monto pagado. |
01D465000 |
(5) Monto pagado. |
01D468000 |
(6) Monto pagado. |
01D471000 |
(7) Monto pagado. |
01D474000 |
(8) Monto pagado. |
01D477000 |
(9) Monto pagado. |
01D480000 |
(10) Monto pagado. |
01D483000 |
(11) Monto pagado. |
01D486000 |
(12) Monto pagado. |
01D503000 |
(1) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D506000 |
(2) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D509000 |
(3) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D512000 |
(4) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D515000 |
(5) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D518000 |
(6) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D521000 |
(7) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D524000 |
(8) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D527000 |
(9) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D530000 |
(10) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D533000 |
(11) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D536000 |
(12) Monto pagado en la declaración complementaria. |
01D543000 |
Monto del beneficio. |
01D560000 |
(1) Monto pagado. |
01D563000 |
(2) Monto pagado. |
01D566000 |
(3) Monto pagado. |
01D569000 |
(4) Monto pagado. |
01D572000 |
(5) Monto pagado. |
01D575000 |
(6) Monto pagado. |
01D578000 |
(7) Monto pagado. |
01D581000 |
(8) Monto pagado. |
01D584000 |
(9) Monto pagado. |
01D587000 |
(10) Monto pagado. |
01D590000 |
(11) Monto pagado. |
01D593000 |
(12) Monto pagado. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos.
· Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.
· Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
· Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
01D064000 |
Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se enajenaron. |
01D385000 |
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. |
01D492000 |
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. |
· Datos de caracteres numéricos con dos decimales.
· Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
Anexo |
Datos a proporcionar |
|
|
1.- Estado de situación financiera. |
2024 y 2023 y variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. |
2.- Estado de resultado integral. |
Total 2024 y 2023, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023. |
3.- Estado de cambios en el capital contable. |
Capital social proveniente de aportaciones, capital social proveniente de capitalización, aportaciones para futuros aumentos de capital, prima en suscripción de acciones, reserva legal, utilidad neta, pérdida neta, utilidades retenidas de ejercicios anteriores, pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, otros resultados integrales (deudor), otros resultados integrales (acreedor), exceso en la actualización del capital contable, insuficiencia en la actualización del capital contable, resultado por tenencia de activos no monetarios, otras cuentas de capital acreedoras, otras cuentas de capital deudoras y total del capital contable. |
4.- Estado de flujos de efectivo. |
2024 y 2023. |
5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos. |
2024 y 2023, variación en pesos respecto ejercicio fiscal anterior, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023, total acumulables para ISR 2024 y 2023, total no acumulables para ISR 2024 y 2023. |
6.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. |
Total 2024 y 2023, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023. |
7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. |
Gastos de fabricación, venta, administración y generales 2024 y 2023; gastos de fabricación, venta, administración y generales: variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior; total 2024 y 2023; gastos de fabricación, venta, administración y generales partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023 total deducibles para ISR 2024 y 2023; total no deducibles para ISR 2024 y 2023. |
8.- Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. |
2024 y 2023; acumulables o deducibles para ISR: 2024 y 2023; partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023; no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2024 y 2023. |
9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
Base gravable; contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría. |
10.- Relación de contribuciones por pagar. |
Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar, importe de la contribución en litigio. |
11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
2024 y 2023, variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. |
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
Monto contratado; efecto fiscal que tuvo en el ejercicio ingreso (deducción); importe del efecto fiscal que tuvo en el ejercicio; valor pactado sobre el subyacente; indique el monto de ingreso acumulable o (deducción autorizada) generado. |
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación y valor de la inversión. |
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones; monto de retiros de capital; monto de préstamos efectuados y monto de préstamos recibidos; monto de prima en suscripción de acciones. |
15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral, los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. |
2024 y 2023, variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. |
16.- Operaciones con partes relacionadas. |
Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado, ISR retenido. |
17.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. |
Datos a proporcionar. |
18.- Datos informativos. |
Datos a proporcionar. |
19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría, ISR retenido pagado y diferencia. |
20.- Inversiones. |
Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio. |
21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. |
Saldo en moneda extranjera, saldo en moneda nacional. |
22.- Préstamos. |
Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023, conversión de moneda, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado. |
24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
25.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles. |
Nota: el orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos.
· Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.
· Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
· Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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1.- Estado de situación financiera. |
Texto referente a la explicación de las variaciones. |
5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos. |
Texto referente a la explicación de las variaciones. |
7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. |
Texto referente a la explicación de las variaciones de gastos de fabricación, venta, administración y generales. |
4.1- Notas a los estados financieros. |
Texto referente a las notas a los estados financieros. |
9.1- Declaratoria. |
Texto referente a la declaratoria. |
11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
Texto referente a la explicación de las variaciones. |
15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. |
Texto referente a la explicación de las variaciones. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Este texto sí podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).
· El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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1.- Estado de situación financiera. |
Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal anterior); porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. |
5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos. |
Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal anterior) y porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. |
7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. |
Gastos de fabricación, gastos de venta, gastos de administración y gastos generales: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior) y gastos de fabricación, gastos de venta, gastos de administración y gastos generales: porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. |
9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
Tasa, tarifa o cuota. |
11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal), porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal anterior), porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. |
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
% de retención sobre la ganancia. |
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Porcentaje de participación en el capital de la entidad. |
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio y porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamos recibidos. |
15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. |
Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal), porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal anterior), porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. |
16.- Operaciones con partes relacionadas. |
Tasa. |
19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Tasa. |
22.- Préstamos. |
Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR. |
24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado. |
25.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Proporción de ingresos. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.
· Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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10.- Relación de contribuciones por pagar. |
Institución de crédito o SAT; pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio y administración receptora. |
12.-.Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
País de residencia, tipo de operación contratada deuda o capital; indique si antes del vencimiento del plazo realizó, tipo de moneda., tipo de subyacente. |
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). |
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo y forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). |
16.- Operaciones con partes relacionadas. |
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia y método de precios de transferencia aplicado. |
19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia. |
21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. |
País de residencia fiscal, tipo de moneda, antigüedad de la cuenta por cobrar y por pagar (meses), indique si la cuenta proviene de una fusión, escisión de sociedades o cesión de derechos u obligaciones, concepto más importante que originó el saldo, en caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor", especifique concepto: |
22.- Préstamos. |
Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro”, especifique concepto. |
24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación. |
· Datos de caracteres alfanuméricos en mayúsculas.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo |
Datos a proporcionar |
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10.- Relación de contribuciones por pagar. |
Número de la operación; pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio y oficio de autorización de pago en parcialidades: número. |
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
Número de identificación fiscal, en caso de que en la columna "tipo de subyacente" haya seleccionado "otros" especifique concepto, en caso de que haya liquidado mediante celebración de una operación contraria, indique las razones. |
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Número de identificación fiscal. |
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
16.- Operaciones con partes relacionadas. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Número de identificación fiscal. |
21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
22.- Préstamos. |
Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado; destino del capital tomado en préstamo número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México. |
23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
2023 a 2013. |
24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Número de identificación fiscal. |
25.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 14.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 16.- operaciones con partes relacionadas y 23.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:
· Datos de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.
- Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha: (dos caracteres para año, dos para el mes y dos para el día).
- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
Anexo |
Datos a proporcionar |
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10.- Relación de contribuciones por pagar. |
Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre) fecha de presentación y oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha. |
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
Fecha de celebración del contrato que le dio origen a la operación, fecha de celebración de la más reciente adenda al contrato origen y vigencia: del y al. |
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria. |
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Periodo de tenencia: del y al. |
22.- Préstamos. |
Vigencia del préstamo del y al, fecha en la que se realizó la conversión de moneda. |
24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del y al. |
· Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2018.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
Anexo |
Datos a proporcionar |
23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
2023 al 2013. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo |
Datos a proporcionar |
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si o no) e indique si se contrató con una parte relacionada (si o no). |
16.- Operaciones con partes relacionadas. |
La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo, indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2. fracción II, de la RMF 2024) (si o no), indique si obtuvo beneficios de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a), existió retención y entero de ISR por esta operación. |
19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no); indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no). |
21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. |
Indique si es parte relacionada (si o no), generó intereses (si o no) e indique si la cuenta por cobrar o por pagar se encuentra cubierta por algún instrumento financiero derivado. (si o no). |
22.- Préstamos. |
Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no). |
23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
2023 al 2013. |
24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no). |
25.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no). |
· Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
· Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no, n/a) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Contenido y características para el llenado del dictamen
Datos aplicables al dictamen de:
B. Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.
Datos de identificación
Datos a proporcionar:
Contribuyente, representante legal, contador público.
40A000000 |
RFC (del contribuyente). |
40B000000 |
RFC (del contador público). |
40B015000 |
RFC (del despacho). |
40C000000 |
RFC (del representante legal). |
· Dato, RFC, del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).
- tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
40A001000 |
Nombre (del contribuyente) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social. |
40B001000 |
Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). |
40B014000 |
Nombre del despacho. |
40C001000 |
Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). |
· Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
40A002000 |
CURP (del contribuyente persona física). |
40B002000 |
CURP (del contador público). |
40C004000 |
CURP (del representante legal). |
· Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- cuatro caracteres alfabéticos.
- seis caracteres numéricos.
- seis caracteres alfabéticos.
- un carácter alfabético o numérico.
- un carácter numérico.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:
40A003000 |
Entidad federativa (del contribuyente). |
40B004000 |
Entidad federativa (del contador público). |
40C005000 |
Entidad federativa (del representante legal). |
40C015000 |
Entidad en la que se ubica la notaria (del representante legal). |
· Dato elegido de una lista (catálogo).
40A004000 Alcaldía o municipio (del contribuyente).
40B005000 Alcaldía o municipio (del contador público).
40C006000 Alcaldía o municipio (del representante legal).
· Dato alcaldía o municipio completo.
· Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40A005000 Colonia o localidad (del contribuyente).
40B006000 Colonia o localidad (del contador público).
40C007000 Colonia o localidad (del representante legal).
· Dato colonia o localidad completa.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40A006000 Código postal (del contribuyente).
40B007000 Código postal (del contador público).
40C008000 Código postal (del representante legal).
· Dato código postal completa.
· Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
40A007000 Calle, número exterior e interior (del contribuyente).
40B008000 Calle, número exterior e interior (del contador público).
40C009000 Calle, número exterior e interior (del representante legal).
· Dato de calle y número completo.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40A008000 Ciudad o población (del contribuyente).
40B009000 Ciudad o población (del contador público).
40C010000 Ciudad o población (del representante legal).
· Dato, ciudad o población completa.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40A009000 Teléfono (del contribuyente).
40B010000 Teléfono (del contador público o del despacho).
40C011000 Teléfono (del representante legal).
· Dato de veinte caracteres numéricos máximo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
40A010000 correo electrónico (del contribuyente).
40B011000 correo electrónico (del contador público).
40B011000 correo electrónico del buzón tributario.
40C012000 correo electrónico (del representante legal).
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.
· Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).
40A011000 Nombre del grupo económico al que pertenece.
· Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.
40A012000 clave de actividad para efectos fiscales.
· Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se selecciona de un catálogo.
· Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40C002000 Nacional (representante legal).
40C003000 Extranjero (representante legal).
· Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).
· Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40C013000 Número de escritura (representante legal).
40C014000 Número de notaría (representante legal).
· Datos de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
40C016000 Fecha del poder (representante legal).
40C017000 Fecha de designación (representante legal).
· Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.
· Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”).
40B003000 Número de registro (contador público).
40B016000 Número de registro del despacho.
· Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.
· Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
40B013000 Colegio al que pertenece el contador público.
· Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.
· Dato de caracteres alfabéticos.
· Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Datos generales
Datos a proporcionar:
40D000000 |
Autoridad competente. |
40D001000 |
Sede a la que pertenece la ADAF. |
40D002000 |
Administración General y/o ADAF. |
40D003000 |
Obligado u optativo. |
40D022000 |
Tipo de contribuyente especial. |
40D030000 |
Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales: |
40D035000 |
Tipo de opinión. |
40D061000 |
Se trata de: |
Se realizaron con fines de: |
|
40D250000 |
En calidad de que participó en alguna fusión: |
40D274000 |
En calidad de que participó en alguna escisión: |
· Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez seleccionada una opción de una lista (catálogo).
40D026000 |
Fecha de inicio del ejercicio fiscal. |
40D027000 |
Fecha de terminación del ejercicio fiscal. |
40D028000 |
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. |
40D029000 |
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. |
· Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.
· Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.
· Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales ”/” ).
ejemplo:
inicio final
01/01/2024 31/12/2024
40D004000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
40D005000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
40D006000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
40D008000 |
Forma parte de una asociación en participación. |
40D009000 |
Forma parte de un fideicomiso. |
40D015000 |
Primer dictamen. |
40D016000 |
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. |
40D017000 |
Realizó obras de construcción. |
40D018000 |
En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR. |
40D019000 |
Empresa dedicada a la actividad agrícola, ganadera, silvícola, pesquera o sociedad cooperativa de producción. |
40D020000 |
Empresa dedicada a la actividad de autotransporte terrestre de carga o de pasajeros o complementarias. |
40D021000 |
Empresa como coordinado. |
40D023000 |
Empresa filial. |
40D024000 |
Empresa subsidiaria. |
40D025000 |
Inicio de operaciones. |
40D036000 |
Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe llenar del índice 40040000000000 al 40040050000000 del anexo 4). |
40D043000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas. |
40D044000 |
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 40D043000. (debe llenar los anexos 16 y 17). |
40D045000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. |
40D046000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. |
40D047000 |
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. |
40D048000 |
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 24). |
40D050000 |
Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo 22 de la LISR. |
40D055000 |
Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada. |
40D056000 |
La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes de aplicar al cierre del ejercicio. |
40D058000 |
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. |
40D060000 |
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. |
40D069000 |
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). |
40D076000 |
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. |
40D079000 |
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. |
40D087000 |
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 12). |
40D088000 |
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 13). |
40D090000 |
Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 20). |
40D091000 |
Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 22). |
40D092000 |
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 23). |
40D093000 |
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. |
40D094000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF) asimismo, especifique el RFC y nombres anteriores. |
40D100000 |
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. |
40D101000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). |
40D102000 |
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. |
40D103000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). |
40D104000 |
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). |
40D105000 |
Durante el ejercicio se presentaron avisos de compensación de saldos a favor (para los efectos del artículo 23 CFF). |
40D106000 |
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. |
40D107000 |
Tiene accionistas residentes en el país. |
40D108000 |
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF). |
40D109000 |
Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o accionistas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 CFF). |
40D110000 |
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes. |
40D112000 |
En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la LISR) |
40D115000 |
Realizó operaciones con el público en general |
40D116000 |
Tiene empleados |
40D124000 |
En caso negativo a la pregunta del índice 40D116000, tiene algún contrato de servicios de personal (outsourcing). |
40D130000 |
Enajenación de bienes. |
40D131000 |
Prestación de servicios. |
40D132000 |
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. |
40D133000 |
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México. |
40D134000 |
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales preferentes. |
40D135000 |
Otros, en caso afirmativo especificar abajo: |
40D139000 |
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. |
40D140000 |
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. |
40D142000 |
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. |
40D143000 |
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). |
40D150000 |
Diario. |
40D151000 |
Mayor. |
40D152000 |
Actas de asamblea de socios o accionistas. |
40D153000 |
Socios o accionistas. |
40D154000 |
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). |
40D158000 |
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). |
40D159000 |
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B bis del CFF). |
40D161000 |
El contribuyente cambió el modelo de negocios. |
40D162000 |
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR). |
40D183000 |
Indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio. |
40D185000 |
Es parte relacionada. |
40D187000 |
Es parte relacionada. |
40D189000 |
Es parte relacionada. |
40D191000 |
Es parte relacionada. |
40D193000 |
Es parte relacionada. |
40D198000 |
Efectuó retención. |
40D200000 |
En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación. |
40D203000 |
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. |
40D204000 |
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. |
40D205000 |
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. |
40D209000 |
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de pérdidas financieras. |
40D211000 |
Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de los donativos autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125, y 131 del RLISR). |
40D213000 |
Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos del artículo 27, fracción III de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D214000 |
Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de servicios, o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, compensaciones o a través de distintas formas de extinción de las obligaciones cuando lo señalen las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III de la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D215000 |
Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos 27, fracción IV de la LISR y 44 del RLISR). |
40D216000 |
Ser deducidas una sola vez (para los efectos del artículo 27, fracción IV de la LISR). |
40D218000 |
Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma expresa y por separado cuando así sea procedente (para los efectos del artículo 27, fracción VI de la LISR). |
40D229000 |
En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR. |
40D230000 |
Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reunieron los requisitos que para cada deducción en particular establece la LISR (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D231000 |
Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y se obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar su declaración y que las fechas de expedición correspondieron al ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos del artículo 27, fracción XVIII de la LISR). |
40D242000 |
Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron a que hace referencia el artículo 28 de la LISR. |
40D249000 |
En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR. |
40D325000 |
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). |
40D326000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. |
40D327000 |
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). |
40D328000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. |
40D334000 |
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 25). |
40D351000 |
Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las recibió en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren correspondido a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designó, o bien, cuando el interés del acreedor quedó satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones (para los efectos del artículo 1o.-B de la LIVA). |
40D353000 |
Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente cobrado, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto (para los efectos de los artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D357000 |
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. |
40D358000 |
El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de la LISR para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). |
40D359000 |
El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente constó por separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II de la LIVA). |
40D360000 |
El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA). |
40D361000 |
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). |
40D362000 |
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). |
40D363000 |
Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V inciso a) de la LIVA). |
40D374000 |
Estuvo obligado al pago del IEPS en el ejercicio. |
· Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40D049000 |
Indique si promovió juicios que estén pendientes de resolver respecto a la desconsolidación. |
40D062000 |
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). |
40D089000 |
La persona moral cumplió por cuenta de sus integrantes con lo dispuesto en los capítulos VII y VIII (para los efectos de los artículos 72 y 73 LISR). |
40D111000 |
Tiene inventarios registrados en su contabilidad. |
40D113000 |
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. |
40D114000 |
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del CFF. |
40D123000 |
Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR). |
40D144000 |
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). |
40D145000 |
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA; 20 y 74 del RLIVA). |
40D146000 |
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D147000 |
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D148000 |
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D160000 |
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. |
40D163000 |
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). |
40D164000 |
Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos de los artículos 76, fracción IV o en fecha distinta de acuerdo al artículo 110 del RLISR). |
40D165000 |
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). |
40D166000 |
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). |
40D167000 |
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en el que se señale su monto, donde se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). |
40D168000 |
Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervino (para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR). |
40D169000 |
Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR). |
40D170000 |
Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos de los artículos 76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR). |
40D171000 |
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D172000 |
Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140 párrafo segundo de la LISR). |
40D173000 |
Enajenación de bienes (para los efectos de los artículos 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D174000 |
Prestación de servicios (para los efectos de los artículos 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D175000 |
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos de los artículos 17, fracción II de la LISR). |
40D176000 |
Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17, fracción III y 40 de la LISR). |
40D177000 |
Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, segundo párrafo y 40 de la LISR). |
40D178000 |
Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, tercer párrafo y 40 de la LISR). |
40D179000 |
Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad práctica de cobro (para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR). |
40D180000 |
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para su cobro (para los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). |
40D181000 |
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas (para los efectos de los artículos 17 de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). |
40D182000 |
Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra para los efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
40D210000 |
Registró por separado los ingresos de las operaciones que realizó por cuenta de cada uno de sus integrantes (para los efectos de los artículos 72, fracción IV y 75 fracción II LISR). |
40D212000 |
En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR). |
40D217000 |
Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, así como las demás formalidades establecidas (para los efectos del artículo 27, fracción V de la LISR). |
40D219000 |
En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan invertido en los fines del negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 45 del RLISR). |
40D220000 |
Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se aplicó el tope establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción VII de la LISR). |
40D221000 |
Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o asociaciones civiles, a los que presten servicios domésticos de suministro de agua potable y de recolección de basura y a los que obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente erogados (para los efectos del artículo 27, fracción VIII de la LISR). |
40D222000 |
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). |
40D223000 |
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR). |
40D224000 |
Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones correspondientes se otorgaron en forma general en beneficio de todos los trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados a trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos autorizados. (para los efectos de los artículos 7 y 27, fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del RLISR). |
40D225000 |
Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito establecido en el índice anterior se comprobó que el monto de las aportaciones efectuadas haya sido igual al monto aportado por los trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción XI de la LISR y 49 del RLISR). |
40D226000 |
Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se consideró como no deducible el excedente (para los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR). |
40D227000 |
En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales para su importación (para los efectos del artículo 27, fracción XIV de la LISR y demás aplicables de las disposiciones aduaneras). |
40D228000 |
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el mes en que se consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes siempre que haya sido notoria la imposibilidad práctica de cobro y se puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de la LISR). |
40D232000 |
En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción XVIII de la LISR). |
40D233000 |
Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se les entregaron las cantidades correspondientes (para los efectos de los artículos 27, fracción XIX de la LISR y artículo décimo del Decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013). |
40D234000 |
En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras causas no imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos establecidos (para los efectos de los artículos 27, fracción XX de la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D235000 |
En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR. |
40D236000 |
En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción V de la LISR y 57 y 58 del RLISR). |
40D237000 |
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR). |
40D238000 |
En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios, accionistas o sus familiares sin relación laboral. |
40D239000 |
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D240000 |
En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XX de la LISR y 61 del RLISR). |
40D241000 |
Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se consideró como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36, fracciones II y III respectivamente de la LISR). |
40D243000 |
En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR). |
40D244000 |
En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
40D246000 |
La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años. |
40D247000 |
La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior. |
40D248000 |
Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR. |
40D276000 |
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. |
40D329000 |
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. |
40D330000 |
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. |
40D335000 |
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas |
40D337000 |
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. |
40D339000 |
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. |
40D341000 |
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
40D344000 |
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. |
40D345000 |
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
40D346000 |
Aplicó tratados para evitar la doble tributación. |
40D347000 |
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. |
40D348000 |
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. |
40D349000 |
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
40D350000 |
Efectuó por cuenta de sus integrantes las retenciones y entero de las mismas, y en su caso expidió las constancias de dichas retenciones (para los efectos de los artículos 72, fracción III y 74, párrafo séptimo, fracción III LISR). |
40D352000 |
Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios (para los efectos de los artículos 8 de la LIVA y 25 del RLIVA). |
40D354000 |
La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos de los artículos 24, fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA). |
40D355000 |
El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto por los derivados de transporte internacional (para los efectos de los artículos 24, fracción V de la LIVA, 48 y 49 del RLIVA). |
40D356000 |
Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso o goce temporal de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados (para los efectos de los artículos 29, fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA). |
40D364000 |
No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V inciso b) de la LIVA). |
40D365000 |
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V inciso c) de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D366000 |
Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D367000 |
No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino habitual, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2 de la LIVA). |
40D368000 |
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas realizadas en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
40D369000 |
En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a las actividades a que estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA). |
40D370000 |
En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos de los artículos 5o.-A de la LIVA y 19 del RLIVA). |
40D371000 |
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). |
40D372000 |
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
40D373000 |
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
· Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40D064000 |
Fecha del oficio 1. |
40D066000 |
Fecha del oficio 2. |
40D068000 |
Fecha del oficio 3. |
40D071000 |
Fecha de la resolución 1. |
40D073000 |
Fecha de la resolución 2. |
40D075000 |
Fecha de la resolución 3. |
40D077000 |
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). |
40D078000 |
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). |
40D085000 |
Fecha de presentación de la declaración informativa normal. |
40D086000 |
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). |
40D251000 |
Fecha en que surtió efectos la fusión. |
40D275000 |
Fecha en que surtió efectos la escisión. |
40D321000 |
Fecha de inicio de la liquidación. |
· Datos de la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple.
· Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de presentación de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).
40D010000 |
Denominación o razón social fideicomitente. |
40D011000 |
Denominación o razón social fiduciario. |
40D012000 |
Denominación o razón social fideicomisario (1). |
40D013000 |
Denominación o razón social fideicomisario (2). |
40D014000 |
Denominación o razón social fideicomisario (3). |
40D051000 |
Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron. |
40D059000 |
Especifique el o los número(s) de criterio(s). |
40D063000 |
Número de oficio 1. |
40D065000 |
Número de oficio 2. |
40D067000 |
Número de oficio 3. |
40D070000 |
Número de resolución 1. |
40D072000 |
Número de resolución 2. |
40D074000 |
Número de resolución 3. |
40D080000 |
Número de identificación (campo 1). |
40D081000 |
Número de identificación (campo 2). |
40D082000 |
Número de identificación (campo 3). |
40D083000 |
Número de identificación (campo 4). |
40D084000 |
Número de identificación (campo 5). |
40D184000 |
Nombre del comprador 1. |
40D186000 |
Nombre del comprador 2. |
40D188000 |
Nombre del comprador 3. |
40D190000 |
Nombre del comprador 4. |
40D192000 |
Nombre del comprador 5. |
40D253000 |
Fusionante: denominación o razón social. |
40D255000 |
Fusionada 1: denominación o razón social. |
40D257000 |
Fusionada 2: denominación o razón social. |
40D259000 |
Fusionada 3: denominación o razón social. |
40D261000 |
Fusionada 4: denominación o razón social. |
40D263000 |
Fusionada 5: denominación o razón social. |
40D265000 |
Fusionada 6: denominación o razón social. |
40D267000 |
Fusionada 7: denominación o razón social. |
40D269000 |
Fusionada 8: denominación o razón social. |
40D271000 |
Fusionada 9: denominación o razón social. |
40D273000 |
Fusionada 10: denominación o razón social. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
40D038000 |
RFC 1. |
40D039000 |
RFC 2. |
40D040000 |
RFC 3. |
40D041000 |
RFC 4. |
40D042000 |
RFC 5. |
40D095000 |
(especificar nombre anterior). |
40D096000 |
(especificar nombre anterior). |
40D097000 |
(especificar nombre anterior). |
40D098000 |
(especificar nombre anterior). |
40D099000 |
(especificar nombre anterior). |
40D125000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
40D126000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
40D127000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
40D128000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
40D129000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
40D252000 |
Fusionante: RFC. |
40D254000 |
Fusionada 1: RFC. |
40D256000 |
Fusionada 2: RFC. |
40D258000 |
Fusionada 3: RFC. |
40D260000 |
Fusionada 4: RFC. |
40D262000 |
Fusionada 5: RFC. |
40D264000 |
Fusionada 6: RFC. |
40D266000 |
Fusionada 7: RFC. |
40D268000 |
Fusionada 8: RFC. |
40D270000 |
Fusionada 9: RFC. |
40D272000 |
Fusionada 10: RFC. |
40D277000 |
Escindida 1: RFC. |
40D281000 |
Escindida 2: RFC. |
40D285000 |
Escindida 3: RFC. |
40D289000 |
Escindida 4: RFC. |
40D293000 |
Escindida 5: RFC. |
40D297000 |
Escindida 6: RFC. |
40D301000 |
Escindida 7: RFC. |
40D305000 |
Escindida 8: RFC. |
40D309000 |
Escindida 9: RFC. |
40D313000 |
Escindida 10: RFC. |
40D317000 |
Escindente: RFC. |
40D322000 |
Liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social. |
40D323000 |
Liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social. |
40D324000 |
Liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social. |
· Dato, RFC.
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:
- cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).
- tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
40D136000 |
Especificar. |
40D137000 |
Especificar. |
40D138000 |
Especificar. |
- Para efectos de estos índices, se anotarán en el concepto datos referentes al concepto de “otros”.
- Datos de caracteres alfanuméricos.
- Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
40D007000 |
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 40D004000, 40D005000 y 40D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen. |
- Datos de caracteres alfanuméricos.
- Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
40D053000 |
Precio de venta de las acciones enajenadas. |
40D054000 |
Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las acciones. |
40D057000 |
En caso de que su repuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el importe de la pérdida por enajenación de acciones actualizada al cierre del ejercicio. |
40D117000 |
Número de trabajadores. |
40D118000 |
Total del ISR retenido y enterado por salarios. |
40D119000 |
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. |
40D120000 |
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. |
40D121000 |
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. |
40D122000 |
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. |
40D141000 |
Monto de IVA que originó dicha operación. |
40D149000 |
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. |
40D156000 |
Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio. |
40D157000 |
Monto de la pérdida deducible en el ejercicio. |
40D194000 |
Total de ingresos por venta de acciones. |
40D195000 |
Total de ingresos por venta de intangibles. |
40D196000 |
Total de costo promedio de las acciones enajenadas. |
40D197000 |
Total del monto original de la inversión ajustado. |
40D199000 |
Monto del entero por la operación. |
40D201000 |
Monto de pérdida fiscal pendiente de amortizar provenientes de enajenación de acciones y de otros títulos valor cuyo rendimiento no sea interés en términos del artículo 8 LISR. |
40D202000 |
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos. |
40D206000 |
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. |
40D207000 |
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. |
40D208000 |
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. |
40D245000 |
Monto de la deuda que genera intereses a cargo. |
40D278000 |
Valor activo: |
40D279000 |
Valor pasivo: |
40D280000 |
Valor capital social: |
40D282000 |
Valor activo: |
40D283000 |
Valor pasivo: |
40D284000 |
Valor capital social: |
40D286000 |
Valor activo: |
40D287000 |
Valor pasivo: |
40D288000 |
Valor capital social: |
40D290000 |
Valor activo: |
40D291000 |
Valor pasivo: |
40D292000 |
Valor capital social: |
40D294000 |
Valor activo: |
40D295000 |
Valor pasivo: |
40D296000 |
Valor capital social: |
40D298000 |
Valor activo: |
40D299000 |
Valor pasivo: |
40D300000 |
Valor capital social: |
40D302000 |
Valor activo: |
40D303000 |
Valor pasivo: |
40D304000 |
Valor capital social: |
40D306000 |
Valor activo: |
40D307000 |
Valor pasivo: |
40D308000 |
Valor capital social: |
40D310000 |
Valor activo: |
40D311000 |
Valor pasivo: |
40D312000 |
Valor capital social: |
40D314000 |
Valor activo: |
40D315000 |
Valor pasivo: |
40D316000 |
Valor capital social: |
40D318000 |
Valor activo: |
40D319000 |
Valor pasivo: |
40D320000 |
Valor capital social: |
40D331000 |
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. |
40D332000 |
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. |
40D333000 |
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. |
40D336000 |
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. |
40D338000 |
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. |
40D340000 |
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. |
40D342000 |
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
40D343000 |
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR. |
- Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
- Datos de caracteres numéricos.
- Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.
- Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
- Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
- Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
40D052000 |
Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se enajenaron. |
· Datos de caracteres numéricos con dos decimales.
· Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
Anexo |
Datos a proporcionar |
|
|
|
|
1.- Estado de situación financiera. |
2024 y 2023. |
|
2.- Estado de resultado integral. |
Total 2024 y 2023. Partes relacionadas 2024 y 2023 y partes no relacionadas 2024 y 2023. |
|
3.- Estado de cambios en el capital contable. |
Capital social: proveniente de aportaciones, capital social proveniente de capitalización, aportaciones para futuros aumentos de capital, prima en suscripción de acciones, reserva legal, utilidad neta, pérdida neta, utilidades retenidas de ejercicios anteriores, pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, otros resultados integrales (deudor), otros resultados integrales (acreedor), exceso en la actualización del capital contable, insuficiencia en la actualización del capital contable, resultado por tenencia de activos no monetarios, otras cuentas de capital acreedoras, otras cuentas de capital deudoras y total del capital contable. |
|
4.- Estado de flujos de efectivo. |
2024 y 2023. |
|
5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos. |
2024 y 2023, total acumulables para ISR 2024 y 2023, partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023, total no acumulables para ISR 2024 y 2023. |
|
6.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. |
Total 2024 y 2023, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023. |
|
7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. |
Gastos de fabricación, venta, administración y generales 2024 y 2023; gastos de fabricación, venta, administración y generales: total 2024 y 2023; gastos de fabricación, venta, administración y generales partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023, total deducibles para ISR 2024 y 2023; total no deducibles para ISR 2024 y 2023. |
|
8.- Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. |
2024 y 2023, acumulables o deducibles para ISR: 2024 y 2023, partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023, no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducible (gastos) para ISR: 2024 y 2023. |
|
9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría. |
|
10.- Relación de contribuciones por pagar. |
Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar, importe de la contribución en litigio. |
|
11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
2024 y 2023. |
|
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
Monto contratado, importe del efecto fiscal que tuvo en el ejercicio, efecto fiscal que tuvo en el ejercicio ingreso (deducción), indique el monto de ingreso acumulable o (deducción autorizada) generado. |
|
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación, valor de la inversión. |
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14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos: efectuados, monto de préstamos recibidos y monto de prima en suscripción de acciones. |
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15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y, los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. |
2024 y 2023. |
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16.- Operaciones con partes relacionadas. |
Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado, ISR retenido. |
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17.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. |
Datos a proporcionar. |
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18.- Datos informativos. |
Datos a proporcionar. |
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19.- Información de los integrantes de las personas morales como coordinados. |
Total de ingresos acumulables ISR, total de deducciones autorizadas ISR, monto de la deducción del 8% sobre ingresos acumulables sin documentación (RFA), utilidad fiscal, conceptos disminuibles de la utilidad fiscal, utilidad gravable, pérdida fiscal, ISR a cargo y a favor, monto del acreditamiento del IEPS por la adquisición de diésel contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción IV de la LIF), monto del acreditamiento del 50% de los gastos por el uso de infraestructura carretera contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción V de la LIF), PTU por distribuir, importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio, número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio, importe total de los ingresos del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de la LISR), importe total de las deducciones del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de la LISR), importe total de las retenciones correspondientes al integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción III de la LISR) importe total de impuestos pagados por cuenta del integrante (para los efectos del artículo 72, fracción VI de la LISR). |
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20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría, ISR retenido pagado y diferencia. |
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21.- Inversiones. |
Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio. |
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22.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. |
Saldo en moneda extranjera, saldo en moneda nacional. |
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23.- Préstamos. |
Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023, conversión de moneda, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado. |
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25.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
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26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles. |
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Nota: el orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos.
· Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.
· Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
· Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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4.1.- Notas a los estados financieros. |
Texto referente a las notas a los estados financieros. |
9.1.- Declaratoria. |
Texto referente a la declaratoria. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Este texto sí podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).
· El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
Tasa, tarifa o cuota. |
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
% de retención sobre la ganancia. |
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Porcentaje de participación en el capital de la entidad. |
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio y porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos. |
16.- Operaciones con partes relacionadas. |
Tasa. |
20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Tasa. |
23.- Préstamos. |
Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR. |
25.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado. |
26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Proporción de ingresos. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres alfanuméricos y dos decimales.
· Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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10.- Relación de contribuciones por pagar. |
Institución de crédito o SAT, pago en parcialidades (datos del escrito libre) administración receptora. |
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
País de residencia, tipo de operación contratada deuda o capital, valor pactado sobre el subyacente, tipo de subyacente, en caso de que en la columna "tipo de subyacente" haya seleccionado "otros" especifique concepto indique si antes del vencimiento del plazo realizó, tipo de moneda, en caso de que haya liquidado mediante celebración de una operación contraria, indique las razones. |
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). |
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo, formas de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). |
16.- Operaciones con partes relacionadas. |
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia y método de precios de transferencia aplicado. |
20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia. |
22.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. |
País de residencia fiscal, tipo de moneda, antigüedad de la cuenta por cobrar y por pagar (meses), indique si la cuenta proviene de una fusión, escisión de sociedades o cesión de derechos u obligaciones, concepto más importante que originó el saldo, en caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor", especifique concepto: |
23.- Préstamos. |
Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto, país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses “haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: y destino del capital tomado en préstamo. |
25.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u “otros pagos”, especifique concepto, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso. |
· Datos de caracteres alfanuméricos en mayúsculas.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo |
Datos a proporcionar |
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10.- Relación de contribuciones por pagar. |
Número de operación, pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio y oficio de autorización de pago en parcialidades número. |
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
Número de identificación fiscal. |
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Número de identificación fiscal. |
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
16.- Operaciones con partes relacionadas. |
Número de identificación o RFC. |
19.- Información de los integrantes de las personas morales como coordinados. |
RFC del integrante. |
20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Número de identificación fiscal. |
22.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
23.- Préstamos. |
Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México. |
24.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
2023 a 2013. |
25.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Número de identificación fiscal. |
26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 14.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 16.- operaciones con partes relacionadas y 24.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:
· Dato máximo de 13 caracteres alfanuméricos compuestos por:
- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- Caracteres numéricos que corresponden a la fecha: (cuatro caracteres para el año, dos para el mes y dos para día).
- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
Anexo |
Datos a proporcionar |
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10.- Relación de contribuciones por pagar. |
Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación y oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha. |
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
Fecha de celebración del contrato que le dio origen a la operación, fecha de celebración de la más reciente adenda al contrato origen, vigencia: del y al. |
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria. |
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Periodo de tenencia: del y al. |
19.- Información de los integrantes de las personas morales como coordinados. |
Fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR). |
23.- Préstamos. |
Fecha en la que se realizó la conversión de moneda, vigencia del préstamo del y al. |
25.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: Vigencia del y al. |
· Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo. 25/03/2015).
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
Anexo |
Datos a proporcionar |
24.-Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
2023 a 2013. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos de cuatro decimales.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. |
Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si o no) e indique si se contrató con una parte relacionada (si o no). |
16.- Operaciones con partes relacionadas. |
La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2. fracción II, de la RMF 2024) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a), existió retención y entero de ISR por esta operación. |
20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no), indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no). |
22.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. |
Indique si es parte relacionada (si o no), generó intereses (si o no), indique si la cuenta por cobrar o por pagar se encuentra cubierta por algún instrumento financiero derivado (si o no). |
23.- Préstamos. |
Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no) y efectuó colocaciones en el extranjero (si o no). |
24.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
2023 a 2013. |
25.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no). |
26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no). |
· Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
· Datos de caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
· En estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.)
Contenido y características para el llenado del dictamen
Datos aplicables al dictamen de:
C. Casas de cambio
Datos de identificación
Datos a proporcionar:
Contribuyente, representante legal, contador público.
07A000000 |
RFC (del contribuyente). |
07B000000 |
RFC (del contador público). |
07B015000 |
RFC (del despacho). |
07C000000 |
RFC (del representante legal). |
· Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (cuatro caracteres para año, dos para mes y dos para el día).
- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
07A001000 |
Denominación o razón social. |
07B001000 |
Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). |
07B014000 |
Nombre del despacho. |
07C001000 |
Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). |
· Dato, nombre completo, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
07B002000 |
CURP (del contador público). |
07C004000 |
CURP (del representante legal). |
· Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- Cuatro caracteres alfabéticos
- Seis caracteres numéricos.
- Seis caracteres alfabéticos.
- Un carácter alfabético o numérico.
- Un carácter numérico.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:
07A002000 |
Entidad federativa (del contribuyente). |
07B004000 |
Entidad federativa (del contador público). |
07C005000 07C015000 |
Entidad federativa (del representante legal). Entidad en la que se ubica la notaría (representante legal). |
· Dato elegido de una lista (catálogo).
07A003000 |
Alcaldía o municipio (del contribuyente). |
07B005000 |
Alcaldía o municipio (del contador público). |
07C006000 |
Alcaldía o municipio (del representante legal). |
· Dato alcaldía o municipio completo.
· Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07A004000 |
Colonia o localidad (del contribuyente). |
07B006000 |
Colonia o localidad (del contador público). |
07C007000 |
Colonia o localidad (del representante legal). |
· Dato colonia o localidad completa.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07A005000 |
Código postal (del contribuyente). |
07B007000 |
Código postal (del contador público). |
07C008000 |
Código postal (del representante legal). |
· Dato código postal completa.
· Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo
· Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
07A006000 |
Calle, número exterior e interior (del contribuyente). |
07B008000 |
Calle, número exterior e interior (del contador público). |
07C009000 |
Calle, número exterior e interior (del representante legal). |
· Dato de calle y número completo.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07A007000 |
Ciudad o población (del contribuyente). |
07B009000 |
Ciudad o población (del contador público). |
07C010000 |
Ciudad o población (del representante legal). |
· Dato, ciudad o población completa.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07A008000 |
Teléfono (del contribuyente). |
07B010000 |
Teléfono (del contador público o del despacho). |
07C011000 |
Teléfono (del representante legal). |
· Dato de veinte caracteres numéricos máximo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
07A009000 |
Correo electrónico (del contribuyente). |
07B011000 |
Correo electrónico (del contador público). |
07B012000 |
Correo electrónico del buzón tributario. |
07C012000 |
Correo electrónico (del representante legal). |
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.
· Este dato si podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.)
07A010000 |
Nombre del grupo económico al que pertenece. |
· Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.
07A011000 |
Clave de actividad para efectos fiscales. |
· Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se selecciona de un catálogo.
· Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.)
07C002000 |
Nacional (representante legal). |
07C003000 |
Extranjero (representante legal). |
· Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).
· Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07C013000 |
Número de escritura (representante legal). |
07C014000 |
Número de notaria (representante legal). |
· Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
07C016000 |
Fecha del poder (representante legal). |
07C017000 |
Fecha de designación (representante legal). |
· Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.
· Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”).
07B003000 |
Número de registro del contador público. |
07B016000 |
Número de registro del despacho. |
· Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.
· Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
07B013000 |
Colegio al que pertenece el contador público. |
· Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Datos generales.
Datos a proporcionar:
07D000000 |
Autoridad competente. |
07D001000 |
Sede a la que pertenece la ADAF. |
07D002000 |
Administración. |
07D003000 |
Obligado u optativo. |
07D017000 |
Tipo de contribuyente especial. |
07D024000 |
Tipo de opinión. |
07D039000 |
Se trata de: |
07D169000 |
Se realizaron con fines de: |
07D192000 |
En calidad de que participó en alguna fusión: |
07D216000 |
En calidad de que participó en alguna escisión: |
07D279000 |
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1). |
07D280000 |
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2). |
07D281000 |
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3). |
07D309000 |
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
07D312000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
07D315000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
07D318000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
07D321000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
07D324000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
07D327000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
07D330000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
07D333000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
07D336000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
07D339000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
07D342000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
07D345000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
07D369000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
07D372000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
07D375000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
07D378000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
07D381000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
07D384000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
07D387000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
07D390000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
07D393000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
07D396000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
07D399000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
07D402000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
07D405000 |
Cuál es su moneda funcional. |
07D416000 |
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
07D419000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
07D422000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
07D425000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
07D428000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
07D431000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
07D434000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
07D437000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
07D440000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
07D443000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
07D446000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
07D449000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
07D452000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
07D476000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
07D479000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
07D482000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
07D485000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
07D488000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
07D491000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
07D494000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
07D497000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
07D500000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
07D503000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
07D506000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
07D509000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
07D512000 |
Cuál es su moneda funcional. |
· Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó de una lista (catálogo).
07D020000 |
Fecha de inicio del ejercicio fiscal. |
07D021000 |
Fecha de terminación del ejercicio fiscal. |
07D022000 |
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. |
07D023000 |
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. |
· Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.
· Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.
· Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”).
Ejemplo:
inicio final
01/01/2024 31/12/2024
07D004000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
07D005000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
07D006000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
07D008000 |
Forma parte de una asociación en participación. |
07D009000 |
Forma parte de un fideicomiso. |
07D015000 |
Primer dictamen. |
07D016000 |
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. |
07D018000 |
Empresa filial. |
07D019000 |
Empresa subsidiaria. |
07D030000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas. |
07D031000 |
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 07D030000. (debe llenar los anexos 12 y 13). |
07D032000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. |
07D033000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. |
07D034000 |
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. |
07D035000 |
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18). |
07D036000 |
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. |
07D038000 |
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. |
07D047000 |
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). |
07D054000 |
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. |
07D057000 |
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. |
07D065000 |
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 9). |
07D066000 |
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10). |
07D067000 |
Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 15). |
07D068000 |
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 17). |
07D069000 |
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. |
07D070000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF) asimismo, especifique el RFC y nombres anteriores. |
07D076000 |
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. |
07D077000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). |
07D078000 |
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. |
07D079000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). |
07D080000 |
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). |
07D081000 |
Durante el ejercicio se presentaron avisos de compensación de saldos a favor (para los efectos del artículo 23 CFF). |
07D082000 |
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. |
07D083000 |
Tiene accionistas residentes en el país. |
07D084000 |
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF). |
07D087000 |
Tiene empleados. |
07D095000 |
En caso negativo a la pregunta del índice 07D087000 tiene algún contrato de servicios de personal (outsourcing). |
07D101000 |
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. |
07D102000 |
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. |
07D104000 |
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. |
07D105000 |
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). |
07D112000 |
Diario. |
07D113000 |
Mayor. |
07D114000 |
Actas de asamblea de socios o accionistas. |
07D115000 |
Socios o accionistas. |
07D116000 |
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). |
07D117000 |
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). |
07D119000 |
El contribuyente cambió el modelo de negocios. |
07D120000 |
El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. |
07D121000 |
Reconoció o reportó dichos ingresos. |
07D122000 |
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR). |
07D129000 |
Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan generado intereses. |
07D130000 |
En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la autoridad fiscal. |
07D131000 |
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del artículo 55 de la LISR. |
07D132000 |
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR. |
07D133000 |
Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación, administración o distribución a sociedades de inversión en instrumento de duda o sociedades de inversión de renta variable, en los términos de la Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa legal aplicable. |
07D134000 |
Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR, tal y cual se prevé en el artículo 89 de esa misma normativa. |
07D135000 |
Indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio. |
07D137000 |
Es parte relacionada. |
07D139000 |
Es parte relacionada. |
07D141000 |
Es parte relacionada. |
07D143000 |
Es parte relacionada. |
07D145000 |
Es parte relacionada. |
07D150000 |
Efectuó retención. |
07D152000 |
En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación. |
07D155000 |
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. |
07D156000 |
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. |
07D157000 |
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. |
07D161000 |
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de pérdidas financieras. |
07D168000 |
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). |
07D170000 |
En caso afirmativo, acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. |
07D172000 |
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. |
07D174000 |
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. |
07D177000 |
Los quebrantos diversos reúnen la totalidad de requisitos de deducción que establece el artículo 27 de la LISR. |
07D267000 |
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). |
07D268000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. |
07D269000 |
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). |
07D270000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. |
07D272000 |
Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el SAT. |
07D273000 |
El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero. |
07D278000 |
Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento. |
07D282000 |
Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio. |
07D283000 |
Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores. |
07D284000 |
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19). |
07D300000 |
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera enterado en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). |
07D302000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 07140121000000 al 07140149000000 del anexo 14). |
07D304000 |
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. |
07D308000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
07D311000 |
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. |
07D349000 |
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses |
07D352000 |
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. |
07D355000 |
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
07D359000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
07D361000 |
(a) enajenación de bienes. |
07D362000 |
(b) prestación de servicios independientes. |
07D363000 |
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. |
07D364000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
07D367000 |
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. |
07D368000 |
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. |
07D406000 |
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. |
07D407000 |
Es importador de un sector en específico. |
07D409000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 07140150000000 al 07140178000000 del anexo 14). |
07D411000 |
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. |
07D415000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
07D418000 |
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. |
07D456000 |
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses |
07D459000 |
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. |
07D462000 |
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
07D466000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
07D468000 |
(a) enajenación de bienes. |
07D469000 |
(b) prestación de servicios independientes. |
07D470000 |
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. |
07D471000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
07D474000 |
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. |
07D475000 |
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. |
07D513000 |
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. |
07D514000 |
Es importador de un sector en específico. |
· Datos de dos caracteres alfabéticos, (si o no) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07D040000 |
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). |
07D085000 |
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. |
07D086000 |
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. |
07D094000 |
Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos del artículo 29 de la LISR y 65 del RLISR). |
07D106000 |
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32 fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). |
07D107000 |
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA). |
07D108000 |
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
07D109000 |
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
07D110000 |
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
07D118000 |
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. |
07D123000 |
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). |
07D124000 |
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). |
07D125000 |
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI inciso a) de la LISR). |
07D126000 |
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, constancia en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). |
07D127000 |
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
07D128000 |
Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR). |
07D162000 |
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). |
07D163000 |
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que, quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR). |
07D164000 |
En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran cumplido los requisitos previstos en la fracción V del artículo 28 de la LISR. |
07D165000 |
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
07D166000 |
Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se considera como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36, fracciones II y III de la LISR). |
07D167000 |
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR). |
07D176000 |
Cuando se adquieran bienes o derechos por dación en pago o por adjudicación, que no puedan conservar en propiedad por disposición legal, no se deducen conforme al artículo 25 de la LISR (para los efectos del artículo 53 de la LISR). |
07D178000 |
Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad. |
07D180000 |
Deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos destinados a las reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones de personal. |
07D181000 |
La reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual inflacionario dentro de los créditos. |
07D182000 |
En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V del artículo 25 de la LISR. |
07D183000 |
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos que señala la fracción XV del artículo 27 de la LISR. |
07D184000 |
Por las cuentas incobrables o quebrantos, fueron incluidas para efectos del ajuste anual por inflación hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en que se deduzca, como lo señala el artículo 27, fracción XV, cuarto párrafo de la LISR. |
07D185000 |
Indique si dedujo para efectos fiscales provisiones. |
07D186000 |
En caso afirmativo, indique si el pago y la documentación comprobatoria cumpliera con los requisitos fiscales. |
07D187000 |
Indique si redujo su capital social. |
07D188000 |
En caso afirmativo, indique si la utilidad distribuible está determinada conforme al artículo 78 de la LISR. |
07D189000 |
La CUCA y las aportaciones de capital coinciden contra el estado de cuenta bancario engranado a la contabilidad, y las actas de asamblea. |
07D190000 |
Indique si el saldo de la cuenta utilidad fiscal neta, coincide con las declaraciones del ejercicio y actas de asamblea. |
07D191000 |
Para efectos del ajuste anual por inflación, los créditos y las deudas en moneda extranjera se valúan a la paridad existente al primer día del mes, como lo señala el artículo 44 de la LISR. |
07D218000 |
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. |
07D271000 |
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. |
07D274000 |
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. |
07D285000 |
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. |
07D287000 |
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. |
07D289000 |
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. |
07D291000 |
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
07D294000 |
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. |
07D295000 |
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
07D296000 |
Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación. |
07D297000 |
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. |
07D298000 |
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. |
07D299000 |
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
07D301000 |
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
07D350000 |
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
07D351000 |
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
07D366000 |
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
07D457000 |
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
07D458000 |
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
07D473000 |
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
· Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07D042000 |
Fecha del oficio 1. |
07D044000 |
Fecha del oficio 2. |
07D046000 |
Fecha del oficio 3. |
07D049000 |
Fecha de la resolución 1. |
07D051000 |
Fecha de la resolución 2. |
07D053000 |
Fecha de la resolución 3. |
07D055000 |
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). |
07D056000 |
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). |
07D063000 |
Fecha de presentación de la declaración informativa normal. |
07D064000 |
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). |
07D193000 |
Fecha en que surtió efectos la fusión. |
07D217000 |
Fecha en que surtió efectos la escisión. |
07D263000 |
Fecha de inicio de la liquidación. |
07D306000 |
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
07D310000 |
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. |
07D313000 |
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D316000 |
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D319000 |
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D322000 |
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D325000 |
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D328000 |
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D331000 |
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D334000 |
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D337000 |
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D340000 |
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D343000 |
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D346000 |
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D356000 |
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
07D360000 |
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
07D365000 |
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. |
07D370000 |
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D373000 |
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D376000 |
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D379000 |
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D382000 |
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D385000 |
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D388000 |
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D391000 |
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D394000 |
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D397000 |
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D400000 |
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D403000 |
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D413000 |
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
07D417000 |
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. |
07D420000 |
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D423000 |
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D426000 |
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D429000 |
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D432000 |
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D435000 |
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D438000 |
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D441000 |
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D444000 |
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D447000 |
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D450000 |
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D453000 |
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
07D463000 |
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
07D467000 |
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
07D472000 |
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. |
07D477000 |
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D480000 |
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D483000 |
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D486000 |
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D489000 |
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D492000 |
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D495000 |
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D498000 |
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D501000 |
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D504000 |
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D507000 |
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
07D510000 |
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
· Datos de la fecha del oficio, de la resolución, del envío de la declaración informativa múltiple y en que surtió efectos la escisión.
· Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).
07D010000 |
Denominación o razón social fideicomitente. |
07D011000 |
Denominación o razón social fiduciario. |
07D012000 |
Denominación o razón social fideicomisario (1). |
07D013000 |
Denominación o razón social fideicomisario (2). |
07D014000 |
Denominación o razón social fideicomisario (3). |
07D037000 |
Especifique el o los número(s) de criterio(s). |
07D041000 |
Número de oficio 1. |
07D043000 |
Número de oficio 2. |
07D045000 |
Número de oficio 3. |
07D048000 |
Número de resolución 1. |
07D050000 |
Número de resolución 2. |
07D052000 |
Número de resolución 3. |
07D058000 |
Número de identificación (campo 1). |
07D059000 |
Número de identificación (campo 2). |
07D060000 |
Número de identificación (campo 3). |
07D061000 |
Número de identificación (campo 4). |
07D062000 |
Número de identificación (campo 5). |
07D136000 |
Nombre del comprador 1. |
07D138000 |
Nombre del comprador 2. |
07D140000 |
Nombre del comprador 3. |
07D142000 |
Nombre del comprador 4. |
07D144000 |
Nombre del comprador 5. |
07D195000 |
Fusionante: denominación o razón social. |
07D197000 |
Fusionada 1: denominación o razón social. |
07D199000 |
Fusionada 2: denominación o razón social. |
07D201000 |
Fusionada 3: denominación o razón social. |
07D203000 |
Fusionada 4: denominación o razón social. |
07D205000 |
Fusionada 5: denominación o razón social. |
07D207000 |
Fusionada 6: denominación o razón social. |
07D209000 |
Fusionada 7: denominación o razón social. |
07D211000 |
Fusionada 8: denominación o razón social. |
07D213000 |
Fusionada 9: denominación o razón social. |
07D215000 |
Fusionada 10: denominación o razón social. |
07D305000 |
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
07D307000 |
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. |
07D348000 |
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. |
07D353000 |
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. |
07D357000 |
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
07D358000 |
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
07D408000 |
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. |
07D412000 |
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
07D414000 |
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. |
07D455000 |
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. |
07D460000 |
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. |
07D464000 |
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
07D465000 |
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
07D515000 |
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
07D025000 |
RFC 1. |
07D026000 |
RFC 2. |
07D027000 |
RFC 3. |
07D028000 |
RFC 4. |
07D029000 |
RFC 5. |
07D071000 |
(especificar nombre anterior). |
07D072000 |
(especificar nombre anterior). |
07D073000 |
(especificar nombre anterior). |
07D074000 |
(especificar nombre anterior). |
07D075000 |
(especificar nombre anterior). |
07D096000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
07D097000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
07D098000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
07D099000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
07D100000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
07D194000 |
Fusionante: RFC. |
07D196000 |
Fusionada 1: RFC. |
07D198000 |
Fusionada 2: RFC. |
07D200000 |
Fusionada 3: RFC. |
07D202000 |
Fusionada 4: RFC. |
07D204000 |
Fusionada 5: RFC. |
07D206000 |
Fusionada 6: RFC. |
07D208000 |
Fusionada 7: RFC. |
07D210000 |
Fusionada 8: RFC. |
07D212000 |
Fusionada 9: RFC. |
07D214000 |
Fusionada 10: RFC. |
07D219000 |
Escindida 1: RFC. |
07D223000 |
Escindida 2: RFC. |
07D227000 |
Escindida 3: RFC. |
07D231000 |
Escindida 4: RFC. |
07D235000 |
Escindida 5: RFC. |
07D239000 |
Escindida 6: RFC. |
07D243000 |
Escindida 7: RFC. |
07D247000 |
Escindida 8: RFC. |
07D251000 |
Escindida 9: RFC. |
07D255000 |
Escindida 10: RFC. |
07D259000 |
Escindente: RFC. |
07D264000 |
(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social). |
07D265000 |
(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social). |
07D266000 |
(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social). |
· Dato, RFC.
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:
- cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).
- tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
07D007000 |
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 07D004000, 07D005000 y 07D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
07D088000 |
Número de trabajadores. |
07D089000 |
Total del ISR retenido y enterado por salarios. |
07D090000 |
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. |
07D091000 |
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. |
07D092000 |
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. |
07D093000 |
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. |
07D103000 |
Monto de IVA que originó dicha operación. |
07D111000 |
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. |
07D146000 |
Total de ingresos por venta de acciones. |
07D147000 |
Total de ingresos por venta de intangibles. |
07D148000 |
Total de costo promedio de las acciones enajenadas. |
07D149000 |
Total del monto original de la inversión ajustado. |
07D151000 |
Monto del entero por la operación. |
07D153000 |
Monto de pérdida fiscal pendiente de amortizar provenientes de enajenación de acciones y de otros títulos valor cuyo rendimiento no sea interés en términos del artículo 8 LISR. |
07D154000 |
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos. |
07D158000 |
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. |
07D159000 |
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. |
07D160000 |
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. |
07D171000 |
Indique el monto de la acumulación correspondiente. |
07D173000 |
En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente. |
07D175000 |
En caso afirmativo, indique el monto correspondiente. |
07D179000 |
Indique si el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo 29, fracción II de la LISR vigente en el ejercicio revisado. |
07D220000 |
Valor activo: |
07D221000 |
Valor pasivo: |
07D222000 |
Valor capital social: |
07D224000 |
Valor activo: |
07D225000 |
Valor pasivo: |
07D226000 |
Valor capital social: |
07D228000 |
Valor activo: |
07D229000 |
Valor pasivo: |
07D230000 |
Valor capital social: |
07D232000 |
Valor activo: |
07D233000 |
Valor pasivo: |
07D234000 |
Valor capital social: |
07D236000 |
Valor activo: |
07D237000 |
Valor pasivo: |
07D238000 |
Valor capital social: |
07D240000 |
Valor activo: |
07D241000 |
Valor pasivo: |
07D242000 |
Valor capital social: |
07D244000 |
Valor activo: |
07D245000 |
Valor pasivo: |
07D246000 |
Valor capital social: |
07D248000 |
Valor activo: |
07D249000 |
Valor pasivo: |
07D250000 |
Valor capital social: |
07D252000 |
Valor activo: |
07D253000 |
Valor pasivo: |
07D254000 |
Valor capital social: |
07D256000 |
Valor activo: |
07D257000 |
Valor pasivo: |
07D258000 |
Valor capital social: |
07D260000 |
Valor activo: |
07D261000 |
Valor pasivo: |
07D262000 |
Valor capital social: |
07D275000 |
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. |
07D276000 |
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. |
07D277000 |
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. |
07D286000 |
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. |
07D288000 |
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. |
07D290000 |
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. |
07D292000 |
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
07D293000 |
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR. |
07D314000 |
(1) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D317000 |
(2) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D320000 |
(3) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D323000 |
(4) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D326000 |
(5) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D329000 |
(6) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D332000 |
(7) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D335000 |
(8) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D338000 |
(9) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D341000 |
(10) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D344000 |
(11) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D347000 |
(12) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D354000 |
Monto del beneficio. |
07D371000 |
(1) Monto pagado. |
07D374000 |
(2) Monto pagado. |
07D377000 |
(3) Monto pagado. |
07D380000 |
(4) Monto pagado. |
07D383000 |
(5) Monto pagado. |
07D386000 |
(6) Monto pagado. |
07D389000 |
(7) Monto pagado. |
07D392000 |
(8) Monto pagado. |
07D395000 |
(9) Monto pagado. |
07D398000 |
(10) Monto pagado. |
07D401000 |
(11) Monto pagado. |
07D404000 |
(12) Monto pagado. |
07D421000 |
(1) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D424000 |
(2) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D427000 |
(3) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D430000 |
(4) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D433000 |
(5) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D436000 |
(6) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D439000 |
(7) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D442000 |
(8) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D445000 |
(9) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D448000 |
(10) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D451000 |
(11) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D454000 |
(12) Monto pagado en la declaración complementaria. |
07D461000 |
Monto del beneficio. |
07D478000 |
(1) Monto pagado. |
07D481000 |
(2) Monto pagado. |
07D484000 |
(3) Monto pagado. |
07D487000 |
(4) Monto pagado. |
07D490000 |
(5) Monto pagado. |
07D493000 |
(6) Monto pagado. |
07D496000 |
(7) Monto pagado. |
07D499000 |
(8) Monto pagado. |
07D502000 |
(9) Monto pagado. |
07D505000 |
(10) Monto pagado. |
07D508000 |
(11) Monto pagado. |
07D511000 |
(12) Monto pagado. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos.
· Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.
· Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
· Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
07D303000 |
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. |
07D410000 |
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. |
· Datos de caracteres numéricos con dos decimales.
· Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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1.- Estado de situación financiera. |
2024 y 2023. |
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2.- Estado de resultado integral. |
Total 2024 y 2023 partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023. |
3.- Estado de cambios en el capital contable. |
Capital contribuido: capital social, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas, prima en venta de acciones, otras cuentas de capital contribuido, capital ganado: reservas de capital, resultados acumulados, resultado de ejercicios anteriores, valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender, ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición, remedición de beneficios definidos a los empleados, resultado por tenencias de activos no monetarios, participación en ORI de otras entidades, otras cuentas de capital ganado, utilidad neta, pérdida neta, total participación controladora, participación no controladora y total capital contable. |
4.- Estado de flujos de efectivo. |
2024 y 2023. |
5.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. |
2024, 2023, partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023, acumulables o deducibles para ISR: 2024 y 2023, no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2024 y 2023. |
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6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría. |
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7.- Relación de contribuciones por pagar. |
Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar e importe de la contribución en litigio. |
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8.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
2024 y 2023. |
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9.- Operaciones financieras derivadas. |
Sumatoria de nocionales, utilidad por contraparte, pérdida por contraparte, efecto neto. |
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10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación, valor de la inversión. |
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11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos efectuados y recibidos, monto de prima en suscripción de acciones. |
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12.- Operaciones con partes relacionadas. |
Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado.
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13.- Información del contribuyente sobre operaciones con partes relacionadas. |
Datos a proporcionar. |
14.- Datos informativos. |
Importe. |
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría, ISR retenido pagado, diferencia. |
16.- Inversiones. |
MOI al inicio del ejercicio, saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio. |
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17.- Préstamos. |
Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado. |
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles. |
Nota: El orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos.
· Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.
· Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
· Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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4.1.- Notas a los estados financieros. |
Texto referente a las notas a los estados financieros. |
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6.1.- Declaratoria. |
Texto referente a la declaratoria. |
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· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos textos sí podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).
· El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
Tasa, tarifa o cuota. |
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9.- Operaciones financieras derivadas. |
Porcentaje de liquidación en efectivo, porcentaje de liquidación en especie, proporción que representa de ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas. |
10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Porcentaje de participación en el capital de la entidad. |
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio, porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos. |
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Tasa. |
17.- Préstamos. |
Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR. |
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado. |
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Proporción de ingresos. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.
· Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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7.- Relación de contribuciones por pagar. |
Institución de crédito o SAT, pago en parcialidades (datos del escrito libre): administración receptora. |
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9.- Operaciones financieras derivadas. |
País de residencia, número de contratos celebrados, concepto de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 16-A CFF), tipo de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR), tipo de mercado y nombre del mercado. |
|
|
10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). |
|
|
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). |
12.- Operaciones con partes relacionadas. |
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto, país de residencia, método de precios de transferencia aplicado. |
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia. |
17.- Préstamos. |
Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento", haya seleccionado el concepto “otros” especifique concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: destino del capital tomado en préstamo. |
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u “otros pagos”, especifique concepto, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo |
Datos a proporcionar |
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7.- Relación de contribuciones por pagar. |
Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación, oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha. |
10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria. |
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Periodo de tenencia: del y al. |
17.- Préstamos. |
Vigencia del préstamo del y al. |
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del, fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al. |
· Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2018.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
Anexo |
Datos a proporcionar |
18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
|
2023 a 2013. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo |
Datos a proporcionar |
12.- Operaciones con partes relacionadas. |
La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2. fracción I, de la RMF 2024) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a). |
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no) indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no). |
17.- Préstamos. |
Fue beneficiario efectivo, de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no). |
18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
2023 a 2013. |
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no). |
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no). |
· Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
· Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo |
Datos a proporcionar |
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7.- Relación de contribuciones por pagar. |
Número de la operación, pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio, oficio de autorización de pago en parcialidades: número. |
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9.- Operaciones financieras derivadas. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
|
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10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Número de identificación fiscal. |
|
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11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
|
|
12.- Operaciones con partes relacionadas. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
|
|
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Número de identificación fiscal. |
17. Préstamos. |
Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México. |
18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
2023 a 2013. |
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Número de identificación fiscal. |
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 11.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 12.- operaciones con partes relacionadas y 18.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
· Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.
· Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (cuatro caracteres para el año, dos para el mes y dos para el día).
· Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
Contenido y características para el llenado del dictamen.
Datos aplicables al dictamen de:
D. Intermediarios financieros no bancarios
Datos de identificación
Datos a proporcionar:
Contribuyente, representante legal, contador público.
10A000000 |
RFC (del contribuyente). |
10B000000 |
RFC (del contador público). |
10B015000 |
RFC (del despacho). |
10C000000 |
RFC (del representante legal). |
· Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).
- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
10A001000 |
Denominación o razón social. |
10B001000 |
Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). |
10B014000 |
Nombre del despacho. |
10C001000 |
Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). |
· Dato, nombre completo se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
10B002000 |
CURP (del contador público). |
10C004000 |
CURP (del representante legal). |
· Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- Cuatro caracteres alfabéticos.
- Seis caracteres numéricos.
- Seis caracteres alfabéticos.
- Un carácter alfabético o numérico.
- Un carácter numérico.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:
10A002000 |
Entidad federativa (del contribuyente). |
10B004000 |
Entidad federativa (del contador público). |
10C005000 |
Entidad federativa (del representante legal). |
10C015000 |
Entidad en la que se ubica la notaria (representante legal). |
· Dato elegido de una lista (catálogo).
10A003000 |
Alcaldía o municipio (del contribuyente). |
10B005000 |
Alcaldía o municipio (del contador público). |
10C006000 |
Alcaldía o municipio (del representante legal). |
· Dato alcaldía o municipio completo.
· Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10A004000 |
Colonia o localidad (del contribuyente). |
10B006000 |
Colonia o localidad (del contador público). |
10C007000 |
Colonia o localidad (del representante legal). |
· Dato colonia o localidad completa.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10A005000 |
Código postal (del contribuyente). |
10B007000 |
Código postal (del contador público). |
10C008000 |
Código postal (del representante legal). |
· Dato código postal completo.
· Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
10A006000 |
Calle, número exterior e interior (del contribuyente). |
10B008000 |
Calle, número exterior e interior (del contador público). |
10C009000 |
Calle, número exterior e interior (del representante legal). |
· Dato de calle y número completo.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10A007000 |
Ciudad o población (del contribuyente). |
10B009000 |
Ciudad o población (del contador público). |
10C010000 |
Ciudad o población (del representante legal). |
· Dato, ciudad o población completa.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10A008000 |
Teléfono (del contribuyente). |
10B010000 |
Teléfono (del contador público o del despacho). |
10C011000 |
Teléfono (del representante legal). |
· Dato de veinte caracteres alfanuméricos máximo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
10A009000 |
Correo electrónico (del contribuyente). |
10B011000 |
Correo electrónico (del contador público). |
10B012000 |
Correo electrónico del buzón tributario. |
10C012000 |
Correo electrónico (del representante legal). |
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.
· Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).
10A010000 |
Nombre del grupo económico al que pertenece. |
· Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.
10A011000 |
Clave de actividad para efectos fiscales. |
· Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se selecciona de un catálogo.
· Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10C002000 |
Nacional (representante legal). |
10C003000 |
Extranjero (representante legal). |
· Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).
· Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10C013000 |
Número de escritura (representante legal). |
10C014000 |
Número de notaria (representante legal). |
· Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
10C016000 |
Fecha del poder (representante legal). |
10C017000 |
Fecha de designación (representante legal). |
· Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.
· Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”).
10B003000 |
Número de registro del contador público. |
10B016000 |
Número de registro del despacho. |
· Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.
· Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
10B013000 |
Colegio al que pertenece el contador público. |
· Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Datos generales.
Datos a proporcionar:
10D000000 |
Autoridad competente. |
10D001000 |
Sede a la que pertenece la ADAF. |
10D002000 |
Administración. |
10D003000 |
Obligado u optativo. |
10D008000 |
Tipo de sociedad. |
10D018000 |
Tipo de contribuyente especial. |
10D026000 |
Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales: |
10D031000 |
Tipo de opinión. |
10D046000 |
Se trata de: |
10D187000 |
Se realizaron con fines de: |
10D202000 |
En calidad de que participó en alguna fusión: |
10D226000 |
En calidad de que participó en alguna escisión: |
10D289000 |
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1). |
10D290000 |
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2). |
10D291000 |
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3). |
10D327000 |
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
10D330000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
10D333000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
10D336000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
10D339000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
10D342000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
10D345000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
10D348000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
10D351000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
10D354000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
10D357000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
10D360000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
10D363000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
10D387000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
10D390000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
10D393000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
10D396000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
10D399000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
10D402000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
10D405000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
10D408000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
10D411000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
10D414000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
10D417000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
10D420000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
10D423000 |
Cuál es su moneda funcional. |
10D434000 |
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
10D437000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
10D440000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
10D443000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
10D446000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
10D449000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
10D452000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
10D455000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
10D458000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
10D461000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
10D464000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
10D467000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
10D470000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
10D494000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
10D497000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
10D500000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
10D503000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
10D506000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
10D509000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
10D512000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
10D515000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
10D518000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
10D521000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
10D524000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
10D527000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
10D530000 |
Cuál es su moneda funcional. |
· Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó de una lista (catálogo).
10D022000 |
Fecha de inicio del ejercicio fiscal. |
10D023000 |
Fecha de terminación del ejercicio fiscal. |
10D024000 |
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. |
10D025000 |
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. |
· Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.
· Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.
· Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”).
Ejemplo:
inicio final
01/01/2024 31/12/2024
10D004000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
10D005000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
10D006000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF). |
10D009000 |
Forma parte de una asociación en participación. |
10D010000 |
Forma parte de un fideicomiso. |
10D016000 |
Primer dictamen. |
10D017000 |
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. |
10D019000 |
Empresa filial. |
10D020000 |
Empresa subsidiaria. |
10D021000 |
Sociedad cooperativa. |
10D037000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas. |
10D038000 |
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 10D037000 (debe llenar los anexos 13 y 14). |
10D039000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. |
10D040000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. |
10D041000 |
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. |
10D042000 |
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19). |
10D043000 |
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. |
10D045000 |
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. |
10D054000 |
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). |
10D061000 |
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. |
10D064000 |
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. |
10D072000 |
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe de llenar el anexo 10). |
10D073000 |
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 11). |
10D074000 |
Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 16). |
10D075000 |
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18). |
10D076000 |
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. |
10D077000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. |
10D083000 |
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. |
10D084000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). |
10D085000 |
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. |
10D086000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII del RCFF). |
10D087000 |
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). |
10D088000 |
Durante el ejercicio se presentaron avisos de compensación de saldos a favor (para los efectos del artículo 23 del CFF). |
10D089000 |
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. |
10D090000 |
Tiene accionistas residentes en el país. |
10D091000 |
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF). |
10D096000 |
Tiene empleados. |
10D104000 |
En caso negativo a la pregunta del índice 10D096000, tiene algún contrato de servicios de personal (outsourcing). |
10D110000 |
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. |
10D111000 |
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. |
10D113000 |
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. |
10D114000 |
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). |
10D121000 |
Diario. |
10D122000 |
Mayor. |
10D123000 |
Actas de asamblea de socios o accionistas. |
10D124000 |
Socios o accionistas. |
10D125000 |
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece. (para los efectos del artículo 24 de la LISR). |
10D126000 |
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). |
10D128000 |
El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. |
10D129000 |
Reconoció o reportó dichos ingresos. |
10D130000 |
El contribuyente cambió el modelo de negocios. |
10D131000 |
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR). |
10D138000 |
Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan generado intereses. |
10D139000 |
En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la autoridad fiscal. |
10D140000 |
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del artículo 55 de la LISR. |
10D141000 |
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR. |
10D142000 |
Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación, administración o distribución a sociedades de inversión en instrumento de deuda o sociedades de inversión de renta variable, en los términos de la Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa legal aplicable. |
10D143000 |
Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR, tal y cual se prevé en el artículo 89 de esa misma normativa. |
10D144000 |
Indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio. |
10D146000 |
Es parte relacionada. |
10D148000 |
Es parte relacionada. |
10D150000 |
Es parte relacionada. |
10D152000 |
Es parte relacionada. |
10D154000 |
Es parte relacionada. |
10D159000 |
Efectuó retención. |
10D161000 |
En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación. |
10D164000 |
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. |
10D165000 |
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. |
10D166000 |
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. |
10D170000 |
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de absorción de pérdidas financieras. |
10D178000 |
Los quebrantos diversos reunieron la totalidad de requisitos de deducción que establece el artículo 27 de la LISR. |
10D179000 |
Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad. |
10D181000 |
Indique si deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos destinados a las reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones de personal. |
10D182000 |
Indique si la reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual inflacionario dentro de los créditos. |
10D183000 |
En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V del artículo 25 de la LISR. |
10D184000 |
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos que señala la fracción XV del artículo 27 de la LISR. |
10D186000 |
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). |
10D188000 |
En caso afirmativo acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. |
10D190000 |
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. |
10D192000 |
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. |
10D277000 |
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). |
10D278000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. |
10D279000 |
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). |
10D280000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. |
10D282000 |
Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria. |
10D283000 |
El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero. |
10D288000 |
Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento. |
10D292000 |
Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio. |
10D293000 |
Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores. |
10D294000 |
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 20). |
10D310000 |
Realiza actos o actividades no afectas al impuesto al valor agregado. |
10D311000 |
Cumplió con las disposiciones fiscales para determinar los actos o actividades gravados y exentos. |
10D312000 |
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. |
10D313000 |
Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%. |
10D314000 |
Realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA). |
10D316000 |
Excluye los conceptos señalados en las fracciones IV, V, VI y IX del artículo 5o.-C de la Ley, para calcular la proporción a que se hace mención en el primer párrafo del artículo 5o.-C de la Ley. (para los efectos del artículo 5o.-C de la Ley). |
10D317000 |
En el supuesto de que sea sociedad financiera de objeto múltiple no integrante del sistema financiero, en términos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, gravó el IVA a los intereses pagados. |
10D320000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 10150123000000 al 10150151000000 del anexo 15). |
10D322000 |
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. |
10D326000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
10D329000 |
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. |
10D367000 |
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses. |
10D370000 |
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. |
10D373000 |
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
10D377000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
10D379000 |
(a) enajenación de bienes. |
10D380000 |
(b) prestación de servicios independientes. |
10D381000 |
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. |
10D382000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
10D385000 |
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. |
10D386000 |
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. |
10D424000 |
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. |
10D425000 |
Es importador de un sector en específico. |
10D427000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01150152000000 al 01150180000000 del anexo 15). |
10D429000 |
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. |
10D433000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
10D436000 |
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. |
10D474000 |
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. |
10D477000 |
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. |
10D480000 |
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
10D484000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
10D486000 |
(a) enajenación de bienes. |
10D487000 |
(b) prestación de servicios independientes. |
10D488000 |
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. |
10D489000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
10D492000 |
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. |
10D493000 |
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. |
10D531000 |
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. |
10D532000 |
Es importador de un sector en específico. |
· Datos de dos caracteres alfabéticos, (si o no) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10D047000 |
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). |
10D092000 |
Tiene inventarios en sus registros contables. |
10D093000 |
En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, producción en proceso y productos terminados según se trate (para los efectos del artículo ISR 76 fracción XIV de la Ley de ISR). |
10D094000 |
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. |
10D095000 |
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del CFF. |
10D103000 |
Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR.). |
10D115000 |
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32 fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). |
10D116000 |
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA; 20 y 74 del RLIVA). |
10D117000 |
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
10D118000 |
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
10D119000 |
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
10D127000 |
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. |
10D132000 |
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). |
10D133000 |
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). |
10D134000 |
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). |
10D135000 |
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). |
10D136000 |
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
10D137000 |
Retener y enterara el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de la LISR). |
10D171000 |
De ser el caso, cuando tenga capitales tomados en préstamo y otorgue préstamos a terceros, se haya aplicado el tope establecido para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 38 de su RLISR). |
10D172000 |
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). |
10D173000 |
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que, quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR). |
10D174000 |
En el caso del costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos, correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se hubiese considerado como no deducible el excedente (para los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR). |
10D175000 |
En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran cumplido los requisitos previstos en la fracción V del artículo 28 de la LISR. |
10D176000 |
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR). |
10D177000 |
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
10D185000 |
En caso de que en el ejercicio haya dejado de utilizar el sistema de costeo directo con base a costos históricos, consideró para efectos fiscales como inventario inicial del ejercicio el valor del inventario final valuado con el sistema de costeo directo con base a costos históricos (para los efectos del artículo 69 G, fracción II del Reglamento de la LISR). |
10D194000 |
Se considera como integrante del sistema financiero. (para los efectos del artículo 7, tercer párrafo de la Ley). |
10D195000 |
Cuenta con resolución particular del Servicio de Administración Tributaria, para ser considerada como integrante del sistema financiero. (para los efectos del artículo 7, cuarto párrafo de la Ley). |
10D196000 |
Aplica las disposiciones específicas establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta, para los contribuyentes que forman parte del sistema financiero. |
10D197000 |
Atendiendo al nivel de operación por el que fue autorizada la unión de crédito, esta realizó única y exclusivamente las operaciones listadas en el artículo 40 de la Ley de Uniones de Crédito. |
10D198000 |
Durante el ejercicio realizó operaciones de descuento, préstamo o crédito de cualquier clase con personas que no eran socios de la unión de crédito, excepto con las personas y fideicomisos expresamente autorizados en el artículo 40, fracciones I y II de la Ley de Uniones de Crédito. |
10D199000 |
Levantó inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos del artículo 76, fracción IV de la Ley). |
10D200000 |
Dedujo el monto constituido o incrementado en el ejercicio, previa revisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la reserva de contingencia (para los efectos del artículo 47 de la Ley). |
10D201000 |
Si al término del ejercicio, procedió la disminución de la reserva de contingencia aplicable a almacenes generales de depósito, con respecto a las constituidas en el ejercicio inmediato anterior, la diferencia se consideró como ingreso acumulable en el ejercicio (para los efectos del artículo 47 de la Ley). |
10D228000 |
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. |
10D281000 |
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. |
10D284000 |
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. |
10D295000 |
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. |
10D297000 |
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. |
10D299000 |
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. |
10D301000 |
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
10D304000 |
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. |
10D305000 |
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
10D306000 |
Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación. |
10D307000 |
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. |
10D308000 |
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. |
10D309000 |
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
10D315000 |
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). |
10D318000 |
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
10D319000 |
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
10D368000 |
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
10D369000 |
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
10D384000 |
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
10D475000 |
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
10D476000 |
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
10D491000 |
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
· Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10D049000 |
Fecha del oficio 1. |
10D051000 |
Fecha del oficio 2. |
10D053000 |
Fecha del oficio 3. |
10D056000 |
Fecha de la resolución 1. |
10D058000 |
Fecha de la resolución 2. |
10D060000 |
Fecha de la resolución 3. |
10D062000 |
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). |
10D063000 |
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). |
10D070000 |
Fecha de presentación de la declaración informativa normal. |
10D071000 |
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). |
10D203000 |
Fecha en que surtió efectos la fusión. |
10D227000 |
Fecha en que surtió efectos la escisión. |
10D273000 |
Fecha de inicio de la liquidación. |
10D324000 |
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
10D328000 |
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. |
10D331000 |
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D334000 |
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D337000 |
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D340000 |
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D343000 |
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D346000 |
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D349000 |
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D352000 |
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D355000 |
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D358000 |
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D361000 |
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D364000 |
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D374000 |
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
10D378000 |
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
10D383000 |
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. |
10D388000 |
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D391000 |
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D394000 |
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D397000 |
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D400000 |
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D403000 |
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D406000 |
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D409000 |
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D412000 |
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D415000 |
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D418000 |
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D421000 |
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D431000 |
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
10D435000 |
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. |
10D438000 |
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D441000 |
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D444000 |
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D447000 |
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D450000 |
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D453000 |
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D456000 |
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D459000 |
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D462000 |
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D465000 |
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D468000 |
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D471000 |
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
10D481000 |
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
10D485000 |
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
10D490000 |
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. |
10D495000 |
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D498000 |
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D501000 |
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D504000 |
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D507000 |
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D510000 |
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D513000 |
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D516000 |
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D519000 |
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D522000 |
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D525000 |
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
10D528000 |
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
· Datos de la fecha del oficio, de la resolución, del envío de la declaración informativa múltiple y en que surtió efectos la escisión.
· Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).
10D011000 |
Denominación o razón social fideicomitente. |
10D012000 |
Denominación o razón social fiduciario. |
10D013000 |
Denominación o razón social fideicomisario (1). |
10D014000 |
Denominación o razón social fideicomisario (2). |
10D015000 |
Denominación o razón social fideicomisario (3). |
10D044000 |
Especifique el o los número(s) de criterio(s). |
10D048000 |
Número de oficio 1. |
10D050000 |
Número de oficio 2. |
10D052000 |
Número de oficio 3. |
10D055000 |
Número de resolución 1. |
10D057000 |
Número de resolución 2. |
10D059000 |
Número de resolución 3. |
10D065000 |
Número de identificación (campo 1). |
10D066000 |
Número de identificación (campo 2). |
10D067000 |
Número de identificación (campo 3). |
10D068000 |
Número de identificación (campo 4). |
10D069000 |
Número de identificación (campo 5). |
10D145000 |
Nombre del comprador 1. |
10D147000 |
Nombre del comprador 2. |
10D149000 |
Nombre del comprador 3. |
10D151000 |
Nombre del comprador 4. |
10D153000 |
Nombre del comprador 5. |
10D205000 |
Fusionante: denominación o razón social. |
10D207000 |
Fusionada 1: denominación o razón social. |
10D209000 |
Fusionada 2: denominación o razón social. |
10D211000 |
Fusionada 3: denominación o razón social. |
10D213000 |
Fusionada 4: denominación o razón social. |
10D215000 |
Fusionada 5: denominación o razón social. |
10D217000 |
Fusionada 6: denominación o razón social. |
10D219000 |
Fusionada 7: denominación o razón social. |
10D221000 |
Fusionada 8: denominación o razón social. |
10D223000 |
Fusionada 9: denominación o razón social. |
10D225000 |
Fusionada 10: denominación o razón social. |
10D323000 |
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
10D325000 |
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. |
10D366000 |
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. |
10D371000 |
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. |
10D375000 |
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
10D376000 |
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
10D426000 |
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. |
10D430000 |
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
10D432000 |
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. |
10D473000 |
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. |
10D478000 |
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. |
10D482000 |
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
10D483000 |
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
10D533000 |
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
10D032000 |
RFC 1. |
10D033000 |
RFC 2. |
10D034000 |
RFC 3. |
10D035000 |
RFC 4. |
10D036000 |
RFC 5. |
10D078000 |
(especificar nombre anterior). |
10D079000 |
(especificar nombre anterior). |
10D080000 |
(especificar nombre anterior). |
10D081000 |
(especificar nombre anterior). |
10D082000 |
(especificar nombre anterior). |
10D105000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
10D106000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
10D107000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
10D108000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
10D109000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
10D204000 |
Fusionante: RFC. |
10D206000 |
Fusionada 1: RFC. |
10D208000 |
Fusionada 2: RFC. |
10D210000 |
Fusionada 3: RFC. |
10D212000 |
Fusionada 4: RFC. |
10D214000 |
Fusionada 5: RFC. |
10D216000 |
Fusionada 6: RFC. |
10D218000 |
Fusionada 7: RFC. |
10D220000 |
Fusionada 8: RFC. |
10D222000 |
Fusionada 9: RFC. |
10D224000 |
Fusionada 10: RFC. |
10D229000 |
Escindida 1: RFC. |
10D233000 |
Escindida 2: RFC. |
10D237000 |
Escindida 3: RFC. |
10D241000 |
Escindida 4: RFC. |
10D245000 |
Escindida 5: RFC. |
10D249000 |
Escindida 6: RFC. |
10D253000 |
Escindida 7: RFC. |
10D257000 |
Escindida 8: RFC. |
10D261000 |
Escindida 9: RFC. |
10D265000 |
Escindida 10: RFC. |
10D269000 |
Escindente: RFC. |
10D274000 |
(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social). |
10D275000 |
(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social). |
10D276000 |
(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social). |
· Dato, RFC.
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:
- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
10D007000 |
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 10D004000, 10D005000 y 10D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
10D097000 |
Número de trabajadores. |
10D098000 |
Total del ISR retenido y enterado por salarios. |
10D099000 |
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. |
10D100000 |
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. |
10D101000 |
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. |
10D102000 |
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. |
10D112000 |
Monto de IVA que originó dicha operación. |
10D120000 |
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. |
10D155000 |
Total de ingresos por venta de acciones. |
10D156000 |
Total de ingresos por venta de intangibles. |
10D157000 |
Total de costo promedio de las acciones enajenadas. |
10D158000 |
Total del monto original de la inversión ajustado. |
10D160000 |
Monto del entero por la operación. |
10D162000 |
Monto de pérdida fiscal pendiente de amortizar provenientes de enajenación de acciones y de otros títulos valor cuyo rendimiento no sea interés en términos del artículo 8 LISR. |
10D163000 |
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivadas pactadas fuera de mercados reconocidos. |
10D167000 |
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. |
10D168000 |
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. |
10D169000 |
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. |
10D180000 |
Indique el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo 29, fracción II, de la LISR vigente en el ejercicio revisado. |
10D189000 |
Indique el monto de la acumulación correspondiente. |
10D191000 |
En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente. |
10D193000 |
En caso afirmativo, indique el monto correspondiente. |
10D230000 |
Valor activo: |
10D231000 |
Valor pasivo: |
10D232000 |
Valor capital social: |
10D234000 |
Valor activo: |
10D235000 |
Valor pasivo: |
10D236000 |
Valor capital social: |
10D238000 |
Valor activo: |
10D239000 |
Valor pasivo: |
10D240000 |
Valor capital social: |
10D242000 |
Valor activo: |
10D243000 |
Valor pasivo: |
10D244000 |
Valor capital social: |
10D246000 |
Valor activo: |
10D247000 |
Valor pasivo: |
10D248000 |
Valor capital social: |
10D250000 |
Valor activo: |
10D251000 |
Valor pasivo: |
10D252000 |
Valor capital social: |
10D254000 |
Valor activo: |
10D255000 |
Valor pasivo: |
10D256000 |
Valor capital social: |
10D258000 |
Valor activo: |
10D259000 |
Valor pasivo: |
10D260000 |
Valor capital social: |
10D262000 |
Valor activo: |
10D263000 |
Valor pasivo: |
10D264000 |
Valor capital social: |
10D266000 |
Valor activo: |
10D267000 |
Valor pasivo: |
10D268000 |
Valor capital social: |
10D270000 |
Valor activo: |
10D271000 |
Valor pasivo: |
10D272000 |
Valor capital social: |
10D285000 |
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. |
10D286000 |
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. |
10D287000 |
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. |
10D296000 |
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. |
10D298000 |
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. |
10D300000 |
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. |
10D302000 |
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
10D303000 |
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR. |
10D332000 |
(1) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D335000 |
(2) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D338000 |
(3) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D341000 |
(4) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D344000 |
(5) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D347000 |
(6) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D350000 |
(7) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D353000 |
(8) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D356000 |
(9) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D359000 |
(10) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D362000 |
(11) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D365000 |
(12) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D372000 |
Monto del beneficio. |
10D389000 |
(1) Monto pagado. |
10D392000 |
(2) Monto pagado. |
10D395000 |
(3) Monto pagado. |
10D398000 |
(4) Monto pagado. |
10D401000 |
(5) Monto pagado. |
10D404000 |
(6) Monto pagado. |
10D407000 |
(7) Monto pagado. |
10D410000 |
(8) Monto pagado. |
10D413000 |
(9) Monto pagado. |
10D416000 |
(10) Monto pagado. |
10D419000 |
(11) Monto pagado. |
10D422000 |
(12) Monto pagado. |
10D439000 |
(1) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D442000 |
(2) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D445000 |
(3) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D448000 |
(4) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D451000 |
(5) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D454000 |
(6) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D457000 |
(7) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D460000 |
(8) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D463000 |
(9) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D466000 |
(10) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D469000 |
(11) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D472000 |
(12) Monto pagado en la declaración complementaria. |
10D479000 |
Monto del beneficio. |
10D496000 |
(1) Monto pagado. |
10D499000 |
(2) Monto pagado. |
10D502000 |
(3) Monto pagado. |
10D505000 |
(4) Monto pagado. |
10D508000 |
(5) Monto pagado. |
10D511000 |
(6) Monto pagado. |
10D514000 |
(7) Monto pagado. |
10D517000 |
(8) Monto pagado. |
10D520000 |
(9) Monto pagado. |
10D523000 |
(10) Monto pagado. |
10D526000 |
(11) Monto pagado. |
10D529000 |
(12) Monto pagado. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos.
· Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.
· Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
· Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
10D321000 |
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. |
10D428000 |
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. |
· Datos de caracteres numéricos con dos decimales.
· Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
Anexo |
Datos a proporcionar |
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|
1.- Estado de situación financiera. |
2024 y 2023. |
|
|
2.- Estado de resultado integral. |
Total 2024 y 2023, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023. |
|
|
3.- Estado de cambios en el capital contable. |
Capital contribuido: capital social, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su consejo de administración, capital social: certificados de aportación ordinarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), capital social: certificados excedentes voluntarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), capital social: certificados para capital de riesgo (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su asamblea general de socios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), efecto por incorporación al régimen de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, prima en venta de acciones, instrumentos financieros que califican como capital, obligaciones subordinadas en circulación, aportaciones de sociedades financieras comunitarias, patrimonio fundacional, efecto por incorporación al régimen de sociedades financieras populares, otras cuentas de capital contribuido, capital ganado: reservas de capital, resultados acumulados, valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender, valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de flujos de efectivo, ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición, fondo de reserva, resultado de ejercicios anteriores, resultado por valuación de títulos disponibles para la venta, resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujo de efectivo, efecto acumulado por conversión, remediciones por beneficios definidos a los empleados, resultado por tenencia de activos no monetarios (por valuación de activo fijo), participación ORI de otras entidades, otras cuentas de capital ganado, utilidad neta, pérdida neta, total participación de la controladora, total participación no controladora, total de capital contable. |
|
|
4.- Estado de flujos de efectivo. |
2024 y 2023. |
|
|
5.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. |
Total 2024 y 2023, partes relacionadas 2024 y 2023, partes no relacionadas 2024 y 2023. |
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|
6.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. |
2024 y 2023, partes relacionadas y partes no relacionadas 2024 y 2023, acumulables o deducibles para ISR: 2024, 2023 y no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2024 y 2023. |
|
|
7.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría. |
|
|
8.- Relación de contribuciones por pagar. |
Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar e importe de la contribución en litigio. |
|
|
9.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. |
2024 y 2023. |
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|
10.- Operaciones financieras derivadas. |
Sumatoria de nocionales, utilidad por contraparte, pérdida por contraparte, efecto neto. |
|
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11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación, valor de la inversión. |
|
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12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos: efectuados y recibidos, monto de prima en suscripción de acciones. |
|
|
13.- Operaciones con partes relacionadas. |
Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto, ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado. |
14.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. |
Datos a proporcionar. |
15.- Datos informativos. |
Importe. |
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoria, ISR retenido pagado, diferencia. |
17.- Inversiones. |
MOI al inicio del ejercicio, saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio. |
|
|
18.- Préstamos. |
Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2023, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio. |
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
|
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21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles. |
Nota: El orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos.
· Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.
· Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
· Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
Anexo |
Datos a proporcionar |
|
|
4.1.- Notas a los estados financieros. |
Texto referente a las notas a los estados financieros. |
|
|
7.1.- Declaratoria. |
Texto referente a la declaratoria. |
|
|
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos textos sí podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).
· El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.
Anexo |
Datos a proporcionar |
|
|
7.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. |
Tasa, tarifa o cuota. |
|
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10.- Operaciones financieras derivadas. |
Porcentaje de liquidación en efectivo, porcentaje de liquidación en especie, proporción que representa de ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas. |
|
|
11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Porcentaje de participación en el capital de la entidad. |
|
|
12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio, porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamos recibidos. |
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Tasa. |
18.- Préstamos. |
Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR. |
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado. |
21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Proporción de ingresos. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.
· Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo |
Datos a proporcionar |
|
|
8.- Relación de contribuciones por pagar. |
Institución de crédito o SAT y pago en parcialidades (datos del escrito libre): administración receptora. |
|
|
10.- Operaciones financieras derivadas. |
País de residencia, número de contratos celebrados, concepto de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 16-A del CFF), tipo de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR), tipo de mercado, nombre del mercado. |
|
|
11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). |
|
|
12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). |
|
|
13.- Operaciones con partes relacionadas. |
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto, país de residencia, método de precios de transferencia aplicado. |
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia. |
18.- Préstamos. |
Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: destino del capital tomado en préstamo. |
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo |
Datos a proporcionar |
|
|
8.- Relación de contribuciones por pagar. |
Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación, oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha. |
11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria. |
12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Periodo de tenencia: del y al. |
18.- Préstamos. |
Vigencia del préstamo del y al. |
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del, fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al. |
|
|
· Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2022.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
Anexo |
Datos a proporcionar |
19.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
|
2023 a 2013. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo |
Datos a proporcionar |
13.- Operaciones con partes relacionadas. |
La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo, indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2. fracción II, de la RMF 2024) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a). |
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no), indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no). |
18.- Préstamos. |
Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no). |
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no). |
21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no). |
· Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo |
Datos a proporcionar |
|
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8.- Relación de contribuciones por pagar. |
Número de la operación, pago en parcialidades (datos del escrito libre) número de folio, número de oficio de autorización de pago en parcialidades. |
10.- Operaciones financieras derivadas. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
|
|
11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. |
Número de identificación fiscal. |
|
|
12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
|
|
13.- Operaciones con partes relacionadas. |
Número de identificación fiscal o RFC. |
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. |
Número de identificación fiscal. |
18.- Préstamos. |
Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México. |
19.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. |
2023 a 2013. |
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. |
Número de identificación fiscal. |
21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). |
Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Para efectos del dato RFC de los anexos: 12.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 13.- operaciones con partes relacionadas y 19.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
· Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.
· Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el año, dos para el mes y dos para el día).
· Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
Contenido y características para el llenado del dictamen.
Datos aplicables al dictamen de:
E. Fondos de inversión
Datos de identificación
Datos a proporcionar:
Contribuyente, representante legal, contador público.
42A000000 |
RFC (del contribuyente). |
42B000000 |
RFC (del contador público). |
42B015000 |
RFC (del despacho). |
42C000000 |
RFC (del representante legal). |
· Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).
- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotara lo siguiente: REXT990101XXX.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
42A001000 |
Denominación o razón social. |
42A012000 |
Nombre del contribuyente: |
42B001000 |
Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). |
42B014000 |
Nombre del despacho. |
42C001000 |
Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). |
· Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
42B002000 |
CURP (del contador público). |
42C004000 |
CURP (del representante legal). |
· Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- Cuatro caracteres alfabéticos.
- Seis caracteres numéricos.
- Seis caracteres alfabéticos.
- Un carácter alfabético o numérico.
- Un carácter numérico.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:
42A002000 |
Entidad federativa (del contribuyente). |
42B004000 |
Entidad federativa (del contador público). |
42C005000 |
Entidad federativa (del representante legal). |
42C015000 |
Entidad en la que se ubica la notaria (representante legal). |
· Dato elegido de una lista (catálogo).
42A003000 |
Alcaldía o municipio (del contribuyente). |
42B005000 |
Alcaldía o municipio (del contador público). |
42C006000 |
Alcaldía o municipio (del representante legal). |
· Dato alcaldía o municipio completo.
· Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42A004000 |
Colonia o localidad (del contribuyente). |
42B006000 |
Colonia o localidad (del contador público). |
42C007000 |
Colonia o localidad (del representante legal). |
· Dato colonia o localidad completa.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42A005000 |
Código postal (del contribuyente). |
42B007000 |
Código postal (del contador público). |
42C008000 |
Código postal (del representante legal). |
· Dato código postal completa.
· Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
42A006000 |
Calle, número exterior e interior (del contribuyente). |
42B008000 |
Calle, número exterior e interior (del contador público). |
42C009000 |
Calle, número exterior e interior (del representante legal). |
· Dato de calle y número completo.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42A007000 |
Ciudad o población (del contribuyente). |
42B009000 |
Ciudad o población (del contador público). |
42C010000 |
Ciudad o población (del representante legal). |
· Dato, ciudad o población completa.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42A008000 |
Teléfono (del contribuyente). |
42B010000 |
Teléfono (del contador público o del despacho). |
42C011000 |
Teléfono (del representante legal). |
· Dato de veinte caracteres alfanuméricos máximo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
42A009000 |
Correo electrónico (del contribuyente). |
42B011000 |
Correo electrónico (del contador público). |
42B012000 |
Correo electrónico del buzón tributario. |
42C012000 |
Correo electrónico (del representante legal) |
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.
· Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).
42A010000 |
Nombre del grupo económico al que pertenece. |
· Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.
42A011000 |
Clave de actividad para efectos fiscales. |
· Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se selecciona de un catálogo.
· Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42C002000 |
Nacional (representante legal). |
42C003000 |
Extranjero (representante legal). |
· Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).
· Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42C013000 |
Número de escritura (representante legal). |
42C014000 |
Número de notaria (representante legal). |
· Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
42C016000 |
Fecha del poder (representante legal). |
42C017000 |
Fecha de designación (representante legal). |
· Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.
· Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”).
42B003000 |
Número de registro del contador público. |
42B014000 |
Número de registro del despacho. |
· Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.
· Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
· Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
42B013000 |
Colegio al que pertenece el contador público. |
· Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.
· Dato de caracteres alfanuméricos.
· Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
· Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Datos generales.
Datos a proporcionar:
42D000000 |
Autoridad competente. |
42D001000 |
Sede a la que pertenece la ADAF. |
42D002000 |
Administración. |
42D003000 |
Obligado u optativo. |
42D008000 |
Tipo de fondo. |
42D018000 |
Tipo de contribuyente especial. |
42D025000 |
Tipo de opinión. |
42D040000 |
Se trata de: |
42D170000 |
Se realizaron con fines de: |
42D177000 |
En calidad de que participó en alguna fusión: |
42D201000 |
En calidad de que participó en alguna escisión: |
42D264000 |
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1). |
42D265000 |
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2). |
42D266000 |
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3). |
42D299000 |
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
42D302000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
42D305000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
42D308000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
42D311000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
42D314000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
42D317000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
42D320000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
42D323000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
42D326000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
42D329000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
42D332000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
42D335000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
42D359000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
42D362000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
42D365000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
42D368000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
42D371000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
42D374000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
42D377000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
42D380000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
42D383000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
42D386000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
42D389000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
42D392000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
42D395000 |
Cuál es su moneda funcional. |
42D406000 |
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
42D409000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
42D412000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
42D415000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
42D418000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
42D421000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
42D424000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
42D427000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
42D430000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
42D433000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
42D436000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
42D439000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
42D442000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
42D466000 |
(1) Correspondiente al mes de: |
42D469000 |
(2) Correspondiente al mes de: |
42D472000 |
(3) Correspondiente al mes de: |
42D475000 |
(4) Correspondiente al mes de: |
42D478000 |
(5) Correspondiente al mes de: |
42D481000 |
(6) Correspondiente al mes de: |
42D484000 |
(7) Correspondiente al mes de: |
42D487000 |
(8) Correspondiente al mes de: |
42D490000 |
(9) Correspondiente al mes de: |
42D493000 |
(10) Correspondiente al mes de: |
42D496000 |
(11) Correspondiente al mes de: |
42D499000 |
(12) Correspondiente al mes de: |
42D502000 |
Cuál es su moneda funcional. |
· Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2024 una vez que se seleccionó de una lista (catálogo).
42D021000 |
Fecha de inicio del ejercicio fiscal. |
42D022000 |
Fecha de terminación del ejercicio fiscal. |
42D023000 |
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. |
42D024000 |
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. |
· Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.
· Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.
· Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”).
Ejemplo:
inicio final
01/01/2024 31/12/2024
42D004000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A del CFF). |
42D005000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A del CFF). |
42D006000 |
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A del CFF). |
42D009000 |
Forma parte de una asociación en participación. |
42D010000 |
Forma parte de un fideicomiso. |
42D016000 |
Primer dictamen. |
42D017000 |
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. |
42D019000 |
Empresa filial. |
42D020000 |
Empresa subsidiaria. |
42D031000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas. |
42D032000 |
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 42D031000 (debe llenar los anexos 12 y 13). |
42D033000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. |
42D034000 |
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. |
42D035000 |
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. |
42D036000 |
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18). |
42D037000 |
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. |
42D039000 |
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. |
42D048000 |
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). |
42D055000 |
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. |
42D058000 |
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. |
42D066000 |
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 9). |
42D067000 |
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10). |
42D068000 |
Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 15). |
42D069000 |
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 17). |
42D070000 |
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. |
42D071000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. |
42D077000 |
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado |
42D078000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). |
42D079000 |
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. |
42D080000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). |
42D081000 |
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). |
42D082000 |
Durante el ejercicio se presentaron avisos de compensación de saldos a favor (para los efectos del artículo 23 CFF). |
42D083000 |
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. |
42D084000 |
Tiene accionistas residentes en el país. |
42D085000 |
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF). |
42D088000 |
Tiene empleados. |
42D096000 |
En caso negativo a la pregunta del índice 42D088000, tiene algún contrato de servicios de personal (outsourcing). |
42D102000 |
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. |
42D103000 |
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. |
42D105000 |
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. |
42D106000 |
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). |
42D113000 |
Diario. |
42D114000 |
Mayor. |
42D115000 |
Actas de asamblea de socios o accionistas. |
42D116000 |
Socios o accionistas. |
42D117000 |
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). |
42D118000 |
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). |
42D120000 |
El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. |
42D121000 |
Reconoció o reporto dichos ingresos. |
42D122000 |
El contribuyente cambió el modelo de negocios. |
42D132000 |
Hasta el 31 de diciembre de 2014, ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta 2013. |
42D133000 |
En caso afirmativo, señale si durante el ejercicio dictaminado distribuyó dividendos en favor de sus accionistas. |
42D139000 |
Indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio. |
42D141000 |
Es parte relacionada. |
42D143000 |
Es parte relacionada. |
42D145000 |
Es parte relacionada. |
42D147000 |
Es parte relacionada. |
42D149000 |
Es parte relacionada. |
42D154000 |
Efectuó retención. |
42D156000 |
En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación. |
42D159000 |
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. |
42D160000 |
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. |
42D161000 |
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. |
42D165000 |
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de pérdidas financieras. |
42D169000 |
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). |
42D171000 |
En caso afirmativo, acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. |
42D173000 |
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. |
42D175000 |
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. |
42D252000 |
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). |
42D253000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. |
42D254000 |
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). |
42D255000 |
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. |
42D257000 |
Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria. |
42D258000 |
El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero. |
42D263000 |
Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento. |
42D267000 |
Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio. |
42D268000 |
Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores. |
42D269000 |
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19). |
42D284000 |
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, se acreditó en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). |
42D285000 |
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera enterado en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). |
42D286000 |
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. |
42D287000 |
Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%. |
42D288000 |
Diga si incluye en la determinación de la proporción de acreditamiento, los ingresos por intereses cobrados provenientes de las operaciones financieras derivadas. |
42D289000 |
Realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA). |
42D292000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 42140123000000 al 42140151000000 del anexo 14). |
42D294000 |
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. |
42D298000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
42D301000 |
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. |
42D339000 |
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses. |
42D342000 |
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. |
42D345000 |
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
42D349000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
42D351000 |
(a) enajenación de bienes. |
42D352000 |
(b) prestación de servicios independientes. |
42D353000 |
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. |
42D354000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
42D357000 |
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. |
42D358000 |
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. |
42D396000 |
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. |
42D397000 |
Es importador de un sector en específico. |
42D399000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 42140152000000 al 42140180000000 del anexo 14). |
42D401000 |
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. |
42D405000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
42D408000 |
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. |
42D446000 |
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. |
42D449000 |
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. |
42D452000 |
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
42D456000 |
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
42D458000 |
(a) enajenación de bienes. |
42D459000 |
(b) prestación de servicios independientes. |
42D460000 |
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. |
42D461000 |
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
42D464000 |
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. |
42D465000 |
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. |
42D503000 |
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. |
42D504000 |
Es importador de un sector en específico. |
· Datos de dos caracteres alfabéticos (si o no) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42D041000 |
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). |
42D086000 |
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. |
42D087000 |
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del CFF. |
42D095000 |
Creo una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR). |
42D107000 |
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). |
42D108000 |
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA). |
42D109000 |
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
42D110000 |
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
42D111000 |
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
42D119000 |
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. |
42D123000 |
Para el caso de las sociedades en instrumentos de deuda, señale si la cartera de inversión está conformada a su vez por acciones de fondos de inversión extranjeros. |
42D124000 |
Si la respuesta es afirmativa, señale si hubo retención del ISR, por el pago de intereses a personas físicas. |
42D125000 |
Si la respuesta es negativa señale si les fue informado a las personas físicas en la constancia, el monto de los intereses reales ganados durante el ejercicio en que se mantuvo la inversión en dichos fondos. |
42D126000 |
Para el caso de las sociedades en instrumentos de renta variable, señale si la cartera de inversión está conformada a su vez por acciones de fondos de inversión extranjeros. |
42D127000 |
En caso afirmativo, señale si las ganancias en enajenación de las acciones de dicho fondo de inversión extranjero, las consideró gravadas para las personas físicas. |
42D128000 |
Señale si le fue informada en la constancia a las personas físicas la ganancia que obtuvieron en el ejercicio en que mantuvo su inversión. |
42D129000 |
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). |
42D130000 |
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, constancia en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). |
42D131000 |
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
42D138000 |
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). |
42D166000 |
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). |
42D167000 |
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2024). |
42D168000 |
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XIII de la LISR). |
42D203000 |
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. |
42D256000 |
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. |
42D259000 |
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. |
42D270000 |
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. |
42D272000 |
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. |
42D274000 |
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. |
42D276000 |
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
42D279000 |
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. |
42D280000 |
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
42D281000 |
Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación. |
42D282000 |
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. |
42D283000 |
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. |
42D290000 |
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). |
42D291000 |
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
42D340000 |
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
42D341000 |
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
42D356000 |
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
42D447000 |
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
42D448000 |
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
42D463000 |
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
· Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
· Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42D043000 |
Fecha del oficio 1. |
42D045000 |
Fecha del oficio 2. |
42D047000 |
Fecha del oficio 3. |
42D050000 |
Fecha de la resolución 1. |
42D052000 |
Fecha de la resolución 2. |
42D054000 |
Fecha de la resolución 3. |
42D056000 |
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). |
42D057000 |
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). |
42D064000 |
Fecha de presentación de la declaración informativa normal. |
42D065000 |
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). |
42D178000 |
Fecha en que surtió efectos la fusión. |
42D202000 |
Fecha en que surtió efectos la escisión. |
42D248000 |
Fecha de inicio de la liquidación. |
42D296000 |
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
42D300000 |
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. |
42D303000 |
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D306000 |
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D309000 |
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D312000 |
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D315000 |
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D318000 |
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D321000 |
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D324000 |
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D327000 |
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D330000 |
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D333000 |
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D336000 |
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D346000 |
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
42D350000 |
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. |
42D355000 |
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. |
42D360000 |
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D363000 |
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D366000 |
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D369000 |
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D372000 |
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D375000 |
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D378000 |
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D381000 |
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D384000 |
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D387000 |
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D390000 |
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D393000 |
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D403000 |
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
42D407000 |
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. |
42D410000 |
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D413000 |
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D416000 |
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D419000 |
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D422000 |
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D425000 |
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D428000 |
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D431000 |
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D434000 |
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D437000 |
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D440000 |
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D443000 |
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. |
42D453000 |
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
42D457000 |
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. |
42D462000 |
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. |
42D467000 |
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D470000 |
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D473000 |
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D476000 |
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D479000 |
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D482000 |
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D485000 |
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D488000 |
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D491000 |
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D494000 |
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D497000 |
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
42D500000 |
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. |
· Datos de la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple.
· Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).
42D011000 |
Denominación o razón social fideicomitente. |
42D012000 |
Denominación o razón social fiduciario. |
42D013000 |
Denominación o razón social fideicomisario (1). |
42D014000 |
Denominación o razón social fideicomisario (2). |
42D015000 |
Denominación o razón social fideicomisario (3). |
42D038000 |
Especifique el o los número(s) de criterio(s). |
42D042000 |
Número de oficio 1. |
42D044000 |
Número de oficio 2. |
42D046000 |
Número de oficio 3. |
42D049000 |
Número de resolución 1. |
42D051000 |
Número de resolución 2. |
42D053000 |
Número de resolución 3. |
42D059000 |
Número de identificación (campo 1). |
42D060000 |
Número de identificación (campo 2). |
42D061000 |
Número de identificación (campo 3). |
42D062000 |
Número de identificación (campo 4). |
42D063000 |
Número de identificación (campo 5). |
42D140000 |
Nombre del comprador 1. |
42D142000 |
Nombre del comprador 2. |
42D144000 |
Nombre del comprador 3. |
42D146000 |
Nombre del comprador 4. |
42D148000 |
Nombre del comprador 5. |
42D180000 |
Fusionante: denominación o razón social. |
42D182000 |
Fusionada 1: denominación o razón social. |
42D184000 |
Fusionada 2: denominación o razón social. |
42D186000 |
Fusionada 3: denominación o razón social. |
42D188000 |
Fusionada 4: denominación o razón social. |
42D190000 |
Fusionada 5: denominación o razón social. |
42D192000 |
Fusionada 6: denominación o razón social. |
42D194000 |
Fusionada 7: denominación o razón social. |
42D196000 |
Fusionada 8: denominación o razón social. |
42D198000 |
Fusionada 9: denominación o razón social. |
42D200000 |
Fusionada 10: denominación o razón social |
42D295000 |
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
42D297000 |
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. |
42D338000 |
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. |
42D343000 |
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. |
42D347000 |
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
42D348000 |
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
42D398000 |
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. |
42D402000 |
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. |
42D404000 |
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. |
42D445000 |
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. |
42D450000 |
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. |
42D454000 |
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
42D455000 |
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. |
42D505000 |
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
42D026000 |
RFC 1. |
42D027000 |
RFC 2. |
42D028000 |
RFC 3. |
42D029000 |
RFC 4. |
42D030000 |
RFC 5. |
42D072000 |
(especificar nombre anterior). |
42D073000 |
(especificar nombre anterior). |
42D074000 |
(especificar nombre anterior). |
42D075000 |
(especificar nombre anterior). |
42D076000 |
(especificar nombre anterior). |
42D097000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
42D098000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
42D099000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
42D100000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
42D101000 |
(especificar nombre de sociedad outsourcing). |
42D179000 |
Fusionante: RFC. |
42D181000 |
Fusionada 1: RFC. |
42D183000 |
Fusionada 2: RFC. |
42D185000 |
Fusionada 3: RFC. |
42D187000 |
Fusionada 4: RFC. |
42D189000 |
Fusionada 5: RFC. |
42D191000 |
Fusionada 6: RFC. |
42D193000 |
Fusionada 7: RFC. |
42D195000 |
Fusionada 8: RFC. |
42D197000 |
Fusionada 9: RFC. |
42D199000 |
Fusionada 10: RFC. |
42D204000 |
Escindida 1: RFC. |
42D208000 |
Escindida 2: RFC. |
42D212000 |
Escindida 3: RFC. |
42D216000 |
Escindida 4: RFC. |
42D220000 |
Escindida 5: RFC. |
42D224000 |
Escindida 6: RFC. |
42D228000 |
Escindida 7: RFC. |
42D232000 |
Escindida 8: RFC. |
42D236000 |
Escindida 9: RFC. |
42D240000 |
Escindida 10: RFC. |
42D244000 |
Escindente: RFC. |
42D249000 |
(liquidador 1 especificar nombre, denominación o razón social). |
42D250000 |
(liquidador 2 especificar nombre, denominación o razón social). |
42D251000 |
(liquidador 3 especificar nombre, denominación o razón social). |
Dato, RFC.
· Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:
- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día).
- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
· Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
42D007000 |
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 42D004000, 42D005000 y 42D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen. |
· Datos de caracteres alfanuméricos.
· Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.).
42D089000 |
Número de trabajadores. |
42D090000 |
Total del ISR retenido y enterado por salarios. |
42D091000 |
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. |
42D092000 |
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. |
42D093000 |
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. |
42D094000 |
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. |
42D104000 |
Monto de IVA que originó dicha operación. |
42D112000 |
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. |
42D134000 |
Monto distribuido. |
42D135000 |
Monto de los dividendos distribuidos provenientes de la cuenta de utilidad fiscal neta. |
42D136000 |
Monto considerado como ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta, derivado de ganancias por enajenación de acciones, intereses y ajuste anual por inflación, correspondientes a las inversiones promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa fecha. |
42D137000 |
Monto considerado como deducción autorizada para efectos del Impuesto sobre la Renta, derivado de pérdidas por enajenación de acciones, intereses y ajuste anual por inflación, correspondientes a las inversiones promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa fecha. |
42D150000 |
Total de ingresos por venta de acciones. |
42D151000 |
Total de ingresos por venta de intangibles. |
42D152000 |
Total de costo promedio de las acciones enajenadas. |
42D153000 |
Total del monto original de la inversión ajustado. |
42D155000 |
Monto del entero por la operación. |
42D157000 |
Monto de pérdida fiscal pendiente de amortizar provenientes de enajenación de acciones y de otros títulos valor cuyo rendimiento no sea interés en términos del artículo 8 de la LISR. |
42D158000 |
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos. |
42D162000 |
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. |
42D163000 |
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. |
42D164000 |
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. |
42D172000 |
Indique el monto de la acumulación correspondiente. |
42D174000 |
En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente. |
42D176000 |
En caso afirmativo, indique el monto correspondiente. |
42D205000 |
Valor activo: |
42D206000 |
Valor pasivo: |
42D207000 |
Valor capital social: |
42D209000 |
Valor activo: |
42D210000 |
Valor pasivo: |
42D211000 |
Valor capital social: |
42D213000 |
Valor activo: |
42D214000 |
Valor pasivo: |
42D215000 |
Valor capital social: |
42D217000 |
Valor activo: |
42D218000 |
Valor pasivo: |
42D219000 |
Valor capital social: |
42D221000 |
Valor activo: |
42D222000 |
Valor pasivo: |
42D223000 |
Valor capital social: |
42D225000 |
Valor activo: |
42D226000 |
Valor pasivo: |
42D227000 |
Valor capital social: |
42D229000 |
Valor activo: |
42D230000 |
Valor pasivo: |
42D231000 |
Valor capital social: |
42D233000 |
Valor activo: |
42D234000 |
Valor pasivo: |
42D235000 |
Valor capital social: |
42D237000 |
Valor activo: |
42D238000 |
Valor pasivo: |
42D239000 |
Valor capital social: |
42D241000 |
Valor activo: |
42D242000 |
Valor pasivo: |
42D243000 |
Valor capital social: |
42D245000 |
Valor activo: |
42D246000 |
Valor pasivo: |
42D247000 |
Valor capital social: |
42D260000 |
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. |
42D261000 |
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. |
42D262000 |
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. |
42D271000 |
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. |
42D273000 |
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. |
42D275000 |
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. |
42D277000 |
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. |
42D278000 |
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 de la LISR. |
42D304000 |
(1) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D307000 |
(2) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D310000 |
(3) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D313000 |
(4) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D316000 |
(5) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D319000 |
(6) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D322000 |
(7) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D325000 |
(8) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D328000 |
(9) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D331000 |
(10) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D334000 |
(11) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D337000 |
(12) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D344000 |
Monto del beneficio. |
42D361000 |
(1) Monto pagado. |
42D364000 |
(2) Monto pagado. |
42D367000 |
(3) Monto pagado. |
42D370000 |
(4) Monto pagado. |
42D373000 |
(5) Monto pagado. |
42D376000 |
(6) Monto pagado. |
42D379000 |
(7) Monto pagado. |
42D382000 |
(8) Monto pagado. |
42D385000 |
(9) Monto pagado. |
42D388000 |
(10) Monto pagado. |
42D391000 |
(11) Monto pagado. |
42D394000 |
(12) Monto pagado. |
42D411000 |
(1) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D414000 |
(2) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D417000 |
(3) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D420000 |
(4) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D423000 |
(5) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D426000 |
(6) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D429000 |
(7) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D432000 |
(8) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D435000 |
(9) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D438000 |
(10) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D441000 |
(11) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D444000 |
(12) Monto pagado en la declaración complementaria. |
42D451000 |
Monto del beneficio. |
42D468000 |
(1) Monto pagado. |
42D471000 |
(2) Monto pagado. |
42D474000 |
(3) Monto pagado. |
42D477000 |
(4) Monto pagado. |
42D480000 |
(5) Monto pagado. |
42D483000 |
(6) Monto pagado. |
42D486000 |
(7) Monto pagado. |
42D489000 |
(8) Monto pagado. |
42D492000 |
(9) Monto pagado. |
42D495000 |
(10) Monto pagado. |
42D498000 |
(11) Monto pagado. |
42D501000 |
(12) Monto pagado. |
· Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
· Datos de caracteres numéricos.
· Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.
· Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
· Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
· Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
42D293000 |
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. |
42D400000 |
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. |