| Ley Federal de Derechos |
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Leyes fiscales |
LFD Título I. Capítulo III. Sección IX. Otros servicios |
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Adicionado DOF 12 Noviembre 2021
Decreto vigente a partír del 01 Enero 2022
Artículo 53-I. Por la obtención de códigos de seguridad que se impriman en las cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados para su venta en México, se pagará el derecho de códigos de seguridad conforme a la cuota de ........................................................................................................... $0.1475 por cada uno.
Derogado DOF 18 Noviembre 2010
Reformado DOF 12 Noviembre 2021
Decreto vigente a partír del 01 Enero 2022
Artículo 53-K. Por la obtención de marbetes que se adhieran a los envases que contengan bebidas alcohólicas a que se refiere la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se pagará el derecho de marbetes conforme a lo siguiente:
Tratándose de marbetes físicos la cuota de ................. $0.6086 por cada uno.
Tratándose de folios electrónicos para la impresión de marbetes electrónicos la cuota de $0.4084 por cada uno.
Adicionado DOF 07 Noviembre 2025
Decreto vigente a partír del 01 enero 2026
El 50% de los ingresos derivados de los derechos establecidos en este artículo, se destinarán al Servicio de Administración Tributaria para cubrir el pago de producción de dichos marbetes.
Artículo 53-L. Por la obtención de precintos que se adhieran a los envases que contengan bebidas alcohólicas a granel a que se refiere la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se pagará el derecho de precintos conforme a la cuota de $2.27 por cada uno.
Adicionado DOF 07 Noviembre 2025
Decreto vigente a partír del 01 enero 2026
El 50% de los ingresos derivados de los derechos establecidos en este artículo, se destinarán al Servicio de Administración Tributaria para cubrir el pago de producción de dichos precintos.